Naciones Unidas

CCPR/C/SR.2661

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

25 de mayo de 2010

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

97º período de sesiones

Acta resumida de la 2661ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 14 de octubre de 2009, a las 15.00 horas

Presidente: Sr. Iwasawa

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del Artículo 40 del Pacto ( continuación)

Segundo informe periódico de Croacia

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La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Dependencia de Edición, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del Artículo 40 del Pacto (tema 7 del programa) (continuación)

Segundo informe periódico de Croacia (CCPR/C/HRV/2; CCPR/C/HRV/Q/2 y Add.1; HRI/CORE/1/Add.32/Rev.1)

1.Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Croacia toman asiento a la Mesa del Comité.

2.El Sr. Turkalj (Croacia), al presentar el segundo informe periódico de Croacia (CCPR/C/HRV/2), dice que, en el decenio transcurrido desde la presentación de su informe inicial al Comité, el país ha experimentado cambios acelerados, debidos en gran parte al proceso de adhesión a la Unión Europea (UE). Las negociaciones de adhesión a la UE se iniciaron en 2005, y todo el procedimiento sirvió para agilizar las reformas que el país estaba intentando introducir, en especial, las relativas a los derechos humanos. El Pacto y las observaciones finales del Comité relativas al informe inicial han demostrado tener un valor incalculable para mejorar la situación de los derechos humanos y han sido objeto de una amplia difusión. El Pacto se ha incorporado a la Constitución y al resto de la legislación nacional. Los jueces y los fiscales han recibido una formación sobre los derechos consagrados en el Pacto, que han sido invocados recientemente de manera directa ante la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Croacia es una democracia estable y celebra elecciones parlamentarias libres. El traspaso de poderes entre los partidos políticos se ha producido sin trabas, lo que ha facilitado el proceso de reforma.

3.El regreso de los refugiados es una de las principales prioridades de su Gobierno, que ha tomado diversas medidas al respecto. El programa de alojamiento para los arrendatarios desplazados deberá estar concluido en 2010. Lejos de discriminar a la comunidad serbia en ese programa, el Gobierno solicitó la asistencia de dos ONG serbias y del ACNUR, a fin de identificar a los serbios que están residiendo actualmente en Serbia y que reúnen las condiciones necesarias para presentar solicitudes. Los planes para garantizar la exportación de los derechos de pensión se encuentran en las últimas etapas. Esas cuestiones son más bien técnicas que políticas y están coordinadas por el Viceprimer Ministro.

4.Se han logrado notables progresos en la vía de la reconciliación entre los ciudadanos croatas. Hay varias minorías representadas en la coalición gubernamental, el Viceprimer Ministro pertenece al Partido Demócrata Serbio y muchos representantes de las minorías están ocupando altos cargos en la administración. La legislación constitucional sobre la protección de las minorías constituye un excelente ejemplo de los derechos de estas últimas. En 2008, el Gobierno estableció un plan de acción, en colaboración con representantes de los grupos minoritarios, a fin de garantizar una aplicación adecuada de todas las disposiciones legislativas. La Oficina de las Minorías Nacionales, el Consejo para las Minorías Nacionales y los ocho miembros parlamentarios procedentes de grupos minoritarios garantizan una defensa eficaz de los intereses de las minorías, así como la solución de sus problemas.

5.Con arreglo a las estadísticas oficiales, la comunidad romaní ronda en Croacia los 9.000 miembros, pero las estimaciones más realistas elevan esa cifra a 30.000. El Gobierno sigue haciendo un gran hincapié en la mejora de la situación de la comunidad romaní, como lo ilustra el hecho de que la propia Primera Ministra presida la comisión para controlar la aplicación del Programa Nacional para los Romaníes. En los últimos años, la asignación presupuestaria destinada a la asistencia a los romaníes experimentó un incremento superior al 600%, con programas centrados en la salud, la educación y la vivienda. Ya se ha publicado el primer diccionario croata-romaní y ahora el Parlamento cuenta con un miembro romaní. Aunque no existe en la actualidad en la Constitución ninguna referencia directa a los romaníes, lo mismo ocurre con todas las minorías nacionales, mencionadas en el texto, excepto seis. El Gobierno reconoce, no obstante, a 22 minorías, incluidos los romaníes, que quedan englobadas en la Constitución a través de la referencia a ”otras “ minorías nacionales. Se ha formulado una propuesta durante el reciente debate sobre las posibles enmiendas constitucionales destinada a incluir los nombres de las 22 minorías; el debate estará concluido a finales de 2009. Gracias a las enmiendas legislativas de 2006, se han incorporado al Código Penal los delitos motivados por el odio. La policía ha recibido instrucciones para recopilar datos sobre los ataques a los miembros de las minorías nacionales, que han resultado ser incidentes aislados cometidos habitualmente por jóvenes.

