Naciones Unidas

CRC/C/PRK/Q/5/Add.1

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

28 de junio de 2017

Español

Original: inglésEspañol, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

76º período de sesiones

11 a 29 de septiembre de 2017

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa al quinto informe periódico de la República Popular Democrática de Corea

Adición

Respuestas de la República Popular Democrática deCorea a la lista de cuestiones *

[Fecha de recepción: 15 de junio de 2017]

Parte I

1.Información sobre los avances realizados en la elaboración y aplicación deuna política y una estrategia integrales para dar cumplimiento a la Ley deProtección de los Derechos del Niño de 2010, sobre los logros obtenidos mediante el Programa Nacional de Acción para el Bienestar del Niño, elestado actual del Programa y la existencia de políticas o programas de acción nuevos, y sobre la introducción de una perspectiva basada en losderechos del niño en el seguimiento presupuestario

1.La Ley de Protección de los Derechos del Niño se está aplicando en el marco del Plan de Acción Nacional para el Bienestar del Niño (2011-2020), que recoge los requisitos de la Ley. La Comisión de Educación, el Ministerio de Salud Pública y otros actores vinculados con la aplicación de la Ley formularon sus respectivas estrategias y adoptaron las medidas institucionales necesarias para ejecutar el Plan de Acción Nacional.

2.Para promover la salud de los niños se aplicaron o se están aplicando estrategias como el Plan Estratégico de Mediano Plazo para el Desarrollo del Sector de la Salud en la República Popular Democrática de Corea (2010-2015), la Estrategia de Salud Reproductiva (2011-2015), la Estrategia de Educación para la Salud Reproductiva (2013-2015), el Plan Estratégico de Lucha contra la Malaria (2014-2017), el Plan Estratégico de Lucha contra la Tuberculosis (2014-2017), el Programa de Acción para la Salud de los Recién Nacidos (2015-2016), la Estrategia de Ampliación de la Gestión Integrada de las Enfermedades Infantiles (2005-2020), la Estrategia y el Plan de Acción contra la Malnutrición Infantil y Materna (2014-2018) y el Plan Quinquenal de Promoción de la Salud Pública (2016-2020).

3.Con el fin de impartir una educación de calidad se están poniendo en práctica estrategias como la Estrategia de Desarrollo de la Educación en la República Popular Democrática de Corea (2015-2032), el Plan Quinquenal de Mejora de la Educación (2016‑2020) y el Plan de Acción de Mejora de la Calidad de la Enseñanza Secundaria (2017-2020).

4.El 25 de septiembre de 2012, en la sexta sesión del 12º período sesiones de la Asamblea Popular Suprema, se aprobó un Decreto de Introducción del Sistema de Enseñanza Obligatoria de 12 Años, en virtud de la cual la duración de la enseñanza general se amplió de 11 a 12 años. El 26 de septiembre de 2014, en la segunda sesión del 13er período sesiones de la Asamblea Popular Suprema, se realizó un examen de mitad de período de la aplicación del Decreto, y se decidió seguir mejorando la calidad de la educación y reorganizar el sistema de enseñanza general para ajustarlo a los requisitos de las nuevas realidades y mejorar las condiciones y el entorno de la educación. La aplicación del Decreto se examinó nuevamente el 11 de abril de 2017, en la quinta sesión del 13er período sesiones de la Asamblea Popular Suprema, en la que se adoptó una decisión que precisaba los medios para completar el sistema de enseñanza general y cambiar radicalmente los contenidos y los métodos docentes.

5.Se alcanzaron los principales objetivos sectoriales del Plan de Acción Nacional para el Bienestar del Niño.

6.Se logró una notable mejora de la nutrición y la salud de la infancia. Un estudio de grupos múltiples realizado en 2012 mostró una considerable reducción de la tasa de mortalidad y una mejora de la nutrición de los lactantes y niños menores de 5 años de edad. (Véase el párr. 47, y los cuadros 9 y 10 del informe.) La poliomielitis se erradicó completamente, no ha habido un solo caso de sarampión desde 2007 y la incidencia del paludismo (por 100.000 personas) descendió en dos terceras partes, o de 63,2 en 2010 a 44 en 2014.

7.Se reforzaron la educación y los apoyos materiales para alentar la lactancia materna, de modo que, en 2015, 11 maternidades recibieron la denominación de “hospital amigo del niño”, y la tasa de lactancia materna exclusiva de los bebés de menos de 6 meses fue del 68,9%. Desde 2007, la cobertura de la vacunación de todos los tipos de vacunas supera el 90%.

8.Se lograron importantes mejoras de la nutrición y la salud infantiles en las casas cuna, los orfanatos y los internados. (Véase información sobre las medidas adoptadas en relación con la nutrición y la atención de la salud de los huérfanos en los párrs. 31, 161 y 179 del informe.)

9.El nivel de cumplimiento de los objetivos en materia de educación es elevado y la calidad de la educación aumentó. La tasa de asistencia escolar se mantuvo por encima del 98% en todos los niveles. Se lograron altas tasas de admisión y matriculación en los institutos de enseñanza primaria y secundaria. (Véanse los cuadros 3 a 6 del informe.) Los planes de estudios de los jardines de infancia se reformularon en 2013 con miras a mejorar la enseñanza preescolar y la preparación de los niños para la escuela primaria. Desde 2008, la informática y un idioma extranjero se enseñan con resultados satisfactorios en todas las escuelas primarias.

