95° período de sesiones

Acta resumida (parcial)* de la 2603ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 18 de marzo de 2009, a las 15.00 horas

Presidente:Sr. Iwasawa

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Tercer informe periódico de Rwanda (continuación)

* No se levantó acta resumida del resto de la sesión.

Se declara abierta la sesión a las 15.10 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Tercer informe periódico de Rwanda (continuación) (CCPR/C/RWA/3; CCPR/C/RWA/Q/3/Rev.1 y Add.1)

1.Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Rwanda toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Presidente invita a los miembros del Comité a proseguir con sus indagaciones en relación con las preguntas 1 a 14 de la lista de cuestiones (CCPR/C/RWA/Q/3/Rev.1).

3.La Sra. Motoc dice que se ha informado al Comité de la existencia de centros de detención arbitrarios en Rwanda. Desea saber si el Gobierno tiene conocimiento de que existan centros de ese tipo y, en caso afirmativo, qué medidas está adoptando al respecto.

4.Felicita a Rwanda por los avances que ha logrado en cuanto a la protección de los derechos de la mujer. Se está prestando más atención al problema de la violación, y se han adoptado medidas para abordarlo. Con todo, sería útil disponer de más información estadística. La oradora desea saber en particular qué se ha hecho para sancionar a las personas culpables de violación y para reintegrar a las víctimas a la sociedad. Por último, pregunta de qué manera se está ocupando el Gobierno del fenómeno de la violencia en el hogar.

5.Sir Nigel Rodley dice que, habida cuenta de los sucesos traumáticos del decenio de 1990, es notable la decisión de Rwanda de abolir la pena de muerte. Si bien el Pacto no exige la abolición de la pena capital, el Comité siempre ha estimado que el Pacto es en esencia un documento abolicionista. La decisión de Rwanda ha brindado un ejemplo valioso a la subregión, a la región y al mundo entero.

6.Aunque comprende que Rwanda haya decidido reemplazar la pena de muerte con la prisión a perpetuidad, le preocupa la condena a reclusión perpetua en régimen de aislamiento, y en particular la práctica de negarles a las personas que cumplen dicha pena la posibilidad de recibir visitas. Al respecto, le complace observar que en el proyecto de ley sobre la ejecución de la sentencia a prisión perpetua se dispone que se permitirán visitas. Desea saber cuándo se ha de aprobar el proyecto de ley, y en qué condiciones se llevarán a efecto las visitas.

7.Según la respuesta a la pregunta 4, los miembros de la policía militar que dieron muerte a reclusos en el centro de detención militar de Mulindi en diciembre de 2005 lo hicieron actuando en defensa propia. Sin embargo, en la misma respuesta se informó que se habían adoptado medidas disciplinarias contra los miembros de la policía militar responsables y que se había despedido al Director de la cárcel. Al orador le parece difícil conciliar esas dos declaraciones. Si se adoptaron medidas disciplinarias porque los agentes responsables hicieron uso de fuerza innecesaria, sin duda ya no cabe alegar que actuaron en defensa propia.

8.Por último, en la respuesta a la pregunta 6 se declaró que los agentes de los servicios de seguridad sólo pueden hacer uso de la fuerza para perseguir objetivos legítimos. El Estado informante debe explicar de qué manera se determina si un objetivo es o no es legítimo. Tradicionalmente, el Comité ha interpretado el artículo 6 en relación con el uso de armas de fuego por los agentes de represión del delito. El principio general que se aplica es que la fuerza que se usa no debe ser superior a la fuerza cuyo uso se impide. Dicho de otra manera, la fuerza letal sólo debe usarse para impedir el uso de la fuerza letal.

9.El Sr. Pérez Sánchez-Cerro, observando que la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene por función, entre otras cosas, examinar las violaciones de los derechos humanos cometidas en Rwanda por órganos del Estado, personas que actúan bajo la protección del Estado, organizaciones y particulares (párr. 93 del tercer informe periódico de Rwanda (CCPR/C/RWA/3)), solicita más información sobre el procedimiento de investigación de la Comisión. En particular, le interesa saber a qué órgano le rinde informes la Comisión, y si es en realidad efectiva e independiente.

10.Se ha informado al Comité que un General está reclutando a niños en campamentos de refugiados de Rwanda. Tal vez sería más propio hablar de secuestro, ya que generalmente los niños desaparecen en la noche sin que los padres se enteren de lo que ha ocurrido. Pregunta si el Gobierno se propone investigar esos hechos y sancionar a los responsables.

