Naciones Unidas

CCPR/C/SR.2844

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

27 de marzo de 2012

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

103º período de sesiones

Acta resumida de la 2844ª sesión*

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 24 de octubre de 2011, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Majodina

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Sexto informe periódico de Noruega

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Sexto informe periódico de Noruega (CCPR/C/NOR/6; CCPR/C/NOR/Q/6 y Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Noruega toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Presidenta da la bienvenida a la delegación y dice que le complace observar una representación equitativa de hombres y mujeres entre sus miembros.

3.La Sra. Aas-Hansen (Noruega) dice que su delegación está integrada por representantes de cinco ministerios públicos, a saber: Ministerio de Justicia y de Policía, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Administración Pública, Reforma y Asuntos Eclesiásticos, Ministerio de Sanidad y Servicios Asistenciales y Ministerio de la Niñez, la Igualdad y la Inclusión Social.

4.Los ataques perpetrados por una sola persona en Noruega el 22 de julio de 2011, aparentemente incitados por el odio a una sociedad multicultural y dirigidos contra las fuerzas políticas que permiten una mayor inmigración, representan una agresión contra su país como sociedad democrática y contra sus valores, que se basan en los derechos humanos fundamentales como la igualdad y la no discriminación. El Gobierno ha establecido una comisión para investigar los ataques y esta presentará un informe al Primer Ministro en agosto de 2012. El Gobierno sigue empeñado en trabajar en favor de la inclusión y en contra de la discriminación, la intolerancia y los delitos motivados por prejuicios.

5.El objetivo de la política de integración e inclusión del Gobierno es que toda persona que se establece en Noruega goce de igualdad de oportunidades. El Gobierno ha intensificado sus iniciativas de lucha contra la discriminación racial mediante su Plan de acción para promover la igualdad y prevenir la discriminación étnica (2009-2012). Está en vías de redactarse una nueva ley que reglamentará la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, y se está haciendo el seguimiento de las recomendaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. El Gobierno toma en serio las conclusiones de un informe reciente que muestra que los samis son objeto de discriminación y recientemente formuló procedimientos para promover la participación democrática de este pueblo.

6.En diciembre de 2010, el Gobierno puso en marcha un plan titulado "Seguridad colectiva, responsabilidad compartida", cuyo objeto es prevenir la radicalización y el extremismo violento luchando contra la propensión de las personas a utilizar la violencia para promover sus objetivos políticos o religiosos.

7.El Ministerio de Justicia y de Policía está preparando un Libro Blanco sobre la violencia en las relaciones de pareja y un nuevo plan de acción para prevenir la violencia doméstica y prestar apoyo a las víctimas. En 2011 se realizará una encuesta nacional sobre la violencia doméstica y el abuso sexual. Noruega también ha firmado el Convenio del Consejo de Europa sobre la prevención y lucha contra la violencia doméstica y la violencia contra la mujer.

8.Recientemente el Gobierno propuso una enmienda legislativa a los efectos de crear una nueva categoría de sanciones penales que se conocerá como "condenas para menores", cuyo objeto es sustituir el control físico por el control social e impartir a los delincuentes jóvenes una mejor comprensión de las consecuencias de sus acciones. Para los casos en que se requieren penas de prisión, se está en vías de establecer dos unidades penitenciarias separadas para menores. Estas tendrán un coeficiente elevado de funcionarios penitenciarios por recluso y dispondrán de programas amplios concebidos según las necesidades del caso.

9.La Sra. Ryan (Noruega), resumiendo las respuestas presentadas por escrito por su Gobierno a la lista de cuestiones (CCPR/C/NOR/Q/6/Add.1), dice que los procedimientos establecidos para el seguimiento de las observaciones finales del Comité incluyen la participación activa de los ministerios públicos y la sociedad civil. En 2011 se estableció un grupo interministerial sobre cuestiones de derechos humanos para coordinar estas iniciativas.

10.En lo que respecta a la posición de la mujer en el mercado laboral, en noviembre de 2010 el Gobierno presentó al Parlamento un Libro Blanco sobre igualdad de remuneración que incluye medidas como la promoción de la transparencia poniendo las estadísticas sobre remuneración a disposición de los empleados, fortaleciendo los derechos de los trabajadores que toman licencia por nacimiento de un hijo y promoviendo los cuidados del padre y la madre.

