Naciones Unidas

CAT/C/SR.1026

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

28 de agosto de 2012

Español

Original: inglés

Comité contra la Tortura

47º período de sesiones

Acta resumida ( parcial )* de la 1026ª sesiónCelebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 3 de noviembre de 2011, a las 10.00 horas

Presidente :Sr. Grossman

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19de la Convención (continuación)

Informes periódicos cuarto, quinto y sexto del Paraguay

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Informes periódicos cuarto, quinto y sexto del Paraguay (CAT/C/PRY/4-6)

1.Por invitación del Presidente, la delegación del Paraguay toma asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. González (Paraguay) presenta a su delegación y dice que el Paraguay tiene intención de mantener un diálogo constante con todos los mecanismos internacionales de derechos humanos y de abordar con responsabilidad los desafíos que existen en ese ámbito. Tras señalar que, a lo largo de 2011, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer examinaron los informes del Estado parte y que la República del Paraguay fue sometida al mecanismo del Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos, observa que el Paraguay no tiene pendiente de entrega ningún informe a órgano de tratado alguno en los que sea parte. Este hecho denota la voluntad con que el Gobierno intenta cumplir sus obligaciones internacionales.

3.El Paraguay fue uno de los primeros países en ser visitados por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y el primero en recibir una visita de seguimiento y ha decidido publicar los informes ulteriores del Subcomité. El Subcomité expresó su gratitud a las autoridades paraguayas por su cooperación para la preparación y el desarrollo de las visitas, que tuvieron lugar en marzo de 2009 y septiembre de 2010. Al Subcomité se le facilitó un acceso rápido y sin obstáculos a los lugares de detención y las autoridades penitenciarias colaboraron plenamente con él. Pudo entrevistarse en privado con todos los reclusos con los que quiso hablar y obtuvo acceso irrestricto a los informes y registros. El Subcomité llegó a mantener una entrevista con el Presidente de la República durante su primera visita, así como con representantes de varias organizaciones no gubernamentales. Para demostrar nuevamente el interés del Estado parte en mejorar la situación de sus derechos humanos, la delegación celebró una reunión con la Asociación para la Prevención de la Tortura, justo antes de presentarse ante el Comité contra la Tortura.

4.El Estado parte se encuentra en proceso de actualización del tipo penal de tortura para ajustarlo al artículo 1 de la Convención. Es útil señalar que la Constitución le otorga una condición de imprescriptibilidad. Ese principio se ha respetado en sentencias judiciales y, con el objetivo de poner fin a la impunidad, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha decidido que la imprescriptibilidad opera tanto en relación a la acción penal como en la sanción penal.

5.En virtud de la Ley Nº 4288/11 se ha establecido el Mecanismo Nacional de Prevención. Es una institución jurídica independiente creada para reforzar la protección de las personas privadas de libertad contra todo tipo de trato o penas prohibidas por la legislación vigente y las normas internacionales que rigen la materia, así como para procurar la erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Se ha constituido una comisión ad hoc abocada a la planificación de las necesidades presupuestarias del mecanismo.

6.De conformidad con la Ley orgánica Nº 4423/11, se ha otorgado a la Defensa Pública autonomía funcional y autarquía financiera y se ha nombrado a un número importante de defensores públicos. La Fiscalía General del Estado ha establecido una Unidad Especializada de Derechos Humanos conformada por tres unidades fiscales y que tiene su sede en Asunción, a fin de racionalizar los esfuerzos a escala nacional para combatir las violaciones de los derechos humanos. Se han otorgado a los fiscales ciertas funciones exclusivas.

7.Los derechos humanos figuran en todos los programas de formación de la policía y se ha publicado un manual del uso de la fuerza. En el marco del nuevo régimen disciplinario se ha establecido una Fiscalía en Derechos Humanos de la Policía Nacional, especializada en sumarios administrativos. En el ámbito de la educación, 37 internas en la Casa del Buen Pastor, centro penitenciario de mujeres, comenzarán su carrera universitaria de cuatro años en las especialidades de derecho y psicología en 2011 gracias al convenio firmado entre el Ministerio de Justicia y Trabajo y la Universidad Técnica de Comercialización y Desarrollo.

