Naciones Unidas

CRC/C/LSO/2

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

5 de julio de 2017

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención

Segundos informes periódicos que los Estados partes debían presentar en 1999

Lesotho *

[Fecha de recepción: 16 de diciembre de 2016]

Índice

Página

Introducción3

I.Medidas generales de aplicación3

II.Definición de niño7

III.Principios generales8

IV.Derechos y libertades civiles11

V.Violencia contra el niño16

VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado18

VII.Discapacidad, salud básica y bienestar24

VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales36

IX.Protección especial43

X.Referencias53

Introducción

1.El presente es el primer informe periódico de Lesotho sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño desde la presentación del informe inicial en 1998.

a)Finalidad del informe

2.El informe refleja la situación actual de los niños y la capacidad del país para proteger y promover sus derechos y libertades fundamentales.

b)Proceso de preparación del informe

3.La preparación del informe fue dirigida por un equipo de tareas que contó con el apoyo de cinco grupos de trabajo encargados de los nueve grupos temáticos de derechos incorporados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Se recibieron contribuciones de ministerios, organizaciones de la sociedad civil y los asociados para el desarrollo del Gobierno, a través de reuniones consultivas celebradas en 2012 y 2014. El proyecto de informe fue examinado en mayo de 2014 y nuevamente durante el primer semestre de 2016.

c)Vínculos con el anterior informe y observaciones

4.El presente informe abarca un período amplio, de 1998 a diciembre de 2014. De conformidad con lo estipulado, el Gobierno ha respondido a las observaciones finales recibidas del Comité de los Derechos del Niño en 2001.

d)Distribución y retroinformación

5.El informe se distribuyó ampliamente entre las distintas partes interesadas en los derechos del niño, solicitando las correspondientes observaciones para validar su contenido.

I.Medidas generales de aplicación

i)Medidas generales adoptadas para examinar la legislación y la práctica nacionales y armonizarlas plenamente con la Convención y los ProtocolosFacultativos

6.El Gobierno firmó y ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990 y 1992, respectivamente. A raíz de las observaciones finales formuladas por el Comité en 2001 (secc. D, párrs. 9 y 10), el Gobierno aceleró el proceso de incorporación de la Convención en sus leyes, reglamentos, políticas, estrategias y planes y realizó importantes progresos.

7.La Constitución de Lesotho de 1993 (en adelante “la Constitución”) dispone, en el artículo 32, que el Estado está obligado a adoptar leyes y políticas relativas a los niños y los jóvenes, con el fin de:

a)Garantizar su protección y asistencia sin discriminación alguna;

b)Protegerlos contra la explotación económica y social;

c)Tipificar como delito el trabajo perjudicial para su moral, su salud, su vida o su desarrollo normal; y

d)Prohibir y penalizar el empleo remunerado que no cumpla con los límites de edad establecidos.

8.Teniendo en cuenta esas obligaciones, durante el período que abarca el informe, el Gobierno ha reunido pruebas empíricas para fundamentar nuevas leyes, políticas y estrategias.

9.El texto primordial y más amplio que refleja el espíritu y la letra de la Convención es la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia (Ley de la Infancia).

10.La Ley de Lucha contra la Trata de Personas de 2010 (Ley contra la Trata) es otro celebrado logro que demuestra el empeño del Gobierno en cumplir los compromisos dimanantes del Protocolo Facultativo, y en aunarse a los esfuerzos regionales e internacionales destinados a eliminar este flagelo mundial.

Factores y dificultades

11.El Gobierno comprende las preocupaciones del Comité por la lentitud de la aplicación de las leyes y otras medidas que se han adoptado y comprueba que a menudo esta se debe a la falta de recursos humanos y financieros.

12.La sensibilización de los interesados respecto de la Ley contra la Trata también está pendiente. Además, deben mejorarse y ampliarse los sistemas de vigilancia para la identificación temprana de situaciones actuales o potenciales de trata de niños y para reducir al mínimo cualquier posible daño a las víctimas.

ii)Aprobación, aplicación y evaluación de una estrategia nacional integral para la infancia y plan o planes de acción conexos

13.La promulgación de la Ley de la Infancia impulsó un examen amplio de la totalidad de la legislación y las políticas en diferentes sectores gubernamentales, como ya se indicó en el documento básico común. En 2014, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), con la asistencia del Fondo Mundial y la participación de las partes interesadas, incluidos representantes de los niños, organizó tareas de registro y evaluación de los sistemas de protección de la infancia, a fin de determinar las deficiencias. Como resultado de ello, se elaboró en 2014 la Estrategia Nacional Multisectorial de Protección de la Infancia. También se evaluó el costo de la aplicación gradual de la Ley de la Infancia. Ambos documentos se utilizarán para promover presupuestos que beneficien a los niños.

14.No todos los nuevos marcos han sido objeto de evaluación para determinar su conformidad con la Convención o sus efectos concretos en el bienestar de los niños.

15.El examen de 2009 de los planes que orientan la respuesta del Gobierno a la crisis de los niños huérfanos y vulnerables determinó que tanto el Plan de Acción Nacional de 2006 como el Plan Estratégico 2006-2010 sobre esta cuestión son relativamente desconocidos para las partes interesadas y, por tanto, no han influido en la programación y prestación de servicios. En el informe sobre el examen se propusieron diez ámbitos para la adopción de medidas:

a)Revisión de todos los documentos estratégicos en que se basa la respuesta del Gobierno a la situación de los niños huérfanos y vulnerables;

b)Mejoramiento del marco jurídico y normativo en que se basa la respuesta nacional;

c)Mejoramiento de la gestión y la coordinación de los programas para los niños huérfanos y vulnerables;

d)Utilización más eficaz de los recursos asignados a los programas para los niños huérfanos y vulnerables;

e)Movilización de recursos adicionales;

f)Mejoramiento del acceso a los servicios esenciales;

g)Fomento de la capacidad de los asociados en la ejecución;

h)Empoderamiento de los grupos encargados del cuidado;

i)Mejoramiento de la rendición de cuentas entre las partes interesadas para asegurar que los beneficios lleguen a los niños huérfanos y vulnerables; y

j)Supervisión y evaluación general de las medidas nacionales para los niños huérfanos y vulnerables.

16.El Gobierno y los asociados para el desarrollo pertinentes examinan todos los años la prestación de los servicios de salud y asistencia social.

17.Los efectos de las estrategias y los planes del Gobierno en los niños también se evalúan indirectamente a través de una encuesta periódica de población y salud. Las conclusiones de la encuesta de 2009 pertinentes para la Convención se examinan en las secciones correspondientes del presente informe (observaciones finales, párrs. 15 y 16).

iii)Organismo gubernamental encargado de coordinar la aplicaciónde la Convención

18.Con miras a fortalecer su capacidad de dirigir las iniciativas de desarrollo social, en 2012 el Gobierno separó las funciones de bienestar social del Ministerio de Salud y Bienestar Social y creó el Ministerio de Desarrollo Social. Este Ministerio ha establecido recientemente la Dirección de Servicios de Protección de la Infancia, que se ocupa de todas las acciones, servicios y funciones de protección de la infancia que el Gobierno ejecuta y propone.

19.Esta medida responde en parte a las preocupaciones del Comité relacionadas con las deficiencias estructurales y los déficits presupuestarios que afectan concretamente a la aplicación de la Convención (observaciones finales, párrs. 11 y 12).

20.El Ministerio de Asuntos Jurídicos y Constitucionales y Derechos Humanos conserva su mandato de coordinar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos.

21.Entre los demás órganos estatutarios y no estatutarios que participan en la aplicación de la Convención se encuentran el Comité de Coordinación Nacional para los Niños Huérfanos y Vulnerables, que dirige la respuesta multisectorial en ese ámbito, y la Comisión de la Mujer y el Niño del Consejo de Organizaciones No Gubernamentales de Lesotho.

Factores y dificultades

22.El Gobierno reconoce la necesidad de un enfoque más integrado para aplicar la Convención, que incluya legislación y políticas nacionales conexos. Sin embargo, aún no ha encontrado la forma de coordinar a todas las partes interesadas para una aplicación efectiva de dicho instrumento.

23.El Comité de Coordinación Nacional para los Niños Huérfanos y Vulnerables tiene por función resolver los problemas de coordinación y liderazgo del Ministerio de Desarrollo Social relacionados con los niños huérfanos y vulnerables. Su mandato revisado, actualmente a la espera de la aprobación del Gabinete, le exige rendición de cuentas sobre todas las cuestiones relativas a la infancia. Los intentos de incorporar en la Ley de la Infancia de 2011 la creación de una Comisión de la Infancia, como estrategia para resolver plenamente los problemas de coordinación y liderazgo que enfrenta el Gobierno para la incorporación en el derecho interno de la Convención, han fracasado (observaciones finales, párrs. 12 y 13).

iv)Asignaciones presupuestarias para la aplicación de la Convención

24.El Gobierno no tiene presupuestos específicos para la aplicación de la Convención. Por tanto, aún no se han tomado medidas para responder a la preocupación del Comité por la falta de recursos asignados a este fin (observaciones finales, párrs. 12 y 18).

25.El Ministerio de Educación y Formación cuenta con recursos destinados concretamente a la prestación de servicios de educación a los niños. Este Ministerio recibe aproximadamente el 23% del presupuesto ordinario nacional, más que el Ministerio de Finanzas y Planificación del Desarrollo, que recibe el 13,4%, y que el Ministerio de Desarrollo Social, que recibe el 3%. Los presupuestos del Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Policía incluyen recursos específicos para los Servicios de Protección de la Infancia y la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño, respectivamente.

v)Asistencia internacional y asistencia para el desarrollo

26.El Gobierno recibe apoyo técnico y financiero para la formulación y aplicación de legislación, políticas y programas acordes a la Convención de varios asociados para el desarrollo, incluido el UNICEF.

27.También recibe el apoyo de la Unión Europea, el Departamento de Desarrollo Internacional, organismos de las Naciones Unidas, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y sus programas afiliados, Irish Aid, el Banco Mundial y la Agencia Alemana de Cooperación Internacional (observaciones finales, párrs. 19 y 20).

vi)Institución nacional independiente de derechos humanos y protección de los derechos del niño

28.El establecimiento de la comisión nacional de derechos humanos está previsto en la sexta enmienda de la Constitución de 2011. Las funciones de la comisión con respecto a la promoción del ejercicio de los derechos de los niños no se enuncian en el proyecto de ley elaborado bajo los auspicios del Ministerio de Asuntos Jurídicos y Constitucionales y Derechos Humanos (observaciones finales, párrs. 13 y 14).

vii)Medidas para dar a conocer a los adultos y los niños los principios y las disposiciones de la Convención y sus Protocolos Facultativos

29.Se tomaron las siguientes medidas nacionales para sensibilizar a las partes interesadas a todos los niveles sobre las cuestiones relacionadas con la infancia (observaciones finales, párr. 21 y 22):

a)Traducción y distribución del folleto “Un trolebús repleto de derechos”;

b)Distribución anual de calendarios y otros materiales con mensajes relacionados con la Convención;

c)Publicidad en torno al informe anual del UNICEF, Estado Mundial de la Infancia;

d)Sensibilización respecto de los derechos del niño a través de los medios de comunicación mediante artículos en los periódicos y mensajes por radio y televisión;

e)Capacitación de jóvenes periodistas en la redacción de artículos relacionados con los derechos de la infancia;

f)Creación del radioteatro Sello Sa Tsuonyana (El piar de un pollito), en cuya conceptualización y ejecución participan niños, y publicación de una revista para conmemorar el décimo aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño;

g)Celebración de días internacionales y regionales, como el Día del Niño Africano (16 de junio) y el Día Internacional de Radio y Televisión en favor de los Niños (20 de noviembre), así como los 16 días de acción contra la violencia de género (25 de noviembre a 10 de diciembre);

h)Formación de actores estatales y no estatales en los derechos del niño;

i)Integración de los derechos de la infancia en los programas de organizaciones no gubernamentales (ONG);

j)Traducción y simplificación de la Ley de la Infancia;

k)Establecimiento de comités de aldea para la justicia juvenil restaurativa; y

l)Elaboración de una versión en braille de la Convención y su distribución a algunas escuelas para niños con deficiencia auditiva y visual.

30.Las ONG participan en la planificación, aplicación, supervisión y evaluación de programas sobre los derechos del niño. Han participado además en la elaboración del presente informe periódico y están representadas en el Comité de Coordinación Nacional para los Niños Huérfanos y Vulnerables.

31.Algunas entidades del sector privado, como por ejemplo instituciones financieras, empresas mineras y entidades paraestatales, ayudan a los niños a través de sus iniciativas de responsabilidad social corporativa, que incluyen la construcción de viviendas y escuelas, premios para competiciones nacionales de debate y cuestiones académicas (como matemáticas y ciencias), becas y otras formas de asistencia.

Factores y dificultades

32.En el pasado, el Gobierno no se ocupó debidamente de la difusión amplia de su informe inicial y de las observaciones finales.

33.El Gobierno tiene dificultades para supervisar de manera eficaz las prácticas de trabajo infantil en el sector privado, especialmente en las zonas rurales.

II.Definición de niño

a)Definición de niño en las leyes y reglamentaciones nacionales

34.En respuesta al informe de Lesotho, el Comité expresó su preocupación por la gran diversidad de definiciones de niño que figuran en los marcos constitucionales, legislativos y administrativos para la protección de la infancia (observaciones finales, secc. D.2, párrs. 21 y 22).

Medidas constitucionales

35.La Constitución todavía define al niño como una persona menor de 21 años. Sin embargo, hay instrumentos jurídicos específicos que estipulan una edad menor, en función del contexto jurídico al que se refieran.

Medidas legislativas

Definición de protección de la infancia

36.La Ley de la Infancia incorpora plenamente las definiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, conforme a las cuales un niño es una persona menor de 18 años. El Código del Trabajo de 1992 y la Ley de la Infancia contienen disposiciones específicas en materia de edad con respecto al trabajo de los niños en el sector formal, incluido el trabajo ligero, nocturno, industrial, peligroso y en condiciones de explotación.

Definición de matrimonio

37.La edad de matrimonio aún no se ha armonizado con la Ley de la Infancia. La Ley de Matrimonio de 1974 permite que las niñas se casen antes de los 18 años. Además, por razones culturales, los niños se casan mucho más jóvenes, especialmente en las zonas rurales, y a veces antes de la pubertad, pues el derecho consuetudinario (Leyes de Lerotholi) no dice nada al respecto.

Definición penal

38.La edad de responsabilidad penal de un niño varía en función de la ley con arreglo a la cual sea juzgado. El artículo 79, párrafo 1, de la Ley de la Infancia estipula que un niño menor de 10 años no puede ser procesado. El artículo 79, párrafo 2, dispone que cuando se trate de niños en edades comprendidas entre los 10 y los 14 años, se presumirá que carecen de la capacidad para distinguir el bien del mal y, por tanto, no podrán ser enjuiciados penalmente, excepto si la fiscalía impugnara dicha presunción. En virtud de esta Ley, solo los niños mayores de 14 años pueden ser procesados y condenados a reclusión (art. 156, párr. l).

39.El Código Penal de 2010 fija la edad de responsabilidad penal.

40.La Ley de Delitos Sexuales de 2003 contiene definiciones distintas de “niño” para los distintos delitos contra los niños (por ejemplo, abuso sexual y explotación sexual con fines comerciales). Esta Ley tipifica también el acto sexual con un niño menor de 12 años sobre la base de factores que especifica.

Definición política

41.En virtud de la Ley Electoral de 2007, una persona puede votar a los 18 años.

Definición de la enseñanza obligatoria

42.La Ley de Educación de 2010 estipula la escolarización obligatoria entre los 6 y los 13 años.

Definición médica

43.A partir de los 12 años cumplidos los niños pueden dar su consentimiento para el tratamiento médico, siempre que tengan la capacidad mental para evaluar sus beneficios y riesgos (art. 232, párr. 2 a) de la Ley de la Infancia).

Medidas administrativas

44.La política en materia de VIH (pruebas de detección y asesoramiento) está en consonancia con la disposición que figura más arriba.

45.La Ley de Documentos Nacionales de Identidad de 2011 estipula que no se expedirán documentos de identidad a los niños hasta los 16 años de edad.

Factores y dificultades

46.La legislación y las políticas vigentes, como se indica en el Plan Estratégico Nacional para los Niños Vulnerables 2012-2017, contienen distintas definiciones de niño. En el Plan se señala que los Ministerios competentes no han logrado mediar en el Parlamento para acelerar la acción a ese respecto.

47.Gran parte de la legislación ha sido revisada para armonizar la edad que define al niño. Sin embargo, muchas leyes cuyo contenido no se refiere principalmente a los niños siguen siendo incompatibles con los tratados y convenios internacionales.

III.Principios generales

a)No discriminación (art. 2)

Medidas constitucionales

48.El principio de no discriminación está consagrado en el artículo 4, párrafo l, de la Constitución.

49.La Constitución establece la protección universal contra la discriminación para todos los ciudadanos, independientemente de su edad. En el artículo 32 a), impone específicamente al Gobierno la obligación de aprobar leyes y políticas para que los niños y los jóvenes no puedan ser objeto de discriminación por razón de su filiación o cualquier otra condición.

Medidas legislativas

50.Desde la presentación de su informe inicial, el Gobierno ha tomado medidas para responder a las preocupaciones del Comité relativas a los aspectos legislativos y sociales de la discriminación contra los niños, en particular las niñas (observaciones finales, secc. D.3, párrs. 25 y 26).

51.El artículo 6 de la Ley de la Infancia prohíbe la discriminación contra los niños por motivos de discapacidad, salud, procedencia rural o urbana, nacimiento, condición sociocultural y económica, estatuto de refugiado u otras condiciones.

52.Además, el artículo 13 concede a los niños con discapacidad todos los derechos, incluidos, los derechos a la dignidad, el cuidado especial, el tratamiento médico, los servicios de rehabilitación, la integridad familiar y personal, la educación y la capacitación.

