Naciones Unidas

CRC/C/COL/6-7

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

10 de octubre de 2023

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Informes periódicos sexto y séptimo combinados que Colombia debía presentar en 2021 en virtud del artículo 44 de la Convención *

[Fecha de recepción: 25 de agosto de 2021]

A.Medidas generales de aplicaciónArtículos 4, 42 y 44 (párr. 6)

Legislación y marco institucional

1.Colombia reconoce en su Constitución Política-CP la prevalencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes -NNA y la corresponsabilidad entre el Estado, la familia y la sociedad para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. La Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia-CIA, establece las normas sustantivas y procesales para asegurar en condiciones de igualdad y equidad la protección integral. Las políticas públicas son el instrumento para su materialización.

2.El gobierno nacional sancionó las siguientes leyes aprobadas por el Congreso de la República para la garantía y protección integral de la niñez: 1) Ley 1804 de 2016 mediante la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre; 2) Ley 1822 de 2017 incentiva la adecuada atención y cuidado de la primera infancia, - Ampliación de la licencia de maternidad; 3) Ley 1918 de 2018 establece el régimen de inhabilidades a condenados por delitos sexuales contra menores; 4) Ley 2000 de 2019 prohíbe el consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares con presencia de menores de edad; 5) Acto Legislativo 01 de 2020 sobre prisión perpetua para violadores de niños; 6) Ley 2026 de 2020 Ley Jacobo - Prestación de servicios de salud oncopediátrica y atención médica integral a los menores con cáncer; 7) Ley 2089 de 2021 prohíbe el uso del castigo físico, humillante y degradante y cualquier tipo de violencia como método de corrección hacia NNA; 8) Ley 2081 de 2021 declara la imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores de 18 años”; 9) Ley 2097 de 2021 crea el registro de deudores alimentarios morosos.

3.La Ley 1997 de 2019, para prevenir la apatridia, establece un régimen especial y excepcional para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento para hijos(as) de venezolanos en situación de migración regular o irregular, o de solicitantes de refugio nacidos en territorio colombiano, ampliando el plazo de la aplicación de la medida excepcional a los nacimientos ocurridos en Colombia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 15 de septiembre de 2021. Asimismo, el Estado avanza en dos direcciones: disminuir casos de apatridia de niñas y niños nacidos en Colombia de padres venezolanos mediante la prórroga de la resolución 8470 de 2019; y la prevención de apátridas nacidos en terceros países mediante la reglamentación del proyecto de ley migratoria.

4.La Ley 1878 de 2018 modifica el artículo 56 del CIA delimitando el tiempo de la actuación administrativa a 6 meses para la búsqueda de parientes y ubicación en medio familiar de niños y adolescentes con declaratoria de vulneración. La Ley 1955 de 2019 modificó el artículo 103 del CIA incluyendo el plazo de máximo 18 meses para adelantar el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos – PARD. También, asegura la protección transitoria de personas mayores de edad con discapacidad, hasta que la entidad correspondiente adscrita al Sistema Nacional de Bienestar Familiar - SNBF garantice la prestación del servicio de acuerdo con sus competencias legales.

5.El Estado incrementó el número de defensores de familia de 1.188 en 2015 a 1.345 en 2021; actualizó los lineamientos de las Autoridades Administrativas orientado a mejorar la atención de la niñez con sus derechos vulnerados; y evaluó el funcionamiento operativo e institucional de las defensorías de familia y los centros zonales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar–ICBF. Las principales recomendaciones son especializar las defensorías por proceso, funciones, tipo de vulneración y modalidad atendida en los centros zonales de alta y mediana complejidad, y, estructurar su operación como defensorías de familia mixtas en los centros zonales de baja complejidad.

Políticas y Estrategias integrales

6.El CIA define las políticas públicas de infancia y adolescencia, sus objetivos, principios rectores y responsables. En este marco se formula la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre (Ley 1804 de 2016) y sus decretos reglamentarios 1416, 1336 y 1356 de 2018, que establecen la estructura de funcionamiento nacional y territorial, consolida la intersectorialidad como mecanismo para materializar la atención integral y reafirma los diez principios consagrados en la Convención de los Derechos del Niño.

7.El Estado da continuidad a la apuesta por el desarrollo integral de la niñez con la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030-PNIA, resultado de un amplio proceso de conversaciones y movilización con NNA y sociedad. El propósito es generar las condiciones sociales, humanas y materiales que se requieren para el ejercicio pleno de los derechos de la población de 6 a 18 años, reconociéndolos como sujetos prevalentes de derechos. En 2019 se construyó la Ruta Integral de Atenciones para la Infancia y la Adolescencia, como herramienta de gestión sectorial e intersectorial de la Política, incluye las 28 atenciones necesarias para promover su desarrollo integral.

8.La Política Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias 2014-2024 tiene una perspectiva pluralista, amplia e incluyente que reconoce a las familias como sujetos colectivos de derechos, con capacidad de agencia, y al hogar como escenario para el cuidado y desarrollo. Parte del reconocimiento y protección social, la convivencia democrática, y la gobernanza.

9.Los lineamientos de la Política Pública para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes-ESCNNA 2018-2028, reconocen esta vulneración de derechos como una violencia de género. Orientan las acciones a la prevención y erradicación de esta violencia, los mecanismos efectivos de judicialización, las medidas de protección y la sanción de conductas. El diseño de instrumentos dirigidos a la investigación y judicialización de delitos transnacionales y a la atención de las víctimas, se realiza entre otras formas, con alianzas de cooperación internacional.

Coordinación

10.El comité ejecutivo del SNBF optimizó los procesos de articulación intersectorial para la implementación de políticas y estrategias integrales que reconocen la particularidad territorial y poblacional para la garantía del ejercicio de los derechos. El SNBF amplió en el número de entidades estatales que contribuyen a la garantía de los derechos de la niñez y cuenta ahora con la participación de los Ministerios del Deporte, Cultura, Ciencia y Tecnología, la Armada Nacional, el Ejército Nacional, y el Fondo Acción. Adicionalmente, ha logrado articularse con 17 instancias nacionales utilizando como instrumento para organizar su gestión, planes de acción periódicos, los cuales son actualizados cada 4 años.

11.El ICBF presta servicios de protección en el territorio nacional con sedes en 32 departamentos y 1 en el Distrito Capital, mediante 215 centros.Además, brinda asistencia técnica a las Comisarías de Familia, lo cual permite tener cobertura nacional para la garantía y restablecimiento de los derechos. En zona rural y rural dispersa cuenta con 114 unidades móviles para la atención humanitaria de emergencia, con acompañamiento psicosocial diferencial a la niñez y su grupo familiar en el marco del conflicto armado, y 4 unidades móviles para atención a población migrante.

12.El SNBF implementa la estrategia de incidencia en programas de gobierno y planes de desarrollo territorial que, retoma las experiencias y lecciones aprendidas de las entidades del SNBF en los últimos tres periodos de gobiernos nacionales y locales, que han permitido la inclusión de los temas de niñez y fortalecimiento familiar en los instrumentos de planeación y priorización de política pública. Se ha brindado asistencia técnica a 6.895 participantes de las nuevas administraciones de 1.133 entidades territoriales siguiendo el Lineamiento de orientaciones para la inclusión de la primera infancia, infancia, adolescencia y las familias en los Planes de Desarrollo Territorial 2020-2023.

13.El SNBF gestiona la rendición pública de cuentas a la ciudadanía sobre los avances en materia de niñez por parte de los mandatarios locales y el Presidente de la República. En el ámbito nacional, en 2018, se llevó a cabo la Segunda Rendición Pública de Cuentas sobre la Garantía de los Derechos de la Niñez y el Fortalecimiento Familiar 2012-2017. Siguiendo el Lineamento técnico para el proceso de Rendición Pública de Cuentas del período 2012-2015 y como apoyo una caja con 21 herramientas, alcaldes y gobernadores rinden cuentas cada dos años. Han sido capacitados 228 alcaldes y 4.656 funcionarios en 32 departamentos, el distrito capital y 1.101 municipios del país.

14.La UARIV bajo el SNARIV, adelanta un proceso de articulación inter sistémica con el SNBF y el Sistema Nacional de Derechos Humanos, -SNDDHH, para fortalecer la acción del nivel nacional y territorial, garantizar la implementación de las políticas públicas relacionadas con el restablecimiento y la reparación de los derechos de las víctimas del conflicto, incluidos los NNA, con la construcción de estrategias conjuntas que aseguren su protección integral.

Asignación de recursos

15.Se definió la “Metodología de medición de gasto público en niñez de las entidades nacionales" que contiene los postulados legales sobre los cuales se asigna el presupuesto para niñez, basado en datos de todas las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, y ejecutan dichos recursos. Las fuentes de gasto público analizadas son las del presupuesto de orden central y el Sistema General de Participaciones SGP. En el segundo semestre del 2021 se avanza en la implementación del clasificador presupuestal de la Niñez mediante la plataforma del Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas, como herramienta nacional y territorial para el seguimiento a los recursos de inversión dirigidos a la primera infancia (mujeres gestantes y niños de 0 a 5 años), infancia (6 a 11 años) y adolescencia (12 a 17 años).

16.Como resultado de la medición del gasto público en niñez de 2016-2019, el presupuesto estimado (apropiación vigente), a precios constantes del año 2020, para la primera infancia, infancia y adolescencia ascendió, en billones, de 36,4 en 2016 a 39,72 en 2017; a 39,42 en 2018 y a 40,42 en 2019, lo cual representa en términos reales un crecimiento del 11 % en este período. Se estimó que el 70% del presupuesto dirigido a niñez proviene de las transferencias realizadas a las entidades territoriales, a través del SGP (salud, educación, agua potable y saneamiento básico) seguido de la inversión que realiza el ICBF con otras fuentes de financiación. Sumado a los recursos del SGP, los territorios realizan inversiones mediante proyectos financiados por el Sistema Nacional de Regalías entre otras fuentes generadas por impuestos locales y aportes de organismos de cooperación en asuntos de política prioritarios para la niñez.

17.Para la atención integral a la primera infancia se destinaron recursos del SGP en cumplimiento de la CP y de la Ley 1176 de 2007 que ordena que, en los casos en que la tasa de crecimiento real de la economía certificada por el DANE sea superior al 4 %, se definirá un incremento adicional de los recursos del SGP, equivalente a la diferencia entre la tasa de crecimiento real de la economía y el 4 %, lo cual se cumple a través de documentos CONPES 181 de 2015, el 3861 de 2016 y 3887 de 2017 . Esta inversión amplió la oferta intersectorial con unidades de servicio para la educación inicial mediante la construcción, dotación y adecuación de aulas de preescolar; y de salas de lectura y ludotecas; procesos de cualificación del talento humano; ampliación de la red de frío del Programa Ampliado de Inmunizaciones-PAI, dotación de salas de parto y de servicios para atención a gestantes, Salas de Enfermedad Diarreica Aguda, hospitalización pediátrica y unidades del recién nacido; procesos de cualificación familiar y comunitaria en cuidado y crianza.

18.Para avanzar en el cumplimiento del Plan Marco de Implementación de los acuerdos de Paz se contó a partir de 2017 con recursos (del presupuesto general de la Nación) del Fondo Colombia en Paz, destinados a fortalecer la atención integral a la primera infancia en la ruralidad, en los 170 municipios con Planes de Desarrollo con enfoque territorial PDET.

19.El ICBF, para garantizar la trasparencia, objetividad y excelencia en la contratación de los servicios para la primera infancia, creó en 2020 la herramienta tecnológica Betto (Bienestar, Eficiencia, Transparencia, Tecnología y Oportunidad). Betto facilita los procesos de invitación, evaluación y selección objetiva de operadores mediante analítica avanzada y características de algoritmos de inteligencia artificial y aprendizaje automático. Además, focaliza a los niños(a)s menores de 5 años potenciales beneficiarios de los programas del ICBF por pobreza multidimensional, vulnerabilidad y habitabilidad en zonas rurales y dispersas. Con esta tecnología, en 2021 se priorizó la asignación de cupos para 161.500 niños en la oferta del ICBF a nivel nacional.

Cooperación con la sociedad civil

20.La Fiscalia General de la Nación -FGN desde el 2016, implementa 8 líneas de acción para investigar los delitos contra defensores de derechos humanos que incluye: promoción de una cultura institucional que reconozca la labor del defensor de derechos humanos; valoración de su labor como primera hipótesis investigativa; aplicación de una metodología de asociación de casos; creación de Unidades Itinerantes para desplazarse oportunamente al lugar de ocurrencia de los hechos; entre otros.

21.El 30 de noviembre de 2017, expidió la Directiva 002 “Por medio de la cual se dictan lineamientos generales para la investigación de delitos contra defensores de derechos humanos en Colombia”. Este instrumento se construyó con el acompañamiento técnico de la Comisión Interamericana para los Derechos Humanos -CIDH, para incorporar los estándares internacionales aplicables a la investigación penal de delitos contra defensores de derechos humanos. Igualmente, se creó el tipo penal específico de amenazas contra defensores de derechos humanos, regulado en el artículo 188E del Código Penal y mecanismos para la recepción de amenazas contra esta población, que funcionan las 24 horas del día.

Derechos del niño y sector empresarial

22.En 2015 el Estado expidió el “Plan Nacional de Acción en Empresas y Derechos Humanos”, en el Sistema Nacional de Derechos Humanos y DIH, particularmente, subsistema 4 de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. Este instrumento de política pública, construido de manera participativa con empresas y organizaciones de la sociedad civil, asegura el respeto de los derechos humanos de los grupos étnicos, mujeres, población lesbianas, gais, bisexuales, transgeneristas e intersexuales -LGBTI, personas con discapacidad, movimientos sindicales y otros grupos minoritarios.

23.La Estrategia Nacional de Empresa y Niñez materializó el plan y priorizó la gestión de riesgos y potenciales impactos de empresas de sectores económicos que generan mayor conflictividad social y afectaciones a la niñez, como los sectores extractivos (minería e hidrocarburos), agroindustria e infraestructura vial. La Red Colombia contra el Trabajo Infantil y el ICBF (2016), en línea con el ODS 8 Trabajo decente y crecimiento económico, desarrollaron, con la participación de 380 representantes de las empresas, acciones para la prevención y erradicación del trabajo infantil, a partir de la gestión del riesgo y la debida diligencia para la protección de la niñez en sus territorios, en su empresa y áreas de influencia.

24.Para garantizar las medidas necesarias para proteger a los niños de El Hatillo, se construyó el Plan de Acción de Reasentamiento con los agentes del SNBF, autoridades locales (Gobernación del Cesar, Alcaldía y Comisaría de Familia del municipio El Paso) y delegados de las empresas mineras, para atender la situación generada en este corregimiento. El Plan define un cronograma de ejecución para el reasentamiento individual y colectivo que incluye acciones dirigidas a la verificación de la garantía y el restablecimiento de los derechos de la niñez y a fortalecer los vínculos familiares.

