Pacto Internacionalde Derechos Civiles y Políticos

Distr.

GENERAL

CCPR/C/SR.1781

5 de octubre de 1999

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

66º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA PRIMERA PARTE (PÚBLICA)* DE LA 1781ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra, el jueves 29 de julio de 1999, a las 15.00 horas

Presidenta : Sra. MEDINA QUIROGA

SUMARIO

INFORME ANUAL DEL COMITÉ PRESENTADO A LA ASAMBLEA GENERAL POR CONDUCTO DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL CON ARREGLO AL ARTÍCULO 45 DEL PACTO Y AL ARTÍCULO 6 DEL PROTOCOLO FACULTATIVO ( continuación )

__________________

* El acta resumida de la segunda parte (privada) de la sesión se publica con la signatura CCPR/C/SR.1781/Add.1.

__________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta. Las correcciones deberán enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del actual período de sesiones del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

GE.99-43421 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 15.10 horas .

INFORME ANUAL DEL COMITÉ PRESENTADO A LA ASAMBLEA GENERAL POR CONDUCTO DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL CON ARREGLO AL ARTÍCULO 45 DEL PACTO Y AL ARTÍCULO 6 DEL PROTOCOLO FACULTATIVO (tema 9 del programa) ( continuación ) (CCPR/C/66/ CRP .1/Add.2/Rev.1, Add.7 y Add.8; CCPR/C/66/ CRP .2/Add.1 a 3, 5, 6 y 8 a 12)

1. La PRESIDENTA invita al Comité a que reanude el examen de su informe anual a la Asamblea General.

Capítulo VI (Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del Protocolo Facultativo ) (CCPR/C/66/CRP. 1/ Add.7)

Introducción

2. El Sr. AMOR , refiriéndose al párrafo 1, dice que ya han ratificado el Pacto 145 Estados. Por consiguiente, deberá corregirse la cifra que figura en la última frase.

3. Queda aprobada la introducción en su forma enmendada .

Sección A (Marcha de los trabajos)

4. El Sr. POCAR dice que en el momento de la adopción del informe anual anterior se había registrado un total de 823 comunicaciones. El total actual, según el párrafo 3 del capítulo VI, es de 862. De ello se deduce que durante el período que abarca el informe sólo se han registrado 39 comunicaciones. Le sorprende esta cifra tan pequeña, sobre todo teniendo en cuenta el título de la sección B "Aumento del número de casos presentados al Comité en virtud del Protocolo Facultativo".

5. Lord COLVILLE dice que debido al retraso con que se reciben los documentos traducidos y reproducidos en todos los idiomas de trabajo, las cifras citadas en el párrafo 3 están obsoletas. El total definitivo será considerablemente superior a 862 comunicaciones. Pide autorización para actualizar las cifras antes de que concluya el período de sesiones.

6. Así queda acordado .

7. El Sr. SCHEININ , refiriéndose a los párrafos 6 y 7, que tratan de los Dictámenes y decisiones del Comité, y a los anexos en los que van a reproducirse, dice que aun cuando, de conformidad con el artículo 85 del reglamento del Comité, él no participó en el examen del caso Nº 850/1999 ( Hankala c. Finlandia ), se ha hecho constar que participó. Confía en que se rectifique este error cuando se publiquen los anexos. Advierte también que la no participación de miembros en los trabajos en virtud del artículo 85 se hizo constar de tres formas diferentes en el anexo XI del informe anual anterior, y propone que se adopte un modelo de redacción.

8. La Sra. EVATT dice que, con arreglo al párrafo 3, el informe anual abarca el período comprendido entre el 1º de agosto de 1998 y el 30 de julio de 1999. Pero las fechas de los informes retrasados que figuran en el capítulo III (CCPR/C/66/ CRP .1/Add.3/Rev.1) se basan en la situación existente al 1º de agosto de 1999.

9. Lord COLVILLE (Relator) propone que se enmiende la fecha en el título del cuadro relativo a los informes retrasados que figura en el capítulo III para que diga "30 de julio de 1999". En consecuencia, el número de años que figura en la columna final deberá reducirse en un año para cada Estado Parte.

