Septuagésimo segundo período de sesiones

18 de febrero a 8 de marzo de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativa al cuarto informe periódico de Botswana

Situación jurídica de la Convención y marco jurídico

De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, de poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, y el indicador 5.1.1, se ruega indicar el calendario previsto para incorporar plenamente la Convención (párr. 30) en la legislación nacional con miras a promover, hacer cumplir y supervisar la igualdad de género y el principio de no discriminación por razón de sexo, en particular la discriminación directa e indirecta en los ámbitos privado y público, así como las formas interseccionales de discriminación, en todas las esferas que abarca la Convención. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para poner en marcha un proceso de consultas a fin de incluir una definición de discriminación contra la mujer con arreglo al artículo 1 de la Convención, como recomendó anteriormente el Comité (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 10).

Sírvanse facilitar otros ejemplos de asuntos o casos judiciales, si los hubiere, que demuestren que la aplicación de la Ley de Derecho Consuetudinario y la Ley de Tribunales Consuetudinarios ha resultado útil a la hora de abordar los casos de discriminación contra la mujer. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 15 4) de la Constitución, ¿qué obstáculos plantea la existencia paralela de leyes reglamentarias y consuetudinarias al disfrute por las mujeres de sus derechos en el Estado parte? Se ruega indicar las medidas adoptadas para sensibilizar a las mujeres y a los líderes tradicionales y comunitarios acerca de la primacía del derecho constitucional sobre las normas y prácticas consuetudinarias, y de la posibilidad de denunciar los actos de discriminación por razón de sexo y género ante los tribunales ordinarios (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 14).

Acceso a la justicia

El Estado parte señaló que la Ley de Asistencia Jurídica y el Programa de Asistencia Jurídica se aprobaron en 2013 con el fin de “prestar asistencia jurídica en relación con cuestiones que afectan principalmente a las mujeres” (párr. 174). Se ruega aportar datos actualizados sobre el número de mujeres que han recibido asistencia jurídica, incluida asistencia gratuita, en procesos judiciales seguidos por discriminación y por violencia sexista o por razón de género. ¿Qué esfuerzos se están realizando por mejorar la capacidad y los recursos de las oficinas de asistencia jurídica para poder atender debidamente a las mujeres que precisan de este tipo de ayuda? Se ruega asimismo facilitar información sobre las medidas destinadas a fortalecer la capacidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y el poder judicial en el ámbito de los derechos de la mujer y la igualdad de género, en particular a través de la formación, tal como se recoge en la Convención (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 18).

Institución nacional de derechos humanos

Se ruega facilitar datos actualizados sobre el proyecto de modificación de la Ley del Ombudsman, y sobre si esta confiere al Ombudsman un mandato firme para trabajar en el ámbito de los derechos de la mujer y la igualdad de género, e informar sobre los avances logrados en el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos conforme a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

Mecanismos nacionales para el avance de la mujer

Según el informe, no queda claro el monto exacto de los recursos asignados a los programas y políticas relacionados con las cuestiones de género de las instituciones pertinentes (párr. 55). Se ruega facilitar información actualizada sobre los recursos presupuestarios que se asignan a la Comisión Nacional de Género para supervisar la aplicación de la Política Nacional de Género y Desarrollo. Sírvanse también proporcionar información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros que se destinan al Departamento de Asuntos de Género, adscrito al Ministerio de Nacionalidad, Inmigración y Asuntos de Género, para asegurar el cumplimiento de su mandato, y sobre la coordinación eficaz de los 34 coordinadores de cuestiones de género entre los distintos ministerios (párr. 56). Sírvanse enumerar las principales medidas adoptadas para financiar los proyectos de mujeres e incorporar la perspectiva de género en los programas de empoderamiento económico dirigidos a los jóvenes (párr. 121).

Medidas especiales de carácter temporal

Se ruega explicar el resultado de las iniciativas mencionadas en el párrafo 58 del informe, cuyo objetivo es acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Sírvanse asimismo facilitar información sobre las medidas especiales de carácter temporal adoptadas para acelerar la participación igualitaria de la mujer en la vida política y pública y su acceso a la educación y la salud (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 22).