10.El sistema de salud se amplió para que los niños tengan acceso a una atención médica de calidad. Se estableció una red de telemedicina en el ámbito de la atención obstétrica, ginecológica y pediátrica, que conecta por Internet a las maternidades de la capital con las maternidades provinciales y los departamentos de atención obstétrica y ginecológica de los hospitales municipales y de distrito, y el hospital infantil de la capital con los hospitales pediátricos provinciales y los departamentos pediátricos de los hospitales municipales y de distrito, lo que creó las condiciones para que todas las madres y niños puedan disponer de un servicio médico de calidad y acceder a él en forma oportuna. También se hicieron progresos en la ampliación de la gestión integrada de las enfermedades infantiles y la atención de urgencia de las embarazadas y los recién nacidos. (Véase más información en los párrs. 144 a 147 del informe.)

11.En aras de la mejora de la atención materna, la licencia de maternidad se prolongó de 150 a 180 días y se adoptaron otras medidas legislativas y prácticas para la protección de la mujer en el trabajo.

12.Se estableció un sistema especial para la vigilancia de las enfermedades en las casas cuna y los orfanatos y se reforzó el sistema de suministro de medicamentos. Se organizaron departamentos de higiene ambiental e higiene infantil en todos los niveles de los centros e institutos de higiene y de lucha contra las epidemias.

13.Con el fin de que los niños cuenten con una cantidad suficiente de alimentos nutritivos, se potenció aún más el papel del Instituto de Nutrición Infantil y se renovaron con arreglo a criterios modernos las bases de producción de alimentos para la infancia.

14.Se crearon las condiciones y el ambiente necesarios para impartir educación de calidad a los niños. (Véase información sobre las medidas legislativas e institucionales adoptadas a este respecto en los párrs. 8, 9, 10, 12, 16, 17 y 19, y sobre las medidas prácticas y los avances en los párrs. 199, 205 y 224).

15.El 2017 se designó Año de la Ciencia y la Educación, con el propósito de iniciar una nueva etapa en la educación del país, otorgando especial atención a dotar a los institutos de enseñanza secundaria de los equipos necesarios en la nueva era de la tecnología de la información y a crear un ambiente propicio a ese respecto. Se fijó el importante objetivo de eliminar las diferencias entre la ciudad y las zonas rurales en la enseñanza secundaria, y con tal fin se reformó y renovó una escuela rural en la provincia de Pyongan del Sur, que será un modelo para las demás escuelas rurales.

16.En 2017 se abrieron institutos de enseñanza secundaria técnica, un nuevo tipo de institutos de enseñanza secundaria, en los que los alumnos reciben una formación específicamente adaptada a las características económicas y geográficas de la región en la que se encuentran, lo que les permitirá desarrollar plenamente sus capacidades creativas y contar al menos con una aptitud moderna antes de dar sus primeros pasos en la vida adulta.

17.Véase información sobre las asignaciones presupuestarias reservadas a la infancia en el cuadro 2 del informe y la respuesta núm. 14 del presente documento.

2.Información sobre las medidas que se hayan adoptado, así como sus resultados, para elaborar un sistema integral de recopilación de datos sobre la aplicación de la Convención que abarque a todos los niños menores de 17 años

18.Se reforzó el sistema existente de reunión de datos sobre la infancia, potenciando la responsabilidad y el papel de la institución encargada. Se nombró a un funcionario de la Oficina Central de Estadística responsable a tiempo completo de la recopilación de datos sobre la infancia de los departamentos de estadística de las provincias, los municipios y los distritos.

19.La Oficina Central de Estadística, en cooperación con el Comité Nacional para la Aplicación de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, desarrolló los indicadores necesarios para evaluar la situación de los niños y formuló directrices para las instituciones pertinentes. Los indicadores obtenidos contemplan el número total de niños, desglosado por edad, sexo, discapacidad, zona de residencia e instituciones, las asignaciones presupuestarias, la logística, la nutrición, la mortalidad, la morbilidad, las tasas de admisión y matriculación en los institutos de enseñanza, el número de esos institutos y las instituciones de atención de la salud de todo tipo, entre otros aspectos. Estos se transmitieron al departamento competente del Consejo de Ministros y al Comité Nacional para la Aplicación de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en calidad de datos básicos para la formulación de la política pública de protección de la infancia y las estrategias y los planes de acción conexos.

20.Véase información sobre la población infantil en el anexo, cuadro 1, del informe; sobre los niños con discapacidad e internados en instituciones en las respuestas núms. 17 b) y 18 del presente documento; y sobre los niños de la calle y los programas laborales en las respuestas núms. 9 y 11 del presente documento.

3.Información sobre las medidas que se han adoptado para el establecimiento de un mecanismo independiente de vigilancia adaptado a los niños, como un defensor del niño. Información sobre la forma en que se asegura que los procedimientos existentes para la recepción de denuncias de los niños sean independientes, confidenciales, accesibles y adecuados para los niños

21.El derecho de los niños a presentar quejas y peticiones está expresamente previsto en la Ley de Protección de los Derechos del Niño de 2010, la Ley de Quejas y Peticiones, modificada en 2011, y su Reglamento de Aplicación de 2016. Se otorga especial atención a las quejas y peticiones presentadas por niños o relacionadas con ellos (véase información sobre el mecanismo de queja en el párr. 58 del informe).

22.Los departamentos de recepción de quejas del Presídium de la Asamblea Popular Suprema, los comités populares, las fuerzas del orden y otras entidades pertinentes designaron a uno de sus funcionarios encargado de la tramitación de las quejas y peticiones relacionadas con la infancia. Se les instruyó que consideraran esas quejas y peticiones casos urgentes y las examinaran con carácter prioritario. Se estableció un nuevo sistema, según el cual las escuelas deben examinar las quejas y peticiones relacionadas con la infancia en la reunión consultiva de los funcionarios directivos y presentar a la institución de orientación educativa correspondiente informes trimestrales sobre la solución dada a la queja y el número de casos resueltos.