10. Así queda acordado .

11. Queda aprobada la sección A, a reserva de la rectificación de las cifras de las comunicaciones .

Sección B (Aumento del número de casos presentados al Comité en virtud del Protocolo Facultativo)

12. Lord COLVILLE (Relator) da lectura a la siguiente versión nueva propuesta de las frases segunda y tercera del párrafo 12:

"Esas cifras serían mucho mayores si no fuera porque muchas comunicaciones, pese a haberse seleccionado inicialmente, no han llegado todavía a la fase de registro; es su registro el que se ha demorado durante un período considerable, hasta un año en algunos casos. Además de esas demoras, aparte de los casos que se consideran urgentes, hay un cúmulo cada vez mayor de correspondencia en espera de respuesta que tienen que ver con cuestiones distintas de los casos de registro."

13. El Sr. POCAR se refiere al párrafo 16 y propone que se suprima la frase "Si bien ... tiene plena conciencia de la crisis financiera que aqueja a la Organización" y, en la versión inglesa, se enmiende la frase "should be guaranteed" para que diga "shall be guaranteed". La crisis financiera no es un pretexto válido para privar al Comité de los recursos que necesita para el desempeño de sus funciones.

14. Lord COLVILLE (Relator) dice que en el informe anual anterior se publicó un párrafo idéntico.

15. El Sr. AMOR dice que ha observado que a causa de la crisis financiera algunas actividades se han visto penalizadas y otras no.

16. La Sra. CHANET apoya la propuesta del Sr. Pocar. El Comité está cansado de oír el mismo argumento de siempre acerca de la crisis financiera mientras que para otras actividades, como los estudios, se dispone fácilmente de fondos.

17. Queda aprobada la sección B en su forma enmendada por el Relator y el Sr. Pocar .

Sección C (Métodos para el examen de las comunicaciones previstas en el Protocolo Facultativo)

18. El Sr. SCHEININ , refiriéndose al párrafo 17, propone que se especifique el número de casos en los que se ha solicitado la adopción de medidas de protección provisionales con arreglo al artículo 86 del reglamento del Comité.

19. Lord COLVILLE (Relator) dice que realizará la investigación necesaria e insertará la cifra apropiada en lugar de la palabra "otros" de la penúltima frase.

20. Queda aprobada la sección C en ese entendimiento .

Sección D (Opiniones individuales)

21. Queda aprobada la Sección D .

Sección E (Cuestiones examinadas por el Comité)

22. El Sr. POCAR señala a la atención la existencia de una contradicción entre el párrafo 23, que se refiere a los volúmenes que contienen una selección de las decisiones adoptadas por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo, y el párrafo 37 del capítulo I del informe anual (CCPR/C/66/ CRP .1/Add.1/Rev.1). El Comité manifestaba su preocupación ante el hecho de que no se hubiera publicado el tercer volumen de las decisiones seleccionadas, mientras que en el capítulo I se acogía con satisfacción el hecho de que se fueran a publicar en breve.

23. Lord COLVILLE (Relator) dice que comprobará en qué etapa se halla el proceso de publicación y ajustará el texto de ambos párrafos a la situación actual.

24. La Sra. CHANET dice que es lamentable que se haya tardado tanto tiempo en publicar unos volúmenes y decisiones que se adoptaron muchos años antes. Pregunta cuántas decisiones recientes pueden consultarse actualmente en el sitio en la Web.

25. La Sra. EDELENBOS (Secretaría) dice que todas las decisiones adoptadas desde el 46ª período de sesiones se hallan actualmente disponibles en el sitio de la Web.