11.Para terminar, dice que el Estado informante debe explicar cómo se propone el Gobierno fortalecer las jurisdicciones gacaca y evitar que se produzcan contravenciones de las garantías procesales.

12.El Sr. Fathalla pregunta por qué razón los tratados y pactos internacionales que han sido debidamente ratificados o aprobados priman sobre todas las leyes orgánicas y ordinarias salvo la Constitución y las leyes sobre referendos (informe, párr. 4). Le interesa saber también si el Gobierno ha adoptado alguna medida amplia de protección ambiental que contribuya a salvaguardar el derecho de los ciudadanos a la vida.

13.El Sr. Salvioli, aludiendo a la observación del Estado informante de que el Pacto no es invocado con frecuencia por los peticionarios, y por consiguiente no es aplicado a menudo por la judicatura, pregunta si se ha puesto en efecto en Rwanda algún programa de formación judicial, en especial en relación con la aplicación del Pacto.

14.Con referencia a las observaciones formuladas por Sir Nigel Rodley, desea saber si los tribunales militares tienen competencia para procesar delitos comunes.

15.Se ha sugerido que las mujeres que son víctimas de violación en las cárceles son violadas por otros reclusos. No obstante, en el párrafo 222 del informe se declara que las mujeres recluidas en establecimientos carcelarios viven en pabellones especiales separados de los de los varones y bajo la vigilancia de personal femenino. Pregunta si eso es efectivo, y pide que se presenten datos estadísticos precisos acerca del número de personas que han sido declaradas culpables del delito de violación y condenadas a la pena correspondiente.

16.Por último, manifiesta su preocupación por el artículo 191 del nuevo proyecto de código penal, que parece tipificar como delito la homosexualidad, y pregunta si el Estado informante considera que es compatible con el Pacto.

17.El Sr. Rivas Posada, refiriéndose a la segunda parte de la pregunta 10, dice que todavía no está claro si las personas disponen de recursos efectivos aplicables durante el estado de sitio o de excepción. En la mayoría de los países existen conductos oficiales para examinar una decisión por la que se declara un estado de sitio o de excepción si hay particulares, grupos o instituciones que estiman que dicha decisión es ilegal o inconstitucional. El Estado informante debe aclarar si existen o no esos recursos en Rwanda.

18.El Sr. Bouzid, aludiendo igualmente a la pregunta 10, pide que se aclare si los ciudadanos rwandeses necesitan un pasaporte y también un laissez-passer para viajar al exterior (informe, párr. 212) y, de ser así, si esta es la práctica normal o un régimen que se aplica sólo durante un estado de excepción.

19.El Sr. Nsengimana (Rwanda) pide disculpas en nombre de la delegación por no haber suministrado una traducción al inglés de las respuestas a la lista de cuestiones. Dice que la delegación se habría complacido en hacerlo, pero entendió que la Secretaría se encargaría de la traducción, como lo hizo con el informe.

20.En cuanto a la preocupación de la Sra. Wedgwood respecto del número limitado de integrantes de la delegación de Rwanda en comparación con las representaciones de otros países, dice que lamentablemente a algunos miembros previstos de la delegación, entre ellos un oficial de policía, no les fue posible obtener visas a tiempo para asistir a las sesiones.

21.Con referencia a la pregunta acerca de la forma en que el Pacto se está reflejando en la legislación nacional y en la práctica, señala que en virtud del criterio monista de Rwanda el Pacto y otros instrumentos internacionales se aplican automáticamente. Con todo, es preciso consultar al pueblo antes de introducir cualesquier modificaciones en la Constitución. Por lo tanto, si existe un conflicto entre algún instrumento internacional y la Constitución, hay que dar tiempo para que la cuestión se plantee en el Parlamento o, si es necesario, para convocar a un referendo. Esto no significa que no pueda modificarse la Constitución, sino sólo que hay un procedimiento para hacerlo, y el cambio no es automático. En cuanto a la práctica, al igual que en otros países cuando se aprueba una ley es preciso adoptar medidas para crear conciencia de ella en la población en general y entre los magistrados. Aunque no falta la voluntad, hay que prever que transcurrirá algún tiempo entre la introducción de una modificación legislativa y el momento en que se haga plenamente efectiva.

