Distr.GENERAL

CCPR/C/84/L/SVN28 de abril de 2005

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 40 DEL PACTO

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE ESLOVENIA (CCPR/C/SVN/2004/2)

Marco constitucional y jurídico en el que se aplica el Pacto; derecho a un recurso efectivo (artículo 2)

1.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que las disposiciones del Pacto son jurídicamente vinculantes con arreglo al derecho interno. ¿Ha habido casos de intervención directa de los tribunales para hacer que se cumpla el Pacto? Se ruega proporcionen detalles de los casos pertinentes que pueda haber.

2.Sírvanse proporcionar más información sobre las competencias y actividades del Ombudsman para asegurar el ejercicio de los derechos enunciados en el Pacto, en particular sobre las denuncias que se han recibido, las investigaciones realizadas y sus resultados (párrafos 153 y 253 del informe).

Igualdad de género; protección del niño (artículos 3 y 24)

3.Sírvanse explicar por qué la violencia en el hogar no está tipificada como un delito penal especial. Proporcionen datos estadísticos actualizados sobre la violencia en el hogar, así como información sobre las medidas que se han adoptado o se prevé adoptar para eliminar ese tipo de prácticas y proteger debidamente a las víctimas. ¿Qué programas se están realizando para sensibilizar a la población? (Párr. 22.)

GE.05-41297 (S) 110505 110505

4.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en el empleo, en particular en la administración pública. Sírvanse también proporcionar información detallada sobre el porcentaje de mujeres empleadas en todos los niveles de la administración pública (párr. 36).

5.Sírvanse proporcionar más información sobre la participación de la mujer en el sector privado, en especial en las categorías superiores, y sobre las medidas adoptadas para garantizar que los hombres y las mujeres perciban la misma remuneración por un trabajo de igual valor (párrs. 24 a 37). ¿Qué medidas de carácter práctico se han adoptado o se prevé adoptar para afrontar el hecho de que las mujeres siguen siendo empleadas principalmente en sectores mal remunerados? (Párrs. 27, 32 y 34.)

6.Sírvanse proporcionar información sobre los casos de violencia ejercida contra los niños. ¿Qué leyes existen para proteger a los niños contra la violencia, por ejemplo, contra la explotación sexual y la violencia en el hogar? ¿Hasta qué punto se aplican y con qué grado de eficacia? (Párrs. 251, 252 y 256.)

Derecho a la vida; derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; derecho a no ser sometido a detención o prisión arbitrarias; trato de los reclusos y de otros detenidos (artículos 6, 7, 9 y 10)

7.Según la información de que dispone el Comité, siguen cometiéndose violaciones de los derechos humanos como la detención y el arresto arbitrarios, el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía, el maltrato de los detenidos bajo custodia policial y la detención en condiciones inhumanas. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas prácticas adoptadas para impedir tales violaciones de los derechos humanos. Faciliten también información concreta sobre cada caso mencionado en el informe, por ejemplo, el que se refiere a la muerte de una persona durante un registro domiciliario, la investigación realizada en torno al caso y sus resultados (párrs. 41 a 51).

8.Sírvanse proporcionar información sobre las investigaciones, los juicios y las condenas de los agentes del orden que han cometido violaciones de los derechos humanos como las mencionadas, en los últimos cinco años. ¿Qué recursos jurídicos tienen a su disposición las víctimas de dichos actos? Faciliten información sobre el número de casos, su resultado y la indemnización concedida a las víctimas cuyo caso hubiera sido resuelto favorablemente. De acuerdo con la información de que dispone el Comité, es frecuente que esos actos no se investiguen y que se produzcan largas demoras. Se agradecería información al respecto.

9.Como se señala en el informe (párrs. 43 y 44), ha aumentado considerablemente la frecuencia con que la policía emplea medios coercitivos. Sírvanse explicar los motivos.

10.Según la información de que dispone el Comité , la policía recurre con frecuencia al uso excesivo de la fuerza y a la tortura, especialmente contra las minorías. Sírvanse explicar las razones por las que la tortura no se ha tipificado como delito especial y proporcionen información más detallada sobre la introducción de una disposición especial en el Código Penal, como se señala en el párrafo 60 del informe.

11.Se ruega faciliten información actualizada sobre la detención preventiva: número de órdenes de detención preventiva; ubicación y condiciones de los lugares en que se efectúa, duración media del período de detención e indemnizaciones en caso de detención ilícita. ¿Qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para reducir el número de personas en detención preventiva? (Párrs. 84 a 92 y 96.)