26. La Sra. CHANET se propone que se suprima la palabra "interpretativas" en la penúltima frase.

27. Así queda acordado .

28. Lord COLVILLE (Relator), refiriéndose al párrafo 37, dice que este párrafo se ha enmendado para que refleje las medidas adoptadas por el Comité en relación con el caso Nº 869/1999. Su comienzo deberá enmendarse para que diga lo siguiente: "En el período que se examina, el Comité tomó conocimiento de una situación en que no se accedió a la petición dirigida por el Comité con arreglo al artículo 86 en dos ocasiones. 1) Los casos Nos. 839/1998 …". Al final del párrafo se añadirá el siguiente texto:

"2) Caso Nº 869/1999 ( Piandiong y otros c. Filipinas ). Pese a la petición dirigida por el Comité con fecha 23 de junio de 1999 de que se suspendiera la ejecución de los autores de la comunicación, éstos fueron ejecutados por el Estado Parte el 8 de julio de 1999. El 14 de julio de 1999 el Comité escribió al Estado Parte pidiéndole que en el plazo de una semana le ofreciera aclaraciones acerca de las circunstancias que habían rodeado las ejecuciones. El 16 de julio la Misión Permanente respondió que la petición del Comité había sido transmitida a la capital para que diera una respuesta apropiada y que, hasta que se recibiera esta respuesta, el Encargado de Negocios de la Misión estaba dispuesto a reunirse con el Comité o con su representante. El 21 de julio el Encargado de Negocios se reunió con la Vicepresidenta del Comité, Sra. Evatt, y el Relator Especial sobre nuevas comunicaciones Sr. Kretzmer. La Vicepresidenta y el Relator Especial expresaron la profunda preocupación del Comité porque el Estado Parte no había accedido a su petición en virtud del artículo 86. El Encargado de Negocios repitió que su Gobierno facilitaría una respuesta completa."

29. Queda aprobado el párrafo 37 en su forma enmendada .

30. El Sr. KRETZMER dice que el Comité ha decidido en los dos casos citados en el párrafo 54 que la recalificación de un delito en el caso de una persona ya condenada a la pena capital no constituía una acusación de carácter penal en el sentido del artículo 14 del Pacto. Pero el Comité ha decidido en otros casos examinados en el actual período de sesiones, que, cuando un juez, en un procedimiento similar, ha anunciado una pena de prisión sin un período de libertad provisional, será necesario celebrar un juicio. El Comité no debe dar la impresión de ser inconsecuente.

31. Lord COLVILLE (Relator) dice que el texto fue preparado antes de la adopción de esas decisiones, y que lo enmendará para que no haya ninguna contradicción.

32. Queda aprobada la sección E en su forma enmendada y a reserva de la actualización de la información relativa a la publicación de las decisiones seleccionadas .

Sección F (Reparaciones solicitadas en los dictámenes del Comité )

33. Queda aprobada la sección F .

34. Queda aprobado el Capítulo VI en su forma enmendada a reserva de la actualización de las cifras de las secciones A y C y de la información relativa a la publicación de las decisiones seleccionadas .

Capítulo VII (Actividades de seguimiento realizadas con arreglo al Protocolo Facultativo ) (CCPR/C/66/CRP.1/Add.8)

35. Lord COLVILLE (Relator) da lectura al texto siguiente, que deberá incluirse como apartado (a) del párrafo 10 y que se refiere a dos comunicaciones presentadas por la República Checa: "La Misión Permanente de la República Checa solicitó entrevistarse con el Relator Especial sobre el seguimiento de los dictámenes. El martes 13 de julio, durante el 66º período del Comité, el Sr. Fausto Pocar se reunió con el embajador Sr. Somol y el Sr. Jiri Malenowsky, Director General en el Ministerio de Asuntos Exteriores de Praga. Se examinaron diversas cuestiones, entre ellas los problemas jurídicos, constitucionales y políticos con que se enfrenta el Estado Parte para aplicar plenamente los dictámenes del Comité en relación con las comunicaciones Nos. 516/1992 ( Simunek ) y 586/1994 ( Adam. c. la República Checa )."

36. El Sr. LALLAH observó que el informe no reflejaba las decisiones adoptadas durante el actual período de Sesiones.

37. Lord COLVILLE (Relator) explica que en el momento de redactarlo no fue posible tomar en consideración en el documento las decisiones adoptadas durante el actual período de sesiones. La versión definitiva del informe será actualizada para que refleje la situación hasta el 30 de julio de 1999.