6.En 2005 se inició el proceso de reforma judicial. Entre 2004 y 2008, el cúmulo de casos atrasados se redujo a la mitad. En 2004 se fundó la Academia Judicial, que se convertirá en una institución independiente, encargada de la formación inicial y permanente de los miembros de la judicatura. En febrero de 2009 se puso en marcha un sistema global de asistencia letrada, para velar por que todos los ciudadanos tengan acceso a la justicia.

7.El Gobierno espera terminar en 2009 el examen de todas las cuestiones restantes relativas a los crímenes de guerra. En colaboración con la comunidad internacional, se han identificado los problemas pendientes en ese sentido y se han buscado soluciones. Varios informes de ONG al Comité giran en torno a los crímenes de guerra, pero no tienen en cuenta los progresos realizados en 2008 y 2009. Una de las cuestiones más importantes abordadas durante ese período ha sido la protección de los testigos, para lo que se han introducido enmiendas en el Código Penal y en el Código de Procedimiento Penal. Con objeto de alentar a los testigos a testificar, se ha intensificado el uso de conexiones por vídeo, a fin de que los que viven en el extranjero no tengan que volver a Croacia para comparecer ante los tribunales. El Gobierno reconoció que, a comienzos del decenio de 1990, la defensa en algunos casos de crímenes de guerra no fue adecuada. Por ello, ha tomado medidas para capacitar a los fiscales y garantizar que apliquen normas imparciales y ha revisado todas las sentencias pronunciadas in absentia. Se han identificado 17 casos, que serán objeto de un nuevo juicio, que ya se ha puesto en marcha. Las personas implicadas en juicios que estén viviendo en el extranjero no tendrán que comparecer ante los tribunales. El Gobierno está cooperando plenamente con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, acatando todas las peticiones relacionadas con los sospechosos y la documentación pendiente.

8.En julio de 2008 se adoptaron medidas legislativas globales para luchar contra la discriminación. También se han aprobado planes nacionales relativos a los derechos humanos, la no discriminación y la igualdad de género. Muchas mujeres ocupan cargos políticos destacados, incluida la actual Primera Ministra y también altos cargos en la judicatura.

9.El Sr. O’Flaherty alaba los avances logrados en el panorama de los derechos humanos en el Estado parte durante estos últimos años y acoge con agrado la valiosa aportación de la sociedad civil a la labor del Comité. A título excepcional, desea conocer las opiniones preliminares de la delegación sobre las conclusiones del Comité en el caso de Vojnović c. Croacia, examinado hace poco menos de seis meses, de conformidad con el Protocolo Facultativo del Pacto. El Comité consideró que se había producido una violación del artículo 2 junto con el artículo 17 del Pacto

10.Solicita detalles de los casos judiciales en los que se haya invocado el Pacto. Aunque el Estado parte facilita una formación a los abogados y jueces, ésta se basa en las normas europeas, que difieren de las del Pacto, y pregunta si se ha previsto una capacitación específica relativa al Pacto. En referencia a las enmiendas a la Constitución, pregunta si su artículo 15 no afecta al principio de no discriminación universal consagrado en el artículo 14 y si el artículo 44 de la Constitución es compatible con el Pacto, en la medida en que parece restringir el acceso de los ciudadanos croatas a los servicios públicos.

11.A pesar de que reconoce los esfuerzos del Estado parte para mejorar las condiciones de vida de los romaníes, pide confirmación de que, aunque no se modifique específicamente la Constitución para incluir a los romaníes como grupo minoritario, la lista de los grupos reconocidos no será exhaustiva. Pregunta hasta qué punto los grupos vulnerables como los romaníes participan en iniciativas destinadas a mejorar su situación, así como sobre la presencia de los romaníes en el Parlamento y en los niveles más altos de la función pública y sobre las medidas positivas que se están tomando en ese sentido. ¿Qué se ha conseguido en la práctica para garantizar que se ofrezca a los niños romaníes una enseñanza en pie de igualdad con otros grupos?