11.Un estudio reciente no ha encontrado pruebas de que los agentes de policía detengan y registren a personas únicamente en función de su pertenencia a un grupo étnico determinado. Se han organizado varias actividades de capacitación para agentes de la policía a fin de prevenir la discriminación. Tanto las empresas públicas como las privadas tienen la obligación de promover la igualdad y prevenir la discriminación en el empleo por motivos de origen étnico y discapacidad. Los empleadores del sector público tienen la obligación de entrevistar por lo menos a un candidato calificado de origen inmigrante en su búsqueda de personal. El Gobierno también ha incrementado considerablemente los subsidios de vivienda para los inmigrantes.

12.Un estudio reciente ha demostrado que Noruega tiene una de las tasas de homicidio más bajas del mundo, pero los enfermos mentales autores de asesinatos recientes podrían haber recibido mejores servicios públicos de seguimiento. Los consejos de condado de la Inspección de Salud han dado prioridad a la prevención del suicidio de los pacientes que reciben atención de la salud mental y ha mejorado la notificación de suicidios por los servicios de salud mental. En junio de 2011 un comité presentó un informe en el que llega a la conclusión de que si bien se justifica el uso de medidas coercitivas en la atención de la salud mental, sus límites deben ser más estrictos y definirse más claramente. En 2012 se dispondrá de una nueva estrategia nacional para un uso reducido y adecuado de las medidas coercitivas en la atención de la salud mental.

13.En 2009 se enmendó el Código Penal para permitir la vigilancia mediante dispositivos electrónicos de los autores de violencia doméstica, pero la enmienda aún no ha entrado en vigor. En los últimos años se ha registrado un marcado aumento del número de casos notificados de violencia doméstica. Las víctimas de delitos reciben una indemnización del Estado y se han establecido centros de urgencia en todos los condados.

14.El nuevo Código Penal, que aún no ha entrado en vigor, incluye sanciones más severas para la mutilación genital femenina. También se han puesto en marcha planes de acción para luchar contra los matrimonios forzosos y la mutilación genital femenina, y se ha establecido dentro del servicio de policía un grupo de apoyo para luchar contra los matrimonios forzosos.

15.Las medidas para proteger a los niños de la violencia y el abandono son, entre otras, las enmiendas a la Ley sobre la infancia a fin de establecer claramente que los castigos corporales son ilegales; el establecimiento de una línea telefónica gratuita permanente para los niños; la asignación de 240 millones de coronas noruegas para mejorar los servicios de bienestar infantil; y medidas en los hospitales y las escuelas para detectar los abusos y la violencia contra los niños. Desde julio de 2010, la policía tiene la obligación de investigar todos los casos de muertes repentinas e imprevistas de niños. El Instituto de Salud Pública de Noruega, un órgano independiente de la policía, ofrece a los padres que han perdido hijos menores de 4 años la posibilidad de realizar investigaciones de las muertes en el lugar de los hechos.

16.La práctica de Noruega relativa a los procedimientos de asilo y el Reglamento "Dublín II" se basa en la convicción de que otros Estados miembros cumplen con las obligaciones internacionales contraídas. Noruega no devuelve personas a un Estado miembro en el que sus vidas corren peligro y por consiguiente ha suspendido todas las devoluciones a Grecia.

17.En lo que se refiere al uso de medidas de coerción durante la ejecución de las condenas, solo se ha denunciado un incidente de malos tratos infligidos por personal penitenciario en 2010 y ninguno en 2011.

18.Entre 2003 y 2009, se condenó a un total de 18 particulares por trata de personas, y en 2010 un total de 319 víctimas de la trata aceptaron asistencia y medidas de protección. Las víctimas de la trata pueden solicitar una indemnización en virtud de la Ley de indemnización para las víctimas de delitos violentos. Los municipios tienen la obligación de proporcionar a las víctimas de la trata alojamiento en un centro de urgencia y el Gobierno sigue prestando apoyo al proyecto ROSA mediante el suministro de vivienda segura y asistencia a las víctimas. Un nuevo plan de acción contra la trata de personas que se puso en marcha en 2010 incluye 35 medidas actualizadas.

19.Muchas de las personas detenidas en prisión preventiva en 2009 y 2010 ahora han sido condenadas y el período de prisión preventiva se ha deducido de sus condenas. Actualmente el Ministerio de Justicia y de Policía está evaluando los efectos del plazo máximo de tres días para que una persona detenida comparezca ante la justicia. Los tribunales también han impuesto requisitos más estrictos para la marcha de las investigaciones y tienen la obligación jurídica de fijar una fecha para la audiencia principal en los casos en que el acusado ha estado detenido. El aumento de casos de prisión preventiva en régimen de aislamiento en 2010 fue en parte consecuencia del incremento de los casos de robos organizados.

20.Aunque Noruega no retirará su reserva al artículo 10, párrafos 2 b) y 3 del Pacto, como ya se mencionó, recientemente el Gobierno ha propuesto varias enmiendas legislativas relativas a menores encarcelados.

