Naciones Unidas

CCPR/C/SR.3020

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

3 de noviembre de 2016

Español

Original: francés

Comité de Derechos Humanos

109 º período de sesiones

Acta resumida de la 3020ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes, 22 de octubre 2013, a las 15.00 horas

President a:Sra. Waterval

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Informe inicial de Mozambique

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Informe inicial de Mozambique (CCPR/C/MOZ/1, CCPR/C/MOZ/Q/1/Add.1 y Add.2)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Mozambique toma asiento en la mesa del Comité.

2.La Sra. Levi (Mozambique) dice que su país ha hecho grandes avances en materia de derechos humanos desde que terminó la guerra civil. Tiene una Comisión Nacional de Derechos Humanos y un Defensor del Pueblo y ha preparado un proyecto de plan nacional de acción sobre derechos humanos. Mozambique cumple las obligaciones que le imponen los tratados de derechos humanos regionales e internacionales en que es parte y ha recibido a varios titulares de mandatos de procedimientos especiales de la Unión Africana y las Naciones Unidas. El Estado concede particular importancia al acceso a la justicia, que es un derecho fundamental consagrado en la Constitución. El Gobierno, en coordinación con sus asociados de la sociedad civil, realiza campañas informativas sobre los derechos y los deberes de los ciudadanos y sobre el funcionamiento de las instituciones judiciales. También ha creado el Instituto de Asistencia Jurídica y Representación, que depende del Ministerio de Justicia y se encarga de proporcionar los servicios de abogados, lo que incluye asistencia gratuita para los más desfavorecidos. Este organismo continúa desarrollándose, y en la actualidad, abarca todas las capitales de provincia y el 90% de los distritos. Con miras a reforzar la independencia de la justicia, Mozambique creó también, en el año 2000, el Centro de Formación Jurídica y Judicial, que ya ha formado a más de 300 magistrados. Asimismo, en el marco de un proyecto piloto, se han creado complejos judiciales que reúnen varias instituciones.

3.El derecho a la vida está expresamente protegido por la Constitución y cualquier suceso que implique un uso excesivo de la fuerza dará lugar a la apertura de una investigación y de un proceso civil o penal. El Gobierno se esfuerza por mejorar el sistema penitenciario. Se ha reforzado la formación en derechos humanos de los funcionarios de prisiones, se ha destinado una cantidad mayor de recursos humanos, materiales y financieros a este sistema, se han renovado 12 establecimientos penitenciarios y se han construido otros nuevos. Estas medidas abarcan también los centros de readaptación de menores, y acaba de inaugurarse un centro educacional penitenciario. En la actualidad, todos los centros ofrecen actividades de formación y esparcimiento con miras a favorecer la reinserción y los detenidos que se acercan al final de su condena suelen ser trasladados a establecimientos penitenciarios de régimen abierto. Se ha emprendido una revisión del Código Penal con el objetivo de proteger mejor los derechos humanos; en particular, se prevé introducir la aplicación de penas individualizadas y proporcionadas y de sanciones sustitutivas no privativas de la libertad.

4.La igualdad entre hombres y mujeres está consagrada en los artículos 35 y 36 de la Constitución, y la obligación del Estado de promover el papel de la mujer en todas las esferas está prevista en el artículo 122. La creación del Ministerio de la Mujer y el Bienestar Social refleja la importancia que se concede a ese asunto. Se han aprobado o modificado leyes para combatir más eficazmente la discriminación por motivos de género y se han puesto en práctica diversos programas y políticas, como el Plan Nacional de Acción para Prevenir y Combatir la Violencia contra la Mujer (2008-2012). Se han establecido servicios de apoyo y asesoramiento para las víctimas de violencia, en particular las mujeres y los niños, en 200 comisarías de policía. El porcentaje de mujeres en el Parlamento ha pasado del 28% en 1997 al 39% en la actualidad, mientras que el de ministras ha aumentado del 24% al 28% y el de gobernadoras del 18% al 27% entre 2007 y 2013. La Constitución consagra, asimismo, los derechos del niño. El Consejo Nacional de los Derechos del Niño, formado por representantes del Estado, de la sociedad civil y de organizaciones religiosas, coordina la aplicación de las leyes, las políticas, las estrategias y los planes adoptados en ese ámbito. Todavía quedan cosas por hacer para lograr que todos los niños sean registrados al momento de su nacimiento, en especial cuando la madre es soltera y no da a luz en un centro de maternidad; se están realizando campañas de toma de conciencia en este sentido. Mozambique asigna especial importancia a la protección del niño contra los malos tratos y la policía recibe formación especial para atender a este tipo de víctimas.