12.Expresa su preocupación por el hecho de que las disposiciones de la Constitución sobre la proclamación del estado de excepción no sean compatibles con las del Pacto y quiere saber cuál es la interpretación del Estado parte acerca de la relación entre los artículos 16 y 17 de la Constitución. De manera similar, justificar la ausencia de ciertas disposiciones de la Constitución, so pretexto de que están incluidas en las disposiciones penales de desarrollo, no resulta convincente desde el punto de vista del derecho constitucional.

13.Unas horas antes, ha recibido pruebas fotográficas que revelan que está muy generalizada la práctica de mantener a los niños en camas de barrotes o de enrejado en los centros de salud mental, lo que según ha considerado el Comité en repetidas ocasiones, constituye un trato cruel, inhumano o degradante. ¿Qué hará el Estado Parte para poner fin a esa violación del Pacto? Tras señalar a la atención los informes sobre personas encerradas o sometidas a tratamientos médicos forzosos para “curarlas” de su homosexualidad, a pesar de haber sido ésta despenalizada, pregunta si el Gobierno tiene conocimiento de alguno de estos casos y, de ser así, qué medidas está tomando.

14.La Sra. Keller pregunta si la nueva Ley de lucha contra la discriminación incluye protección contra la discriminación y vías de recurso en el sector privado, y pregunta por el número, naturaleza y resultados de todas las denuncias presentadas de conformidad con esa legislación. Pide detalles sobre las acciones judiciales iniciadas con arreglo al Código Penal por actos de discriminación y una explicación de por qué los incidentes motivados aparentemente por la discriminación antiserbia han sido tratados como delitos menos graves, en vez de aplicárseles las disposiciones específicas del Código Penal. ¿Qué medidas se están tomando para garantizar que la policía y las autoridades locales respondan con prontitud y adecuadamente a los incidentes con connotaciones de tipo étnico? Pregunta si el Código de Trabajo brinda recursos a las víctimas de discriminación laboral y si la legislación en vigor sigue otorgando prioridad a los que han servido en las fuerzas armadas croatas durante la guerra para conseguir un empleo en la función pública y en empresas de propiedad exclusiva o predominantemente estatal. Pide también más detalles sobre el Programa Nacional de Lucha contra la Discriminación, mencionado en el párrafo 14 de las respuestas por escrito del Estado Parte.

15.En cuanto a la discriminación contra los miembros de la minoría serbia, en especial por lo que hace a los derechos de arrendamiento, pregunta qué actividades se prevén en el Plan de Acción para la aplicación acelerada del plan de viviendas para refugiados dentro y fuera de las zonas de especial interés para el Estado. Pregunta también si el plan de acción agilizará el proceso de adopción de decisiones en primera instancia sobre las solicitudes de reconstrucción por los daños posbélicos a la propiedad, así como el procedimiento de apelación cuando las decisiones en primera instancia relativas a las solicitudes de reconstrucción sean negativas y si agilizará también las decisiones respecto de las solicitudes de los anteriores arrendatarios en relación con las viviendas en zonas de especial interés para el Estado y si darán lugar a enmiendas en la lista de prioridades que rige el suministro de viviendas en esos sectores, a fin de que se apliquen a los anteriores arrendatarios las mismas condiciones que a otros grupos. ¿Qué se está haciendo para devolver a los serbios de Croacia que se vieron obligados a huir durante la guerra los derechos de arrendamiento perdidos?

16.Pide ejemplos de cómo están aplicando los tribunales del Estado Parte la definición de delitos de odio recogida en el Código Penal. En cuanto a la Ley de amnistía mencionada en la respuesta escrita a la cuestión 11, solicita que se le aclaren sus disposiciones y su alcance, junto con los datos estadísticos relativos al número de amnistías concedidas. También solicita una explicación del criterio utilizado para incoar un proceso penal contra un sospechoso de haber cometido crímenes de guerra, descrito en el párrafo 96 de las respuestas escritas y pregunta si no será demasiado estricto para aplicarlo en una fase temprana de las actuaciones.