8.La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo está elaborando un Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos con miras a generar las condiciones para hacer visibles a grupos y sectores que históricamente no fueron escuchados. En varias ciudades se han creado mesas de trabajo temáticas formadas por representantes de instituciones públicas, organizaciones sociales y universidades para estudiar las formas de promover los derechos de los miembros de ciertos sectores de la sociedad. Se han organizado asimismo talleres de consulta para la revisión de los textos elaborados en las mesas de trabajo. Con los aportes realizados en los talleres, un Comité Coordinador preparará el documento del Plan de Acción, que se hará público, según se espera, en diciembre de 2011. La Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sra. Kyung-wha Kang ha visitado recientemente el país y además de señalar los importantes problemas de derechos humanos que requieren una atención urgente, ha reconocido los esfuerzos de la Red. El Estado parte es consciente, no obstante, de que aun queda un largo camino por recorrer para lograr el pleno cumplimiento de lo dispuesto en la Convención.

9.El Presidente dice que las visitas del Subcomité para la Prevención de la Tortura al Estado parte y la creación del mecanismo nacional de prevención son signos alentadores de la mejora de la situación de los derechos humanos.

10.El Sr. Mariño Menéndez (Relator para el país) acoge con satisfacción el proceso de reforma legislativa e institucional que el Estado parte ha puesto en marcha y su espíritu de cooperación con los órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos. Señala, sin embargo, que el Estado parte no ha aceptado el artículo 20 de la Convención.

11.Tras tomar nota de la intención del Estado parte de modificar el Código Penal, para adaptar el artículo 309 sobre tipificación de la tortura, al artículo 1 de la Convención, pide que se le confirme que se ha elaborado también un proyecto de ley destinado a modificar el Código Penal Militar, mediante la incorporación de una definición similar. La falta de tipificación de la tortura como delito que se ajuste a lo dispuesto en las normas internacionales significa que los casos de tortura pueden ser incluidos en otras categorías de delitos en los que sí se aplica un plazo de prescripción, a diferencia del delito de tortura. Por ello, y teniendo en cuenta que no parece que se pueda invocar directamente la Convención ante los tribunales del Paraguay, el Código Penal en su forma actual impide la plena aplicación del artículo 5 de la Constitución.

12.Respecto de las garantías previstas en los artículos 2 y 4 de la Convención, acoge con satisfacción el registro detallado descrito en el párrafo 122 del informe del Estado parte, pero expresa su sorpresa porque un concepto de esa importancia no se haya plasmado más que en una resolución de la policía nacional en vez de en un instrumento jurídico de rango superior. Solicita más información sobre cómo funciona exactamente el registro y quién se encarga de supervisar las responsabilidades de los jefes de las dependencias policiales descritas en el párrafo 123. Pregunta por la triple relación entre la policía, el ministerio público y los jueces de los tribunales encargados de velar por las garantías procesales de los detenidos. ¿Están informados los jueces de garantías de las actuaciones de la policía, como los interrogatorios? ¿Quién se encarga de garantizar el respeto de los derechos humanos? Pregunta también si existen instrucciones y procedimientos normalizados para interrogar a los sospechosos y si se graban los interrogatorios.

13.Aunque es digna de elogio la creación de la Defensa Pública, da la impresión de que la demanda de asistencia jurídica supera con creces la oferta, con 192 abogados para resolver miles de casos. Pregunta si la Defensa Pública, al igual que el ministerio fiscal y los jueces de garantías, tienen derecho a visitar a las personas bajo custodia policial, acceso que parece estar sujeto a restricciones. Dado el alto riesgo de tortura o de malos tratos en las fases iniciales de la detención, es importante garantizar que se implanten las salvaguardias apropiadas. Pregunta si los detenidos pueden interponer recursos constitucionales de amparo. ¿Se ha dado algún caso y si es así, la Corte Suprema ha adoptado una decisión o dictado una providencia de habeas corpus?

