45º período de sesiones

Acta resumida de la 962ª sesión

Celebrada en Palais Wilson, Ginebra, el viernes 5 de noviembre de 2010, a las 10.00 horas

Presidente:Sr. Grossman

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 19 de la Convención

Informes periódicos segundo a quinto de Bosnia y Herzegovina (continuación)

.Se abre la sesión a las 10.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 19 de la Convención ( continuación )

Informes periódicos segundo a quinto de Bosnia y Herzegovina (continuación) (CAT/C/BIH/2-5; CAT/C/BIH/Q/2)

Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Bosnia y Herzegovina toman asiento como participantes a la mesa del Comité.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina), haciendo referencia a las inquietudes planteadas en la sesión anterior con respecto al Ombudsman, dice que la unificación de las diversas instituciones de las que se derivará la Oficina del Ombudsman empezó el 1 de mayo de 2009 y concluyó en octubre de 2010. El Ombudsman desempeñará una función muy importante en la supervisión de las cárceles y los centros de detención; un nuevo departamento centrará su atención en los derechos de los presos. La Oficina del Ombudsman presentará un informe sobre sus actividades en diciembre de 2010.

El Ombudsman también se encargará de elaborar una lista de expertos que vigilarán las condiciones en las instituciones donde haya personas privadas de la libertad, incluidas aquellas en que se alojan niños, personas mayores y solicitantes de asilo. El Ombudsman elaboró una nueva base de datos para ayudar en la gestión de los casos. La información, que estará a disposición de los miembros del Comité cuando la soliciten, podrá desglosarse según el tipo de violación y el centro de detención donde hubiere ocurrido.

En 2009 y 2010, el Gobierno formuló una estrategia para la administración de la justicia de transición, que se aplicará en asociación con el PNUD. El objetivo de la estrategia es consolidar la capacidad y establecer una solución permanente para todas las víctimas de la guerra en Bosnia y Herzegovina. La estrategia se centrará en la reforma institucional, consolidando la capacidad de los tribunales e instituciones que se ocupan de los derechos de las víctimas de la guerra. También velará por que se indemnice adecuadamente a las víctimas y se construyan monumentos conmemorativos, como el monumento y cementerio de Srebrenica-Potočari. Se necesitará un enfoque equilibrado para encontrar soluciones adecuadas a los persistentes problemas étnicos en el país. Se requieren mecanismos de búsqueda de la verdad, como la Comisión de Srebrenica, para determinar los hechos y asegurar que las víctimas puedan hablar sobre sucesos ocurridos durante la guerra en un ambiente imparcial.

Las mujeres víctimas de la guerra han enfrentado varios problemas en los últimos años al tratar de ejercer sus derechos. En cada una de las dos entidades de Bosnia y Herzegovina (la Federación de Bosnia y Herzegovina y la República Srpska) están amparadas por leyes que protegen a las víctimas civiles de la guerra. Cada mujer víctima de la guerra tiene derecho a reclamar prestaciones sociales que en promedio ascienden a aproximadamente el 70% de las prestaciones que se pagan a los veteranos de guerra. El Gobierno tiene previsto trabajar en las zonas en donde hay un gran número de mujeres víctimas con el fin de mejorar su situación. Constituirá un desafío encontrar soluciones que aborden adecuadamente las preocupaciones de todas las mujeres víctimas y acordar soluciones apropiadas a nivel de las entidades, dado que a estas últimas corresponde la responsabilidad de la atención social y de la salud.

Aproximadamente el 70% de las personas desaparecidas en Bosnia y Herzegovina ya han sido localizadas. A medida que pasa el tiempo, es cada vez más difícil exhumar los cadáveres. Sin embargo, el Instituto de Personas Desaparecidas sigue logrando progresos todos los años, encontrando a personas desaparecidas e identificándolas con la ayuda de sus familiares. La aplicación de la legislación sobre las personas desaparecidas, que prevé un fondo para las familias de estas personas, ha tropezado con la falta de recursos y el lento ritmo de la cooperación política entre las entidades y el Estado. Mientras concluye la armonización de la legislación, las familias recibirán diferentes niveles de apoyo financiero dependiendo de su ubicación. El Gobierno comparte la frustración de las familias por la demora en la localización de los desaparecidos. No obstante, en los últimos 15 años se han logrado progresos importantes con la ayuda de la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas y el Comité Internacional de la Cruz Roja.