17.La Sra. Majodina pide más información sobre los resultados de las medidas especiales para promover la igualdad de género y la situación de la mujer en el sector privado, a la luz de los informes de las ONG de que las mujeres y, en especial, las que están en edad reproductiva, a menudo han de hacer frente a discriminaciones a la hora de buscar un empleo, y de que abundan los estereotipos que representan a las mujeres como vehículos de reproducción, en particular en el sistema educativo. Además de adoptar medidas legislativas para acabar con la discriminación, ¿qué está haciendo el Gobierno para luchar contra la discriminación y los estereotipos en la práctica? Señala también a la atención los informes de algunas ONG de que el sistema de justicia penal no protege a las mujeres de la violencia, porque las víctimas no suelen denunciar los incidentes, ya que no confían en la eficacia del sistema. La oradora sugiere que no se está impartiendo una formación suficiente sobre la necesidad de asegurar la igualdad entre los sexos a los oficiales de policía encargados de reprimir esos delitos, que en su mayoría son hombres.

18.La Sra. Wedgwood, tras mencionar que en el pasado trabajó junto con los ciudadanos del Estado parte y participó en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, dice que está convencida, por su propia experiencia, de que la reticencia por parte de los Gobiernos a dar a conocer la información, puede redundar en detrimento suyo, mientras que un planteamiento de cooperación y apertura podría ser beneficioso para todos los interesados.

19.Pregunta si Croacia cuenta con un procedimiento de depuración, que permita, por ejemplo, apartar de sus puestos a los funcionarios nacionales y locales sospechosos de haber participado en actividades bélicas deshonrosas. Los miembros de las minorías se mostrarán reacios a volver a sus hogares si descubren, por ejemplo, que un jefe de la policía que participó en operaciones de limpieza étnica en la época en que ellos huyeron sigue ocupando un alto cargo en su ciudad o población, a su regreso.

20.Recomienda al Estado parte que adopte la decisión de suspender en general las medidas de prescripción, como las aplicables a los crímenes de guerra, homicidios y delitos graves cometidos durante la guerra. Esa suspensión sería una decisión prudente, con miras a tener más tiempo para determinar si pueden perseguirse los crímenes de guerra y si deben clasificarse efectivamente como tales. Señala a la atención una serie de asesinatos que supuestamente tuvieron lugar en Sisak y de los que sólo un caso dio lugar a un juicio. Una iniciativa del Estado parte ahora podría evitar la necesidad de que una comisión internacional de revisión histórica aborde la cuestión en el futuro.

21.La oradora toma nota de la información que figura en el párrafo 99 de las respuestas escritas, de que, de los 630 condenados por crímenes de guerra en el Estado Parte, 465 lo fueron in absentia. Tiene entendido que la naturaleza reiterada de esas condenas in absentia refleja su carácter provisional y que si el condenado retorna a su país, el caso se reabriría automáticamente. Pregunta, por consiguiente, por qué es preciso reiniciar esos procesos a fin de anular las condenas, como se indica en el párrafo 100 de las respuestas escritas, si el condenado no ha regresado al país. Hacerlo equivaldría a transmitir un mensaje disuasorio a las posibles minorías que desean retornar.

22.En relación con el párrafo 101 de las respuestas, no acierta a comprender por qué no existen estadísticas concretas sobre cuántos juicios por crímenes de guerra se celebran ante las salas especiales que entienden de crímenes de guerra. Solicita que se faciliten esas estadísticas a la mayor brevedad.

23.Por lo que hace a la discrepancia de opiniones mencionada en el párrafo 107 de las respuestas, entre los expertos militares del Estado parte y la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional de la ex Yugoslavia en relación con el caso de Ante Gotovina, pregunta si el Estado parte se ha planteado la posibilidad de contratar a expertos internacionales, que podrían trabajar al amparo del privilegio abogado-cliente, a fin de tomar parte en la búsqueda de documentos. A su modo de ver, con esa medida se elevaría notablemente el nivel de confianza en las conclusiones de esas búsquedas.

24.Tras poner de relieve la importancia de los símbolos en la región del Estado parte, en donde la situación está aún muy cargada, señala a la atención de la delegación las posibles consecuencias de las visitas de conocidos oficiales a los presos croatas que están siendo juzgados por crímenes de guerra en La Haya.