23.Las cuestiones referentes a la confidencialidad en la tramitación de las quejas y peticiones se contemplan en los artículos 6, 19 y 37 de la Ley de Quejas y Peticiones y el artículo 39 de su Reglamento de Aplicación. Se prohíbe a los funcionarios encargados de tramitar las quejas revelar los secretos de que puedan tener conocimiento durante las investigaciones. Tampoco se les permite develar a terceros los nombres de los denunciantes ni los contenidos de las quejas. Deben preservar estrictamente la confidencialidad de los secretos personales de los denunciantes y de las personas contra las que se formulan las quejas. En caso de que un denunciante solicite que la investigación se lleve a cabo sin entrevistarlo, se accede a esa solicitud. Cuando este así lo desea, no se registra su nombre, ocupación ni lugar de residencia.

24.De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Quejas y Peticiones y el artículo 21 de su Reglamento de Aplicación, se instalan buzones de quejas en la recepción u otros lugares adecuados de instituciones, empresas y organizaciones, y existen salas apartadas para entrevistar a los denunciantes. Los funcionarios encargados de tramitar las quejas abren sistemáticamente los buzones en forma cotidiana para registrar el mismo día las cartas que en ellos se encuentran.

4.Información sobre las medidas adoptadas para garantizar a todos los niños elderecho a la no discriminación en todos los ámbitos, independientemente de su situación familiar y su origen social, incluidos los hijos de padres que no son norcoreanos y viven en el República Popular Democrática de Corea

25.El principio de igualdad y no discriminación en el goce por los niños de sus derechos a la educación, la atención de la salud, el descanso y el esparcimiento, entre otros, están plenamente garantizados por la legislación, las políticas y el sistema socialista.

26.Se han tomado varias medidas para garantizar a todos los niños los derechos que se consagran en la Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Convención. (Véase información sobre las medidas legislativas e institucionales adoptadas a este respecto en los párrs. 8 a 18 y 31). Reciben especial atención los derechos de los niños de grupos vulnerables, como los huérfanos, los niños que viven en zonas alejadas y los niños con discapacidad.

27.Aumentaron tanto la inversión del Estado como el interés público en la mejora de las condiciones y el entorno de los cuidados, la crianza y la educación en las casas cuna, los orfanatos y los internados. Entre junio de 2014 y mayo de 2017 se construyeron todas las casas cuna, los orfanatos y los internados, que son 41 en total. En particular los internados, que cuentan con excelentes condiciones de vida y aprendizaje, son modelos para los demás institutos de enseñanza general del país, tanto desde el punto pedagógico como del de la higiene. Los huérfanos están creciendo felices, atendidos por el Estado, para convertirse en estudiantes de las universidades o los institutos o dar sus primeros pasos en la vida adulta en el ámbito de su elección. El Estado revisó el sistema de suministro de materiales a esas instituciones, y vela por que se les proporcione, de acuerdo con el plan fijado, una cantidad suficiente de alimentos nutritivos, prendas de vestir y materiales escolares, entre otras cosas.

28.El Estado se ha asegurado de que los comités populares locales tomen las disposiciones, hasta en sus mínimos detalles, para que mejoren las condiciones de vida y aprendizaje de los niños de las zonas alejadas, y ha adoptado al mismo tiempo medidas en beneficio de los hijos de la gente común. Por ejemplo, se otorgó la prioridad a los hijos de la gente común en la selección de los participantes de las celebraciones nacionales anuales del 6 de junio, que conmemoran la fundación de la Asociación de la Infancia. Cuando la zona norte del país sufrió inundaciones de una intensidad sin precedentes en septiembre de 2016, el Estado se aseguró de otorgar la prioridad a la construcción de guarderías, jardines de infancia, escuelas y hospitales, y 1.600 niños de la zona afectada se enviaron a la Colonia Internacional para Niños de Songdowon, la mejor del país, para que disfrutaran de la vida de campamento.

29.Se realizaron campañas de sensibilización para promover el respeto de la dignidad de los niños con discapacidad, proteger sus derechos e intereses y alentar a otros a prestarles un apoyo adecuado. Los medios de comunicación difundieron la política y la legislación estatales sobre la protección de las personas con discapacidad, e información adicional sobre la promoción de sus derechos. La difusión en los medios de comunicación de los casos de una maestra que llevaba diariamente a la escuela sobre sus espaldas a una niña con discapacidad, de alumnos que brindaban apoyo moral y material a un compañero con discapacidad, de médicos dedicados a la rehabilitación de niños con discapacidad y de otras conductas dignas de encomio han contribuido a establecer un clima propicio a la prestación de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad. Se alentó a los comités populares provinciales y a las organizaciones de apoyo a las escuelas a que aportaran materiales docentes, alimentos y prendas de vestir, con carácter prioritario, a las escuelas especiales. Se pidió a la Comisión Estatal de Planificación, los ministerios de agricultura, pesca y comercio y a los comités populares provinciales que las abastecieran de alimentos nutritivos y otros productos alimentarios y de artículos de primera necesidad, con arreglo al plan fijado.

30.En virtud del Reglamento de la Condición Jurídica de los Extranjeros que Residen en la República Popular Democrática de Corea, los hijos de padres no coreanos que viven en el país disfrutan de los beneficios que otorga el Estado, como la educación y la atención médica gratuitas, en pie de igualdad con los demás. Pueden elegir asistir a escuelas para los niños coreanos o a escuelas para los niños extranjeros en la capital o los núcleos urbanos locales. Cuando concluyen la escuela, pueden optar por ingresar a la enseñanza terciaria o al mercado laboral, de acuerdo con sus deseos y capacidades.