14.El considerable uso por parte del Estado de la detención preventiva durante largos períodos de tiempo equivale a una medida cuasipunitiva, que vulnera potencialmente la presunción de inocencia e impide la aplicación de medidas de protección y aleja a los detenidos de su lugar de origen. Esta situación quizá esté relacionada con los problemas que plantea el funcionamiento de los sistemas de seguridad y de justicia, fruto en parte de la falta de recursos. Tras hacer hincapié en que justicia que se hace tarde es justicia que no se hace, pregunta si se ha contemplado la posibilidad de agilizar el sistema judicial y si la Sala de lo Penal de la Corte Suprema funciona correctamente.

15.Pregunta si la Defensoría del Pueblo ha creado una base de datos para las denuncias de tortura y si existe algún registro de las quejas de tortura infligida por la policía, con el doble objetivo de sensibilizar a la opinión pública y de mejorar la situación. En cuanto a la detención de extranjeros, pregunta cómo hace efectivas el Estado parte las disposiciones del artículo 36 de la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.

16.Desde 1999 parece que en el Estado parte se ha condenado por tortura únicamente a una persona. Nunca se ha aplicado el artículo 309 del Código Penal, mientras que el artículo  307 solo se ha invocado en contadas ocasiones. De las múltiples denuncias presentadas ante los servicios de la fiscalía, solo se han tomado medidas en 56 casos. Dado que existe una Unidad Especializada de Derechos Humanos en los servicios de la fiscalía, pregunta si el escaso porcentaje de procedimientos y condenas se debe a una investigación inadecuada. Podría ser útil, como ya se ha sugerido en otras tribunas, crear un mecanismo específico para investigar las denuncias de tortura o de trato inhumano de los detenidos, en especial bajo custodia policial. El Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes llegó en 2007 a la conclusión de que la tortura se seguía practicando ampliamente durante los primeros días de la detención policial, en especial en Ciudad del Este. La ausencia de condenas por el delito de tortura sugiere una situación de impunidad. Pregunta cuál es el procedimiento para presentar y tramitar las denuncias de malos tratos en las comisarías de policía. Pasando al uso excesivo de la fuerza por parte de los servicios de seguridad, pregunta si existen grupos privados que utilicen la fuerza con el acuerdo tácito de las autoridades en los conflictos por cuestiones de tierras. Una situación de esa índole llevaría aparejada consecuencias para la responsabilidad del Estado parte. ¿Se ha recibido alguna queja en ese sentido, sobre todo en lo tocante a los conflictos motivados por la tierra en los que estén implicados los pueblos indígenas?

17.Pregunta si se ha declarado algún estado de emergencia en el Paraguay y, en caso afirmativo, con qué objetivo y durante cuánto tiempo. ¿Está relacionado con la lucha contra el terrorismo, el tráfico de drogas o la delincuencia organizada? ¿Qué grado de delincuencia organizada justificaría un estado de emergencia? Pide confirmación de la información transmitida por el Consejo de Derechos Humanos y el Subcomité para la Prevención de la Tortura de que no existe un registro oficial de armas entregadas a la policía. De ser así, esa situación plantea graves problemas para la seguridad individual e infringe las normas jurídicas internacionales.

18.Por lo que hace a la cuestión de la independencia de los jueces, pregunta cuál es el procedimiento para constituir los tribunales de magistrados que conocerán de un asunto y subraya la necesidad de contar con garantías efectivas de imparcialidad.

19.Da la impresión de que los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de ciertos grupos indígenas se están aplicando con lentitud. Pregunta si los grupos indígenas afectados participan en el proceso y si han formulado alguna opinión. Los pueblos indígenas son a menudo vulnerables a la explotación. ¿Se ha creado algún mecanismo nacional específico para tratar las reclamaciones de los grupos indígenas relativas a la utilización de las tierras tradicionales? Si existe un catastro de propiedad de las tierras, ¿reconoce y protege los títulos indígenas?

20.Por último, en lo que respecta al artículo 3 de la Convención, el orador pone de relieve la duplicación entre las medidas de protección internacional y las destinadas a luchar contra la trata de personas y pregunta si el Estado parte se ha negado a extraditar a alguna persona alegando que correría el peligro de ser torturada en el país que solicita la extradición.