25.Habida cuenta de los problemas relacionados con la intimidación de los testigos, que se dan en muchas actuaciones penales contra ciudadanos croatas por crímenes de guerra, pregunta qué medidas se han tomado para proteger a los primeros y si se ha previsto la opción de reubicarlos fuera del país. En cuanto a los sucesos de Medak Pocket, que desembocaron en el procesamiento de dos generales croatas por los cargos de tortura, asesinato y ataques indiscriminados de la artillería, pregunta por qué fue absuelto uno de ellos, Rahim Ademi, y el otro, Mirko Norac, recibió una condena de sólo siete años. En lo que respecta a la causa incoada contra Branimir Glavaš por crímenes de guerra, tiene entendido que se ha revelado la identidad de los testigos protegidos, lo que ha dado lugar a situaciones de intimidación y de peligro; quiere saber cómo ha podido ocurrir y qué se está haciendo para evitar que se repita en el futuro. Al margen de sus consecuencias para los casos de crímenes de guerra, la intimidación de los testigos es intrínsecamente un delito grave. En ese sentido, señala a la atención las amenazas de muerte proferidas contra un periodista que estaba siguiendo el caso Glavaš.

26.Ha creído entender que aproximadamente la mitad de los regresos de refugiados serbios al Estado Parte ha sido sólo pro forma: tras una visita a los hogares de los que huyeron en Croacia, han vuelto a Serbia o a la República Srpska. Pregunta qué programas ha emprendido el Estado Parte a fin de proteger a los que retornan a su hogar y sugiere que esos programas comprendan el despliegue de la policía federal para garantizar la seguridad de los serbios que retornan a las ciudades de Krajina, en donde se concentra la mayoría de ellos. Le preocupan también las dificultades con que tropiezan las personas que han regresado y que tratan de hacer valer sus contratos de arrendamiento y su derecho a las tierras agrícolas.

27.El Sr. Thelin dice que su propia experiencia de la región se remonta a 1997 y que ha trabajado como juez en algunos tribunales para crímenes de guerra. Se congratula de los grandes progresos realizados por el Estado parte durante los diez años anteriores y reconoce la difícil tarea que afronta para restañar las heridas de guerra. Acoge también con satisfacción los esfuerzos que lleva a cabo para adherirse a la UE, ya que el proceso de adhesión es una forma de presionar al Gobierno para que garantice que las cuestiones de derechos humanos se aborden con honradez y energía.

28.En referencia a la cuestión 12 de la lista de cuestiones, expresa su preocupación por los informes de que los juicios por los delitos cometidos contra los serbocroatas concluyen con un porcentaje infinitamente menor de condenas que los correspondientes a los delitos cometidos contra los croatas. Pide al Estado Parte más pruebas de que está atendiendo las preocupaciones generadas por ese problema y subraya que el mismo delito debe recibir siempre la misma condena.

29.Toma nota de que, según el párrafo 97 de las respuestas escritas, entre las personas procesadas por crímenes de guerra en el Estado parte, se dictaron fallos condenatorios contra 630 y en el caso de otras 550 se suspendieron las actuaciones judiciales o se dictó la absolución. Solicita un mayor desglose de esas estadísticas para averiguar cuántos casos de la última categoría obedecen a absoluciones y cuántos fueron desestimados por razones técnicas o de otra índole. Solicita también un mayor desglose estadístico de los casos de absolución y de desestimación, con una indicación de en cuántos casos los acusados eran croatas y en cuántos serbocroatas. Acogería con agrado un estudio exhaustivo, llevado a cabo por un órgano independiente, de todas las condenas por crímenes de guerra, a fin de poder determinar si se ha producido algún sesgo.

30.Habida cuenta del reducido número de causas interpuestas en los últimos años ante las salas especiales que entienden de crímenes de guerra, agradecería que se le confirmara que la Fiscalía carece de vínculos políticos y está en condiciones de tomar decisiones sin estar sometida a influencias políticas.

31.El orador señala que el caso Glavaš se cerró en mayo de 2009 con una condena en las salas especiales que entienden de crímenes de guerra, pero la sentencia no pudo ejecutarse porque el Sr. Glavaš había abandonado el país. Pregunta qué medidas está tomando el Gobierno para devolver al Sr. Glavaš a Croacia a fin de que cumpla su condena.