21.Los sospechosos y sus abogados defensores tienen derecho a ver todos los documentos de la policía, así como la información relacionada con la investigación de su caso. No obstante, pueden hacerse excepciones a fin de proteger los derechos fundamentales de otras personas o de salvaguardar un interés público importante.

22.Los casos en que las personas tienen derecho a asistencia jurídica gratuita sin necesidad de prueba de ingresos incluyen las apelaciones contra decisiones sobre el asilo, casos de bienestar infantil, asistencia letrada para víctimas de delitos violentos y casos relativos a la indemnización por el enjuiciamiento. En lo que se refiere a la asistencia letrada condicionada a la prueba de ingresos, aproximadamente una cuarta parte de los hogares noruegos tienen un nivel de ingresos que les da derecho a la asistencia letrada gratuita. Por lo general dicha asistencia no se otorga en casos de asilo, aunque las personas que dirigen su solicitud de asilo a la Dirección de Inmigración reciben asistencia financiada por el Estado de la Organización noruega para los solicitantes de asilo.

23.Tras las enmiendas recientes a la Ley electoral, los candidatos tienen derecho a objetar su inclusión en una lista electoral y no tienen que declarar que sus opiniones políticas difieren de las de otras personas que figuran en la lista. Las autoridades públicas se proponen seguir examinando la legislación y la práctica electoral para garantizar que cumplen con las obligaciones internacionales del país.

24.Actualmente no se tiene previsto retirar la reserva relativa al artículo 20 del Pacto. No obstante, se ha incluido en el Código Penal una nueva disposición que prohíbe la incitación pública a cometer delitos terroristas y el reclutamiento y capacitación con fines terroristas. Las políticas para combatir la incitación al odio incluyen el establecimiento de un nuevo cargo cuyo titular se ocupará de cuestiones relativas a la igualdad y la diversidad en el Centro de recursos sobre los derechos de los pueblos indígenas, visitas a las escuelas por estudiantes samis para informar a sus pares acerca de su pueblo y su cultura, y la elaboración de un informe sobre antisemitismo centrado en la prevención en las escuelas.

25.Los objetivos principales de las enmiendas a las normas de inmigración son luchar contra los matrimonios forzosos, reducir el número de solicitudes de asilo infundadas y alentar a los inmigrantes a que estudien y trabajen. Tras un cuidadoso examen, el Gobierno ha llegado a la conclusión de que las nuevas disposiciones son compatibles con los compromisos internacionales del país. Sin embargo, el Ministerio de Justicia y de Policía evaluará las consecuencias de la nueva Ley de inmigración.

26.Los servicios de bienestar infantil se encargan de todos los solicitantes de asilo menores no acompañados, en tanto que la Dirección de Inmigración tiene la responsabilidad general de los centros de recepción de los menores no acompañados de 15 a 18 años de edad. En la Ley de inmigración se indica explícitamente que el interés superior del niño deber ser la principal consideración de toda evaluación realizada en virtud de la ley, aunque dicha consideración no es necesariamente decisiva.

27.El Gobierno ha aprobado el Plan de acción para promover la igualdad y prevenir la discriminación étnica (2009-2012) y el Plan de acción para el pueblo romaní. El proyecto titulado "Los romaníes, del niño al adulto" se ha ejecutado con éxito en las guarderías y escuelas durante los últimos años y se han adoptado medidas para encarar el problema de la escasez de maestros y de material didáctico en los idiomas sami y kven.

28.Por último, en mayo de 2011 se alcanzó un acuerdo con el Parlamento sami por el que se estableció el derecho de los samis que viven del mar a pescar en sus zonas tradicionales, un cupo para los buques de pesca en pesquerías abiertas y el nombramiento de una junta local de pesquerías. El Parlamento sami aprobó el acuerdo, que se presentará al Parlamento noruego para su aprobación.

29.El Sr. O' Flaherty agradece la presentación oportuna del informe y el pormenorizado análisis que contiene, así como el importante número de organizaciones no gubernamentales (ONG) presentes. No obstante, algunas ONG han informado al Comité de que el Estado parte debería esforzarse más por impulsar la participación de la sociedad civil. El orador invita a la delegación a que formule observaciones al respecto. Desea saber si el Gobierno ha adoptado un criterio indivisible respecto de la integración de los derechos humanos en la Constitución y cómo evoluciona este proceso. Pregunta si el Gobierno tiene previsto elaborar un plan de acción amplio en materia de derechos humanos.