5.La atención primaria de la salud es fundamental para reducir la tasa de mortalidad, en particular entre las mujeres y los niños. Para lograr este objetivo, el Gobierno ha puesto en marcha un programa de salud maternoinfantil y ha adoptado un Plan Estratégico para el Sector de la Salud. También se han adoptado iniciativas para mejorar la nutrición infantil, en particular actividades de promoción de la lactancia y campañas de toma de conciencia en las escuelas y las comunidades. En cuanto a la prevención del VIH/SIDA, el Consejo Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA coordina todas las actividades realizadas en este ámbito y, en particular, ha dirigido la preparación del Plan Estratégico Nacional para 2010‑2014, basándose en los buenos resultados obtenidos con el plan precedente (2005‑2009). Más de 350.000 adultos, entre ellos 88.000 mujeres embarazadas, y unos 34.000 niños reciben actualmente tratamiento antirretrovírico. Considerando que la educación es un derecho fundamental de todos, el Gobierno ha centrado su labor en asegurar una educación de calidad y reducir las desigualdades entre regiones y entre hombres y mujeres. La educación primaria es gratuita y abierta a todos y hay más de 300 centros que imparten una enseñanza bilingüe. También se pone empeño en promover la educación de las niñas, incluso en el marco de la enseñanza extraescolar.

6.La Presidenta da las gracias a la delegación e invita a los miembros del Comité a que, si lo desean, formulen preguntas.

7.La Sra. Majodina, aunque celebra que el Comité pueda por fin examinar el informe inicial de Mozambique y, más aún, en presencia de una delegación, señala que las respuestas escritas a la lista de cuestiones se han recibido muy tarde; espera que, en el futuro, el Estado parte presente sus documentos oportunamente. Le parece lamentable que nunca se haya hecho valer el Pacto en los tribunales de Mozambique y pregunta si el Estado parte se propone tomar medidas a ese respecto. Observando que no se han dado detalles sobre las vías de recurso abiertas a las víctimas de violaciones de los derechos humanos y que ciertas leyes que datan de la época colonial contravienen las disposiciones del Pacto, la Sra. Majodina invita a la delegación a suministrar información sobre el marco jurídico de esas vías de recurso y sobre su efectividad. Pregunta también si la Comisión Nacional de Derechos Humanos se ajusta a los Principios de París y si sus actividades de promoción y protección de los derechos humanos son realmente eficaces, teniendo en cuenta los escasos medios de que dispone y las dificultades prácticas que entraña el contexto socioeconómico del país. A pesar de que hay un marco jurídico adecuado, un plan de acción nacional y políticas destinadas a defender los derechos de las personas con discapacidad, parece que persisten las prácticas discriminatorias. Por ejemplo, un alumno con discapacidad se encontró con la imposibilidad de seguir sus estudios cuando el director de la escuela decidió trasladar su clase a un piso elevado al que no podía acceder. Agradecería que se suministrasen detalles sobre lo que hace el Gobierno para evitar este tipo de situación.

8.El Sr. Matadeen insiste en la necesidad de concluir y aplicar lo antes posible el plan nacional de acción sobre derechos humanos que comenzó a elaborarse en 2010. Hay informes de actos de discriminación contra la población negra en las zonas turísticas, discriminación en la política de contratación de algunas empresas y tensiones en el sector de la construcción. Sería útil saber qué se está haciendo a ese respecto, y qué medidas se han adoptado para modificar el Código Penal que, según el 12º informe periódico presentado por el Estado al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/MOZ/12), se revisaría para sancionar expresamente todos los actos de discriminación racial, xenofobia y otras formas de intolerancia. Una investigación realizada recientemente por la Liga de Derechos Humanos mostraba que el tráfico de órganos era una práctica corriente en Mozambique. Supuestos brujos extraen los órganos de personas vivas para preparar pociones de medicina tradicional; los albinos se ven particularmente afectados, debido a las virtudes curativas o afrodisíacas que se atribuyen a sus órganos. Cada vez se cometen más agresiones, en particular contra los niños, y parece que lo que hace el Estado parte para luchar contra esta práctica sigue sin ser suficiente. El orador invita a la delegación a suministrar información adicional sobre esta cuestión, en particular, sobre cuántas personas han sido encausadas por tráfico de órganos.

