Naciones Unidas

CAT/C/SR.1032

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

9 de agosto de 2012

Español

Original: inglés

C omité contra la Tortura

47 º período de sesiones

Acta resumida (parcial)*de la 1032ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 9 de noviembre de 2011, a las 10.00 horas

Presidente :Sr. Grossman

m ás tarde ,Sr. Wang Xuexian(Vicepresidente)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención ( continuación )

Informes periódicos cuarto y quinto de Bulgaria

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19  de la Convención (continuación)

Informes periódicos cuarto y quinto de Bulgaria (CAT/C/BGR/4-5, CAT/C/BGR/Q/4-5 y Add.1)

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Bulgaria toma asiento a la Mesa del Comité.

2.El Sr. Tzantchev (Bulgaria) presenta a la delegación del Estado parte y dice que las instituciones nacionales de derechos humanos, entre ellas el Defensor del Pueblo y la Comisión de Protección contra la Discriminación, han participado en la preparación de los informes periódicos combinados. El artículo 2 de la Constitución prohíbe los actos tipificados como delito en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y se ha incluido una definición de tortura que se ajusta al artículo 1 de la Convención en la Ley relativa al cumplimiento de las penas y la privación de libertad. Además, los artículos 143 y 287 del Código Penal tipifican los delitos comprendidos en la Convención y tanto las disposiciones generales como las especiales del Código Penal son pertinentes a ese respecto.

3.Existen disposiciones referentes a las salvaguardias fundamentales para los detenidos, tanto en el Código de Procedimiento Penal (art. 194, párr. 1 2)) como en la Ley relativa al cumplimiento de las penas y la privación de libertad (art. 3, párr. 3). En una directiva del Ministerio del Interior, de 2009, se dispone que los agentes de policía no deben cometer, provocar ni tolerar actos de tortura, tratos o penas inhumanos o degradantes ni actos de discriminación de ningún tipo hacia los detenidos. La Fiscalía ha adoptado las siguientes medidas para luchar contra la impunidad: limitación de la duración de la fase de instrucción de los casos; ampliación de la capacidad de la Fiscalía para atender casos de brutalidad policial; mejora de la regularidad de los informes de los jefes administrativos sobre casos de personas detenidas; agilización de la tramitación de dichos casos; capacitación de los magistrados en materia de normas internacionales de derechos humanos.

4.El orador recuerda al Comité que Bulgaria ha ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en abril de 2011. Se están introduciendo enmiendas en la legislación para que la Oficina del Defensor del Pueblo pueda asumir su papel de mecanismo nacional de prevención. La Oficina ha realizado inspecciones en varios centros de detención y sus recomendaciones se han tenido en cuenta en la redacción de las enmiendas a la Ley relativa al cumplimiento de las penas y la privación de libertad. El Comité Helsinki de Bulgaria también ha realizado inspecciones en centros de detención y otros establecimientos, como los centros de atención infantil. Los informes del Comité se han dado a conocer públicamente y toda conducta supuestamente delictiva ha sido objeto de una investigación inmediata de la Fiscalía. Las autoridades están estudiando las conclusiones del Open Society Institute sobre la forma en que la policía respeta los derechos humanos en el marco de su labor. El Ministerio del Interior trabaja en estrecha colaboración con las instituciones nacionales de derechos humanos, incluidos el Defensor del Pueblo y la Comisión de Protección contra la Discriminación, en la preparación de cursos de formación en materia de derechos humanos y deontología policial.

5.El Estado parte ha previsto cerrar todos los hogares públicos para niños hasta 2025 y reemplazarlos por una red de servicios comunitarios en el marco de su estrategia nacional titulada "Visión para la desinstitucionalización de los niños en la República de Bulgaria". Se dará prioridad al cierre de los establecimientos para niños con discapacidad y los centros de atención médica y las guarderías para niños de hasta 3 años de edad. En el período de transición, se están mejorando las condiciones en los establecimientos de atención infantil estatales y municipales. Se está aplicando un enfoque parecido a la desinstitucionalización de la atención estatal para los adultos con problemas de salud mental.

6.La Sra. Kleopas (Relatora para el país) celebra que el Estado parte haya ratificado el Protocolo Facultativo y hace votos por que el mecanismo nacional de prevención esté en funcionamiento en el plazo de un año fijado por el Estado parte. También celebra que el Estado parte haya optado por desinstitucionalizar la atención a los niños.

