NACIONES UNIDAS

CCPR

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr.general

CCPR/C/SR.250623 de enero de 2008

Español

Original:francés

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

91º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA SEGUNDA PARTE (PÚBLICA)*DE LA 2506ª SESIÓN

celebrada en el Palacio Wilson, Ginebra,el miércoles 31 de octubre de 2007 a las 11.00 horas

Presidente: Sr. RIVAS POSADA

SUMARIO

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES FINALES Y DE LOS DICTÁMENES FORMULADOS CON ARREGLO AL PROTOCOLO FACULTATIVO

Se declara abierta la segunda parte (pública) de la sesión a las 11.10 horas .

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES FINALES Y DE LOS DICTÁMENES FORMULADOS CON ARREGLO AL PROTOCOLO FACULTATIVO (tema 7 del programa)

Informe del Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales (CCPR/C/91/R.1)

1.El PRESIDENTE invita al Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales a que presente su informe.

2.Sir Nigel RODLEY (Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales) indica que ha habido algunas novedades durante el período de sesiones en curso, de las que no ha podido informar en su informe distribuido a los miembros del Comité. Como el Comité no ha adoptado aún ninguna decisión sobre la posibilidad de definir criterios cualitativos para evaluar las respuestas de los Estados partes, Sir Nigel Rodley se ha limitado a realizar una evaluación exclusivamente cuantitativa. El informe abarca el período comprendido entre el 75º período de sesiones y el período de sesiones en curso, es decir, de julio de 2002 a octubre de 2007; no hay ninguna actividad de seguimiento pendiente en relación con los períodos de sesiones anteriores. Numerosos países no han respondido a las solicitudes de información del Comité, al no haber respondido en absoluto a estas o al haber aportado tan solo respuestas parciales. Se trata de la República de Moldova, Gambia, Malí, Sri Lanka, Guinea Ecuatorial, Suriname, Namibia, Uzbekistán, el Yemen, el Brasil, el Paraguay, la República Democrática del Congo, la República Centroafricana, los Estados Unidos de América y Kosovo (Serbia). Durante el período de sesiones en curso, el Relator se ha reunido con representantes de Guinea Ecuatorial, Uzbekistán, el Brasil, el Paraguay y la República Democrática del Congo. Los representantes de Guinea Ecuatorial, el Brasil y el Paraguay le han asegurado que enviarían pronto al Comité la información solicitada; por tanto, el Relator propone que se examine el caso de esos países en el siguiente período de sesiones del Comité. Teniendo en cuenta que Uzbekistán debe presentar su siguiente informe antes del 1º de abril de 2008, se ha decidido que las respuestas que faltan se incluirán en dicho informe y que el caso de Uzbekistán volverá a examinarse en el 93º período de sesiones del Comité. El representante de la República del Congo ha afirmado que el Gobierno está trabajando en la elaboración de las respuestas, pero que no ha podido indicar en qué fecha las enviaría al Comité; podrán celebrarse nuevas consultas en el siguiente período de sesiones del Comité, que tendrá lugar en Nueva York. El Relator debe reunirse con un representante del Yemen ese mismo día, por lo que examinará el caso de ese país en el siguiente período de sesiones del Comité. En relación con Kosovo, el orador considera que será muy útil organizar consultas en el siguiente período de sesiones del Comité, aunque resultará difícil, ya que la UNMIK no tiene representación en Nueva York. En relación con los demás países, el Relator recomienda que se envíe un nuevo recordatorio a los países con respecto a los cuales hace poco que ha expirado el plazo establecido para el envío de respuestas —la República Centroafricana y los Estados Unidos de América— y que se organicen consultas en el siguiente período de sesiones del Comité para los demás. Parece ser que las diferentes respuestas parciales enviadas por el Togo abarcan, en definitiva, todas las cuestiones planteadas por el Comité, incluidas las del párrafo 13, relativas a los presos políticos. Por lo tanto, no se recomienda la adopción de medidas. Hong Kong (China) ha enviado sus respuestas, pero algunas organizaciones no gubernamentales han comunicado que desean participar en el seguimiento. Dado que el Comité ha decidido aceptar la información facilitada por las organizaciones no gubernamentales a los fines del seguimiento, el Relator recomienda esperar hasta que haya podido examinar dicha información antes de decidir el curso que se dará a las respuestas de Hong Kong (China). No se recomienda la adopción de medidas con respecto a Bosnia y Herzegovina, Honduras, la República de Corea, Ucrania, Barbados, Chile, Madagascar, Granada, la República Checa, el Sudán y Zambia, ya que aún no ha expirado el plazo.