5.Información sobre la aprobación de disposiciones legislativas y otras medidas que prohíban que los niños sean objeto de tortura, establezcan las sanciones adecuadas contra los autores y garanticen la recuperación física y psicológicade los niños víctimas. Información sobre las medidas adoptadas para prohibirlos castigos corporales en todos los entornos

31.El Código de Procedimiento Penal tiene por requisito básico garantizar los derechos humanos en la tramitación y resolución de las causas penales. La ley exige a las fuerzas del orden y las instituciones judiciales que respeten la dignidad de los niños en los casos en los que estos se vean involucrados, y les prohíbe obtener confesiones por medios coercitivos u orientar su declaración.

32.Con arreglo a los artículos 34 y 171 del Código de Procedimiento Penal, las diligencias de las investigaciones y el examen preliminar se graban en audio o video, y los interrogatorios se llevan a cabo en presencia de un secretario judicial y, de ser necesario, de dos observadores, lo que impide que los funcionarios que intervienen en esas etapas abusen de su poder o vulneren los derechos humanos. Conforme al artículo 242 del Código Penal, un funcionario que interrogue ilegalmente a una persona o invente o exagere un caso estará sujeto a sanciones.

33.El castigo corporal de los niños en las instituciones y el hogar está estrictamente prohibido en virtud de los artículos 26, 42 y 43 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. Los docentes, padres y demás adultos que trabajan con y para los niños, que antiguamente consideraban que era su derecho aplicar castigos corporales por el bien de los niños, han adquirido un nuevo concepto del respeto de la dignidad del niño y adoptado nuevos métodos educativos. Las directrices formuladas por la Comisión de Educación sobre la base de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, la Convención y las observaciones generales pertinentes del Comité de los Derechos del Niño se han transmitido a los departamentos de educación de los comités populares. Cuestiones vinculadas con los castigos corporales como su concepto, las obligaciones jurídicas conexas y los métodos de educación alternativos fueron algunos de los principales temas de un taller para docentes y trabajadores de la enseñanza organizado durante las vacaciones escolares. Las prácticas que vulneran la dignidad de los niños, los golpes, los insultos o las expresiones insultantes y las actitudes denigrantes se han señalado y sometido a una dura crítica en las reuniones ordinarias del personal de la escuela o en las reuniones generales de los docentes de la región. Se informó a los padres de sus obligaciones relacionadas con el respeto de las opiniones de los niños, y su deber de no ignorarlas o hacer caso omiso de ellas, y de la prohibición de que los niños sean objeto de maltrato, negligencia, expresiones insultantes o golpes. También se les informó de los efectos de los castigos corporales en la formación del carácter del niño, y se los alentó a intercambiar con los demás experiencias y competencias en materia de crianza. Se alentó a los profesionales que trabajan con y para los niños en instituciones a que los educaran mediante buenos ejemplos, y las asociaciones de mujeres han publicado libros sobre la crianza destinados a servir de referencia a las mujeres.

6.Información sobre los servicios de guardería disponibles para los hijos demadres desempleadas. Información sobre las medidas adoptadas paraproteger el derecho de los niños a la vida familiar, promover el acogimiento familiar, reducir el número de niños internados en instituciones y garantizar revisiones periódicas del internamiento

34.El artículo 49 de la Constitución Socialista estipula que el Estado mantendrá a su cargo a todos los niños de edad preescolar en guarderías y jardines de infancia; sus artículos 72 y 73 establecen que los ciudadanos tendrán derecho a atención médica y educación gratuitas. Los artículos 16 y 17 de la Ley de Cuidado y Crianza del Niño disponen que las instituciones estatales y las organizaciones cooperativas sociales suministrarán leche, carne, fruta, verduras, dulces y otros artículos alimentarios a las guarderías y jardines de infancia; que los gastos por concepto de los alimentos suministrados a los niños de esas instituciones serán costeados por el Estado y las organizaciones cooperativas sociales; y que el Estado velará por que se produzcan prendas de vestir, zapatos y otros bienes de gran calidad para los niños, y que sus precios se fijarán de modo de que cubran los costos de producción o incluso por debajo de ellos, con lo que el equilibrio se logrará por sí mismo.

35.De conformidad con estas leyes, todos los niños de la República Popular Democrática de Corea gozan, trabajen o no sus madres, de toda suerte de prestaciones del Estado, como atención médica y educación gratuitas. Cada vez más personas asumen voluntariamente el cuidado de huérfanos del vecindario o de instituciones. En particular, los casos de una joven de poco más de 20 años y una gerente de fábrica que cuidan de varios huérfanos con amor maternal fueron objeto de una amplia cobertura en los medios de comunicación; estos conmovieron profundamente a la población y la alentaron a ayudarlas y a seguir sus ejemplos. El Estado se asegura de que esas familias reciban provisiones de manera prioritaria y de que se dote a los niños de uniformes y materiales escolares gratuitos. Como resultado de estas medidas, cada vez más niños salen de las instituciones y son acogidos por familias, en las que disfrutan de cuidados paternos y un entorno familiar.

36.Véase información sobre las medidas adoptadas en relación con el examen periódico de las condiciones de internación en los párrs. 121 a 123 del informe.