7.La oradora observa con preocupación que todavía no se ha incorporado al Código Penal una definición del delito de tortura que se ajuste a lo dispuesto en el artículo 1 de la Convención y remite a la delegación al párrafo 11 de la Observación general Nº 2 del Comité. No es suficiente que la legislación del Estado parte contenga disposiciones relativas a la tortura. La Convención exige que la legislación nacional contenga una definición de la tortura plenamente conforme con el artículo 1 de la Convención. Observando que con arreglo al artículo 5, párrafo 4, de la Constitución, la Convención es parte integrante del ordenamiento jurídico de Bulgaria, la oradora pregunta si la Convención puede ser directamente invocada ante los tribunales. Desearía saber si la policía inicia investigaciones en virtud de las disposiciones de la Convención. ¿Acaso no ha determinado el Tribunal Constitucional en 1992 que para incorporar a la legislación nacional los delitos tipificados en los tratados internacionales es preciso enmendar la legislación para definir los elementos de dichos delitos y las penas correspondientes? Con respecto a la competencia universal, la oradora pregunta si el Estado parte puede ejercer su competencia en materia de tortura si el presunto autor del delito se encuentra en Bulgaria y de qué forma se ejerce esa competencia sobre los presuntos autores de actos de tortura en los casos en que no se solicita su extradición o se la deniega.

8.Aunque el Estado parte ha adoptado medidas, legislativas y de otra índole, para garantizar la existencia de salvaguardias legales para los detenidos en el momento de su detención, el Subcomité de Prevención de la Tortura, en su informe de 2008, indicó que había constatado que, en general, solo los detenidos que podían costearse los servicios de abogados privados tenían acceso a asistencia letrada en las 24 horas inmediatamente posteriores a su detención, lo cual ha sido confirmado por varias organizaciones no gubernamentales (ONG), incluidos el Comité Helsinki de Bulgaria y el Open Society Institute. La Oficina Nacional de Asistencia Jurídica ha indicado que el bajo nivel de asistencia jurídica se debe en gran medida a que la policía no informa a los detenidos acerca de las posibilidades de asistencia jurídica existentes. Otro obstáculo al ejercicio del derecho de acceso a un abogado es el régimen sumamente restrictivo que la ley impone a las personas detenidas en comisarías de policía.

9.Una encuesta realizada en agosto de 2011 por el Comité Helsinki de Bulgaria ha revelado varias deficiencias en la prestación de asistencia jurídica a las personas que acaban de ser detenidas por la policía. El Comité Helsinki constató que el 36% de los hombres detenidos entrevistados en la cárcel de Burgas y el 19% de los de la cárcel de Sliven, no habían sido informados de su derecho a recibir asistencia jurídica.

10.En un informe de mayo de 2011, el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados celebró la creación de la Oficina Nacional de Asistencia Jurídica pero observó que la Oficina no contaba con recursos humanos y financieros suficientes. La oradora pregunta si el Estado parte ha adoptado medidas para subsanar esa situación.

11.La oradora pregunta si el personal sanitario encargado de examinar a los detenidos desde el momento de su detención está capacitado para detectar señales de torturas o malos tratos, sobre la base del Protocolo de Estambul, y si ha habido casos en que la Fiscalía ha iniciado investigaciones aunque a pesar de haberse observado tales señales la víctima no haya presentado denuncia.

12.Celebrando los esfuerzos del Estado parte para integrar a los condenados a cadena perpetua en el régimen penitenciario ordinario, la oradora solicita mayor información sobre las medidas adoptadas para continuar por la vía de la integración a título experimental de los detenidos que ya han cumplido cinco años de su condena, práctica que ha dado buenos resultados y debería convertirse en habitual y reforzarse con las correspondientes medidas legislativas.

13.Con abundantes referencias a las conclusiones y observaciones formuladas por el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados tras su visita al Estado parte en mayo de 2011, la oradora destaca la importancia de reformar el sistema judicial para garantizar su independencia, eficacia, eficiencia y coherencia.