22.La carencia de datos estadísticos es un problema que deriva de las dificultades a que se hace frente en la reconstrucción de la infraestructura del país. Rwanda cuenta con un instituto de estadística, pero todavía es una entidad nueva. Rwanda estará en condiciones de suministrar más información estadística cuando presente su próximo informe al Comité.

23.Pasando a la cuestión del sistema judicial gacaca, el orador recuerda el principio de que la justicia que se hace tarde es justicia que no se hace. Al sistema judicial ordinario de Rwanda no le era posible tratar un volumen tan enorme de casos, más de un millón, de manera que muchas personas pasaban largo tiempo en las cárceles en espera de sus juicios. El sistema gacaca se instituyó para atender a esa situación, y aunque se inspira en formas tradicionales de justicia y reconciliación, incorpora también prácticas judiciales modernas, por lo que constituye un sistema nuevo de índole híbrida. Dicho sistema responde al carácter singular de los crímenes que se cometieron en Rwanda, para los que se requiere no sólo justicia sino también reconciliación. En el sistema gacaca el pueblo mismo se reúne para adjudicar responsabilidad por los crímenes cometidos e imponer sanciones, pero al mismo tiempo el proceso hace que se escuche la voz de la reconciliación. El sistema cuenta asimismo con la asistencia de asesores jurídicos capacitados que visitan las jurisdicciones para dar orientación si es necesario, en particular respecto de casos problemáticos. Dicho apoyo jurídico no se presta necesariamente a particulares, sino que se ofrece a toda la jurisdicción, para ayudarla en el proceso de adopción de decisiones. Evidentemente, el sistema no es perfecto, pero tampoco es perfecto el sistema judicial ordinario, y la comunidad internacional no ha ideado ninguna otra manera de resolver el problema. El sistema gacaca ha dado resultado, y probablemente Rwanda es hoy el país más pacífico y seguro de la región.

24.Con respecto a la libertad de expresión, dice que los medios de difusión, en particular la Radio Mille Collines, desempeñaron una función reprobable tanto antes del genocidio como durante los sucesos, agudizando las divisiones e incitando a la violencia, e incluso dando información detallada que permitía encontrar y matar a los perseguidos. Los periodistas acusados de esos delitos tienen derecho a asistencia letrada, y en general no ha habido tropiezos en la consideración de sus casos. Rara vez se ha encarcelado a periodistas, ya que mayormente se les ha acusado de delitos civiles. En la actualidad la prensa de Rwanda es libre, y algunos periódicos critican duramente al Gobierno.

25.En lo que hace a la detención, señala que el almacén a que se ha hecho referencia no es en realidad un centro de detención ni una cárcel, sino más bien un centro de tránsito donde rápidamente se separa a los jóvenes para reintegrarlos a sus familias o enviarlos a centros educacionales. Los adultos, categorizados como vagos, son en su mayoría reincidentes y traficantes de drogas; se les somete a juicio por sus infracciones.

26.Con referencia a la pregunta relativa a las mujeres encarceladas que quedan embarazadas, subraya que las cárceles están divididas en dos zonas separadas en que se segrega a los géneros. Por lo tanto, no es posible que se cometan violaciones en las cárceles. Ha habido casos de mujeres que han sido excarceladas provisionalmente, por efecto del comunicado del Presidente, y más tarde han vuelto a la cárcel embarazadas. Empero, no han quedado embarazadas en la cárcel.

27.Pasando a la cuestión de las condiciones en las cárceles, en particular con respecto a la prisión a perpetuidad, dice que el proyecto de ley de Rwanda sobre la ejecución de la sentencia a prisión perpetua ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y será enviado al Parlamento. En Rwanda hay dos tipos de prisión a perpetuidad. En la primera categoría, los reclusos pueden aspirar a la libertad condicional o a un indulto presidencial al cabo de 10 años de buena conducta. En la segunda, el plazo es de 20 años. Además, los reclusos de la primera categoría pueden recibir visitas una vez por semana; los de la segunda, sólo una vez cada dos semanas. Estos reclusos no están sometidos a un régimen de aislamiento sino que, simplemente, tienen sus propias celdas, como los presos en los países occidentales, en tanto que el resto de la población carcelaria duerme en dormitorios comunes, como es normal en muchos países en desarrollo. En general, las condiciones en las cárceles están mejorando constantemente, a la par con el mejoramiento de la situación económica de Rwanda.