7.Información sobre las medidas adoptadas para atender a las recomendaciones anteriores del Comité sobre el maltrato y el descuido. Información sobre la legislación aplicable que penaliza el abuso sexual de niños varones

37.En 2013 se modificó el artículo 19 del Código Penal como medida para prevenir el maltrato. Este artículo estipulaba que, en caso de que la víctima o la parte agraviada solicitara el perdón del autor del delito cometido en contra de sus familiares o parientes, no se incoaría un proceso penal, siempre que el delito no fuera homicidio intencional cometido con brutalidad, homicidio en estado de emoción violenta, homicidio en exceso de legítima defensa, homicidio no premeditado, lesiones intencionales graves, atraco o violación. La versión modificada contiene otros dos delitos, esto es, “descuido de la responsabilidad de proteger a un niño” y “maltrato de un niño”.

38.La nueva medida contribuirá a la prevención de esas prácticas, y proporcionará el fundamento jurídico para sancionar duramente la comisión de esos delitos. Los artículos 38 a 43 de La Ley de Protección de los Derechos del Niño también disponen que es obligación legal de los padres proteger los derechos del niño en la familia.

39.Los fiscales hacen una estricta supervisión de los procesos de investigación y examen preliminar para asegurarse de que no se quebranten las normas en los casos de menores de edad en conflicto con la ley. Por ejemplo, los fiscales visitan periódicamente las celdas para cerciorarse de que su mantenimiento y utilización se ajustan a las leyes y reglamentos pertinentes. Cuando un niño recluido presenta una denuncia sobre las condiciones de vida u otras vulneraciones de sus derechos, el fiscal competente se entrevista con él en presencia de un secretario judicial y se asegura de que la denuncia se tramite dentro de un plazo de tres días.

40.Se han hecho esfuerzos para potenciar el respeto de la legislación por parte de los ciudadanos a través de los medios de comunicación y el sistema de educación sobre la observancia de la ley. Por ejemplo, los funcionarios judiciales llevaron a cabo campañas de difusión de la legislación en las zonas bajo su jurisdicción y concibieron materiales para la enseñanza del derecho destinados a las instituciones relacionadas con la infancia. En particular, se obtuvieron resultados positivos con los materiales didácticos concebidos por el Tribunal Central para los docentes, destinados a prevenir la delincuencia de los menores de edad por medio de diversas actividades educativas adaptadas a la edad y la psicología de los alumnos. También se insistió en la educación sobre la observancia de la ley de los profesionales de las instituciones que atienden a niños, los agentes del orden y los padres, con miras a aumentar su sentido de la responsabilidad por la protección de los derechos del niño.

41.Los escasos delitos sexuales relacionados con niños varones se sancionan con arreglo a los artículos 279 (violación), 281 (relaciones sexuales con un menor de edad) y 246 (conducta indecorosa) del Código Penal.

8.Información sobre si las 20 horas de clase destinadas a prácticas son semanales, mensuales o por año escolar, y sobre las medidas adoptadas para que el personal escolar y los funcionarios estatales no exijan a los alumnos realizar, además, actividades laborales. Información sobre el modo en que la educación sobre los derechos humanos y los derechos del niño se ha integrado en los planes de estudios de los niveles de enseñanza primario y secundario

42.Tres semanas de cada año del segundo ciclo de enseñanza secundaria se destinan a prácticas, para que los alumnos apliquen la teoría y adquieran amplios conocimientos sobre la naturaleza y la sociedad. Los alumnos plantan árboles, trabajan en los cultivos y ayudan a los agricultores en su labor. Así, aprenden de primera mano la aplicación de la teoría y el amor por su país.

43.La ley prohíbe exigir a los alumnos actividades laborales no previstas en el plan de estudios. En abril de 2016, el Consejo de Ministros aprobó una directiva según la cual los comités populares provinciales, municipales y de distrito y las fuerzas del orden deben supervisar y regular de cerca la aplicación de los planes de estudios y las condiciones del aprendizaje en los institutos de enseñanza. El 24 de junio de 2016, el Estado aprobó la Ley de Aplicación de los Planes de Estudios con el fin de asegurar su estricto cumplimiento.

44.Véase información sobre las medidas adoptadas en relación con la enseñanza de los derechos humanos en los párrs. 211 y 212.

9.Información sobre la aplicación de las anteriores recomendaciones del Comité relativas al trabajo infantil. Información sobre las medidas adoptadas para que todos los niños puedan gozar del derecho al descanso y al esparcimiento

45.La legislación de la República Popular Democrática de Corea prohíbe el trabajo infantil.

46.El artículo 15 del Código Socialista del Trabajo dispone que el “Estado prohíbe el trabajo de las personas que no han cumplido la edad mínima de admisión al empleo”; el artículo 3 del Reglamento del Trabajo en las Empresas de Inversión Extranjera de la Zona Económica y Comercial de Rason, que nadie empleará a personas que no hayan cumplido la edad mínima de admisión al empleo; y el artículo 191 del Código Penal, que quien emplee a un menor incurrirá en una pena de trabajo obligatorio de hasta un año de duración.

47.La Ley de Aplicación de los Planes de Estudios aprobada en 2016 establece que los institutos de enseñanza tienen la obligación legal de aplicar esos planes (art. 4); que esas instituciones no organizarán labores productivas no contempladas en los planes ni movilizarán a docentes y alumnos para que realicen tareas no previstas en ellos (art. 33); y que a las instituciones que no adopten las medidas necesarias para aplicar los planes podrán imponérseles sanciones administrativas o penales. La Ley es la garantía jurídica de una firme disciplina en la aplicación de los planes de estudios y la realización de la labor educativa en estricta concordancia con dichos planes.