53.La Ley de la Infancia impone a los padres y el Gobierno obligaciones adicionales respecto de la protección de los niños contra la discriminación (art. 20, párr. 2). El Gobierno también debe encargarse de sensibilizar acerca de los derechos y las necesidades de los niños con discapacidad y las contribuciones que estos pueden hacer a la sociedad.

54.El artículo 19 de la Ley estipula que los niños nacidos fuera del matrimonio son herederos legales de la propiedad parental y también los protege contra la desposesión de los bienes a la muerte de su madre biológica.

55.Las leyes destinadas a proteger a los niños de la discriminación de género incluyen la Ley de Capacidad Jurídica de los Cónyuges, la Ley de Delitos Sexuales y la Ley de Educación.

Medidas administrativas

56.El Gobierno, en colaboración con sus asociados, aplica medidas especiales para que los niños desfavorecidos ejerzan sus derechos sin discriminación alguna. Estas medidas incluyen becas para la enseñanza secundaria, asistencia financiera para dar acceso a la educación básica no académica a los niños indigentes, y subvenciones para que los niños indigentes y con discapacidad puedan satisfacer sus necesidades básicas y tengan acceso a la educación y los servicios sanitarios y sociales.

Factores y dificultades

57.Aunque los derechos están protegidos en el plano legislativo, todavía hay una discriminación considerable en las comunidades que no es enjuiciada. La discriminación se considera no justiciable y, por tanto, no está penalizada.

58.Las actitudes sociales discriminatorias por motivos de discapacidad física e intelectual, orientación sexual y VIH/SIDA persisten y se ven agravadas por el incumplimiento de la legislación vigente. Por ejemplo, las niñas todavía no pueden heredar bienes, a pesar de las disposiciones de la Ley de Capacidad Jurídica de los Cónyuges de 2006 y la Ley de la Infancia, porque las comunidades rurales las consideran extranjeras.

59.La Ley de Jefes Tribales de 1968 no permite que las mujeres sean jefas tribales antes de la muerte de sus maridos ni antes de los 18 años.

60.A pesar de la Ley de la Infancia, las niñas embarazadas no pueden matricularse en las escuelas, que en su mayoría son religiosas. A menudo, no se les permite matricularse ni siquiera después de dar a luz. El embarazo antes del matrimonio aún no es aceptado.

b)El interés superior del niño (art. 3)

Medidas constitucionales

61.Mediante las disposiciones del capítulo III, artículo 32, de la Constitución se protege implícitamente el interés superior del niño.

Medidas legislativas

62.La Ley de la Infancia establece que en toda cuestión que afecte a un niño, su interés superior debe ser la consideración primordial (art. 4).

63.Las decisiones que se tomen en relación con un niño a raíz de la separación de sus padres deben tener en cuenta su interés superior (Ley de Capacidad Jurídica de los Cónyuges de 2006 y Ley de la Infancia). En el marco de la causa Mapetla vs. Leboela, núm. [2012] LSCA 2, relativa al pago de la pensión de alimentos, el Tribunal de Apelación examinó el deber de realizar investigaciones más allá de las pruebas presentadas, si fuera necesario para que la sentencia tenga en cuenta el interés superior del niño.

64.Los niños deben dar testimonio a puerta cerrada cuando se considere necesario para proteger su interés superior (Ley de Delitos Sexuales de 2003).

Medidas administrativas

65.El Plan Estratégico Nacional para los Niños Vulnerables estipula expresamente que el interés superior del niño es el principio rector que debe aplicarse mediante enfoques sectoriales multianuales.

66.La Política de Acogida y Adopción consagra este principio.

67.Las prácticas menos formales y más adecuadas para los niños empleadas en los tribunales de menores se basan en el principio del interés superior del niño.

Factores y dificultades

68.Debido a la falta de una amplia difusión de las políticas y los textos legislativos, no hay un cabal conocimiento y comprensión de este principio.

69.Las prácticas y actitudes socioculturales imperantes menoscaban el valor de los niños e impiden que se tenga en cuenta su interés superior en diversos contextos.

c)Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (art. 6)

Medidas constitucionales

70. El capítulo II, artículo 5, párrafo 1, de la Constitución protege el derecho inherente a la vida de todas las personas.

71.El artículo 5, párrafo 2, contiene una excepción a esta disposición, a saber, la ejecución de la pena capital impuesta por un tribunal a una persona que ha cometido un delito penal.

72.El artículo 32 de la Constitución impone al Gobierno la obligación de adoptar medidas para garantizar que el empleo de niños y jóvenes en trabajos nocivos para su moral, salud, vida o desarrollo normal sea punible por ley.

Medidas legislativas

73.En virtud de la Ley de la Infancia, la pena de muerte no puede imponerse a un niño ni a ninguna persona que tuviera 18 años de edad o menos en el momento de la comisión del delito.

74.El artículo 11 de esta Ley reconoce el derecho de los niños a satisfacer las necesidades básicas para su desarrollo, como la educación, la atención médica, los servicios sociales o de otro tipo.

75.Conforme al artículo 20, párrafo 2, los padres o tutores están obligados a dar a los hijos orientación adecuada, cuidado y asistencia y a mantenerlos para asegurar su supervivencia y desarrollo.

76.Con arreglo al artículo 22, el Gobierno tiene la obligación de aplicar políticas y programas que garanticen la supervivencia y el desarrollo del niño.

Medidas administrativas

77.Como se señaló anteriormente, el Gobierno se ha fijado tareas para garantizar el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo de los niños del país.

Factores y dificultades

78.Debido a la pobreza y la indigencia, el Gobierno no logra tomar medidas para la supervivencia y el desarrollo de todos los niños, por lo cual hay aún altas tasas de mortalidad infantil temprana, malnutrición, VIH y sida y persiste la orfandad.

d)Respeto de la opinión del niño (art. 12)

Medidas constitucionales

79.En el capítulo II, artículo 14, la Constitución garantiza el derecho a la libertad de expresión a todas las personas, incluidos los niños.

Medidas legislativas

80.El derecho del niño a ser escuchado y la obligación de respetar ese derecho están expresamente garantizados en los artículos 13 y 22 de la Ley de la Infancia.

81.En virtud del artículo 13 de dicha Ley, un niño tiene derecho a expresar sus opiniones libremente y a que esas opiniones se tengan en cuenta en cualquier asunto.

82.El artículo 22 impone al Gobierno la obligación de elaborar políticas y procedimientos que promuevan los derechos del niño a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, de conformidad con la orientación de los padres.

Medidas administrativas

83.Varias organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno promueven y protegen el derecho de los niños a ser escuchados. Tres niñas y un niño formaron parte de la delegación que participó en el lanzamiento del Movimiento para la Educación de las Niñas y los Niños, creado para hacer frente a la difícil situación de las niñas y los niños de Uganda en 2001. El Movimiento se inició en Lesotho, bajo los auspicios del Ministerio de Educación y Capacitación, pero dejó de existir entre 2012 y 2013.

84.El Gobierno facilita la participación de los niños y los adolescentes en los foros nacionales, regionales e internacionales. Tanto la delegación que presentó el informe inicial al Comité de los Derechos del Niño como la delegación de organizaciones de la sociedad civil que presentó el informe inicial al Comité Africano de Expertos sobre los Derechos y el Bienestar del Niño en 2014 incluían un representante de los niños.

85.Los niños también participaron en la elaboración de la Ley de la Infancia y en el estudio de la pobreza infantil en Lesotho realizado en 2010.

Factores y dificultades

86.Las actitudes sociales imperantes hacen que la opinión del niño rara vez se tenga en cuenta en el seno de la familia y en la comunidad en general.

87.A pesar de que la Ley de la Infancia exige que se solicite la opinión del niño, en la práctica, los tribunales de menores no cumplen ese requisito.

IV.Derechos y libertades civiles

a)Inscripción de los nacimientos (art. 7)

Medidas constitucionales

88.Conforme al artículo 38 de la Constitución, todas las personas nacidas en el país son ciudadanos de Lesotho. El artículo 39 establece que una persona nacida fuera de Lesotho, que tenga uno o ambos padres basotho, es ciudadana de Lesotho. El artículo 41 prevé la doble nacionalidad en algunas circunstancias.

Medidas legislativas

89.La Ley de Ciudadanía de 1967 prevé los mismos derechos citados anteriormente, aunque en forma más detallada.

90.Conforme a la Ley de Inscripción de Nacimientos y Defunciones de 1973, la inscripción de los nacimientos y las defunciones es obligatoria. Esta Ley estipula que la inscripción se considerará tardía si se realiza uno o más años después del nacimiento.

91.En el artículo 8, la Ley de la Infancia estipula que la inscripción debe tener lugar en los tres meses posteriores al nacimiento de un niño, vivo o muerto. También establece los requisitos de inscripción del nacimiento de un niño cuando no se conozcan el padre o el tutor. Esta Ley tipifica como delito la no inscripción del nacimiento de un hijo.

92.El artículo 9 de la Ley de la Infancia contiene una disposición adicional para el establecimiento de un sistema integral de registro de niños huérfanos y vulnerables.

93.En virtud de la Ley de Identidad Nacional de 2011, la Oficina del Registro Civil encargada de la inscripción de los nacimientos se ha trasladado del Ministerio de Administración Local y Jefatura Tribal al Ministerio del Interior.

Medidas administrativas

94.En Lesotho, se considera que un nacimiento ha sido inscrito si a la edad de 5 años el niño tiene un certificado de nacimiento o se ha informado del nacimiento a las autoridades tradicionales, a saber, el jefe de la aldea o el jefe tribal. Esto último suele ocurrir en las zonas rurales.

95.En 2009, solo se registraron el 45% de los nacimientos, lo que constituye una mejora con respecto a 2004, año en que solo se registraron el 26%. Solo el 18% de los niños de este grupo tenía un certificado de nacimiento. Además, la inscripción del nacimiento tiende a ser más frecuente en las zonas urbanas que en las rurales.

96.El nuevo sistema de documento nacional de identidad establecido por el Ministerio del Interior tiene por objeto armonizar las funciones del registro civil, incluida la inscripción de los nacimientos.

97.A nivel de distrito y la comunidad, el Gobierno cuenta con la asistencia de los asociados para el desarrollo para promover la inscripción de los nacimientos a fin de garantizar que los niños tengan acceso a servicios básicos, como el Programa de Subsidios para la Infancia. Durante las evaluaciones relacionadas con este Programa, se alienta a las familias que cumplan los requisitos a obtener los certificados de nacimiento de sus hijos.

Factores y dificultades

98.Lograr la inscripción de todos los nacimientos en las comunidades rurales sigue siendo un problema, ya que no se considera un requisito importante para la protección del niño. Además, las penas impuestas por la inscripción tardía se han convertido en un elemento disuasorio importante para los padres.

99.La capacidad a nivel central y de distrito de la Oficina del Registro Civil es muy insuficiente, por tanto, no se pueden tomar medidas para identificar a los niños no inscritos. Esto también produce demoras en la expedición de los certificados de nacimiento.

100.El nuevo sistema de tarjetas de identidad nacionales tampoco ha contribuido hasta el momento a impedir la duplicación de los registros de nacimientos en distintos distritos.

101.Los diferentes plazos para la inscripción de los nacimientos que estipula la legislación son causa de incertidumbre y deben rectificarse.

Nombre y nacionalidad (art. 7) y preservación de la identidad (art. 8)

Medidas constitucionales

102.En el capítulo IV, artículo 38, párrafo 3, la Constitución establece que las personas nacidas en Lesotho tienen derecho a la ciudadanía. Esta norma tiene excepciones, pero en tales casos, si la persona nacida en Lesotho quedara apátrida, se le concederá la nacionalidad.

103.Las disposiciones constitucionales relativas a los niños nacidos fuera del país también se examinaron en el párrafo 88.

Medidas legislativas

104.En lo que respecta a la identidad, el artículo 7 de la Ley de la Infancia reconoce el derecho de todo niño a un nombre digno y a la nacionalidad, poniendo así fin a la práctica tradicional de poner nombres degradantes o despectivos a los niños nacidos fuera del matrimonio.

105.Debido a las tradiciones culturales, algunos niños no reciben un nombre hasta que el cordón umbilical se seca y cae. Para tener en cuenta esos casos, el artículo 18 de la Ley de Nacimientos y Defunciones de 1973 contiene una salvedad y permite la inscripción inicial de los nacimientos con el nombre de los padres. Cuando ya se ha dado un nombre al niño, se efectúan las modificaciones necesarias en el registro. El Gobierno tiene relaciones de reciprocidad con sus vecinos del África Meridional en lo que respecta a los niños privados de aspectos de su identidad, incluidos la familia, el estado civil y la nacionalidad.

Libertad de expresión y derecho a buscar, recibir y difundir información (art. 13) y libertad de pensamiento, conciencia y religión (art. 14)

Medidas constitucionales

106.En el capítulo II, artículos 13 y 14, la Constitución garantiza la libertad de pensamiento, conciencia, religión y expresión a todas las personas.

Medidas legislativas

107.El artículo 14 de la Ley de la Infancia establece el derecho del niño a expresar sus opiniones.

108.Conforme al artículo 22, el Gobierno tiene la obligación de hacer accesibles a los niños la información adecuada. También tiene la obligación de alentar a los medios de comunicación a difundir información de interés sociocultural para los niños y, al mismo tiempo, evitar que estén expuestos a información y materiales nocivos.

109.Por último, el artículo 11, párrafo 6, y el artículo 234, párrafo 2, de la mencionada Ley establece que los niños tienen derecho a recibir información y educación sobre salud sexual y reproductiva apropiadas para su edad.

Medidas administrativas

110.El Gobierno ha establecido Puestos de Salud para Adolescentes, cuya función primordial es transmitir información sobre salud sexual y reproductiva, en particular sobre el VIH y los servicios para adolescentes y adultos jóvenes.

111.El Gobierno ha establecido centros de recursos para jóvenes en algunos distritos para impartir a los adolescentes y los adultos jóvenes información y aptitudes útiles para la vida, incluida la prevención del VIH.

112.La radio es el medio de comunicación más difundido, tanto en lo que respecta a las regiones como a los grupos de edad. Más del 60% de los adolescentes de 15 a 19 años escuchan la radio al menos una vez por semana. En las zonas urbanas, aproximadamente el 50% de la población mira la televisión una vez por semana, en comparación con el 13% en las zonas rurales. El acceso a los periódicos registra el mismo desequilibrio: el 30% de los adolescentes y los adultos leen un periódico por lo menos una vez por semana en las zonas urbanas, frente al 12% en las zonas rurales.

113.El Ministerio de Comunicaciones, Ciencia y Tecnología tiene el mandato de supervisar los medios de comunicación y otras actividades de comunicación en todo el país. Este Ministerio elaboró un proyecto de política sobre medios de comunicación y el Parlamento aprobó la Ley de Comunicaciones núm. 4, de 2012, y el Reglamento de Radiodifusión. Estas iniciativas no producen necesariamente medios de comunicación apropiados para los niños, pero permiten que estos tengan acceso a la información.

114.Además, Gender Links y el Instituto de Medios de Comunicación de Sudáfrica supervisan e imparten capacitación a los periodistas sobre periodismo objetivo e imparcial en relación con las mujeres y las niñas, las personas con discapacidad, las personas que viven con el VIH/SIDA y los niños.

115.La biblioteca estatal dependiente del Ministerio de Turismo, Medio Ambiente y Cultura cuenta con una sección especial para los niños y tiene cinco filiales a nivel de distrito. Hay otras 23 bibliotecas gestionadas por diferentes departamentos gubernamentales y ONG, ubicadas principalmente en los centros urbanos, que no tienen suficiente material adecuado para los niños. Habida cuenta de ello, el Ministerio de Turismo, Medio Ambiente y Cultura ha tomado recientemente la iniciativa de establecer bibliotecas en el Ministerio de Género, Juventud, Deportes y Recreación y los centros de recursos para jóvenes.

116.Algunas escuelas primarias y secundarias tienen bibliotecas para sus alumnos, aunque a menudo no están bien abastecidas y tienen información obsoleta.

Factores y dificultades

117.En la cultura sesotho los niños no pueden hablar ni expresar sus propias opiniones y deben obedecer a sus mayores, lo cual limita su capacidad para actuar de manera independiente.

118.La Ley de la Infancia prohíbe la exposición de los niños a material de carácter violento y sexual. No existen sistemas de vigilancia adecuados para prevenir plenamente este problema.

Libertad de asociación y de reunión pacífica (art. 15)

Medidas constitucionales

119.En el capítulo II, artículos 15 y 16, la Constitución garantiza la libertad de asociación y de reunión a todas las personas.

Medidas legislativas

120.En virtud del artículo 12 de la Ley de la Infancia, los niños tienen derecho a participar en actividades sociales o culturales, con excepción de aquellas que no promuevan su interés superior.

Medidas administrativas

121.En el sector de la educación, se alienta a los escolares a formar clubes sociales, en particular para hacer frente a los efectos de la epidemia del VIH/SIDA en sus vidas.

Protección de la vida privada

Medidas constitucionales

122.En el capítulo II, artículo 11, la Constitución estipula que todas las personas tienen derecho a que su vida familiar y sus hogares sean respetados como espacios privados libres de la injerencia del Gobierno.

123.En virtud del capítulo II, artículo 10, todas las personas están protegidas contra el registro arbitrario o el ingreso en sus espacios privados.

Medidas legislativas

124.La Ley de Protección de Datos de 2012 regula la recopilación, el procesamiento y la gestión de datos privados para uso público, incluida la protección de los datos personales. La Ley de Comunicaciones de 2012 establece la Dirección de Comunicaciones para regular este sector.

125.El artículo 145, párrafo 2, de la Ley de la Infancia prohíbe la publicación de datos sobre un niño que comparezca ante los tribunales y se establece que los niños deben prestar testimonio a puerta cerrada. También se prohíbe que otras personas que no sean los propios padres adoptivos informen al niño de que es adoptado.

126.El Código Penal dispone que cuando se pone en libertad a un niño que ha estado detenido, no deben quedar registrados antecedentes penales.

127.El Código de Trabajo de 1992 prevé la protección de la información privada de los empleados, incluida la de los niños que trabajan en el sector formal.

