Observaciones finales sobre los informes periódicos inicial y segundo combinados de Brunei Darussalam

Adición

Nota : El presente documento se distribuye únicamente en español, francés e inglés.

* El presente documento se publica sin revisión editorial.

Información facilitada por Brunei Darussalam sobre el seguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 17 de agosto de 2017]

Reservas

Respuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 9 de las observaciones finales

El Comité alienta enérgicamente al Estado parte a que considere la posibilidad de retirar o limitar su reserva general y de retirar su reserva específica al artículo 9 2) de la Convención, para asegurar que las mujeres puedan disfrutar plenamente de todos los derechos consagrados en esta. Recomienda al Estado parte que utilice como ejemplo las mejores prácticas de los Estados partes que tienen circunstancias sociales, culturales, religiosas y sistemas jurídicos semejantes que han retirado reservas similares y logrado armonizar su legislación con las disposiciones de la Convención.

Brunei Darussalam agradece la recomendación del Comité de examinar las mejores prácticas de los Estados partes que tienen circunstancias sociales, culturales, religiosas y sistemas jurídicos semejantes que han retirado reservas similares.

Como ya se ha aclarado en otras ocasiones, con arreglo a la Ley de nacionalidad de Brunei Darussalam (cap. 15), el hijo de padre o madre de Brunei Darussalam puede acceder a la nacionalidad de ese país. La sección 6 de la Ley prevé la adquisición de la nacionalidad de un menor por medio del registro, eso es, la solicitud de registro presentada por su padre, madre o tutor, nacionales de Brunei. Así pues, una mujer de Brunei Darussalam, casada con un extranjero, puede transmitir su nacionalidad a sus hijos.

Tras un cuidadoso examen de las reservas que formularon otros Estados partes y sin prejuicio de la mayoría de las disposiciones de la Convención, Brunei Darussalam desea mantener sus reservas respecto del párrafo 2 del artículo 9 y del párrafo 1 del artículo 29, así como de todos los demás aspectos que puedan ser contrarios a la Constitución nacional y a las creencias y principios del islam, la religión oficial del país.

Marco constitucional y leyes discriminatorias

Respuesta a la cuestión planteada en el párrafo 13 a) de las recomendaciones

El Comité insta al Estado parte a que revise inmediatamente el nuevo decreto por el que se aprueba el Código Penal islámicode 2013 a fin de derogar las disposiciones que discriminan directa o indirectamente contra la mujer.

Brunei Darussalam toma nota de la recomendación formulada por el Comité. El decreto por el que se aprueba el Código Penal islámico de 2013es necesario para fortalecer el common law actual en materia de delitos. Las normas del derecho islámico y el sistema de common law coexisten desde hace muchos años, una característica distintiva de Brunei Darussalam.

El decreto por el que se aprueba el Código Penal islámicode 2013 es de carácter no discriminatorio. El Código es necesario para reforzar el derecho penal actual y la protección de los derechos humanos, incluso los derechos de las mujeres, así como para proteger la religión, la vida, el linaje, la propiedad y el intelecto.

Este sistema dual tiene el pleno apoyo del pueblo de Brunei Darussalam, que en la actualidad sigue gozando de un elevado nivel de vida en un entorno pacífico, seguro y armonioso. Asimismo, nuestras mujeres han tenido un adelanto satisfactorio y contribuyen de manera significativa al desarrollo del país.

Matrimonio y relaciones familiares

Respuesta a la cuestión planteada en el párrafo 39 a) de las recomendaciones

El Comité recomienda al Estado parte que enmiende la ley sobre el derecho de familia islámico teniendo en cuenta las experiencias de países con circunstancias religiosas y sistemas jurídicos semejantes que han ajustado con éxito su legislación interna a los compromisos jurídicamente vinculantes que dimanan de la Convención, concretamente respecto de las cuestiones de la propiedad, el divorcio, la herencia y la necesidad de contar con el permiso del tutor ( wali ) para contraer matrimonio.

La ley sobre el derecho de familia islámico ha incorporado disposiciones que protegen a las mujeres y a los niños en Brunei Darussalam y de ningún modo atenúa o menoscaba las obligaciones que le incumben al país en virtud de la Convención. Continuamos los esfuerzos encaminados a proteger a nuestras mujeres y niños.