48.Las brigadas de trabajo son organizaciones de jóvenes voluntarios que desean realizar hazañas laborales participando en proyectos de construcción importantes para el desarrollo económico del país y la mejora de la vida de la población. Solo pueden ingresar a las brigadas los jóvenes que han concluido la enseñanza secundaria. Dado que la Ley de Protección de los Derechos del Niño define “niño” como una persona menor de 16 años de edad, y que todos los niños deben terminar la enseñanza obligatoria antes de empezar la vida adulta en el ámbito de su elección, los miembros de las brigadas de trabajo, que han concluido la enseñanza secundaria, no son niños.

49.Se han adoptado varias medidas prácticas para fomentar el respeto de los derechos del niño al descanso y las actividades de esparcimiento. Por ejemplo, en el Complejo de Ciencia y Tecnología inaugurado en enero de 2016 se estableció el Pabellón de los Niños, un local multifuncional destinado a la educación social y la difusión de la ciencia y la tecnología más avanzadas, creando un entorno para que los niños de la era de la tecnología de la información desarrollen sus facultades intelectuales en la mayor medida posible y reciban formación en competencias creativas. El Zoológico Central fue objeto de una espléndida renovación para brindar a los niños actividades culturales y de esparcimiento, y se construyó el Museo de la Naturaleza para darles conocimientos amplios en la materia. Véase más información a este respecto en los párrs. 217 a 226 del informe.

10.Información sobre la aplicación de las anteriores recomendaciones del Comitésobre los niños en situación de calle. Información sobre las medidas adoptadas para concienciar sobre la trata de personas y prevenirla, así como para proporcionar protección y apoyo a los niños víctimas de la trata

50.Algunos niños han atravesado ilegalmente la frontera, acompañados o no, a instigación de elementos hostiles o como víctimas de conspiraciones orquestadas por fuerzas hostiles. En esos casos, los adultos que los acompañaron fueron debidamente sancionados a su regreso, teniendo en cuenta el motivo y propósito de los actos ilegales cometidos, pero no se aplicaron castigos a los niños. Los agentes populares de seguridad impartieron a los niños que regresaron educación adaptada a su edad y particularidades psicológicas, reforzando sus conocimientos sobre los requisitos de la legislación, en particular de la Ley de Inmigración y el Código Penal. Las escuelas en cuestión han prestado, en cooperación con los padres, especial atención a la correcta adaptación de los niños a la vida escolar. Por ejemplo, los nueve niños repatriados tras ser secuestrados a raíz de maniobras de las autoridades de Corea del Sur han terminado los cursos de los institutos de enseñanza secundaria núm. 1 de Kumsong y Hyesan, y estudian actualmente en la Universidad de la Arquitectura de Pyongyang y la Universidad de la Educación de Hamhung.

11.Información sobre la aplicación de las anteriores recomendaciones del Comitésobre los niños en situación de calle y sobre las medidas adoptadas paraconcienciar sobre la trata de personas y prevenirla, así como para proporcionar protección y apoyo a los niños víctimas de la trata

51.La cuestión de los niños de la calle surgió en la década de 1990, cuando el país atravesaba una crisis sin precedentes y dificultades económicas imputables a las iniciativas de fuerzas hostiles para aislar y ahogar a la República Popular Democrática de Corea, una serie de desastres naturales y la disolución del mercado socialista. Sin embargo, como resultado de las medidas positivas adoptadas por el Estado para reencauzar la economía, la vida de la población se estabilizó. Desde 2009, el año del examen de los informes periódicos tercero y cuarto del país, el número de niños de la calle se ha reducido, y ahora es casi imposible toparse con uno.

52.Los poquísimos niños que se encuentran en la calle como resultado de la muerte de ambos padres, las desavenencias con sus padres adoptivos o la pérdida de la vivienda en zonas afectadas por desastres se conducen a los organismos de socorro de los comités populares correspondientes y luego se devuelven a las personas capaces de cuidarlos o a las instituciones. Como se indica en los párrs. 31 y 32 del informe, el Estado adoptó medidas especiales para la crianza y la educación de los niños privados del cuidado de los padres, por lo que todos esos niños están llevando una vida feliz en las casas cuna, los orfanatos y los internados.

53.La trata de personas es inconcebible en la República Popular Democrática de Corea. No obstante, en el norte del país, las autoridades surcoreanas se han dedicado en reiteradas ocasiones al secuestro y la trata de niños, en un intento desesperado por empañar la imagen de la República Popular Democrática de Corea. A modo de ejemplo cabe citar el intento de secuestro, en mayo de 2015, de dos niños, uno de 6 y otro de 9 años de edad, que conmocionó al mundo en tanto violación flagrante de los derechos humanos y crimen de lesa humanidad. Véase información sobre las medidas legislativas adoptadas a este respecto en el párr. 115 del informe.

54.La República Popular Democrática de Corea, tras haber analizado los secuestros y las realidades actuales, adoptó una serie de medidas para estrechar la cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia. El país concluyó un Tratado de Asistencia Judicial en Asuntos Civiles y Penales con China el 19 de noviembre de 2003, y celebró un Tratado de Asistencia Judicial Recíproca en Asuntos Penales con Rusia el 17 de noviembre de 2015; asimismo, estableció tratados de asistencia judicial recíproca con varios otros países. También se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional el 16 de junio de 2016. Sobre la base de esos tratados, el Ministerio de Seguridad Pública y otras instituciones competentes celebraron acuerdos de asistencia mutua con los organismos encargados de la aplicación de la ley de los países vecinos, lo que creó las condiciones para luchar contra el secuestro y otros delitos a nivel internacional.