32.El Sr. Pérez Sánchez-Cerro toma nota de los esfuerzos del Estado parte para cumplir las normas de derechos humanos de la UE y del hecho de que ha firmado los tratados más importantes de derechos humanos. Alienta al Gobierno a ratificar también la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

33.Tiene entendido que, aunque la Constitución actual no reconoce específicamente a las minorías, se ha emprendido una reforma y la situación va a cambiar. Sugiere que, como parte de ese mismo proceso, se reforme también el Código Penal, a fin de incorporar medidas contra el racismo, la discriminación y la intolerancia y que no se escatimen esfuerzos para sensibilizar a la judicatura, a la policía y al público en general sobre la importancia de abordar esos problemas.

34.Felicita al Estado parte por la mencionada reducción a la mitad del volumen de casos judiciales pendientes, que ha generado problemas considerables a la administración de justicia. Cree que ese cúmulo de casos puede estar relacionado con la carencia de una formación específica de los jueces en materia de defensa de los derechos humanos, racismo e intolerancia. Recomienda organizar programas especiales de capacitación en ese sentido, al margen de la Academia Judicial, para todos los que trabajan en el sistema judicial. Se congratula de las numerosas revisiones en marcha de las condenas dictadas in absentia, que infringen el derecho a la defensa.

35.Expresa su grave preocupación por la forma en que algunos niños han sido tratados en centros de detención para enfermos mentales en Croacia. Hace un llamamiento al Gobierno para que siga el ejemplo de otros países, como la República Checa, que han abandonado esas prácticas.

Se suspende la sesión a las 17.00 horas y se reanuda a las 17.20 horas.

36.El Sr. Turkali (Croacia) dice que los refugiados están volviendo efectivamente a su país y expresa la opinión de que no es preciso recurrir a unidades especiales de la policía federal para garantizar su seguridad, ya que Croacia es, sin lugar a dudas, un estado de derecho. Son pocos los delitos cometidos contra los refugiados que regresan al país y la policía ha actuado con prontitud en cada uno de los casos. Ha aumentado el nivel de representación de los serbocroatas en las fuerzas de policía; en Vukobar y Eslavonia oriental, por ejemplo, es incluso más elevado que el porcentaje de serbios en la población general.

37.La Sra. Radic (Croacia), en respuesta a la pregunta acerca de la comunicación individual presentada al Comité por el Sr. Vojnović, titular de derechos de arrendamiento en Croacia, dice que el denunciante no ha agotado los recursos internos. Tras recibir su solicitud de una vivienda en Croacia, las autoridades reconocieron su derecho a una vivienda en enero de 2009 y le facilitaron un apartamento en Zagreb. El Comité recibirá próximamente la respuesta oficial de su Gobierno al dictamen del Comité.

38.El Gobierno está otorgando la máxima prioridad a las cuestiones relativas al retorno de los refugiados. Los esfuerzos desplegados hasta la fecha han sido reconocidos por numerosas organizaciones internacionales y, entre ellas, en fechas recientes, por la Comisión Europea. El último grupo de refugiados, cuyo regreso no ha sido organizado aún, es el de los titulares de derechos de arrendamiento en la ex Yugoslavia. A fin de favorecer su vuelta, el Gobierno ha establecido un Plan de viviendas para los ex titulares de contratos de arrendamiento dentro y fuera de las zonas de especial interés para el Estado. Ha promulgado también leyes y aprobado las normas y reglamentos oportunos, así como el Plan de acción para la aplicación acelerada del Plan de viviendas dentro y fuera de las zonas de especial interés para el Estado, destinadas a los refugiados ex titulares de contratos de arrendamiento. A finales de 2008 se habían tomado medidas positivas en 5.000 casos relativos a ex titulares de contratos de arrendamiento. Los casos presentados después de esa fecha se incluirán en el programa de viviendas para 2010. Hasta la fecha se ha proporcionado un apartamento en Croacia a alrededor del 63% de los 5.000 titulares de derechos. Se han cumplido las metas previstas para 2007 y 2008, pero no ha ocurrido lo mismo con las 1.200 familias incluidas en el plan para 2009, debido a la recesión económica. Se están reconstruyendo en la actualidad unos 2.000 apartamentos. El programa de viviendas, que se puso en marcha antes de 2007, ha facilitado un techo a 6.500 familias hasta la fecha. A finales de 2010, se ha previsto tener alojadas a 8.300 familias.