38. El Sr. SCHEININ , refiriéndose al párrafo 2, dice que el nombre del Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes debería ser "Sr. Fausto Pocar".

39. El Sr. POCAR dice que, habida cuenta de que se ha añadido el apartado a) del párrafo 10, será necesario enmendar la información ofrecida en el párrafo 7 sobre la República Checa. La última frase debería decir "Durante los períodos de sesiones 61º y 66º se celebraron consultas complementarias (véase el párrafo 492 y el apartado a) del párrafo 10 infra del informe de 1998 (A/53/40))."

40. Además, dice que un título más apropiado para los párrafos 9 a 15 sería "Panorama general de las respuestas sobre el seguimiento recibidas y de las consultas complementarias realizadas por el Relator Especial durante el período objeto del informe".

41. El Sr. LALLAH , refiriéndose al párrafo 18 solicita aclaraciones respecto de la afirmación que figura en la primera frase de que no se ha aplicado su recomendación en el sentido de que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos incluya cada año en el presupuesto por lo menos una misión de seguimiento. Por supuesto que el Secretario General de las Naciones Unidas debería prever en el presupuesto esas misiones.

42. Lord COLVILLE (Relator) dice que la secretaría se encargará del seguimiento de esta cuestión. Señala a la atención el siguiente texto, que ha de incluirse como párrafos 19 y 20 y que refleja la actual situación en relación con el Protocolo Facultativo, y los debates del Comité sobre los medios y arbitrios para reforzar los procedimientos de seguimiento:

"19. Aun cuando el Comité de Derechos Humanos no es un tribunal, su aplicación e interpretación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de su Protocolo Facultativo han producido una "jurisprudencia" muy digna de mención. Tras sus primeros 22 años de aplicación, el procedimiento del Protocolo Facultativo ha mostrado un desarrollo concreto de ideas jurídicas. Pero además, el procedimiento de seguimiento es un paso adelante importante para vigilar y facilitar la aplicación de las decisiones del Comité; también puede afianzar la percepción del público de que las decisiones del Comité pueden traducirse en soluciones concretas contra las violaciones de sus derechos humanos.

20. Para reforzar aún más el procedimiento de seguimiento deberán celebrarse cada año reuniones de los Estados Partes en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, a las que el Relator Especial sobre el seguimiento de los dictámenes presentará un informe que permita a los Estados Partes examinar la aplicación de las decisiones del Comité de Derechos Humanos."

43. El Sr. SCHEININ dice que considera prematuro que el Comité formule una recomendación como la del nuevo párrafo 20. Es necesario examinar con mayor detenimiento las implicaciones jurídicas de celebrar tales reuniones con los Estados Partes; sólo está prevista, y ha sido sometida a la aprobación de la Asamblea General, una conferencia de Estados Partes para introducir enmiendas al Protocolo. Otra cuestión que debe aclararse es la función exacta de los Estados Partes y el resultado de la conferencia - la adopción de resoluciones o la aprobación de decisiones del Comité o del informe del Relator Especial. Si el Comité decide que la cuestión debe plantearse en el actual informe, propone que el párrafo 20 sea reemplazado por un texto redactado en los siguientes términos: "Actualmente el Comité está discutiendo los medios de reforzar el procedimiento de seguimiento, entre otras cosas comprometiendo a los Estados Partes en el Protocolo Facultativo en un esfuerzo concertado por ayudar al Comité en sus funciones de seguimiento."