12.Explicación de las medidas de educación pública aplicables a los niños en conflictocon la ley de entre 14 y 17 años. Información sobre las medidas adoptadas para crear un sistema independiente accesible y que tenga en cuenta los intereses del niño para la tramitación de las denuncias presentadas por niños contra agentes del orden

55.La educación social es una medida de carácter correccional basada en los principios fundamentales de la lucha contra el delito consagrados en el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, a saber: “El Estado aplicará a los delincuentes sanciones centradas en la educación social”, y “en la lucha contra los delitos ordinarios, el Estado hará hincapié en la educación social, debidamente combinada con sanciones legales”.

56.Estas medidas reflejan la política penal del Estado, que da prioridad a la corrección por encima de la sanción, y tienen plenamente en cuenta el futuro de los niños en conflicto con la ley. En otras palabras, la educación social es una medida de carácter correccional según la cual no se impone al autor de un delito la pena correspondiente, en virtud de su calidad de menor de edad o, en el caso de un adulto, de su sincero arrepentimiento o de la levedad del delito. En consecuencia, se pone en libertad al infractor y se prevé un plazo para su corrección. Si en dicho plazo no comete más delitos, no se incoarán actuaciones penales.

57.Las medidas de educación social se aplican en estricta conformidad con los procedimientos establecidos en los artículos 115 a 122 del Código de Procedimiento Penal. Los fiscales pueden imponer a los imputados medidas de carácter correccional consistentes en educación social, con sujeción a su aprobación por una instancia superior de la fiscalía.El tribunal de primera instancia puede adoptar una resolución que disponga la reforma del acusado por medio de la educación social, mientras que el tribunal de segunda instancia y apelación extraordinaria puede dictar sentencia en tal sentido. Véase más información sobre la educación social en los párrs. 232 y 234 del informe.

Parte II

13.Breve puesta al día de la información proporcionada en el informe en relación con

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivas reglamentaciones

58.La Ley de los Docentes se aprobó por Decreto núm. 708 del Presídium de la Asamblea Popular Suprema el 8 de octubre de 2015, y la Ley de Aplicación de los Planes de Estudios, el 24 de junio de 2016; asimismo, se está redactando un proyecto de ley para regular los aspectos relativos a la formación profesional.

59.Los Reglamentos de Aplicación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, la Ley de Enseñanza General y la Ley de Aplicación de los Planes de Estudios se aprobaron en septiembre de 2011, diciembre de 2011 y septiembre de 2016, respectivamente.

60.Los Reglamentos de los Institutos de Enseñanza Primaria y Secundaria de Primer y Segundo Ciclo, los Institutos para los Ciegos, Sordos y Mudos y los Orfanatos se revisaron en febrero, marzo y mayo de 2016, respectivamente.

61.En junio de 2016, el Consejo de Ministros adoptó una Directiva relativa al establecimiento y el funcionamiento de los institutos de enseñanza secundaria técnica.

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales

62.Se creó un Departamento de Instituciones en el seno del Ministerio de Salud Pública, con el mandato de proporcionar orientaciones y de reglamentar las actividades sanitarias en las casas cuna, los orfanatos y los internados.

63.En el Instituto de Administración de la Salud Pública se creó una Sección de la Primera Infancia encargada de estudiar la manera de mejorar los cuidados en las casas cuna y las guarderías y de proporcionar asistencia académica al Departamento de Instituciones.

64.Se creó un Departamento de Instituciones en el Ministerio de Enseñanza General, al que se encomendó la misión de facilitar asistencia especializada sobre la educación de los huérfanos.

65.Se asignó el nivel de unidad especial a la Oficina de Administración del Aparato y los Materiales Didácticos de la Comisión de Educación. El mandato de la Oficina es velar por la producción y provisión oportuna de manuales, materiales escolares y artículos conexos, contribuyendo así a mejorar la calidad de la educación.

66.Se asignó el nivel de unidad especial a la Academia de Educación, que reagrupó al Instituto de Enseñanza Superior y los Institutos de Formación Docente y Aparato Experimental, que anteriormente dependían de diferentes unidades. Se encomendó a la Academia el estudio unificado de los problemas teóricos y prácticos de la enseñanza.

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientementey su alcance y financiación

67.Se está aplicando el Plan Quinquenal de Promoción de la Salud Pública (2016 2020), encaminado a equiparar los principales indicadores de salud, como la esperanza media de vida, la tasa de mortalidad de lactantes y la tasa de partos atendidos, a los de los países más adelantados del mundo.

68.Se está ejecutando la Estrategia de Ampliación de la Gestión Integrada de las Enfermedades Infantiles (2005-2020); como resultado, en el período que se examina se establecieron sistemas de gestión integrada de las enfermedades infantiles en 11 provincias y municipios y 118 distritos.

69.Se están aplicando el Plan Quinquenal de Mejora de la Educación (2016-2020) y el Plan de Acción de Mejora de la Calidad de la Enseñanza Secundaria (2017-2020).

70.Se creó una página de los internados en la red nacional, para permitirles intercambiar la experiencia adquirida en la educación de los huérfanos y la gestión de las escuelas.

71.Se estableció la intranet de las casas cuna, centrada en el Departamento de Instituciones del Ministerio de Salud Pública y la Sección de la Primera Infancia del Instituto de Administración de la Salud Pública, con el propósito de contribuir al intercambio de la experiencia adquirida en los cuidados prestados a los niños en dichas casas cuna.

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos

72.La República Popular Democrática de Corea ratificó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad el 23 de noviembre de 2016.

Parte III

14.Información de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia

73.En 2014, 2015 y 2016, las asignaciones presupuestarias destinadas a la salud pública han sido del 6,4%, 6,4% y 6,4%, respectivamente, y las reservadas a la educación, del 8,4%, 8,5% y 8,6%, respectivamente.