28.En lo que se refiere al Tribunal Penal Internacional para Rwanda, el país está cooperando con el Tribunal y lo seguirá haciendo. Eso no significa, empero, que ha de consentir ciegamente a todo lo que pida el Tribunal; tiene que haber alguna medida de diálogo. Ha habido casos en que testigos de Rwanda que han comparecido ante el Tribunal han sido maltratados en el interrogatorio por la parte contraria. Rwanda ha protestado y los problemas se han resuelto. Otra consideración es que el Tribunal debe concluir sus trabajos. En la resolución 1503 (2003) del Consejo de Seguridad se prevén las condiciones para la conclusión, pero el Tribunal no parece dispuesto a acatarla, de manera que Rwanda otra vez ha debido hacerse oír. Hace falta un mecanismo para observar el cumplimiento de la resolución sin que sea necesario plantear el asunto repetidamente ante el Consejo de Seguridad.

29.Con respecto al tema de los métodos diferentes de administración de justicia, cabe decir que la situación en Rwanda no es comparable a la de la ex Yugoslavia. Si bien en Rwanda hubo matanzas por ambas partes, una de las partes intentaba detener el genocidio que estaba perpetrando la otra. En los casos en que se dio muerte a personas para impedir que cometiesen genocidio, este hecho no constituyó una matanza organizada, y toda acusación de crímenes de guerra en esos casos es incorrecta. En cuanto a los casos de crímenes de guerra que se han trasladado del Tribunal Penal Internacional para Rwanda a las cortes rwandesas, el Fiscal convino en que un caso de dos soldados jóvenes que mataron a tiros a sacerdotes y obispos, que se definió como crimen de guerra, podía procesarse en Rwanda. Los dos culpables, que ahora tienen grado de capitán el uno y mayor el otro, confesaron y han sido condenados. El caso demuestra que quienes tomaron partido contra el genocidio están dispuestos a enjuiciar y condenar a sus propias tropas.

30.Pasando a la cuestión de las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones, dice que en el caso de Mulindi, aun cuando se juzgó que las muertes habían resultado de actos de defensa propia y el caso había quedado concluido, se habían adoptado medidas disciplinarias porque las autoridades carcelarias podrían haber resuelto la situación de manera más oportuna, antes de que se hiciese incontrolable. En lo que atañe a las desapariciones, todos los casos se han investigado y se ha enjuiciado a los culpables cuando se les ha encontrado.

31.Con referencia a la preocupación del Sr. Amor respecto de la composición de la Comisión Nacional para la Unidad y la Reconciliación, dice que se hacen representar en ella sectores muy diversos, incluso de la sociedad civil. Por ejemplo, el Vicepresidente de la Comisión es un clérigo, y en Rwanda las iglesias son parte de la sociedad civil. Otro miembro de la Comisión, recientemente fallecido, era sacerdote y director de escuela.

32.En cuanto a la pregunta sobre las limitaciones de la reconciliación, advierte que, no obstante los progresos realizados por la Comisión Nacional para la Unidad y la Reconciliación y las jurisdicciones gacaca, la reconciliación es un proceso dilatado y el logro de la armonía nacional después de lo que sucedió en Rwanda no es tarea fácil. Se han logrado avances, pero todavía queda mucho por hacer antes de que el proceso pueda considerarse concluido. La pobreza es también un factor de la recuperación, por lo que es esencial seguir desplegando esfuerzos para reducir la pobreza. Hay proyectos de microfinanciación en que ahora están trabajando juntos sobrevivientes del genocidio y jóvenes que participaron en la acción genocida.

33.La Sra. Tumukunde (Rwanda) dice que la Comisión Nacional de Derechos Humanos desempeña una función de importancia en todas las fases de la preparación de informes para órganos establecidos por tratados. En las primeras etapas, la Comisión desarrolló actividades de información y promoción respecto de la presentación de informes y organizó programas de instrucción sobre los pactos de derechos humanos. La Comisión tuvo participación decisiva en las gestiones que llevaron a la creación de un grupo interministerial con carácter de mecanismo permanente, y suministra asesoramiento técnico durante la preparación de los informes. Asimismo, sirve de foro para que los interesados aporten contribuciones a los informes, y procura que los diversos ministerios responsables recuerden los plazos previstos para la preparación. La Comisión se ocupa de la traducción de las observaciones finales al idioma local, y de su aplicación. Cuando procede, la Comisión prepara un “informe paralelo”, pero para las sesiones en curso no hubo necesidad de hacerlo.