B.Definición de niñoArtículo 1

25.Colombia ratifica que la definición del niño en su marco normativo no ha cambiado en relación con lo expuesto en el anterior informe.

C.Principios generalesArtículos 2, 3, 6 y 12

No discriminación

26.Colombia ha incrementado los esfuerzos por garantizar derechos a la niñez migrante y sus familias en condición de vulnerabilidad. El ICBF vinculó a sus programas y servicios de prevención 380.600 beneficiarios venezolanos y restableció los derechos vulnerados a 7.251 NNA migrantes en el periodo comprendido entre 2015 y 2021. El Estatuto Temporal de Protección del Migrante Venezolano (ETPMV), establecido en el Decreto 216 de 2021, ha sido un mecanismo jurídico de protección temporal de la población venezolana, con enfoque diferencial por edad y situación de vulnerabilidad. En la aplicación se incluye a los menores de 18 años bajo PARD y a los adolescentes y jóvenes migrantes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, atendiendo a los principios de no discriminación, corresponsabilidad, prevalencia de derechos e interés superior del niño.

27.Los Consejos Comunitarios y demás formas organizativas de las Comunidades Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera - NARP se fortalecieron con procesos de sensibilización para la eliminación de la Discriminación Racial y el Racismo. El Observatorio contra la Discriminación Racial y Racismo en el año 2020 acompañó a 17 entidades territoriales en 11 departamentos.

28.La ruta metodológica para la construcción del capítulo indígena de comunidades NARP de la PNIA está siendo concertada con la Mesa de Mujeres Indígenas para lo cual se destinaron en 2020 $3.199 millones de pesos y en 2021 2.189 millones. 13 autoridades del Pueblo Wounnan, 9 del pueblo Nasa y 11 del Pueblo Awá participaron en la “Estrategia interinstitucional e intercultural de atención y prevención de las violencias sexuales y de género en pueblos indígenas” (2016) para el fortalecimiento de los mecanismos de reconocimiento, detección y atención de casos de violencia sexual.

29.El Estado adoptó con el Decreto 762 de 2018, la política pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, extensivo a las comunidades indígenas. El plan de acción de la Política Pública LGBTI -2020 establece los mecanismos para su implementación.

30.La Estrategia Integral “Mujeres libres de violencias” lanzó en 2020 la “Escuela Nacional de desaprendizaje del machismo”. Este proceso de formación busca transformar imaginarios culturales y estereotipos de género machistas, que están en la base de las violencias contra las mujeres. Se adelantó un piloto con 185 servidores públicos de los 10 departamentos con mayores tasas de violencia contra las mujeres .

31.La Política para la prevención del daño antijurídico (2018) realiza seguimiento a las peticiones, quejas o reclamos frente a presuntas situaciones que afectan a la niñez bajo la medida de protección y que reciben atención en las modalidades de PARD y del SRPA. El Lineamiento técnico del modelo para la atención de los NNA, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos abierto a su favor (2021) exige disponer de canales de comunicación como buzones de sugerencias, encuestas de satisfacción, pactos y acuerdos de convivencia para modalidades institucionales y de acogimiento familiar. Los niños ubicados en hogar sustituto participan en talleres para identificar y reportar posibles situaciones de violencia física, psicológica, sexual, omisión y negligencia que se puedan presentar contra ellos u otros usuarios al interior de la modalidad.

32.Los NNA con discapacidad sensorial, visual, auditiva, motora y con discapacidad intelectual leve con procesos de lectoescritura, accede directamente a los mecanismos de denuncia establecidos. Cuando la discapacidad intelectual es moderada y severa, se determinan las posibilidades de comprensión de cada uno de ellos o si requieren apoyo de su familia para facilitar su participación en actividades. Para las comunidades étnicas se contemplan sus particularidades culturales, ya que el principal mecanismo de comunicación es el lenguaje verbal y no el escrito. Para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley, el Lineamiento Técnico del Modelo de Atención de Responsabilidad Penal Adolescente contiene la encuesta de satisfacción como el instrumento que permite la obtención de datos mediante la consulta a los adolescentes y jóvenes vinculados a las modalidades SRPA.

33.Desde 2019 se implementa el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar para recibir reportes de casos de vulneración de derechos de la niñez, embarazo a temprana edad, consumo de sustancias psicoactivas y posibles delitos que afectan los derechos humanos, sexuales y reproductivos. En 2020 se capacitaron 2681 establecimientos educativos en el uso del Sistema. El sistema interopera con el Sistema de Información Misional del ICBF y se articula con la Policía Nacional para el seguimiento de presuntos delitos.

Interés superior del Niño

34.El Estado acepta el testimonio de NNA víctimas de violencia sexual, para evitar su revictimización (Corte Constitucional, Sentencia T-116 de 2013). En cumplimiento del artículo 284 de la Ley 906 de 2004 se reconoce la posibilidad de que, durante la investigación, hasta antes de la audiencia de juicio oral, se practiquen pruebas de manera anticipada, cuando: “(i) sea ante el juez que cumpla funciones de control de garantías, (ii) sea solicitada por el Fiscal General o el fiscal delegado, por la defensa o por el Ministerio Público en los casos previstos en el artículo 112, (iii) sea por motivos fundados y de extrema necesidad y para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio; y, exige que (iv) se practique en audiencia pública y con observancia de las reglas previstas para la práctica de pruebas en el juicio” .

Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo

35.La FGN incorpora el análisis de contexto en la función investigativa y acusatoria contra la Criminalidad Organizada, Disidencias, Grupos Armados Organizados y Residuales–GAOR: Clan del Golfo, Caparros y Ejército de Liberación Nacional-ELN, por utilización de menores de edad en la comisión de delitos.

36.Para casos de desaparición forzada de NNA, los despachos fiscales activan, mediante resolución, el Mecanismo de Búsqueda Urgente-MBU, que expide órdenes de labores investigativas a la policía judicial de cumplimiento inmediato. Los Defensores de Familia de la zona donde se reporta la desaparición son notificados y cuando el niño es hallado con vida, ordena los exámenes medicolegales correspondientes e inicia el PARD. Colombia cuenta con 34 despachos de fiscalías y 40 servidores de policía judicial en las principales ciudades, capacitados para la pronta respuesta de la solicitud de activación de un MBU.

37.Se dispone de información de las investigaciones adelantadas contra organizaciones criminales cuyas víctimas fueron menores de edad durante los años 2015-2020, el estado del proceso, el número de personas vinculadas y la calidad de este.

38.El Sistema Penal Oral Acusatorio-SPOA de la FGN registró, desde el 1 de enero de 2015 al 31 de enero de 2021, 5.983 víctimas menores de 18 años de los delitos de homicidio, feminicidio y desaparición forzada. Durante el mismo periodo de tiempo el SPOA registró 3.294 indiciados vinculados a estos delitos. Sobre las actuaciones de imputación y condena para los delitos de homicidio, feminicidio y desaparición forzada con NNA registrados en el SPOA, hasta el 5 de marzo de 2021, la FGN reporta 15.219 procesos con imputación y 7.258 procesos con condena.

39.El SPOA de la FGN reporta, desde 2015, 4.982 víctimas de reclutamiento ilícito de menores de 18 años y uso de menores en la comisión de delitos. Se registró también 6.945 miembros de grupos armados ilegales como indiciados en casos de reclutamiento ilícito de menores de 18 años y uso de menores de edad en la comisión de delitos. Se imputó en 1.774 procesos y en 780 se llegó a sentencia condenatoria o sancionatoria.

40.1.282 menores de edad que se han desvinculado de grupos armados organizados al margen de la ley ingresaron al Programa de atención especializada del ICBF.

Respeto por las opiniones del niño

41.Desde el 2015, Colombia cuenta con el Consejo Asesor y Consultivo Nacional de niños, niñas y adolescentes (Resolución 1620 de 2017). Este es un Acuerdo de Voluntades para ejercer la representación de la niñez y ser un órgano consultivo en las decisiones que se toman para la garantía de sus derechos. Entre el 2015-2020 se conformaron 3.411 mesas de participación de la niñez para fortalecer su papel como actores fundamentales en el diseño e implementación de políticas públicas.

42.En el SRPA, desde el año 2014 se han desarrollado acciones para el seguimiento a la participación de la población en conflicto con la ley penal. Para tal fin, se implementó la Comisión Verificadora de Derechos Humanos que, corrobora las condiciones de derechos humanos en las que se encuentran los adolescentes y jóvenes en los Centros Transitorios, de Internamiento Preventivo, de Atención Especializada y de Servicios Judiciales para los adolescentes de 17 ciudades.

43.Colombia trabaja para que la niñez tenga prevalencia y acceso al derecho a la restitución de tierras, en un marco de justicia transicional y una reparación transformadora e integral. Así, son escuchados y se toma su declaración cuando hacen la solicitud de inscripción en el Registro de Tierras, reconociendo su capacidad de representar o asumir la vocería para hacer todas las diligencias administrativas, así como del proceso judicial relacionado. Desde el año 2015 se han recibido un total de 69 solicitudes de NNA.

44.Colombia apuesta por el tránsito integral de la niñez a la juventud orientada al reconocimiento y goce efectivo de sus derechos y armonización de políticas públicas. Así ha impulsado la transformación de su arquitectura institucional con la creación de la Dirección de Adolescencia y Juventud en el ICBF y la Consejería Presidencial para la Juventud. En este marco, el “Pacto Colombia con las Juventudes” dirigido a jóvenes entre 14 y 28 años inició en 2021, con el objetivo de construir participativamente la hoja de ruta que se implementará para fomentar acciones integrales de política pública para la adolescencia y la juventud colombiana. Este Pacto recoge el sentir, las propuestas y los intereses de más de 14.000 adolescentes y jóvenes, quienes con su participación en 400 mesas de escucha activa han incidido en la aprobación del CONPES de Juventud 2021 – 2030 con una inversión intersectorial de 25.6 billones de pesos.

D.Derechos y libertades civilesArtículos 7, 8, 13, 14, 15 y 17

Inscripción de los nacimientos

45.Colombia implementa el proyecto ‘Brazos Abiertos’, con oficinas de registro civil de nacimientos en hospitales y clínicas a nivel nacional para promover el registro temprano, garantizando el derecho de los niño(a)s nacidos en el país, incluidos los hijos e hijas de padres venezolanos, a tener una nacionalidad. Se cuenta con 36 unidades de registro en hospitales públicos de 15 departamentos.

46.Para proteger el derecho al reconocimiento a la personalidad jurídica, al nombre, la nacionalidad y a todos los derechos a los que se accede con el registro civil de nacimiento, la Registraduría Nacional del Estado Civil en alianza con el ICBF, mediante Unidades Móviles realizan jornadas gratuitas dirigidas a población desplazada, en riesgo de desplazamiento y/o vulnerabilidad que habita en zonas de difícil acceso del territorio nacional, incluyendo comunidades indígenas y afrodescendientes. Se han atendido en el periodo 2011-2021, 86.954 niñas y niños afrocolombianos e indígenas que no fueron registrados al nacer. Para asegurar la inscripción en el registro civil, se crearon las registradurías de Nazareth, en el municipio de Uribia, comunidad indígena Wayúu y de Nabusimake, y en el municipio de Pueblo Bello, Sierra Nevada de Santa Marta, territorio indígena Arhuaco.

47.Para garantizar los derechos fundamentales, culturales y de identidad de los pueblos indígenas plasmados en la CP, y el artículo 2 del Convenio 169 de la OIT de 1989, cuando falta alguno de los documentos reconocidos por la ley para la inscripción en el registro civil de nacimiento, se utiliza la “autorización indígena” diligenciada por la autoridad tradicional de la comunidad y/o quien haga sus veces.

Acceso a la información pertinente

48.El proyecto ConVerTIC ofrece gratuitamente a la niñez con discapacidad visual, un software lector y magnificador de pantalla para acceder e ingresar a páginas web de consulta de información, entretenimiento y cultura. Por otro lado, el proyecto “Centro de relevo” es una plataforma web que permite a la niñez con discapacidad auditiva establecer una comunicación efectiva con personas oyentes, utilizando como herramienta la lengua de señas colombiana (LSC).

49.El Programa En TIC Confío+ promueve el desarrollo de las habilidades digitales para enfrentar con seguridad los riesgos asociados al uso de internet y las TIC. Así mismo, impulsa el uso y la apropiación de internet como la oportunidad para generar una huella digital positiva en el entorno digital. El programa ofrece a sus beneficiarios NNA, jóvenes y adultos- estrategias que permiten su sensibilización en el desarrollo de habilidades digitales para la identificación de riesgos, la promoción de la convivencia y el activismo digital. También, busca sensibilizar a docentes, padres, madres, cuidadores, autoridades locales y sociedad en general como acompañantes en dicho proceso, de manera que la interacción con las TIC sea positiva.

50.En 2019, la iniciativa Convivencia Digital produjo 300 contenidos multiplataforma para sensibilizar a la niñez, entre los 13 y 18 años, de instituciones educativas públicas y privadas, en buen trato en la red, promoción de la resolución pacífica de diferencias, entre otros. Así, se logró posicionar, desde la virtualidad, a los niños como agentes con capacidades trasformadoras que aportan al mejoramiento de la calidad de vida de sus comunidades.

E.Violencia contra los niñosArtículos 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2) 34, 37 (a) y 39

Derecho del niño a no ser sometido a ninguna clase de violencia

51.Colombia se sumó como país pionero a la Alianza Global para poner fin a la Violencia contra la niñez y la adolescencia y consolidó la Alianza Nacional contra la violencia hacia niños, niñas y adolescentes, basada en la metodología INSPIRE. En 2021 cuenta con un plan de acción nacional que reúne 180 iniciativas de entidades nacionales, cooperación internacional y sociedad civil; 32 planes departamentales en formulación, para la prevención y atención de violencias y un modelo estadístico probabilístico de violencias contra la niñez. Esta Alianza, para la coordinación interinstitucional del orden nacional y territorial implementa el “Mecanismo Articulador para el abordaje integral de las violencias por razones de sexo y género, de las mujeres, niñas, niños y adolescentes como estrategia de gestión en salud pública”.

52.Para que los agentes sociales y de justicia desarrollen capacidades tendientes a reconocer y denunciar situaciones de violencias contra la niñez, se implementa desde el 2020 la Estrategia Crianza Amorosa+Juego orientada a la desnaturalización de las violencias y crear una cultura de crianza desde la transformación de prácticas, el juego en familia y el diálogo. Se han capacitado 1.216 servidores públicos y entregado 8.569 kits de crianza y prevención del castigo físico; 306 NNA participaron en la activación de mesas y consejos de infancia y adolescencia; se realizó un foro nacional con8.000 personas inscritas y sensibilizadas; en 2020 se capacitaron 2.261 personas y se hizo énfasis en acciones dentro del hogar durante el aislamiento preventivo por la COVID-19.

