Naciones Unidas

CERD/C/NAM/Q/16-18

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

24 de junio de 2023

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

110º período de sesiones

7 a 31 de agosto de 2023

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 16º a 18º combinados de Namibia

Nota del Relator para el país *

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

Composición demográfica de la población

2.Información y estadísticas actualizadas y fiables sobre la composición demográfica de la población del Estado parte, en particular sobre los no ciudadanos. Indicadores económicos y sociales, desglosados por idioma hablado, sexo, género, edad y origen étnico.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 1, 2, 4, 6 y 7)

3.Información adicional sobre el grado en que la definición de discriminación racial, establecida en la Ley de Prohibición de la Discriminación Racial de 1991, se ajusta a la Convención, e información sobre las consultas llevadas a cabo con miras a la revisión de dicha definición. Fechas relativas a la entrada en vigor y la aplicación de la Ley de Derogación de Leyes Obsoletas de 2018.

4.Ejemplos concretos de casos en que las disposiciones de la Convención hayan sido invocadas ante los tribunales nacionales o aplicadas directamente por ellos. Información sobre las medidas adoptadas para dar a conocer la Convención a los jueces, fiscales y funcionarios judiciales.

5.Medidas adoptadas para garantizar la independencia, en particular la elaboración y aplicación de un proceso oficial de selección y nombramiento claro, transparente y participativo, y la eficacia de la Defensoría del Pueblo, proporcionando a dicho órgano los recursos humanos y financieros suficientes, también en los procesos de contratación. Situación en lo que respecta a la aprobación del proyecto de ley de la Defensoría del Pueblo presentado en la Asamblea Nacional.

6.Información sobre las denuncias de discriminación racial, con indicación del tipo, el número y los resultados de estas, presentadas ante los juzgados y los tribunales, así como ante el Defensor del Pueblo. Información sobre programas de sensibilización destinadas a jueces, fiscales y funcionarios judiciales. Medidas adoptadas para informar a las personas, incluidos los no ciudadanos en situación irregular, sobre los procedimientos judiciales y la justiciabilidad de los derechos consagrados en la Convención. Información sobre la disponibilidad de servicios de asistencia letrada y la asignación de los recursos humanos y financieros necesarios para el buen funcionamiento del poder judicial.

Medidas especiales

7.Información sobre la aplicación efectiva, en el período que abarca el informe, de la legislación sobre medidas especiales, incluida la Ley de Acción Afirmativa en el Empleo de 1998. Información sobre las novedades habidas durante el período que abarca el informe en relación con la distribución de tierras, así como sobre la aplicación efectiva de la Ley de Reforma Agraria de Tierras de Valor Comercial de 1995, la Ley de Reforma de las Tierras Comunales de 2002 y la Ley de Tenencia Flexible de la Tierra de 2012. Medidas adoptadas en el período sobre el que se informa con el fin de reducir las desigualdades económicas entre los ciudadanos blancos, por un lado, y los pueblos tribales y los Pueblos Indígenas, por otro, así como las desigualdades en materia de ingresos y el nivel desproporcionado de desempleo que afecta a los pueblos tribales y los Pueblos Indígenas.

8.Situación en lo que respecta a la aprobación y la aplicación del libro blanco sobre los Pueblos Indígenas elaborado por la Defensoría del Pueblo.

9.Información sobre la legislación existente relativa al uso de la fuerza por la policía y los agentes del orden. Medidas adoptadas para prevenir de manera eficaz el perfilado racial por los agentes del orden y proteger a las personas de esta práctica, entre otros medios, a través de programas de educación y formación en derechos humanos. Progresos y resultados de las investigaciones sobre el uso de la fuerza por parte de la policía, en particular en el contexto de reuniones pacíficas. Datos desglosados sobre la composición étnica de la población penitenciaria.

10.Información sobre la educación en materia de derechos humanos y no discriminación, en particular dentro de los planes de estudios nacionales de las escuelas, y sobre las actividades orientadas a sensibilizar al público sobre la discriminación y los derechos consagrados en la Convención.

Discurso y delitos de odio racista (art. 4)

11.Medidas adoptadas para aprobar leyes específicas por las que se prohíba el discurso de odio. Situación en lo que respecta a la aprobación de las modificaciones propuestas a la Ley por la que se Modifica la Ley de Prohibición de la Discriminación Racial de 1998. Información sobre el reconocimiento de los motivos raciales como circunstancia agravante en el derecho penal.

12.Información sobre los mecanismos que ofrecen los órganos administrativos para presentar denuncias de discurso y delitos de odio racista, así como sobre la accesibilidad de dichos mecanismos. Medidas para combatir los discursos de odio racista, incluidos los pronunciados por políticos y funcionarios públicos, así como información sobre denuncias, procesamientos y condenas por discursos de odio racista y delitos motivados por prejuicios raciales, y las penas impuestas por dichos actos. Información acerca de la capacitación sobre cómo luchar contra el discurso y los delitos de odio racista, incluida la formación destinada a los periodistas y los funcionarios públicos.

Situación de las minorías (art. 5)

13.Medidas para lograr que, en la legislación y en la práctica, las personas pertenecientes a minorías raciales y étnicas estén suficientemente representadas en todos los niveles de poder, incluido el Parlamento, y todos los niveles administrativos, incluidas las instituciones decisorias y representativas.

14.Medidas adoptadas para que las personas pertenecientes a minorías raciales y étnicas puedan ejercer efectivamente su derecho de voto, incluidas las medidas para acabar con los estereotipos discriminatorios y la instigación a la discriminación por políticos y funcionarios públicos, y para prevenir la violencia.