Estereotipos y prácticas tradicionales nocivas

En el informe se hace referencia a varias actividades emprendidas por el Estado parte para modificar o eliminar los estereotipos discriminatorios que existen respecto de las funciones y responsabilidades de la mujer en el seno de la familia y la sociedad (párrs. 59 a 63 y 123 a 125). Se ruega describir las repercusiones que han tenido tales iniciativas y si estas están vinculadas a una estrategia integral dirigida a eliminar los estereotipos y prácticas nocivas como las relacionadas con la viudez, el castigo corporal y el matrimonio infantil (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 24). Proporciónese asimismo información sobre los avances logrados en el establecimiento de un marco de seguimiento y evaluación sistemáticos para la educación sobre los derechos de la mujer y la igualdad de género, así como sobre las iniciativas de sensibilización dirigidas a eliminar las prácticas culturales negativas y los estereotipos (párr. 64).

Violencia de género contra la mujer

En el informe se hace alusión a la alta prevalencia de la violencia de género contra la mujer en el Estado parte y al hecho de que las víctimas son reacias a denunciar a la policía este tipo de incidentes violentos, incluidos los casos de violencia doméstica (párrs. 66 y 159). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las iniciativas legislativas dirigidas específicamente a tipificar como delito los abusos sexuales (párr. 67) y sobre la elaboración de un plan de acción nacional para poner fin a la violencia de género contra la mujer (párr. 73). Se ruega también facilitar información sobre los avances logrados en la revisión del artículo 14 del Código Penal para tipificar como delito la violación conyugal de conformidad con la Ley sobre la Violencia Doméstica y con arreglo a la recomendación general del Comité núm. 35 (2017), sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualizó la recomendación general núm. 19.

Proporcionen información sobre los puntos siguientes: a) el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y condenas impuestas en los casos de violencia por razón de género contra la mujer; b) la inclusión de aspectos relacionados con la estricta aplicación de las disposiciones del derecho penal relativas a la violencia por razón de género y de métodos de investigación que tengan en cuenta las cuestiones de género en las actividades de capacitación previa al empleo y en el empleo de la policía (párr. 71); c) la capacitación dirigida a los parlamentarios y los miembros de la judicatura sobre la necesidad de tipificar como delito y sancionar debidamente todas las formas de violencia contra la mujer (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 26); y d) los distintos servicios de apoyo de que disponen las mujeres víctimas de la violencia de género (párr. 70), así como los avances logrados en el establecimiento de un sistema de remisión de casos de violencia de género (párr. 82).

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse aportar datos actualizados, desglosados por edad, sexo y ubicación geográfica, sobre el número de víctimas o supervivientes de la trata de personas en el Estado parte. Se ruega también facilitar información sobre la aplicación de la Ley contra la Trata de Personas y el plan de acción nacional para luchar contra la trata de personas para 2017-2020, así como sobre las medidas establecidas para apoyar a las mujeres y niñas que son víctimas de la trata de personas y el número de enjuiciamientos y condenas impuestas a los autores de estos delitos. Sírvanse explicar las medidas adoptadas para crear un sistema eficaz de remisión de víctimas y para identificar a las víctimas de la trata facilitando directrices claras o formación a los funcionarios públicos, entre ellos a los encargados de hacer cumplir la ley, de conformidad con la Ley contra la Trata de Personas.

En el informe se observa que el Estado parte realizó en 2012 un estudio sobre el VIH y las infecciones de transmisión sexual, que concluía que las trabajadoras sexuales corrían un mayor riesgo de contraer el VIH (párr. 130). Se ruega facilitar información sobre las iniciativas emprendidas para proteger a las mujeres que ejercen la prostitución frente al VIH y otras enfermedades de transmisión sexual. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas específicas adoptadas para combatir la explotación de la prostitución y reducir la demanda de prostitución, así como sobre los programas de ayuda para las mujeres que desean abandonarla.

Participación en la vida política y pública

En el informe se indica que la participación de las mujeres en el Parlamento, el Gabinete, la judicatura (especialmente en los tribunales superiores) y la Ntlo Ya Dikgosi (Cámara de los Dirigentes Tradicionales) es muy escasa (párrs. 133 a 136, cuadros 1 a 6). Se ruega facilitar información sobre las medidas que el Estado parte tiene previsto adoptar, incluida cualquier medida especial de carácter temporal de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité (2004) sobre medidas especiales de carácter temporal, para garantizar la representación equitativa de mujeres y hombres en el liderazgo y la toma de decisiones a todos los niveles. Proporcionen asimismo información sobre los incentivos de que se sirven los partidos políticos para aumentar la representación de las mujeres, en particular en los puestos de adopción de decisiones. Sírvanse describir las principales medidas adoptadas para eliminar los obstáculos a la participación de la mujer en la vida política y pública.

