Distr.LIMITADA

CCPR/CO/74/HUN/Add.129 de abril de 2003

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 40 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos

HUNGRÍA

Adición

Respuestas del Gobierno de Hungría a los motivos de preocupación expresados por el Comité de Derechos Humanos en sus observaciones finales (CCPR/CO/74/HUN)

[9 de abril de 2003]

GE.03-41423 (S) 090503 120503

INFORMACIÓN ADICIONAL FACILITADA POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HUNGRÍA EN RELACIÓN CON LAS OBSERVACIONES FINALES (CCPR/CO/74/HUN) DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

1.El Gobierno de la República de Hungría presenta la siguiente información adicional solicitada por el Comité de Derechos Humanos según se detalla en las observaciones finales (CCPR/CO/74/HUN) aprobadas el 2 de abril de 2002. En sus observaciones finales el Comité de Derechos Humanos pidió al Gobierno de la República de Hungría que en el plazo de un año informe de las medidas que haya tomado teniendo en cuenta las observaciones y recomendaciones del Comité sobre la situación de los romaníes (párr. 7) y la detención preventiva en locales de la policía (párr. 8).

2.Por lo que se refiere a la situación de la población romaní, desde que se presentó el informe de Hungría al Comité de Derechos Humanos, el 22 de marzo de 2002, se han adoptado varias iniciativas, administrativas y legislativas. En el programa oficial del nuevo Gobierno de Hungría, que tomó posesión el 16 de junio de 2002, figura un capítulo titulado "Actividades relativas a la integración social y política de los romaníes de Hungría". En el programa se establece el marco de las medidas para el mejoramiento de la situación de los romaníes. Entre otras cosas, se trata de iniciar un programa general de lucha contra la pobreza para proporcionar igualdad de oportunidades a todos, y sobre todo a la población romaní. El Gobierno también se compromete a presentar a la Asamblea Nacional y a aprobar una compleja ley general de lucha contra la discriminación. En esa ley, que está ahora en fase de aprobación, se prevén sanciones por aquellos actos con los que se pretenda excluir socialmente a los romaníes, y se establecen recursos eficaces contra las expresiones de odio y otros delitos de motivación racial.

3.Desde que tomó posesión el actual Gobierno de Hungría, se han emprendido varios cambios estructurales en el marco institucional en que se encuadra el trato de la minoría romaní. En la Oficina del Primer Ministro se ha creado una nueva secretaría encargada de las cuestiones de las políticas de integración de los romaníes, dirigida por el Sr. László Teleki, Presidente de la Alianza Nacional de Organizaciones Romaníes. También se ha creado un Consejo de Asuntos Romaníes formado por 21 miembros, presidido por el Primer Ministro y del que forman parte destacados dirigentes romaníes y algunas personalidades no romaníes dedicadas a la causa de ese sector de la población. El Primer Ministro de la República de Hungría ofreció al Sr. Aladár Horváth, Presidente de la Fundación de Derechos Civiles de los Romaníes, y diputado entre 1990 y 1994, el cargo de asesor personal suyo en materia de políticas romaníes. Se han nombrado comisionados ministeriales romaníes en Ministerios como los de Educación, Empleo y otros para facilitar la coordinación intra e interministerial y para que se dé a la cuestión romaní la importancia que merece. Con ese mismo objeto, los ministerios que no tienen comisionados romaníes establecen departamentos específicos para esa etnia.

4.El Gobierno está preparando una ley completa contra la discriminación y adoptando las disposiciones jurídicas necesarias contra las expresiones de odio. Las consultas entre organismos sobre la enmienda del Código Penal se iniciaron a principios de agosto del año pasado y en ellas participa también el Defensor de las Minorías. Conforme al proyecto, se considerarán delito las expresiones de odio, que se castigarán con pena de hasta tres años de reclusión.

5.Cabe señalar también que el Ministerio de Educación tiene previsto crear una red de integración nacional para ejecutar programas de reducción de la desigualdad de oportunidades.

6.A pesar de los logros innegables, en la vida diaria se producen muchos problemas y conflictos que sería posible solucionar de raíz si quienes pertenecen a la comunidad romaní tuvieran acceso a expertos especializados en la esfera de actividad de que se trate. Las dificultades se exacerban porque la información no llega, o sólo llega parcialmente, al grupo al que va destinada, y las personas de extracción romaní a menudo no consiguen desenvolverse en los laberintos de la administración. Con pleno conocimiento de estos hechos, el Ministerio de Justicia, en colaboración con la Autonomía Nacional Gitana y la Oficina de Minorías Nacionales y Étnicas, gestiona una red de servicios a los particulares de lucha contra la discriminación. El objetivo de esta red es ofrecer un servicio de asistencia jurídica con competencia explícita en los casos en que sus clientes hayan sido agraviados debido a su ascendencia romaní. El Ministerio de Justicia estableció un contrato de servicios profesionales de larga duración con los abogados que trabajan en la Red. En ese contrato se incluyen las siguientes actividades: asesoría jurídica, presentación de demandas judiciales en asuntos administrativos y representación del cliente ante los tribunales.