Situación de los pueblos tribales y los Pueblos Indígenas (art. 5)

15.Medidas para garantizar, en la legislación y en la práctica, la consulta, la participación y la representación de los Pueblos Indígenas en la elaboración de políticas y la adopción de decisiones que los afecten. Medidas adicionales para garantizar su derecho a participar en la vida pública, incluida la adopción de las reformas propuestas con respecto al proceso de reconocimiento y nombramiento de autoridades tradicionales.

16.Medidas para garantizar, en la legislación y en la práctica, los derechos de los Pueblos Indígenas relativos a su historia, cultura, tradiciones, conocimientos tradicionales y costumbres. Medidas para asegurar, en la legislación y en la práctica, los derechos de los Pueblos Indígenas a poseer, explotar, controlar y utilizar las tierras, recursos y territorios comunales, que ocupan o utilizan tradicionalmente, incluidas las medidas relativas a los derechos de tenencia de la tierra o la demarcación de esta. Información sobre el número de denuncias presentadas ante la Comisión de Derechos de las Tierras Ancestrales y sus resultados. Medidas adoptadas para impedir, en la legislación y en la práctica, el cercado de tierras y el desalojo forzoso de los Pueblos Indígenas en casos de intereses contrapuestos en relación con las tierras y los recursos.

17.Medidas para garantizar, en la legislación y en la práctica, el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas afectadas por proyectos de desarrollo y minería, incluidos los Pueblos Indígenas san de las regiones de Kavango Este y Kavango Oeste, afectados por las actividades de prospección y extracción de petróleo y gas. Información sobre la aplicación efectiva de la Ley de Minerales (Prospección y Minería) de 1992 y la Ley de Gestión del Medio Ambiente de 2007, incluida la evaluación del impacto llevada a cabo en consulta con los pueblos y las comunidades afectadas. Información sobre los recursos interpuestos ante las autoridades competentes indicadas en la Ley de Minerales (Prospección y Minería) de 1992 y la Ley de Gestión del Medio Ambiente de 2007, en particular el número, el tipo y los resultados de dichos recursos.

18.Información adicional sobre las iniciativas emprendidas para adaptar los sistemas educativos a las culturas de los pueblos tribales y los Pueblos Indígenas. Información acerca de las consultas a las comunidades, incluidas las comunidades tribales e indígenas, con miras a la elaboración de políticas como, por ejemplo, la política nacional de educación inclusiva, y de reformas, tales como la reforma de los planes de estudios escolares, llevadas a cabo por el Ministerio de Educación, Arte y Cultura. Información sobre la asignación de los recursos humanos y financieros necesarios para el buen funcionamiento de programas de inclusión como los programas de creación de unidades escolares móviles.

Situación de las mujeres tribales e indígenas

19.Medidas adoptadas para garantizar, en la legislación y en la práctica, la protección de las mujeres tribales e indígenas frente a las formas múltiples e interseccionales de discriminación, incluidas las relacionadas con la discriminación en el mercado laboral y con el derecho a la propiedad de la tierra y la herencia.

20.Medidas legislativas y prácticas adoptadas para proteger a las mujeres tribales e indígenas frente a la violencia sexual y de género, e información sobre el número de casos atendidos por los trabajadores sociales, los educadores y los funcionarios de enlace sobre cuestiones de género, que actúan por mandato del Ministerio de Igualdad de Género, Erradicación de la Pobreza y Bienestar Social, y el número de actuaciones judiciales y de personas condenadas. Información acerca de la inclusión de las mujeres tribales e indígenas en las campañas de sensibilización pública sobre la violencia sexual y de género que sufren estas mujeres. Medidas adoptadas para luchar contra la prevalencia de prácticas tradicionales nocivas, incluidos los rituales de iniciación sexual como el sikenge.

Concesión de reparaciones efectivas a los pueblos ovaherero y nama por el genocidio y los crímenes cometidos entre 1904 y 1908, y participación verdadera de estos pueblos en el proceso de reparación (arts. 2, 5 y 6)

21.Situación respecto del cumplimiento de la declaración conjunta de la República Federal de Alemania y la República de Namibia. Medidas para obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos ovaherero y nama a través de representantes elegidos por ellos en el marco de las discusiones sobre el reconocimiento del genocidio cometido entre 1904 y 1908. Medidas para garantizar una reparación adecuada por el daño sufrido como consecuencia de los asesinatos, la inanición, la tortura, la violencia sexual y de género, la esclavización y el trabajo forzoso, así como de la pérdida de bienes y medios de subsistencia, otorgando restitución, compensación, rehabilitación y satisfacción a las víctimas, entre otras vías mediante el reconocimiento sin reservas del genocidio y los crímenes cometidos, y la devolución de los restos humanos robados. Medidas para conservar la memoria del pasado colonial de Namibia, con inclusión del genocidio contra los pueblos ovaherero y nama, y los actos de violencia sexual y de género cometidos contra las mujeres y las niñas.

No ciudadanos, incluidos migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y apátridas (art. 5)

22.Información sobre la legislación existente que garantiza el acceso de los no ciudadanos, sin discriminación alguna, a los servicios básicos, incluido el acceso a la educación, el mercado laboral, la vivienda y los servicios de asistencia sanitaria. Información sobre las leyes y políticas vigentes que recogen las garantías procesales de las que disponen los no ciudadanos cuando presentan solicitudes de determinación de su condición, inscripción y documentos de identificación. Medidas adoptadas para prevenir la trata de personas.