12.Sírvanse ampliar la información facilitada en el informe (párr. 114) sobre las medidas adoptadas o previstas para resolver el problema del hacinamiento en las cárceles.

Prohibición de la esclavitud y de los trabajos forzosos u obligatorios (artículo 8)

13.Según la información presentada al Comité, la trata de mujeres y niños sigue siendo un problema grave en Eslovenia. Sírvanse proporcionar información sobre la trata de personas. ¿Qué medidas de carácter jurídico y práctico se han adoptado o se prevé adoptar para luchar contra la trata de seres humanos, y con qué resultados? (Párrs. 63 a 67.)

14.Se ruega proporcionen información detallada sobre los casos de esclavización investigados por la policía entre 1991 y 2003. ¿Se han dictado sentencias condenatorias como resultado de esas investigaciones? ¿Se han dictado sentencias condenatorias con arreglo al nuevo artículo 387 del Código Penal relativo a la trata de seres humanos? (Párr. 61.)

Derecho a la libre circulación (artículos 12 y 13)

15.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para solucionar los casos de residentes que proceden de otras repúblicas de la ex República Federativa de Yugoslavia y que han expresado su deseo de pedir la ciudadanía eslovena. ¿Están en condiciones de obtener los documentos de identidad necesarios? ¿Cuáles son las razones que han motivado el rechazo de las solicitudes de residencia permanente y ciudadanía? (Párrs. 5 a 9 y 133 a 143.)

16.Sírvanse explicar qué progresos legislativos y prácticos se han hecho para aprobar una política general de integración de refugiados y solicitantes de asilo. Sírvanse proporcionar información adicional para que el Comité pueda entender bien la situación actual de los refugiados y solicitantes de asilo en Eslovenia. ¿Qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para integrar a los refugiados en la sociedad eslovena? Sírvanse formular observaciones sobre los centros de acogida, los procedimientos judiciales, la enseñanza y las condiciones sanitarias (párrs. 15 a 17 y 132 a 143).

Derecho a un juicio imparcial (artículo 14)

17.¿Cómo se propone el Estado Parte solucionar el problema de la acumulación de causas en los tribunales? ¿Qué repercusión tiene esta acumulación en los asuntos penales? ¿Qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado Parte para que las causas se resuelvan con menos demoras? (Párrs. 153 y ss.)

Derecho a la libertad de expresión (artículo 19)

18.De acuerdo con la información que obra en poder del Comité, no se ha iniciado ninguna acción judicial en relación con el grave atentado de que fue víctima el Sr. Miran Petek, periodista de investigación. Sírvanse proporcionar información sobre el caso y explicar las razones.

19.Sírvanse facilitar información adicional sobre las competencias y actividades del Consejo de Difusión Audiovisual. ¿Cómo vela el Consejo por la independencia de los medios de difusión? Proporcionen información sobre las medidas prácticas adoptadas para intentar resolver el problema de la autocensura (párrs. 210 y 234).

Derecho a participar en los asuntos públicos; no discriminación; protección de las minorías nacionales (artículos 25, 26 y 27)

20.Además de los acuerdos bilaterales sobre los derechos de las minorías, mencionados en el informe, ¿existe una legislación general para proteger a las minorías étnicas, lingüísticas y religiosas? ¿Tienen otras comunidades el mismo acceso a la función pública y a los cargos gubernamentales? ¿Qué medidas prácticas se han adoptado o se prevé adoptar para impedir la discriminación contra personas pertenecientes a minorías étnicas? (Párrs. 268 a 279.)

21.Sírvanse proporcionar información sobre la minoría romaní y las medidas concretas adoptadas para mejorar su situación con respecto al empleo, la educación, la salud y la vivienda (párrs. 251, 269 y 274).

22.¿Cuál es la diferencia jurídica entre los romaníes "indígenas" (autóctonos) y "nuevos" (no autóctonos)? ¿Qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para reducir el número de personas que no tienen documentos oficiales o que son apátridas? (Párr. 272.)

23.La ley otorga solamente a las minorías italiana y húngara el derecho a estar representadas como comunidad en el Parlamento. Sírvanse explicar esta situación, en particular teniendo en cuenta que otras minorías tienen una importancia demográfica mayor que las comunidades italiana y húngara (párrs. 270 y 275).

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