Con la colaboración de organizaciones no gubernamentales, se elaboró un proyecto de ley sobre los derechos de las víctimas de la tortura y las víctimas civiles de la guerra que cumple plenamente las normas internacionales. Tan pronto se promulgue la ley, las solicitudes de indemnización de las víctimas y sus familias serán examinadas por un comité de reparación nombrado por el Parlamento, con lo cual se racionalizará un proceso que ha tardado mucho tiempo. Las nuevas disposiciones todavía deben ser aprobadas por los nuevos Parlamentos estatal y de las entidades.

También se aplicarán los fallos del Tribunal Constitucional en relación con las reclamaciones de los familiares de los desaparecidos. El Instituto de Personas Desaparecidas tiene previsto establecer un fondo de indemnización y elaborar una base de datos integrada de personas desaparecidas por medio de la cual se podrán verificar las identidades de todos los desaparecidos.

De los seis ciudadanos bosnios de origen argelino detenidos en Guantánamo, cinco ya fueron liberados. Las autoridades bosnias tienen entendido que aún está pendiente el juicio del sexto preso. A su regreso a Bosnia, algunos de los antiguos prisioneros y sus familias recibieron apoyo social. La delegación se complacerá en proporcionar información adicional sobre los presos si el Comité la solicita.

El Sr. Mujkanović (Bosnia y Herzegovina), respondiendo a preguntas acerca del sistema judicial, dice que en un informe del Alto Consejo Judicial y Fiscal de Bosnia y Herzegovina se señaló que, en 2009, unos 36.000 casos penales estaban pendientes o estaban siendo investigados en el Estado parte. El número de casos no parece excesivo dada la cantidad de tribunales y fiscales disponibles; no se afectará el derecho a un juicio justo y rápido.

En 2002, Bosnia y Herzegovina aprobó una estrategia para enjuiciar los casos relacionados con crímenes de guerra. Los casos más difíciles se juzgarán en el plazo de 7 años y los casos menos complejos se juzgarán en el plazo de 15 años. El Tribunal Estatal y la Fiscalía de Bosnia y Herzegovina establecerán y mantendrán una base de datos sobre todos los casos de crímenes de guerra. Al final del año se sabrá el número exacto de este tipo de casos.

Bosnia y Herzegovina no tienen obligaciones pendientes, incluidas obligaciones en materia de extradición, ante al Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (“el Tribunal de La Haya”). Desde que se abolió la dependencia de “reglas sobre procedimiento” en el Tribunal de La Haya, las autoridades judiciales nacionales utilizan su propio criterio para determinar el lugar en donde se llevarán a cabo los juicios relativos a crímenes de guerra.

Con respecto a la violación de los derechos de los presos, la legislación nacional no establece ninguna diferencia entre los detenidos en prisión preventiva y los convictos. Es obligatorio instaurar un procedimiento penal en todos los casos en que exista una sospecha razonable de que se ha cometido un delito contra cualquier tipo de preso. El personal carcelario tiene la obligación de informar acerca de esos delitos. La Fiscalía puede proporcionar protección a los testigos, aunque la capacidad de ofrecer protección física es mayor a nivel estatal que a nivel de las entidades. Un número limitado de tribunales tiene la posibilidad de proteger la identidad de los testigos mediante sistemas de distorsión de voces o imágenes cuando rinden testimonio.

La Fuerza Internacional de Policía ha supervisado la reforma del servicio policial con el fin de evitar la discriminación contra los denunciantes de grupos étnicos minoritarios. De conformidad con las reformas realizadas en 2003, el Alto Consejo Judicial y Fiscal tiene la responsabilidad de asegurar que la pertenencia étnica de todos los magistrados y fiscales en el país corresponda al desglose por etnias del censo de 1991 (anterior a la guerra); en 2009, ese objetivo se había cumplido en ambas entidades.

Los derechos de las personas privadas de la libertad están plenamente garantizados en la legislación que rige los procesos penales. A todas las personas privadas de la libertad se les informa de inmediato, en un idioma que entienden, acerca del motivo de su detención y de su derecho de no dar una declaración, de elegir al abogado que deseen y de ponerse en contacto con su familia o con el consulado del país del cual son nacionales. Si una persona no puede sufragar el costo de su propia defensa, se le nombra un abogado de oficio.

Está prohibido recabar información de un testigo bajo coacción. Las pruebas obtenidas por medios ilegales no pueden utilizarse en los juicios. La legislación nacional establece que no puede retenerse a una persona durante más de 24 horas antes de que comparezca ante un fiscal o un tribunal.