15.Datos estadísticos correspondientes a los tres últimos años sobre las tasas de malnutrición

74.Véase información sobre la tasa de malnutrición en el anexo, cuadro 9: Resultados de la encuesta de salud y nutrición.

75.Según un estudio de grupos múltiples realizado en 2014, la tasa de bajo peso al nacer era del 4,74 %.

16.Datos estadísticos correspondientes a los tres últimos años sobre el número de

a)Niños sometidos a tortura y malos tratos durante la privación de libertad; investigaciones, enjuiciamientos y condenas por esos delitos, y niños que recibieron asistencia letrada y servicios de recuperación física y psicológicay reintegración social

76.En la medida en que los niños en conflicto con la ley reciben educación social, no hay niños en reformatorios.

77.No ha habido denuncias de que niños hayan sido sometidos a tortura o malos tratos. Por consiguiente, no se han hecho investigaciones, ni ha habido enjuiciamientos o condenas por esos delitos.

78.En vista de que la educación social es una medida comunitaria de carácter correccional, los niños en conflicto con la ley no se aíslan de la sociedad. Por ende, no hay necesidad de servicios de reintegración social.

b)Niños víctimas de descuido y maltrato, especialmente en instituciones y en entornos alternativos de cuidado

79.Seis niños internados en instituciones fueron objeto de descuido y malos tratos.

c)Padres, tutores o trabajadores de instituciones de acogida acusados, imputados y declarados culpables de maltrato de niños

80.Se impusieron sanciones penales por malos tratos a niños a seis trabajadores de instituciones.

d)Niños víctimas de la trata y servicios sociales y psicológicos a su disposición

81.Véase la respuesta núm. 11 del presente documento.

e)Niños de origen étnico no coreano

82.Hay 200 alumnos en las escuelas para niños chinos.

f)Niños en situación de calle

83.Véase la respuesta núm. 11 del presente documento.

g)Niños víctimas de trata y secuestro

84.Véase la respuesta núm. 10 del presente documento.

h)Niños que hacen uso indebido de sustancias psicotrópicas

85.Ninguno.

i)Niños repatriados al Estado parte desde países vecinos

86.Cuarenta y ocho niños han sido repatriados.

j)Niños recluidos en campos de presos políticos

87.No hay campos de presos políticos.

17.Datos sobre los niños privados de un entorno familiar

a)Separados de sus padres

88.No hay niños separados de ambos padres ya que:

a)En los raros casos en que ambos padres están cumpliendo penas por la comisión de delitos graves, se otorga a la madre, atendiendo al interés superior del niño, una suspensión de la condena, o se le aplica una medida de educación social; y

b)En caso de divorcio, se asigna la custodia a uno de los progenitores, sobre todo a la madre.

89.Las instituciones asumen el cuidado de los niños privados de un entorno familiar debido a la muerte de sus padres o tras un desastre natural. (Véase más información en la respuesta núm. 11 y el párr. b) del presente documento.)

b)Internados en instituciones

90.Hay 2.998 niños en casas cuna, 1.902 en orfanatos, y 1.837 y 10.043 en internados en los que se imparten, respectivamente, el primer y el segundo ciclo de la enseñanza secundaria.

c)Adoptados en el país

91.Hay 736 niños adoptados.

18.Datos sobre el número de niños con discapacidad

Número total de niños con discapacidad: 34.171

Número de niños que asisten a la escuela: 33.013

Número de niños en internados: 1.144

Número de niños que no asisten a la escuela: 1.158

Número de niños con:

Deficiencia visual: 6.383

Deficiencia auditiva: 7.518

Deficiencia del habla: 2.272

Deficiencia física: 9.563

Deficiencia intelectual: 6.042

Deficiencia mental: 2.393

19.Información sobre el número de denuncias de niños recibidas por las autoridades, incluido el número de denuncias que han dado lugar a investigaciones y enjuiciamientos y el número y tipo de condenasimpuestas a los autores

92.Hubo un total de 91 denuncias ante la Comisión de Educación, el Ministerio de Salud Pública y el Tribunal. Cuando el hecho no era de mucha gravedad, los denunciados recibieron críticas en las reuniones del personal de la escuela o de los docentes de la región. En los casos graves, se impusieron sanciones administrativas, como la suspensión o la privación de la licencia, la degradación o la destitución.

93.Una causa penal está en trámite ante el Tribunal Central.

20.Datos sobre el número de niños en conflicto con la ley, en particular de edades comprendidas entre los 14 y los 17 años, que han sido objeto de medidas de educación social

94.Se sometió a educación social a 13 niños.

95.(Véase más información a este respecto en la respuesta núm. 12 del presente documento y el párr. 234 del informe.)

21.Actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos porhaberse recabado otros más recientes

96.Véase las respuestas núms. 1, 4, 7, 9, 11, 13 y 18 del presente documento.

22.Esferas que afectan a los niños y se consideran prioritarias con respecto ala aplicación de la Convención

97.Una de las prioridades es satisfacer la demanda de medicamentos para el tratamiento de las enfermedades infantiles. Habida cuenta de que se ha establecido un sistema de gestión de las enfermedades infantiles a diferentes niveles en los hospitales pediátricos, la producción y el suministro sostenibles de medicamentos es una cuestión destacada. La otra es la creación de condiciones materiales y técnicas adecuadas para la mejora de la calidad de la educación. Con la adopción de un nuevo plan de estudios para el sistema de enseñanza de 12 años, deben facilitarse a las escuelas una cantidad suficiente de computadoras, retroproyectores y otros equipos, que se emplearán en el perfeccionamiento docente y las clases con los alumnos.