3.El PRESIDENTE da las gracias a Sir Nigel Rodley e invita a los miembros del Comité a que formulen sus observaciones.

4.El Sr. LALLAH opina que es importante examinar detenidamente la información que transmitirán las organizaciones no gubernamentales acerca de Hong Kong y, por tanto, aprueba la propuesta del Relator.

5.La Sra. CHANET observa que el procedimiento de seguimiento ha sido un fracaso en un gran número de casos, ya que no se ha recibido la información solicitada. Resulta especialmente lamentable que, como en el caso de Uzbekistán, el Comité tenga que esperar la presentación del siguiente informe periódico del Estado parte. El Comité debería dar cuenta, en sus observaciones finales, del incumplimiento por los Estados partes de sus obligaciones con arreglo al procedimiento de seguimiento. En lo que respecta a Hong Kong, la oradora aprueba la propuesta del Relator y espera que la decisión del Comité de aceptar la información facilitada por las organizaciones no gubernamentales a los fines del seguimiento incite a los Estados partes a cumplir mejor sus obligaciones. En relación con el Togo, habría que asegurarse de que el Estado parte ha respondido de manera adecuada a las preguntas relativas a los presos políticos (párr. 13 de las observaciones finales (CCPR/CO/76/TGO)), y, de no ser así, insistir para que lo haga. Habida cuenta de la complejidad de la situación en Kosovo y en vista de que el retraso de las respuestas no es excesivo, el Comité podría enviar un nuevo recordatorio a la UNMIK antes de adoptar cualquier otra medida.

6.El Sr. KÄLIN también considera preocupante la ausencia de cooperación de los Estados partes. El Comité podría solicitar a la Alta Comisionada que incluya información sobre las observaciones finales del Comité, pero también sobre la ausencia de respuesta de los Estados partes, en el informe que debe presentar al Consejo de Derechos Humanos en el marco del Examen Periódico Universal. Una vez que se haya establecido ese mecanismo, se planteará necesariamente la cuestión relativa a la cooperación.

7.En lo que respecta a Kosovo, conviene no permanecer pasivos, dado que no se sabe hasta cuándo estará operativa la UNMIK. La UNMIK no tiene oficina fuera de Kosovo, no obstante, el Comité puede enviarle un recordatorio por conducto del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas.

8.El Sr. O’FLAHERTY aprueba la idea de sacar provecho del Examen Periódico Universal para obtener mejores resultados en el procedimiento de seguimiento. Quizá habría que pedir a la Sra. Chanet que estudie esa cuestión en su informe sobre las relaciones entre los trabajos del Comité y los del Consejo. La decisión del Comité, adoptada en el período de sesiones anterior, de utilizar la información facilitada por las ONG para el seguimiento de las observaciones finales ha sido acogida favorablemente, pero habría que estudiar la posibilidad de utilizar también otras fuentes, como las conclusiones que figuran en los informes de los relatores especiales, ya que el interés que tienen las ONG en un país u otro es, sin duda alguna, aleatorio.

9.El Sr. LALLAH señala que varios Estados partes que no han facilitado la información solicitadason países menos desarrollados, como Namibia, Guinea Ecuatorial o Gambia. Habría que intentar saber por qué esos países no cumplen sus obligaciones y, si dicho incumplimiento se debiera a dificultades materiales, considerar la posibilidad de prestarles asistencia a través de la Secretaría.

10.En cuanto a la forma en que el Comité trata la cuestión de la no cooperación de los Estados partes en su informe anual, el orador no está seguro de que sea muy eficaz. El Relator Especial podríaestudiar, junto con el Relator del Comité, los cambios que deberían introducirse para que la denuncia pública por parte del Comité de los Estados que no respetan sus obligaciones surta más efecto.

11.El PRESIDENTE observa que todos los miembros del Comité están preocupados por el gran número de Estados partes que no respetan sus obligaciones. Ha llegado el momento de buscar otros medios para que lo hagan. El envío sistemático de recordatorios produce un resultadoprácticamente nulo si se considera el número de notas que ello representa. El Comité deberá abordar la utilidad de dicho método. En cambio, las consultas con los representantes de los Estados partes son, a menudo, más eficaces.