14.Según la información recibida de ONG, el uso excesivo de la fuerza y de las armas de fuego por la policía en el Estado parte son motivo de profunda preocupación. En varios casos, los actos de las fuerzas de seguridad han provocado la muerte de las víctimas; en otros, estas han sido objeto de tratos inhumanos o degradantes. Muchas de las víctimas son jóvenes y la comunidad romaní resulta desproporcionadamente afectada. Entre 1998 y 2010, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló contra al Estado parte en 27 de esos casos. Ningún agente de policía fue enjuiciado en relación con esos sucesos antes de que fueran denunciados al Tribunal Europeo. La oradora solicita información actualizada sobre todos esos casos.

15.El Estado parte sostiene que cumple las normas internacionales sobre el uso de armas de fuego por la policía; sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha determinado que la Ley del Ministerio del Interior es incompatible con las normas internacionales que protegen el derecho a la vida y el derecho a recibir protección contra los tratos inhumanos o degradantes. El artículo 74 de dicha Ley no guarda conformidad con el artículo 9 de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley de las Naciones Unidas. La oradora pregunta si la instrucción mencionada en el párrafo 109 de las respuestas escritas del Estado parte a la lista de cuestiones es el mismo instrumento al que se refiere el Tribunal Europeo.

16.Con respecto a la protección de los refugiados y los solicitantes de asilo, la oradora celebra el Memorando de Entendimiento firmado en abril de 2010 entre la policía de fronteras, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Comité Helsinki de Bulgaria. Pide información sobre otras medidas que haya adoptado el Estado parte para dar protección internacional a aquellos que la necesitan. La oradora pregunta si el Estado parte tiene intención de adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 o la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961. La oradora pide asimismo información sobre las medidas adoptadas para que no se castigue a los refugiados y los solicitantes de asilo que entran o permanecen ilegalmente en el país, para que el internamiento se utilice como medida de última instancia y por el menor tiempo posible y para que se apliquen plenamente las garantías de no devolución. La oradora insta al Estado parte a agilizar la demorada apertura del centro de tránsito de Pastrogor y pregunta si el Estado parte tiene intención de enmendar la disposición por la que se autoriza el internamiento de los solicitantes de asilo por motivo de entrada ilegal en el país, disposición que viola varios de los derechos de los solicitantes de asilo. La oradora pregunta si el Ministro del Interior podría velar por que se presten servicios de interpretación en los puestos fronterizos y también en los centros especiales de acogida temporal de extranjeros.

17.Los datos estadísticos suministrados por una alianza de ONG que luchan contra la violencia doméstica indican que este es un problema generalizado en el Estado parte. Citando el párrafo 12 de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, publicado en agosto de 2011 (CCPR/C/BGR/CO/3), la oradora recuerda que el Comité contra la Tortura considera que la violencia doméstica, en particular la violación en el matrimonio, puede constituir tortura y debe ser tratada como tal por el Estado parte. El Estado parte debe ampliar la duración de las órdenes de protección dictadas en casos de violencia doméstica, que actualmente son válidas por un mes. La oradora manifiesta su preocupación por la persistencia de los compromisos matrimoniales informales en la comunidad romaní, en particular los que afectan a niñas menores de 14 años, a pesar de que la ley fija la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años. El Estado parte debería adoptar medidas, como por ejemplo estrategias de sensibilización destinadas a informar a los afectados sobre las consecuencias de esos compromisos y darles a conocer sus derechos y sus obligaciones. Si bien en el Estado parte es ilegal infligir castigos corporales a los niños en cualquier circunstancia, la opinión pública tiene una actitud ambivalente al respecto y la práctica perdura. La oradora insta al Gobierno a que vele por que la legislación en la materia realmente se cumpla.

18.Por último la oradora pregunta si se ha avanzado con respecto a las solicitudes del Defensor del Pueblo y de la Comisión de Protección contra la Discriminación de que se los designe como instituciones nacionales de derechos humanos de conformidad con los Principios de París, pues el Comité valora sobremanera el papel de las instituciones nacionales de derechos humanos en la aplicación de la Convención.

19.El Sr. Wang Xuexian (Correlator para el país), celebra que se ofrezcan cursos de formación a las fuerzas del orden y pregunta si se ha establecido un método para evaluar las repercusiones de esa capacitación. El orador desea conocer los comentarios del Estado parte sobre las duras críticas del Comité Helsinki de Bulgaria con respecto a las condiciones imperantes en las cárceles. Los avances hacia una mejora a largo plazo son positivos, pero no son suficientes y es urgente actuar ya. Algunos reclusos han logrado, mediante actuaciones judiciales, recibir una indemnización por las condiciones deficientes de su detención; el orador pregunta cuántas causas de ese tipo se han abierto y cuántas han sido admitidas a trámite en tribunales. El orador solicita información sobre las 26 causas penales en curso por las deficientes condiciones de vida en los centros penitenciarios a las que se refiere el párrafo 26, apartado c), de la lista de cuestiones, información que el Estado parte no ha facilitado en las respuestas que presentó por escrito.