21.La Sra. Svea a ss (Relatora Suplente para el país), da las gracias al Estado parte por presentar el informe con arreglo al nuevo procedimiento y declara ser consciente de los retos que afronta el Paraguay para castigar los delitos del anterior régimen y promover la transición a la democracia y expresa su agradecimiento por la sinceridad mostrada por el Estado parte en dicho documento. Como ocurre en otros países de la región que acaban de salir de una dictadura, hay que incluir entre las preguntas fundamentales cómo ha abordado el Estado parte los delitos del anterior régimen y los procesos de transición en materia de justicia y rendición de cuentas, cómo se ha reconocido a las víctimas de los regímenes anteriores y se las ha indemnizado y qué medidas se han tomado para garantizar que las violaciones de los derechos humanos, y en especial las relativas a la tortura, sean cosas del pasado.

22.Sobre la proclamación de un estado de excepción, solicita más información acerca de los criterios utilizados para decidir su aplicación y las consecuencias prácticas de dicha decisión.

23.En lo tocante a la capacitación impartida a los miembros de la policía, y al personal militar y de asistencia sanitaria sobre los aspectos de la Convención, la oradora señala que el informe ofrece más datos sobre la capacitación impartida al personal militar y de la policía que al personal médico, por lo que solicita una información más amplia al respecto. Le complace saber que se ha considerado un éxito la formación facilitada al personal militar y que no se ha presentado ninguna denuncia contra los efectivos militares que se dedican a apoyar a la policía nacional desde que se impartió, pero desea saber si se ha contrastado con el número de quejas recibidas antes de la capacitación, ya que esa información es vital para evaluar los cursos organizados. Elogia al Estado parte por haber incluido en la capacitación el Protocolo de Estambul y pregunta si, de conformidad con dicho instrumento, se dispone de médicos forenses para investigar los casos de supuestas torturas. Tras acoger con agrado la importancia otorgada a la investigación de las denuncias de tortura en la formación facilitada a la policía, expresa su preocupación por el hecho de que la explicación brindada por el Estado parte, en el sentido de que el número de denuncias de tortura y malos tratos presentadas contra el personal de la policía ha disminuido a raíz de la capacitación, no coincide totalmente con los informes recibidos por el Comité acerca de las situaciones que se producen durante las primeras fases de la detención y la privación de libertad y solicita más datos del Estado parte al respecto. Además, agradecería mayores detalles sobre la formación proporcionada respecto de las manifestaciones y protestas multitudinarias.

24.Tras sumarse a la pregunta formulada por el Sr. Mariño Menéndez, pregunta por la eficiencia del registro del "control de armas" y si se ha investigado cualquier anomalía o utilización irregular. Existen también informes que indican que se puede comprar munición sin registrarla, por lo que agradecería alguna aclaración. Además, solicita confirmación de que se ha interrumpido la práctica habitual en otra época de que la policía adquiriese sus propias armas.

25.Pasando a las visitas a las prisiones, se congratula de saber que en abril de 2010 se aprobó la creación del mecanismo nacional de prevención y pide más información sobre las visitas a las cárceles efectuadas por los órganos competentes, en particular las realizadas sin previo aviso, las oportunidades para hablar con los reclusos en privado, el procedimiento seguido para publicar las recomendaciones de dichos órganos y las reacciones ante esas recomendaciones. También se necesita una información más detallada sobre las recomendaciones efectuadas para mejorar el sistema penitenciario.

26.Acoge con agrado la información sobre el registro de datos relativos a los presos, y en especial, los referentes a su salud, pero pregunta también si se han incluido detalles de las medidas disciplinarias. Se dispone de información en el sentido de que los reclusos son internados en celdas en régimen de aislamiento durante largos períodos de tiempo y, tras señalar a la atención el caso del Sr. Mauricio Marga, un mexicano que fue recluido durante 15 días en una celda de aislamiento antes de ser trasladado definitivamente a otro establecimiento penitenciario, pregunta si se deja constancia en los registros de esos castigos y su duración.