12.La Sra. CHANET dice que hay que tratar por todos los medios de hacer que los Estados cooperen. En lo que atañe al mecanismo de Examen Periódico Universal, hay que ser prudentes y no hacer que el Comité tenga que pedir algo al Consejo de Derechos Humanos, que también podría pedirle algo a cambio. En cambio, cuando un Estado parte se presenta ante el Comité para transmitirle su siguiente informe, habría que valorar su comportamiento en el procedimiento de seguimiento y decir algo al respecto en las conferencias de prensa. El mejor modo de hacer que los Estados reaccionen es dando a conocer sus deficiencias. En cuanto a los países que carecen de los medios necesarios para cumplir sus obligaciones, es preciso prestarles asistencia técnica, como ha sugerido el Sr. Lallah.

13.El Sr. KÄLIN aclara que no sugirió que se solicitara nada al Consejo de Derechos Humanos, tan solo propuso pedir a la Alta Comisionada que añadiera información sobre el seguimiento de las observaciones finales del Comité en su informe, que es uno de los tres documentos en que se basará el Examen Periódico Universal.

14.Sir Nigel RODLEY (Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales) agradece a los miembros sus observaciones. En su opinión, la falta de cooperación de los Estados partes no es tan preocupante como parece, pero conviene estudiar sus causas. Por ejemplo, parece que el retraso en la presentación de los informes va a la par con la ausencia de seguimiento de las observaciones finales. Existe manifiestamente un consenso en favor de un enfoque más cualitativo del seguimiento de las observaciones finales. Queda por definir los criterios. A ese respecto, otros miembros del Comité pueden hacer una contribución muy útil, por ejemplo, si han sido relatores especiales sobre la situación de los derechos humanos en el país de que se trate o si han adquirido conocimientos especiales por una razón concreta. Habida cuenta de la observación hecha por la Sra. Chanet acerca del Togo, convendría verificar, antes de decidir qué medidas se van a adoptar, si dicho país ha facilitado una respuesta completa sobre los presos políticos. En lo que se refiere a Kosovo, reviste interés la propuesta de tratar de celebrar consultas al más alto nivel en la Sede de la Organización de las Naciones Unidas. La Secretaría podrá informar al Comité de cuál es la mejor forma de proceder. La idea de pedir que se informe del seguimiento de las observaciones finales en el informe que la Alta Comisionada debe presentar al Consejo en el marco del Examen Periódico Universal puede que no sea viable, ya que el informe debe abordar abundante información en 10 páginas. No obstante, se puede pedir a la Secretaría que considere esa posibilidad. Como ha señalado el Sr. Lallah, hay que alentar a los países más desfavorecidos a que soliciten asistencia técnica. De hecho, ya se ha hecho, de manera oficial u oficiosa, y se invita a la Secretaría a que siga trabajando en ese sentido. En cuanto a la propuesta tendente a dar prioridad a las consultas con los Estados partes, la oradora se enfrenta a un problema material que será difícil de superar. Las normas exigen pasar por las misiones diplomáticas en Ginebra para comunicarse con los Estados partes. Sin embargo, incluso animadas con la mejor voluntad, las misiones diplomáticas son incapaces de responder a las solicitudes que se les formulan y representan muy a menudo un obstáculo. La Secretaría podría estudiar los medios que permitirían al Comité eludir la intermediación de las misiones.

15.El PRESIDENTE dice que será útil hacer un resumen de todas las preguntas que acaban de tratarse. Asimismo, considera necesario decidir si resulta oportuno iniciar consultas con la Alta Comisionada para pedirle que incluya en su informe dirigido al Consejo de Derechos Humanos información sobre el seguimiento de las observaciones finales. Puesto que no existe una única solución a las actuales dificultades, convendrá probar diferentes métodos simultáneamente.

16.Queda aprobado el proyecto de informe del Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales, a reserva de que se confirme la información relativa al Togo.