9.El Sr. Kälin observa que el Estado parte considera inútil aprobar leyes que prohíban la discriminación, ya que el artículo 35 de la Constitución consagra el principio de igualdad y protege los derechos de todos los ciudadanos. Sin embargo, varios de los motivos de discriminación prohibidos por los artículos 2 y 26 del Pacto no se recogen en el artículo 35, y por tanto, cabe preguntarse si una persona que sufriese discriminación a causa de orientación sexual, por ejemplo, estaría protegida. Además, el artículo 71 del Código Penal dispone que pueden aplicarse medidas de seguridad contra las personas que tienen “vicios contra natura”, términos empleados en época colonial para designar, cabe suponer, la homosexualidad. Sería útil saber cómo se interpreta esta disposición y si ya ha sido aplicada en casos de relaciones entre personas del mismo sexo. Por último, el orador invita a la delegación a explicar si es cierto que las autoridades se niegan, desde 2008, a registrar la única organización no gubernamental (ONG) nacional de defensa de las minorías sexuales (LAMBDA). Se han señalado importantes atrasos en la tramitación de las solicitudes de asilo, aparentemente debidos a la complejidad del mecanismo, y sería interesante saber si el Estado parte reconoce que el procedimiento actual debe ser revisado y simplificado y si se propone reconsiderar las numerosas reservas que formuló a las disposiciones de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, que ya no parecen justificadas a la luz de su práctica actual.

10.El Sr. Salvioli dice que el Estado parte no ha indicado cuántas investigaciones se han llevado a cabo en relación con casos de ejecución extrajudicial y tortura, ni a cuántas personas se ha encausado o sancionado por tales actos; tampoco ha suministrado información sobre la reparación que se proporciona a las víctimas ni sobre los 12 detenidos que murieron en la cárcel de Mogincual y los actos de tortura que se cometieron en la prisión de Machava en 2010. Invita, por tanto, a la delegación, a responder a esas cuestiones y pregunta también si los casos de linchamiento, cuya existencia ha sido reconocida por el Estado parte en su informe, han dado lugar a procesos judiciales y condenas. El Sr. Salvioli también desearía obtener más información sobre los resultados del Plan Nacional de Acción para Prevenir y Combatir la Violencia contra la Mujer (2008‑2012) y de la ley aprobada en este ámbito, que según las ONG, apenas se aplica, y sobre las denuncias de actos de violencia contra la mujer que se han presentado, las investigaciones que se han realizado, las sentencias que se han pronunciado y las reparaciones que se les han proporcionado a las víctimas, así como sobre la sanción penal impuesta en caso de violación conyugal, si es que está prevista. Según las informaciones de las que dispone el Comité, el Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de ley para la protección de las mujeres de edad acusadas de brujería, pero este no figura en el orden del día del Parlamento. El orador pide a la delegación que indique qué medidas se han adoptado para poner fin a esta forma de hostigamiento.

11.El Sr. Vardzelashvili celebra que el Estado parte trate de mejorar las condiciones en el sistema penitenciario, entre otras cosas, mediante la construcción de nuevas cárceles y la aplicación de medidas sustitutivas de la detención, pero se pregunta por qué es tan lenta la puesta en marcha de estas reformas. Desearía que el Estado parte diese garantías de que se respetará debidamente la reciente decisión del Consejo Constitucional por la que se declaran inconstitucionales varias disposiciones que autorizan la prolongación arbitraria de la prisión provisional, ya que, según parece, el fallo ha sido criticado por miembros de la policía y de las autoridades judiciales. Pregunta si las autoridades han investigado las razones por las que algunas personas han permanecido en prisión preventiva más allá del plazo autorizado, a veces sin estar imputadas, y si los responsables de estos abusos han sido identificados y sancionados. Solicita a la delegación que precise cuál es el calendario previsto para la construcción de nuevos centros penitenciarios y que diga si los reclusos pueden recurrir al Defensor del Pueblo en caso de que se infrinjan sus derechos. También sería útil saber qué medidas se han adoptado para solucionar los casos de detención sin orden previa y de incumplimiento del plazo de 48 horas para llevar al detenido ante un juez y cuántos policías han sido sancionados por cometer tales actos. En vista de que, en algunos casos, se aduce la dificultad de identificar a los agentes implicados para justificar la impunidad por las infracciones de los derechos humanos cometidas por miembros de la policía, sería interesante saber si las autoridades policiales cooperan en este sentido y si los policías están obligados a llevar una tarjeta de identificación. Ya que solo una minoría de los mozambiqueños tiene certificado de nacimiento, solicita a la delegación que indique cómo se determina la edad de un detenido que afirma no haber llegado a la edad de responsabilidad penal. Por último, agradecería que se proporcionase información adicional sobre los Consejos de Policía Comunitaria.