De conformidad con la legislación actual, el recurso a la amenaza o el uso de la fuerza son elementos que se toman en cuenta para determinar el delito de violación. Tendría que reformarse la legislación con el fin de establecer la falta de consentimiento como base para determinar ese delito.

Es obligatorio grabar en audio o vídeo los interrogatorios de todos los sospechosos. Las declaraciones de los testigos también se pueden grabar. Las grabaciones de vídeo pueden utilizarse como prueba en los procedimientos penales.

Existe plena cooperación entre todas las fiscalías a nivel estatal y de las entidades. La legislación nacional establece que la cooperación entre los tribunales y las fiscalías en todo el país es obligatoria.

El Sr. Sain (Bosnia y Herzegovina) dice que responderá las preguntas sobre la capacidad de las prisiones y los centros de detención en la República Srpska. En los últimos años, el número de presos convictos ha aumentado en un 20%. En la actualidad hay 1.050 presos convictos y 220 detenidos en prisión preventiva. En 2007, el Ministerio de Justicia decidió ampliar las instalaciones para hacer frente al aumento. Como resultado, la capacidad total asciende ahora a 1.330 plazas para presos condenados y 280 para personas en prisión preventiva. La capacidad para la reclusión en confinamiento solitario y la capacidad de las instalaciones médicas han aumentado en un 130%. Anteriormente, entre cinco y diez reclusos compartían a veces una sola celda, lo cual ofrecía cierta protección contra la tortura o el maltrato pero violaba el derecho de los presos a la privacidad. Como resultado de las labores de construcción y remodelación realizadas en los últimos tres años, ahora una celda por lo general solo aloja a dos convictos. La nueva legislación prevé seis cárceles de alta seguridad y tres cárceles de mediana seguridad. También hay alas en las que se aplica un régimen especial para presos cuyo comportamiento pone en peligro a otros reclusos. En el ala común de la cárcel de Foča se construyeron ocho celdas adicionales con capacidad para alojar a dos personas cada una, lo que aumentó su capacidad total a 57 presos. En el ala de máxima seguridad se construyeron diez celdas nuevas, con capacidad para 20 reclusos. También se está ampliando la capacidad de las cárceles de Banja Luka, Doboj y Sarajevo y se está construyendo un nuevo centro de detención en Bijeljina.

La proporción del personal carcelario respecto de los reclusos es de 1 a 1,5. El 31 de diciembre de 2009, el personal carcelario total en la República Srpska ascendía a 758 empleados, de los cuales el 75% era personal de custodia, el 10% se componía de funcionarios de prisiones, el 2% era personal médico y el resto correspondía a personal administrativo. El Gobierno aprobó la contratación de otras 77 personas. Todos los años, un equipo de expertos imparte capacitación.

Con respecto a los centros de menores, las cárceles de Banja Luka y Sarajevo tienen alas especiales para alojar a 20 menores en cada una.

El Sr. Duranović (Bosnia y Herzegovina) dice que, pese a la crisis financiera mundial, en 2009 el Gobierno Federal destinó 15 millones de marcos a los centros penitenciarios: 9 millones de marcos para sueldos y 6 millones de marcos para sufragar otros costos carcelarios. Como resultado, en la actualidad hay 160 nuevos funcionarios de prisiones empleados en la Federación. Contabilizando todas las categorías de prisiones, hubo un aumento de capacidad de 1.077. El Gobierno aprobó una consignación de 2,1 millones de marcos en 2009 y 3,1 millones de marcos en 2010 para realizar mejoras en las condiciones materiales de trabajo. Se ha instalado equipo nuevo de vigilancia por vídeo. La cárcel de Zenica tiene un ala de máxima seguridad para los convictos de alto riesgo.

En respuesta a informes del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, Amnistía Internacional y la Oficina del Ombudsman del Estado, la administración penitenciaria adoptó medidas para reducir la violencia entre presos. La cárcel de Zenica alberga a casi 800 presos convictos y reclusos en prisión preventiva, por lo cual hay un alto riesgo de que se presente este tipo de violencia. Solo es posible ejercer un control eficaz sobre una población carcelaria de aproximadamente 350 reclusos. Para solucionar este problema, se ha elaborado un plan detallado que incluye vigilancia por cámaras de vídeo. El orador subraya, sin embargo, que las cámaras solo se utilizan en lugares de reunión y que se respeta plenamente la privacidad de los detenidos. El patio de la prisión se divide en diez zonas, con el fin de que los períodos diarios de recreación transcurran en grupos más pequeños y en diferentes horarios.