39.Se han presentado un total de 8.300 solicitudes de reconstrucción, pero de reconstrucción propiamente dicha sólo son 5.000. Las otras se tramitarán bajo otro epígrafe. En septiembre de 2008, el número de abogados que trabajaban en estos casos pasó de 5 a 15 y el número de casos se ha reducido en 3.500 desde entonces. Se espera que, en un futuro próximo, se podrán resolver los casos pendientes y dar cima al programa de reconstrucción. Hasta la fecha se han reconstruido 146.000 casas. Algunas eran propiedad de croatas y otras de miembros de la minoría serbia. Una organización de apoyo a los contratos de arrendamiento presentó una denuncia contra Croacia ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Croacia recusó las alegaciones y puso de relieve que ningún abogado de la ex República Socialista de Croacia consideró los derechos de arrendamiento como derechos de propiedad. Con arreglo al derecho clásico, se clasificaban como arriendos. Las autoridades están facilitando actualmente a los que regresan a Croacia algo parecido a un arriendo, por el que abonan una cantidad simbólica, equivalente a un tercio de euro aproximadamente. Gozan, así, de condiciones similares a las que reinaban en 1991. Lo mismo cabe decir de las personas cuyos bienes se nacionalizaron bajo el régimen comunista.

40.La cuestión de la indemnización por la pérdida de los derechos de arrendamiento se plantea también en el caso de los refugiados que no desean regresar a Croacia. Se han entablado recientemente conversaciones con Serbia al respecto y se ha previsto celebrar una reunión técnica para determinar cuál es el número exacto de refugiados. Serbia ha estado mencionando durante varios años una cifra comprendida entre 70.000 y 80.000 personas, pero el ACNUR ha informado recientemente de que hay unas 25.000 personas registradas simultáneamente como refugiados en Serbia y como retornados en Croacia.

41.El Sr. Turkali (Croacia) señala que el Pacto se enseña en el plan de estudios ordinario de todas las facultades de derecho en Croacia. El programa de formación para los funcionarios civiles incluye también una sección sobre tratados internacionales. Las observaciones finales del Comité se publicarán en el sitio web del Ministerio de Justicia y se integrarán en el plan de estudios de 2010 de la Academia Judicial.

42.La Sra. Demser (Croacia) indica que ha encontrado hasta la fecha tres procedimientos judiciales en los que se ha invocado el Pacto u otros tratados internacionales. El primero es un fallo de la Corte Suprema en el que se desestimó un recurso de apelación basándose en que el artículo 17 del Pacto prohíbe toda injerencia arbitraria o ilegal en la vida privada, la familia y la correspondencia de una persona, así como los ataques ilegales a su honra y reputación. La Corte declaró que los tratados internacionales formaban parte del ordenamiento jurídico y tenían primacía sobre la legislación interna.

43.Los otros dos fallos de la Corte Suprema en que se invocaron los tratados internacionales se remontan a 1999. En un caso, la Corte admitió una apelación de la Fiscalía contra una sentencia de un tribunal de distrito, que anulaba el juicio en primera instancia y lo devolvía al tribunal pertinente para que volviera a celebrar el juicio. La Corte declaró en su razonamiento que la interpretación de los hechos por el tribunal de primera instancia fue errónea y que se había cometido efectivamente un crimen de guerra contra la población civil, citando en concreto un artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que prohíbe la privación ilegal de libertad. En el segundo juicio se admitió un recurso de inconstitucionalidad basándose en que se habían violado los artículos 2, 14, 18, 19 y 26 del Pacto.

44.El Sr. Turkali (Croacia), en respuesta a la pregunta sobre si la concesión de derechos especiales a las minorías podría entrañar una discriminación respecto de otros miembros de la población, dice que Croacia ha adoptado la postura política de que deben tomarse medidas afirmativas para apoyar a las minorías.

45.En lo tocante a la participación de la minoría nacional romaní en la adopción de decisiones políticas, la Comisión para los romaníes está integrada por representantes de los ministerios pertinentes y de la comunidad romaní y presidida por la Primera Ministra. La Comisión debatió todas las cuestiones que interesan a la comunidad, incluida la atención de salud, el desarrollo de los asentamientos romaníes y la enseñanza. La Comisión visita los asentamientos cada trimestre. La comunidad romaní dispone así de una vía de acceso directo para exponer sus problemas y buscar soluciones.