12.El Sr. Shany pregunta si el Estado ha adoptado una estrategia global para combatir la práctica, denunciada con regularidad desde hace casi 20 años, que consiste en que los reclusos deben pagar sobornos a los guardias, una vez cumplida su condena, para que les devuelvan la libertad. Agradecería que se suministrasen estadísticas sobre este asunto (número de investigaciones y procedimientos iniciados, número de condenas).

13.El Sr. Bouzid pregunta si es cierto que se utilizan como cárceles ciertos edificios que pertenecen al Ministerio del Interior. En caso afirmativo, ¿podría decir la delegación cuántas personas permanecen detenidas en ellas y si el Gobierno se propone poner fin a esta práctica dejando todo el sistema penitenciario bajo la autoridad del Ministerio de Justicia?

14.El Sr. Flinterman señala que, una vez ratificados por el Estado parte, los instrumentos regionales e internacionales, incluido el Pacto, tienen el mismo valor que las normas infraconstitucionales, y se pregunta si eso significa que una ley más reciente podría prevalecer sobre el Pacto. También querría saber si el Consejo Constitucional, al interpretar las disposiciones de la Constitución, tiene en cuenta las obligaciones internacionales dimanantes del Pacto y si Mozambique se propone ratificar el primer Protocolo Facultativo por el cual los Estados reconocen la competencia del Comité para recibir comunicaciones individuales, ya que constituye un excelente medio de alentar tanto a los abogados como a los magistrados a tener realmente en cuenta las obligaciones contraídas en virtud del Pacto, así como los derechos que este garantiza.

Se suspende la sesión a las 16.35 horas y se reanuda a las 17.05 horas.

15.La Presidenta invita a la delegación a responder a las preguntas que se han formulado.

16.La Sra. Levi (Mozambique) explica que la Constitución, que data de la época de la independencia del país, 1975, prevé que todas las leyes que estaban vigentes al momento de su aprobación sigan siendo aplicables a condición de que no contravengan sus disposiciones. Por esa razón, algunas leyes de la época colonial se siguen aplicando en la actualidad. Los tribunales no basan sus decisiones en el derecho internacional porque la enseñanza del derecho se centró durante mucho tiempo en la enseñanza del derecho nacional, que no incluye los instrumentos internacionales porque estos no tienen que incorporarse a la legislación nacional para ser aplicables. Actualmente, esos instrumentos forman parte del programa de estudios, pero muchos de los jueces en ejercicio siguen conociéndolos mal. Todas las víctimas de infracciones de los derechos humanos pueden demandar reparación ante los tribunales. Desafortunadamente, la mayoría de los mozambiqueños desconoce sus derechos y, por tanto, no los ejerce. La Comisión Nacional de Derechos Humanos, creada en 2012, aún no está plenamente en funciones a causa de problemas de organización interna que está tratando de resolver con la ayuda del Ministerio de Justicia. El asunto del alumno con discapacidad que ha mencionado uno de los miembros del Comité fue remitido a los tribunales y como resultado se dictó sentencia condenatoria contra la escuela y el alumno fue reincorporado. Si bien existen casos de discriminación, estos suelen ser actos cometidos por extranjeros, en particular sudafricanos y chinos, contra mozambiqueños. Se imponen severas sanciones contra los culpables, que pueden llegar hasta su expulsión del territorio. La reforma del Código Penal en curso aspira, entre otras cosas, a introducir penas no privativas de libertad por infracciones menores. Aunque está prohibido por ley, el tráfico de órganos sigue siendo un problema, pero no es cierto que afecte especialmente a los albinos. La organización de defensa de las minorías sexuales LAMBDA no ha sido reconocida por las autoridades, pero estas minorías no son objeto de discriminación ni violencia. La investigación sobre la muerte de dos detenidos en la prisión de Mogincual sigue en curso y los policías encausados han sido removidos de su cargo. Asimismo, todos los funcionarios implicados en el asunto de Machava han sido destituidos. Posteriormente se suministrarán datos más precisos sobre el número de personas de que se trata. La práctica del linchamiento persiste, pero el número de casos ha disminuido. Estos actos casi nunca son juzgados, ya que quienes podrían identificar a los responsables suelen negarse a colaborar en las investigaciones. Se han realizado campañas para que la población cobre conciencia de que la única autoridad en materia de justicia es el poder judicial. Existe una ley sobre violencia contra la mujer, pero las víctimas de violencia doméstica casi nunca la invocan debido al peso de la tradición, que exige que la mujer se someta a su esposo, incluso cuando este la maltrata. Además, los jueces, hombres en su mayoría, no siempre están dispuestos a condenar este tipo de violencia. Se necesita un cambio profundo de mentalidad para que la ley pueda aplicarse eficazmente. La violación conyugal está castigada por ley. El proyecto de ley para la protección de las mujeres de edad acusadas de brujería ha sido sometido al Parlamento, pero es poco probable que este tenga tiempo de examinarlo en la legislatura actual.