Con el fin de corregir la grave escasez de personal carcelario, desde 2008 se han contratado 80 nuevos guardias y diez nuevos funcionarios de desarrollo penitenciario. El departamento de psiquiatría de la cárcel de Zenica se trasladó a un edificio remodelado fuera de la prisión y se le dotó de equipos conformes a las normas contemporáneas. El nuevo edificio tiene un comedor, un dispensario y un patio completamente seguro. El Ministerio de Justicia considera que los reclusos con problemas psiquiátricos deben ser retirados de la cárcel y hace poco celebró un acuerdo para trasladar a 22 pacientes a un nuevo centro en Sokolac, que deberá estar listo en 2011.

En 2009 se estableció un centro para menores en Tuzla. Actualmente solo tiene capacidad para alojar a 15 personas, pero se han obtenido recursos para construir un nuevo centro para menores en Orašje.

El orador conviene en que el hacinamiento en las cárceles es un problema y en que la construcción de nuevos centros debe complementarse recurriendo en mayor medida a alternativas distintas del confinamiento en prisión. Se ha previsto utilizar sistemas de vigilancia electrónica y la Asamblea Parlamentaria está debatiendo actualmente la posibilidad de usar dispositivos electrónicos de seguimiento. Asimismo, en varias regiones del país se está recurriendo al servicio comunitario como sentencia alternativa.

La investigación penal del funcionario que participó en el incidente ocurrido en mayo de 2007 en la cárcel de Zenica ya concluyó y al funcionario le dictaron una sentencia de ejecución condicional de 16 meses. Fue trasladado de manera permanente a un puesto en el que no tiene contacto con los presos.

El Sr. Mirkonj (Bosnia y Herzegovina) dice que el confinamiento solitario es una medida disciplinaria que se aplica a presos que representan un riesgo de seguridad o que han infringido el reglamento carcelario. Los procedimientos disciplinarios, que son comparables con los procedimientos penales, son iniciados por los directores de prisión, que nombran a una comisión de tres miembros para examinar el expediente, escuchar la declaración del preso e interrogar a los testigos. El preso tiene derecho a solicitar la asistencia de un abogado. Si se imponen sanciones disciplinarias, el preso también puede presentar una apelación. Cuando se impone el confinamiento solitario como sanción disciplinaria, es necesario respetar ciertas reglas. El tamaño de la celda debe ser de por lo menos diez metros cuadrados y el recluso debe ser visitado periódicamente por un funcionario de prisiones, un médico y un guardia. El detenido es separado de los demás presos, pero se le permite pasar dos horas al aire libre y comunicarse con su familia por teléfono o por carta. El orador recalca que no se utiliza el término “aislamiento” para designar la pena.

Tan pronto llegan a un centro de detención, los presos convictos y las personas en prisión preventiva son sometidos a un examen médico y tienen derecho a que se les preste todo tipo de atención y protección médica. Los médicos de las cárceles son empleados del Ministerio de Justicia. Para garantizar la imparcialidad, la ley reconoce a los presos convictos que necesitan un tratamiento médico el derecho a solicitar ese tratamiento en un hospital o una clínica local. Ningún director de prisión ha negado una solicitud de ese tipo. Sin embargo, si el médico de la cárcel no recomienda el examen médico, corresponde al preso sufragar su costo.

Los detenidos en prisión preventiva y los presos condenados tienen derecho a comunicarse con sus familias, con su abogado y con cualquier organización nacional o institución internacional que podría prestarles asistencia jurídica. La ley establece que la prisión debe atender las solicitudes de ese tipo de comunicación. Los presos convictos también pueden solicitar una entrevista con el director de la cárcel y con inspectores nombrados por el Ministerio de Justicia.

Con respecto a la recomendación que hizo el Ombudsman a la cárcel de Banja Luka en relación con la contratación de personal médico, el orador dice que en 2005 se contrató a un médico como parte de la plantilla permanente y que el personal médico incluye también a un director adjunto y dos enfermeros.

Ningún funcionario carcelario ha sido declarado culpable de tortura. Sin embargo, un empleado penitenciario fue declarado culpable de corrupción, destituido del cargo y condenado a prisión.

La Sra. Hodžić (Bosnia y Herzegovina) dice que el máximo período que se puede estar bajo custodia policial son 24 horas.