46.Otras instituciones relevantes son la Oficina de las Minorías Nacionales, que es un órgano del Gobierno y el Consejo para las Minorías Nacionales, cuyos miembros son elegidos por los miembros de las minorías nacionales. En las últimas elecciones se eligió a un miembro de la comunidad romaní para el Parlamento croata.

47.La Sra. Siklić-Odak (Croacia) dice que los miembros de la comunidad romaní y de otras minorías nacionales disfrutan de un derecho garantizado por la Constitución a estar representados en los organismos públicos. Les asiste también el derecho a tener representantes en los órganos municipales en las ciudades en que constituyen un 15% al menos de la población y en los órganos locales en los distritos en que constituyen el 5% de la población. El Gobierno mantiene registros exhaustivos del empleo en el sector público de los miembros de las minorías nacionales y ha aprobado un plan anual de empleo. Representan el 4,13% del total de los empleados. Aunque las cifras están aumentando, el incremento en el desempleo general ha repercutido negativamente en esas tendencias recientes. Además, según las cifras correspondientes a 2008, no se presentaron candidatos suficientes para cubrir los puestos necesarios. La consecuencia ha sido que hay muy pocos miembros de la comunidad romaní empleados en la función pública y en los órganos de la administración a nivel local y regional. A fin de alentar a los candidatos de las minorías a optar a los puestos, en el sitio web del Ministerio de la Administración se incluye periódicamente información y se recuerda a los futuros candidatos el derecho de los miembros de las minorías nacionales a ingresar en la función pública, a condición, naturalmente, de que reúnan las condiciones necesarias para desempeñar el puesto de que se trate.

48.La Sra. Jakir (Croacia) declara que las medidas de apoyo a la enseñanza de los miembros de la minoría nacional romaní forman parte de la política global de integración social del Gobierno. Esa política cubre todo el espectro educativo desde el nivel preescolar hasta la universidad. Aunque el nivel preescolar no es obligatorio, el Estado asigna fondos presupuestarios a las comunidades locales para ofrecer una enseñanza preescolar a los niños romaníes a fin de garantizar su plena integración. Se ha triplicado el número de niños romaníes matriculados en la enseñanza primaria, que se eleva a 3.940. Tienen derecho a obtener becas para la enseñanza secundaria y universitaria. Una de las máximas prioridades estriba en reducir la tasa de abandono escolar, mediante la intervención activa en las familias y comunidades.

49.El Sr. Socanač (Croacia), en referencia a las observaciones finales del Comité sobre el informe anterior de Croacia, en las que se afirmaba que el artículo 17 de la Constitución, relativo a los estados de excepción, no es totalmente compatible con los requisitos del artículo 4 del Pacto, porque las bases constitucionales para justificar una suspensión son más amplias que la circunstancia de poner “en peligro la vida de la nación”, recogida en dicho artículo 4, dice que en el artículo 17 de la Constitución se dispone que determinadas libertades y derechos pueden ser restringidos en tres casos: estado de guerra, amenaza inminente contra la independencia y la unidad del Estado y desastres naturales graves. En el párrafo 2 del artículo 16 de la Constitución se prevé que toda restricción de las libertades o los derechos será proporcional a la índole de la necesidad en cada caso específico.

50.En cuanto a la preocupación del Comité por el hecho de que, entre los derechos no susceptibles de suspensión no figuren, al parecer los derechos plasmados en los párrafos 1 y 2 del artículo 8 y los artículos 11 y 16 del Pacto, subraya que cualquier violación de esos derechos será tratada como un delito penal y seguirá siendo punible incluso en un estado de excepción. No cabe invocar las disposiciones de Croacia para respaldar una suspensión de las normas constitucionales. El párrafo 2 del artículo 100 de la Constitución autoriza al Presidente, a propuesta del Primer Ministro, a dictar decretos con fuerza de ley, pero en el párrafo 3 de ese mismo artículo se estipula que todos los decretos aprobados que tengan fuerza de ley deben ser ratificados a la mayor brevedad por el Parlamento de Croacia. El grupo de trabajo establecido para examinar las reformas institucionales estudiará la relación entre los artículos 16 y 17 de la Constitución.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.