27.Solicita también información sobre las medidas tomadas para combatir la corrupción en las cárceles, ya que se ha informado que los presos están pagando a los guardias por servicios que deben recibir como parte de la prestación normal, por ejemplo el derecho a salir al patio o a ponerse en contacto con su abogado. Expresa su preocupación por las informaciones de que se ha fomentado la prostitución de las reclusas con los presos por mediación de los guardias y de que se ha descubierto una red de pornografía infantil en la penitenciaría nacional de Tacumbú, por lo que solicita que se aclaren esas informaciones y se expongan las medidas adoptadas para prevenir y sancionar esas actividades. Además, desea recibir más detalles acerca de la información de que los reclusos pueden disfrutar de más visitas conyugales que las reclusas o que sus compañeros homosexuales, de las medidas específicas adoptadas para luchar contra las drogas en la cárcel y de la rehabilitación para los presos toxicómanos.

28.Ha tomado nota, con agradecimiento de la información facilitada por el Estado parte respecto de las medidas disciplinarias de la policía, y pregunta si se ha condenado a algún agente por infligir lesiones corporales graves a los detenidos. Como el dolor psicológico constituye también una forma de tortura, deben facilitarse informes sobre esas actividades. En referencia a las denuncias de casos de brutalidad policial, pregunta qué medidas se han tomado. A pesar de que se denunciaron en 2009 cinco casos de tortura, solo en uno de ellos había pruebas suficientes para sustentar la acusación, por lo que desea saber si se ha adoptado alguna sanción.

29.Acoge con satisfacción las disposiciones tomadas para otorgar una indemnización a las víctimas del anterior régimen y pregunta si, aparte de la compensación monetaria, se ha concedido alguna otra forma de reparación, como la rehabilitación. Además, se requiere más información sobre la indemnización a las víctimas de tortura durante el período objeto de examen.

30.Tras señalar que se permite recurrir a las personas condenadas sobre la base de testimonios y pruebas obtenidos mediante tortura, pregunta si se pone en su conocimiento la existencia de esa posibilidad y se les proporciona cuando procede la asistencia jurídica oportuna.

31.En cuanto al tema de los grupos indígenas del Paraguay, pregunta si se ha levantado un nuevo censo que aporte información actualizada sobre el número de indígenas en el Estado parte. Aplaude las medidas tomadas por el Estado parte para afrontar problemas como los conflictos por cuestiones de tierras y pide una actualización de las disposiciones adoptadas para confirmar los fallos pronunciados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos al respecto. Se han recibido también informes sobre las dificultades con que tropiezan los representantes de esa Corte para acceder a las comunidades en su investigación de los litigios motivados por las tierras, y el Comité agradecería información acerca de las medidas tomadas para afrontar ese problema.

32.En cuanto a la trata de personas, solicita una explicación de las cifras que figuran en el párrafo 177 del informe y pregunta cuántas personas han sido declaradas culpables del delito de trata y qué disposiciones se han adoptado para incrementar el apoyo prestado a las víctimas. Alienta al Estado parte a impartir una formación a la policía de fronteras y a los fiscales sobre el tema de la trata en relación con el Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños.

33.En referencia al tema del aborto, solicita información sobre el derecho al aborto de las mujeres que han sido violadas o han sido víctimas de la trata y qué se hace para ayudarlas. Además, desea saber si está autorizado el aborto en los casos en que el embarazo ponga en peligro la vida de la madre y qué les puede suceder a los médicos que practican abortos terapéuticos.

34.Por último, en lo tocante a la asistencia psiquiátrica en el Estado parte, pide más información sobre el cierre del pabellón de psiquiatría en la penitenciaría nacional de Tacumbú y elogia las reformas introducidas en el tratamiento de los presos con trastornos mentales. Observa, sin embargo, que no existen disposiciones jurídicas claras que regulen los derechos de las personas con discapacidad mental, por lo que solicita más información al respecto.

35.El Sr. Bruni advierte que, aunque el Paraguay todavía no ha creado un mecanismo nacional de prevención, como se prevé en el Protocolo Facultativo de la Convención, es digno de elogio por haber aprobado una legislación destinada a establecer y financiar ese mecanismo. Pregunta a los miembros de la delegación cuándo se espera que empiece a funcionar y qué recursos humanos y financieros se le asignarán a esos efectos.

