CMW/C/ARG/Q/1/Rev.1

Convención Internacional sobrela protección de los derechos detodos los trabajadores migratoriosy de sus familiares

Distr.: general

6 de septiembre de 2011

Original: español

Comité de Protección de los Derechosde Todos los Trabajadores Migratoriosyde sus Familiares

14. ºperíodo de sesiones4 a 8 de abril de 2011

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 73 de la Convención

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de Argentina (CMW/C/ARG/1 y Corr.1)

I.Información de carácter general

1. Sírvanse facilitar información actualizada, en particular datos estadísticos desglosados, sobre el volumen y la naturaleza de las corrientes de migración en y desde el territorio del Estado parte durante el período comprendido desde la entrada en vigor de la Convención para el Estado parte (1.º de junio de 2007) hasta la fecha.

2.Sírvanse informar al Comité sobre qué medidas se están llevando a cabo para promover la difusión a nivel nacional como provincial de la Ley N.° 25871 de Migraciones (párrafos 42, 43 y 50 a 58 del informe). ¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para adecuar y armonizar las normas nacionales y provinciales con esta Ley? ¿Qué mecanismo de articulación existe entre el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales para lograr este objetivo? ¿Cuál es el progreso relativo a la adopción de la nueva reglamentación de la Ley de Migraciones (párr. 180 del informe)?

3.Sírvanse proporcionar más información sobre si se han desarrollado políticas públicas y medidas legislativas para dar cumplimiento a la Convención y sobre cómo se fiscalizan estas políticas. Sírvanse aclarar también si existe alguna instancia de participación de la sociedad civil en la elaboración y control de las políticas públicas que pudieran referirse a la población migrante.

4.Sírvanse indicar si las organizaciones no gubernamentales (ONG) participaron en la elaboración del informe del Estado parte, y de ser el caso, explique en que forma.

5.Sírvanse indicar los esfuerzos hechos por el Estado parte para difundir la Convención en Argentina.

6.Sírvanse informar al Comité si el Estado parte prevé realizar la declaración prevista en los artículos 76 y 77 de la Convención.

7.Sírvanse informar al Comité si el puesto de Defensor del Pueblo (párr. 38 del informe y párr. 60 del documento de base [HRI/Core/1/Add.74]) sigue vacante y de ser el caso expliquen la causa. Sírvanse también indicar si en su mandato está comprendida la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares.

8.Sírvanse indicar si el Estado parte prevé ratificar el Convenio N.° 97 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a los trabajadores migrantes (revisado en 1949), así como al Convenio N.° 143 sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes, de 1975.

9. Sírvanse indicar si en las estaciones migratorias existen albergues para migrantes que llegan sin documentos regulares, con el fin de permitirles permanecer el tiempo necesario para resolver sus problemas relacionados con el retorno a su país de origen.

II.Información relativa a cada uno de los artículos de la Convención

A.Principios generales

10.Sírvanse facilitar información sobre si se han invocado las disposiciones de la Convención ante los tribunales entre 2007 y 2010.

11.Sírvanse indicar los casos de actos de discriminación racial y xenofobia contra migrantes que hayan sido investigados por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI; párrs. 16 a 24 del informe), el Defensor del Pueblo o los tribunales y sobre los resultados de las investigaciones efectuadas entre 2007 y 2010. Sírvanse también indicar en cuántos casos se determinó que hubo violaciones de derechos y qué medidas de reparación se tomaron al respecto.

B.Parte III de la Convención

Artículos 16 y 17

12.Sírvanse indicar si existen centros de retención para migrantes, donde se separa a estos de los convictos sentenciados o procesados por delitos comunes, teniéndose en cuenta su situación familiar, con conformidad al articulo 72 del Decreto 616/2010 ¿Qué derechos tiene una persona migrante cuando se encuentra “retenida”? ¿Existen centros de internamiento para trabajadores migratorios en situación irregular, y si es el caso, cuales son las condiciones de dichos centros?