30.El Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos ha indicado que la institución nacional de derechos humanos de Noruega podría perder su categoría "A". Esto es motivo de profunda preocupación en vista de los antecedentes ejemplares del país en materia de derechos humanos y el orador desea saber qué medidas se han adoptado recientemente para que la institución vuelva a cumplir plenamente con los Principios de París.

31.El Sr. O'Flaherty solicita información actualizada de los avances realizados en los tres ámbitos destacados en el Libro Blanco sobre igualdad de remuneración, según se expone en el párrafo 8 de las respuestas presentadas por escrito (CCPR/C/NOR/Q/6/Add.1). Felicita al Estado parte por los progresos alcanzados respecto de la eliminación de la práctica discriminatoria de los controles policiales. Desea saber en qué medida los inmigrantes y las minorías han participado en la redacción del Plan de acción para promover la igualdad y prevenir la discriminación étnica (2009-2012) y de qué forma pueden exigir al Gobierno la rendición de cuentas por la ejecución del Plan. Desea conocer las conclusiones del estudio sobre las minorías étnicas y el mercado de alquiler de viviendas realizado por el Instituto de investigaciones urbanas y regionales de Noruega.

32.El Estado parte ha puesto de relieve sus iniciativas para encarar el problema de la discriminación en el empleo en el sector público, pero le preocupa la afirmación contenida en el párrafo 22 de las respuestas presentadas por escrito en el sentido de que el Gobierno no tiene posibilidad alguna de decidir a quién debería emplearse en el sector municipal o en el sector privado. Desea saber si, como lo da a entender la afirmación, el Gobierno está renunciando a su responsabilidad de promover la igualdad, no solo en el sector privado sino también a nivel municipal, que forma parte del Gobierno. Las obligaciones asumidas en virtud de tratados se aplican a todos los órganos y representantes del Estado y debe aclararse esta cuestión.

33.Algunas ONG han informado de que el Gobierno no dispone de datos suficientes sobre la aplicación de medidas coercitivas en los centros de atención de la salud mental como para formular una respuesta normativa apropiada y que no se aprecia la verdadera magnitud del problema porque la falta de asistencia letrada de los posibles litigantes les impide interponer denuncias. El orador pregunta si se ha publicado y facilitado la consulta pública del informe del comité nombrado por el Gobierno para examinar las disposiciones de la Ley de salud mental en relación con la detención, la coacción y las medidas coercitivas, y si se asignará a las organizaciones que representan a las personas con discapacidad y otros interesados fundamentales un papel central en relación con las observaciones relativas a su contenido.

34.La preparación de un Libro Blanco sobre la violencia en las relaciones de pareja y un nuevo plan de acción para prevenir la violencia doméstica y apoyar a las víctimas es una novedad positiva pues facilitará la coordinación y el fortalecimiento de todas las medidas que se están adoptando para luchar contra el problema. Invita a la delegación a formular observaciones respecto de la afirmación de que las iniciativas contra la violencia doméstica se ven obstaculizadas por la falta de estadísticas adecuadas y pregunta qué medidas se adoptarán para mejorar la base estadística. También pregunta si el Comité sobre la Violación ha cumplido su cometido y, en consecuencia, ha dejado de funcionar o si actualmente sigue en actividad.

35.Habida cuenta de que el aumento de la pena por mutilación genital femenina no entrará en vigor hasta que el nuevo Código Penal se convierta en ley, sería conveniente saber cuándo ocurrirá esto. El Comité también desea saber cómo trabaja el Gobierno con las comunidades afectadas y sus líderes, y alienta a las víctimas y testigos de la mutilación genital femenina a que denuncien esta práctica. Le complace que la propuesta de someter a las niñas a reconocimientos médicos obligatorios se haya descartado.

36.En lo que respecta al uso de medidas coercitivas y de coacción en los establecimientos de detención, el Ombudsman del Parlamento para la Administración Pública puso de relieve la capacidad insuficiente de las juntas de supervisión regionales para sufragar visitas frecuentes a las prisiones. Desea saber cómo se propone el Gobierno resolver el problema.

37.Las estadísticas sobre delitos que figuran en el párrafo 73 de las respuestas presentadas por escrito no indican si alguno de los delitos denunciados tiene un sesgo racista o discriminatorio. Pregunta si el Estado parte tiene alguna forma de evaluar si los ataques guardaban relación con este aspecto y, de no ser así, si tiene prevista la posibilidad de revisar sus prácticas de recopilación de información de conformidad con ello.

38.El Sr. Bouzid solicita información sobre el proyecto piloto sobre la línea telefónica permanente para los niños que ha funcionado entre 2009 y 2011. Desea conocer los resultados del proyecto y si se mantendrá el servicio. En lo que se refiere a las investigaciones en el lugar de los hechos de casos de muerte imprevista de niños, el orador pregunta por qué se requiere el consentimiento de los padres para que estas investigaciones puedan realizarse y por qué se llevan a cabo únicamente en casos de muerte de niños menores de 4 años de edad.