Educación

Se ruega facilitar información sobre las tasas de matriculación de niñas y niños en la enseñanza primaria y secundaria, sus tasas de deserción escolar e índices de finalización en años recientes. Sírvanse enumerar, aparte de la aplicación de una política de igualdad de oportunidades, las medidas adoptadas para eliminar los desequilibrios de género (párr. 141) y las que el Estado parte tenga previsto adoptar para que todas las niñas en edad escolar puedan asistir a la escuela. Se ruega asimismo indicar si el Estado parte ha considerado asignar mayores recursos a la aplicación efectiva de la política sobre educación inclusiva (2011) a fin de atender a las niñas con necesidades de educación especial, incluidas las niñas embarazadas y con discapacidad (párr. 84).

El Comité observa que en 2013 se introdujo un programa de regreso a la escuela para facilitar la readmisión en los centros educativos de las madres jóvenes después del parto (párr. 81). Sírvanse proporcionar información sobre los avances logrados en la ejecución de este programa. Se ruega asimismo indicar: a) el número de niños y niñas en zonas remotas cuyos gastos de educación o alojamiento fueron sufragados por el Estado parte; y b) otras medidas adoptadas para que las niñas y niños que viven en zonas rurales puedan acceder a la educación, especialmente a la enseñanza primaria, sin tener que separarse de sus familias. Sírvanse enumerar las medidas adoptadas para alentar a mujeres y niñas a cursar estudios superiores de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, promoviendo públicamente, por ejemplo, a maestras, científicas y profesoras como modelos a seguir.

Empleo

En el informe se observa que la tasa de desempleo, incluida la de desempleo juvenil, es más elevada entre las mujeres que entre los hombres (párrs. 86, 143 y 144). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas específicas adoptadas para promover el empleo de las mujeres, también en el sector formal. ¿En qué medida se pretende con la actual revisión de la Ley de Empleo promover el empleo de las mujeres, incluidas las mujeres rurales, las mujeres con discapacidad y las mujeres lesbianas, bisexuales, trans e intersexuales? Se ruega facilitar información sobre las medidas establecidas de conformidad con la Ley de Empleo (modificada) de 2010 para garantizar la igualdad de acceso de las mujeres a la formación profesional, la igualdad en las condiciones de trabajo y la promoción laboral y la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 34).

Facilítese información actualizada sobre los siguientes puntos: a) las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de trabajo de las mujeres en la economía informal; y b) las medidas adoptadas para prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo, incluidas las iniciativas legislativas destinadas a prohibir este tipo de actos en el sector privado (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 34). Se ruega ampliar la información sobre la Ley de Empleo (modificada) de 2010, especialmente acerca de la duración de la licencia de maternidad, y aclarar si la remuneración mínima del 50% del sueldo que fija la ley para las mujeres que disfrutan de este tipo de licencias es aplicable a las trabajadoras tanto del sector público como del privado (párr. 146). Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas para fomentar la iniciativa empresarial entre las mujeres y su representación en las juntas directivas de las empresas.

Salud

Según los datos aportados por el Estado parte, la tasa de mortalidad materna descendió notablemente, pasando de 195,7 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2008 a 147,9 en 2012 (párr. 149). Se ruega facilitar información sobre las tendencias más recientes en relación con la tasa de mortalidad materna y sobre cualquier otra medida que se haya adoptado para reducir esa tasa. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre la prestación de servicios de planificación familiar y de métodos anticonceptivos y de anticonceptivos de emergencia asequibles y modernos en el Estado parte (párr. 89). Además de legalizar el aborto en los casos de violación, incesto, amenaza para la vida o la salud de la madre o graves malformaciones del feto, se ruega indicar si el Estado parte prevé despenalizarlo en otros supuestos. Por lo que respecta a la Estrategia Quinquenal de Prevención y Control del Cáncer Cervicouterino (2012-2016) (párr. 155), informen al Comité sobre sus resultados, en particular sobre el número de mujeres que ha recibido un diagnóstico inicial, y aclaren si las mujeres rurales han podido acceder de forma gratuita a este tipo de diagnóstico y al tratamiento ambulatorio de las lesiones precancerosas en el cuello uterino introducidos en el marco de esta estrategia.