Artículo 22

13.Sírvanse proporcionar datos desglosados por nacionalidad, sexo y edad sobre los trabajadores migratorios y sus familiares deportados del territorio argentino en los años 2007-2010.

14. ¿Cómo se garantizan los derechos reconocidos en los artículos 18 y 22 de la Convención a los trabajadores migratorios y sus familiares en casos de deportación? Sírvanse informar al Comité si en el caso de que las autoridades dispongan efectuar expulsiones, existe la posibilidad de revisión administrativa o judicial de la decisión.

15.Sírvanse explicar las razones que considera el Estado parte para no aplicar el articulo 61 de la Ley de Migraciones respecto de aquellas personas que no pueden acreditar su ingreso al país, quitándoles así el derecho a ser oídas y a tener un plazo para que regularicen su situación migratoria antes de la emisión de la orden de expulsión. ¿Qué razones admite el Estado parte para dispensar a la persona de la presentación del certificado de ingreso cuando solicitan la residencia legal, y bajo qué circunstancias? ¿Qué mecanismo de información existe en la frontera acerca de la necesidad de conservar el certificado de ingreso para poder obtener una residencia legal? ¿Qué otros medios de prueba se aceptan para acreditar el ingreso al país?

16.¿Qué medidas han sido implementadas para garantizar el derecho de los niños migrantes a la vida familiar y su derecho a no ser separados de sus padres en el caso de la retención por motivo de expulsión de los padres?

Artículo 23

17.Además de lo indicado en el párrafo 168 del informe inicial, sírvanse proporcionar más información con respecto a la efectividad del servicio consular argentino para la protección de los trabajadores migratorios argentinos en el exterior, sobre todo para los privados de libertad. ¿Se visita de manera periódica a los privados de libertad? ¿Se les proporciona asistencia jurídica, incluso en casos de deportaciones?

Artículo 25

18.Sírvanse indicar si los derechos referidos en los párrafos 183 y 184 del informe se otorgan en igualdad a la población migrante en situación irregular con respecto de aquellos migrantes en situación regular.

19.Sírvanse proporcionar información sobre la situación de las trabajadoras migratorias indocumentadas, en particular las que trabajan en el servicio doméstico Sírvanse indicar también el número de niños migrantes no acompañados o separados de sus padres en el territorio argentino.

Artículo 27

20.Sírvanse indicar si el Estado parte prevé eliminar los requisitos de nacionalidad y de residencia no inferior a tres años de su legislación respecto en materia de asignaciones familiares (“Asignación Universal por Hijo”), con conformidad al articulo 8 de la Ley de Migraciones.

21.Sírvanse proporcionar mayor información sobre el acceso de los migrantes a los esquemas de seguridad social. ¿Qué medidas legislativas y reglamentarias ha adoptado o pretende adoptar el Estado parte con fines de dispensar el requisito de contar con un mínimo tiempo de residencia, en particular respecto a las personas que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad social especifica tal como las pensiones a la vejez, por discapacidad y las pensiones para madres de siete o mas hijos?

Artículos 28 y 30

22.A la luz de los artículos 28 y 30, sírvanse explicar cómo se está abordando la situación de que en algunas provincias se solicita el DNI para que los trabajadores migratorios y sus familiares, incluyendo a niños migrantes que se encuentran en situación irregular puedan acceder a los centros educativos y de salud. ¿Que capacitación se está realizando en las provincias sobre los contenidos correspondientes de la Ley de Migraciones para los funcionarios públicos que trabajan en la salud, la educación y la policía?

C.Parte IV de la Convención

Artículo 36

23.Sírvanse aclarar si los trabajadores migratorios de otros países que no sean Brasil, Paraguay, Uruguay, el Estado Plurinacional de Bolivia y Chile, que están documentados o se encuentran en situación regular, también gozan de los derechos referidos en el párrafo 73 del informe inicial y reconocidos en los artículos 43 a 45 y 47 de la Convención.