53.Mediante la Resolución 1796 del 2018, se actualizó el listado de actividades peligrosas que, por su naturaleza o condiciones de trabajo, son nocivas para la salud e integridad física o psicológica de la niñez, prohibiendo actividades que impliquen el contacto directo con animales que generen alto riesgo o con el sufrimiento humano o animal”.

54.Se han creado nuevos canales de acceso a la justicia para que la niñez denuncie con la presencia de los progenitores, representante legal (no agresores) o adulto responsable y de no contar con ellos, se genera un reporte de inicio, se activan los actos urgentes de investigación y se informa al Defensor de Familia, para la toma de medidas de verificación de garantía y restablecimiento de derechos. La FGN cuenta con el Manual de Atención al Usuario, la Guía para la atención, orientación y recepción de denuncias a los NNA como sujetos de especial protección y con lineamientos para la atención diferencial, que adecua la oferta de servicios a la edad y particularidades del desarrollo de la persona.

55.Fue sancionada la Ley 2126 de 4 de agosto de 2021 que regula el funcionamiento de las Comisarías de Familia y otorga herramientas para gestionar su diseño institucional, y garantizar el acceso a la justicia con atención especializada e interdisciplinaria para prevenir, proteger, y reparar los derechos de quienes estén en riesgo. La misma, también fortalece el seguimiento de las medidas de protección a favor de las víctimas de violencia en el contexto familiar, así como la judicialización de los agresores.

Derecho del niño a ser protegido contra todas las formasde explotación y abuso sexual

56.Mediante la Vigilancia en Salud Pública de las Violencias, se notifican diferentes tipos de violencias contra la niñez, así como las atenciones de urgencias relacionadas con abuso y violencia sexual: profilaxis para infecciones de trasmisión sexual, anticoncepción de emergencia, atención en salud mental, remisión a instituciones de protección e informe a autoridades.

57.El Comité de Información del Mecanismo Articulador creó el Sistema Integrado de Información de Violencia de Género (SIVIGE), que recoge datos de 19 entidades. También, impulsa un capítulo especial para consulta ciudadana con información específica sobre las violencias contra la niñez, estadísticas orientadas a la formulación de estrategias, planes y programas nacionales y territoriales para la prevención de las violencias.

58.Colombia ha fortalecido las capacidades del talento humano en salud para la aplicación del Protocolo de Atención Integral en Salud a Víctimas de Violencia Sexual en los servicios de urgencias, consulta externa y hospitalización, que atienden a víctimas de violencia sexual, así como a las entidades territoriales. El sector salud ha trabajado en la coordinación intersectorial para el acceso a la justicia y el restablecimiento de derechos en el marco de las garantías universales y la denuncia, en los casos en los que tenga conocimiento de hechos de violencia contra de la niñez.

59.Se formalizó la Comisión Nacional de Mujeres Indígenasy se ordenó la creación del Programa de Protección de los Derechos de las Mujeres Indígenas Desplazadas.

Respeto de las normas del derecho internacional humanitario

60.La FGN ha implementado medidas para garantizar los derechos de la niñez víctima de violencia sexual en el marco del conflicto armado. Se cuenta con el “Protocolo de investigación y judicialización de la violencia sexual” que contiene una lista de chequeo y herramientas prácticas para la atención, investigación y judicialización.

Prevención de prácticas nocivas

61.Los casos de mutilación genital femenina se registran en la Vigilancia en Salud Pública de la violencia de género e intrafamiliar. Se implementan lineamientos para el abordaje y la atención integral en salud de las víctimas de mutilación genital femenina; estrategias de intervención comunitaria para la prevención de esta práctica con el pueblo Emberá; procesos de educación para la salud con énfasis en la prevención y atención de la mutilación genital femenina en Risaralda; y diálogos de saberes sobre la Salud Sexual Reproductiva y la salud mental.

F.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidadoArtículos 5, 9 a 11, 18 (párr. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27, (párr. 4)

62.Colombia ha dispuesto distintos programas para el acompañamiento psicosocial familiar y comunitario para potenciar los recursos y capacidades de las familias en la promoción del desarrollo y generación de entornos protectores. A través de Familias con Bienestar para la Paz (2015 a 2019), Territorios Étnicos con Bienestar (2015-2020), Unidades de Apoyo y Fortalecimiento a Familias–UNAFA (2016 a 2019), Comunidades Rurales (2016-2018), Otras Formas de Atención–Construyendo Juntos Entornos Protectores (2016-2018), Mi Familia (2020) se busca reducir factores de riesgo de vulneración de derechos. Mi Familia Universal (2021) es una adaptación virtual del programa Mi Familia; contará con un portal web dirigido a todas las familias colombianas y busca el fortalecimiento de las prácticas de crianza y protección de la niñez y juventud con el propósito de promover cero tolerancia con la violencia y el castigo físico.

63.El Programa Familias en Acción (PFA) contribuye a la superación de la pobreza y la formación de capital humano en 1.103 municipios del país mediante un ingreso complementario condicionado al cumplimiento de la corresponsabilidad de las familias en la garantía de los derechos a la salud y educación de los niños. En el año 2020 hizo entrega de transferencias monetarias condicionadas a casi 2.6 millones de hogares, lo que beneficia a 3.650.105 NNA. 649.743 han recibido el incentivo de salud y 3.000.362 de educación.

64.En los últimos cinco años, el PFA ha realizado 2 rediseños para fortalecer procesos de cobertura poblacional y territorial, y garantizar que los criterios de selección favorezcan a la población más vulnerable. Los principales ajustes son: i) la entrada de niño(a)s nacidos después de la inscripción de las familias en el programa, permitiendo el acceso de nuevos integrantes de las familias beneficiarias; ii) inclusión de corregimientos departamentales dentro de la cobertura geográfica del programa clasificados como grupo 4 (municipios de mayor pobreza según el índice de pobreza multidimensional y con población indígena), quienes reciben incentivos diferenciados; iii) procesos de inscripción con las familias participantes de la Estrategia Unidos para garantizar ampliación de cobertura para las familias en pobreza extrema y vulnerabilidad; iv) ampliación de la cobertura “grado transición” a todos los municipios del país (excepto Bogotá), para las familias con niño(a)s entre 4 y 6 años accedan al incentivo.

65.La Estrategia Unidos realizó un piloto de acompañamiento familiar a hogares pobres en los departamentos de Córdoba y Nariño (2019). La caracterización de los 57.433 hogares UNIDOS y sus integrantes permitió identificar el estado de logros y las necesidades de 16.003 niños de primera infancia, 20.545 entre los 6 a 11 años, y 26.045 entre los 12 y 17 años, para quienes se gestionan atenciones de la oferta institucional a fin de superar su condición de vulnerabilidad. En 2019 se instaló el Comité de Expertos para la medición de la Pobreza en la Niñez, que se orienta al diseño y medición de la pobreza en la niñez y da observaciones para superarla.

66.Durante la pandemia por COVID-19, se implementaron programas para el efectivo acceso de lo fundamental para la supervivencia de las familias más vulnerables: Ingreso Solidario, transferencia mensual de recursos a 3 millones de hogares, búsqueda activa de hogares más vulnerables para acceder a ayudas; Compensación del IVA, transferencia monetaria no condicionada para mitigar impacto de impuesto IVA en hogares más vulnerables; Manos que alimentan, producción de alimentos para autoconsumo para familias rurales y comunidades étnicas; Pagos extraordinarios de Familias en acción. Con estas estrategias se llegó a 3.5 millones de NNA.

Niños privados de su entorno familiar

67.El ICBF orienta para el país el proceso de atención y las modalidades para asegurar el restablecimiento de derechos, Desde 2021, el “Lineamiento técnico del modelo para la atención de los niños, niñas y adolescentes, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos abierto a su favor”. busca que los niños, las niñas y los adolescentes permanezcan bajo la guarda de su propia familia, promoviendo la desinstitucionalización y la reintegración familiar.

68.Entre el 2015 y 2021, el ICBF ha dispuesto 120.608 cupos para programas de apoyo y fortalecimiento familiar para evitar situaciones de separación, en el marco del PARD. En ningún caso la condición económica de la familia podrá dar lugar a la separación de la misma.

69.Si procede el retiro del medio familiar, se cuenta con modalidades institucionales como el internado, y familiares de protección como el Hogar Sustituto. Esta modalidad se fortaleció con: i) selección de nuevos hogares, 108 fueron creados en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, ampliando la oferta en los departamentos fronterizos y ii) cualificación de 3.136 madres y padres sustitutos.

70.Del total de medidas de restablecimiento de derechos tomadas entre el 2015 y el 2021, el 74% de los NNA realizó su proceso de atención sin ser retirado de su familia y el 26% restante tuvo que ser ubicado en modalidades de fortalecimiento en medio distinto al familiar. En estos casos se busca que el proceso de atención se dirija al reintegro a la familia. Así, 25.083 NNA fueron reintegrados a sus familias en dicho periodo después de haber ingresado al PARD.

Adopción

71.Como medida definitiva y excepcional de restablecimiento de derechos, la adopción responde al principio del interés superior del niño, restableciendo su derecho a crecer en un entorno familiar que le asegure protección, afecto y estimulación. El ICBF es la entidad responsable de administrar en nombre del Estado el Programa de Adopción, y establece los lineamientos para el desarrollo del Programa a nivel nacional e internacional, acredita los organismos internacionales aprobados previamente en sus países de origen para prestar servicios de adopción internacional en Colombia y ejerce la inspección, vigilancia y control sobre las instituciones autorizadas.

72.Desde el 2013 hasta el 2021, se ha ordenado la suspensión de la recepción de nuevas solicitudes de adopción de familias con residencia habitual en el extranjero que deseen adoptar un niño sano de 0 a 6 años, o 2 hermanos donde el mayor tenga hasta 6 años, sin características o necesidades especiales. Desde el 2016, en los casos en que se realiza la asignación de una familia extranjera a un NNA colombiano, el Comité de adopciones del nivel regional o Institución Autorizada para Adopción debe certificar la “no existencia de familia colombiana en territorio nacional o en el exterior”, conforme lo establecido en el Lineamiento Técnico de Adopciones. Durante los últimos 5 años se han realizado 7.442 adopciones, de ellas el 54% (4.017) corresponden a las realizadas por nacionales colombianos.

73.En 2019 entró en operación el Asistente de Adopciones - ADA, que brinda facilidades de acceso a quienes pretenden constituirse como padres mediante la adopción. Este aplicativo permite a los solicitantes aplicar a su proceso en línea, diligenciar el formulario e incorporar sus documentos y agendar su primera cita virtual con el abogado. ADA se implementó en 12 regiones, a 31 de marzo 2021 se han registrado 2.286 peticiones de agendamiento de charla legal de adopciones (22 en 2019, 1.278 en 2020 y 986 en 2021) y 215 peticiones de trámite de adopción (2 de 2019, 141 de 2020 y 72 de 2021).

74.Sobre la Sentencia de la Corte Constitucional T-844 de 2011, se cumplió lo ordenado mediante la expedición del Protocolo para la Aplicación de las Medidas de PARD (2012), cuyas directrices fueron incorporadas en el Lineamiento Técnico Administrativo de Ruta de Actuaciones para el Restablecimiento de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados expedido en 2016.

G.Discapacidad, salud básica y bienestarArtículos 6, 18 (párr. 3), 23, 24, 26; 27 (párr. 1 a 3) y 33

Niños con discapacidad

75.Con la Ley 1878 de 2018, el ICBF, crea la “Modalidad para el Fortalecimiento de las Capacidades de las Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad y sus Familias” (2019) para la atención de la niñez con discapacidad entre los 6 y 17 años y sus familias. También acompaño el tránsito de 128 menores de 6 años, que estaban siendo atendidos en la modalidad Externado – Discapacidad, hacia las modalidades de Primera Infancia.

76.La Ley Estatutaria 1618 de 2013, establece disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad -PcD. La Consejería Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad es la instancia rectora del Sistema Nacional de Discapacidad que adopta por curso de vida, el enfoque diferencial de discapacidad en las distintas políticas públicas sectoriales.

77.La gestión intersectorial diferenciada para la niñez con discapacidad se realiza a través de una Comisión Intersectorial que precisa en su plan de acción actuaciones de política, técnicas y de gestión para el acceso con calidad y equidad a la oferta programática intersectorial de orden nacional y territorial.

78.El Decreto 1350 del 2018 establece medidas para la creación y funcionamiento de las organizaciones de PcD que las representan quienes deben garantizar su participación, entre ellos está el Instituto Colombiano para Ciegos - INCI y el Instituto Nacional para Sordos - INSOR.

79.Con 71 Consultorios Jurídicos inclusivos para PcD se realiza acompañamiento técnico a las Comisarías de Familia, para la atención inclusiva, eliminación de barreras físicas, actitudinales, de la comunicación y de la información de las PcD. 3.000 operadores de justicia han participado en el programa de formación en discapacidad desde enero de 2020 hasta el 30 de abril de 2021.

80.Se cuenta con el Sistema de Afiliación Transaccional que permite agilizar procesos, favorecer la portabilidad para la atención y consolidar la afiliación de los núcleos familiares con inclusión del Permiso Especial de Permanencia – PEP, como documento válido para la afiliación e incorporación de colombianos retornados de Venezuela y migrantes venezolanos con PEP y sus hijos en el régimen subsidiado. En los casos de mora o no pago, la atención en salud seguirá garantizándose a las gestantes y a los menores de un año. Para el caso de niñez bajo protección se agiliza el proceso de afiliación con el listado censal maestro del ICBF.

81.El Estado cubre la atención en salud a la niñez mediante la Unidad de Pago por Capitación - UPC basado en la autonomía médica y la intervención interdisciplinaria. En menores de 3 años con sordera prelocutiva o poslocutiva profunda bilateral, se incluye el implante coclear, sustitución parcial o total de la prótesis coclear y la rehabilitación posimplante. Se cuenta con: Protocolo clínico para el Diagnóstico, Tratamiento; Ruta de Atención Integral de Niños y Niñas con Trastornos del Espectro Autista; lineamientos para la prevención y abordaje inicial de la agitación psicomotora en menores y mayores de 18 años con discapacidad psicosocial o intelectual; entre otros.

82.A julio de 2020 el Registro de Caracterización y Localización de las PcD ha identificado por autorreconocimiento 166.154 menores de 18 años con discapacidad, de los cuales el 39,6% son mujeres. Con la Resolución 113 de 2020 se cualifica el registro solicitando certificado expedido por un prestador de servicios de salud, lo que permite la caracterización de alteraciones permanentes y temas como limitaciones en actividades, localización geográfica, acceso a servicios de salud, rehabilitación, entre otros. Entre noviembre de 2020 y 5 de marzo de 2021 han sido valoradas 6.453 personas, entre ellas 1.102 entre 0 y los 15 años. Las categorías de discapacidad más frecuentes son intelectual (79,03 %; n=871), psicosocial (49,18 %; n=542) y física (42,5%; n=469). El 64,9% presenta discapacidad múltiple (n=716) (ver tabla 10).