36.En su informe, el Estado parte ha proporcionado solo respuestas parciales a las preguntas formuladas en el párrafo 24 de la lista de cuestiones; entre otras, el Paraguay no ha presentado detalles sobre el número de guardias a cargo de la vigilancia en cada prisión, sobre la formación y la remuneración percibida, ni sobre el régimen de utilización de celdas de aislamiento y el régimen de incomunicación para castigar a detenidos o condenados. Además, el Paraguay no ha informado al Comité de si se han creado cárceles de alta seguridad militares o civiles y no ha descrito los procedimientos seguidos para regular el traslado entre prisiones de personas privadas de libertad. Insta a la delegación a suministrar a la mayor brevedad respuestas detalladas a las preguntas formuladas en el párrafo 24.

37.La información facilitada al Comité en respuesta a las preguntas que figuran en el párrafo 25 de la lista de cuestiones es igualmente incompleta; el Comité ha sido informado de que la situación de las cárceles en el Paraguay es deplorable; el Estado parte debería proporcionar, con carácter urgente, una información más minuciosa en ese sentido.

38.En el párrafo 24 de los informes periódicos 4º, 5º y 6º combinados presentados por el Estado parte en respuesta a la lista de cuestiones, se afirma que los Juzgados de Ejecución tienen las competencias que les asignan las leyes para ejercer la vigilancia sobre el régimen penitenciario a través de programas de visitas. El Comité desea saber si se efectúan visitas sin previo aviso y si podría disponer de información sobre los resultados de una o varias inspecciones recientes y el seguimiento correspondiente por parte de las autoridades competentes.

39.En el párrafo 111 de su informe, el Estado parte indicó que se había iniciado el proceso de reforma penitenciaria en el Paraguay; el Comité desea saber si se dispone de alguna información sobre el resultado de esa reforma. Según el párrafo 141 del informe, si bien en 5 establecimientos penitenciarios en el Paraguay se registra un gran hacinamiento, los otros 10 funcionan por debajo de su capacidad. El orador pregunta por la razón de esa diferencia y qué medidas se están tomando para abordar el tema del hacinamiento.

40.El Sr. Gaye pregunta si el personal militar en el Paraguay puede comparecer ante los tribunales penales ordinarios o si solo es juzgado por los tribunales militares. Pide más aclaraciones sobre los procedimientos seguidos para detener a una persona, especialmente en lo tocante a los plazos que la policía debe respetar en ese sentido. Le sorprende que, según el informe del Estado parte, se hayan suspendido las investigaciones en ciertos casos de tortura y pregunta por qué no se han llevado a término. Pregunta también qué castigos se imponen a los autores de actos de tortura y con qué mecanismos de seguimiento se cuenta, si se determina que se ha recurrido a la tortura para obtener confesiones.

41.La Sra. Belmir indica que, en 2003, el Paraguay ratificó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte; pregunta si el Paraguay tiene intención de abolir la pena de muerte en el sistema de justicia militar, a la luz, en especial, del hecho de que se le ha instado a hacerlo en el contexto del examen periódico universal.

42.El Paraguay no parece utilizar criterios objetivos para el nombramiento y los ascensos de los jueces, a fin de garantizar que el proceso sea justo y transparente. La oradora pregunta si se ha elaborado un plan de acción con miras a reformar el sistema.

43.Aunque el Código de Procedimiento Penal prevé el respeto de las debidas garantías desde el momento de la detención, no se ha establecido ningún mecanismo para supervisar la labor de la policía nacional, que no siempre notifica a la Fiscalía la detención de una persona. Se producen a veces violaciones de los derechos humanos durante la primera hora de privación de libertad y, por ese motivo, el sistema de justicia no goza de buena opinión entre el público en general. El Paraguay necesita promulgar reformas con objeto de garantizar que exista una supervisión adecuada de las medidas adoptadas por las fuerzas del orden.

44.La oradora observa que el Estado parte no está asegurando un trato adecuado a los menores en conflicto con la justicia y que son tratados a menudo con mucha dureza. Pregunta también si el Paraguay ha elaborado procedimientos jurídicos especiales para garantizar que las mujeres sean tratadas de forma apropiada, especialmente en los casos en que hayan sido objeto de violencia conyugal y en el hogar.