44. El Sr. KLEIN propone que se suprima el párrafo 20.

45. La Sra. EVATT apoya esa propuesta y señala que, en ese caso, también habrá que suprimir el párrafo 19.

46. La Sra. CHANET y el Sr. AMOR proponen que se supriman los párrafos 19 y 20.

47. Lord COLVILLE (Relator) dice que esta supresión es una buena opción; lo difícil es lograr incorporar alguna idea nueva en el informe. El Comité ha comenzado a examinar los procedimientos de seguimiento y, reconociendo que hay un problema, el Relator Especial ha sugerido una reunión con el Estado Parte para estudiarlo. Pero como no se han asignado fondos para actividades del Relator Especial distintas de las reuniones con los Representantes de las Misiones Permanentes, no se podrá realizar ningún progreso más en esta esfera. Ahora bien, si se hace alguna referencia a la cuestión en el informe se sentará una base para trabajar en el futuro. Por consiguiente, insta a los Miembros a que reconsideren su propuesta de suprimir toda referencia a la cuestión -lo cual es una solución totalmente negativa- y apoyen la propuesta del Sr. Scheinin.

48. El Sr. LALLAH dice que, si bien acoge complacido la iniciativa de Lord Colville, expresa su preferencia por el texto propuesto por el Sr. Scheinin en lugar de los párrafos 19 y  20.

49. La PRESIDENTA dice que considerará que el Comité desea aprobar el texto propuesto por el Sr. Scheinin.

50. Así queda acordado .

51. Queda aprobado el capítulo VII, en su forma enmendada .

Anexo I: Estados partes en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en los Protocolos Facultativos y Estados que han formulado la declaración con arreglo al artículo 41 del pacto al 30 de julio de 1999 (CCPR/C/66/CRP.2/Add.1)

52. El Sr. POCAR , refiriéndose a los Estados Partes en el Pacto que figuran en la lista de la sección A, observa que Tayikistán se ha adherido al Pacto el 4 de enero de 1999. Propone que se agregue la nota "b" junto al nombre de este Estado para dejar claro que, a juicio del Comité, la fecha de entrada en vigor del Pacto es la fecha en que el Estado declaró su independencia. De lo contrario no habría ninguna indicación en el informe de los años que han transcurrido entre la fecha en que el Estado alcanzó la independencia y su sucesión en el Pacto.

53. La Sra. EVATT apoya esta propuesta.

54. El Sr. SCHEININ señala que Uzbekistán es un caso idéntico al de Tayikistán, y debería utilizarse como un precedente. Sin embargo, en el caso de Kazajstán se aplica la nota "d", ya que si bien el Estado Parte todavía no ha hecho una declaración de sucesión ni ha presentado su instrumento de ratificación, continúa estando protegido por los derechos consagrados en el Pacto porque era parte de un antiguo Estado Parte en el Pacto (la antigua Unión Soviética).

55. La PRESIDENTA pregunta por qué en Tayikistán se ha puesto como fecha de entrada en vigor del Pacto el 4 de abril de 1999, cuando el Comité considera que es la fecha en que ese Estado declaró su independencia, mucho tiempo antes.

56. El Sr. ANDO recuerda que a los Estados que declaran su independencia de antiguos Estados Partes se los considera Estados sucesores y no necesitan cumplir con los procedimientos de ratificación. Sin embargo, algunos Estados Partes presentan instrumentos de ratificación por su propia voluntad, como una expresión de su independencia, recientemente alcanzada. En tales casos, de conformidad con lo dispuesto en el Pacto, la fecha de entrada en vigor es cuatro meses después de la fecha de recepción del instrumento de ratificación.

57. La PRESIDENTA dice que en el anexo I debe quedar claro que, para el Comité, la fecha de entrada en vigor para Estados tales como Tayikistán es la fecha de su declaración de independencia.

58. El Sr. POCAR observa que esa es precisamente la finalidad de la nota "b".

59. La Sra. CHANET dice que el título "Fecha de entrada en vigor" se presta algo a confusión; tal vez un título que dijera algo así como "Fecha de entrada en vigor reconocida por el Estado Parte" sería más apropiado.

60. Después de oír algunos comentarios más del Sr. LALLAH , la PRESIDENTA , la Sra. EVATT y el Sr. SCHEININ , la Sra. CHANET propone que, tratándose de Estados como Tayikistán, se inserte la nota "a" bajo la columna titulada "Fecha en que se recibió el instrumento de ratificación, adhesión o sucesión", para indicar la recepción de los instrumentos de adhesión, y que la nota "b" figure junto a la fecha de entrada en vigor y no junto al nombre del país.