Derecho a no ser sometido a tortura o trato inhumano o degradante, incluido el castigo corporal

Medidas constitucionales

128.En el capítulo II, artículo 8, la Constitución, garantiza la protección de todas las personas contra la tortura o los tratos inhumanos o degradantes.

129.La Constitución exime de esta disposición las leyes vigentes antes de 1993 que autorizan la imposición de castigos por motivos legítimos.

Medidas legislativas

130.Con arreglo al artículo 16 de la Ley de la Infancia, los niños tienen derecho a la protección contra la tortura y los tratos degradantes, incluida cualquier práctica cultural deshumanizadora o nociva para su bienestar psicosocial o general.

131.En ese mismo artículo se establecen límites a la imposición de castigos y medidas disciplinarias a los niños, y se estipula en particular que el niño debe comprender su propósito.

132.El artículo 22 estipula que el Gobierno tiene la obligación de proteger al niño contra todas las formas de maltrato por cualquier persona, mediante la aplicación de programas sociales adecuados para prevenir los abusos y el maltrato.

133.En virtud de la parte XI de la Ley de la Infancia, cuando la policía y los ciudadanos realizan detenciones, deben tener debidamente en cuenta la dignidad y el bienestar de un niño y usar una fuerza mínima y proporcional a las circunstancias como último recurso.

134.El artículo 103 de esta Ley estipula que los niños en detención policial deben mantenerse en condiciones adecuadas y ser tratados de manera acorde a su edad. Los adultos, los niños y las niñas deben estar separados. Los niños deben denunciar los malos tratos durante la detención policial y todo contacto físico ilícito con los agentes de policía está prohibido.

135.Ley de la Infancia establece, en el artículo 127, que los castigos corporales o la humillación pública no pueden aplicarse como penas extrajudiciales. También prohíbe que los tribunales impongan castigos corporales o cualquier forma de castigo cruel, inhumano o degradante (art. 161).

Medidas administrativas

136.La Política de Salud Escolar de 2005 reconoce los derechos del niño a la protección contra los malos tratos de padres, compañeros, maestros y demás personas. También establece que el castigo será administrado con arreglo a la Ley de Educación de 2010 y los reglamentos escolares revisados, que prohíben los castigos corporales.

137.El Gobierno apoya la iniciativa mundial para poner fin a los castigos corporales de los niños enunciada en el Examen Periódico Universal.

Factores y dificultades

138.El castigo físico de los niños, leve o moderado, está profundamente arraigado en la cultura basotho. Los esfuerzos del Gobierno para eliminarlo han fracasado, especialmente por la falta de información fidedigna sobre sus efectos nocivos. No se han emprendido actividades de formación ni sensibilización para eliminar la práctica en los ámbitos público ni privado.

V.Violencia contra el niño

a)Malos tratos y descuido (art. 19)

Medidas constitucionales

139.En el capítulo II, artículo 8, la Constitución garantiza la protección de todas las personas contra la tortura, los tratos inhumanos o los castigos degradantes. El artículo 32 de la Constitución impone al Estado la obligación de proteger a los niños y los jóvenes mediante políticas y leyes.

Medidas legislativas

140.En virtud del artículo 20 de la Ley de la Infancia, los padres y los tutores son responsables de la protección de los niños contra el trato negligente, la discriminación, la violencia, los abusos, la explotación, los peligros físicos y morales y la opresión. Los artículos 23 y 46 también contienen disposiciones sobre la protección de los niños contra los malos tratos y el descuido.

Medidas administrativas

141.El Gobierno, a través de sus marcos normativos, crea el entorno adecuado para que los niños vulnerables estén protegidos del maltrato y el descuido.

142.Las organizaciones de la sociedad civil complementan la acción del Gobierno sensibilizando a las comunidades sobre los efectos de las diversas formas de maltrato y descuido.

Factores y dificultades

143.Debido a la escasez de recursos, el Gobierno y las organizaciones de la sociedad civil no pueden llegar a todo el territorio del país con sus campañas de sensibilización, lo cual impide eliminar todas las formas de maltrato.

144.A pesar de los esfuerzos para sensibilizar a la población sobre el maltrato, el descuido y los daños que causan a los niños, no se han producido cambios evidentes en el comportamiento y las actitudes.

b)Medidas para prohibir y erradicar todo tipo de prácticas nocivas, en particular la mutilación genital femenina y los matrimonios precoces y forzados(art. 24, párr. 3)

Medidas legislativas

145.El artículo 17 de la Ley de la Infancia prohíbe los ritos, las costumbres o las prácticas culturales tradicionales que sean nocivas para los niños.

Medidas administrativas

146.El empeño del Gobierno y las organizaciones de la sociedad civil en proteger a los niños de todas las prácticas nocivas se pone de manifiesto, entre otras cosas, en la conmemoración de días especiales dedicados a sensibilizar a la población acerca de esa cuestión.

Factores y dificultades

147.Las actividades de concienciación rara vez van más allá de la celebración de días conmemorativos, por tanto, no se registran efectos a largo plazo.

148.Se realizan muy pocas actividades de sensibilización destinadas a las comunidades de zonas aisladas.

Explotación sexual y abusos sexuales (art. 34)

Medidas legislativas

149.La Ley de Delitos Sexuales redefine los delitos sexuales y la explotación sexual. Además, tipifica la violación y la agresión sexual. El contacto sexual con un niño menor de 16 años es un delito.

150.El Código Penal y la Ley contra la Trata contienen disposiciones para hacer frente a la explotación y los abusos sexuales.

Medidas administrativas

151.La mayoría de las organizaciones de la sociedad civil, en particular las especializadas en cuestiones jurídicas, tienen programas relacionados con la educación de la nación en materia de derechos de salud sexual y reproductiva, que complementan los esfuerzos del Gobierno para poner fin a todas las formas de abusos sexuales de niños.

Factores y dificultades

152.El Gobierno y las organizaciones de la sociedad civil no logran cumplir su compromiso de luchar contra el abuso sexual de los niños en todo el país por falta de recursos.

153.Para algunos miembros de la comunidad todavía resulta difícil hablar de los casos de abuso sexual y denunciarlos, especialmente si involucran a miembros de la familia.

c)Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluidos castigos corporales(arts. 37 a) y 28, párr. 2)

Medidas legislativas

154.El artículo 161 de la Ley de la Infancia contiene disposiciones contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Medidas administrativas

155.Como se indicó anteriormente, el Ministerio de Educación y Formación exige que las Juntas de Gestión Escolar garanticen la erradicación del trato inhumano y los castigos corporales en las escuelas.

Factores y dificultades

156.En algunas escuelas siguen practicándose los castigos corporales y los niños y los padres no tienen suficiente poder para denunciarlo. No se toma ninguna medida contra quienes siguen practicándolo.

d)Medidas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas (art. 39)

Medidas legislativas

157.Los artículos 127 y 178 de la Ley de la Infancia prevén la creación de entornos protectores y propicios para que los niños que han sido víctimas de abusos o que hayan estado en conflicto con la ley puedan recuperarse psicológica y emocionalmente de sus experiencias.

Medidas administrativas

158.Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel fundamental en la recuperación psicológica de los niños mediante los programas de apoyo psicosocial que ejecutan en varios lugares del país.

Factores y dificultades

159.En general, los programas de apoyo psicosocial de las organizaciones de la sociedad civil no son de gran alcance debido a la falta de recursos.

e)Servicios de asistencia telefónica para los niños

Medidas legislativas

160.El artículo 14 de la Ley de la Infancia otorga a los niños el derecho a expresar sus opiniones libremente y a que esas opiniones se tengan en cuenta.

Medidas administrativas

161.Con el apoyo del Fondo Mundial y el UNICEF, el Gobierno estableció servicios de asistencia telefónica en Maseru y Quthing para crear una plataforma segura donde los niños se expresen y denuncien violaciones de sus derechos.

Factores y dificultades

162.Por falta de recursos, el servicio de asistencia telefónica de Quthing se ha cerrado y el de Maseru ya no funciona eficazmente.

163.Este servicio nunca ha tenido personal permanente. Su funcionamiento ha dependido de voluntarios y trabajadores sociales del Ministerio de Género, Juventud, Deportes y Recreación y el Ministerio de Desarrollo Social, la mayoría de los cuales carecen de capacitación en el manejo de cuestiones delicadas relacionadas con los niños. Por tal razón, fácilmente sufren estrés y agotamiento y suelen abandonar la tarea.

VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado

a)Entorno familiar y orientación de los padres

Medidas constitucionales

164.La Constitución impone al Gobierno la obligación de respetar la intimidad y la inviolabilidad de la vida familiar y el hogar.

Medidas legislativas

165.El artículo 10 de la Ley de la Infancia establece el derecho del niño a conocer a su familia, vivir con ella y crecer en un entorno propicio y pacífico.

166.En virtud del artículo 20 de dicha Ley, los padres o tutores tienen el deber de proporcionar orientación, cuidado, asistencia y alimentos para garantizar la supervivencia y el desarrollo de sus hijos.

167.En el artículo 21, la Ley de la Infancia estipula que los deberes y responsabilidades de los niños incluyen respetar en todo momento a los padres, tutores, superiores y ancianos y prestarles asistencia cuando sea necesario, de acuerdo con su edad y capacidad.

b)Responsabilidades comunes de los padres, asistencia a los padres y servicios de atención a la infancia

Medidas legislativas

168.La parte XXIII de la Ley de la Infancia establece los derechos de los niños a recibir sustento y alimentos de los padres u otras personas legalmente responsables de su bienestar general.

Medidas administrativas

169.El empeño del Gobierno en luchar contra la vulnerabilidad se pone de manifiesto en sus esfuerzos para fortalecer la familia y prestar apoyo material a las familias indigentes.

170.Las normas culturales y religiosas relativas a la paternidad están muy arraigadas. Los dirigentes de la comunidad y las ONG proporcionan, con el apoyo de los asociados para el desarrollo, orientación sobre la crianza de los hijos.

Factores y dificultades

171.Las familias de Lesotho siguen haciendo frente a la pobreza, el desempleo, la inseguridad alimentaria, el VIH/SIDA y la tuberculosis, que menoscaban su capacidad para cuidar a los niños.

172.El Gobierno no puede pagar subvenciones anuales a todos los centros de atención infantil ni hacerlo sobre la base de los gastos efectivos de subsistencia de cada niño.

c)Separación del niño de los padres

Medidas legislativas

173.La Ley de la Infancia dispone que los niños tienen derecho a vivir con sus padres, excepto cuando ello no responda a su interés superior. El artículo 22 exige que el Gobierno formule políticas de apoyo a los niños cuyos padres no sean capaces de ejercer debidamente la patria potestad.

174.La proporción de niños privados del cuidado de sus padres, desatendidos o abandonados es muy elevada. El Ministerio de Desarrollo Social se ocupa de recoger y colocar a esos niños (art. 23 de la Ley de la Infancia). Los casos deben presentarse ante un tribunal judicial en el plazo de 48 horas para obtener una orden.

175.En aras del interés superior de los niños separados de sus padres, estos deben mantener contacto con su familia, siempre que sea posible, independientemente del resultado de la audiencia relativa a la custodia. El artículo 201 de la Ley de la Infancia otorga a los padres que no tengan la custodia el derecho de acceso al niño, y el artículo 204 dispone que cualquiera de los padres supervivientes puede tener la custodia. La tutela continúa hasta que el niño cumpla los 18 años (art. 208).

176.Otras formas de cuidado previstas en la parte XIII de la Ley de la Infancia incluyen la colocación en hogares de acogida y la adopción local e internacional.

177.Los niños también pueden ser separados de sus familias por estar en conflicto con la ley, caso previsto en la parte XI de la Ley de la Infancia.

178.La decisión sobre el lugar de residencia de un niño incumbe al Tribunal Superior en el caso de las adopciones, y debe guiarse por el interés superior del niño.

Medidas administrativas

179.El acogimiento informal y el cuidado por miembros de la familia extensa sin orden judicial sigue siendo una práctica generalizada, aunque las familias son ahora reacias a ocuparse de otros niños debido a la pobreza endémica.

180.Los niños que nacen mientras la madre cumple una pena de prisión son enviados a centros de acogida o se entregan a la familia extensa cuando cumplen los 2 años.

181.El Ministerio de Desarrollo Social ha elaborado normas y directrices para los centros de cuidado infantil a fin de asegurar la calidad y profesionalidad de los servicios.

182.Los asociados para el desarrollo están ayudando a fortalecer la capacidad del Ministerio para el cumplimiento efectivo de las responsabilidades que le asigna la Ley de la Infancia.

Factores y dificultades

183.Una evaluación de las formas alternativas de cuidado determinó que muchos niños fueron colocados en centros de acogida sin orden judicial. Aunque el Ministerio de Desarrollo Social es responsable de la supervisión de los niños separados de sus padres, sus registros sobre el número de niños en centros de atención y las condiciones de vida en ellos son incompletos.

184.La falta de recursos y las dificultades geográficas del territorio obstaculizan la financiación y reglamentación de los centros de acogida.

185.La promiscuidad y el desacuerdo de los padres debido a la epidemia del VIH, el aumento de las tasas de divorcio, el alcoholismo y la violencia de género son algunos de los factores que hacen que se separe a los niños de los padres.

186.Los niños que trabajan fuera del hogar también están separados de sus familias.

187.No existe un sistema de remisión bien establecido para atender a los niños separados de sus padres y el Gobierno no tiene centros de acogida propios.

d)Reunificación familiar

Medidas legislativas

188.La Ley de la Infancia establece que cuando los niños son separados de sus padres porque necesitan cuidado y protección o porque están en conflicto con la ley, la separación debe ser lo más breve posible (art. 23).

189.En virtud de la Ley contra la Trata (2011), un niño víctima de trata debe reunirse con su familia lo antes posible.

Medidas administrativas

190.La reunificación de los niños con su familia es una responsabilidad que asumen conjuntamente los trabajadores sociales de los centros de acogida y del Ministerio de Desarrollo Social y la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño. Cuando la reunificación no es posible, los trabajadores sociales del Ministerio deben colocar temporalmente a los niños en los centros de acogida mientras continúa la búsqueda de una familia adoptiva. Solo después de que estas medidas hayan fracasado, podrá colocarse a un niño en un centro de acogida por un período prolongado.

191.Si después de hacer investigaciones durante tres meses no se encuentra a ninguno de los padres ni un pariente cercano, o bien, cuando se encuentra a los padres pero no están en condiciones de cuidar del niño, este puede ser declarado adoptable.

192.En la actualidad, no existen centros de acogida privados, sino solo los centros institucionales previstos en la Ley de la Infancia. En la evaluación del costo de la aplicación de la Ley de la Infancia realizada en 2014 se fijó un precio para el establecimiento de centros de acogida privados y la Estrategia de Protección de la Infancia recomienda que los modelos de hogares de acogida se sometan a prueba.

193.Hay ONG que proporcionan alimentos y alojamiento a los niños, y alientan a los niños que viven o trabajan en la calle a regresar a la escuela. También facilitan su reunificación con la familia.

Factores y dificultades

194.El Gobierno no sufraga los gastos de la búsqueda de los progenitores de los niños. En general no hay medios de transporte y las búsquedas suelen llevar mucho tiempo debido a la difícil topografía y a que las familias viven lejos de las carreteras principales. Los trabajadores sociales no suelen tener los conocimientos necesarios para este tipo de trabajo de investigación y con frecuencia la policía se muestra renuente a prestarles asistencia.

e)Pago de la pensión alimenticia para el niño

Medidas legislativas

195.En la parte XXIII de la Ley de la Infancia se establecen los procedimientos para garantizar la manutención de los niños.

196.Los tribunales de menores tienen competencia para dictar órdenes de manutención y obligar a los progenitores, tutores o cualquier otra persona a mantener a los niños.

197.El cumplimiento de estas órdenes es responsabilidad conjunta de ambos padres, estuvieran o no casados cuando el niño nació.

198.Si bien en general las órdenes de manutención expiran cuando el niño cumple 18 años, pueden prorrogarse si este sigue estudiando. Una orden de manutención también expira cuando su beneficiario consigue un empleo remunerado.

199.Además, el Ministerio de Justicia y Servicios Correccionales, a través del Departamento de Asistencia Jurídica, ha concertado un acuerdo bilateral con Sudáfrica, por el cual los empleadores de ese país están obligados a cumplir las órdenes de manutención dictadas por los tribunales de Lesotho. El Gobierno también prevé la posibilidad de dictar órdenes de embargo con arreglo al Reglamento de los Tribunales Inferiores de 1988, para garantizar el cumplimiento de las órdenes de manutención.

Medidas administrativas

200.Cuando un progenitor no cumpla una orden de manutención, el Tribunal de Menores podrá embargarle el sueldo si es empleado público o dictar sentencia de prisión si se trata de un caso recalcitrante. Cuando los padres no puedan pagar la pensión alimenticia, el niño podrá ser colocado en una institución o recibir asistencia pública en forma de paquetes de alimentos a la espera del pago de subsidios en efectivo.

Factores y dificultades

201.Un tribunal puede ordenar el pago de la pensión alimenticia a un padre biológico que no tenga la custodia, sin embargo, como no se suele informar a los padres biológicos del nacimiento, es poco probable que los niños nacidos fuera de matrimonio reciban pensión alimenticia.

f)Niños privados de un entorno familiar, examen periódico de las instituciones, reglamentación y supervisión de los servicios de cuidados alternativos

Medidas legislativas

202.La Ley de la Infancia impone al Gobierno la obligación de designar, establecer y equipar los centros de acogida, mantener un registro y vigilar y supervisar las condiciones de vida en ellos.

203.Esta Ley contiene criterios para el cuidado de los niños conforme a modalidades alternativas.

g)Adopción nacional o internacional

Medidas legislativas

204.La Proclamación sobre Adopciones de 1952 permitía la adopción solo para los europeos y no para los basotho. La parte XIII de la Ley de la Infancia prevé tanto la adopción local como internacional. En el artículo 51 se enuncian los criterios para seleccionar a las personas que pueden adoptar, mientras que en el artículo 61 se enumeran los requisitos para la adopción entre países.