20.Con respecto al elevado número de muertes durante la reclusión denunciadas en años recientes, el orador pregunta si alguno de esos casos se ha relacionado con torturas o malos tratos y solicita datos estadísticos desglosados por causa de la defunción. En vista de la grave insuficiencia del personal penitenciario —habiendo en algunos casos solo 1 funcionario penitenciario por cada 300 reclusos— y la falta de candidatos a los puestos vacantes, el Estado parte necesita una estrategia para hacer frente a ese problema. El orador desea saber si se ha elaborado tal estrategia. Además, la violencia está muy extendida en las cárceles: en el primer semestre de 2011, se registraron 567 casos de violencia, lo cual representaba un aumento considerable respecto de años anteriores, por lo que el orador pregunta qué medidas ha previsto el Estado parte.

21.El orador manifiesta su profunda preocupación por la muerte de 238 niños con discapacidad mental en los dos últimos años y pregunta cuántos de esos casos se han investigado, si las investigaciones han concluido o se han presentado a los tribunales y cuántos de los responsables de esas muertes han sido enjuiciados.

22.En reiteradas ocasiones se ha recomendado establecer un mecanismo independiente que atienda las denuncias de torturas y malos tratos. ¿Cómo ha previsto el Estado parte responder a esos llamamientos? El orador pregunta además si el Estado parte considera que el órgano actualmente encargado de esos asuntos, que forma parte del Ministerio del Interior, es suficientemente independiente. El orador desea asimismo más información sobre la considerable discrepancia entre el número de denuncias presentadas contra funcionarios penitenciarios y el número de denuncias declaradas fundadas y las sanciones disciplinarias impuestas.

23.En su Decisión, adoptada en 2008, sobre la comunicación Nº 257/2004, Keremedchiev c. Bulgaria, el Comité determinó que se había violado el artículo 12, pues no se había realizado una investigación imparcial, y el artículo 16, pues había habido maltrato policial. El Comité instó al Estado parte a que concediera una reparación efectiva al autor de la queja, incluida una indemnización justa y adecuada por los sufrimientos infligidos, así como rehabilitación médica. El orador pregunta si las autoridades han atendido la petición del Comité.

24.Al Comité le interesaría saber de casos concretos en que se ha otorgado reparación a las víctimas y conocer la suma exacta de la indemnización concedida. Según la respuesta a la lista de cuestiones, las indemnizaciones van de 250 a 5.000 levas, suma que puede aumentar, en caso de muerte de la víctima, a un máximo de 10.000 levas. El orador agradecería que le indicaran a cuánto equivalen esas sumas en dólares de los Estados Unidos.

25.Se ha criticado la interpretación restrictiva que hacen los tribunales del concepto de violencia doméstica. El orador solicita más detalles sobre esa interpretación. Según se ha informado al Comité, en general el problema de la violencia sexual no recibe la atención necesaria, ni siquiera en los programas de prevención del Gobierno. Además, aunque los matrimonios precoces forzados a la edad de 11 o 12 años son ilícitos, al parecer son bastante comunes. El orador invita a la delegación a comentar esas alegaciones.

26.En una encuesta sobre los castigos corporales realizada en 2009, el 34,8% de los entrevistados respondió que si bien consideraba que no se debía recurrir sistemáticamente a los castigos corporales, su utilización se justificaba en ciertas situaciones. El 10,9% de los entrevistados consideró los castigos corporales admisibles si los padres pensaban que eran eficaces. ¿Qué medidas tiene intención de adoptar el Gobierno para sensibilizar a la opinión pública contra esa práctica?

