Naciones Unidas

CAT/OP/ESP/2

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

4 de septiembre de 2018

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Visita a España del 15 al 26 de octubre de 2017: observaciones y recomendaciones dirigidas al mecanismo nacional de prevención

Informe del Subcomité * , **

Índice

Página

I.Introducción3

II.El mecanismo nacional de prevención3

III.Recomendaciones al mecanismo nacional de prevención4

Anexos

I.Lista de las personas con quienes se reunió el Subcomité8

II.Lugares de privación de libertad visitados11

I.Introducción

1.En el marco de su mandato según el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes realizó su visita regular a España del 15 al 26 de octubre de 2017.

2.El Subcomité estuvo representado por sus miembros Felipe Villavicencio Terreros (jefe de la delegación), Lorena González Pinto (vicepresidenta del Subcomité), Nora Sveaass (vicepresidenta del Subcomité), Roberto Michel Fehér Pérez y Abdallah Ounnir.

3.El Subcomité contó con la asistencia de tres oficiales de derechos humanos y dos oficiales de seguridad de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

4.España ratificó la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes el 21 de octubre de 1987 y ratificó su Protocolo Facultativo el 4 de abril de 2006. La Ley Orgánica núm. 1/2009 de 3 de noviembre introdujo una disposición final única en la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo por la que se atribuyó la condición de mecanismo nacional de prevención de España al Defensor del Pueblo.

5.Uno de los objetivos de la visita fue brindar asesoramiento y asistencia técnica al mecanismo nacional de prevención de la tortura español, conforme a lo dispuesto por el artículo 11, apdo. b), del Protocolo Facultativo. Asimismo, la visita tuvo como objetivo reforzar la capacidad y el mandato del mecanismo nacional de prevención.

6.El presente informe contiene una serie de recomendaciones al mecanismo nacional de prevención de España. Estas recomendaciones se enmarcan en la obligación del Subcomité de ofrecer formación y asistencia técnica con miras a aumentar la capacidad de los mecanismos nacionales de prevención y de ayudar y asesorar a los mecanismos nacionales de prevención en la evaluación de las necesidades y las medidas destinadas a fortalecer la protección de personas privadas de su libertad contra la tortura y otros malos tratos, de conformidad con el artículo 11, apdo. b), incs. ii) y iii), del Protocolo Facultativo.

7.El informe se envía al mecanismo nacional de prevención de España con carácter confidencial, y queda al criterio del mecanismo nacional de prevención decidir su publicación. Sin embargo, el Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que haga público el informe y solicita que se le notifique esa decisión.

8.El Subcomité realizará recomendaciones al Estado parte, las que serán objeto de un informe separado y confidencial, dirigido a las autoridades españolas.

9.El Subcomité desea expresar su agradecimiento al mecanismo nacional de prevención por su asistencia y colaboración en la planificación y realización de esta visita.

II.El mecanismo nacional de prevención

10.La Ley Orgánica núm. 1/2009 de 3 de noviembre que introdujo una disposición final única en la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo, le atribuyó la condición de mecanismo nacional de prevención de España al Defensor del Pueblo. El mecanismo nacional de prevención se ha constituido como una unidad dentro de la estructura orgánica del Defensor del Pueblo, compuesta por un responsable, asesores técnicos, asistentes administrativos y que cuenta asimismo con la asistencia de expertos externos. Además, el mecanismo nacional de prevención tiene un consejo asesor como órgano de cooperación técnica y jurídica, integrado por personas propuestas por los colegios profesionales y personas de reconocida trayectoria en la defensa de los derechos humanos o en los ámbitos relacionados con el tratamiento a personas privadas de libertad a través de convocatoria pública.

11.El mecanismo nacional de prevención tiene a su cargo llevar a cabo visitas periódicas a los lugares en que se encuentran personas privadas de libertad dependientes de las distintas administraciones públicas españolas con el objetivo de realizar recomendaciones dirigidas a prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. El mecanismo nacional de prevención reconoce que tiene competencia para realizar visitas regulares no anunciadas a lugares tales como comisarías del Cuerpo Nacional de Policía, cuarteles de la Guardia Civil, comisarías de Policías Autonómicas, dependencias de la policía local, establecimientos militares, depósitos municipales de detenidos, depósitos judiciales de detenidos, centros de internamiento de menores, centros de internamiento de extranjeros, centros de control fronterizo con instalaciones policiales en aeropuertos, puertos, fronteras terrestres, centros hospitalarios, hospitales psiquiátricos, centros geriátricos, naves donde permanecen confinados polizones, o transportes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para traslados de personas privadas de libertad.