205.En la parte VIII de la Ley de la Infancia se establecen los procedimientos de solicitud de adopción y acogimiento familiar. Se establece, además, que las solicitudes se ajustarán a las normas y directrices establecidas por el Ministerio de Desarrollo Social.

Medidas administrativas

206.El Gobierno ratificó en 2012 el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. En la actualidad, Lesotho tiene acuerdos de adopción con el Canadá, los Estados Unidos de América, Suecia y los Países Bajos. Existen planes para firmar un acuerdo con Sudáfrica.

207.La Política de Adopciones y Colocación en Hogares de Acogida de 2013 y los Procedimientos y Directrices en materia de Adopciones imponen a los padres adoptivos de los Estados receptores la obligación de enviar informes durante el tiempo determinado por el Ministerio de Desarrollo Social. Las visitas a los Estados receptores son obligatorias para asegurarse del bienestar de los niños adoptados.

208.A fin de responder a las preocupaciones del Comité que se examinan en la siguiente subsección, se han elaborado la Política de Adopciones y Colocación en Hogares de Acogida y los Procedimientos y Directrices en materia de Adopciones.

209.Aunque todavía no cuenta con suficiente personal, desde 2013 existe una autoridad central para la regulación de las adopciones nacionales e internacionales. Se han impartido cursos de formación al personal, gracias a lo cual ha mejorado el ritmo de la tramitación de las adopciones, el mantenimiento de registros y la evaluación de la necesidad y la idoneidad de la adopción.

Factores y dificultades

210.Debido a problemas de capacidad, el Ministerio de Desarrollo Social no puede mantener un buen registro desglosado de las adopciones. A raíz de que algunos niños fueron sacados ilegalmente del país y encontrados en condiciones de vulnerabilidad, el Gobierno estableció una comisión judicial de investigación de las adopciones en 2007 y suspendió temporalmente las adopciones.

211.Como confirmó la comisión de 2007, el mantenimiento de registros por el Ministerio de Desarrollo Social y los tribunales es deficiente, por tanto, es imposible obtener cifras precisas sobre las adopciones llevadas a cabo con éxito. Los documentos facilitados a la Comisión revelaron que solo 151 niños habían sido adoptados entre 1995 y 2008. La mayoría habían sido abandonados al nacer. El segundo grupo estaba compuesto por niñas huérfanas.

212.La Comisión estimó que el Departamento de Bienestar Social no podía ocuparse eficazmente de las adopciones y al mismo tiempo realizar otras tareas más amplias de protección de la infancia.

213.Además, la Comisión determinó que, debido a la falta de una estrategia de promoción de las adopciones en el país, la adopción se consideraba una opción de cuidado alternativo en el extranjero.

214.El examen de las modalidades alternativas de cuidado realizado en 2009 concluyó que muy pocos niños eran adoptados localmente debido a la falta de conocimiento y al estigma y el temor vinculados a la posibilidad de adoptar un niño seropositivo.

215.La Comisión de Investigación expresó preocupación con respecto a las deficiencias en materia de:

Transparencia y rendición de cuentas en los procedimientos de adopción;

Directrices claras para la evaluación de la idoneidad y la aptitud para adoptar de los padres adoptivos;

Registro de adopciones para la preservación de datos de calidad bien desglosados; y

Reconocimiento de la adopción como una opción de cuidado, en particular en momentos en que las formas tradicionales de cuidado de los niños huérfanos o abandonados están desapareciendo.

216.Persiste la idea errónea de que los niños basotho se venden a padres adoptivos extranjeros, por lo cual muchos basotho no dan fácilmente a sus hijos en adopción ni adoptan, incluso si no pueden tener sus propios hijos biológicos. En 2013, 2012 y 2011 hubo respectivamente 41, 23 y 38 adopciones. Del total de 41 adopciones realizadas en 2013, 19 fueron internacionales.

217.Las evaluaciones de los niños internados en centros de acogida son realizadas por el Ministerio de Desarrollo Social y a menudo el proceso es muy lento, debido a la falta de documentos de identidad. Por tanto, muchos niños que podrían ser adoptados residen en instituciones durante largos años antes de que se les otorgue la permanencia. De los aproximadamente 1.475 niños que se encuentran en los centros de acogida en cualquier momento dado, la mitad podrían ser adoptados.

218.Además, hay en todo momento unas 300 personas en los Estados de acogida esperando adoptar un niño de Lesotho.

h)Traslado ilícito y no devolución de niños

Medidas legislativas

219.En la parte VIII de la Ley de la Infancia se establece la protección de los niños contra el traslado ilícito y la no devolución.

i)Malos tratos, abusos y descuido

Medidas constitucionales

220.Como se señaló anteriormente, la Constitución protege a todas las personas, incluidos los niños, contra cualquier trato inhumano, humillante o degradante.

Medidas legislativas

221.La Ley de la Infancia tipifica los malos tratos, el descuido y el abandono. El artículo 23, establece que los niños que se encuentran en estas circunstancias y sometidos a abusos sexuales y explotación necesitan protección. El artículo 46 tipifica el abandono como delito punible mediante servicios a la comunidad.

222.El Código Penal, en su artículo 30, tipifica el abuso sexual y excluye la posibilidad de aducir el consentimiento como defensa.

Medidas administrativas

223.Algunas ONG proporcionan albergue temporal y apoyo psicosocial a los niños víctimas de abuso sexual que sufren sus efectos traumáticos, antes de que puedan reintegrarse en la comunidad.

Factores y dificultades

224.Las evaluaciones recientes de la Dependencia de Protección de la Mujer y la Infancia y el servicio de asistencia telefónica para los niños han demostrado que tienen una capacidad limitada para prestar asistencia a un gran número de niños maltratados y abandonados.

225.El Gobierno está trabajando para establecer un sistema de protección social accesible a todos los niños y no solo los niños huérfanos y vulnerables. Sin embargo, la cobertura actual de los servicios es muy limitada, en particular en las regiones aisladas. La falta de coordinación de la acción es un problema persistente.

226.Las penas impuestas por delitos de negligencia, abuso sexual y explotación no son factores de disuasión efectivos. Por tanto, la reincidencia es relativamente alta. Tampoco se suelen imponer penas de servicios a la comunidad por agresiones graves.

227.Hay una seria falta de psicólogos y psiquiatras calificados, pues ninguna institución de enseñanza terciaria del país ofrece formación en esas esferas. Por tanto, el diagnóstico, la prestación de servicios psicosociales y la rehabilitación se ven gravemente obstaculizados.

j)Ejercicio efectivo de los derechos del niño en la primera infancia

228.Los progresos del Gobierno en este ámbito se exponen en la sección relativa a la educación.

VII.Discapacidad, salud básica y bienestar

a)Niños con discapacidad

Medidas constitucionales

229.La Constitución, en virtud de los Principios de la Política de Estado, establece que el Gobierno debe tomar medidas para atender a las necesidades de las personas con discapacidad, entre otras cosas, garantizándoles la igualdad de oportunidades en el empleo. Esas medidas deberían beneficiar tanto a los adultos como a los niños.

Medidas legislativas

230.La definición de discapacidad incorporada en la Ley de la Infancia incluye la discapacidad física, intelectual, sensorial, mental o de otro tipo, sin tener en cuenta su causa ni el hecho de que sea temporal o permanente ni la medida en que impida que el niño participe normalmente en las actividades de la vida social.

231.En virtud de dicha Ley, los niños con discapacidad tienen derecho a la educación, con independencia del tipo de discapacidad o la gravedad de su estado.

232.La Ley de la Infancia, en los artículos 13 y 22, estipula que los niños con discapacidad deben disfrutar de los derechos a la dignidad y la participación, a fin de lograr en el mayor grado posible una vida digna, la autosuficiencia, la integración social y la realización de su pleno potencial en la sociedad.

233.El artículo 15 de la Ley de Delitos Sexuales de 2003 contiene disposiciones especiales, en particular penas más severas, para los abusos sexuales cometidos contra personas con discapacidad.

234.La Ley de Educación de 2010 exige que los niños con discapacidad sean integrados en el sistema general de enseñanza.

Medidas administrativas

235.El Gobierno ha elaborado manuales de capacitación sobre cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia y el programa de rehabilitación basada en la comunidad, que contribuyen a la pronta identificación de los niños con discapacidad.

236.A este respecto, el Gobierno ha adoptado las directrices de las Naciones Unidas sobre la rehabilitación basada en la comunidad para niños y adultos con discapacidad. También elaboró una política nacional de discapacidad en 2011 para orientar mejor sus esfuerzos y garantizar el pleno disfrute de los derechos de este grupo vulnerable.

237.El Gobierno proporciona a los niños con discapacidad algunos dispositivos de asistencia en forma gratuita, en función de la disponibilidad de recursos.

238.Durante el ejercicio económico 2009/10, el Ministerio de Desarrollo Social proporcionó dispositivos a 483 niños y adultos. Los niños con discapacidad también reciben becas y otras formas de asistencia práctica a través del Ministerio de Educación y Formación para asistir a la escuela secundaria y a clases sobre cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia.

239.El Gobierno ha establecido un entorno normativo y legislativo propicio que prevé servicios de cuidados alternativos para los niños con discapacidad. Las organizaciones de la sociedad civil sensibilizan a la población sobre la protección y promoción de los derechos de esos niños.

240.Los asociados para el desarrollo y el Gobierno han impartido capacitación a los maestros en lenguaje de señas a fin de apoyar a los escolares con deficiencia del habla y auditiva. También se han elaborado materiales de enseñanza en braille. El Fondo Mundial ha apoyado la producción de nuevos materiales de capacitación.

241.La Asociación Noruega de Personas con Discapacidad proporciona asistencia técnica y financiera al Gobierno para:

Aplicar la Política Nacional de Discapacidad y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;

Facilitar la creación de un comité directivo nacional para la aplicación de esta Convención; y

Dirigir la elaboración de planes de trabajo realistas y detallados para cada una de las partes interesadas.

242.La Federación Nacional de Organizaciones de Personas con Discapacidad de Lesotho desempeña un papel destacado en la creación de conciencia sobre los derechos de las personas con discapacidad, incluidos los niños, y en la vigilancia del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2008.

243.El Gobierno administra el centro Itjareng de Formación Profesional y Rehabilitación para las personas con discapacidad, que ofrece cursos de carpintería, marroquinería, costura, electricidad y trabajo de los metales. Los trabajadores del programa de rehabilitación basada en la comunidad que el Ministerio de Desarrollo Social ofrece en cada distrito prestan servicios específicos a las personas con discapacidad.

244.El Gobierno acogió en 2013 la Conferencia de las Comunidades de Profesionales para la Promoción de la Integración de las Personas con Discapacidad (COPDAM), en la que participaron más de veinte Estados africanos. Cada año el Ministerio de Desarrollo Social conmemora el Día de la Discapacidad e invita a participar a personas con discapacidad.

245.Hay ocho escuelas para niños con deficiencia auditiva y visual, discapacidad intelectual u otras formas de discapacidad física. La Facultad de Ciencias de la Educación de Lesotho ofrece un curso de certificación en lenguaje de señas. El Ministerio de Educación y Formación estableció la Dependencia de Educación Especial en el marco del Plan del Sector de la Educación para hacer frente a las necesidades concretas de los niños con discapacidad.

Nombre de la escuela

Tipo de discapacidad

Escuela Secundaria Santa Catalina

Deficiencia visual

Centro de Recursos para Ciegos Santa Bernadette

Deficiencia visual

Cheshire Home Santa Ángela para Niños con Discapacidad

Física

Phelisanong Lesotho

Física e intelectual

Centro Kananelo para Sordos

Deficiencia auditiva

MohlolioaBophelo

Deficiencia visual

Escuela para Sordos San Pablo

Deficiencia auditiva

Centro de Discapacitados Thuso E TlaTsoaKae

Física

Fuente: Ministerio de Desarrollo Social.

246.Las organizaciones basadas en la comunidad también organizan reuniones denominadas lipitso y programas de radio y televisión para enseñar a las comunidades a distinguir entre la realidad y los mitos respecto de las personas con discapacidad. La participación de intérpretes y de traductores al lenguaje de señas en la televisión y en los actos públicos es ahora más frecuente.

247.El 1,9% de los niños que participaron en el análisis de la situación de los niños vulnerables realizado en 2011 tenía una discapacidad física (1,4%) o mental (0,5%) identificable, y se estimó que el 10% tenía una discapacidad de aprendizaje.

248.De conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación de 1995, se han construido algunas escuelas con rampas para dar un mejor acceso a los niños que utilizan sillas de ruedas y otros dispositivos de ayuda para la deambulación.

249.La Dependencia de Rehabilitación del Ministerio de Desarrollo Social creada en 2013 promovió el establecimiento de un cupo de empleo para las personas con discapacidad. En 2014, algunos empleadores se comprometieron a emplear determinado número de personas con discapacidad, pero los resultados aún no se conocen. El número de personas con discapacidad empleadas en el sector formal sigue siendo relativamente bajo. El Proyecto de Ley de Equidad para las Personas con Discapacidad de 2013 sigue a la espera de su promulgación.

Factores y dificultades

250.Entre los problemas que afectan a las personas con discapacidad se encuentran los escasos recursos presupuestarios asignados a los programas dirigidos a ellas, las opiniones negativas de los empleadores y el limitado acceso de los niños con discapacidad a las escuelas ordinarias, debido a que, por la falta de formación del personal docente y la mala comprensión de sus necesidades, son rechazados.

251.El acceso físico a los servicios es un enorme obstáculo en el sector de la discapacidad. Las escuelas y los dispensarios están a menudo lejos de las aldeas o directamente en otros distritos. La Ley de Ordenación de la Edificación de 1995 lleva 20 años en vigor, sin embargo, solo recientemente se han proporcionado fondos para que las escuelas y otros edificios sean accesibles a los niños con discapacidad. La topografía también dificulta la circulación de las sillas de ruedas.

252.Hay muy pocos documentos en braille y los libros en braille son caros y escasos.

253.La discapacidad sigue siendo un estigma que abarca desde la creencia supersticiosa del carácter contagioso de las discapacidades hasta una completa falta de comprensión de que una discapacidad física no menoscaba la capacidad mental del niño.

254.En la actualidad, se estima que el 5,3% de todos los niños que cursan la escuela primaria tiene una discapacidad, en tanto que el porcentaje para los niños y adolescentes que cursan la escuela secundaria es del 5,5%. En lo que respecta a los niños del grupo de edad de 10 a 14 años, que terminan la enseñanza primaria y comienzan la secundaria, encuestas recientes han determinado que el 90,4% de los varones y el 96,4% de las niñas sin discapacidad estaban escolarizados, en tanto que las cifras correspondientes para los varones y las niñas con discapacidad fueron del 78,5% y el 85,1% respectivamente.

b)Salud y bienestar de los niños

i)Supervivencia y desarrollo

Medidas legislativas

255.El artículo 22 de la Ley de la Infancia impone al Gobierno la responsabilidad de la supervivencia y el desarrollo de los niños, exigiéndole que formule políticas y programas que hagan hincapié en la atención primaria y preventiva de la salud, la educación en materia de salud pública y la reducción de la mortalidad infantil.

256.El artículo 10 de la Ley de la Infancia reconoce el derecho de los niños a vivir y criarse con los padres en un entorno favorable y pacífico.

257.Los artículos 11 y 20, párrafo 2, de dicha Ley consagran el derecho de los niños a la educación y la salud, y estipulan el deber de los padres y tutores de ofrecerles una buena orientación, cuidado, asistencia y manutención.

Medidas administrativas

258.Lesotho ha suscrito los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que constituyen un buen instrumento para la evaluación del desarrollo del niño.

259.A fin de contribuir a la supervivencia y el desarrollo de los niños, el Ministerio de Desarrollo Social presta apoyo anualmente a 25.000 niños huérfanos y vulnerables y niños y jóvenes indigentes mediante becas para la educación secundaria con cargo al presupuesto ordinario de la nación. Estas becas se aumentaron gracias a subvenciones del Fondo Mundial para proporcionar a los beneficiarios uniformes escolares, artículos de aseo y material de papelería. El Gobierno proporciona asistencia material adicional a los niños huérfanos e indigentes de las zonas aisladas para que accedan a los programas de educación básica no académica impartidos por la Asociación para la Educación no Académica de Lesotho, el Centro de Educación a Distancia de Lesotho y la ONG Sentebale.

260.En 2009, el Programa de Subvenciones para los Niños puso en marcha, junto con el UNICEF y la Unión Europea, un plan de ayuda a hogares indigentes para que satisfagan necesidades básicas, como la educación, la salud y el acceso a los servicios sociales de los niños a su cargo. El Ministerio de Desarrollo Social también está poniendo a prueba el Sistema Integrado de Redes de Seguridad Social.

261.Los Equipos de Protección Infantil de los Distritos identifican activamente a los niños vulnerables para garantizar su acceso a los servicios de salud y educación u otros servicios sociales.

262.La Política de Cuidado y Desarrollo Integrados de la Primera Infancia establece los principios en que se basa el desarrollo de un niño e incluye programas de preparación para la vida administrados conjuntamente por el Ministerio de Educación y Formación y el Ministerio de Salud.

Factores y dificultades

263.Lesotho tiene dificultades para asegurar la supervivencia y el desarrollo de los niños debido a factores como la elevada tasa de VIH/SIDA (estimada en un 23%), la orfandad, la malnutrición, la mortalidad infantil y la falta de servicios.

ii)Servicios de salud y de atención primaria de la salud

Medidas constitucionales

264.El artículo 27 de la Constitución impone al Gobierno la obligación de elaborar leyes y políticas que protejan la salud de los niños, reducir el número de nacidos muertos y promover el desarrollo adecuado de los niños. Estas medidas deberían limitar y prevenir las epidemias y enfermedades y mejorar la salud pública.