Informe del Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes (CCPR/C/91/R.3)

17.El Sr. SHEARER (Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes) dice que el informe se refiere al seguimiento de las comunicaciones desde el 90º período de sesiones del Comité, celebrado en julio de 2007. Tres casos afectan a Australia, y el orador se ha reunido con el Representante Permanente Adjunto de Australia en Ginebra en el último período de sesiones. En el caso Winata c. Australia (comunicación núm. 930/2000), el Sr. Winata y la Sra. Li recibieron un visado provisional tipo “E” y actualmente residen legalmente en el país. Su situación es, sin duda alguna, precaria, pero no corren el riesgo de ser expulsados, y su hijo ha adquirido la nacionalidad australiana. El Estado parte dijo, en una carta de fecha 15 de octubre de 2007 en respuesta a las discusiones mantenidas con el Sr. Shearer, que "considera que la prosecución del diálogo con el Comité no es fructífera". Es decir, ha adoptado una decisión y considera que el Comité debería dar el caso por terminado. Por tanto, el Comité debe decidir el curso que dará a la última comunicación del Estado parte. La fórmula "diálogo abierto" que se emplea habitualmente en los resúmenes que figuran en el informe anual del Comité no refleja siempre con precisión la situación. La Sra. Chanet ha propuesto que se introduzcan subcategorías para explicar qué elementos de determinadas respuestas no son satisfactorios. Una de ellas podría ser "El Estado parte considera que la prosecución del diálogo con el Comité no es fructífera". En el caso Shafiq c. Australia (comunicación núm. 1324/2004), el autor, que había obtenido un visado provisional, ha sido objeto de una orden de expulsión inmediata. En ese mismo caso, el Estado parte también dijo que "considera que la prosecución del diálogo con el Comité no es fructífera". Los autores de sendas comunicaciones aún no han tenido tiempo de responder. En relación con el caso Young c. Australia (comunicación núm. 941/2000), referido a un caso de discriminación en materia de prestaciones sociales por motivos de la orientación sexual, parece ser que el Gobierno presentó un proyecto de ley que tenía por objeto acabar con ese tipo de discriminación, pero lo retiró. En ese caso, el Gobierno de Australia tuvo, una vez más, la misma reacción. El Sr. Shearer propone esperar los resultados de las elecciones previstas para noviembre a fin de determinar lo que convendrá solicitar al Estado parte.

18.En el caso Perterer c. Austria (comunicación núm. 1015/2001), las partes no consiguen ponerse de acuerdo sobre el importe de la indemnización. El Estado parte no rechaza las conclusiones del Comité, pero se halla en una situación difícil debido a ese desacuerdo. El autor ha rechazado cualquier acuerdo amistoso e insiste en que se inicie un procedimiento judicial. El Comité no ha recibido aún sus observaciones. Por tanto, hay que considerar que el diálogo sigue abierto.

19.El caso N. T. c. el Canadá (comunicación núm. 1052/2002) es extremadamente complejo. La autora solicitó el derecho de visitar a su hija, a quien había llevado a un centro para su adopción. Denuncia que no se ha beneficiado de un proceso equitativo. En mayo de 2002, el Gobierno del Canadá respondió, muy sucintamente, que, dado que la autora no aclaraba qué disposiciones del Pacto se habían violado, no estaba en disposición de responder a su queja. Posteriormente, el Gobierno del Canadá anunció que consideraba la queja inadmisible y carente de fundamento por ese motivo, pero nunca presentó argumentos sobre el fondo. En la misma comunicación, de mayo de 2002, se indicaba que el Gobierno del Canadá se reservaba el derecho de formular observaciones sobre la admisibilidad y el fondo de la queja si recibía más información. Hasta agosto de 2003 no se transmitió esa respuesta a la autora, quien respondió en septiembre de 2003 comunicando toda la información que servía para fundamentar su queja. El 10 de diciembre de 2003, el Comité transmitió esa comunicación al Estado parte, que no ha respondido. Por tanto, el grupo de trabajo empezó a examinar la comunicación. A finales de 2006, la autora envió otros documentos que el Comité también transmitió al Estado parte. El Comité emitió una decisión en marzo de 2007. El Gobierno del Canadá objeta ahora que está sumamente sorprendido, ya que nunca recibió los documentos que le habrían permitido presentar sus observaciones sobre el fondo, algo que desea hacer. En ese caso complejo, sin duda ha habido un problema de comunicación dentro del Gobierno del Canadá; este solicita ahora que se reabra el caso. Como el Comité ya ha emitido una decisión, debe reflexionar sobre la conducta que se ha de seguir y pronunciarse en su período de sesiones de marzo de 2008, entendiéndose que deben preservarse los intereses de la autora de la comunicación.

20.En el caso del secuestro y la detención en régimen de incomunicación, Nydia Erika Bautistac. Colombia (comunicación núm. 563/1993), el abogado de la autora informó al Comité de que no se había aplicado su decisión. El 14 de agosto de 2007 se enviaron observaciones adicionales al Estado parte. Por tanto, el diálogo sigue abierto.