27.A raíz del asesinato de un joven a manos de un romaní el 23 de septiembre de 2011 se produjeron manifestaciones y disturbios en todo el país y se saquearon e incendiaron casas, en ocasiones en presencia de agentes de policía. Independientemente de lo deplorable que fue la muerte del joven, ha dado pie a declaraciones intolerables de incitación al odio, incluso de parte de funcionarios de alto nivel que han afirmado que las comunidades romaníes constituían un elemento criminal en la sociedad. La Alta Comisionada para los Derechos Humanos ha dado a conocer una declaración pública por conducto de su portavoz, quien instó a las autoridades de Bulgaria a reafirmar públicamente el principio de la responsabilidad penal individual y añadió que los dirigentes políticos debían oponerse enérgicamente a las incitaciones al odio y velar por que se siguieran desplegando a agentes de policía en número suficiente para proteger los barrios romaníes contra las amenazas de represalias y hostigamiento. El portavoz ha preguntado si las autoridades han atendido a esas peticiones. El orador pregunta si se han formulado acusaciones contra los implicados en esos actos delictivos.

28.El 13 de octubre de 2011, explotó una bomba en el automóvil de Sasho Dikov, periodista búlgaro y director de un programa televisivo de la emisora privada cadena 3, en lo que parece haber sido una tentativa de asesinato. El orador pregunta si se ha investigado ese incidente. Otra periodista, Mirolyuba Benatova, reportera de la cadena privada BTV, fue víctima de una campaña de incitación al odio y se vio impedida de trabajar tras su reportaje sobre los enfrentamientos entre romaníes y búlgaros no romaníes en la aldea de Katunitsa el 24 de septiembre de 2011. El orador pregunta si se ha adoptado alguna medida a este respecto. Por último el orador solicita información detallada sobre el número de casos denunciados de trata de personas y el número de procesos y sentencias condenatorias correspondientes desde 2008.

29.El Sr. Bruni dice que, según el párrafo 135 de las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones, entre enero de 2010 y julio de 2011, el Organismo Estatal para los Refugiados ha recibido 977 solicitudes de asilo. El orador pregunta si alguno de los solicitantes afirma que estaría en peligro de ser sometido a tortura si se lo devolviera a su país de origen y, de ser así, qué medidas han adoptado las autoridades competentes. En su lista de cuestiones el Comité preguntó qué suerte habían corrido dos refugiados palestinos que en noviembre de 2010 fueron expulsados al Líbano y, al parecer, torturados. El Estado parte respondió que el Ministerio del Interior no hacía un seguimiento de la situación de los extranjeros una vez que habían regresado a su país de origen. El orador observa que, según el artículo 3 de la Convención, los Estados partes tienen la obligación de determinar si hay razones fundadas para creer que las personas que se disponen a expulsar están en peligro de ser sometidas a tortura. El orador pregunta si se ha hecho tal análisis en el caso de los refugiados palestinos y si otros refugiados palestinos han sido devueltos al Líbano desde entonces. Desea saber asimismo qué medidas se han adoptado en general para evitar la expulsión de personas en riesgo.

30.El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes observó durante su visita a Bulgaria en septiembre de 2006 que las condiciones de hacinamiento eran particularmente marcadas en el centro de detención de Plovdiv. El orador pregunta si se han adoptado medidas para subsanar esa situación.

31.En el párrafo 176 de las respuestas a la lista de cuestiones se indica que se ha previsto reconstruir centros de detención en 45 comisarías de distrito en el período 2010‑2013. Los recursos financieros necesarios, 2.444.280 euros, provendrán del presupuesto del Estado. El orador pregunta si esos fondos se han desembolsado y si el proyecto ya está en marcha.

32.Con respecto a la reclusión de los presos que infringen el reglamento penitenciario en celdas de aislamiento, el orador indica que de las respuestas a la lista de cuestiones se infiere que el tipo y la duración de esas sanciones disciplinarias varían. A ese respecto, el orador se remite a la postura con respecto al internamiento en régimen de aislamiento adoptada por el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en su informe a la Asamblea General de 5 de agosto de 2011 (A/66/268). En el párrafo 72 del informe, el Relator Especial indicó que el régimen de aislamiento, cuando se utiliza con fines de castigo, no puede justificarse por ninguna razón, precisamente porque inflige dolores y sufrimientos mentales graves que van más allá de todo castigo razonable por la comisión de un delito y, por tanto, constituye un acto definido en el artículo 1 o el artículo 16 de la Convención contra la Tortura. En el párrafo 84, el Relator Especial, instó a los Estados a prohibir la aplicación del régimen de aislamiento como castigo, ya sea mediante una sentencia judicial o como medida disciplinaria. El orador pregunta si el Estado parte ha adoptado medidas para aplicar esa recomendación.