Medidas legislativas

265.La Ley de la Infancia consagra el derecho del niño a la salud, independientemente de las creencias religiosas o de otra índole (art. 11, párr. 2). Además, reconoce el derecho del niño a recibir información y educación sobre salud sexual y reproductiva (art. 11, párr. 6), prevé medidas de protección de la salud de los niños (parte XXV), permite que el niño dé su consentimiento para el tratamiento médico a partir de la edad de 12 años (art. 232), prevé pruebas de detección del VIH (art. 233), y estipula la prestación de asistencia médica a los niños víctimas de abusos o explotación sexuales (art. 234).

Medidas administrativas

266.Las Directrices Nacionales para la Atención y el Tratamiento del VIH y el Sida aprobadas en 2010 recomiendan la realización de pruebas del VIH a los niños víctimas de violencia y estipulan que los criterios para determinar quiénes recibirán la profilaxis posterior a la exposición deben basarse en la equidad, en particular en la evaluación médica del riesgo.

267.Los consultorios de sida pediátrico que la Universidad de Baylor ha establecido en algunos distritos proporcionan atención primaria de la salud a los niños infectados con el VIH/SIDA y llevan a cabo las investigaciones pertinentes. Los distritos que no tienen estos consultorios son visitados por personal sanitario. La Universidad de Baylor organiza clubes juveniles en Maseru los fines de semana.

268.Las ONG y grupos de apoyo de la comunidad participan en la prestación de servicios periféricos de atención de la salud. JHPIEGO realiza la circuncisión médica de los niños como medida de prevención del VIH e imparte formación a las enfermeras. World Vision Lesotho gestiona el programa de promoción de la salud infantil Niños Sanos Ya destinado a garantizar que los niños menores de 5 años reciban atención médica de alta calidad, en particular vacunas y buena nutrición.

269.Desde 2007, los servicios básicos de atención primaria de la salud que se ofrecen en los centros de salud pública son gratuitos para todos los adultos y niños. Los programas de terapia antirretroviral, prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH, atención integrada de las enfermedades de la infancia y atención integrada de las enfermedades del adulto y el adolecente también se han descentralizado y se aplican en los centros de salud. Además, una iniciativa reciente del Ministerio de Salud ha revitalizado la atención primaria de la salud.

270.Las elevadas tasas de VIH/SIDA han producido un aumento de la financiación de los donantes para la atención de las personas infectadas, sobre todo del Gobierno de los Estados Unidos. Por tanto, la calidad general de la infraestructura, los sistemas de salud y el suministro de medicamentos han mejorado drásticamente. La mayoría de los dispensarios tienen ahora en general suficiente agua y electricidad. En la actualidad hay cinco enfermeras en cada centro de salud.

Factores y dificultades

271.Si bien el Gobierno lanzó en 2000 el Programa de Atención Integrada de las Enfermedades de la Infancia, resulta difícil hacerlo accesible a todos los niños. La Encuesta de Demografía y Salud de 2009 investigó la eficacia de este Programa entre 3.348 niños y determinó que el 5,5% de ellos padecía síntomas de enfermedades respiratorias agudas, y el 17,2% y el 11,2%, fiebre y diarrea, respectivamente. También reveló que solo el 65,5%, el 59,7% y el 53,4%, respectivamente, de los niños que sufrían esas dolencias eran llevados a centros de salud.

272.En 2010, el Gobierno envió diez supervisores del Programa para mejorar su aplicación en los centros de salud. Sin embargo, el componente comunitario todavía no se aplica cabalmente. El agotamiento de las existencias de medicamentos pone en peligro la administración eficaz de los protocolos del Programa.

273.Las tasas de mortalidad materna siguen siendo muy altas a pesar del aumento relativo de los recursos aportados por los donantes. Uno de cada nueve niños muere antes de cumplir los 5 años. Aunque los dispensarios programan días especiales de vacunación, la cobertura es todavía baja, entre el 64% y el 80%, debido a la falta de enfermeras. Los niños y los adolescentes a quienes se recetan medicamentos antirretrovirales no cumplen debidamente las prescripciones, a menudo porque los padres no supervisan la ingesta de las dosis. Estos últimos se quejan de efectos secundarios desagradables. Además, los estudios indican que los programas de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH llegan solo al 48% de las embarazadas seropositivas aptas para el tratamiento.

274.Las barreras culturales todavía obstaculizan la prestación de servicios de atención de la salud. Por ejemplo, las mujeres casadas deben viajar desde su distrito hasta el distrito donde vive su familia para dar a luz. Muchas todavía dan a luz en su casa por falta de educación y, debido a la difícil topografía, las que van a los dispensarios deben andar largas distancias. Para combatir este problema se han establecido dependencias especiales en la mayoría de los centros de salud donde las mujeres pueden permanecer durante las semanas anteriores al alumbramiento. Las madres siguen recurriendo a las prácticas tradicionales de curación a pesar de la mayor disponibilidad de la medicina alopática.

iii)Medidas para disminuir la mortalidad infantil

275.Sigue habiendo tasas inaceptablemente altas de mortalidad infantil y de niños menores de 5 años. Las causas principales son: el VIH/SIDA, la malnutrición y la inseguridad alimentaria, y el hecho de que algunos nacimientos se produzcan fuera de los centros de salud sin supervisión de parteras.

276.El Gobierno está mejorando la situación mediante la renovación total y el fortalecimiento del sistema de atención primaria de la salud del país con el apoyo de los asociados. Este apoyo incluye la capacitación de enfermeros y auxiliares de enfermería, la reparación y renovación del equipo de los centros de salud locales y el aumento del número de trabajadores sanitarios de la comunidad que reciben incentivos mensuales para apoyar la atención primaria de la salud en las comunidades y los hogares.

277.La Política Nacional de Salud de 2012 y el Plan Estratégico del Ministerio de Salud para 2012-2017 son las políticas generales del Gobierno relativas a la salud de los niños. Los documentos de política más específicos que no se menciona en el documento básico común son: la Política de Amamantamiento para Lactantes y Niños Pequeños, que alienta la lactancia materna exclusiva, y la Política de Salud de los Adolescentes. Además, el Gobierno estableció la Dirección de Pediatría como dependencia separada del Ministerio.

278.Todas las mujeres embarazadas que van a un centro de atención prenatal son sistemáticamente sometidas a la prueba de detección del VIH en su primera visita. A fin de reducir la estigmatización y mejorar las tasas de cumplimiento del tratamiento de prevención de la transmisión maternoinfantil, todas las mujeres embarazadas y que acaban de dar a luz, sean o no seropositivas, reciben paquetes idénticos para el cuidado de la madre y el niño como parte del Plan B del programa de prevención de la transmisión del VIH durante el embarazo y después del parto. Los paquetes de las mujeres seropositivas contienen medicamentos para la prevención de la transmisión maternoinfantil y los de las otras mujeres contienen vitaminas para después del parto.

279.Los centros de atención de la salud tienen dependencias de nutrición para los menores de 5 años que sufren de malnutrición. También tienen comités que coordinan actividades y aseguran el intercambio de información entre los centros de salud y las comunidades circundantes. El Gobierno ofrece subvenciones en efectivo y complementos alimenticios para los niños de las familias vulnerables. También ejecuta programas de agricultura para mejorar la seguridad alimentaria y reducir los niveles de retraso del crecimiento y emaciación de los niños y programas de higiene para mejorar el saneamiento y el acceso al agua potable, especialmente en las comunidades rurales.

iv)VIH/SIDA

Medidas administrativas

280.En 2005, se inició un programa nacional de prevención de la transmisión maternoinfantil. En 2009, la cobertura alcanzó solo el 48% de las mujeres embarazadas seropositivas aptas para el tratamiento. Ese mismo año, la proporción de niños nacidos de madres seropositivas se estimó en un 13%, lo cual significa que los esfuerzos constantes del Gobierno en esta esfera han tenido algunos efectos positivos.

281.La disponibilidad de la técnica de reacción en cadena de la polimerasa para la detección de los niños seropositivos ha aumentado constantemente desde que el Gobierno adquirió este equipo en 2009. El número de niños que se someten a esta prueba del VIH se triplicó, de 3.600 en 2007 a 9.065 en 2009.

282.Gracias a la asistencia del Fondo Mundial y la Iniciativa Internacional de la Universidad de Baylor para el Tratamiento del Sida Infantil (BIPAI), se ha capacitado a médicos pediatras que han sido enviados a hospitales de distrito. Además, 37 enfermeras especializadas en terapia antirretroviral, 26 médicos y 10 asesores superiores en VIH han recibido formación sobre la técnica de la polimerasa y la administración de la terapia antirretroviral a los niños. Por último, a través de la BIPAI se han abierto dos dispensarios satélite, dirigidos por el Centro de Excelencia para el Tratamiento del VIH/SIDA Infantil con sede en Maseru.

Factores y dificultades

283.En los últimos años, las altas tasas de VIH/SIDA en Lesotho se han estabilizado, pero no han disminuido.

Prevalencia del VIH y número de personas que viven con el VIH

Fuente: Análisis de la Situación de los Niños Vulnerables, 2011.

284.Un informe de la evaluación detallada del Plan Estratégico Nacional sobre el VIH/SIDA realizada en 2011 reveló que, a pesar del reconocimiento de la importancia de las reformas jurídicas para reducir la alta prevalencia del VIH y la explotación sexual, la aplicación de las nuevas leyes es lenta. Por consiguiente, la epidemia sigue intensificándose.

v)Malnutrición e inseguridad alimentaria

285.La malnutrición crónica y la inseguridad alimentaria siguen poniendo en peligro la supervivencia y el desarrollo de los niños. Los cambios climáticos están afectando negativamente el ya frágil sector agrícola. Se necesita asistencia alimentaria de emergencia para los hogares pobres con miembros de la familia, incluidos niños, que viven con el VIH o la tuberculosis.

286.Uno de los efectos de esta situación es la emaciación de los niños, que sigue siendo una de las principales causas de morbilidad. El 4% de los menores de 5 años padecen emaciación, y el 1% la padecen en grado extremo.

287.Para hacer frente a la prevalencia de la malnutrición infantil, el Gobierno ha lanzado el Programa de Gestión Integrada de la Malnutrición Aguda y capacita personal sanitario en el correspondiente protocolo. Con todo, su aplicación sigue planteando problemas.

288.El retraso en el crecimiento, derivado de la emaciación, ha sido el principal problema relacionado con la nutrición en Lesotho durante el último decenio. Este varía entre el 30% y el 50% en los distintos distritos.

vi)Tasa de mortalidad maternoinfantil

289.A pesar de los esfuerzos del Gobierno, los progresos para reducir sustancialmente el número de muertes maternas siguen siendo lentos.

290.La proporción de mujeres que recibieron atención prenatal de profesionales de la salud y de mujeres asistidas por un profesional de la salud durante el parto, incluidas las que dieron a luz en centros de salud, mejoró ligeramente.

291.La Hoja de Ruta Nacional para la Reducción de la Mortalidad y la Morbilidad de la Madre y el Recién Nacido establecida en 2005 se examinó en 2010 y se introdujeron medidas adicionales para acelerar su aplicación.

vii)Inmunización

292.La cobertura de inmunización de los niños disminuyó entre 2004 y 2009, pasando del 67% al 61%, cifra inferior a la meta del 90%. La encuesta de 2009 sobre la acreditación de los centros de salud reveló que la causa de ello es que solo el 25% de los hospitales y el 14% de los centros de salud proceden a la inmunización sistemática de los recién nacidos antes de darles el alta.

293.El Gobierno ha aplicado una estrategia para llegar a todos los distritos, basada en jornadas de salud infantil y otras medidas, con miras a mejorar sustancialmente la cobertura de inmunización sistemática de los niños de todo el país.

viii)Acceso a la información sobre la salud y la nutrición del niño

294.El Gobierno ha elaborado una serie de materiales sobre las necesidades en materia de salud y la importancia de una nutrición adecuada de los niños. Esta información está disponible en los idiomas locales, principalmente a través de los centros de salud.

ix)Atención preventiva y planificación de la familia

295.El Gobierno colaboró con los asociados para el desarrollo con miras a garantizar la disponibilidad de productos básicos durante todo el período que se examina. No se ha informado de la falta de anticonceptivos en el país, pero la logística de distribución plantea problemas que pueden acarrear su escasez.

x)Cooperación internacional para la asistencia técnica

296.El Gobierno recibe apoyo técnico y financiero para la protección y la promoción de la salud del UNICEF, la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Programa Mundial de Alimentos, el Instituto Centroamericano de Administración Pública, el Departamento de Desarrollo Internacional, Irish Aid, la Unión Europea y la BIPAI.

xi)Derechos de salud reproductiva de los adolescentes y medidas para promover un estilo de vida sano

297.En 2010, el Gobierno elaboró una nueva política de salud sexual y reproductiva y su plan estratégico, que hacen hincapié en mejorar el suministro de información sobre salud sexual y reproductiva a los adolescentes.

298.El Gobierno también ha elaborado un plan estratégico de abastecimiento de suministros de salud sexual y reproductiva para mejorar sustancialmente su disponibilidad en todo el país.

299.El plan de estudios de preparación para la vida del Ministerio de Educación y Formación para las escuelas secundarias incluye la salud sexual y reproductiva, el VIH/SIDA, e información sanitaria general. La salud sexual y reproductiva también forma parte del plan de estudios a partir del 3er grado.

300.También ha habido otras medidas complementarias de prevención del VIH tomadas por ONG, aunque su magnitud y alcance son limitados. En la actualidad, la educación basada en aptitudes para la vida que se imparte en las escuelas tiende a ser más genérica en su tratamiento de las cuestiones de salud sexual y reproductiva y podría beneficiarse de una mayor atención al VIH.

301.Actualmente, el 19,6% de todas las adolescentes de entre 15 y 19 años ya han comenzado a criar hijos. La proporción es del 3% a los 15 años y del 41% a los 19. El nivel de educación tiene una relación inversa, lo que significa que las mujeres jóvenes con menos educación tienen mayor tendencia a comenzar la crianza de los hijos antes de los 19 años.

c)Eliminación de las prácticas tradicionales perjudiciales para la saludde los niños

Medidas legislativas

302.El artículo 17 de la Ley de la Infancia prohíbe las prácticas culturales nocivas para la vida, el desarrollo general y el bienestar de los niños

Medidas administrativas

303.Con este fin, el Gobierno ha establecido una estrecha colaboración con los profesionales de la medicina tradicional a fin de garantizar que la circuncisión en las escuelas de iniciación se lleve a cabo respetando la dignidad y salud de los niños. El Gobierno ha fijado en 18 años la edad mínima para participar en ritos, siempre que estos no impidan la escolarización. Sin embargo, es muy difícil supervisar el cumplimiento en todo el país.

Factores y dificultades

304.Cada vez hay más conciencia y comprensión de los daños causados por las prácticas culturales, al menos en las zonas urbanas. En las zonas rurales, sin embargo, hay resistencia al cambio y esos actos se justifican por razones culturales.

305.Hay un gran número de niños que se ocupan del pastoreo, lo cual sigue impidiéndoles acceder a la educación. El trabajo doméstico de las niñas también es una costumbre arraigada y educar a la opinión pública acerca de sus peligros sigue siendo un problema.

306.El uso de la medicina tradicional y la superstición persisten. Por ejemplo, los niños son exorcizados con el pretexto de que se trata de una práctica religiosa.

d)Protección de los niños contra los malos tratos

Medidas legislativas

307.El artículo 18 de la Ley de la Infancia prevé la protección de los niños contra el consumo, la producción, el tráfico o la distribución de sustancias peligrosas.

308.Como se ha señalado anteriormente, Lesotho también tiene una Ley sobre el Uso Indebido de Drogas, aprobada en 2008.

Medidas administrativas

309.Algunas ONG ofrecen programas y servicios de salud a los adolescentes con problemas de uso de sustancias, incluidos centros de acogida, asesoramiento y rehabilitación para la recuperación de las adicciones. Además, se elaboró un Manual de Formación Interpares sobre Prevención del Uso Indebido de Sustancias en colaboración con todas las partes interesadas y se utiliza en todo el país desde 2007.

310.Lesotho ha ratificado el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.

311.El Servicio de Policía Montada estableció una dependencia especializada únicamente en los delitos relacionados con drogas. La Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud ofrece a los toxicómanos un programa sobre el uso indebido de sustancias.

312.Las directrices del Ministerio de Turismo, Medio Ambiente y Cultura prohíben la venta de tabaco y alcohol a los menores de 18 años. La publicidad del tabaco en la televisión y la radio también está prohibida. Las escuelas y los hospitales son ahora zonas libres de tabaco.

Factores y dificultades

313.La prohibición de la venta de tabaco y alcohol a los menores de edad no se aplica. La multa por consumo de marihuana es tan insignificante que no tiene efecto disuasorio. Los medicamentos antirretrovirales se toman a veces indebidamente para conseguir un efecto sedante. Los niños de la calle aspiran pegamento para sobrevivir al frío durante los inviernos severos.

e)Niños con progenitores encarcelados y niños que viven en prisiones

Medidas legislativas

314.No está prohibido que un niño permanezca con su madre en prisión.

Medidas administrativas

315.Las Directrices Operacionales de los Servicios Penitenciarios propugnan que las madres lactantes permanezcan con sus hijos hasta la edad de 2 años y que luego el niño sea colocado en un centro de acogida o entregado a la familia extensa hasta que la madre quede en libertad.

316.En la cárcel de mujeres de Maseru hay un dispensario con una enfermera a tiempo completo que ofrece cuidado prenatal y posparto.

317.Cada seis meses, todos los centros penitenciarios celebran días especiales en los que pueden participar las familias de los reclusos, lo cual allana el camino para su reinserción tras su puesta en libertad. Se asignan tareas ligeras a las mujeres embarazadas, y las niñas embarazadas y las madres jóvenes asisten a clase de lunes a viernes en el Centro de Capacitación de Delincuentes Juveniles. Se les permite dar exámenes y asistir a las ceremonias de graduación.

Factores y dificultades

318.Las cárceles no disponen de instalaciones adecuadas para las madres lactantes. Estas no tienen intimidad, no hay instalaciones de saneamiento higiénicas, y ni siquiera se distribuyen compresas periódicamente. En algunos distritos no hay camas.