83.Los Defensores de Familia o del Ministerio Público tienen la competencia de solicitar cualquier medida judicial para favorecer la condición de la PcD mental; y un juez de familia designará un Defensor Personal. Se aplica la “Guía y protocolo de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia” y “Lineamiento Técnico para la atención de niños, niñas, adolescentes con discapacidad”.

84.El esquema de atención educativa integra procesos en educación formal de preescolar, básica y media, considerando aspectos básicos para su acceso, permanencia y oferta de calidad, en términos de currículo, planes de estudios, tiempos, contenidos, competencias, metodologías, desempeños, evaluación y promoción.

85.La niñez con discapacidad tiene acceso al diseño universal para el aprendizaje, valoración pedagógica y plan individual de ajustes razonables; planes y programas, con indicadores para la educación inclusiva que se realiza en conjunto con el INCI, INSOR y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES y asesoría a las organizaciones que las representen sobre la garantía del derecho, tanto para estudiantes en edad regular como para jóvenes en extraedad y adultos, en los diversos niveles educativos.

86.En lo pedagógico se dispone de orientaciones técnicas en relación con la oferta educativa: general, bilingüe y bicultural, hospitalaria-domiciliaria, reproducción de libros, textos y material para las PcD visual. Durante la pandemia por la COVID-19 se elaboraron orientaciones para la atención educativa de los NNA con discapacidad, capacidades o talentos excepcionales y trastornos del aprendizaje o del comportamiento. Se realiza fortalecimiento de competencias y habilidades a la comunidad educativa en aspectos socioemocionales para el desarrollo integral de la salud mental, prácticas pedagógicas de educadores, inclusión y equidad en la educación. A nivel familiar se avanzó en la consolidación de la Alianza Familia –Escuela así como en la creación de redes de apoyo, entre otros aspectos; se realizó acompañamiento al 100% de las entidades educativas certificadas para el proceso de contratación, vinculando docentes de apoyo pedagógico, profesionales de apoyo, tiflólogos, modelos lingüísticos, guías intérpretes e intérpretes.

87.Se incrementó la matrícula de estudiantes con discapacidad entre 2017 y 2020, pasando de 194.777 a 204.299. Los recursos por el 20% adicional del SGP, asignados para la población con discapacidad registrada en el Sistema Integrado de Matrícula, han tenido un aumento, pasando de $69.312.406.39 en 2017 a $85.515.268.233 en 2020. Se tienen 124 plantas temporales de docentes de apoyo pedagógico para acompañar a docentes de aula que atienden estudiantes con discapacidad en 7 entidades territoriales certificadas: Arauca (5), Cartagena (13), Nariño (32), Norte de Santander (15), Pereira (33), Putumayo (7) y Armenia (19).

88.En 2015 el PFA otorgó el incentivo de educación a las familias con niñez, con discapacidad, que cursen los grados de transición a undécimo, para estimular la asistencia escolar, aumentar los años de escolaridad y reducir la deserción. Se entrega un incentivo escolar, independientemente del número de niños del grupo familiar. De los 2.6 millones de hogares beneficiarios del PFA se han identificado 50.729 niños con discapacidad. En 2019, los hogares de 2.185 niños con discapacidad en Córdoba y Nariño recibieron acompañamiento para gestionar y movilizar oferta de atenciones para esta población.

Salud y servicios sanitarios

89.Colombia reconoce la salud como un derecho fundamental con prevalencia de derechos de la niñez. La Política de Atención Integral en Salud concreta la acción en Rutas Integrales de Atención en Salud, herramienta de obligatorio cumplimiento con adaptabilidad territorial (urbano, rural y rural disperso) y poblacional como curso de vida, pertenencia étnica, discapacidad. La Ruta para la Promoción y Mantenimiento de la Salud define intervenciones individuales por momento de curso de vida, colectivas (familias y colectivos) y poblacionales. La Ruta Integral de Atención en Salud Materno Perinatal indica las intervenciones individuales y colectivas desde la preconcepción, gestación, parto, puerperio y atención del recién nacido hasta los 7 días.

90.Cuando el derecho a la salud en la niñez es vulnerado o ante la presencia de barreras para el acceso, Defensores de Familia aplican las actuaciones administrativas previstas (solicitudes, derechos de petición, tutelas, recursos de reposición, quejas entre otros). En los últimos 7 años, se han implementado estrategias locales intersectoriales para acceder a los servicios de salud de manera oportuna y continúa, sin acudir a instancias judiciales.

91.Desde 2015 se cuenta con el “Sistema de vigilancia epidemiológica de la mortalidad materna basado en la web”, que permite recolectar información y analizar cada caso para establecer los factores determinantes en estas muertes para la toma de decisiones y orientación en el diseño de políticas públicas que favorezcan la equidad y la eliminación de barreras en los servicios. Es obligatorio notificar ante el Sistema nacional de vigilancia en salud pública toda muerte de mujeres ocurridas durante el embarazo, parto y primer año, incluyendo las muertes por causa incidental y las violentas.

92.Para el 2017 la Razón de mortalidad materna fue de 51 x 100.000 nacidos vivos. Observando una mayor velocidad de reducción en el periodo comprendido entre el 2000 y el 2005 con cambio anual promedio -CAP de -6.8 (IC0.95 -2.9 a -10.6) y a partir del 2011 hasta el 2014, que muestra una fase de aceleración de la reducción de la mortalidad con CAP significativo de -9.11 (IC 0.95 -2.1 a -15.6). En el 2020, la mortalidad materna aumentó un 38,5% con respecto al año 2019, debido a 3 factores: la influencia directa sobre la pandemia en tanto han aumentado los casos de mortalidad por COVID-19, neumonías y sepsis no obstétricas, responsables de aproximadamente el 41% de este exceso de mortalidad; el peso que tiene aún la mortalidad en población de migrantes venezolanas que han llegado al país en condición de irregularidad o que siendo regulares, aún no están afiliados al sistema de salud; y el efecto indirecto de la pandemia en la continuidad de los servicios de control prenatal de marzo a diciembre de 2020.

93.Ante la negligencia por parte del personal de salud, se prevé consecuencias administrativas a través de la acción de Reparación Directa; disciplinarias por faltas gravísimas, graves o leves, la Procuraduría General de la Nación –PGN podrá sancionar al profesional de salud con amonestaciones o con destitución, según sea el caso; penales por conductas típicas, antijurídicas y culpables sancionadas con una pena de acuerdo con el Código Penal; y, éticas en aplicación de la Ley 23 y Decreto 3380 de 1981 para el caso de médicos y para el caso de enfermería la Ley 911 de 2004.

94.Se han centrado acciones en planes locales de choque con desviaciones en los indicadores de mortalidad; restablecimiento de las acciones definidas en la Ruta Integral de Atención en salud Materno Perinatal; asistencia técnica a entidades territoriales y aseguradores de salud y apoyo a la gestión programática, en el aumento de coberturas de atención prenatal; entre otros. En pandemia se expidieron lineamientos para la atención de las gestantes, recién nacidos y mujeres en periodo de lactancia, dictando medidas para garantizar continuidad de las atenciones. Se han capacitado más de 1.000 funcionarios.

95.Los indicadores relacionados con la atención del parto se han mantenido durante el periodo. El 84% de nacidos vivos tuvieron 4 o más controles prenatales en 2019 comparado con 88% en 2014. Un 98 % de los partos son atendidos en institución y por personal calificado, aumentando a 54,2 % el número de gestantes con captación temprana en 2019 comparado con un 26 % en 2015. El 73,2% de las gestantes recibieron consejería en lactancia materna frente a un 33 % en 2015. El 61% de gestantes recibieron suministro de micronutrientes en 2019 comparado con un 45% en 2015. Mediante la valoración integral en salud de la niñez, se observan avances en su cobertura pasando de 42,3 % en 2015 a 70,8 % en 2019, en el mismo periodo; el tamizaje visual pasó de 9,3 % a 21,5 % y la remoción de la placa bacteriana pasó de 18,9 % a 37,3 %.

96.El país avanza en el tránsito a la garantía progresiva del derecho a la alimentación que permita el cierre de brechas, especialmente en la ruralidad. En 2020 se aprobó el Plan nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación, que permite el desarrollo de acciones intersectoriales coordinadas. Como resultado se tienen 61.593 hogares de comunidades con acceso a alimentos para el autoconsumo, mejora de condiciones de sus viviendas y emprendimiento de sus propios proyectos productivos.

97.La Gran Alianza por la Nutrición coordina los esfuerzos de las entidades de gobierno actores privados, entre otros, con el propósito común de erradicar progresivamente la malnutrición fortaleciendo estrategias e intervenciones de alto impacto para atender a las mujeres gestantes, y niño(a)s mediante la protección y promoción a la práctica de la lactancia materna, prevención del retraso del crecimiento, la desnutrición aguda y la anemia. Producto de la Alianza y en articulación con la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional –CISAN, se implementa el Plan de Trabajo Contra la Desnutrición Ni1+ priorizando 14 departamentos con las tasas más altas de mortalidad por o asociadas a desnutrición. En el primer año de implementación se logró disminuir en los territorios más afectados un 35,1% de la notificación de muertes de menores de 5 años al comparar el reporte de 2020, con el de 2019 según resultados preliminares.

98.En este marco, se definió el lineamiento técnico para el manejo integral de atención a la desnutrición aguda moderada y severa en niños de cero (0) a 59 meses de edad, se estableció la nueva Política Pública de Lactancia Materna y Alimentación Complementaria para la vigencia 2021-2030. Se formuló la Política Pública Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos en Colombia y recientemente con el apoyo del PMA, se lanzó la iniciativa Innovation for Nutrition (I4N), que se proyecta como la plataforma para impulsar estrategias novedosas y visionarias para promover activamente la lucha contra la malnutrición en Colombia, América Latina y el Caribe.

99.Se cuenta con la estrategia Salas amigas de la familia lactante del entorno laboral en entidades públicas territoriales y empresas privadas. Están en funcionamiento 13 Bancos de Leche Humana con 22 facilitadores responsables de los procesos de formación. También con las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para la población colombiana, madres en periodo de lactancia y menores de 2 años con adaptación territorial a diferentes regiones y a grupos étnicos; 33.963 agentes educativos han sido capacitados en la promoción de hábitos y estilos de vida saludables y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

100.Entre 2015 y 2021, 183.651 niñas y niños menores de 5 años con desnutrición aguda, riesgo de desnutrición aguda y mujeres gestantes con bajo peso han sido atendidos en la Estrategia de Atención y Prevención de la Desnutrición, con atención en centros de recuperación nutricional, y en programas como 1.000 días para cambiar el mundo y Unidades de Búsqueda Activa. En los últimos 5 años se han atendido 130.000 hogares rurales con programas con componentes de seguridad alimentaria.

101.Se vigilan las 3 causas más importantes de muertes en menores de 5 años por Infección Respiratoria Aguda, Enfermedad Diarreica Aguda y Mortalidad por desnutrición (2013), con el propósito de mantener el descenso sostenido de la tasa de mortalidad en este grupo de edad que Colombia ha logrado desde 1990. Desde el 2005 hasta el 2019, el descenso ha significado un 30% de reducción de este indicador. Uno de los factores determinantes está basado en el análisis de las barreras, que permitió generar un plan de mejoramiento, objeto de monitoreo constante por la autoridad sanitaria nacional.

102.La gestión sanitaria tiene énfasis en primera infancia para abordaje clínico en sus condiciones prevalentes; estrategias para favorecer la atención en salud en zonas dispersas y rurales – equipos extramurales, capacitaciones de agentes comunitarios, gestión para implementación de Unidades de Atención Integral Comunitarias (UIAC) y salas de Enfermedad Respiratoria Aguda – ERA (714 salas ERA con adecuaciones socioculturales en 22 entidades territoriales). Ello, especialmente en zonas rurales y territorios priorizados del posconflicto; publicación de Guías de Práctica Clínica: alteraciones crecimiento y desarrollo en menores de 10 años, defectos refractivos y ambliopía en menores de 18 años; prevención de conducta suicida y gestión para dotación e insumos de prestadores de salud públicos en zonas rurales y dispersas.

103.Como principales avances en la protección de enfermedades inmunoprevenibles en la niñez: el PAI de Colombia consta de 21 vacunas que protegen contra 26 enfermedades; seguimiento nominal de las coberturas útiles de vacunación para edad; optima red de frío rural (refrigeradores solares) y urbana, estrategia sin barreras para la población venezolana (aplicación de 2.502.242 biológicos); vacunación sin barreras durante la pandemia por la COVID-19. Se ha mantenido el estatus como país libre del sarampión, rubeola y síndrome de rubeola congénita y de erradicación de la polio 2019. Además, Colombia fue el país ganador de la distinción M&RI Champion Award, ‘Iniciativa contra el Sarampión y la Rubeola’, en Naciones Unidas en 2019. Hay una inversión concentrada en la compra y distribución de los biológicos (más del 90 %), así como desarrollo de estrategias de información, investigación y equipo técnico para la gestión.

104.En 2020, vinculado al aislamiento por la pandemia, se presenta una disminución de la mortalidad infantil asociada a infección respiratoria aguda de acuerdo con el histórico de la semana epidemiológica 45-48 (33 % en relación con 2018); desnutrición (35 % comparado con el año 2019) y enfermedad diarreica aguda. Antes de la pandemia, los indicadores trazadores de primera infancia han mostrado una tendencia a disminuir, manteniendo brechas territoriales: mayor en rural disperso (a excepción del bajo peso al nacer); mayor en población indígena; mayor en población del régimen subsidiado.

Salud mental

105.Las Políticas de Salud Mental (2018) y el CONPES de Salud Mental (2020) definen por curso de vida acciones promocionales, en este marco se avanzó en: aprobación en la Subcomisión de Salud de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos Indígenas de los lineamientos para el cuidado de las armonías espirituales y del pensamiento de pueblos y comunidades indígenas; capacitación de operadores del ICBF en primeros auxilios en salud mental y abordaje inicial de niñez y sus familias con posibles síntomas de problemas o trastornos mentales; funcionamiento de la línea nacional de apoyo en salud mental con más de 17.457 atenciones entre abril de 2020 y marzo de 2021, de ese total 1.928 personas eran NNA; fortalecimiento de telemedicina como modalidad para atención en salud mental; formación continua a 1.600 profesionales de la salud en la Guía de Intervención del programa de acción para superar las brechas en salud mental. El uso intercultural de esta guía con pueblos indígenas tuvo un primer ajuste con el pueblo indígena Awá del departamento de Nariño.