39.En relación con la trata de personas, el Comité desea saber si la Dependencia Nacional de Coordinación para Víctimas de la Trata ha presentado un informe anual y cuáles son los principales resultados de sus actividades hasta la fecha. Pide a la delegación que suministre estadísticas sobre la trata, desglosadas por género, edad y país de origen.

40.El Sr. Lallah dice que la devolución de los solicitantes de asilo cuyas peticiones fueron rechazadas se basa, según las respuestas presentadas por escrito por el Estado parte, en la convicción de que otros Estados miembros cumplen con las obligaciones internacionales contraídas. No obstante, las suposiciones pueden ser erróneas. Se han planteado preocupaciones acerca del trato dado a los solicitantes de asilo y refugiados en Italia, así como en Grecia, y sin embargo Noruega ha devuelto más de 500 personas a Italia. Aparentemente, Noruega no realiza evaluaciones medicoforenses que permitirían establecer los casos de trauma posterior a la tortura. Las denuncias de tortura y malos tratos deben investigarse sistemáticamente y los funcionarios deben recibir la capacitación adecuada, especialmente en relación con los procedimientos enunciados en el Manual sobre la investigación eficaz de los casos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul). Pide a la delegación que aclare si los solicitantes de asilo disponen de asistencia letrada y que formule observaciones respecto de las denuncias en el sentido de que las solicitudes de asilo rechazadas se comunican al interesado tan tarde que este no tiene la posibilidad de interponer una apelación.

41.La Sra. Motoc solicita más datos sobre el enjuiciamiento de los casos de violación en el Estado parte, ya que en el proceso de examen periódico universal algunas ONG indicaron que la tasa de enjuiciamiento y condena de casos de violación era muy baja. En lo que se refiere a la aplicación del Protocolo de Estambul, pide información sobre la capacitación impartida al personal de los centros de asilo y la forma en que se investigan las denuncias de los solicitantes de asilo de que se los sometió a torturas o malos tratos. Concretamente, la oradora desea saber si hay un grupo de expertos médicos que evalúan sistemáticamente tales denuncias y establecen el estado de salud psicológica y física de las presuntas víctimas.

42.El Sr. Iwasawa pide al Estado parte que suministre datos pormenorizados sobre los casos en que los tribunales noruegos invocaron el Pacto, así como ejemplos concretos en que la Corte Suprema citó el principio de que la legislación noruega debería interpretarse teniendo en cuenta las obligaciones internacionales del país. Habida cuenta de que el Pacto se incorporó en la Ley de derechos humanos y de que la Constitución tiene precedencia respecto de dicha ley, el orador pide confirmación de que la Constitución también debe interpretarse a la luz de las obligaciones internacionales del país.

43.El Sr. Flinterman dice que aparentemente la Constitución revisada incluirá un catálogo de derechos y libertades, y desea saber si este se inspira directamente en las obligaciones internacionales del país, como las que se enuncian en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Pide a la delegación que explique la relación entre el catálogo y la Ley de derechos humanos, y si el catálogo incluirá la cuestión de los recursos contra las violaciones de los derechos humanos.

44.En lo que se refiere a la contratación de personas de origen inmigrante, el orador felicita al Estado parte por las políticas y medidas adoptadas. Solicita datos sobre el porcentaje nacional de funcionarios públicos y agentes de policía de origen inmigrante y pregunta si se han fijado metas para el empleo en el sector público de trabajadores de este origen.

Se suspende la sesión a las 16.25 horas y se reanuda a las 16.45 horas.

45.La Sra. Merchant (Noruega) dice que todos los ministerios pertinentes son responsables del seguimiento de las recomendaciones formuladas por los órganos creados en virtud de tratados y de la presentación de informes sobre las medidas adoptadas. Un grupo de trabajo interministerial sobre cuestiones de derechos humanos establecido recientemente coordina la presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados, así como la presentación de informes de conformidad con el examen periódico universal. También se mantiene un diálogo sobre el seguimiento entre los ministerios y las ONG. Aunque es cierto que el Gobierno no tiene un plan de acción general de derechos humanos, tiene numerosos planes sobre cuestiones concretas como la violencia doméstica, la discriminación racial y la trata de personas.