319.Dado que en la actualidad no hay guarderías en los centros correccionales, las guardianas juegan con los niños mientras las madres realizan sus tareas cotidianas.

f)Seguridad social y servicios e instalaciones de atención a la infancia

Medidas legislativas

320.El artículo 22 b) de la Ley de la Infancia impone al Gobierno la obligación de prestar la asistencia apropiada a los padres o tutores para la crianza de los niños si estos no pueden hacerlo por sí mismos. Las disposiciones relativas a servicios e instalaciones de cuidado de niños figuran en la parte XXI de la Ley de la Infancia.

Medidas administrativas

321.A través del Ministerio de Desarrollo Social el Gobierno ha institucionalizado el Programa de Subsidios para la Infancia, la asistencia pública y becas para la educación, como medios de ofrecer seguridad social a los niños. Todos los servicios de cuidado infantil en centros de acogida son prestados por ONG.

322.En Lesotho, la prestación de servicios de seguridad social a los niños y los jóvenes se rige por el Conjunto Mínimo de Servicios estipulado por la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo.

323.Los trabajadores sociales del Ministerio de Desarrollo Social son quienes determinan si se reúnen los requisitos para recibir asistencia pública. Habida cuenta de que los fondos no alcanzan para todos los que cumplen los requisitos, los hogares podrán, a discreción del trabajador social, recibir paquetes de alimentos en el ínterin. En 2013, el presupuesto de asistencia pública disminuyó más del 20%, y pasó de 41,3 millones de maloti a 32,5 millones de maloti.

Distribución del Programa de Asistencia Pública por distrito, 2009

Fuente: Ministerio de Salud y Bienestar Social (2010) .

Distribución de paquetes de alimentos por el Ministerio de Salud y Bienestar Social, 2009

Fuente: Ministerio de Salud y Bienestar Social (2010) .

324.Las familias pobres son eximidas del pago de honorarios médicos mediante presentación de una carta del Ministerio de Desarrollo Social.

325.Como se observa en el gráfico que figura a continuación, las ONG proporcionan asistencia social en diferentes formas. Sin embargo, el Gobierno hace una enorme contribución a la seguridad social.

Proveedores de servicios

Fuente: Informe del Análisis de la Situación de los Niños Vulnerables, 2011.

326.Lesotho recibe ahora muchos menos fondos de los donantes para los programas de desarrollo social. La creación de un Ministerio de Desarrollo Social independiente ha mejorado la capacidad de absorción de la financiación disponible. El Gobierno ha aumentado la asignación presupuestaria para el Programa de Subsidios para la Infancia.

Factores y dificultades

327.El número de personas que viven en la pobreza supera con creces la asistencia financiera disponible. El Análisis de la Situación de los Niños Vulnerables de 2011 reveló un aumento del número de personas que no tienen acceso a los alimentos básicos, viven de la mendicidad o de préstamos, participan en programas de trabajo por alimentos y otros programas similares y se van a dormir con hambre.

328.La seguridad social llega a un número limitado de beneficiarios, pues muchos no saben que pueden solicitar las prestaciones o carecen de información sobre la forma de acceder a ellas.

329.Los siete indicadores del Conjunto Mínimo de Servicios de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo no se cumplen plenamente por falta de recursos. Suelen priorizarse ámbitos como la salud y la educación.

Acceso a los servicios

Fuente: Análisis de la Situación de los Niños Vulnerables, 2011.

g)Asistencia práctica para garantizar el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social y reducir la pobreza y la desigualdad

330.La fase experimental del Programa de Subsidios para la Infancia concluyó en 2010 y su aplicación comenzó en 2011. El Gobierno está elaborando mecanismos que garanticen el apoyo sostenible para los beneficiarios del Programa en forma de servicios de asistencia social u otro tipo de asistencia.

h)El VIH/SIDA y los adolescentes

331.Hay más de 50.000 niños y adolescentes menores de 19 años seropositivos. Las necesidades específicas de esta población no se comprenden aún cabalmente ni están integradas en los marcos estratégicos nacionales en que se basa la respuesta del Gobierno al VIH.

332.Del total de adolescentes que tuvieron por lo menos una relación sexual en los últimos 12 meses, el 45,8% de las mujeres y el 14,1% de los varones fueron sometidos a pruebas de detección del VIH. Solo el 1,4% de las mujeres y el 8,9% de los varones de 15 a 17 años tuvieron más de una pareja sexual durante el mismo período. En este grupo de edad, el 18,6% de las mujeres y el 39,7% de los varones tuvieron relaciones sexuales en los últimos 12 meses, y solo el 56,5% de las mujeres y el 58,9% de los varones dijeron haber usado preservativos. En el grupo de adolescentes de 15 a 19 años, el 77,6% de las mujeres y el 66,9% de los varones dijeron que utilizar correcta y sistemáticamente preservativos y limitar las relaciones sexuales a una sola pareja no infectada permitía prevenir la propagación del VIH.

VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales

a)Derecho a la educación, incluidas la formación y la orientación profesionales, y enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos

i)Enseñanza primaria

Medidas constitucionales

333.La Constitución, en su artículo 28, impone al Gobierno la responsabilidad de velar por que la educación se oriente hacia el desarrollo humano, el pleno respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos. El Gobierno tiene además el mandato de hacer obligatoria la enseñanza primaria y la enseñanza secundaria, así como el acceso a la educación técnica y profesional.

Medidas legislativas

334.La Ley de Educación de 2010 estipula la educación primaria gratuita y obligatoria para los niños de 6 a 13 años durante un período de 10 años.

335.Por su parte, la Ley de la Infancia, en su artículo 11, establece los derechos del niño a la educación.

Medidas administrativas

336.El Gobierno considera la educación básica equitativa como un derecho humano fundamental y un elemento clave para el desarrollo económico.

337.El inicio de la enseñanza primaria gratuita en 2000 demostró el compromiso del Gobierno con la educación primaria universal. En 2009, la Encuesta de Demografía y Salud constató que el 94% de los niños de 6 a 13 años estaban matriculados en la escuela. La matriculación aumentó de 176.365 en 1999 a 388.681 en 2009.

338.Históricamente, se matriculaban en las escuelas primarias más niñas que varones. Sin embargo, la paridad entre los géneros se alcanzó en 2003 y, desde 2004, un número ligeramente superior de varones se matriculan todos los años en la escuela primaria. Por ejemplo, en 2009, había 196.319 varones escolarizados, en comparación con 193.105 mujeres.

339.Paralelamente con el aumento de la tasa general de matriculación en la enseñanza primaria, han ido aumentando, de año en año, las tasas de graduación, que han pasado del 68% en 2006 al 73% en 2009. La tasa de aprobados se ha mantenido relativamente estable (85,8% en 2006 y 86% en 2009). Sin embargo, el Gobierno considera que es inferior a la aceptable y, por tanto, ha adoptado nuevas medidas para mejorarla.

ii)Educación preescolar

340.Mediante la Política de Educación para Todos, el Gobierno garantiza que todos los niños en edad preescolar reciban asistencia para su desarrollo integral en un ambiente saludable y libre. Para tal fin, se ejecutan programas de cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia en colaboración con actores no gubernamentales. En consecuencia, el número de instituciones para el cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia aumentó drásticamente de 1.291 en 2005 a 2.233 en 2009. La matriculación pasó de 22.724 en 2005 a 41.723 en 2009.

341.El Gobierno también presta apoyo a las clases de acogida. Esta medida se inició en 2006 con carácter experimental y se adscribieron 10 de estas clases a escuelas primarias. En 2010, se crearon 228 clases de acogida, adscritas principalmente a escuelas primarias religiosas.

iii)Transición de la enseñanza básica a la enseñanza secundaria

342.El Gobierno alienta a los alumnos a seguir la enseñanza secundaria cuando terminan la primaria. La tasa de transición de la escuela primaria a la secundaria pasó del 61,6% en 2001 al 69,2% en 2008 y alcanzó el 73,1% en 2009.

343.Sin embargo, el Gobierno considera preocupante que de cada 100 egresados de la escuela primaria, 27 no cursan el nivel secundario. La Encuesta de Demografía y Salud de 2009 determinó que solo estaban escolarizados el 37% de los niños en edad de asistir a la escuela secundaria (13 a 17 años). En las zonas rurales, la tasa correspondiente era de solo el 28%, mientras que en las zonas urbanas era del 57%.

344.Los principales factores que contribuyen a las bajas tasas de transición y la baja matrícula en la enseñanza secundaria son:

a)El hecho de que las escuelas secundarias den prioridad de admisión a los niños con buenas calificaciones en el examen final de la escuela primaria;

b)El elevado costo de la enseñanza secundaria, que excluye a los niños de familias pobres y necesitadas;

c)La concentración de escuelas secundarias en las zonas urbanas, que crea problemas de accesibilidad para los niños de las zonas rurales.

iv)Acceso a la educación primaria para los niños huérfanos y vulnerables

345.La Ley de Educación de 2010 incluye disposiciones relativas a la educación de los niños vulnerables en el marco del sistema de educación académica. La tasa de matriculación en la escuela primaria es del 87% entre los niños de familias pobres o de las zonas montañosas más aisladas.

346.El Gobierno ofrece becas para que los niños pobres se beneficien de los programas de cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia. En ese mismo contexto, el Gobierno también administra un programa de alimentación en las escuelas primarias y las instituciones de cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia en todo el país.

347.A medida que la educación gratuita y obligatoria se ha implantado, las familias y las comunidades han ido tomando conciencia de que todos los niños deben asistir a la escuela.

348.Debido al drástico aumento de niños huérfanos, la proporción de estos niños en el porcentaje total de matriculados en las escuelas primarias también aumenta anualmente. En 2010, el 30% de los niños matriculados en la escuela primaria eran huérfanos de uno o ambos progenitores.

349.En 2009, el coeficiente de escolarización de niños huérfanos de padre y madre y de niños que vivían con uno o ambos progenitores en el mismo hogar fue de 0,98.

350.La Dependencia de Educación Especial del Ministerio de Educación y Formación promueve la inclusión de los niños con necesidades especiales en el sistema escolar a todos los niveles y también el suministro de material didáctico en braille; así como la formación de maestros en lenguaje de señas.

j)Promoción del desarrollo de distintas formas de enseñanza secundaria y medidas para garantizar el acceso

i)Enseñanza secundaria

351.El Gobierno está trabajando para mejorar el acceso a la enseñanza secundaria al mismo tiempo que se implanta la enseñanza primaria gratuita y obligatoria. Entre los logros del Gobierno al respecto se encuentran:

a)El aumento del número de maestros en un 44%, de 3.290 en 2005 a 4.735 en 2009;

b)El aumento del número de escuelas secundarias en un 45%, de 217 en 2005 a 315 en 2009; y

c)El mejoramiento de la relación estudiante-maestro a 1:22, que sigue siendo inferior al recomendado (1:24).

352.La matrícula total en las escuelas secundarias aumentó en un 54%, de 72.437 en 1999 a 111.480 en 2009, con más mujeres que varones. En 2009, había 64.600 mujeres matriculadas frente a 46.880 varones. El índice de paridad entre los géneros en la enseñanza secundaria fue de 1,3 en 2009, es decir que por cada 100 mujeres matriculadas hay solo 73 varones. Se están estudiando las razones de esa tendencia.

ii)Formación técnica y profesional y desarrollo

353.Habida cuenta de la singular situación geográfica y las limitadas oportunidades de empleo de Lesotho, se reconoce plenamente la importancia de adaptar las políticas de capacitación para producir trabajadores con aptitudes comercializables y competitivas en los mercados de trabajo locales y regionales.

354.El Departamento de Educación y Formación Técnica y Profesional del Ministerio de Educación y Formación, en su carácter de órgano regulador, tiene por función mejorar la calidad de la formación terciaria con tal fin, mediante la elaboración de planes de estudio; la acreditación, inspección y evaluación de las instituciones, incluidos los programas; la organización de pruebas de aptitud en prácticas comerciales; y la organización de seminarios y el suministro de equipo.

iii)Educación extraacadémica

355.Se desconoce el número de niños en edad de asistir a la escuela secundaria que reciben educación extraacadémica. Estos programas se ofrecen a los niños que no pueden participar en los programas de educación académica.

iv)Acceso a la enseñanza secundaria para los niños huérfanos y vulnerables, incluidos los niños con discapacidad

356.Se estimó que casi el 40% de los niños matriculados en la enseñanza secundaria en 2010 eran huérfanos.

357.El programa de becas presta apoyo a los niños huérfanos, incluidos aquellos con discapacidad. Sin embargo, estos últimos todavía enfrentan dificultades para seguir la enseñanza secundaria porque debido a la falta de recursos, el Ministerio de Desarrollo Social no puede proporcionarles dispositivos de asistencia.

358.En 2010, había 6.711 niños con discapacidad matriculados en las escuelas secundarias, lo que representa el 6% de la matrícula total. En conjunto, constituyen alrededor del 25% de todos los niños matriculados en el primer ciclo de la escuela secundaria (años 1º a 3º). Su progresión en la escuela secundaria todavía no ha sido objeto de seguimiento. El principal factor que impide su escolarización es la pobreza, lo cual indicaría que estos se beneficiarán más de la obtención de becas que los niños huérfanos.

359.Se está llevando a cabo la racionalización de los gastos de matrícula de la escuela secundaria con miras a mejorar la accesibilidad. La 16ª cohorte de niños desde la introducción de la enseñanza primaria gratuita está terminando el último grado, lo cual ejerce una enorme presión para ofrecer una educación secundaria gratuita o a bajo costo.

k)Enseñanza superior

360.El Gobierno administra 7 instituciones de enseñanza superior cuya matrícula aumentó en un 25%, de 18.406 en 2008 a 23.049 en 2009.

361.El Gobierno sigue brindando oportunidades para que los graduados de la escuela secundaria sigan estudios terciarios a través del programa de becas de la Secretaría Nacional de Desarrollo de los Recursos Humanos.

362.Debido a la escasez de trabajadores de la salud, el Gobierno ha dado una importancia notablemente mayor a las profesiones de la salud en las instituciones de nivel terciario. Las ciencias de la salud y otras especialidades en gran demanda, como la ingeniería civil, también se han priorizado a nivel terciario.

l)Medidas encaminadas a que todos los niños tengan acceso a información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales

363.Actualmente es imposible para el Gobierno dar a todos los niños acceso a información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales. Algunas ONG y grupos de estudiantes de nivel terciario complementan los esfuerzos del Gobierno realizando jornadas de orientación profesional en todo el país. La Universidad Nacional de Lesotho lleva casi diez años organizando un día anual de puertas abiertas para los egresados de la escuela secundaria.

m)Medidas para fomentar la asistencia a la escuela y reducir la tasa de deserciónescolar

364.La calidad y la eficiencia de la educación siguen siendo un reto para Lesotho. Las tasas de repetición y deserción en la enseñanza primaria y secundaria son todavía inaceptablemente altas. Por tanto, se están tomando medidas para mejorar la competencia técnica del personal docente y la calidad general de los programas educativos, incluida la revisión del Reglamento de Supervisión y Gestión de las Escuelas de 2010, para prohibir la repetición de los grados 1º a 3º. El nuevo reglamento también limita a dos veces la repetición entre el 4º y el 7º grado a lo largo de un período de nueve años de enseñanza primaria.

365.Las medidas para reducir la repetición se basan en la Ley de Educación de 2010 y la Política de Programas de Estudio y Evaluación de 2009, que estipulan la forma en que deben llevarse a cabo las evaluaciones de los estudiantes para que pasen de grado. Esto incluye la eliminación de exámenes entre los grados primero y tercero.

366.El marco legislativo y normativo revisado del Gobierno prohíbe expresamente la expulsión de la escuela de las adolescentes y las jóvenes embarazadas, incluso después del parto, de conformidad con la Ley de la Infancia.

367.El Gobierno enfrenta dificultades para hacer cumplir este derecho porque un gran porcentaje de las escuelas pertenece a instituciones religiosas cuyas políticas y prácticas son incompatibles con las nuevas leyes. El Gobierno está abordando el problema mediante la supervisión del cumplimiento de la nueva legislación a través de su programa de certificación e inspección escolar.

n)Disciplina escolar

368.La Ley de la Infancia y la Ley de Educación desalientan el uso de castigos físicos crueles o inhumanos en las escuelas y promueven la utilización de medidas de reparación para disciplinar a los niños.

369.El nuevo Reglamento de Supervisión y Gestión de las Escuelas propone medidas disciplinarias aceptables, en consonancia con los derechos humanos de los niños, para promover su aplicación en las escuelas.

370.Las juntas de educación y los directores de las escuelas tienen la obligación de sensibilizar a los padres y los alumnos sobre la conducta que se espera de los alumnos. También deben vigilar que ni el personal ni los alumnos recurran a castigos injustos, crueles o inhumanos no autorizados ni al castigo corporal, para finalmente erradicar esos comportamientos.

371.Sin embargo, se ha comprobado que los profesores y las instituciones siguen aceptando esa conducta, y las medidas de sensibilización no surten el debido efecto.

o)Cooperación internacional para eliminar el analfabetismo y garantizar la calidad de los programas educativos

372.Entre los asociados para el desarrollo que contribuyen a fortalecer el sector educativo del país se encuentran el UNICEF, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Irish Aid, el Banco Mundial, el Fondo Mundial, la Unión Europea y el Organismo Japonés de Cooperación Internacional.

p)Finalidad de la educación

i)Desarrollo del pleno potencial de los niños

373.A fin de garantizar el desarrollo integral de los alumnos, además de los programas académicos, los alumnos de todas las escuelas primarias y secundarias adquieren aptitudes para la vida y, en particular, tienen la oportunidad de participar en actividades culturales. Las cuestiones de derechos humanos y las libertades fundamentales también se integran en algunas asignaturas, como estudios del desarrollo.

ii)La promoción del respeto de los derechos humanos y las libertadesfundamentales

374.Desde el punto de vista cultural, se enseña a los niños a tratar a los padres, los ancianos y los tutores con respecto y a valorar la cohesión de las familias y las comunidades.

iii)Enseñanza del respeto de los padres, la identidad cultural, el idiomay los valores

375.De conformidad con la Ley de la Infancia, los deberes y las responsabilidades de los niños incluyen la prestación de servicios a la comunidad, la preservación y el fortalecimiento de la solidaridad social y nacional y la defensa del valor positivo de la comunidad.