106.Colombia reconoce las causas fundamentales del suicidio y de otros problemas de salud mental en la niñez a través de la Encuesta Nacional de Salud Mental. Actualmente, está en validación la Estrategia Nacional de prevención de la conductiva suicida que busca generar condiciones para la transformación de los factores de riesgo asociados. En 2020 han desarrollado capacidades para la gestión de emociones y habilidades sociales cerca de 700 mil niños y adolescentes, y, docentes, orientadores, personal administrativo y de apoyo, así como cuidadores primarios de 300 Instituciones Educativas del 50 % Secretaria de Educación certificadas.

107.Frente a la ampliación de la oferta para atención en salud mental y consumo de sustancias psicoactivas de la niñez, con corte de febrero 2021, se dispone de servicios de medicina general y enfermería en todo el territorio nacional, profesionales que de manera progresiva se capacitan en la estrategia MhGAP. Frente a servicios especializados se cuenta con 12.215 servicios ambulatorios y 700 servicios residenciales y hospitalarios, los cuales se concentran en Bogotá, Antioquia, Atlántico y Valle del Cauca. La respuesta en áreas rurales y rurales dispersas se realiza con estrategias de redes integradas de atención en salud y telemedicina; el 77% de territorios tienen líneas de teleorientación en salud mental. En cuanto a la atención de la niñez con trastornos mentales y por consumo de sustancias psicoactivas, se identifica aumento progresivo entre 2015 y 2019 pasando de 308.144 en 2015 a 594.961 en 2019 y para el 2020 (registro preliminar) se identifican 353.674 niños atendidos los cuales en promedio reciben entre 4 y 7 atenciones al año.

108.En respuesta al aislamiento preventivo establecido por el Gobierno Nacional ante la emergencia sanitaria por COVID-19, el ICBF diseñó la estrategia de atención Mis Manos Te Enseñan para garantizar de manera ininterrumpida el derecho a la educación inicial bajo un esquema de atención remota. Esta estrategia incluye un acompañamiento psicosocial priorizado a través de llamadas telefónicas u otros medios de comunicación comunitarios y alternativos, para hacer frente a los cambios en los comportamientos, pensamientos y emociones que pueden desencadenar posibles afectaciones en la salud mental por el aislamiento preventivo y brinda herramientas a las familias como primera ayuda psicológica frente a las dinámicas que se relacionan con lo emocional, económico social y otras situaciones que se presentaron en la pandemia como contagios o fallecimientos.

Salud de los adolescentes

109.En la segunda evaluación de PFA (2006) se observó una sistemática reducción de las tasas de natalidad en los municipios de tratamiento. Se identificó un impacto significativo y positivo en la reducción del embarazo adolescente en los grandes centros urbanos. Por lo anterior, se diseñó un piloto en zonas rurales con jóvenes entre 15 y 18 años; entre el 2014 y el 2016 en el Marco de la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en la Adolescencia se implementó el piloto de promoción de los derechos sexuales y reproductivos y prevención del embarazo en adolescentes para promover la salud sexual y reproductiva, la toma de decisiones informadas y responsables y la prevención de embarazos no planeados en adolescentes de 14 a 17 años de edad, mediante acciones enmarcadas en los componentes de transferencias monetarias condicionadas y de bienestar comunitario del PFA.

110.Colombia entrega transferencias monetarias condicionadas, por valor de $30.000 a los adolescentes por su asistencia a Servicios de salud amigables para la adolescencia y la juventud; participación en Generaciones y Familias con Bienestar, esta modalidad se implementó en 5 departamentos y entregó transferencias por $95.870.000 a 533 adolescentes beneficiarios. Como resultado, se incrementó la asistencia a servicios de salud en 51% del total programado. Se implementó la Estrategia de Innovación Social desarrollada en 3 departamentos, con una inversión por $310.219.740, logrando conformar cinco semilleros de participación social con 1.444 adolescentes con quienes se promovieron acciones de edu-entretenimiento y orientación en comunicación interpersonal como herramientas de protección y promoción de derechos entre pares.

111.La tasa de fecundidad adolescente en el grupo de mujeres de 15 a 19 años se redujo entre 2015 y 2019, pasó de 63,95 a 57,95 nacimientos por cada 1000 mujeres de 15 a 19 años. Esto representa un descenso de más de 17.000 nacimientos en mujeres adolescentes entre el 2015 y 2019. Se realiza el monitoreo local al comportamiento de la fecundidad adolescente que asocia el indicador al acceso a servicios de anticoncepción y planificación familiar. El seguimiento de nacimiento en niñas menores de 14 años para favorecer el acceso a servicios de salud a víctimas de violencia sexual y a la interrupción voluntaria del embarazo en la causal violencia sexual.

112.Para reducir el aborto inseguro y promover el derecho a la autodeterminación reproductiva de niñas y adolescentes se han fortalecido las capacidades de: a) las autoridades políticas y sanitarias, abordando los aspectos médicos, psicológicos y técnicos, con especial énfasis en la atención para niñas y adolescentes, e interrupción voluntaria del embarazo en el primer nivel de atención, en los términos de la sentencia C-355; b) las Defensorías de Familia en relación con el Lineamiento Técnico para la atención a NNA con derechos amenazados o vulnerados víctimas de violencia sexual, la Ruta para el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho de las víctimas de violencia sexual y la identificación de las barreras que impiden su garantía.

113.El Estado ha desarrollado capacidades en la implementación de la Política de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos.; y a través de proyectos dirigidos a fortalecer los servicios de salud sexual y reproductiva, ha promovido la participación y vinculación de los grupos, organizaciones y redes de la sociedad civil en el mejoramiento en la calidad de la prestación de los servicios de salud.

VIH/SIDA

114.En 2019, el 42 % de gestantes con sífilis gestacional contaron con tratamiento terminado frente al 4,3 % en 2015. Se presentaron incrementos progresivos en la proporción de gestantes con tamizaje para VIH, sífilis y Hepatitis B (77 %; 80 % y 65 %, respectivamente en 2019 comparados con 35 %, 40 % y 30 % en 2015).

115.Colombia está en vía de eliminación de la trasmisión materno infantil (TMI): pasó del 2 % en 2015 al 1,7 % en 2018, es decir, 14 niños infectados de 820 nacimientos nacidos vivos expuestos al VIH. Lo anterior, resultado de la cobertura universal y gratuita, en la cual se incluyen: 5 intervenciones en aspectos claves.

Uso indebido de drogas y sustancias psicotrópicas

116.Familias Fuertes es un programa con 40.219 familias y 140.767 personas de 30 departamentos y 229 municipios que cuentan con capacidades de comunicación y de relacionamiento familiar, sustentadas en evidencia local, a fin de fortalecer los factores protectores para prevenir el consumo de sustancias psicoactivas.

117.Desde 2016 se adelanta el Programa de seguimiento judicial al tratamiento de drogas en el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente, basado en Tribunales de Tratamiento de Drogas. Actualmente, se implementa en 10 ciudades de Colombia y combina componentes jurídicos, sanitarios, de inclusión social y de justicia restaurativa, con el fin de dar respuestas integrales que permitan incidir sobre la reducción del consumo y la reincidencia del delito. En el 2017, el Observatorio de Drogas de Colombia realizó el Estudio Nacional de Consumo de Sustancias Psicoactivas en Adolescentes en Conflicto con la Ley que además de dar cuenta de la situación del consumo de drogas en esta población, arrojó estimaciones sobre la relación entre el uso de drogas y las conductas delictivas, reconociendo los efectos de las intervenciones realizadas con esta población.

118.Para ordenar la respuesta intersectorial en la prevención y atención del consumo de sustancias psicoactivas en la niñez, se expidió en 2018 la Política integral para enfrentar el Problema de las Drogas “Ruta Futuro” y en 2019 la política integral para la prevención y atención del consumo de sustancias psicoactivas la cual desarrolla para la primera infancia, infancia y adolescencia y en los entornos de desarrollo (hogar, educativo, comunitario, institucional y laboral), acciones basadas en la evidencia para el fortalecimiento de factores protectores, y de prevención frente al consumo de sustancias psicoactivas.

119.Colombia con inversión intersectorial superiores a 1 billón de pesos gestiona la meta de aumentar la edad de inicio donde se identifica que el 50% de los adolescentes ha consumido tabaco y alcohol a los 13 años y el resto de las sustancias a los 14 años.

120.Durante la pandemia por COVID-19, 35 municipios de áreas rurales dispersas formularon 35 proyectos de prevención del consumo de sustancias psicoactivas; en los 32 departamentos se implementan dispositivos comunitarios tales como las Zonas de Orientación Escolar (ZOE), Centros de Escucha (CE) y Zonas de Orientación Universitaria (ZOU). Además, hace 3 años se realiza vigilancia y control sanitario para garantizar la prestación de servicios de salud dirigidos a las personas que consumen sustancias psicoactivas.

Salud ambiental

121.El Estado ha incrementado la cobertura local del servicio de acueducto y la mejora en el indicador de la calidad del agua suministrada en zonas urbanas y rurales del país con Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento – PDA; implementación del programa cultura del agua y programa de conexiones intradomiciliarias de acueducto y alcantarillado; entre otros. Desde el año 2017 se aplica la guía que incorpora los criterios y actividades mínimas de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano.

122.El Estado realiza gestión territorial de la promoción de la salud y prevención de riesgos, en cumplimiento del marco normativo que establece límites de exposición distancia y procedimiento de cálculo por la exposición a los campos electromagnéticos generados por las antenas de telecomunicaciones.

H.Educación, esparcimiento y actividades culturalesArtículos 28 a 31

Desarrollo del niño en la primera infancia

123.Se ha sostenido durante los últimos 10 años, la dinámica de trabajo intersectorial en el marco de la Comisión Intersectorial para la Atención de la Primera Infancia - CIPI, la cual se ratifica mediante la Ley 1804 de 2016. Desde su creación hasta la fecha de corte de este informe se han realizado 101 sesiones de la CIPI, en las cuales los sectores comprometidos con el desarrollo integral de la primera infancia han orientado y tomado las decisiones pertinentes para avanzar en la implementación de la política que tiene un carácter universal para la población en primera infancia.

124.En materia de educación inicial en el marco de la atención integral a primera infancia, hubo significativos avances como: desarrollo de Bases Curriculares para Educación Inicial y Preescolar y el Modelo de Acompañamiento Situado; consolidación línea técnica y operativa territorial para procurar la continuidad de la trayectoria educativa que garantiza que los niños ingresen efectivamente al primer grado de la educación obligatoria (transición) a sus 5 años, entre otros. Además, se presenta una cobertura creciente de las modalidades de educación inicial en el marco de la atención integral, pasando de 1.1 millones de niños atendidos en 2015 a 1.5 millones en 2020, incluyendo las modalidades de educación inicial que abarcan el nivel preescolar de educación formal y una modalidad específica para la atención de niñas que conviven con sus madres en la cárcel y otra para niñas y niños de comunidades indígenas, NARP y Rrom. Para el 74% de esta población en 2020 se cumplió con 6 o más atenciones priorizadas de la Ruta Integral de Atenciones.

125.Las anteriores modalidades acogen a víctimas de la violencia por conflicto armado, a niños en condiciones de discapacidad u otras condiciones particulares de salud y a población migrante. Se ha avanzado con el rediseño de los servicios para la atención en la ruralidad y ruralidad dispersa.

126.Se hace seguimiento nominal a 2.9 millones de niños y niñas, lo cual representa el 75 % de niños en primera infancia estimados en el censo nacional de población de 2018 a 2021, a través del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia - SSDIPI. De 2015 a 2020 se produjeron cuatro catálogos de colecciones con contenido especializado para primera infancia, se consolidaron los portales Maguaré y MaguaRed con contenidos especializados para niños y para agentes educativos sobre literatura, música y contenidos artísticos de alta calidad para la primera infancia que incluyen contenidos en lenguas propias de las comunidades indígenas, NARP y Rrom.

Educación, incluidas la formación y la orientación profesionales

127.En la educación media, a 2021, 300 mil estudiantes en conjunto entre el MinEducación y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), han sido beneficiados con doble titulación en programas pertinentes para cada región, profundizando en competencias acordes con las necesidades y el interés de los jóvenes. 1.279 adolescentes y jóvenes de media han sido acompañados y 413 docentes formados en 23 municipios en el marco del Programa Nacional de Orientación Socio-Ocupacional para el fortalecimiento del proyecto de vida y toma de decisiones de carrera en los jóvenes. Se adelantan procesos de innovación de la Educación Media Rural, en municipios priorizados para el proceso de posconflicto, fortaleciendo proyectos pedagógicos de desarrollo sostenible en la media técnica agropecuaria, reconociendo el entorno productivo regional.

128.En respuesta, la Ley 1955 de 2019 creó la Estrategia Sacúdete, con la cual se contribuye al cierre de brechas a través de la focalización del desarrollo y el impulso de la productividad en sectores estratégicos para favorecer la promoción de la equidad en adolescentes y jóvenes. La implementación de la metodología Sacúdete es una apuesta estratégica y relevante para contribuir a mitigar los efectos y la presión social que genera en las y los adolescentes y jóvenes con dificultades de acceso al mercado laboral y productivo, la generación de ingresos mediante el empleo, la educación y el emprendimiento.

129.Colombia ha priorizado el fortalecimiento de la educación de calidad, como una de las principales herramientas de política social en los dos Planes Nacionales de Desarrollo – PND que corresponden al periodo de ejecución del presente informe. En el PND 2014 -2018, la educación fue el pilar a través del cual se apoyó la reducción de las desigualdades y la generación de mejores oportunidades para los colombianos. El PND 2018-2022 se incluyó un capítulo prioritario denominado: “Educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos”, reconociendo la educación como un elemento constitutivo del desarrollo humano, social y económico. Se ha incrementado la inversión destinada a educación, pasando de tener un presupuesto de $20,8 billones en 2010 a $38 billones en 2018 y $47 billones en 2021, logrando así duplicar la inversión del sector en los últimos 10 años y ubicándolo como el sector de mayor presupuesto.

130.En materia de calidad educativa, 1.27 millones de NNA (17% del total de la matrícula) se benefician del programa de Jornada Única, que, para promover el desarrollo integral desde un enfoque de atención integral, contribuye al cierre de brechas y la transformación significativa de la experiencia escolar, a partir del uso del tiempo y el desarrollo de ambientes de aprendizaje, mediante su acercamiento a las artes y la cultura, la recreación, los deportes, la innovación y la tecnología.

131.Desde la línea estratégica “Maestros que inspiran y transforman”, se brindan oportunidades para desarrollo profesional y se impulsan proyectos para que: 8.000 docentes cursen programas de formación posgradual; 10.000 directivos docentes se formen en liderazgo en el marco de la escuela de liderazgo; 129 Escuelas Normales Superiores desarrollen las competencias que los futuros docentes requieren para una práctica pedagógica innovadora; 9.000 docentes desarrollen programas de formación en servicio para fortalecer prácticas pedagógicas entorno a la educación inclusiva e intercultural, al bilingüismo, a la lectura y escritura.