34.Con respecto a la igualdad entre los géneros, se está procediendo a un examen jurídico del Código Penal y el Código de la Familia, y este tema se tratará en el próximo informe. En todas las instituciones estatales hay coordinadores de cuestiones de género que siguen de cerca la incorporación de la perspectiva de género en la actividad general y la asignación de recursos presupuestarios con atención a las cuestiones de género. Esas materias no son únicamente de la incumbencia del Ministerio de Género y de la Promoción de la Familia. El Ministerio de Finanzas celebró en fecha reciente una reunión con entidades interesadas en la promoción de las cuestiones de género y representantes del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer y otras organizaciones, para tratar la incorporación de la perspectiva de género en la actividad general y la asignación de recursos presupuestarios con atención al género en relación con el presupuesto nacional. Existe también un observatorio del género que se encarga de observar la adhesión a la igualdad entre los géneros en las instituciones y en la formulación del presupuesto.

35.El Sr. Nsengimana (Rwanda) dice que en la jerarquía jurídica de Rwanda los tratados internacionales se sitúan a continuación de la Constitución nacional, y antes de la legislación interna. Si un tratado internacional y la Constitución se contraponen, la cuestión se plantea en el Parlamento y, si es procedente, puede enmendarse la Constitución.

36.Los tribunales militares tienen jurisdicción exclusiva respecto del personal militar. No obstante, si un militar y un civil cometen un delito en colusión, se enjuicia al civil en un tribunal militar, para no descomponer el caso.

37.En Rwanda hay una ley sobre el medio ambiente y un organismo de protección ambiental. El país ha ratificado varios instrumentos internacionales sobre el medio ambiente y participa en programas regionales de cooperación ambiental a través de la Comunidad del África Oriental y la Iniciativa para la cuenca del Nilo. Rwanda ha abolido el uso de bolsas plásticas, y quienes llegan con ellas al país deben dejarlas en el aeropuerto.

38.El Ministerio de Relaciones Exteriores está formulando un proyecto encaminado a promover el respeto por las obligaciones dimanantes de tratados, que comprende programas de formación en derecho internacional que se han de desarrollar en conjunción con la aplicación de tratados. Dichos programas alentarán a los juristas a hacer valer efectivamente los tratados internacionales.

39.En Rwanda se puede obtener un pasaporte o un laissez-passer. Este último documento se usa en casos de emergencia y para viajar a países vecinos. Es menos costoso que el pasaporte y más fácil de obtener. Todo ciudadano de Rwanda tiene derecho a que se le emita un pasaporte.

40.Se organizan regularmente cursillos de formación para magistrados, agentes de policía, fiscales, funcionarios judiciales y otros profesionales del sistema judicial y la represión del delito. Se imparte instrucción en derechos humanos al personal de los servicios militares, así como a los integrantes de fuerzas de mantenimiento de la paz antes de que salgan a sus misiones. Una vez que el Pacto se hubo traducido al idioma kinyarwanda, se organizó la capacitación pertinente.

41.La Sra. Tumukunde (Rwanda) señala que, con arreglo a la Constitución de 2003, la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene por función proteger y promover los derechos humanos y también investigar las violaciones e instruir a la población acerca de materias relativas a los derechos humanos. Rinde informes al Parlamento, administra su propio presupuesto, y es independiente en lo que se refiere a la planificación de sus actividades y la contratación de su personal.

42.Los representantes de la Comisión tienen derecho a visitar las cárceles sin previo aviso si se sospechan violaciones, a pedir cualquier documento o citar a cualquier persona que pueda ser útil en sus trabajos, y a comunicarse con las instituciones pertinentes para resolver problemas amigablemente, si es posible.

43.El Sr. Nsengimana (Rwanda) dice que, en lo que se refiere al reclutamiento de niños soldados, el informe del experto es incompleto y dista de ser imparcial. No se señalan allí los casos, de los que se ha informado al Comité, en que se ha impedido a niños que estaban por alistarse en el Ejército de Rwanda que así lo hagan, ni se mencionan los casos de reclutadores que han sido detenidos y serán enjuiciados. Otros datos importantes se han relegado a los anexos del informe, donde es posible que los lectores no los encuentren.

44.Antes de declarar un estado de excepción, el Presidente consulta al Parlamento. Existen mecanismos a los que el Parlamento puede recurrir si no conviene en la imposición del estado de excepción.