376.Los niños tienen oportunidades dentro y fuera de la escuela de explorar su identidad cultural. En las escuelas primarias, el 13% del programa de estudios incluye temas relacionados con la identidad cultural, y la enseñanza se imparte en sesotho. Las escuelas también alientan a los alumnos a formar grupos culturales de música y danza y el Gobierno organiza concursos anuales. Todas las escuelas participan en las celebraciones del Día de Moshoeshoe y también son habitualmente incluidas en los festejos oficiales del Estado.

iv)Preparación del niño para la vida responsable en una sociedad libre

377.La enseñanza de aptitudes para la vida en la escuela primaria y secundaria incluye entre sus temas la autoestima, la independencia, la responsabilidad y la importancia de defender los valores morales. Diferentes clubes y movimientos imparten, dentro y fuera de la escuela, capacitación y orientación sobre los derechos humanos y las responsabilidades de los niños.

378.Con el apoyo del UNICEF y el Fondo Mundial, el Gobierno ha integrado los derechos del niño en los programas de educación. Los directores y maestros de las escuelas primarias y secundarias han recibido capacitación sobre el plan de estudios de preparación para la vida. Las aptitudes para la vida también se han incorporado en los programas de educación extraacadémica que se imparte a los niños y los jóvenes.

v)Fomento del respeto del medio ambiente natural

379.El Centro Nacional para la Elaboración de Planes de Estudio del Ministerio de Educación y Formación ha elaborado componentes de educación ambiental para su incorporación en el plan de estudios ordinario, tanto del nivel primario como secundario. Los niños también aprenden acerca de las cuestiones ambientales en el marco de los estudios de desarrollo y los programas de preparación para la vida, y a través de actividades prácticas en agricultura o ganadería. Algunas ONG también organizan programas educativos sobre el medio ambiente para los niños.

380.Sin embargo, hay problemas que impiden la integración de los temas relativos a la sensibilización ambiental y el cambio climático en los planes de estudios. Entre ellos se encuentran el hecho de que los programas de estudio están orientados a aprobar un examen externo, la falta de integración de los temas en el plan de estudios nacional, la escasez de conocimientos ambientales de los educadores y la tensión entre los programas patrocinados por los donantes y las necesidades en materia de educación ambiental de los niños de Lesotho.

vi)Garantías de calidad conforme a las normas de Lesotho

381.El Gobierno sigue ofreciendo oportunidades de capacitación para todos los maestros y educadores, desde el nivel de cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia hasta la escuela secundaria, haciendo especial hincapié en metodologías de enseñanza y aprendizaje centradas en los niños, la alfabetización y la aritmética elemental, los idiomas (sesotho e inglés), las matemáticas y la ciencia.

382.A fin de garantizar el acceso a una educación de calidad, el Gobierno ha establecido un mayor número de escuelas, especialmente en las zonas montañosas, donde los niños recorren todos los días largas distancias por caminos peligrosos. A fin de mejorar la calidad, el Gobierno, gracias a contribuciones de los asociados para el desarrollo, ha construido y equipado nuevas escuelas e instalaciones adicionales en las escuelas existentes (por ejemplo, aulas, oficinas administrativas, cocinas y baños), y ha renovado los edificios de las escuelas existentes para promover un entorno de aprendizaje saludable y propicio.

383.El Gobierno también está creando nuevos puestos docentes para hacer frente al aumento de la matrícula debido a la introducción de la educación primaria gratuita y obligatoria. En la escuela primaria, se alcanzó y superó la relación profesor-alumno deseada de 1:40, al punto que en 2010 fue de 1:34. Sin embargo, existen disparidades entre las regiones y las escuelas del país, de modo que en algunas esa relación es superior y en otras es inferior.

384.Todos los alumnos de las escuelas primarias reciben útiles escolares y libros de texto, mientras que en la escuela secundaria los estudiantes reciben libros de texto para las asignaturas básicas mediante un plan de alquileres. También se proporciona a las escuelas material necesario para la enseñanza y el aprendizaje de las matemáticas y las ciencias.

385.El Gobierno vela por que el plan de estudios sea pertinente y responda a las necesidades, ambiciones y aspiraciones del país. La Política de Evaluación de los Planes de Estudio de 2009 garantiza que los planes de estudios se sometan a una revisión periódica para dar cabida a las necesidades de la sociedad y las cuestiones emergentes, incluidas las necesidades de los estudiantes con discapacidad y el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño.

386.Mediante la versión revisada del Reglamento de Supervisión y Gestión de las Escuelas, se alienta a los padres y los miembros de la comunidad a desempeñar un papel en la promoción de la calidad de la educación mediante la participación en actividades de desarrollo escolar y las Juntas de Gestión Escolar o a través de las asociaciones de padres y maestros. Asimismo, las escuelas deben participar en actividades apropiadas de desarrollo de la comunidad.

387.El Ministerio de Educación y Formación realiza inspecciones periódicas y se encarga de la supervisión de todas las escuelas de conformidad con el marco normativo establecido en la parte VII de Reglamento de Supervisión y Gestión de las Escuelas. En virtud de la Ley de Educación, esas funciones se han ampliado y reforzado mediante el establecimiento del Cuerpo de Inspectores de las Escuelas.

q)Derechos culturales de los niños pertenecientes a grupos indígenasy minoritarios

388.Lesotho tiene una población relativamente homogénea en lo que respecta al patrimonio cultural y la identidad étnica. No obstante, hay niños que no son basotho y tienen culturas e identidades diferentes. El Gobierno tiene una actitud abierta e integradora hacia esos niños, y los alienta también a conocer y celebrar sus propias culturas y orígenes. A través del Centro Nacional para la Elaboración de los Planes de Estudio, se han traducido al xhosa materiales para la enseñanza en la escuela primaria, con miras a apoyar a los niños de este grupo étnico.

389.El nuevo Reglamento de Supervisión y Gestión de las Escuelas insta, tanto a las Juntas como a los Directores, a que permanezcan vigilantes contra la discriminación en el entorno escolar por cualquier motivo, pero en particular, por motivos de “raza, nacionalidad, religión, capacidad física, afiliación política de los padres y, en escuelas mixtas, género”.

r)Educación en derechos humanos y educación cívica

390.Los planes de estudios nacionales, en particular los de la escuela secundaria, incluyen temas de historia, desarrollo de la democracia y buena gobernanza en Lesotho.

s)Los derechos del niño en la primera infancia

391.El Gobierno proporciona a los niños en edad preescolar la oportunidad de asistir a clases de acogida y programas de cuidado y desarrollo integrados de la primera infancia para que desde una temprana edad puedan convertirse en ciudadanos productivos e independientes, plenamente conscientes de sus y derechos humanos y responsabilidades.

t)Juego, descanso, recreación y actividades culturales

392.El plan de estudios nacional incluye actividades recreativas y culturales en las escuelas a lo largo de todo el año. Además, el Gobierno promueve la cultura a través de festivales y concursos nacionales como el Festival Artístico y Cultural Anual Morija, lanzado en 1999.

393.En el marco de las obras que realiza el Gobierno para mejorar la infraestructura de las escuelas del país, se presta la debida importancia a la inclusión de espacio e instalaciones de recreo en el recinto escolar.

394.En virtud de la Ley de Educación y el Reglamento de Supervisión y Gestión de las Escuelas revisado, cuando las escuelas se registran en la correspondiente oficina gubernamental, deben presentar planos con espacio para terrenos deportivos y actividades sociales.

IX.Protección especial

a)Protección de los niños refugiados, migrantes, desplazados internos o externos

Medidas constitucionales

395.En el capítulo III, artículo 32, la Constitución impone al Gobierno la obligación de proporcionar protección y asistencia a los niños, independientemente de su ascendencia u origen nacional.

Medidas legislativas

396.La Ley de Control de Extranjeros de 1966 contiene disposiciones relativas a los refugiados en Lesotho y estipula que los no ciudadanos pueden solicitar refugio temporal.

397.La ley contra la Trata de 2011 exige que las víctimas regresen a Lesotho.

398.La Ley de Refugiados de 1983 estipula la concesión del estatuto de refugiado a todos los miembros de la familia, incluidos los niños, y prevé su protección.

399.La Ley de la Infancia otorga plena protección a los niños refugiados, sin discriminación por motivos de su origen. Cuando la repatriación del niño no parece promover su interés superior, su naturalización debe acelerarse.

Medidas administrativas

400.El Ministerio de Desarrollo Social está legalmente facultado para proporcionar a los niños refugiados los mismos servicios y el mismo apoyo que a los demás niños privados de su medio familiar.

401.La Política de la Dirección de Gestión de Desastres se aplica a las situaciones de desastres naturales y causados por el hombre, e incluye la evacuación. También hay organizaciones de la sociedad civil que prestan socorro en casos de desastre.

402.Varios niños refugiados y sus familias, procedentes de Zimbabwe y la República Democrática del Congo, han sido integrados con éxito.

Factores y dificultades

403.En algunos casos de trata, los Ministerios responsables alegan que no tienen recursos para hacer regresar a los niños a sus hogares. Incluso las embajadas de los países de los que proceden las víctimas ofrecen muy poca ayuda para su retorno.

b)Apoyo a los niños que participan en conflictos armados o que se están recuperando de esa experiencia

404.Lesotho no participa en conflictos armados. Con todo, recientes episodios esporádicos de inestabilidad política han repercutido negativamente en la vida de los niños, dejándolos heridos o huérfanos.

l)Medidas adoptadas para aplicar el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados

405.La Ley de Defensa núm. 4 de 1996 prevé el reclutamiento en la Fuerza de Defensa de Lesotho solo de personas que tienen entre 18 y 24 años.

c)Niños en situaciones de explotación

i)Explotación económica, incluido el trabajo infantil

Medidas constitucionales

406.La Constitución protege a los niños de la explotación económica, incluido el trabajo infantil.

Medidas legislativas

407.La Ley de la Infancia contiene, en su parte XXIV, disposiciones amplias sobre el empleo de los niños, ya mencionadas en el párrafo 36, relativo a la definición de protección de la infancia. Esta Ley fija en los 13 años la edad mínima para la realización de trabajos ligeros que no interfieran con la escolarización o el desarrollo del niño, y en 15 años la edad mínima de empleo.

408.Los trabajos peligrosos que los niños no pueden realizar son la minería, el transporte de cargas pesadas, la fabricación de productos químicos peligrosos, el uso de maquinaria peligrosa, la cría de animales, la explotación sexual comercial y la producción y venta de tabaco.

409.Los niños que trabajan en las industrias manufactureras deben aportar la prueba de su edad y el empleador debe llevar un registro de todos ellos. Estos niños gozan de la misma protección en virtud del Código del Trabajo de 1993 que los trabajadores adultos.

410.La Ley contra la Trata protege contra la trata para fines laborales.

411.La cláusula de educación primaria gratuita contenida en la Ley de Educación constituye una salvaguardia adicional contra la participación de los niños en cualquier forma de trabajo que entorpezca su educación.

Medidas administrativas

412.El Gobierno ratificó el Convenio de la OIT sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil (núm. 182) en 2001. En 2008 se elaboró un Programa de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil, bajo la dirección del Ministerio de Trabajo y Empleo.

413.La aplicación de las disposiciones laborales de la Ley de la Infancia y el Código del Trabajo es responsabilidad conjunta del Servicio de Policía Montada y los inspectores del Ministerio de Trabajo y Empleo, que están facultados para verificar cuántos niños trabajan, comprobar si se llevan registros adecuados de los niños trabajadores y evaluar las condiciones de trabajo.

414.La Beautiful Dream Society, una ONG financiada por la iglesia, ofrece refugio y asesoramiento a mujeres y niños trabajadores sexuales. Monna Ka Khomo, la Asociación de los Niños Pastores de Lesotho, ofrece clases de alfabetización básica y aptitudes para lavida.

Factores y dificultades

415.Aproximadamente 24.660 niños de entre 10 y 17 años forman parte de la fuerza de trabajo (censo de 2006). De ese total, el 56,1% son varones huérfanos. Además, unos 32.183 niños trabajan en el servicio doméstico.

416.El Análisis de la Situación de los Niños Vulnerables de 2011 proporciona importante información estadística sobre los niños que trabajan sin remuneración en el servicio doméstico y el pastoreo. También se indica la forma en que estos niños aportan contribuciones financieras o en especie a las familias. Según el Análisis, no hay niños que hagan trabajos peligrosos, pero algunos desempeñan trabajos que les impiden jugar con otros niños, asistir a la escuela o hacer sus tareas escolares, a un nivel que perjudica su desarrollo. Además, no se descubrieron diferencias entre la condición de huérfano o las zonas ecológicas, con la salvedad de que los niños de las zonas rurales tienen más probabilidades de realizar trabajos que afecten a su escolarización y esparcimiento.

417.Hay un número alarmante de niños pastores en Lesotho, pues la práctica está culturalmente arraigada. El país tiene unos 70.387 pastores varones (Encuesta Permanente de Propósitos Múltiples de la Oficina de Estadística, 2014). Es preciso difundir mayor información acerca de los daños causados a los niños por el pastoreo, pues interfiere con su educación y nutrición y los priva de estímulo intelectual debido a que viven aislados en zonas remotas acompañados solo de animales.

418.Además, muchos empleadores no conocen la existencia de la Ley de la Infancia.

419.La pobreza y la miseria siguen obligando a los niños a realizar trabajos remunerados principalmente como pastores o en el servicio doméstico. Las niñas, ya de por sí menos valoradas, terminan sometiéndose a la explotación sexual comercial no regulada para poder sobrevivir.

420.La correcta aplicación de las disposiciones de la Ley de la Infancia, la Ley de Educación y el Programa de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil sigue siendo un reto debido a la escasez de recursos.

ii)Utilización de niños en la producción y el tráfico ilícitos de drogas

Medidas legislativas

421.Las disposiciones pertinentes para este tema de la Ley sobre el Uso Indebido de Drogas de 2008 y de la Ley de la Infancia ya se han examinado en los párrafos 310 a 316.

Medidas administrativas

422.Los comentarios pertinentes para esta sección del informe se encuentran también en los párrafos citados.

Factores y dificultades

423.En relación con esta cuestión, véanse los párrafos 310 a 316.

iii)Explotación y abusos sexuales

Medidas constitucionales

424.El artículo 8 de la Constitución prevé la protección contra el trato inhumano.

Medidas legislativas

425.La Ley de Delitos Sexuales de 2003 tipifica la violación, la agresión sexual y la sodomía. El artículo 23 exige que las actuaciones en que intervengan niños se celebren a puerta cerrada para proteger la privacidad de los niños víctimas y los niños testigos.

426.El artículo 23 de la Ley de la Infancia (Niños necesitados de cuidado y protección) y el artículo 44 de la misma Ley (Malos tratos, negligencia, abandono o abusos sexuales) contienen disposiciones relativas a la explotación y los abusos sexuales. El artículo 44 tipifica como delitos tales actos.

427.Los artículos 48 a 55 del Código Penal tipifican como delito la obscenidad y las relaciones sexuales ilícitas con niños, el abuso sexual de menores, los atentados contra el pudor, los actos sexuales ilícitos, el incesto y la prostitución, respectivamente.

428.La Ley contra la Trata de 2011 prohíbe la venta y la explotación sexual de los niños.

429.La Ley contra la Trata y la Ley de la Infancia contienen disposiciones que imponen al Gobierno la obligación de tomar medidas rápidas y eficaces en relación con los niños que son víctimas de la trata o los abusos sexuales.

Medidas administrativas

430.Lesotho ratificó el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía en 2003.

431.Las Directrices Nacionales para la Atención de los Supervivientes de Abusos Sexuales, adaptadas para Lesotho a partir de las correspondientes directrices de la OMS, introducen un enfoque global, holístico e integrado que garantiza la protección efectiva de las víctimas, principalmente si se trata de niños. También garantizan la administración urgente de profilaxis posterior a la exposición, el tratamiento médico y el apoyo psicosocial en los centros de salud.

432.La Política de Género y Desarrollo de 2003 impone al Gobierno la obligación de formular leyes y políticas de lucha contra todas las formas de abuso y explotación sexuales bajo la dirección del Ministerio de Género, Juventud, Deportes y Recreación, que tiene el mandato de incorporar la perspectiva de género en todos los marcos y programas.

433.La Política del Sector de la Educación sobre el VIH/SIDA de 2007 estipula el establecimiento de lugares de trabajo seguros en todo el sistema educativo para proteger a todos los niños de todas las formas de abuso sexual.

434.La Política Nacional de Salud Reproductiva de 2008 reconoce que los jóvenes tienen mayor riesgo de contraer el VIH/SIDA, exige el cumplimiento de las leyes que los protegen contra ese flagelo y les da acceso a la información y los servicios.

435.Un estudio de 2013 de la USAID sobre las medidas tomadas en Lesotho para hacer frente a la violencia sexual contra los niños y a su explotación sexual reveló que casi el 6% de los hogares tenían por lo menos 1 hijo que había sido víctima de violencia en los últimos 12meses. Alrededor del 1% había sufrido violencia sexual. Uno de cada 10 encuestados señaló que en el curso del año anterior a la encuesta había tenido conocimiento directo de situaciones de abuso sexual en su entorno inmediato. La cifra fue mayor en las zonas urbanas.

436.En 2009 se estableció un laboratorio forense de la policía en Maseru.

437.La profilaxis posterior a la exposición se administra ahora sistemáticamente a los niños para evitar el contagio del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual. El protocolo de profilaxis también incluye medidas de prevención del embarazo.

438.Gran parte del personal de la Dependencia de Protección de la Mujer y la Infancia recibió capacitación en terapia lúdica para los niños. Pero la buena labor en esta esfera se ve menoscabada por las transferencias periódicas de funcionarios a otros lugares de destino y otras funciones.

439.El establecimiento de tribunales de menores tiene por objeto promover prácticas adecuadas para obtener testimonio de los niños sin someterlos a la experiencia traumática de la sala de audiencias.