12.En el marco de su visita regular a España, el Subcomité sostuvo dos reuniones con el mecanismo nacional de prevención y realizó una visita conjunta a un centro de detención. La elección del lugar a visitar fue una propuesta realizada por la delegación del Subcomité, la cual fue aceptada por el mecanismo nacional de prevención que originalmente había previsto y se había organizado para realizar una visita a un lugar de detención diferente. Durante la visita, el Subcomité adoptó un rol secundario, y los miembros del mecanismo nacional de prevención lideraron la delegación, así como todas las acciones e intervenciones ejecutadas durante la visita.

III.Recomendaciones al mecanismo nacional de prevención

13.Durante la visita conjunta realizada, el Subcomité pudo observar la metodología de trabajo del mecanismo nacional de prevención y en general se llevó una buena impresión del trabajo realizado por este. Entre algunos de los primeros aspectos positivos a destacar se encuentra la capacidad de reacción del equipo del mecanismo nacional de prevención, especialmente ante la solicitud realizada a último momento por el Subcomité para llevar a cabo la visita conjunta a un centro de detención diferente al que inicialmente habían previsto. Asimismo, debe resaltarse el trabajo y el profesionalismo de los integrantes del mecanismo nacional de prevención, la experiencia y capacidad de sus profesionales externos, con un especial énfasis en quienes están encargados del análisis de las historias clínicas. El Subcomité considera adecuada la utilización de medios modernos de comunicación entre el equipo que llevó a cabo la visita, lo que facilita la inmediatez para contrastar información y situaciones a observar de manera coordinada simultánea o sucesivamente, y sobre todo por tratarse de un centro penitenciario de amplia dimensión.

14.Durante la visita, el Subcomité observó que el mecanismo nacional de prevención informó a las autoridades carcelarias sobre la metodología a utilizar durante la misma; preguntó por estadísticas (por ejemplo, el promedio de tiempo transcurrido para la progresión de los grados, número de detenidos en los diferentes regímenes); solicitó información sobre la utilización de sujeciones mecánicas, el acceso al psiquiatra y acerca de las garantías de las personas privadas de libertad que están en diferentes regímenes. El Subcomité considera pertinente que el mecanismo nacional de prevención haya solicitado a las autoridades penitenciarias el acceso a hechos registrados a través de su sistema de videograbación de incidentes y visualización y análisis de los videos.

15.Por otro lado, el Subcomité tuvo conocimiento de la elaboración de diferentes documentos relativos a la prevención de la tortura, entre los que destaca la “Guía de buenas prácticas en contenciones mecánicas” de 2017, la cual es considerada como un documento muy completo y por ello, el Subcomité alienta al mecanismo nacional de prevención a su amplia divulgación. Al final de la visita, el Subcomité sostuvo una reunión con los miembros del mecanismo nacional de prevención y con integrantes del consejo asesor, en la que adelantó algunas de sus principales preocupaciones, las cuales se detallan en el presente informe.

Recomendaciones de carácter institucional

Visibilidad e independencia

16.El Subcomité observó que el mecanismo nacional de prevención no ha logrado diferenciar su imagen de la del Defensor del Pueblo. En este sentido, el mecanismo nacional de prevención parece no haber conseguido desarrollar una estrategia suficientemente eficaz relativa a la metodología de visita y diálogo en su calidad de mecanismo nacional de prevención, diferenciado del Defensor del Pueblo. Esto origina un efecto de invisibilidad ante las personas privadas de libertad, las autoridades y la sociedad civil. En la mayoría de los centros visitados por el Subcomité no se conocía del mandato ni de la existencia del mecanismo nacional de prevención.

17. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que se desarrolle una estrategia más intensa que le permita identificar a su equipo de manera diferenciada del Defensor del Pueblo y que le permita dar a conocer la especificidad de su mandato entre las personas privadas de libertad, organizaciones de la sociedad civil y autoridades ( véase CAT/OP/12/5, párr. 32) . En ese sentido, el Subcomité recomienda que , por ejemplo, se organicen campañas de concienciación y otras actividades de promoción, incluida la producción y distribución de materiales en diversos idiomas sobre la especificidad del mandato y las actividades del mecanismo nacional de prevención, y que se analice la posibilidad de que los integrantes del mecanismo nacional de prevención dispongan de chalecos u otra indumentaria, con colores propios, símbolos o logos que claramente los diferencien del mandato de la institución del Defensor del Pueblo.