33.El Sr. Mariño Menéndez se suma al Sr. Wang Xuexian e insta al Estado parte a que informe sobre las medidas adoptadas en seguimiento de la Decisión del Comité respecto de la comunicación Nº 257/2004, Keremedchiev c. Bulgaria.

34.El orador pide información detallada sobre el régimen de encarcelamiento aplicable a los detenidos en régimen de aislamiento, en particular los motivos que se aducen para determinar la duración del aislamiento y las normas y disposiciones de supervisión aplicadas. El orador pregunta si los reclusos en cuestión son sospechosos de haber participado en actos terroristas o de estar implicados en la delincuencia organizada internacional.

35.El orador supone que en caso de que las autoridades fronterizas tengan dudas en cuanto a la condición jurídica de un solicitante de asilo, se ha de seguir un procedimiento de urgencia. Es de suponer que en Bulgaria, Estado miembro de la Unión Europea, está en vigor el régimen armonizado en materia de refugiados y solicitantes de asilo. El procedimiento de urgencia consiste en la adopción de una decisión administrativa sobre la admisibilidad de una solicitud de asilo. El orador pregunta si, en caso de ser desestimada su solicitud, el solicitante de asilo puede interponer un recurso ante un tribunal ordinario y, en la afirmativa, si se suspende el procedimiento de expulsión hasta que se pronuncie una decisión final.

36.Varias ONG han denunciado la existencia de corrupción en el poder judicial. En ese sentido, el orador desearía saber más acerca de la función y la independencia del Consejo Judicial Supremo. En particular, pregunta cómo se nombra a sus miembros y si puede ejercer autoridad disciplinaria sobre los miembros del poder judicial.

37.El Sr. Gaye observa que en el informe del Estado parte no se mencionan los párrafos 1 y 2 del artículo 2 de la Convención, en el que se dispone que en ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales ni una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura. El orador solicita información sobre la situación con respecto a esos dos asuntos.

38.De conformidad con el artículo 15 de la Convención ninguna declaración hecha como resultado de tortura es admisible como prueba. Según el párrafo 61 del informe, el veredicto de un tribunal no puede basarse exclusivamente en la confesión de la persona acusada. No obstante, ese principio no elimina la necesidad de una disposición legal que declare que una confesión obtenida bajo tortura es inadmisible.

39.Según el párrafo 159 del informe, 25 magistrados han sido declarados culpables de delitos. El orador no sabe con seguridad si en Bulgaria se hace una distinción entre magistrados y jueces. En todo caso, es de vital importancia que el poder judicial sea independiente y no debe tolerarse la impunidad. El orador pide información sobre el proceso abierto contra los magistrados en cuestión.

40.En el párrafo 74 del informe se cita el artículo 3, párrafo 2, de la Ley relativa al cumplimiento de las penas y la privación de libertad, en el que se definen la tortura y los tratos crueles o inhumanos. El orador señala que en general se establece una distinción entre la tortura, por un lado, y los tratos crueles o inhumanos, por otro. En el artículo 3, párrafo 1, se establece que las personas condenadas no deben ser sometidas a torturas o malos tratos. El orador pregunta si se ha sancionado a funcionarios penitenciarios en virtud de esa disposición.

41.El orador observa una tendencia a imponer penas consecutivas en los casos en que se han cometido varios delitos. El orador pregunta si, de imponerse varias penas, pueden cumplirse simultáneamente o si por lo general se cumplen de forma consecutiva. También pregunta si las autoridades judiciales han estudiado alternativas a la reclusión, como la colocación de brazaletes electrónicos, para hacer frente al problema del hacinamiento en las cárceles.

42.Según el Estado parte, puede iniciarse una demanda civil contra el funcionario público que haya cometido un delito y solicitar una indemnización. El orador aconseja que se prevea la posibilidad de que el Estado incoe una acción contra todo funcionario que haya cometido un delito que comprometa la responsabilidad del Estado y solicite reparación.