61. El Sr. POCAR hace suya esa propuesta. Señala a la atención un error en la información facilitada en relación con la ex República Yugoslava de Macedonia. Debe suprimirse la referencia a la nota "b" ya que Macedonia, al igual que las demás repúblicas de la antigua Yugoslavia, hizo una declaración de sucesión al alcanzar la independencia.

62. La PRESIDENTA dice que considera que hay un consenso en favor de que todas las notas "b" que figuran junto a los nombres se incluyan en la columna "Fecha de entrada en vigor".

63. El Sr. POCAR dice que no está seguro de que se sobreentienda que los Estados bálticos serán tratados de la misma forma. No cree que la nota "b" deba agregarse en su caso junto al nombre.

64. El Sr. ANDO señala que los Estados bálticos consideraban la ocupación rusa como una ocupación de facto y no como una ocupación legal. Es, por consiguiente, importante, añadir la nota "b" al lado del nombre como una referencia a su accesión a la independencia.

65. El Sr. KLEIN apoya esta opinión. Pero respecto de ciertos Estados como Kazajstán, en los que se ha añadido al lado del nombre la nota "d", desearía saber si el Comité ha pedido a esos Estados que presenten informes, y cuál ha sido su reacción.

66. Lord COLVILLE (Relator) dice que no se ha recibido ningún informe de Kazajstán, razón por la cual en la lista se han dejado las fechas en blanco. Preferiría no alterar esa formulación en la etapa actual del período de sesiones del Comité.

67. A su juicio, la idea del Comité ha sido que no se introduzca ningún cambio en el texto respecto de los Estados que han formado parte de la antigua Yugoslavia, como Bosnia y Herzegovina, Croacia, Eslovenia y la ex República Yugoslava de Macedonia. Además, no deberá introducirse ningún cambio respecto de Estonia, Letonia y Lituania. En el caso de Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Kazajstán, Kirguistán, la República de Moldova, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán, que formaban parte de la antigua Unión Soviética, la nota "b" que figura al lado del nombre deberá trasladarse desde la primera a la última columna.

68. El Sr. POCAR asiente. Señala que en el caso de Armenia la nota "a" deberá añadirse después de la fecha del 23 de junio de 1993, y en la ex República Yugoslava de Macedonia deberá suprimirse la nota "b" de la primera columna.

69. Queda aprobado el anexo I en su forma enmendada .

Anexo II - Composición y Mesa del Comité de Derechos Humanos, 1998-1999 (CCPR/C/66/CRP.2/Add.2)

70. La Sra. EVATT señala que deberá añadirse otra nota de pie de página al lado del nombre del Sr. Buergenthal.

71. El Sr. LALLAH propone que esa nota de pie de página lleve tres asteriscos.

72. Así queda acordado .

73. Queda aprobado el anexo II, en su forma enmendada .

Anexo III - Directrices aprobadas en julio de 1999 (CCPR/C/66/CRP.2/Add.3)

Anexo IV - Presentación de informes e información adicional por los Estados Partes en virtud del artículo 40 del Pacto durante el período que se examina (CCPR/C/66/CRP.2/Add.4)

74. Lord COLVILLE (Relator) dice que todavía no ha tenido ocasión de comprobar el texto final del anexo III. Cuando lo haga, éste será enviado para que sea traducido y de nuevo examinado para comprobar que las versiones en los distintos idiomas son correctas. El anexo IV está también en preparación.

Anexo V: Situación de los informes estudiados durante el período que se examina y de los informes cuyo examen aún está pendiente (CCPR/C/66/CRP.2/Add.5)

75. El Sr. LALLAH propone que en lugar de "todavía no examinado", que implica que el informe está listo para ser examinado, se indique en la cuarta columna "en edición" o "en traducción", según convenga. Propone además que al final del párrafo 52 del capítulo III se agregue una frase que diga "La lista acumulativa de los informes presentados y su situación por lo que respecta a su examen por el Comité figuran en el anexo V". Sin esa adición no hay forma de relacionar el anexo V con ninguna parte del informe.