21.En el caso E. B. c. Nueva Zelandia (comunicación núm. 1368/2005), el Estado parte hizo efectivos los dictámenes del Comité en la medida en que se inició un procedimiento judicial. Hubo un juicio de cuatro días de duración, que se inició el 20 de agosto de 2007. Aún no se ha emitido la sentencia. Por tanto, se puede considerar que el diálogo sigue abierto.

22.Los dictámenes del Comité en el caso Avellanal c. el Perú (comunicación núm. 202/1986) se remontan a 1988. Según las cartas que la autora dirigió al Comité el 30 de marzo, el 4 de junio y el 3 de agosto de 2007, el Estado parte no los ha aplicado. El Comité lamenta la ausencia de respuesta del Estado parte y considera que el diálogo sigue abierto. En relación con los casos Marlem Carranza Alegre c. el Perú (comunicación núm. 1126/2002) y Quispe Roque c. el Perú (comunicación núm. 1125/2002), los autores fueron puestos en libertad a raíz de los dictámenes del Comité, pero, como no habían indicado aún si tenían previsto reclamar una indemnización, el Comité considera que el diálogo sigue abierto. En el caso Vargas Mas c. el Perú (comunicación núm. 1058/2002), el Estado parte respondió en relación con la aplicación de las recomendaciones del Comité, que transmitió esa respuesta al autor el 20 de agosto de 2007. Aún es pronto para esperar una reacción, y el Comité considera que el diálogo sigue abierto.

23.Por último, en relación con el caso Alzery c. Suecia (comunicación núm. 1416/2005), teniendo en cuenta que se está examinando la segunda solicitud de permiso de residencia presentadapor el autor, aún es demasiado pronto para pronunciarse al respecto. Por tanto, el Comité considera que el diálogo sigue abierto.

24.El PRESIDENTE da las gracias al Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes e invita a los miembros que lo deseen a que formulen preguntas.

25.El Sr. LALLAH, refiriéndose al caso N. T. c. el Canadá (comunicación núm. 1052/2002), relativo al cuidado de una hija y la posibilidad de visitarla, recuerda que los procedimientos iniciados ante los tribunales del Estado parte habían durado varios años y que la Secretaría había procurado evitar que se acusara al Comité del mismo letargo. Por otra parte, piensa que si el Comité decidiera volver a examinar ese caso debería hacerlo en sesión privada.

26.El Sr. KÄLIN objeta que no ve motivo para que se vuelva a examinar el caso.

27.El Sr. O’FLAHERTY señala que, al aceptar el argumento presentado sistemáticamente por Australia de que sería inútil proseguir el diálogo, el Comité sentaría un precedente incómodo. En lo que respecta más concretamente al caso Winata c. Australia, comparte el punto de vista del Sr. Kälin de que no procede volver a examinar el caso y de que quizá haya llegado el momento de concluir el examen de este, ya que el menor cuyo bienestar había que garantizar es actualmente mayor de edad, ha adquirido la nacionalidad australiana y la situación de sus padres parece estar en vías de regularización. Por último, en lo tocante al caso N. T. c. el Canadá, el Comité deberá abordar todos los aspectos de la comunicación y deberá examinarla en sesión privada.

28.La Sra. PALM dice que el Comité ha tratado el caso N. T. c. el Canadá debidamente y que no debe volver a examinarlo simplemente porque el Estado parte no haya reaccionado de manera adecuada.

29.El PRESIDENTE señala que no se trata de decidir si se vuelve a examinar el caso o no —lo cual deberá hacerse en sesión privada—, sino de aprobar el informe del Relator Especial en que se indica que el Comité considera que el diálogo sigue abierto.

30.El Sr. O’FLAHERTY dice que el Relator Especial no solo pide que el Comité apruebe su informe, sino también que le proporcione orientaciones concretas. A ese respecto, propone que se sustituya el texto que figura en la sección "Decisión del Comité" por la siguiente frase: "El Comité lamenta que el Estado parte se niegue a aceptar sus dictámenes y sus recomendaciones, y considera que el diálogo sigue abierto".

31.Queda aprobada la propuesta del Sr. OFlaherty.

32. Queda aprobado el proyecto de informe del Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes en su forma enmendada.

Se levanta la sesión a las 12.50 horas.

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