132.En línea con la apuesta estratégica para el mejoramiento de la calidad educativa, se implementa desde 2012 el Programa Todos a Aprender, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de las prácticas pedagógicas de los docentes de educación inicial y básica primaria para mejorar los aprendizajes de la niñez, particularmente en las áreas de lenguaje y matemáticas. Se ha logrado que más de 90 mil docentes transformen sus prácticas pedagógicas (de estos, 11 mil de educación inicial y 3 mil afrodescendientes). El Programa tiene ejecución en cerca de 900 municipios, llegando a 15 mil sedes educativas, 74% de las cuales están ubicadas en zonas rurales, priorizando lugares de difícil acceso y beneficiando a cerca de 2 millones de NNA. En los últimos 3 años se han entregado 10 millones de textos a los establecimientos educativos focalizados por los programas Todos a Aprender, Jornada Única, Plan Nacional de Lectura y Escritura y Colombia Bilingüe.

133.En las líneas de acción priorizadas, se resalta la relacionada con los entornos escolares para la vida, la convivencia y la ciudadanía, la cual contribuye corresponsablemente con las familias y la sociedad al desarrollo socioemocional de la niñez, al ejercicio de sus derechos y a la construcción de una ciudadanía ética, democrática e inclusiva. Se ha fortalecido la enseñanza de Historia, Ética, Cívica y Ciudadanía para contribuir a la formación de una identidad nacional que reconozca la diversidad cultural, la memoria histórica, la reconciliación y la paz. Cada año se presta asistencia técnica a las 96 secretarías de educación para la promoción de derechos humanos sexuales y reproductivos; y se desarrolla la Semana Andina de Prevención de Embarazo Adolescente. Se avanza en la construcción de orientaciones técnicas, administrativas y pedagógicas para la atención educativa a estudiantes en condición de enfermedad, que incluye a adolescentes con embarazo de alto riesgo, que se les debe garantizar el acceso y la permanencia.

134.Se expidió el Decreto 1421 de 2017 por el cual se reglamenta, en el marco de la educación inclusiva, la atención educativa a la población con discapacidad, con la finalidad de regular y establecer la ruta, el esquema y las condiciones para la atención educativa de esta población en los niveles de preescolar, básica y media.

135.Se adelanta el proceso de Consulta Previa del Documento de Norma del Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP), en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI), el cual contempla 3 componentes: pedagógico, político-organizativo, y administrativo y de gestión. En 2015 en la Mesa Permanente de Concertación Nacional-MPC se acordaron 3 fases de la ruta metodológica.

136.Se adelanta la Consulta Previa del Estatuto de Profesionalización para etnoeducadores de comunidades NARP. Al respecto, se vienen desarrollando las acciones en la ejecución de la ruta de consulta previa que se definió a partir de lo dispuesto por la Sentencia C-666 de 2016, proferida por la Corte Constitucional. Desde 2018, el MinEducación ha garantizado los recursos técnicos y financieros necesarios para el cumplimiento de la ruta, que han permitido generar acuerdos entre las partes.

137.Dentro de las principales acciones con pertinencia étnica y cultural para las comunidades NARP se encuentran los procesos de formación a docentes etnoeducadores, el posicionamiento de la cátedra de estudios afrocolombianos con las Entidades Territoriales Certificadas -ETC y el diseño e implementación de los Proyectos Educativos Comunitarios -PEC. Se ha fomentado el plurilingüismo y las lenguas nativas, criollas y raizales, para lo cual, se socializó y retroalimentó la propuesta del Plan Decenal de Lenguas Nativas 2020-2030.

138.Se cuenta con el Programa de Alimentación Escolar – PAE como una de las principales estrategias del sector educativo que contribuye al acceso y permanencia escolar de la niñez y juventud en edad escolar que está registrada en la matrícula oficial. El Programa potencia sus efectos sobre el desarrollo, la permanencia escolar y los aprendizajes. Se atendieron en 2018 a 5.3 millones de NNA y tuvo un 45% de incremento presupuestal en 2019 frente al año anterior, llegando a una inversión de $1,075 billones; a la fecha ha beneficiado a cerca de 6 millones de niños. También, se creó y puso en funcionamiento la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender.

139.Para garantizar ambientes de aprendizaje seguros y adecuados se avanza en: el fortalecimiento del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE). A la fecha, se ejecutan 541 proyectos que comprometen cerca de 13 mil aulas básicas nuevas y mejoradas; y el mejoramiento de infraestructura educativa rural por valor de $170 mil millones. 557 proyectos fueron priorizados para desarrollar en el periodo 2019-2020; y se resalta la gestión con el sector privado de inversiones por más de $100 mil millones, mediante el mecanismo de Obras por impuestos, lo que ha permitido brindar nuevos y mejores espacios para el aprendizaje en instituciones educativas ubicadas en zonas afectadas por la pobreza y el conflicto.

140.Se dio prioridad a la definición de una Política Integral de Educación Rural, con el fin de fomentar el desarrollo regional, reducir brechas y mejorar el acceso y la calidad de la Educación Inicial, Preescolar, Básica y Media en las zonas más apartadas del país. Como parte de esta política se ha construido el Plan Especial de Educación Rural-PEER, que busca contribuir a la atención integral a la niñez, garantizar la cobertura, la calidad y la pertinencia de la educación y erradicar el analfabetismo en las áreas rurales. El Plan obedece a los compromisos del Estado con la recuperación del sector rural y al cumplimiento de lo establecido en el punto 1 sobre Reforma Rural Integral del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una Paz estable y duradera -Acuerdo de Paz, que tiene en cuenta las definiciones del Plan Marco de Implementación -PMI.

141.Se realizó un análisis de los modelos educativos fundamentados en la pedagogía activa, con énfasis en Escuela Nueva, y se avanzó en la cualificación de estrategias de educación, mediante estructuración de mallas curriculares actualizadas y definición de esquema de gestión para dichas estrategias en los territorios.

142.En los últimos 10 años, se ha expedido 3 protocolos para la atención inmediata de educadores estatales en situación de amenaza. Esto surgió de un proceso de análisis, evaluación y construcción de políticas públicas adecuadas y pertinentes, con el acompañamiento y participación decisiva de los sindicatos representativos del magisterio.

143.Se implementa el Decreto 1075 de 2015 que establece los criterios y el procedimiento para los traslados por razones de seguridad de los educadores oficiales, de tal manera que se protejan los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad, al igual que su derecho al trabajo. La Unidad Nacional de Protección – UNP, organismo de seguridad del orden nacional, apoya esta implementación desarrollando estrategias para el análisis y evaluación de los riesgos, amenazas y vulnerabilidades, e implementando medidas de protección individuales y/o colectivas de las poblaciones objeto, incluyendo los educadores estatales, con enfoque diferencial (territorial, étnico y de género).

144.De común acuerdo con los sindicatos representativos del magisterio colombiano, se creó el comité nacional de seguimiento de traslados a educadores por razones de seguridad personal. De igual forma, se establecieron orientaciones para articular, con las ETC y otros órganos del Estado, acciones que brinden garantías para la vida y el ejercicio de la profesión docente mediante dicho Comité.

145.La Educación en Emergencias y la Gestión integral del Riesgo Escolar hacen parte de las estrategias de permanencia definidas con las ETC para garantizar el derecho a la educación de la niñez en situaciones de emergencia o desastres. En este contexto, se impartió lineamientos a las Secretarías de Educación, definió las responsabilidades y las acciones de actores del sector educativo durante las etapas de las emergencias originadas por factores ambientales o por efectos del conflicto armado interno (prevención, gestión del riesgo, crisis y post -emergencia). Ello, invitando a implementar Planes de Acción para Emergencias y Contingencias (PAEC) y a los Establecimientos educativos a hacer lo propio con los Planes Escolares de Gestión de Riesgo de Desastres (PEGRD).

146.En el caso de las emergencias derivadas del conflicto armado, se hace seguimiento a: las recomendaciones de la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas y mantiene escenarios de coordinación y articulación con Descontamina Colombia para casos de accidentes e incidentes por minas antipersonal, munición sin explosionar y trampas explosivas; casos o riesgo de reclutamiento y utilización de NNA con la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento, el uso, la utilización y la violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes por Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos Delictivos Organizados (GDO) – CIPRUNNA; y casos de uso militar de establecimientos educativos con el MinDefensa.

147.En 2020 se lanzó la estrategia Alianza Familia – Escuela para el desarrollo integral de NNA, en favor de su acceso y permanencia en el sistema educativo, bienestar y la consolidación de sus proyectos de vida. Esta estrategia se formuló en sintonía con la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia “De Cero a Siempre”, la Política Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias y con todo el marco normativo que convoca a la familia y a la escuela a unir esfuerzos por el desarrollo integral de NNA. Así mismo, en la Ley 2025 de 2020, se establecen lineamientos para la implementación de las escuelas para padres y madres de familia y cuidadores en las instituciones de educación preescolar, básica y media del país, la cual, constituye una de las muchas herramientas a través de las cuales se desarrolla la Alianza Familia- Escuela.

I.Medidas especiales de protecciónArtículos 22, 30, 32, 33, 35, 36, 37 (Literal b) a d)), 38 a 40

Niños desplazados

148.Se avanzó en la cualificación de la Política Pública de Víctimas desde el enfoque de niñez y adolescencia, a partir de un acuerdo de gestión para la atención especializada de víctimas del conflicto que complementa el reto de la atención integral propuesto por la Política de Estado de Primera Infancia y la Política Nacional de Infancia y Adolescencia. Se definieron 15 atenciones especializadas para la niñez víctima del conflicto, en 4 componentes: prevención y protección; atención y asistencia; reparación integral; y verdad y justicia.

149.Entre 2015 y 2020, desde la estrategia de Unidades Móviles del ICBF se ha realizado acompañamiento psicosocial a 628.563 NNA a lo largo del territorio nacional, en 32 departamentos, cerca del 50 % son niñas. Para la prevención del trabajo infantil, el abandono escolar y la violencia de riesgos específicos y promoción de derechos en niñas desplazadas, en este periodo se vincularon a la oferta un total de 209.513 NNA que fueron desplazados y/o víctimas del conflicto armado. De este total, aproximadamente, el 52 % son niñas y adolescentes mujeres.

150.Se implementa la estrategia Equipos Móviles de Protección Integral - EMPI, con el objetivo de desarrollar acciones coordinadas que promuevan el restablecimiento de los derechos de la niñez en situación de trabajo infantil. En 2020, se contó con 44 EMPI en todo el país con 168.436 usuarios y sus familias, de 96 municipios y 31 municipios PDET.

151.En los programas de promoción de derechos y prevención de riesgos del ICBF, en los que se abordan las problemáticas de trabajo infantil, abandono escolar y violencias, se atendieron a 14.588 niñas y adolescentes mujeres víctimas del conflicto armado. Estos programas se ajustan metodológicamente, de acuerdo con las dinámicas y contextos de los territorios para velar por la prevención de las diferentes vulneraciones y riesgos a los que se enfrentan.

152.De conformidad con el Decreto 1067 de 2015, se implementa el procedimiento de reconocimiento para la condición de refugiado. En el caso de las solicitudes presentadas por NNA, los padres o quienes ejerzan la patria potestad adelantan las gestiones pertinentes. En caso de que el NNA esté separado o no acompañado, quien asume la representación durante el trámite es el ICBF. Entre el 2020 al 22 de junio de 2021, fueron radicadas 678 solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado por parte de NNA para quienes se solicitó al ICBF asumir su representación.

Niños pertenecientes a grupos étnicos

153.Durante el periodo 2015-2020, se ha beneficiado a más de 160 mil familias étnicas del país, a través de la modalidad Territorios Étnicos con Bienestar del ICBF. Así se realiza un proceso de fortalecimiento cultural y socio-organizativo, con el fin de contribuir a la pervivencia, el desarrollo autónomo y la inclusión social de familias y comunidades pertenecientes a grupos étnicos. Las comunidades beneficiarias pueden abordar temas como la prevención de vulneración de derechos, entre ellos, las violencias, la prevención del reclutamiento, la pérdida de las tradiciones, entre otros.

154.Entre el 2016-2021 el ICBF con la Modalidad de atención a la primera infancia Propia e Intercultural ha destinado $ 930.523.659.644 para la atención de mujeres gestantes, niño(a)s en primera infancia de comunidades étnicas en zonas rurales y dispersas.

155.Para la atención en salud de comunidades indígenas, se hace acompañamiento técnico y financiero a: la formulación y validación de la Ruta Integral de Atención en Salud - RIA con 13 comunidades étnicas, incorporando acciones para prevenir violencias de género, conflicto armado y otras violencias interpersonales; en la construcción del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural - SISPI con pueblos y comunidades indígenas y la Subcomisión de Salud de la Mesa Permanente de Concertación de Pueblos indígenas; el Plan de Cuidado para la Vida Colectiva de los pueblos indígenas y de lineamientos IRA-EDA para comunidades indígenas; y en el lineamiento de prevención y atención de violencias con la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas - CNMI.

156.El ICBF diseñó una “Ruta comunitaria para la prevención y atención integral contra la violencia sexual en niños, niñas, adolescentes, mujeres, familias del pueblo Kamentsá” articulado con el Plan de vida, Plan Salvaguarda, y con el Manual de justicia propia. Junto con la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, se realizó la caracterización y se construyó la misma ruta para el pueblo Maiben Masiware en favor de indígenas de San José de Ariporo, Resguardo Caño Mochuelo, en el departamento de Casanare.

157.Se indaga sobre hechos de violencia y afectaciones que estén relacionadas con los derechos de la niñez, en el marco del proceso de restitución de derechos territoriales étnicos establecido en los Decretos Ley 4633 y 4635 de 2011, para la caracterización de afectaciones territoriales sufridas por las colectividades étnicas en el contexto del conflicto armado interno, mediante fuente primaria (comunidad) y secundaria (institucional). Esto, para identificar las pretensiones dirigidas al Juez competente que conduzcan a la reivindicación y reconocimiento de sus derechos territoriales y atención diferenciada.

158.Respecto a la función de seguimiento al plan de acción de la Estrategia para el Abordaje Integral de las Violencias de Género en Pueblos Indígenas – EVSGPI (2017-2018), se desarrolló un lineamiento técnico administrativo y de operación sobre violencia sexual y de género, para emprender acciones para el reconocimiento, detección y atención de casos de violencia sexual que se presentan al interior de las comunidades y la activación de rutas de atención.