45.El Sr. Rusanganwa (Rwanda) indica que la homosexualidad se tipifica como delito en el Código Penal vigente en Rwanda. Hay un consenso nacional en el sentido de que la homosexualidad debe seguir siendo un delito penal en el nuevo proyecto de código penal que el Parlamento tiene actualmente ante sí, si bien es posible que el Parlamento modifique la situación en el futuro.

46.Las formas no sexuales de violencia, como la violencia en el hogar, el asesinato, etc., se castigan con arreglo a la ley.

47.La Sra. Wedgwood dice que no preguntó por qué razón había personas detenidas en un almacén utilizado como centro de detención. Más bien, observó que si se detenía allí a niños era preciso asegurar que las condiciones fuesen decentes y los procedimientos se aplicasen con eficiencia.

48.Cuando se considera que en 1994 muchos miles de personas se hallaban encarceladas en espera de sus juicios, con los consiguientes riesgos del hacinamiento, se hace comprensible que se haya recurrido a las jurisdicciones gacaca. Sin embargo, si las jurisdicciones gacaca se utilizan en casos en que se imponen penas severas, el procedimiento que se aplica debe ser coherente. Es injusto, por ejemplo, que en un juicio una de las partes tenga abogado y la otra no. Se ha informado sobre un juicio gacaca en que un juez acusado de violación presidió el tribunal que juzgó a la persona que lo había acusado. Eso no está bien. Los problemas muy concretos a que se hacía frente en 1994 no justifican que haya procedimientos irregulares 15 años más tarde.

49.Si bien parece que el problema de la reclusión en régimen de aislamiento se resolverá con la aprobación de una nueva disposición legislativa, este asunto aún no ha quedado perfectamente claro. Sería de utilidad disponer de una respuesta escrita sobre la materia.

50.Aunque se conviene en general que la Radio Mille Collines actuó en apoyo del genocidio durante las matanzas y debió haber sido clausurada en ese momento, la incitación a la matanza no debe igualarse con la disidencia política corriente, y no se deben utilizar los sucesos del pasado como justificación para silenciar la disensión.

51.La oradora solicita que se presente una respuesta escrita acerca de los casos particulares de posibles crímenes de guerra en relación con las cuatro personas a quienes se refirió antes: el Teniente Coronel Augustin Cyiza, ex Vicepresidente del Tribunal Supremo, el ex parlamentario Leonard Hitimana, Damien Musayidizy y Jean-Marie Vianney. Sería provechoso para el propio Gobierno de Rwanda que esos casos se resolviesen con prontitud y transparencia.

52.Se deben tomar en serio las denuncias de supuestas violaciones por parte de efectivos militares. Rwanda debe llevar a efecto una investigación transparente de las denuncias elevadas por el magistrado español con respecto al asesinato de civiles españoles por miembros del Frente Patriótico Rwandés y las del Departamento de Estado de los Estados Unidos en relación con la muerte de civiles en la región noroccidental del país cuatro años después del genocidio. No todas las muertes en tiempos de guerra se pueden justificar como resultado de actos de defensa propia. Asimismo se debe investigar el caso del General Karenzi, en que supuestamente se dio muerte a civiles entre 1994 y 1998.

53.Sir Nigel Rodley pide que se aclaren mejor las razones por las que se impusieron sanciones disciplinarias al personal carcelario en el caso de la revuelta en la cárcel de Mulindi, cuando ya se había decidido que los agentes habían actuado en defensa propia durante la insurrección.

54.La Sra. Majodina observa que es de gran importancia que la Comisión Nacional de Derechos Humanos vele por su independencia política, además de financiera, y no se doblegue si el Gobierno la presiona para que ejerza funciones que son más propias del Poder Ejecutivo o del Parlamento. Por otra parte, desea saber si en las medidas legislativas sobre la reclusión en régimen de aislamiento que se hallan en estudio se mantendrá un criterio desigual, prohibiéndose el confinamiento solitario de presuntos autores de genocidio trasladados del Tribunal Penal Internacional y declarados culpables por los tribunales rwandeses, mientras se permite que la pena se aplique a otros reclusos.

55.El Sr. Amor observa que el Gobierno ha adoptado medidas en contra de algunos periodistas que a su juicio se han excedido de lo que permite la libertad de prensa y se han hecho portavoces del divisionismo y el odio, lo que todo gobierno está facultado para hacer en virtud del párrafo 2 del artículo 20 del Pacto. No obstante, desea advertir al Gobierno que debe tener cuidado de no propasarse, caracterizando como incitación el simple ejercicio de la libertad de expresión. Por otra parte, no comprende por qué se ha de detener a alguien por mendigar, aun cuando la detención sea provisional, y pide que se dé a conocer la definición jurídica de “vagancia”.