Los agentes de policía tienen prohibido obedecer una orden que contravenga la legislación penal. Están obligados a informar del asunto a su supervisor y, si se repite la orden, deben presentar un informe a la dependencia de normas profesionales, una nueva dependencia que se creó en todos los departamentos de policía. Existe un código de conducta policial armonizado que se aplica a nivel federal, en la República Srpska y en los diez cantones.

También hay oficinas de reclamaciones ciudadanas en todos los niveles. Los miembros de las tres oficinas federales y las cinco oficinas de la República Srpska son designados por comités parlamentarios, que tienen en cuenta la dimensión de género. Los procedimientos son transparentes y se basan en un concurso público. Los candidatos deben tener experiencia pertinente y no pueden tener antecedentes judiciales. En aras de la imparcialidad, se excluye a los miembros de los partidos políticos.

El Sr. Krajišnik (Bosnia y Herzegovina), respondiendo a una pregunta sobre las denuncias de violencia policial, como el uso de bates de béisbol u objetos similares contra los detenidos en las comisarías, dice que la legislación y las normas del país, incluidas las relacionadas con los agentes de la policía, se han armonizado en todos los niveles. Todos los agentes de policía tienen la obligación de informar acerca de cualquier comportamiento inapropiado o ilegal por parte de sus colegas y acerca de las reclamaciones de los presos y del público. Las reclamaciones se registran y transmiten en un plazo de 24 horas a la dependencia de normas profesionales, la oficina de reclamaciones ciudadanas o al fiscal disciplinario, según proceda. Si la reclamación es justificada, se establece un procedimiento disciplinario y si se determina que existen pruebas de que se ha cometido un delito, se entabla una acción penal contra el sospechoso.

Desde la presentación del informe periódico, se han juzgado nueve delitos relacionados con tratos crueles, inhumanos o degradantes: tres en 2009 y seis en 2010. Uno de los delitos fue una violación de la dignidad humana por abuso de la condición oficial de su autor. Constituyó una violación del artículo 359 del Código Penal. Otro fue un crimen de lesa humanidad, según la definición que figura en el artículo 172 1) del Código Penal. Todos los responsables fueron despedidos del Ministerio del Interior.

Se ha previsto la adopción de medidas de supervisión periódicas y extraordinarias. La supervisión periódica se realiza cada dos años. Se adoptan medidas extraordinarias cuando un funcionario superior de la policía decide que debe realizarse una investigación en una comisaría particular. También se realizan requisas en las instalaciones de la policía en busca de objetos diversos, como porras que se podrían utilizar para infligir tratos crueles o degradantes.

La Sra. Smajević (Bosnia y Herzegovina) dice que en respuesta a una recomendación del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes se establecieron dos comités independientes para supervisar los centros de detención. Uno supervisa las cárceles, las celdas de las comisarías y las instituciones psiquiátricas y el otro supervisa las instituciones de régimen residencial para víctimas de la trata de personas, los solicitantes de asilo, los migrantes ilegales, las personas mayores, los niños víctimas de violencia y otros grupos. Los dos comités se crearon en enero de 2010 y son completamente independientes y multidisciplinarios.

La oradora dice que su Gobierno está reuniendo y analizando información para determinar la mejor manera de estructurar el mecanismo nacional de prevención que establecerá próximamente. Una vez concluido ese proceso, se presentará una propuesta final al Consejo de Ministros. De conformidad con el artículo 24 del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Gobierno no pospondrá el establecimiento de un mecanismo nacional de prevención por más de tres años.

Las personas con discapacidades mentales internadas en instituciones especializadas tienen derecho a ser protegidas de cualquier forma de abuso o trato inhumano o degradante. El primero de los comités de supervisión mencionados ya visitó la mayor parte de las instituciones para personas con discapacidades mentales con el fin de inspeccionar las condiciones de vida y la protección social que se brinda a los pacientes. Las conclusiones y recomendaciones de ese comité estarán listas en diciembre de 2010 y se presentarán al Consejo de Ministros para que las examine y apruebe. Esas recomendaciones incluirán capacitación adecuada para el personal de las instituciones, evaluaciones anuales de los servicios prestados, contratación de personal más profesional, financiación para el desarrollo profesional y vigilancia por medio de cámaras de vídeo.