43.La Sra. Sveaass celebra los profundos cambios institucionales anunciados por la delegación. Sin embargo, es consciente de que llevar a cabo cambios de ese tipo a menudo es un proceso de larga duración que requiere mucha vigilancia. Además, la desinstitucionalización no siempre es la mejor solución en los casos en que es necesario optar por modalidades alternativas de cuidado. Una exigencia básica aplicable a los centros de atención y los hospitales, así como a las familias de acogida, a la atención en el hogar o a la atención comunitaria, es que las personas dedicadas al cuidado de otras deben respetar los derechos y la dignidad de las personas de las que son responsables y que toda violación de ese principio debe ser objeto de investigación. Refiriéndose a los informes sobre los niños muertos desde 2000 y los 166 casos que están siendo investigados, la oradora pregunta si las condiciones reinantes en los centros de atención, que han sido calificadas de deplorables y los casos de malos tratos infligidos a niños también van a ser objeto de investigación.

44.Con respecto al sistema de tutela en los hospitales psiquiátricos, la oradora observa que se está actuando en virtud de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad para reforzar el derecho a la libre determinación de las personas que sufren de diversos tipos de trastornos mentales. El sistema de tutela en Bulgaria no tiene plenamente en cuenta la importancia de la libre determinación y el derecho a apelar contra la hospitalización involuntaria. La oradora indica que tiene entendido que los médicos a veces actúan como tutores de los pacientes en el mismo hospital. Como en esas condiciones no se puede esperar, según ella, que los médicos sean independientes, pregunta cómo pueden los pacientes o las familias apelar contra las decisiones de los facultativos.

45.Si bien cabe encomiar al Estado parte por la información exhaustiva y detallada que ha facilitado sobre la trata de personas en Bulgaria, el Comité solicita más datos sobre las medidas preventivas que se hayan adoptado para evitar que las mujeres caigan en las redes de la trata y sobre la atención psicosocial y psicológica que se presta a las mujeres que han sido víctimas de trata.

46.El Comité está al corriente de que se han cometido delitos graves motivados por el odio contra testigos de Jehová y miembros de la comunidad romaní y desea recibir mayor información sobre lo que está haciendo el Estado parte para investigar esos hechos y prevenirlos. Preocupa al Comité que en muchos casos los actos de violencia doméstica hacia mujeres y niños se traten como infracciones civiles y por lo tanto no pueden castigarse con sanciones penales; a este respecto, la oradora pregunta qué se está haciendo para reforzar la legislación destinada a luchar contra la violencia doméstica.

47.Según el informe del Estado parte, las partes agraviadas tienen derecho a la mediación en relación con los procedimientos penales, con el fin de determinar una indemnización justa. El Comité desea saber si las partes en un litigio pueden recurrir a la mediación solo para determinar la indemnización o si, en los casos en que hay actos de tortura, la mediación puede utilizarse para determinar sanciones alternativas para los delincuentes.

48.La Sra. Belmir dice que al poner en marcha una reforma de su sistema de justicia, un Estado parte debe procurar asegurarse de que se observen los Principios básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura y, a ese respecto, solicita más información sobre los criterios aplicados por el Estado parte en lo que respecta a la inmunidad de los jueces y a la posibilidad de destituirlos. Es motivo de preocupación para el Comité que, en virtud de una enmienda a la Constitución, se haya creado un Consejo Judicial Supremo para coordinar la reforma judicial, puesto que las instituciones de ese tipo en general se establecen por poco tiempo.

49.El Estado parte ha indicado que en ciertos casos, podía exigirse responsabilidad penal a menores de entre 14 y 18 años de edad, en violación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Si bien Bulgaria es digna de elogio por las medidas adoptadas para ajustar su legislación a lo dispuesto en la Convención, debe velar por que los niños en conflicto con la ley reciban un trato adecuado y no sean enjuiciados ante tribunales, en particular en lo que respecta a los casos de comportamientos antisociales en que estén involucrados menores de edad.

50.El Estado parte ha reconocido que se utilizan barras y cadenas de hierro para inmovilizar a los detenidos bajo custodia policial. Sin embargo, Bulgaria ha indicado que se habían dictado instrucciones para poner fin a la utilización de esas técnicas, hecho que la oradora celebra. Pregunta si se han presentado casos de personas que presentaban lesiones tras haber permanecido encadenadas durante períodos largos, si han recibido atención médica y si se ha inmovilizado a menores de edad de esa manera. De conformidad con la legislación de Bulgaria, los condenados a cadena perpetua sufren un trato particularmente duro durante los primeros años de su reclusión. Si bien el Estado parte se ha comprometido a ocuparse del asunto, la oradora pregunta qué medidas podrían adoptarse de inmediato para aliviar el sufrimiento de esos presos.