440.El Código Penal se enmendó para permitir la interrupción del embarazo cuando la concepción es consecuencia de una violación.

441.Gracias a los esfuerzos de la Federación Internacional de Abogadas y el Ministerio de Género, Juventud, Deportes y Recreación, se realizan actividades de sensibilización acerca de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas en todo el país, centrándose en las leyes que las protegen.

442.El Ministerio administra un albergue temporal para las víctimas de la explotación y los abusos sexuales, la violencia doméstica y la trata.

Factores y dificultades

443.La tasa de agresión sexual de los niños es alarmante. Las denuncias de casos de violación han ido en aumento y se refieren a niños de todas las edades. La tasa más alta corresponde al grupo de edad de 13 a 18 años. También se observó un aumento de la tendencia entre los niños y los lactantes de tan solo 12 meses.

444.Los datos estadísticos sobre el abuso sexual de los niños son insuficientes. En 2005, el 51% de los 668 casos denunciados a la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño se referían a delitos sexuales y 166 de ellos fueron cometidos contra menores de 18 años. Entre enero y junio de 2006, se denunciaron 789 casos de delitos sexuales, y 179 se referían a niños. Según los datos disponibles, en el período comprendido entre abril y diciembre de 2009 hubo 57 casos de negligencia y 23 de agresión contra niños. Estos casos incluían agresión común, secuestro y agresión sexual. Se cree que estas cifras no reflejan plenamente la magnitud del problema.

445.El plan de establecer un grupo de intermediarios debidamente calificados para prestar apoyo a los niños que prestan testimonio en los tribunales todavía no se ha cumplido.

446.Muchas veces los abusos sexuales no se denuncian, especialmente si involucran a miembros de la familia. Los casos que se denuncian no llegan a los tribunales por diversas razones. Cuando se celebra un juicio, la policía rara vez logra obtener una condena, pues los niños no son testigos idóneos. Debido al entorno perturbador de la sala de audiencias, desvían la mirada, se mueven nerviosamente, y no recuerdan bien los acontecimientos traumáticos. Los jueces piensan entonces que son deshonestos y su testimonio no tiene suficiente peso para inculpar al adulto acusado.

447.Otra razón por la que no se dictan condenas es que los médicos suelen ser renuentes a dar testimonio ante el tribunal y no rellenan los formularios médicos que se presentan a los tribunales de un modo que contribuya a corroborar otras pruebas.

448.Los mecanismos de remisión en los sectores clave (policía, desarrollo social, justicia y salud) que se ocupan de los sobrevivientes de abusos en todos los niveles siguen siendo ineficaces.

iv)Venta, trata y secuestro de niños y cumplimiento de las disposiciones del Protocolo Facultativo

Medidas legislativas

449.El Gobierno aprobó la Ley contra la Trata en 2010, que tipifica la venta, la trata y el secuestro de niños. La Ley de la Infancia también prohíbe esos actos.

Medidas administrativas

450.El Comité Multisectorial contra la Trata de Personas establecido por el Gobierno ha elaborado un plan de acción nacional para intensificar la sensibilización de la población, crear mejores sistemas de vigilancia para detectar y prevenir la trata y armonizar los enfoques para rescatar y rehabilitar a las víctimas.

451.Gracias a la mayor y mejor comprensión de este delito entre la población, el número de casos de trata denunciados también está aumentando.

452.El albergue de la Beautiful Dream Society también recibe niños víctimas de la trata. World Vision Lesotho ejecutó un proyecto de sensibilización en cinco distritos para luchar contra la trata de personas, pero lo suspendió en 2013 por falta de fondos.

453.La Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño se encarga de investigar y enjuiciar estos asuntos en colaboración con la Interpol cuando se trata de delitos transfronterizos y de rescatar a víctimas.

Año

Casos de trata denunciados

Detenciones preventivas por trata

2011

44

13

2012

17

3

2013

66

16

Fuente: Base de datos de la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño .

454.El 21% de los casos registrados en 2013 afectaban a niños.

455.A pesar del número de prisiones preventivas dictadas, solo ha habido tres enjuiciamientos y ninguna condena.

Factores y dificultades

456.Aunque no se dispone de datos sistemáticos y bien desglosados, los informes indican un aumento de la tasa de trata de personas. Según el informe de 2010 del Departamento de Estado de los Estados Unidos, Lesotho es un país de origen y tránsito de la trata de mujeres y niños.

457.Además, la evaluación rápida realizada en 2010 por el Ministerio del Interior concluyó que en Lesotho la trata tiene por finalidad la delincuencia organizada y la explotación sexual y laboral. Sin embargo, la falta de datos sistemáticos no permite estimar el alcance de estos fenómenos. Muchos casos todavía no se denuncian por ignorancia, miedo, vergüenza y falta de mecanismos de denuncia eficaces.

458.En el marco del Análisis de la Situación de los Niños Vulnerables realizado en 2011 se preguntó a los cuidadores si conocían a niños que, desde principios de 2010, fueran enviados sin su consentimiento a trabajar a un lugar peligroso y donde se sabía que los explotaban. El 1,9% respondió afirmativamente.

459.Los motivos de la trata son los siguientes:

Fuente: Estadísticas de la Interpol .

460.Los problemas que enfrenta la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño en este ámbito incluyen la insuficiente capacitación sobre lo que constituye la trata, la falta de claridad de la definición jurídica de la trata transfronteriza, la escasez de recursos financieros para llevar a cabo las investigaciones y el bajo número de traductores disponibles para las víctimas y los delincuentes que no hablan sesotho.

461.No hay lugares para albergar a los varones víctimas de la trata, pues la Beautiful Dream Society recibe exclusivamente mujeres.

462.Si bien el Gobierno reconoce el riesgo de la trata y el secuestro, en particular de los niños pobres o huérfanos, no existe ningún sistema de vigilancia para su seguimiento oficial. El Gobierno ha concertado un acuerdo bilateral con Sudáfrica para la identificación y el retorno en condiciones de seguridad de los niños secuestrados o víctimas de trata.

d)Niños de la calle

Medidas legislativas

463.El artículo 45 de la Ley de la Infancia tipifica como delito la mendicidad. Una persona que obliga a un niño a mendigar o permite que lo haga puede ser encarcelada hasta diez meses.

Medidas administrativas

464.El Ministerio de Trabajo y Empleo, con el apoyo de la OIT, ha llevado a cabo estudios para determinar las causas por las cuales los niños viven o trabajan en la calle. El Programa de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil incluye a los niños que viven y/o trabajan en la calle entre las víctimas de las peores formas de trabajo de Lesotho.

465.En colaboración con algunas ONG, el Gobierno ha aumentado su apoyo a los niños que viven y/o trabajan en la calle, mediante el suministro de alimentos, albergue, preparación para la vida y educación.

Factores y dificultades

466.El aumento de la orfandad y la vulnerabilidad, sumado a la desintegración de las redes de seguridad de la familia extensa, obliga a los niños a vivir y/o trabajar en la calle, principalmente en la capital y las ciudades del país.

e)Niños en conflicto con la ley, víctimas y testigos

Medidas legislativas

467.La Ley de la Infancia prevé protección jurídica plena y garantías procesales para los niños en conflicto con la ley, al enunciar los derechos de los niños delincuentes o víctimas o testigos de delitos graves.

Medidas administrativas

468.En 2010, una evaluación amplia de los niños detenidos en el Centro de Capacitación de Delincuentes Juveniles concluyó que no existe un sistema de justicia de menores en Lesotho. Además, consideró que las autoridades encargadas de establecer ese sistema tenían muy pocos conocimientos de la justicia de menores o experiencia al respecto.

f)Administración de la justicia de menores

Medidas constitucionales

469.El artículo 26 de la Constitución estipula la igualdad y la justicia para todos los ciudadanos. El artículo 12 establece que toda persona acusada de un delito tiene derecho a un juicio justo.

Medidas legislativas

470.La Ley de la Infancia ha redefinido la administración de la justicia de menores con miras a propugnar el respeto, la dignidad y el valor de los niños que entran en conflicto con la ley. Con arreglo a esta Ley, esos niños son remitidos de inmediato a un sistema de justicia restaurativa en el marco de la cual la posibilidad de la prisión se reduce considerablemente.

471.La Ley de la Infancia prevé la creación de comités de aldea para la justicia juvenil, así como la institucionalización de los procesos de justicia restaurativa, en particular reuniones con las familias, mediación entre la víctima y el delincuente y foros abiertos de curación dentro de la aldea. Establece además una amplia gama de medidas restaurativas que representan un cambio respecto de la justicia retributiva y punitiva. Los niños, los padres, los jefes, los agentes de libertad condicional, los agentes de policía, los fiscales y los magistrados participan en todos estos procesos.

472.En virtud de la Ley de la Infancia, los niños menores de 10 años no pueden ser procesados por delitos penales. Los niños de entre 10 y 14 años deben ser debidamente evaluados para determinar si poseen la capacidad de distinguir entre el bien y el mal y actuar de conformidad con esa distinción. La Ley da por supuesto que los niños no tienen dicha capacidad, y lo contrario debe ser demostrado por la Corona más allá de toda duda razonable.

473.La Ley de la Infancia estipula que los niños menores de la edad mínima de procesamiento deben ponerse bajo la supervisión de los agentes de libertad vigilada para su asesoramiento u otras medidas terapéuticas.

Medidas administrativas

474.Con la asistencia del Fondo Mundial, el UNICEF y otros asociados, el Gobierno hace participar a todas las partes interesadas, incluidos representantes de los niños, en la elaboración de políticas y marcos regulatorios para poner en práctica la Ley de la Infancia.

475.En 2002, el Ministerio del Interior, Seguridad Pública y Asuntos Parlamentarios estableció la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño, motivado por el número cada vez mayor de niños víctimas de negligencia, explotación o violencia. La Dependencia presta servicios e investiga los casos de lactantes y niños que necesitan cuidado y protección en los diez distritos.

476.En 2005-2006, el UNICEF ayudó a la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño a elaborar una base de datos informatizada para reunir datos bien desglosados y precisos sobre los casos pertinentes de niños y mujeres, con miras a producir informes de calidad. La base de datos es accesible a los proveedores de servicios a los efectos de orientar sus políticas y programación, así como de mejorar sus sistemas de remisión.

477.Gracias a la asistencia del UNICEF, la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño ha recibido orientación sobre cuestiones de protección de la infancia, marcos jurídicos y normativos pertinentes, técnicas de apoyo psicosocial y gestión del estrés. Además, el Fondo Mundial ayudó a la Dependencia con la entrega de oficinas móviles prefabricadas en los lugares donde la escasez de espacio de oficinas ponía en peligro la privacidad de las víctimas.

478.Establecida en 1979, la Dependencia de Libertad Vigilada entró en funcionamiento en 1980 y en cumplimiento de la Ley de la Infancia (parte XIX) se encarga de las investigaciones para determinar la edad, garantizar la aplicación de sanciones no privativas de libertad y facilitar la reintegración, la rehabilitación y la justicia restaurativa para los niños.

479.Los comités de aldea para la justicia juvenil establecidos bajo la dirección del Ministerio de Justicia y Servicios Correccionales solo funcionan en algunos consejos locales de los distritos de Mohale’s Hoek, Qacha’s Nek, Mafeteng y Thaba-Tseka.

480.Maseru es actualmente el único distrito con una infraestructura de justicia de menores apropiada.

Factores y dificultades

481.Una evaluación de la Dependencia de Protección de la Mujer y el Niño realizada en 2007 reveló que esta no tenía capacidad para desempeñar sus funciones eficazmente. También reveló deficiencias en los recursos humanos, materiales y logísticos y falta de capacitación en materia de cuestiones relacionadas con el género, en particular, la confidencialidad. Las transferencias periódicas de funcionarios capacitados siguen socavando las inversiones realizadas en la Dependencia.

482.Las estructuras físicas de los tribunales de menores en los otros nueve distritos son inadecuadas y no responden a las necesidades de los niños.

483.A pesar de la formación impartida sobre la Ley de la Infancia, algunos magistrados y fiscales son reacios a tratar a los niños de manera diferente de los adultos.

g)Niños privados de libertad

Medidas legislativas

484.El Gobierno ha establecido medidas jurídicas y reglamentarias para el tratamiento de los niños privados de libertad.

485.De conformidad con el Código de Procedimiento Penal de 1981, la Ley de la Infancia, en los artículos 161, párrafos 1 y 3, estipula que no puede imponerse a los niños la pena de prisión perpetua ni la pena de muerte ni castigos corporales ni otros tratos o penas crueles o degradantes. El artículo 156, párrafo 1, limita el encarcelamiento de menores a un máximo de 3 años y lo prohíbe para los menores de 14 años.

486.En la parte XV de la Ley de la Infancia se exige que el tribunal deje al niño en libertad bajo fianza, a menos que ello no promueva su interés superior. También dispone que, cuando un niño sea recluido en espera de juicio, la detención sea lo más breve posible.

487.En la parte XVII se prevé la representación letrada del niño a expensas de los padres o tutores o la persona responsable.

Factores y dificultades

488.No hay escuelas aprobadas ni centros de libertad condicional conforme a lo previsto en la Ley de la Infancia, debido a limitaciones financieras.

489.Además, los niños rara vez tienen representación letrada, pues no pueden permitírselo. Solo en unos pocos casos, cuando están acusados de delitos graves, están representados por abogados de oficio.

h)Imposición de penas a los niños

Medidas legislativas

490.En virtud de la Ley de la Infancia, un niño que haya sido condenado por un delito podrá ser recomendado para remisión, y se prevén con tal fin una amplia gama de opciones de penas no privativas de libertad.

491.En virtud de la parte XVIII de la Ley, concretamente el artículo 157, toda sentencia que conlleve un elemento de reclusión debe aplicarse como último recurso y por el plazo más breve posible.

Medidas administrativas

492.La Junta de Administración del Centro de Capacitación de Delincuentes Juveniles está facultada para examinar la puesta en libertad de un recluso antes de que cumpla la sentencia original.

493.Los miembros de la familia pueden visitar a los niños en el Centro de Capacitación.

494.La expansión de la justicia restaurativa y los servicios de remisión ha dado lugar a una disminución del número de menores detenidos en el Centro de Capacitación.

Factores y dificultades

495.A pesar de que los familiares pueden visitar a los niños detenidos en el Centro de Capacitación, muchos de ellos que residen fuera de Maseru no pueden hacerlo.

i)Rehabilitación física y psicológica y reintegración social

Medidas legislativas

496.El artículo 178 de la Ley de la Infancia prevé reformatorios y centros de libertad vigilada. Sin embargo, los artículos 182, 183 y 186 estipulan que ningún niño menor de 13 años sea enviado a ninguna de esas instituciones.

497.Las medidas de justicia restaurativa brindan a los niños la opción de volver con sus familias, a condición de que continúen su escolarización. También pueden dictarse órdenes de supervisión, con arreglo a las cuales los niños deben presentarse ante los agentes de libertad vigilada (art. 127).

Medidas administrativas

498.Se han establecido Dependencias de Rehabilitación en el Ministerio de Justicia y Servicios Correccionales, encargadas de dotar a los delincuentes de aptitudes para la vida, ofrecerles asesoramiento y rehabilitación e impartir formación profesional para su satisfactoria reinserción en las comunidades.

Factores y dificultades

499.La falta de recursos impide que la Dependencia de Libertad Vigilada realice una supervisión adecuada de los niños puestos en libertad. Además, las medidas de remisión se aplican en poquísimos casos, pues los jueces temen que las órdenes de supervisión no se cumplan.

500.El Centro de Capacitación de Delincuentes Juveniles no está descentralizado a nivel de los distritos. Además, sus instalaciones y su infraestructura física se encuentran en estado ruinoso y ya no son habitables.

501.Si bien los agentes de libertad condicional y rehabilitación suelen evaluar las posibilidades de rehabilitación y hacer planes de reinserción, algunas veces estos no se llevan a cabo por varias razones. Por ejemplo, la reinserción es imposible para muchos huérfanos menores de edad.

502.La estigmatización de los niños que han estado en conflicto con la ley impide la fácil reintegración en sus comunidades y su reincorporación en las escuelas.

503.Los servicios de libertad vigilada están parcialmente descentralizados, pues existen en siete distritos.

j)Actividades de formación para profesionales del ámbito de la justicia juvenil

504.En colaboración con los asociados para el desarrollo, el Gobierno ha impartido numerosos cursos de capacitación para los funcionarios que trabajan en el sector de la justicia juvenil, en particular los agentes de libertad vigilada. En el marco de la iniciativa de reforma del sector judicial, apoyada por el Departamento de Desarrollo Internacional y la Unión Europea y dirigida por el Presidente de la Corte Suprema, se ha tratado de institucionalizar la justicia restaurativa.

505.Solo en 2013 y 2014 se celebraron tres sesiones de capacitación en la Universidad del Cabo Occidental (Sudáfrica) con miembros del poder judicial sobre todas las disposiciones pertinentes de la Ley de la Infancia.

k)Tratamiento de los niños miembros de minorías o grupos indígenas

Medidas legislativas

506.La Constitución y toda la legislación garantizan los mismos derechos a todos los niños.

Medidas administrativas

507.El Gobierno hace esfuerzos deliberados para que los niños que no son basotho de las regiones meridionales del país reciban un tratamiento adecuado, en particular en el sistema de justicia de menores.

Factores y dificultades

508.Los grupos étnicos de Quthing y Qacha’s Nek que no hablan sesotho plantean a veces problemas para la administración de justicia, en particular cuando los miembros de esos grupos insisten en hablar ante el tribunal en xhosa, su lengua materna. Por tal razón, el Gobierno ha tenido que contratar en varias ocasiones intérpretes para ayudarlos en los procesos judiciales.

509.El albinismo es frecuente en Lesotho. Aunque los niños con este trastorno genético no son asesinados como en algunos otros países africanos, por razones culturales se consideran una maldición y, por ende, suelen ser maltratados.

510.Los niños y las niñas homosexuales también son víctimas de discriminación. Hay organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la defensa de los derechos de estos grupos.

X.Referencias

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