Se ruega proporcionar información actualizada sobre los resultados principales del Marco Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA (2010-2016) y la Estrategia Sectorial de la Mujer en materia de VIH/SIDA (2012-2016) para hacer frente a las repercusiones desproporcionadas que tiene el VIH/SIDA en mujeres y niñas, e indicar si el Estado parte ha renovado estas estrategias (párrs. 91 y 104). Sírvanse explicar cómo se está concienciando a los proveedores de servicios sobre la necesidad de aumentar la accesibilidad de los servicios dirigidos a las mujeres y las niñas que viven con el VIH/SIDA. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para sensibilizar a hombres y mujeres sobre la importancia de practicar un sexo seguro? Se ruega indicar si todas las niñas que se han visto privadas de sus padres a causa del VIH/SIDA tienen acceso a las redes de seguridad disponibles para las familias encabezadas por un niño (párr. 94) (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 38). Sírvanse explicar asimismo las medidas adoptadas para mejorar la recopilación de datos relativos a las condiciones de salud de las mujeres y las niñas y a la disponibilidad de los servicios sanitarios, a fin de formular las políticas y los programas pertinentes en materia de salud.

Empoderamiento económico de las mujeres

¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para aumentar el acceso de las mujeres a los préstamos y los servicios financieros, aun cuando carezcan de la garantía necesaria (párr. 170)? Sírvanse describir la eficacia de los programas de empoderamiento de la mujer, incluido el Programa de Medidas Alternativas, para promover su acceso al crédito, la tecnología y el mercado (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 40) e indicar qué otras medidas se han tomado para abordar esta cuestión.

Mujeres rurales

Se ruega facilitar información sobre el resultado de las evaluaciones de la eficacia de la Política Nacional de Género y Desarrollo para reducir la pobreza y qué otras medidas prevé adoptar el Estado parte para lograr este objetivo, especialmente entre las mujeres rurales y los hogares encabezados por mujeres (párr. 95). Faciliten información sobre los programas existentes encaminados a garantizar que las mujeres rurales tengan acceso al agua, la asistencia sanitaria, la educación, la justicia, la propiedad de la tierra, el crédito y la formación práctica, en consonancia con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité sobre los derechos de las mujeres rurales. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre los avances logrados en la formulación de una política integral sobre el género en la agricultura y el desarrollo rural (párrs. 95 y 163) y sobre las medidas establecidas para asegurar la participación adecuada de las mujeres rurales y las mujeres cabeza de familia en la formulación y ejecución de los programas de desarrollo local que las afectan.

Matrimonio y relaciones familiares

En sus observaciones finales anteriores (CEDAW/C/BOT/CO/3, párr. 42), el Comité recomendó al Estado parte que revisara y modificara las leyes siguientes para ampliar su ámbito de aplicación a los matrimonios consuetudinarios y religiosos: la Ley sobre la Abolición de la Potestad Marital; la Ley de Registro Notarial; la Ley de causas matrimoniales (cap. 29:6); y la Ley de matrimonio (cap. 29:01). Asimismo, recomendó que se derogara el artículo 15 4) de la Constitución para garantizar la debida protección de los derechos de la mujer en el matrimonio y en las relaciones familiares, aspecto sobre el cual el informe del Estado parte no contiene información alguna. Se ruega explicar las dificultades y los retos que plantean el examen y la revisión de las leyes antes mencionadas. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para hacer frente a la discriminación contra las mujeres y las niñas en lo que respecta a la adopción, el matrimonio, el divorcio, el entierro, la transmisión de bienes tras el fallecimiento y otras cuestiones relativas al derecho de las personas, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 16 de la Convención?

Según el Estado parte, la falta de conocimientos por parte de las mujeres sobre las leyes matrimoniales y sus consecuencias ha perpetuado prácticas discriminatorias en materia de matrimonios celebrados en virtud del derecho consuetudinario (párr. 22). Se ruega indicar qué medidas concretas ha adoptado el Gobierno para difundir información sobre esta cuestión en el Estado parte y para garantizar que todas las mujeres, incluidas las que viven en zonas rurales, tengan acceso a estos conocimientos. Sírvanse facilitar información sobre las campañas de concienciación de la población relativas a la igualdad de derechos de la mujer en el matrimonio y las relaciones familiares (párr. 103), así como sobre los efectos nocivos del matrimonio infantil.

Enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención

Sírvanse indicar los progresos realizados por el Estado parte hacia la aceptación de la enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención, relativo al tiempo de las reuniones del Comité.