51.El Presidente señala que un grupo de trabajo del Ministerio de Justicia está revisando el Código Penal y pregunta qué avances se han logrado a ese respecto. El orador solicita además más información sobre el estado de la estrategia actualizada de reforma del sistema judicial de Bulgaria y, en particular, el proyecto del Estado parte de ampliar y mejorar el acceso a servicios jurídicos de calidad para las personas que se encuentran en detención policial.

52.Se han iniciado causas contra Bulgaria ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por las demoras y la forma en que se llevan a cabo las actuaciones penales en el país y Bulgaria ha reconocido que ha habido casos de personas que estuvieron detenidas por más de seis meses sin que se formularan cargos en su contra. El orador solicita más información al respecto y pregunta en qué porcentaje de los casos se opta por imponer penas no privativas de libertad a fin de reducir el hacinamiento en las cárceles. El Comité desea asimismo saber cómo determina el Estado parte si un niño de entre 14 y 18 años de edad entiende el significado y las consecuencias de su comportamiento y si ha habido casos de niños enjuiciados como adultos por tribunales búlgaros. El Comité desearía recibir información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones formuladas por la Oficina del Defensor del Pueblo y el concepto que tiene de dicha oficina la sociedad búlgara.

53.Según el Estado parte, no hay datos estadísticos detallados sobre la discriminación contra los miembros de la comunidad romaní, pues no se recogen datos sobre el origen étnico de las víctimas. El Comité desea saber si podrían utilizarse otros datos para luchar contra ese fenómeno, por ejemplo los datos estadísticos sobre los delitos motivados por el odio en general y sobre el número de agentes de las fuerzas del orden que han recibido formación en la materia. El orador pregunta asimismo si se ha enjuiciado y condenado a personas acusadas de discriminación, si se ha concedido una indemnización a las víctimas y si se han realizado campañas de sensibilización para luchar contra la discriminación en la sociedad.

54.Al Comité le preocupa que se hayan suspendido los programas de prestación de asistencia jurídica a los solicitantes de asilo. El orador pregunta si ello se debe a una insuficiencia de fondos y desearía saber qué otras medidas se han aplicado para garantizar que los solicitantes de asilo puedan acceder, aun así, a un servicio de asesoramiento jurídico. También pregunta si el Estado parte ha inaugurado el centro de tránsito que estaba construyendo el Organismo Estatal para los Refugiados.

55.El orador pregunta qué está haciendo el Estado parte para que el personal de los centros de detención respete lo dispuesto en el Protocolo de Estambul y cómo se asegura Bulgaria de que cumple las obligaciones asumidas en virtud de la Convención, especialmente con respecto a los detenidos en régimen de aislamiento. También se ha instado al Estado parte a que revise las medidas adoptadas para luchar contra la violencia en las prisiones y a que instale cámaras de vídeo en los locales penitenciarios para poner freno a las agresiones. El orador pide a la delegación que facilite datos sobre los casos de violencia doméstica desglosados según la relación entre la víctima y el autor del delito, con el fin de diseñar una política adecuada para luchar contra ese fenómeno. El orador pregunta asimismo con qué frecuencia se ven los miembros de grupos minoritarios, como la comunidad romaní, envueltos en casos de violencia doméstica.

56.El Comité solicita más detalles sobre la concesión de indemnizaciones financieras a las víctimas de torturas y pregunta si se otorga una indemnización solo cuando hay una defunción. Bulgaria ha indicado que no hay ninguna información disponible sobre la exclusión de pruebas obtenidas bajo torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, porque no se lleva un registro de las pruebas inadmisibles. El Comité insta a Bulgaria a que proporcione esa información, de modo que se pueda evaluar el cumplimiento de la Convención por Bulgaria. Por último, el orador pregunta qué medidas legislativas se han adoptado para acoger a las personas con discapacidad mental en establecimientos de asistencia social.

57.El Sr. Tzantchev (Bulgaria) asegura al Comité que la delegación haría lo posible para dar respuesta a todas las cuestiones planteadas por el Comité en la reunión que se celebrará al día siguiente.

El debate abarcado por el acta concluye a las 12.05 horas.