46.El Centro de Derechos Humanos de Noruega se ha constituido en la institución nacional de derechos humanos del Estado parte y la revisión de su categoría de acreditación por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos está prevista en octubre de 2011. El Ministerio de Relaciones Exteriores está realizando su propio examen del funcionamiento del Centro y su compatibilidad con los Principios de París. Sobre la base de las conclusiones de estas dos revisiones, el Gobierno decidirá si es necesario modificar el mandato y la estructura del Centro.

47.La Sra. Haveland (Noruega) dice que el Libro Blanco sobre igualdad de remuneración se presentó al Parlamento en 2010 y se aprobó en abril de 2011. Actualmente el Ministerio de la Niñez, la Igualdad y la Inclusión Social está en vías de redactar un proyecto de ley que incluirá las medidas propuestas en el Libro Blanco y que se presentará al Parlamento para su aprobación en 2012 o 2013.

48.La sociedad civil participa activamente en la redacción y el seguimiento de los planes de acción gubernamentales en general y del Plan de acción para promover la igualdad y prevenir la discriminación étnica en particular. El Ministerio de la Niñez, la Igualdad y la Inclusión Social celebró reuniones con varias organizaciones que trabajan para combatir la discriminación a fin de examinar el Plan, que incluye medidas tanto sectoriales como intersectoriales.

49.La oradora reconoce que el párrafo 22 de las respuestas presentadas por escrito (CCPR/C/NOR/Q/6/Add.1) puede prestarse a equívocos y explica que las autoridades municipales están sujetas a las mismas obligaciones que el Gobierno nacional. En enero de 2009 se solicitó a las entidades públicas y privadas de todos los niveles que adoptaran medidas para prevenir la discriminación por motivos de origen étnico y discapacidad.

50.La Sra. Erdis (Noruega) dice que el estudio sobre las minorías étnicas y el mercado de alquiler de viviendas ha revelado que determinados mecanismos de mercado se traducen en condiciones de desigualdad para algunos grupos étnicos. Un estudio más reciente titulado "Lugar para todos" ha indicado que, como consecuencia de mecanismos de mercado selectivos y discriminatorios, algunos grupos minoritarios solo tienen acceso a viviendas inadecuadas, por lo general pagan un alquiler más alto y se les aumenta el alquiler o se rescinde arbitrariamente sus contratos con mayor frecuencia. Las recomendaciones del Comité sobre el tema serán objeto de seguimiento en un Libro Blanco en 2012.

51.El Sr. Andersen (Noruega) dice que el informe sobre las medidas coercitivas en la atención de la salud mental está a disposición del público para su consulta hasta el 3 de enero de 2012. El Gobierno otorga prioridad elevada a la mejora de las estadísticas sobre la aplicación de medidas coercitivas en la atención de la salud mental, como se refleja en la nueva estrategia nacional sobre el uso reducido y correcto de medidas coercitivas. Dicha estrategia también se centra en la mejora de la investigación sobre el tema. Según un estudio publicado por la Fundación para la Investigación Científica e Industrial en 2008, el uso de medidas coercitivas aumentó entre 2001 y 2007. La frecuencia tanto de los ingresos forzados como del uso de medidas coercitivas difiere ampliamente entre los hospitales. El Gobierno estima que estas diferencias obedecen en parte a las distintas estructuras de los servicios, las culturas y las actitudes profesionales, y está esforzándose por reducirlas. En la mayoría de los casos, las personas que presentan denuncias de tratamiento coercitivo tienen derecho a recibir asistencia letrada gratuita.

52.El Sr. Austad (Noruega) dice que el Gobierno reconoce que la incidencia de violaciones en Noruega es inaceptablemente elevada y con frecuencia las violaciones no se denuncian, y está empeñado en modificar esta situación. El extraordinario aumento del número de denuncias de violación que se menciona en el informe del Estado parte (CCPR/C/NOR/6) se ha estabilizado en los últimos años. El Comité sobre la Violación se disolvió tras la presentación de su informe en 2008. A la luz de sus recomendaciones, se han adoptado medidas para fortalecer la competencia de la policía, los fiscales y los jueces para entender en casos de violación. Se ha suministrado a los oficiales de policía un manual electrónico sobre el tema, y el Fiscal General ha impartido una directiva a los efectos de que los fiscales deben recabar una segunda opinión de un colega antes de desestimar un caso de violación por falta de pruebas.

53.Se ha establecido una dependencia especial dentro de la Oficina Nacional de Investigación Criminal que recibe y analiza la información de la policía acerca de casos de violación, a fin de establecer patrones que no resultan evidentes en los distritos policiales. La policía está fortaleciendo las medidas para prevenir la violación y la agresión sexual y para intercambiar mejores prácticas con mayor eficacia.