18.El Subcomité identificó la falta de asignación de un presupuesto específico suficiente, debido a que el mismo se encuentra de manera indiferenciada dentro del presupuesto asignado al Defensor del Pueblo. Esta falta de presupuesto específico dificulta al mecanismo nacional de prevención llevar a cabo su mandato de prevención de la tortura y malos tratos con cobertura nacional de manera eficaz. En ese sentido, el Subcomité considera que el mecanismo nacional de prevención no cuenta con un número suficiente de profesionales para llevar a cabo el mandato de carácter nacional que tiene asignado. El Subcomité advirtió que es necesario que el mecanismo nacional de prevención incorpore especialistas, tales como médicos, psicólogos y otros, para fortalecerlo de manera interdisciplinaria. Es importante señalar que las directrices del Subcomité relativas a los mecanismos nacionales de prevención indican explícitamente que “[e]l mecanismo nacional de prevención debe gozar de una total autonomía financiera y funcional en el ejercicio de las funciones que se le encomiendan en el Protocolo Facultativo” (véase CAT/OP/12/5, párr. 12).

19. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención la presentación de una propuesta al Poder Legislativo y llevar a cabo acciones de incidencia y sensibilización a fin de poder contar con un presupuesto propio que le garantice el desempeño de su mandato de manera más efectiva. El Subcomité también recomienda que se adopten las medidas apropiadas a fin de que se separe internamente el presupuesto para el funcionamiento del mecanismo nacional de prevención del presupuesto general del Defensor del Pueblo. Asimismo, le recomienda que adopte las medidas necesarias para consolidar un equipo de técnicos y profesionales interdisciplinario que le permita llevar a cabo el mandato de prevención de la tortura de manera adecuada.

Recomendaciones de carácter metodológico

Metodología de entrevistas

20.El Subcomité pudo observar algunos problemas relacionados con las técnicas de la entrevista. En algunas ocasiones, el entrevistador omitió iniciar la entrevista refiriéndose a la confidencialidad de la misma y a las salvaguardias frente a los riesgos de represalias. Asimismo, en ocasiones, el entrevistador daba la respuesta dentro de la misma pregunta y en ocasiones se cortaba de manera abrupta a los detenidos. La explicación sobre el mandato del mecanismo nacional de prevención era muy corta, no se establece ninguna diferencia entre el mandato del Defensor y del mecanismo nacional de prevención, lo que origina que a los detenidos les parezca que son lo mismo. En algunos casos, no se pidió autorización para tomar fotografías de la celda, y tampoco se aseguró que los guardias estuvieran suficientemente alejados para que no escuchen la entrevista. En algunos casos tampoco se hizo ninguna pregunta sobre el proceso judicial en contra de la persona detenida entrevistada o respecto al contacto con su abogado .

21. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que lleve a cabo un proceso de revisión y actualización de las técnicas de entrevistas del equipo del mecanismo nacional de prevención ( véase CAT/OP/12/5, párr. 31) . La metodología de las entrevistas debe ser mejorada de manera que se logren entrevistas abiertas en profundidad con las personas privadas de libertad y que incidan en la confidencialidad que permitan el hallazgo de torturas y malos tratos y de las situaciones estructurales que las permiten o promueven. Asimismo, el Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que adopte una estrategia para prevenir los posibles casos de represalias en contra de las personas entrevistadas.

Intérpretes

22.Dado el alto porcentaje de personas privadas de libertad que hablan otros idiomas diferentes al español y que se encuentran en distintos centros de privación de libertad, resulta imprescindible que el mecanismo nacional de prevención busque la manera de contar con suficientes intérpretes que le permitan cumplir con su función adecuadamente.

23. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que tome las medidas necesarias para contar con un número suficiente de intérpretes, a fin de que pueda llevar a cabo entrevistas a personas privadas de libertad que no hablan español. Asimismo, le recomienda que desarrolle y cuente con material de información general sobre su mandato, y sobre cómo presentar quejas ante el Defensor del Pueblo en casos relativos a tortura y malos tratos, en idiomas diferentes al español.

Quejas

24.El Subcomité pudo constatar entre las personas privadas de libertad su inquietud sobre el trámite de sus quejas sobre torturas y malos tratos presentadas al Defensor del Pueblo. Precisamente la imagen indiferenciada en los mandatos del mecanismo nacional de prevención y el Defensor del Pueblo tiene como consecuencia generar confusión entre las personas privadas de libertad, lo que se evidenció cuando el personal del mecanismo nacional de prevención recibió preguntas de las personas privadas de libertad sobre el estado de sus quejas.