159.Se realizó un acompañamiento a 2 cabildos indígenas de los departamentos de Vaupés y Amazonas, en el que se identificaron desafíos para la atención a víctimas y se formularon rutas comunitarias para prevenir las violencias. Se desarrollaron orientaciones para el abordaje integral de las violencias basadas en género en esta población, a partir de la sistematización de las experiencias del acompañamiento a 8 cabildos indígenas en los departamentos de Córdoba, Putumayo, Cauca, Guainía, Vaupés y Amazonas.

160.Mediante la estrategia Unidades Móviles, el ICBF hace presencia en municipios priorizados en los 32 departamentos para la atención de población víctima de desplazamiento forzado, o en situación de emergencia, para contribuir a la garantía y restitución de los derechos y la reparación integral de NNA, mujeres gestantes, madres lactantes, familias indígenas, familias NARP, y Rrom.

Explotación económica, incluido el trabajo infantil

161.En Colombia, los adolescentes tienen derecho al trabajo protegido a partir de los 15 años, cuentan con el derecho a la protección y a la formación integral, así como el derecho a las protecciones laborales establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que lo complementen. Excepcionalmente, los menores de 15 años podrán recibir autorización de la Inspección de Trabajo, o en su defecto del Ente Territorial Local, para desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo. La autorización establecerá el número de horas máximas y prescribirá las condiciones en que esta actividad debe llevarse a cabo. En ningún caso el permiso excederá las 14 horas semanales.

162.Con la Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil y Proteger al Joven Trabajador 2008-2015 (ENETI), se estableció el protocolo de identificación para atender y focalizar las acciones institucionales desde sus causas. La misma, dispone que los Consejos de Política Social – CPS departamentales, distritales y municipales, que deben ser parte de los Comités de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil que operan en el nivel local, para dar a la prevención y erradicación un marco integral, intersectorial e interinstitucional de acción. Estas fueron las bases para la actual Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2017-2027.

163.Para el 2015-2016, la Tasa de Trabajo Infantil se redujo al pasar del 13 % en 2011 a 9,1 % en 2015. Se cuenta con el Sistema de Información Integrado para la Identificación, Registro y Caracterización del Trabajo Infantil y sus Peores Formas (SIRITI) como fuente de información que permite capturar, analizar, consolidar y articular la información sobre la vinculación al trabajo infantil y sus peores formas.

164.En el trimestre octubre-diciembre de 2018, la tasa de trabajo infantil en el total nacional fue de 5.9%. En el mismo trimestre en el año anterior la tasa fue de 7.3 %. Entre el trimestre octubre - diciembre de 2019, la tasa de trabajo infantil fue 5.4%, correspondiente a menores entre 5 a 17 años. En el mismo trimestre del año anterior esta tasa fue 5.9 %. La tasa de trabajo infantil del 5.4%, es equivalente a 585.897 casos de NNA que se encuentran realizando actividades peligrosas. Frente al año anterior, se observó una disminución de 0.5 puntos porcentuales, lo que significa que 58.597 NNA abandonaron el trabajo infantil entre los 2018 y 2019.

165.Se hace seguimiento a: las autorizaciones de trabajo de los NNA; la recopilación mensual y trimestral de las autorizaciones de trabajo a adolescentes y por excepción de niños y niñas; indagaciones en página web sobre ofertas de trabajo a menores de 17 años; generación de estrategias y directrices de inspección para la protección de los derechos laborales de la niñez; y promoción de foros sobre trabajo infantil con la participación de los diferentes actores en los departamentos.

166.Se cuenta con el Comité Interinstitucional para la erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador (CIETI), liderado y coordinado por MinTrabajo y los CIETI departamentales. En estas instancias se lidera la prevención y erradicación de trabajo infantil, en los 32 departamentos. Están funcionando 684 CIETIs municipales y en otros municipios, se cuenta con 87 Mesas de Infancia y Adolescencia, en las que se aborda la prevención y erradicación de trabajo infantil.

167.Desde 2014, las entidades que conforman el CIETI lideraron el proceso de formulación de un nuevo instrumento que permitiera recoger, los avances nacionales, los aprendizajes y orientaciones resultantes de la evaluación realizada por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) en torno al desarrollo de procesos en el marco de la Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil y Proteger al Joven Trabajador 2008-2015 -ENETI. También se tuvo en cuenta las observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Colombia ante el Comité de los Derechos del Niño y el informe anual del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos sobre las peores formas de trabajo infantil.

168.En 2015 se inició el proceso de construcción participativa de la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil, haciendo énfasis en las formas consideradas como peligrosas y la protección a los adolescentes trabajadores y sus familias.

169.Según datos de la Evaluación de Impacto del PFA, se evidencia que los beneficiarios del programa entre 12 y 17 años presentan una reducción de 1.62 % en la probabilidad de recurrir al trabajo infantil en el área urbana y 3.71% en el área rural. Así, se colige que la entrega de transferencias monetarias condicionadas contribuye en la prevención del trabajo infantil. En el marco de la operación del PFA se adelanta la Estrategia para la Permanencia Escolar y la Protección Integral de derechos de los niños en articulación entre entidades del Estado, en la que a partir de la identificación de incumplimientos en asistencia escolar reportados por el Sistema de información de Familias en acción -SIFA se generan alertas.

170.Respecto a la asistencia técnica del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la OIT, en línea con el ODS 8, se suscribió un acuerdo de colaboración con este organismo internacional en 2015, para aunar esfuerzos y recursos en el fortalecimiento institucional. Esto, permitió el fortalecimiento de la ENETI.

171.Colombia participó en el diseño del Modelo de identificación del riesgo de trabajo infantil - Metodología para diseñar estrategias preventivas a nivel local, con el apoyo de la OIT y la CEPAL. En 2018, la OIT acompañó la aplicación del Modelo de Identificación del Riesgo de Trabajo Infantil - MIRTI, definido como herramienta para identificar los territorios y nichos que por situaciones de vulnerabilidad representan un mayor riesgo para el trabajo infantil.

172.En 2015 se contó con la asistencia técnica de la OIT en el marco del CIETI nacional, para la construcción del documento final de la línea de política pública para prevenir y erradicar el trabajo infantil y la protección integral del adolescente trabajador.

Niños de la calle

173.En 2019 se adelantó con la Organización Internacional para las Migraciones -OIM un estudio de caracterización de población migrante en situación de calle. En 2020 se realizó el instrumento Panorámica general para la población infantil con dinámicas de calle del país, que permite mapear de manera diferencial las necesidades territoriales de acciones para la prevención de situaciones de alta permanencia en calle.

174.Se cuenta con el “Lineamiento para la atención a niños, niñas y adolescentes con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, con alta permanencia en calle o situación de vida en calle (2016)”, que ha fortalecido y cualificado la atención integral a esta población desde las modalidades de apoyo y fortalecimiento a la familia o las de apoyo y fortalecimiento en medio distinto al de la familia vincular. Entre el 2015 y 2021, a 4.489 NNA se les ha abierto un PARD con motivo de ingreso alta permanencia en calle y situación de vida de calle.

175.Durante el 2016, mediante del proyecto “Circopolis”, se desarrolló un proceso de edu-entretenimiento, incentivando transformaciones sociales y oportunidades para el uso del tiempo libre en NNA en riesgo de vulneración de derechos. En 2017 se realizaron acciones que permitieran reconocer y reflexionar respecto a casos puntuales de alta permanencia en calle y situación de vida en calle, para activar rutas diferenciales de prevención y atención.

176.En 2019, mediante la “Línea especializada de prevención de la alta permanencia y situación de vida en calle de niños”, se identificaron 402 NNA en esta situación, quienes fueron vinculados al programa Generaciones con Bienestar del ICBF en sus modalidades tradicional y étnica. Se establecieron procesos de prevención relacionados con la población indígena, considerando el alto número de NNA de estas comunidades que permanecen en calle, identificando los elementos culturales propios de sus prácticas y relacionados con la mendicidad.

Administración de la justicia juvenil

177.En 2015, con la expedición del Decreto 1885, se creó el Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes – SNCRPA, así como el Comité Técnico Nacional y los Comités departamentales y distritales.

178.El ICBF, con el apoyo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, promueve la prestación de servicios y el fortalecimiento de medidas y sanciones no privativas de la libertad por parte de las autoridades judiciales, y fortalece la atención en la prestación de estos servicios por parte de los operadores judiciales y pedagógicos del SRPA.

179.Para facilitar la implementación de las iniciativas de prevención del delito en los territorios, el Minjusticia diseñó e implementó la campaña “La Vuelta es Otra” (2016), dirigida a adolescentes y jóvenes en alto riesgo de vinculación al delito, sensibilizando a esta población en instituciones educativas ubicadas en zonas de riesgo de la ciudad de Bogotá, con un lenguaje cercano para que se sintieran identificados.

180.El Minjusticia, con la financiación de la Unión Europea en el marco del Proyecto “Fortalecimiento al Sistema Penal Colombiano”, realizó el diagnóstico para la caracterización del fenómeno de pandillas en Colombia en 7 territorios a nivel nacional (2016 y 2017). Este estudio aportó tanto a la comprensión del fenómeno, como a su intervención pública. Por lo anterior, se conformó la Mesa de Prevención del Fenómeno de Pandillismo. y se realizó la delimitación conceptual de este fenómeno desde un enfoque de derechos, generando la cadena de valor para las orientaciones de política pública.

181.En 2020 y 2021, el SNCRPA diseñó y socializó el Documento Metodológico para el Fortalecimiento Técnico de los Comités Departamentales y Distrital en materia de prevención del delito de adolescentes y jóvenes. A su vez, el ICBF impartió las instrucciones requeridas para que las Direcciones Regionales ejerzan el cargo de Secretaría Técnica de los Comités Departamentales del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, así como la instalación de los 33 Comités (32 Departamentales y 1 Distrital) y la construcción de los Planes de Acción.

182.El Estado implementó desde el año 2020 una estrategia para el fortalecimiento técnico y articulación de los Comités Departamentales-Distritales del SNCRPA, en materia de prevención del delito denominada “Articular + Prevenir = Futuro Seguro”.

183.Para fortalecer la justicia restaurativa en el marco del SNCRPA, se adelantó un proceso de asistencia técnica a los Comités Departamentales (2016) que generó la publicación del documento “Diagnóstico y Lineamientos de Política para la Aplicación de la Justicia Juvenil Restaurativa en Colombia” (2017) del Minjusticia y la OIM. El Programa de Justicia Juvenil Restaurativa – PJJR busca garantizar los derechos a la verdad y reparación integral de las víctimas, y contribuir a la responsabilización de los adolescentes en conflicto con la ley penal y la reconstrucción del tejido social afectado con la comisión del delito.

184.Desde el 2018, el Minjusticia, ICBF, la OIM, el gobierno de Estados Unidos, mediante su Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, y otros actores del SRPA han realizado 3 versiones del Congreso Internacional en Prácticas y Justicia Restaurativa, en el marco del fortalecimiento de la gestión del conocimiento en la materia.

185.Desde el 2015 se han realizado 59 cursos de formación especializados con la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, dirigidos a 3.344 funcionarios, en temáticas propias del SRPA, como la ruta intersectorial y estrategias de atención para la población en conflicto con la ley penal, con énfasis en consumo de sustancias psicoactivas, salud mental aplicada en territorio, mitigación del riesgo en los centros de privación de la libertad, enfoques diferenciales, aplicación de la justicia restaurativa, aplicación del principio de oportunidad como mecanismo para reducir los índices de privación de la libertad, y estándares internacionales en materia de sistemas de justicia juvenil. Se destaca el curso del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente en el que se capacitó a 350 funcionarios en el cumplimiento de los fines de protección integral, interés superior del niño y justicia restaurativa.

186.Para contribuir a la protección efectiva de los derechos de la niñez , en su calidad de víctimas o aquellos en conflicto con la ley penal, en el marco de las actuaciones administrativas y judiciales, se ha desarrollado: la “Guía para la atención de niños, niñas y adolescentes víctimas”; el Anexo Técnico para el intercambio de información que busca identificar a las víctimas, así como los entornos de riesgo; la estrategia para la aplicación preferente del principio de oportunidad y la articulación interinstitucional; y el establecimiento de espacios de diálogo entre directores seccionales de la FGN y directores regionales del ICBF.

Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía Artículo 42

187.Para Colombia la lucha contra la ESCNNA ha sido una prioridad consignada en los principales instrumentos normativos que orientan las acciones, planes, programas y política pública para la protección integral de NNA frente a esta forma de violencia sexual.

188.En el marco de la Ley 1336 de 2009, fue aprobada la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes 2018-2028, que orienta las acciones del Estado para la prevención y atención a las víctimas con enfoque diferencial, fortalece la judicialización de los explotadores y cuenta con planes de acción anuales.

189.En la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación de la ESCNNA está incluida como normatividad básica el Protocolo Facultativo (Ley 765 de 2002).

190.Desde el 2015 hasta el 5 de marzo de 2021, la FGN registra de 193.788 NNA víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado. Para estos delitos, se tiene el registro de 147.175 indiciados en procesos en los que al menos una víctima fue caracterizada en los sistemas de información como menor de 18 años. De acuerdo con el SPOA, en este periodo en los procesos de violencia sexual, hay 28.259 procesos con imputaciones y 5.919 con sentencias.

191.El Mintrabajo, que preside el Comité Interinstitucional para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes, asignó recursos por $154 millones para el año 2021. Adicionalmente, cada entidad cuenta con recursos propios para el desarrollo de sus acciones que aportan al cumplimiento del plan de acción de esta instancia.

192.Entre 2016 y 2020, el ICBF ha implementado Estrategias de Prevención de Riesgos Específicos-EPRE enfocadas en prevenir violencias y explotación sexual que afecta a la niñez. En 2016 se implementaron en 18 municipios y contó con la participación de 2.900 NNA, con una inversión de $3.383 millones. Para 2017, la estrategia estuvo en 11 municipios, con 1.845 participantes y un presupuesto de $1.978 millones. En 2018 se implementó en 17 municipios atendiendo 2.610 NNA, con una inversión de $3.042 millones. En 2019, la estrategia se focalizó en 35 municipios, con 4.683 participantes y un presupuesto de $3.700 millones. En 2020 se llegó a 27 municipios, impactando a 2.946 NNA con una inversión $1.755 millones. Entre 2016 y 2020, se han desarrollado intervenciones directas dirigidas a 14.984 niños, niñas y adolescentes.

193.Desde el Mincomercio se lidera la Estrategia Nacional de Prevención de la ESCNNA en el contexto de viajes y turismo, en el marco del turismo responsable y el cumplimiento de la normatividad legal vigente, fundamentada en el compromiso de promover el turismo responsable y garantizar la protección de los derechos de la niñez. La estrategia se desarrolla en 3 ejes de acción permanentes.