7.La idea de Hungría es esforzarse al mismo tiempo a tres niveles distintos, lo que significa que las medidas a medio plazo se encuadran en una estrategia a largo plazo y se concretan anualmente en planes de acción públicos. La integración social de la población romaní sólo podrá lograrse plenamente con el paso del tiempo. Para ello es necesario elaborar una estrategia a largo plazo en la que se tracen las perspectivas, también a largo plazo, los objetivos estratégicos, las prioridades principales y los principios que exigen un consenso básico de toda la sociedad. En la estrategia se destacan tres prioridades principales, a saber, la educación, el empleo y el bienestar de las familias romaníes. Desde el año 2000 se han estado compilando planes de acción anuales para promover la aplicación en la práctica de las medidas a medio plazo.

8.Las comunidades romaníes se involucran cada vez más en la gestación de esas políticas. La consulta con ellas se ha visto facilitada por la creación de un sistema de autogobierno de las minorías. Entre 1994 y 1998 funcionaron 420 autonomías locales romaníes y su número casi se duplicó tras las elecciones de 1998. En las recientes elecciones a las autonomías minoritarias, celebradas en noviembre de 2002, se eligieron 1.007 autoridades autónomas romaníes, lo que representa un 30% más que en el período anterior.

9.En el presupuesto de 2003 se duplica la asignación de fondos de apoyo a la población romaní con respecto a 2002. La Fundación Pública de los Romaníes podrá utilizar 1.100 millones de forint para la educación de los niños romaníes, en comparación con 300-500 millones asignados a esa partida en los años anteriores. El fondo de intervención para crisis instituido por la Oficina de Minorías Nacionales y Étnicas contará en 2003 con 68,5 millones de forint, frente a 48 millones en 2002. En 2003 recibirán becas 18.400 niños romaníes, en comparación con 12.000 en 2002. Se presta especial atención al aumento de la participación de los niños romaníes en la enseñanza preescolar, considerada uno de los aspectos más importantes de la educación de esos niños.

10.La meta del programa PHARE para la integración social de los romaníes es fortalecer la cohesión social, mejorar la relación y la comunicación entre los componentes romaní y payo de la sociedad y crear modelos microrregionales de desarrollo para las actividades de lucha contra la discriminación. En el programa figuran cuatro proyectos: un proyecto innovador para el bienestar, la creación de instituciones de lucha contra la discriminación, un proyecto de educación y formación profesional, y servicios de información. Los fondos para el PHARE ascienden a 740 millones de forint, y la cofinanciación que aporta el Estado húngaro es de 275 millones.

11.Por lo que se refiere a los motivos de preocupación expresados por el Comité de Derechos Humanos (párr. 8) en cuanto a la detención preventiva de breve duración en los procedimientos penales, así como en cuanto a la duración de la fase de detención previa al juicio, se hacen los comentarios que figuran a continuación.

12.Los cambios legislativos impulsados por el Ministerio de Justicia a recomendación del Comité de Derechos Humanos son de dos tipos. En primer lugar, haciendo más rigurosa la reglamentación penal vigente, se trata de reducir al mínimo imprescindible el período de detención previa al juicio en los locales de la policía. En segundo lugar, la mejora de la capacidad física de las instituciones de seguridad también contribuye a proporcionar condiciones decorosas de detención a los afectados. Conforme al párrafo 131 1) de la nueva Ley de procedimiento penal, la detención provisional tendrá una duración máxima de un mes. Conforme a lo dispuesto en el párrafo 135 1) de esa nueva ley, la detención preventiva se cumplirá de ordinario en los organismos de seguridad. Las disposiciones de la nueva ley entrarán en vigor el 1º de enero de 2005, de conformidad con la Ley Nº I de 2002, y hasta entonces seguirán vigentes las normas actuales. Para mayo de 2003 se finalizará un plan de acción elaborado conjuntamente por un grupo de trabajo formado por representantes de las autoridades centrales de la policía nacional y de los organismos de seguridad nacional, a fin de cumplir las obligaciones que impondrá la nueva Ley de procedimiento penal.

13.En 2002 se emprendieron varias iniciativas para ampliar las instalaciones carcelarias. La renovación de la prisión de Szeged permitió crear 230 nuevas plazas carcelarias, y en Szolnok se añadió un nuevo pabellón a las instalaciones con lo que se crearon otras 70 plazas. La institución de seguridad para menores delincuentes de Miskolc se ha ampliado en 115 plazas. En la primera mitad de 2003 se terminará la construcción de la nueva cárcel de Veszprém, con lo que se añadirán otras 156 plazas a las instalaciones ya existentes.

14.En el Decreto oficial Nº 2147/2002 figura un plan de acción para la creación de nuevas instalaciones carcelarias en el período 2003-2008. En el plan de acción se prevé la ampliación de las instalaciones en 850 plazas y la construcción de otras 1.400. La institución de detención de menores de Pécs se ampliará en 50 plazas gracias al apoyo del programa PHARE. También está en marcha la renovación de las instituciones de seguridad: se están reconstruyendo 500 celdas de la cárcel de Sopronkőhida y se está renovando toda la Institución de Seguridad de Budapest.

15.En la nueva Ley de procedimiento penal no se prevé la detención de breve duración (hasta 12 horas), por lo que no es necesario enmendar esa disposición. En la Ley de policía Nº XXXIV de 1994 se dispone que podrá restringirse la libertad personal durante 8 horas. Ese período podrá ampliarse en otras 4 horas si no se ha logrado la finalidad que tenía la detención por el período más breve.

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