56.El Sr. Nsengimana (Rwanda) dice que el almacén en que se ha detenido a menores sospechosos, como se hizo durante los sucesos de 1994, no es una cárcel sino un centro de triaje cercano a Kigali, donde se separa a los menores han de ser reintegrados a sus familias, enviados a programas de reeducación o acusados de vagancia. El Gobierno tiene en construcción un nuevo centro de detención, en el que los menores sospechosos quedarán encarcelados hasta que se concluya el proceso de selección, con lo que su situación será de hecho más desfavorable.

57.El delito de “vagancia” comprende la ratería y el tráfico de drogas. Entre las personas acusadas de ese delito hay gente de la calle y prostitutas que cometen hurtos o venden drogas. Los detenidos que no tienen antecedentes penales quedan en libertad, pero los reincidentes son inculpados y sometidos a juicio.

58.El Sr. Rusanganwa (Rwanda) explica que, puesto que en el Código Penal la vagancia se define como delito habitual, la reincidencia es condición necesaria para declarar culpable al acusado.

59.El Sr. Nsengimana (Rwanda) dice que el Gobierno debió decidir entre mantener encarcelados a los sospechosos durante períodos prolongados hasta que se les pudiese someter a juicio, y recurrir al sistema gacaca, con sus imperfecciones. Cabe notar, sin embargo, que existe una oficina nacional de asesores jurídicos, que estudian los casos problemáticos que el sistema de justicia gacaca no puede resolver y viajan periódicamente al terreno para observar el funcionamiento del sistema.

60.Las personas que han sido detenidas como opositores políticos son precisamente eso, y no periodistas: el Gobierno no ha usado de manera alguna la conducta de la Radio Mille Collines en el pasado como pretexto para hostigar a los periodistas, que, según entiende el orador, no se oponen al Gobierno. Todos los casos de desapariciones que ha citado la Sra. Wedgwood serán investigados y se presentará una respuesta por escrito.

61.El Gobierno de Rwanda ha cooperado con el Tribunal de Arusha, y ha habido varios casos de oficiales militares que han sido juzgados tanto por el Tribunal Internacional como por los tribunales rwandeses. El caso de Karenzi ha sido complejo porque la acusación de supuestos crímenes fue presentada por un juez español y uno francés que invocaron, indebidamente, en opinión de Rwanda, el principio de la jurisdicción universal. Acusaron a Karenzi sólo cuando fue nombrado Comandante Adjunto de la Fuerza en la Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID). Rwanda interpuso una objeción oficial; y en su 11ª cumbre, celebrada en 2008, la Unión Africana, habiendo decidido que el principio de la jurisdicción universal no debía invocarse en el caso de África, entabló conversaciones con la Unión Europea y las Naciones Unidas a fin de hallar una solución adecuada para la aplicación del principio.

62.En el caso sobre el que indagó Sir Nigel, los agentes carcelarios efectivamente actuaron en defensa propia durante el motín de los reclusos, pero el Gobierno impuso sanciones disciplinarias al Director de la cárcel porque la violencia se pudo haber evitado si éste hubiese actuado de manera más responsable durante los sucesos que la precedieron.

63.El orador conviene en que siempre existe el riesgo de que las comisiones de derechos humanos no sean independientes cuando son financiadas o utilizadas por los gobiernos correspondientes. La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Rwanda se esmera en mantener su independencia, y con esa intención, como resguardo adicional, presenta sus informes al Parlamento y no al Poder Ejecutivo.

64.La cuestión de la reclusión en régimen de aislamiento surgió en relación con los presos trasladados a las cárceles de Rwanda por el Tribunal de Arusha, que prohíbe esa pena. El Gobierno ha decidido posteriormente, en las nuevas disposiciones legislativas que se hallan en estudio, que la prohibición del confinamiento solitario se ha de aplicar a todos los reclusos.

65.Por último, dice que a los mendigos no se les detiene nunca por mendigar, sino sólo cuando se dedican a la ratería o al asalto.

66.Los miembros de la delegación de Rwanda se retiran.

El debate abar cado por el acta concluye a las 17.35 horas.