194.En sensibilización y capacitación, desde el 2009 se realizan talleres, foros regionales, encuentros nacionales e internacionales, para construir herramientas orientadas al sector productivo. Se ofrece el curso virtual “Todos unidos contra la ESCNNA en viajes y turismo” que apoya los procesos de capacitación de los empresarios del sector turístico. En el período de este informe se han certificado un total de 37.700 personas, de las cuales el 80 % son actores del sector turístico.

195.El 6 y 7 de junio de 2018 se realizó la I Cumbre Internacional para la Protección de la Niñez y Adolescencia en Viajes y Turismo para dar cumplimiento a lo ordenado por la Ley 1336 de 2009. La Cumbre reunió a representantes y líderes de diferentes gobiernos, organizaciones internacionales y multilaterales, con el fin de expandir y fortalecer las acciones encaminadas a la protección de la niñez y adolescencia en el contexto de los viajes y el turismo.Entre los resultados de la Cumbre se firmó: la Declaración y llamado para la acción para la protección de la niñez y adolescencia en viajes y turismo y la Carta abierta del sector turístico colombiano firmado por las empresas y gremios asistentes a la Cumbre, el Consejo Mundial de Viajes y Turismo (WTTC) y ECPAT Internacional.

196.En materia de información, desde 2015 se cuenta con la Campaña Nacional de Prevención #OjosEnTodasPartes que tiene como objetivo sensibilizar e informar a la sociedad sobre la importancia de proteger y garantizar los derechos de la niñez, liderado por el sector turístico, a través de diferentes canales de denuncia del delito sobre de la explotación sexual comercial. Se han desarrollado diversas estrategias de comunicación como vallas publicitarias, con presencia en las principales ciudades del país en aeropuertos, terminales y paraderos de transporte público.

197.En cuanto a vigilancia y control, el Viceministerio de Turismo y la Policía Nacional de Turismo desarrollan acciones de vigilancia y control de acuerdo con las disposiciones legales, como otorgar y actualizar el Registro Nacional de Turismo – RNT, y exigir la adopción y adhesión del Código de Conducta a los prestadores de servicios turísticos.

198.Como medida frente a corredores geográficos en los que ocurren eventos de violencia sexual contra mujeres y niñas, se puso en marcha: la conformación de equipos Inter agenciales e interdisciplinarios, destacados y capacitados para la investigación de la violencia sexual ejercida por organizaciones criminales; empleo de cámaras de alta resolución en labores de vigilancia a personas y cosas, en sitios públicos de gran transito turístico; aplicación del procedimiento de Extinción de Dominio a inmuebles en donde se perpetraban conductas delictivas; solicitud en extradición de aquellos extranjeros pertenecientes a las organizaciones criminales señalados de actuar como explotadores sexuales; priorización de las investigaciones relacionadas con violencia sexual; incidencia en los circuitos de protección estatal para propugnar por la atención médica y psicológica de las víctimas y para la debida acogida de NNA y jóvenes migrantes procedentes de Venezuela; y capacitaciones masivas a funcionarios de distintas disciplinas, tanto del sector privado como del sector público.

199.En materia de sensibilización se han efectuado procesos de capacitación: en 2016, 183 Comisarios de Familia y miembros de equipos psicosociales en los departamentos de Cundinamarca (97), Huila (36) y Antioquia (50) fueron capacitados sobre la estrategia “Violencia sexual: la importancia de las primeras 72 horas”; en 2017, 1.290 funcionarios, entre autoridades administrativas (Defensores y Comisarios de Familia), miembros de la Policía Nacional y 371 funcionarios en algunos departamentos recibieron asistencia técnica en la Ruta de Atención Integral para el PARD de las menores de 14 años embarazadas; en 2019, 1.129 autoridades administrativas y profesionales de equipos técnicos interdisciplinarios y Unidades Móviles recibieron asistencia técnica sobre la Ruta de Actuaciones para el PARD de NNA con derechos amenazados y vulnerados víctimas de violencia sexual.

Seguimiento del protocolo facultativo de la convención sobrelos derechos del niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

200.Desde el último informe presentado, el Estado logró finalizar el conflicto con la entonces guerrilla Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – FARC-EP y adelanta las medidas pertinentes de atención y protección para dar cumplimiento al punto 3.2.2.5. del Acuerdo de Paz relativo a la reincorporación para los menores de edad.

201.Desde 2007, el Estado cuenta 2007 con la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, Utilización y Violencia Sexual contra los Niños, Niñas y Adolescentes por parte de Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos Delictivos Organizados (GDO) - CIPRUNNA. Esta comisión orienta, coordina, articula y hace seguimiento a la prevención de la vulneración de los derechos de los NNA para protegerlos del reclutamiento, uso, utilización y violencia sexual por parte de grupos armados al margen de la ley. Mediante este órgano intersectorial y en cumplimiento del PND 2018-2022, se actualizó la línea de política pública del CONPES 3673 de 2010 mediante la expedición del Decreto 1434 del 3 de agosto de 2018 y un posterior ajuste en el mes de noviembre de 2019.

202.Esta línea de política pública incluyó la creación del plan de acción nacional, aprobado el 15 de julio de 2020 y contiene las acciones y los recursos de las 22 entidades estatales para la prevención del reclutamiento, utilización, uso y violencia sexual contra NNA. Estas acciones están dirigidas a los 6 objetivos específicos de la línea de política pública, relacionados con 1) garantizar el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, 2) fortalecer herramientas para su protección 3) fortalecer acciones en contra de diversas formas de violencia y explotación de la niñez en sus entornos, 4) la promoción de la estabilización socioeconómica de las familias, 5) la generación de espacios de participación y 6) la generación de mecanismos de articulación entre los distintos sistemas de protección de derechos.

203.Para la ejecución del plan de acción a nivel territorial, el Estado ha hecho mediciones sobre el riesgo de reclutamiento, contando con una priorización municipal para la focalización de la oferta institucional e incorporando la información sobre las alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo. En 2020 se adelantaron 608 asistencias técnicas a las entidades territoriales para el fortalecimiento de capacidades locales, la implementación de la política pública y la incidencia en los planes de desarrollo locales, rutas de prevención, creación y fortalecimiento de Equipos de Acción Inmediata.

204.La CIPRUNNA cuenta con la estrategia de territorialización de la política pública: “Súmate por mí – Entornos de protección para la niñez y la adolescencia”, financiada por el Fondo Multidonante de las Naciones Unidas para el Sostenimiento de la Paz en Colombia (MPTF), USAID y con el acompañamiento del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia -UNICEF y OIM. Esta estrategia se adelanta en los 86 municipios identificados con el más alto riesgo de reclutamiento y cuenta con 5 componentes: 1) formación y apropiación para el reconocimiento de los Derechos Humanos y los derechos de los NNA, 2) movilización y participación social de los niños, sus familias y comunidades, 3) acompañamiento psicosocial a familias, 4) gestión de redes institucionales y comunitarias para la prevención del reclutamiento, uso y utilización, y 5) sistematización y gestión del conocimiento.

205.Las distintas entidades de la CIPRUNNA cuentan con estrategias para la prevención de estos hechos, entre las que se resaltan “Mambrú no va a la guerra” implementada desde el año 2010 por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización -ARN, y la oferta institucional dirigida a la garantía de derechos, prevención de vulneraciones y fortalecimiento de entornos protectores para la infancia, adolescencia y la juventud.

206.Ante la amenaza o vulneración de los derechos de la niñez, el Estado adelanta respuestas rápidas ante las alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo, de acuerdo con el Decreto 2124 de 2017 y la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas –CIPRAT que establece acciones de coordinación y focalización de oferta institucional para la atención y reparación integral a las víctimas. El ICBF adelanta el restablecimiento de derechos de los NNA cuyos derechos fueron amenazados o vulnerados, en coordinación con las autoridades administrativas territoriales, que establecen las medidas de protección, incluyendo traslados a lugares seguros de acuerdo con cada caso.

207.Se han adoptado estrategias para la desvinculación de grupos armados organizados al margen de la ley de los menores de 18 años y su recuperación. Las acciones de desvinculación han estado a cargo de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz – OACP.

208.Para dar cumplimiento al punto 3.2.2.5 del Acuerdo de Paz, se expidió el Decreto 671 de 2017 para la certificación de desvinculación de los menores de edad en caso de acuerdos de paz, que permitió certificar 132 menores de edad. Se incluyeron 274 personas que eran menores de edad al momento de la suscripción del Comunicado Conjunto Nro. 70 del 15 de mayo de 2016 de la Mesa de Negociaciones entre las FARC-EP y el Estado ratificado por el Consejo Nacional de Reincorporación - CNR. En el marco del Acuerdo de Paz, la OACP certificó la desvinculación de 406 menores de edad reclutados por las desmovilizadas FARC-EP, lo que les permitió recibir la atención dirigida al restablecimiento de sus derechos, el ingreso a programas de reincorporación y su acceso a los beneficios y prestaciones establecidas como víctimas del conflicto armado, en el marco del programa especial “Camino Diferencial de Vida”.

209.Con el propósito de incorporar el enfoque diferencial de niñez en el Acuerdo de Paz se han desarrollado medidas diferenciadas en las que prima su interés superior y se consideran las afectaciones e impactos del conflicto armado a sus vidas. El Plan Marco de Implementación del Acuerdo de Paz estableció indicadores para medir las acciones específicas que se implementan desde el nivel nacional para la promoción de derechos, la prevención de riesgos específicos y el restablecimiento de los derechos de la niñez. Se han priorizado acciones de diálogo y escucha, para conocer sus intereses e impulsar su desarrollo.

210.El Mindefensa y la Fuerza Pública adelantan acciones para recuperar menores de edad vinculados a grupos armados organizados al margen de la ley, con estrategias dirigidas para la desmovilización individual de sus miembros, sometimiento a la justicia y la prevención del reclutamiento ilícito de menores de edad. En este sentido, se identifican a los menores de edad para su debido reconocimiento como víctimas del conflicto armado, luego se informa al Comité Operativo para la Dejación de Armas y se remiten al ICBF. Entre el 2010 y el 2020, se ha recibido un total de 2.477 expedientes de menores de edad desvinculados.

211.El ICBF y la UARIV actúan de forma articulada con las demás instituciones, que en el marco del SNARIV, tienen competencias en la asistencia, atención y reparación integral de NNA, para avanzar en procesos que sumen esfuerzos de diverso orden y que contribuyan a su reparación integral, atendiendo la garantía, prevalencia e interdependencia de sus derechos desde los principios de protección integral, no discriminación, participación e interés superior del niño. Así, el ICBF adelanta la primera etapa de restitución de los derechos de los NNA a través del “Programa de atención especializada para el restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento ilícito desvinculados de grupos armados al margen de la ley”.

212.El ICBF brinda acompañamiento psicosocial y una atención diferenciada en la que apoya a los menores de edad y sus familias para que sean beneficiarios de las medidas de reparación integral a cargo de las entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas -SNARIV. Una vez las víctimas cumplen la mayoría de edad, inician una segunda etapa a cargo de la ARN en la que reciben una oferta de servicios y beneficios, en igualdad de condiciones a las personas que se desmovilizaron como adultos y de acuerdo con los requisitos exigidos por la normatividad vigente.

213.La FGN avanza en las investigaciones de estos delitos. Desde 2015, 4.982 víctimas de reclutamiento ilícito de menores de 18 años y uso de menores de edad en la comisión de delitos, se han identificado en el Sistema Penal Oral Acusatorio -SPOA. Este sistema registró a 6.945 miembros de grupos armados ilegales como indiciados en casos de reclutamiento ilícito de menores de 18 años y uso de menores de edad en la comisión de delitos, a los que se les ha imputado en 1.774 procesos y en los que en 780 se ha llegado a sentencia condenatoria o sancionatoria. La FGN cuenta con un Protocolo de Investigación y Judicialización de la Violencia Sexual y la lista de chequeo para la investigación y judicialización de la violencia sexual.

214.Respecto a la aplicación de las directivas institucionales para la protección de los NNA por parte de la Fuerza Pública, desde el Mindefensa se han impartido instrucciones para su aplicación oportuna. Entre 2012 a 2020 se han coordinado más de 3.435 actividades interinstitucionales de prevención redundando en la expedición de directrices para hacer seguimiento y control a las normas que prohíben la utilización de NNA recuperados y desvinculados en el desarrollo de operaciones militares y actividades de inteligencia.

215.El Estado no realiza “actividades cívico-militares” ni busca la participación de NNA en acciones similares, por el contrario, se adelantan Jornadas de Apoyo al Desarrollo, para coadyuvar al cumplimiento de los objetivos sociales nacionales. Estas jornadas están encaminadas a la garantía de los derechos a la salud, educación, recreación, trabajo social, proyectos productivos e infraestructura a la población y, son acompañadas por veedores y garantes, la Defensoría del Pueblo, el ICBF y la Policía de Infancia y Adolescencia con el propósito de impactar positivamente en la prevención del reclutamiento ilícito de la niñez.

216.En materia de formación, capacitación e instrucción, la Fuerza Pública lidera estrategias de respeto, promoción y garantía de los Derechos Humanos, la cual se ha mantenido a través de los años, e implementado en cada una de las Unidades Militares y de Policía, garantizando la legitimidad y contribuyendo con la responsabilidad social del Estado. Los hombres y las mujeres de la Fuerza Pública están obligados a respetar y proteger los derechos de la población civil, y a cumplir con lo dispuesto por el Derecho Internacional Humanitario -DIH, rechazando y reprimiendo cualquier conducta constitutiva de acto violatorio contra la dignidad humana.

217.El Mindefensa cuenta con la Directiva Permanente de Capacitación, por medio de la cual se fortalece la formación y educación de los integrantes de la Fuerza Pública en derechos humanos y DIH. En 2021, el ICBF brinda asistencia técnica a la Fuerzas Armadas de Colombia para formar a 80.000 de sus integrantes entre 2021 y 2022, en la promoción y garantía de los derechos de NNA y jóvenes.

218.“Los Protegemos con todas las Fuerzas”, es un curso virtual que incluye temáticas como introducción inspiracional sobre el protagonismo de la Fuerza Pública en la garantía de los derechos de los niños y jóvenes en la transformación y desarrollo del país, derechos de la niñez; enfoque de género y diversidad sexual; transformación de prácticas para la garantía de derechos; fortalecimiento de la Fuerza Pública como entorno protector para la participación de NNA y jóvenes; prevención del reclutamiento, utilización, uso y violencia sexual; y activación de rutas de protección. También se hizo entrega al MinDefensa el “Diplomado Virtual en derechos de infancia, adolescencia, juventud y su familia” dirigido a formar a 9.000 oficiales de la Fuerza Pública.

219.En el caso abierto por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sobre reclutamiento de NNA se ha logrado determinar preliminarmente que existieron 18.677 NNA reclutados durante el conflicto. Se espera que la JEP dicte con celeridad el ‘Auto de determinación de hechos y conductas’, para que sejuzgue, sancione a los responsables y se repare a las víctimas.