54.En 2010 se denunciaron unos 2.500 casos de violencia doméstica, un aumento respecto de los 950 de 2007. Se ha pedido al Centro Noruego de Estudios sobre la Violencia y el Estrés Postraumático que realice un estudio para determinar el alcance de la violencia doméstica y el abuso sexual. Los resultados de dicho estudio no estarán disponibles antes de 2012.

55.La Sra. Fergusson (Noruega) dice que cada región de Noruega tiene su propio consejo de supervisión penitenciaria que controla las prisiones y los agentes de libertad vigilada, así como el trato de los reclusos. El Ombudsman del Parlamento para la Administración Pública también desempeña un papel importante y puede recibir denuncias de los reclusos una vez que se han agotado todas las apelaciones ante los Servicios Correccionales de Noruega. Recientemente el Ombudsman ha cuestionado el funcionamiento de los consejos de supervisión penitenciaria, ha informado a los Servicios Correccionales de Noruega de que ha decidido investigar a los consejos y ha pedido a los Servicios que le transmitan antes de mediados de noviembre de 2011 sus observaciones sobre los distintos aspectos de la organización de los consejos. El Gobierno reconoce que deben examinarse tanto los fundamentos como los aspectos prácticos del sistema de consejos de supervisión y ha dado comienzo a dicho proceso.

56.El Gobierno también está estudiando la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y se ha establecido un grupo de trabajo interministerial encargado de formular propuestas sobre un mecanismo nacional de prevención.

57.La Sra. Haveland (Noruega) dice que se ha realizado una evaluación del proyecto sobre la línea telefónica permanente para los niños. En el tercer trimestre de 2011 se finalizó un informe sobre las conclusiones pero este no se ha publicado aún. No está en condiciones de confirmar si la línea telefónica permanente seguirá funcionando.

58.El Sr. Austad (Noruega) dice que la redacción del párrafo 64 de las respuestas presentadas por escrito probablemente haya suscitado cierta confusión. Las investigaciones de muertes en el lugar de los hechos que lleva a cabo el Instituto de Salud Pública de Noruega en el caso de la muerte imprevista de un niño menor de 4 años está a cargo de personal médico calificado y no de la policía, y tiene por objeto garantizar que la policía realice el seguimiento de los casos en que se sospecha juego sucio. Esta práctica se ha impuesto porque en los últimos años la policía ha sido objeto de críticas por interrogar a los padres y sugerir su culpabilidad en estos casos. Los padres del niño pueden negarse a permitir la investigación médica pero no pueden influir en la investigación policial.

59.Se ha indicado a la Dependencia Nacional de Coordinación para Víctimas de la Trata que debe mejorar sus métodos de recopilación de datos. No obstante, la recopilación de datos sobre las víctimas plantea problemas debido a cuestiones de privacidad. El número de infractores es pequeño porque el alcance de la trata de personas no es grande en Noruega, y la acción policial se centra en la prevención. En un informe reciente se han destacado algunas limitaciones en la atención de los hombres y niños víctimas de la trata y se recomienda aumentar las atribuciones de la policía y de la fiscalía para encarar el problema. El Grupo de Expertos sobre la lucha contra la trata de seres humanos del Consejo de Europa evaluará las iniciativas de Noruega de lucha contra la trata de personas en 2012.

60.El Sr. Bordvik (Noruega) dice que el principio de no devolución es fundamental en Noruega. Las autoridades evalúan cada solicitud de asilo sobre la base del fondo de la cuestión y las condiciones del país al que una persona podría ser devuelta con arreglo al reglamento Dublín II. Los solicitantes de asilo tienen acceso a la asistencia letrada. Una ONG noruega, la Organización noruega para los solicitantes de asilo, presta asistencia durante el proceso de solicitud y el Estado suministra financiación para la representación jurídica durante las apelaciones. No obstante, la asistencia letrada para los casos presentados ante los tribunales solo puede obtenerse mediante una prueba de ingresos. Todos los solicitantes de asilo cuyas peticiones han sido rechazadas reciben la notificación de esta decisión con mucha antelación al momento en que deben abandonar el país. Los procedimientos de asilo cumplen plenamente con lo dispuesto en el Protocolo de Estambul. No obstante, las directrices para el personal en los centros de recepción se están revisando a fin de que incluyan referencias claras al Protocolo y tengan en cuenta las necesidades de los solicitantes de asilo vulnerables.

61.La Sra. Ryan (Noruega) dice que el catálogo de derechos humanos que se incorporará en la Constitución aún es objeto de examen por el comité parlamentario correspondiente, cuyo informe al Parlamento tiene plazo previsto de presentación en 2012.