25. El Subcomité recomienda que se explique de manera sistemática a los privados de libertad sobre la diferencia de mandatos del mecanismo nacional de prevención y la institución del Defensor del Pueblo, y que el mecanismo nacional de prevención adopte las medidas necesarias para mejorar los mecanismos de derivación e información de casos individuales identificados por el mecanismo nacional de prevención en sus visitas para el tratamiento de quejas por parte del Defensor del Pueblo.

Estrategia de seguimiento de recomendaciones

26.El Subcomité reconoce que el mecanismo nacional de prevención realiza informes a las autoridades de los centros después de las visitas realizadas, formula recomendaciones, cuenta con una matriz de seguimiento y sus recomendaciones son frecuentemente usadas para fundamentar decisiones por parte de las autoridades. Sin embargo, el Subcomité considera que estas acciones no resultan suficientes para el diálogo cooperativo con las altas autoridades y para llevar a cabo un seguimiento efectivo de la aplicación de sus recomendaciones.

27. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que luego de las visitas se presenten las recomendaciones a las autoridades relevantes con mayor celeridad y que las visitas de seguimiento a las mismas se realicen con prontitud. El Subcomité también recomienda aumentar las visitas de seguimiento de las recomendaciones formuladas a las autoridades de los centros. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que establezca, de ser posible junto con las autoridades pertinentes, un mecanismo de seguimiento efectivo a las recomendaciones que emite ( véase CAT/OP/12/5, párrs. 36 y 38) .

28. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que adopte las medidas necesarias para fortalecer su interacción de manera efectiva, con la sociedad civil y las Defensorías del Pueblo autonómicas en el cumplimiento de su mandato.

29.El Subcomité desea resaltar que estos problemas han sido reconocidos por el mecanismo nacional de prevención en los diálogos mantenidos durante la visita.

30. El Subcomité también alienta al mecanismo nacional de prevención a que transmita sus informes anuales al Subcomité y reafirma su disposición a ayudarle a alcanzar el objetivo compartido de prevenir la tortura y los malos tratos.

31. El Subcomité recomienda al mecanismo nacional de prevención que haga público el presente informe y le solicita que le notifique la decisión a este respecto.

Anexo I

Lista de las personas con quienes se reunió el Subcomité

A.Autoridades

Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación

Pablo Ruíz-Jarabo Quemada, Embajador en Misión Especial para los Derechos Humanos, la Democracia y el Estado de Derecho

Adela Díaz Bernárdez, Directora de la Oficina de Derechos Humanos

Ministerio de Justicia

Ana Andrés Ballesteros, Subdirectora General para Asuntos de Justicia en la Unión Europea y Organismos Internacionales

Raquel de Miguel Morante, Fiscal y Asesora en el Gabinete Técnico de la Subsecretaría

Ministerio de Defensa

Juan Manuel García Labajo, General Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar, Vocal Asesor del Subsecretario de Defensa

Ministerio del Interior

Luis Aguilera Ruíz, Subsecretario

Ángel Yuste Castillejo, Secretario General de Instituciones Penitenciarias

Germán López Iglesias, Director General de la Policía

Juan Carlos Ortiz Argüelles, Comisario General de Extranjería y Fronteras

Luis Aparicio Campillo, Jefe de los Servicios Jurídicos de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

José Manuel Holgado Merino, Director de la Guardia Civil

José Manuel Santiago Marín, Jefe de la Sección de Operaciones del Estado Mayor

Miguel Fayos Mestre, de la Unidad Técnica de Policía Judicial

Ángel García Navarro, Jefe de Servicio, Subdirección General de Relaciones Internacionales, Inmigración y Extranjería

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Encarna Cruz, Directora General de Cartera Básica de Servicios del Servicio Nacional de Salud y Farmacia

Ministerio Fiscal

Jesús Alonso, Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional

Joaquín Sánchez-Covisa, Fiscal de Extranjería

Tribunal Supremo de Justicia

Carlos Lesmes Serrano, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial

Juan José López Ortega, Presidente de la Sección Cuarta (de lo Penal y Menores) de la Audiencia Provincial de Madrid [Ha sido miembro del Comité contra la Desaparición Forzada]

María José García-Galán San Miguel, Magistrada de la Sección Cuarta (de lo Penal y Menores) de la Audiencia Provincial de Madrid

Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Rafael M. Bañon González, Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses

José Luis Prieto, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Eduardo Andreu, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Vidal Santos, Director del Instituto de Medicina Legal de Órganos Judiciales Centrales

Cristina Romero, médico forense

Mecanismo nacional de prevención

Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo en funciones

Concepción Ferrer, Defensora del Pueblo Adjunta

Bartolomé José Martínez García, Jefe de la Unidad Mecanismo Nacional de Prevención

