Naciones Unidas

CRC/C/BLR/Q/3-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

2 de noviembre de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

56º período de sesiones

17 de enero a 4 de febrero de 2011

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicionaly actualizada en relación con los informes periódicos terceroy cuarto combinados de Belarús

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 19 de noviembre de 2010 y sin exceder las 30 páginas.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse explicar la situación actual en Belarús con respecto a la legislación relativa a la Convención, en particular la relación entre la Ley de derechos del niño, el Código del Matrimonio y la Familia y los decretos presidenciales pertinentes, y señalar si el Estado parte ha revisado su legislación para garantizar que sea plenamente compatible con la Convención y refleje los principios generales de esta (arts. 2, 3, 6 y 12).

2.Rogamos proporcionen información sobre los mandatos de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño, la Comisión de Asuntos de los Jóvenes y la Comisión de Asuntos de los Menores.

3.Sírvanse describir la relación entre el Plan de acción nacional para mejorar la situación de la infancia y proteger sus derechos correspondiente a 2004-2010 y el programa presidencial Niños de Belarús 2006-2010, y señalar si estos dos instrumentos han sido prorrogados.

4.Infórmese sobre los avances en el establecimiento de un mecanismo de vigilancia independiente conforme a los Principios de París, facultado para recibir y examinar denuncias presentadas por los niños o en su nombre sobre violaciones de sus derechos.

5.Sírvanse explicar si el derecho de los niños a crear sus propias asociaciones está garantizado por la ley.

6.Facilítese información sobre las actividades de las brigadas civiles que, al parecer, patrullan las instituciones de enseñanza, incluidas las de enseñanza general y los institutos de formación profesional, así como sobre los clubes de Jóvenes amigos de las milicias.

7.Sírvanse enumerar las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para prestar apoyo a las familias con miras a prevenir su separación.

8.Rogamos proporcionen información sobre las estrategias, programas o planes nacionales del Estado parte en el ámbito de la salud mental de los niños que se centren en la prevención, en particular la prevención del suicidio infantil.

9.Sírvanse indicar si el Estado parte ha establecido un procedimiento para remitir a los niños víctimas de violencia, abusos, trata de personas y delitos conexos a servicios que les presten asistencia para su recuperación y rehabilitación.

10.Rogamos informen sobre los avances en el establecimiento de un sistema especializado de justicia juvenil. Sírvanse indicar si los niños tienen derecho a ser oídos en los procedimientos judiciales, si hay alternativas a la privación de libertad, si se capacita al personal y si hay tribunales especializados de justicia juvenil, y enumerar las medidas que se han adoptado en favor de la reinserción de los niños. Infórmese acerca del régimen y las condiciones del trabajo "correctivo" al que puede condenarse a los niños como alternativa a la prisión, y aclárese si se pretende que los niños participen en obras públicas y, en ese caso, proporciónese información sobre la duración, la frecuencia y las condiciones de ese trabajo.

11.Sírvanse explicar cómo asegura el Estado parte que los niños privados de libertad permanezcan separados de los adultos y sean tratados con humanidad y respeto, atendiendo a sus necesidades específicas, en todas las etapas de la investigación, la detención y la privación de libertad.

12.Rogamos proporcionen información acerca del disfrute de los derechos consagrados en la Convención por parte de los niños de las minorías étnicas y religiosas, entre otros, los niños romaníes, en particular en lo relativo al acceso a los servicios sociales y de salud y a la educación, así como a la posibilidad de recibir educación en su idioma materno o conforme a sus creencias religiosas.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a 2007, 2008 y 2009 sobre el número de causas en las que los tribunales hayan invocado directamente las disposiciones de la Convención.

2.Rogamos aporten datos correspondientes a 2007, 2008 y 2009 sobre el número y el resultado de las denuncias de violaciones de los derechos del niño, presentadas por niños o en su nombre ante:

a)La Comisión Nacional de los Derechos del Niño;

b)La Comisión de Asuntos de los Menores;

c)Los organismos de tutela y guarda;

d)La Fiscalía y los tribunales.

3.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a 2007, 2008 y 2009, desglosados por edad, sexo, etnia y región, sobre:

a)El número de niños apátridas o en riesgo de apatridia;

b)El número de niños privados de la atención parental, como porcentaje del total de niños, desglosado según el tipo de atención que reciben (institucional, de tipo familiar, etc.);

c)El número de niños con discapacidad, como porcentaje del total de niños, desglosado por tipo de discapacidad, entorno en el que crecen (familia biológica, institución, cuidados alternativos, etc.), y tipo de educación que reciben los que están en edad escolar;

d)El número de personas menores de 18 años que se encuentran en detención policial y prisión preventiva; y

e)El número de personas menores de 18 años y menores de 16 años, respectivamente, que han sido objeto de medidas punitivas o de otro tipo, desglosado por edad y tipo de medida aplicada.

4.Facilítense datos correspondientes a 2007, 2008 y 2009, desglosados por región, sobre:

a)El número de casos registrados de violencia física y psicológica, incluida la violencia sexual contra los niños, desglosado por tipo de violencia;

b)El número de casos de separación temporal (de uno o ambos padres), y de privación y restitución de la patria potestad;

c)Las tasas de mortalidad de lactantes y de niños menores de 5 años, así como el número y porcentaje de niños afectados por la tuberculosis, el VIH/SIDA, la carencia de yodo, problemas de nutrición, embarazos, abortos, infecciones de trasmisión sexual, y el uso indebido de drogas y alcohol; y

d)Las tasas de matriculación escolar y de asistencia a la escuela.

Además, el Estado parte podrá citar las áreas que afectan a los niños y que, en su opinión, son importantes para la aplicación de la Convención.