62.La Sra. Haveland (Noruega) dice que el Gobierno tiene 17 objetivos de inclusión social, cada uno de los cuales tiene uno o más indicadores para medir el progreso de largo plazo. La contratación de personas de origen inmigrante es uno de estos indicadores. Los objetivos se han incorporado en el presupuesto y en los procedimientos de presentación de informes de cada ministerio. La proporción de personas de origen inmigrante contratadas por los ministerios públicos ha aumentado del 3,2% en 2008 al 3,6% en 2009 y al 3,8% en 2010.

63.El Sr. Lallah pregunta por qué las personas que han recibido asistencia letrada en relación con una solicitud de asilo deben ser objeto de una prueba de ingresos a fin de obtener asistencia letrada si llevan su caso ante los tribunales. La información suministrada por las ONG parece indicar que se lleva un número considerable de casos en forma gratuita ante los tribunales y muchos de ellos tienen éxito. De ahí, pues, la preocupación acerca del acceso a la asistencia letrada en estos casos.

64.El Sr. O' Flaherty celebra el empeño del Estado parte en garantizar la existencia de una institución de derechos humanos sólida de conformidad con los Principios de París y lo invita a que asuma un papel de liderazgo en la región poniendo en marcha un nuevo plan de acción nacional en favor de los derechos humanos. Esta medida subrayará la importancia de incorporar un enfoque basado en los derechos humanos en el seno del gobierno de todos los países, y no solo de los países en desarrollo.

65.En lo que respecta al uso de medidas coercitivas en la atención de la salud mental, el orador pregunta qué medidas se han adoptado para garantizar que los posibles usuarios del servicio puedan contribuir al proceso de consulta posterior a la publicación del informe oficial sobre la cuestión. Algunas ONG han expresado su preocupación por la falta de independencia, así como de competencia psiquiátrica y otros conocimientos pertinentes, entre los órganos de supervisión responsables de la vigilancia de las condiciones en las instalaciones de atención de la salud mental, y el orador desea saber si el Gobierno comparte estas preocupaciones. En lo que respecta a la aparente dificultad que las personas con discapacidad mental tienen para interponer denuncias ante los tribunales debido a la falta de asistencia letrada, el orador se remite al informe presentado al Comité por el Foro Noruego de ONG para los Derechos Humanos el 8 de septiembre de 2011.

66.Por último, en vista de que Noruega es un importante fabricante de armas pequeñas, el orador desea saber qué salvaguardias ha establecido para garantizar que, una vez exportadas, o incluso reexportadas, las armas que vende no se utilicen para violar el derecho a la vida.

67.El Sr. Salvioli pregunta qué medidas se han adoptado para investigar los malos tratos o la privación injustificada de la libertad de personas con problemas de salud mental y para enjuiciar a los responsables.

68.Amnistía Internacional ha informado de que, en lugar de la falta de consentimiento, que es el elemento fundamental en la definición de violación, el Código Penal subraya el uso real de violencia o la amenaza de su uso. Pide a la delegación que aclare la cuestión.

69.La Sra. Motoc dice que, según algunas ONG, los denunciantes de irregularidades en relación con los derechos de los pacientes en instituciones psiquiátricas no están suficientemente protegidos y posteriormente pueden encontrarse en dificultades. Pide más información sobre el funcionamiento y la supervisión de las instituciones psiquiátricas.

70.El Sr. Flinterman solicita a la delegación que aclare la posición del Gobierno respecto de la revisión de la Constitución y, en caso de que esté de acuerdo en que se lleve a cabo, si el derecho a reclamar reparaciones por las violaciones de derechos no solo se incorporará, sino que ocupará un lugar destacado en la nueva Constitución.

71.La Sra. Ryan (Noruega), traduciendo una declaración de la Sra. Aas-Hansen (Noruega), dice que, aunque la revisión de la Constitución ahora se encuentra ante el Parlamento, el Gobierno ha tomado cierta distancia del proceso. No obstante, sigue los debates con mucho interés y participará activamente en un seminario sobre el tema cuya celebración está prevista en noviembre de 2011. El objetivo es finalizar el proceso de revisión a tiempo para el centenario de la Constitución en 2014.

72.El Sr. Bordvik (Noruega) dice que los derechos básicos de los solicitantes de asilo se garantizan y protegen plenamente durante los procedimientos administrativos y se presta asistencia letrada si los casos se llevan ante los tribunales. Ha habido cierta confusión en los medios de comunicación respecto del grado de éxito obtenido en los casos llevados de manera gratuita, dado que muchas veces las mismas autoridades de inmigración han anulado decisiones por medio de sus propios procedimientos de apelación.

Se levanta la sesión a las 17.55 horas.