76. La Sra. EVATT dice que una solución más sencilla sería utilizar la fórmula "Todavía no publicado", y poner una nota de pie de página que diga: "Los informes no se publican hasta que han sido editados y traducidos a los idiomas de trabajo del Comité". En caso necesario se puede hacer una referencia a la parte pertinente del propio informe.

77. Lord COLVILLE (Relator) apoya esas propuestas, que servirán para que los lectores del informe se den cuenta de las dificultades con que tropieza el Comité. Propone que en todo el informe, incluidos los anexos, todas las notas de pie de página hagan referencia al párrafo pertinente del conjunto del texto.

78. El Sr. ANDO recuerda que, en el caso del Afganistán, el Comité inició el examen del informe, pero la delegación de ese país pidió que se aplazara porque se habían producido cambios constitucionales; y a partir de ese momento la situación del país se ha deteriorado. Propone que se agregue una nota de pie de página que explique la situación, ya que la expresión "todavía no examinado" da una mala impresión.

79. Lord COLVILLE (Relator) señala que en la versión revisada del anexo V se ha suprimido el Afganistán.

80. El Sr. POCAR propone que después de "No publicado" se agregue la frase "... por lo que no se halla disponible para ser examinado".

81. Así queda acordado .

82. Queda aprobado el anexo V en su forma enmendada .

Anexo VI: Lista de las delegaciones de Estados Partes que participaron en el estudio de sus respectivos informes por el Comité de Derechos Humanos en sus 64º, 65º y 66º períodos de sesiones (CCPR/C/66/CRP.2/Add.6)

83. El Sr. WIERUSZEWSKI señala que la lista no refleja los cambios que se han producido en la composición de las delegaciones. La Secretaría debería verificarla.

84. El Sr. KLEIN dice que los nombres de los Estados también deberían verificarse.

85. Queda aprobado el anexo VI en ese entendimiento .

Anexo VII: Comentarios generales en virtud del párrafo 4 del artículo 40 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Comentario general Nº 27 (66) (CCPR/C/66/CRP.2/Add.7)

86. La Sra. EVATT propone que ya que va a incluirse el anexo III en el informe pese a que el texto definitivo todavía no ha sido aprobado, también debería incluirse el comentario general del Comité sobre el artículo 12.

87. El Sr. ANDO señala que el Comité ya ha decidido que no puede aprobar el anexo III hasta que el texto se haya terminado en todos los idiomas.

88. El Sr. POCAR recuerda que a raíz del examen del comentario general sobre el artículo 12 también se acordó que se aplazara la aprobación oficial hasta que el texto estuviera disponible en todos los idiomas.

89. La Sra. EVATT dice que en ese caso espera que ambos documentos puedan aprobarse durante los primeros días del próximo período de sesiones y a continuación se distribuyan a los Estados Partes. De esta forma su aprobación sólo se retrasará unos dos meses.

90. Queda aprobado el anexo VII en ese entendimiento .

Anexo VIII: Carta de fecha 5 de noviembre de 1998 dirigida al Presidente de la Comisión de Derecho Internacional por la Presidenta del Comité (CCPR/C/66/CRP.2/Add.8)

91. Queda aprobado el anexo VIII .

Anexo IX: Lista de documentos publicados en el período que se examina (CCPR/C/66/CRP.2/Add.9)

92. Queda aprobado el anexo IX .

Anexo X: Respuestas de seguimiento sobre la aplicación de los dictámenes del Comité: Caso Nº 481/1991 - Villacres Ortega c. Ecuador (CCPR/C/66/CRP.2/Add.10)

93. Lord COLVILLE (Relator) señala que el índice (CCPR/C/66/CRP.1/Add.1/Rev.1) se refiere de forma inexacta al anexo X como una "Breve guía para las observaciones finales". En realidad, éste es un documento que él mismo ha redactado y que con el tiempo será distribuido en todos idiomas para que lo examine el Comité en su próximo período de sesiones. Su intención no era incluirlo en el informe anual.