La Sra. Bašić (Bosnia y Herzegovina) dice que si bien las leyes de las entidades tipifican como delito penal obtener confesiones por la fuerza, el 90% de cuyos casos corresponde a la definición de tortura que figura en la Convención y en el Código Penal de Bosnia y Herzegovina, su Gobierno reconoce que todavía tiene que armonizar plenamente esas leyes con el fin de incorporar la definición de la Convención. Una de las prioridades centrales del Gobierno es armonizar la legislación nacional con los mecanismos internacionales de derechos humanos. Todos los acuerdos celebrados por la ex República Federativa Socialista de Yugoslavia, incluida la Convención contra la Tortura, se aplican en la totalidad del país.

El Gobierno de su país celebró un acuerdo con Serbia y Croacia que establece que, si una persona con doble nacionalidad de dos de las partes en el acuerdo es sancionada por un delito penal y luego se reinstala en el otro país del que es ciudadana, la sanción será transferida a ese Estado. En dos ocasiones se presentaron al Parlamento proyectos de ley para reglamentar la asistencia jurídica pero en ambos casos se rechazaron, debido a lo cual las entidades promulgaron sus propias leyes. En 2001 el distrito de Brčko promulgó una ley que establece la prestación de servicios de asistencia jurídica y en 2009 también lo hizo la República Srpska. En la Federación, cinco cantones han promulgado ese tipo de leyes y se prevé que los demás cantones lo harán pronto.

El Sr. Rizvo (Bosnia y Herzegovina) dice que la Ley sobre circulación y permanencia de extranjeros y sobre asilo de 2008 estableció el principio de no devolución y ni la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ni ningún otro mecanismo de supervisión han presentado reclamaciones importantes en virtud de la aplicación de ese principio. Si se llegare a revocar la protección de no devolución acordada a un ciudadano extranjero, esa persona podría pedir un procedimiento administrativo de doble instancia y, si no quedare satisfecha, podría solicitar protección a los tribunales o incluso al Tribunal Constitucional. En los últimos años se han puesto de relieve unos pocos casos en que el Gobierno intentó deportar a personas a quienes se había concedido la ciudadanía por medios fraudulentos. Hasta la fecha no se ha deportado a ninguna de esas personas debido a que sus casos siguen pendientes ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

A los migrantes ilegales se les detiene, mientras que a los solicitantes de asilo no. Estos pueden residir en el lugar que prefieran y si desean que el Estado les consiga alojamiento se les proporciona albergue en los centros para solicitantes de asilo, que son instalaciones abiertas. La detención de migrantes ilegales solo puede prorrogarse un mes por vez, momento en que se lleva a cabo una revisión; cada vez, la persona tiene recurso a un procedimiento administrativo de doble instancia.

Recientemente, la legislación penal sobre la trata de personas se ha armonizado plenamente con el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de personas. El orador conviene en que los procedimientos de indemnización para las víctimas de la trata de personas son largos y complejos y en que pocas víctimas han logrado una indemnización por la vía de los tribunales. El Gobierno financia la asistencia jurídica gratuita a la que tienen derecho las víctimas de la trata de personas, pero esta ayuda la presta Vaša Prava, una organización no gubernamental que tiene amplia experiencia en proporcionar asistencia jurídica del más alto nivel. Siguiendo la recomendación de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños de que se preste especial atención a las causas profundas de la trata de personas en el Estado parte, el Gobierno aprobó un plan de acción de cinco años centrado en medidas para reducir la pobreza y el desempleo y hacer frente a los problemas de los refugiados y los desplazados internos. Existen normas específicas para determinar las víctimas extranjeras y nacionales de la trata de personas y se están formulando directrices más amplias para indicar a los profesionales que trabajan con las víctimas cómo se las debe tratar.

El Sr. Gallegos Chiriboga, primer relator para el país, dice que desearía recibir la información desglosada de la base de datos establecida por la Oficina del Ombudsman y de la base de datos que se creará para las víctimas de crímenes de guerra, como mencionó la delegación. Según algunas organizaciones no gubernamentales, las familias de las personas desaparecidas se sienten abandonadas por el Gobierno y el orador pide a la delegación que formule observaciones sobre los procedimientos para obtener el certificado de defunción de un desaparecido. Hace hincapié en la necesidad de una definición amplia de la tortura tanto en la legislación federal como en las leyes de las entidades. El consenso político entre el Gobierno Federal y las entidades constituye una preocupación fundamental.