17.En todas las cárceles del país las mujeres están separadas de los hombres. Existe un centro de detención para menores de 16 a 18 años, pero su escasa capacidad obliga a que algunos menores tengan que ingresar en establecimientos donde hay detenidos de más edad; además, cuando los jóvenes no tienen documentos de identidad, a veces resulta difícil determinar si son o no menores. Sin embargo, en los nuevos establecimientos que se están construyendo, se separará sistemáticamente a los menores de los adultos. Un nuevo complejo penitenciario abrirá sus puertas dentro de dos años y se prevé construir al menos otros dos. Los detenidos pueden remitir sus quejas directamente al Defensor del Pueblo, pero este solo puede acudir a los tribunales en caso de malos tratos comprobados. Las personas sometidas a detención policial quedan a cargo del Ministerio del Interior y las recluidas en establecimientos penitenciarios del Ministerio de Justicia. El Gobierno sigue considerando la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto.

18.El Sr. Salvioli pregunta qué medidas se toman para facilitar la investigación de los casos de linchamiento. El hecho de que los jueces, por ser hombres, puedan justificar la violencia contra la mujer es muy preocupante y cabe poner en duda la formación de los jueces y los criterios de selección que se aplican. Sería interesante conocer el número de personas acusadas de violencia conyugal que han sido juzgadas y condenadas. Dado que, al parecer, el proyecto de ley para la protección de las mujeres de edad acusadas de brujería no será examinado de manera inmediata, solicita a la delegación que explique qué medidas se han adoptado para proteger a estas mujeres.

19.La Sra. Majodina pide más detalles sobre la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Según ciertas fuentes, el procedimiento para nombrar a sus miembros no es verdaderamente independiente y da prioridad a los candidatos pertenecientes al partido en el poder. Pide a la delegación que comente esta información y que indique si los otros sectores de la sociedad (empresas, sociedad civil, comunidad académica) también están representados en la Comisión y si está subordinada al poder legislativo o al ejecutivo.

20.El Sr. Kälin pide, una vez más, detalles sobre los “vicios contra natura” que se contemplan en el artículo 71 del Código Penal, así como sobre la no prohibición de la discriminación basada en la orientación sexual. Pide a la delegación que explique, asimismo, las razones por las que las autoridades se niegan a reconocer a la organización LAMBDA.

21.El Sr. Bouzid pregunta si es cierto que los delincuentes considerados peligrosos permanecen actualmente detenidos en locales que pertenecen al Ministerio del Interior sin posibilidad de ponerse en contacto con sus familiares ni con su abogado y, en caso afirmativo, cuántos son esos reclusos.

22.El Sr. Vardzelashvili desearía saber en cuánto tiempo prevé el Estado parte finalizar la reforma del Código Penal con miras a introducir penas no privativas de libertad por infracciones menores. Según ciertas ONG, las investigaciones sobre las infracciones cometidas por miembros de la policía carecen de transparencia y las víctimas no reciben información sobre su marcha. Pide a la delegación que indique si son ciertas esas afirmaciones. El Director General de la policía declaró recientemente en la prensa que la policía no obedecía a ningún juez, ya que se regía únicamente por su reglamento interno y el orador invita a la delegación a comentar esa declaración.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.