Artículo 37

24.Sírvanse informar al Comité sobre qué medidas se han tomado para orientar a los trabajadores migratorios argentinos que vayan a realizar, realicen o hayan realizado una actividad remunerada al extranjero con respecto a las condiciones aplicables a su admisión y a su estancia y a las actividades remuneradas que podrán realizar. Sírvanse también indicar si dichos trabajadores son informados acerca de los requisitos que deberán cumplir en el Estado de empleo y las autoridades a las que deberán dirigirse para que se modifiquen esas condiciones (párr. 240 e del informe).

Artículo 42

25.Sírvanse informar al Comité si hay algún plan para permitir el derecho al voto de trabajadores migratorios documentados o en situación regular y sus familiares en elecciones provinciales o municipales en provincias fuera de Buenos Aires (párr. 210 del informe).

D.Parte V de la Convención

Artículos 2, 7 y 63

26.Sírvanse indicar si el Estado parte prevé establecer un tramite de residencia bajo la categoría de trabajadores migratorios sin contratos o por cuenta propia que no existen actualmente según información recibida por el Comité.

E.Parte VI de la Convención

Artículo 68

27.Sírvanse proporcionar más información sobre el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Victimas, adoptado en octubre de 2007 (párrs. 121 y 122 del informe). ¿Cuáles son los logros que se han obtenido a través de dicho Programa con respecto a los derechos de los migrantes?

28.Según información con que cuenta el Comité, solo un bajo número de personas que han sido declaradas culpable del delito de trata y las penas impuestas a los autores de trata han sido muy leves. Al respecto, sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas para garantizar el pronto enjuiciamiento de los autores y para fomentar la capacitación para los jueces, fiscales, abogados y la policía, y para aplicar la Ley N.° 26364 de Prevención y sanción de trata de personas y asistencia a sus victimas así como los artículos 145 bis y ter del Código Penal (párrafos 117 y 131 del informe). Sírvanse proporcionar información relativa a los años 2007-2010 sobre el número de denuncias y de investigaciones llevadas a cabo en casos de trata y de tráfico ilegal de migrantes con fines de explotación sexual y laboral y sobre las sentencias condenatorias —con referencia a la sanción impuesta— emitidas por estos crímenes.

29.Además de la proporcionada en el párrafo 118 y siguientes del informe inicial, sírvanse proporcionar más información con respecto al presupuesto destinado y a las medidas adoptadas para brindar asistencia psicológica, medica y jurídica gratuita, así como servicios de reintegración a las victimas de la trata de personas, incluyendo en las provincias. ¿Se han creado más albergues públicos o casas de refugio especializados, tanto para niñas, adolescentes y jóvenes, como para mujeres víctimas de trata? ¿Cómo funciona el Programa Nacional de Protección de Testigos con respecto a los victimas de trata?

30.Sírvanse proporcionar más información sobre el papel de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación (párr. 123 del informe) en proteger los derechos de las victimas de la trata de personas. ¿Cuáles han sido las prácticas que ha adoptado la Oficina para identificar a las víctimas de trata y tráfico de personas, así como para su protección? ¿Se tienen en cuenta a estas víctimas como trabajadores migratorios? Sírvanse indicar cómo se está fortaleciendo la coordinación interinstitucional entre la Oficina, la Dirección Nacional de Migraciones, el Ministerio de Desarrollo Social y la Fiscalía para el tratamiento y protección de las víctimas de trata.

Artículo 69

31.Sírvanse proporcionar más información sobre las medidas que se están llevando a cabo para abordar la situación migratoria de aquellos migrantes cuyos trámites bajo el Programa Nacional de Normalización Migratoria “Patria Grande” o por la vía ordinaria (Ley N.° 25871) no han obtenido como decisión final una radicación permanente o temporaria (párrs. 84 y 85 del informe). ¿Cuáles son las medidas que se han adoptado para atenuar los costos o requisitos excesivos de los trámites migratorios tal como el certificado de ingreso al país en la etapa de renovación de residencias previo a la obtención de residencias permanentes?