45.La Sra. Gaer pregunta al Estado parte, por qué se ha retrasado la presentación de su informe periódico, prevista para 2003. Elogia al Paraguay por haber ratificado el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y alaba también el hecho de que no se haya promulgado una ley de amnistía para los miembros del régimen del ex Presidente Stroessner.

46.Solicita más información sobre cómo aborda el sistema de justicia militar los incidentes de tortura y sobre el proceso que permite decidir si un delito constituye un acto de tortura que deberá ser puesto en conocimiento de los tribunales militares o si se trata de otra modalidad de infracción de los derechos humanos que deberá ser abordada por los tribunales ordinarios. En su informe, el Relator Especial sobre la tortura señaló a la atención el extremo rigor de los castigos infligidos a veces a los reclutas en el Paraguay. El Comité solicitó más información sobre esa práctica y expresó además su deseo de saber si ha dado lugar a investigaciones y si se ha sancionado a las personas que han actuado con tanta dureza en su trato con los reclutas.

47.La oradora pone de relieve que la sanción impuesta a los autores de actos de violencia en el hogar es solamente una multa. Por otra parte, para que se abra un proceso, es necesario demostrar que la violencia o los abusos en el hogar son habituales y que las personas de que se trata conviven juntas. Pregunta qué medidas está tomando el Paraguay para modificar la legislación en esa esfera. Alaba al Paraguay por la creación de albergues para las víctimas de la trata, pero señala que suelen estar infrautilizados; pide a la delegación que formule comentarios sobre la situación de esos albergues y sobre las medidas que podrían adoptarse para darles mayor utilidad.

48.El Subcomité para la Prevención de la Tortura ha informado de que se ha descubierto una red de pornografía infantil en una cárcel del Paraguay y ha recomendado que se investigue a fondo esa cuestión. La oradora pregunta si se ha llevado a cabo dicha investigación. Pide también más información sobre la violencia doméstica y sobre la severidad con que son tratados, y las violencias sexuales de que son víctimas los niños de la calle.

49.La Sra. Kleopas observa que, según los párrafos 224 y 225 del informe del Estado parte, desde fines de 2009 una Comisión está organizando el proceso de formulación de un proyecto de ley integral contra la violencia hacia las mujeres. Pregunta cuándo se calcula que esa Comisión habrá concluido sus debates y qué recomendaciones ha hecho hasta la fecha. Pregunta también si el Paraguay tiene intención de tipificar como delito la violación marital, si la ley ofrecerá protección a las víctimas de violencia y si el Estado parte proporcionará una rehabilitación a las víctimas de tortura y abrirá los albergues necesarios. Pregunta también si el Paraguay tiene previsto promulgar disposiciones legislativas que prohíban explícitamente los castigos corporales a los niños, como ha recomendado en dos ocasiones el Comité de los Derechos del Niño.

50.El Presidente elogia al Paraguay por haber ratificado los instrumentos de derechos humanos, incluida la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Tras señalar que la Convención contra la Tortura ha sido invocada en los tribunales nacionales en 2008 y 2009, pregunta si el Paraguay proporcionará una capacitación a los jueces para sensibilizarlos respecto de la Convención y si incorporará la Convención a su ordenamiento jurídico interno. Se han expresado preocupaciones en torno a la falta de concordancia con el Protocolo de Estambul de los mecanismos para investigar los casos de tortura existentes en el Estado parte. El Comité desea saber si se están tomando medidas en ese sentido, así como saber de qué instalaciones se dispone para la rehabilitación de las víctimas de la tortura. Pregunta también si se han adoptado medidas correctivas para sancionar las violaciones de los derechos humanos cometidas por el personal militar, cómo pueden interponer denuncias los detenidos al respecto y si tiene la posibilidad de emprender acciones judiciales contra la parte que los ha sometido a torturas.

51.El Sr. González (Paraguay) da las gracias al Comité por haber invitado a la delegación del Paraguay a asistir a la reunión y asegura que se esforzará por responder a todas las preguntas del Comité.

El debate abarcado por el acta concluye a las 12.05 horas .