José Manuel Sánchez Saudinós, Secretario General del Defensor del Pueblo

Arantxa Díaz Ugarte, personal técnico adscrito a la Unidad mecanismo nacional de prevención

Esther Pino Gamero, personal técnico adscrito a la Unidad mecanismo nacional de prevención

Rocío Monterroso Barrero, personal técnico adscrito a la Unidad mecanismo nacional de prevención

Santiago Yerga Cobos, personal técnico adscrito a la Unidad mecanismo nacional de prevención

Silvia Martín Honrubia, personal técnico adscrito a la Unidad mecanismo nacional de prevención

Sergio Hernández Moya, administrativo adscrito a la Unidad mecanismo nacional de prevención, encargado de videofilmación

Carmen Comas-Mata Mira, técnica jefe de relaciones internacionales del Defensor del Pueblo

Fernando Herrero Camps, técnico de seguridad y justicia, experto en prisiones

Vicenta Esteve Biot, vocal del Consejo Asesor del mecanismo nacional de prevención, a propuesta del Consejo General de Colegios de Psicólogos de España

Pau Pérez Sales, técnico externo consultor especialista en psiquiatría

Antonio Muñoz Faraldo, técnico de la Unidad mecanismo nacional de prevención

Milagros Fuentes González, vocal del Consejo Asesor del mecanismo nacional de prevención, a propuesta del Consejo General de la Abogacía Española

Inmaculada Martínez Torre, vocal del Consejo Asesor del mecanismo nacional de prevención, a propuesta de la Organización Médica Colegial

Julián Carlos Ríos Martín, vocal del Consejo Asesor del mecanismo nacional de prevención

B.Naciones Unidas

Marta García, Jefa Unidad de Protección, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

María Valles, Unidad de Protección, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

C.Organismos de la sociedad civil

Madrid

Asociación Libre de Abogadas y Abogados

Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP)

SOS Racismo

Salud Mental España

Fundación Abogacía Española

Asociación Pro-Derechos Humanos España

Red Acoge

Comisión Legal SOL, Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura (CPDT)

Women’s Link Worldwide

Subcomisión Derecho Penitenciario, Consejo General Abogacía Española

Coordinadora Catalana para la prevención y denuncia de la Tortura (IRIDIA)

Instituto Internacional para la Acción No-Violenta (NOVACT)

Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR)

Amnistía Internacional

Melilla

Cruz Roja Española

Movimiento por la Paz

Melilla Acoge

Asociación Pro Derechos de la Infancia (PRODEIN), Melilla

Bilbao

Etxerat

SOS Racismo Bizkaia

CPDT

Sare

Jaiki Hadi

Salhaketa Araba

Salhaketa Bizkaia

Anexo II

Lugares de privación de libertad visitados

A.Establecimientos penitenciarios

Centro Penitenciario Soto del Real (Madrid) (conjunta con el mecanismo nacional de prevención)

Centro Penitenciario de Picassent (Valencia)

Centro Penitenciario de Melilla (Melilla)

Centro Penitenciario Basauri (Bilbao)

Centro Penitenciario de Alhaurín de la Torre (Málaga)

Centro Penitenciario de San Sebastián

Centro Penitenciario de Puerto I (Cádiz)

Centro Penitenciario de Puerto II (Cádiz)

B.Establecimientos policiales

Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía Puente Vallecas (Madrid)

Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía Leganitos (Madrid)

Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía El Retiro (Madrid)

Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía (Melilla)

Comisaría de la Guardia Civil (Melilla)

Comisaría de la Guardia Civil de Almusafes (Valencia)

Comisaría de la Policía Local de Torrent (Valencia)

Comisaría de la Ertzaintza de Sestao (Vizcaya)

Comisaría de la Ertzaintza de San Sebastián (Vizcaya)

Puesto Fronterizo de Beni Enzar (Melilla)

Comisaría de la Policía Local (Melilla)

Comisaría de la Policía Local (Málaga)

Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía Plaza Manuel Azaña (Málaga)

C.Establecimientos del Poder Judicial

Calabozos juzgados (Madrid)

Calabozos Audiencia Nacional (Madrid)

D.Establecimientos de migrantes

Centro de Internamiento de Extranjeros (Madrid)

Centro de Internamiento de Extranjeros (Valencia)

Centro de Internamiento de Extranjeros (Algeciras)

Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (Melilla)

Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Terminal 1 (Madrid)

Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid’Barajas, Terminal 4 (Madrid)

E.Establecimientos de menores

Centro de Internamiento de Menores (Melilla)

F.Instituciones psiquiátricas

Hospital psiquiátrico de Bétera (Valencia)