94. La Sra. EVATT acoge complacida el acuerdo expuesto en el anexo X. Propone que se haga una adición al título, que aclare que el documento proviene del Estado Parte y no del Comité.

95. El Sr. ANDO dice que, en la versión inglesa, se deberá sustituir en el título que figura en la página 2 " Committee on Human Rights " por " Human Rights Committee ".

96. Queda aprobado el anexo X en su forma enmendada .

Anexo XI : Dictámenes del Comité de Derechos Humanos a tenor del párrafo 4 del artículo 5 del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ( CCPR/C/66/CRP.2/Add.11 )

97. La PRESIDENTA señala que en el título deben suprimirse las palabras "del Comité de Derechos Humanos".

98. Queda aprobado el anexo XI en su forma enmendada .

Anexo XII : Decisiones del Comité de Derechos Humanos por las que se declaran inadmisibles ciertas comunicaciones en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ( CCPR/C/66/CRP.2/Add.12)

99. Queda aprobado el anexo XII .

100. Lord COLVILLE (Relator) dice que la carta escrita por la Presidenta a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos debería incluirse en el informe como un anexo adicional, con una referencia al párrafo 48 del capítulo I. Como el Comité todavía no ha aprobado oficialmente las directrices, se deberá suprimir el párrafo 45 del capítulo II.

101. La Sra. EVATT dice que eso puede solucionarse agregando al párrafo 45 una frase que diga lo siguiente: "El Comité concluyó su examen de las Directrices".

102. Recuerda que el año anterior insistió, con el apoyo de la secretaría, en que todo el informe debía publicarse como un solo documento junto con todos los anexos. Este año no ha sido posible hacerlo, pero confía en que pueda hacerse en el informe del año actual.

103. Queda aprobado el proyecto de informe anual del Comité de Derechos Humanos en su conjunto, en su forma enmendada, a reserva de la aprobación del texto final de los anexos III y IV en todos los idiomas .

104. La PRESIDENTA dice que hay que dar las gracias y felicitar a Lord Colville por su trabajo en la preparación del informe.

105. El Sr. AMOR elogia los esfuerzos de Lord Colville pero lamenta que se hayan hecho ciertos comentarios a raíz del debate sobre los párrafos 19 y 20 del informe. Es inaceptable decir que las críticas a una nueva propuesta son negativas o no son constructivas, y confía en que no se repitan esos incidentes.

106. El Sr. KRETZMER da también las gracias a Lord Colville, y a la Presidenta y a la secretaría, pero se pregunta si es realmente necesario que el Comité invierta casi todo un día en la aprobación de su informe. ¿No sería posible en futuros períodos de sesiones dejar que los miembros examinen el proyecto con tiempo suficiente para presentar sus enmiendas a la secretaría, con lo que el Comité ahorraría tiempo?

107. La Sra. CHANET da las gracias también a Lord Colville y dice que la tarea del Relator ha sido particularmente difícil en el actual período de sesiones . No se ha podido seguir la sugerencia del Sr. Kretzmer porque algunas partes del proyecto de informe, entre ellas los párrafos 19 y 20, no han estado disponibles hasta el último minuto, y sólo en inglés. Está totalmente de acuerdo con el Sr. Amor en que no se debe disuadir de examinar nuevas sugerencias. Cabe esperar que las dificultades técnicas que han surgido en el actual período de sesiones se hayan resuelto para el próximo período de sesiones y que sea suficiente medio día para el examen del informe.

108. Lord COLVILLE (Relator) da las gracias a los oradores que lo han precedido por sus generosos comentarios y acoge complacido la sugerencia hecha por el Sr. Kretzmer. En el actual período de sesiones el problema ha estado en la traducción de los textos al francés y al español, a causa de otras demandas hechas a los servicios de traducción por otros órganos. Para el próximo período de sesiones empezará a redactar el informe incluso antes con la esperanza de presentar a los miembros con tiempo suficiente cada una de las partes del texto.

Se levanta la parte pública de la sesión a las 17.15 horas .