Si bien el orador aplaude el amplio marco jurídico para hacer frente a los problemas derivados de los crímenes de guerra, recalca la necesidad de adoptar medidas prácticas para juzgar los crímenes de guerra, rehabilitar a sus autores en cárceles adecuadas y proteger e indemnizar a las víctimas, en particular las víctimas de violación. Es necesario modificar la definición de violación en la legislación del Estado parte. Existe una gran preocupación por la impunidad de los crímenes de guerra y el orador pregunta cuántos culpables condenados siguen viviendo libremente cerca de sus víctimas. Desea saber cuántas víctimas de crímenes de guerra se benefician de los programas en marcha para ayudarlas.

El Sr. Wang Xuexian, segundo relator para el país, reconoce que aproximadamente el 70% de los desaparecidos ya se han localizado, pero señala que todavía faltan muchos por encontrar e insta al Gobierno a que continúe sus esfuerzos en ese sentido. Pide que se le informe acerca de los progresos del comité que se establecerá para indemnizar a las víctimas. Deben continuar las iniciativas relacionadas con el caso del bosnio de origen argelino que sigue detenido en Guantánamo. Con respecto al plazo de siete a 15 años establecido para concluir los casos de crímenes de guerra, pregunta a partir de qué fecha empieza ese período.

El orador desea saber si se otorga protección física a todos los testigos o solo a aquellos con necesidades especiales y si se han investigado las denuncias de amenazas y hostigamiento contra las víctimas. Encomia al Estado parte por las iniciativas emprendidas para mejorar las condiciones carcelarias y reducir el hacinamiento. Pregunta si el Gobierno tiene previsto armonizar la legislación nacional y las leyes de las entidades respecto del tiempo que se puede mantener a una persona en confinamiento solitario. Alienta al Estado parte a continuar los esfuerzos para indemnizar a las víctimas de la trata de personas.

La Sra. Belmir pregunta si las víctimas reciben una indemnización integral que va más allá de unas simples prestaciones sociales. Desea saber si la cooperación del Gobierno con el Comité Internacional de la Cruz Roja es de un nivel semejante a su cooperación con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias y qué tan fructífera ha sido. El acceso a la justicia suscita preocupación, pues la oradora tiene entendido que las víctimas de crímenes de guerra tienen que ir al tribunal de su lugar de origen para solicitar la indemnización.

El Sr. Mariño Menéndez tiene entendido que el censo más reciente de la población bosnia se realizó en 1991, antes del conflicto, y pregunta si Bosnia y Herzegovina tiene previsto realizar un nuevo censo para determinar quiénes son sus nacionales; sería importante hacerlo para establecer la jurisdicción sobre las personas responsables de torturas.

El orador desea saber si las personas pertenecientes a grupos minoritarios que no son bosnias, croatas o serbias se consideran ciudadanos del Estado parte y si tienen representación política. Convendría saber si el Estado parte tiene previsto ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961.

La Sra. Sveaass pregunta si la comisión parlamentaria que el Estado parte tiene previsto establecer para indemnizar a las víctimas de la guerra y las víctimas de tortura y armonizar sus derechos se encargaría de recibir las denuncias o si constituiría un mecanismo de supervisión. ¿Se establecerán comités locales para permitir que las personas hagan sus denuncias sin tener que viajar? El Comité agradecería recibir información actualizada sobre los avances en el establecimiento de esa comisión tan pronto esté disponible.

La oradora desea saber si el Estado parte tiene previsto fortalecer la labor que realizan las organizaciones no gubernamentales para prestar apoyo a las víctimas de la guerra, en particular dado que se trata de organizaciones independientes y muchas cuentan con profesionales altamente calificados. Las organizaciones no gubernamentales podrían prestar un apoyo psicosocial fundamental a las familias durante el doloroso proceso de la exhumación.

Sería interesante saber si el Estado parte tiene estadísticas desglosadas por origen étnico en todas las zonas, incluida la información sobre delitos.

La oradora agradece en particular la información que proporcionó la delegación sobre las iniciativas encaminadas a vigilar los derechos de las personas con discapacidades mentales. Desea saber si se han adoptado medidas concretas para solucionar los problemas ocurridos en el ala de enfermos graves de la clínica psiquiátrica de Sokolac.

El Presidente solicita a la delegación que responda a los informes de organizaciones no gubernamentales que afirman que hay personas que han sido expulsadas por motivos de seguridad nacional y que han sido objeto de detención por tiempo indefinido sin que se les formulen cargos, sobre la base de pruebas secretas a las que ni ellas ni sus abogados han tenido acceso. En ese contexto, también se ha afirmado que el Estado parte no ha proporcionado salvaguardias adecuadas contra la devolución. Asimismo, se ha alegado que la detención a veces se prolonga durante más de 180 días sin la justificación adicional requerida, que los detenidos no han tenido acceso a asistencia jurídica y que, al menos en un caso, un detenido fue devuelto a un país donde había sido torturado. El Presidente solicita a la delegación que formule observaciones sobre esos informes y que especifique si el Estado parte ha presentado reclamaciones cuando las personas que ha enviado a un país han sido torturadas. ¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para asegurar que este tipo de situaciones no se repita en el futuro? ¿Cuántas personas están detenidas en la categoría de situación de emergencia y cuántas llevan detenidas más de 180 días? El Comité agradecería que le proporcionaran detalles sobre los criterios concretos que se utilizan para establecer una amenaza contra la seguridad nacional, la función que desempeñan los tribunales en la adopción de esa decisión y la posibilidad de apelar la decisión. El orador pregunta si el Estado parte tiene una política respecto de aceptar garantías diplomáticas de gobiernos extranjeros de que no se torturará a las personas.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que no se han utilizado pruebas secretas para determinar si a los detenidos les concedieron la ciudadanía de manera fraudulenta; de hecho, los detenidos en cuestión proporcionaron información incorrecta en sus formularios de solicitud de ciudadanía. Se indemnizó a dos personas que fueron detenidas por tiempo indefinido y se les negó el recurso a un abogado.

Se están adoptando medidas para fusionar las diferentes bases de datos en el país y se han logrado progresos considerables respecto de la base de datos sobre personas desaparecidas. Dado que han transcurrido unos 15 años desde el conflicto, cada vez es más difícil obtener información exacta sobre la fecha y el lugar de la desaparición. Si bien es comprensible la frustración de las familias de las víctimas de desaparición, es difícil darles más detalles. Toda la información que figura en las bases de datos se comunica a los familiares.

Los tribunales competentes de las dos entidades reciben las reclamaciones de indemnización y el procedimiento para su gestión es relativamente sencillo. Sin embargo, la cuestión se complica debido a la enorme cantidad de casos registrados y a la necesidad de establecer una escala nacional de indemnización armonizada.

La mayor parte de las 2.000 víctimas de violación del país viven en la Federación de Bosnia y Herzegovina y ya han sido clasificadas como víctimas civiles de la guerra. El Gobierno está intentando poner en marcha medidas para mejorar la atención que se les presta, en particular la asistencia psicológica a su disposición, pero se ha visto obstaculizado por la falta de recursos. Estas medidas forman parte de las iniciativas encaminadas a armonizar la legislación nacional con la Convención, al clasificar a estas personas como víctimas de tortura durante el conflicto.

El Sr. Mujkanović (Bosnia y Herzegovina) dice que la legislación penal nacional no establece ninguna diferencia entre el sexo de las víctimas en los casos de violación.

La fecha de inicio para concluir los casos de crímenes de guerra se estableció como el final de 2008.

Los miembros de grupos minoritarios son ciudadanos con plenos derechos y gozan de los mismos derechos que tienen los principales grupos étnicos. En el censo de 1991, los miembros de las minorías se clasificaron como “otros”.

La detención a la espera de investigación normalmente se prolonga como máximo seis meses. En los casos relativos a delitos que tienen penas prolongadas, ese período se puede ampliar a un año. Solo los tribunales están facultados para conceder estas prórrogas, que están sujetas a una revisión judicial; todas las reclamaciones sobre prórrogas son examinadas por un tribunal superior.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que, cuando el nuevo Gobierno asuma el poder, probablemente se realizarán algunas enmiendas constitucionales que concederían a los grupos minoritarios el derecho a la representación política.

El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados tiene previsto establecer un sistema para registrar los casos de discriminación, incluidos los casos que contempla la Convención. La nueva base de datos electrónica de la Oficina del Ombudsman deberá dar al Comité acceso automático a datos desglosados por tipo de caso.

La Sra. Hodžić (Bosnia y Herzegovina) dice que todos los ciudadanos pueden presentar denuncias contra agentes de la policía y demás personal del Ministerio del Interior. La ley establece los procedimientos que es necesario seguir en todos los niveles y en todas las dependencias administrativas.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) reitera al Comité la importancia que confiere su país a la Convención y le agradece sus preguntas y recomendaciones constructivas.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.