Naciones Unidas

CCPR/C/SR.2901

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

16 de noviembre de 2012

Español

Original: francés

Comité de Derechos Humanos

105º período de sesiones

Acta resumida de la 2901ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 13 de julio de 2012, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Majodina

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto

Informe inicial de Maldivas (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto (continuación)

Informe inicial de Maldivas (CCPR/C/MDV/1; CCPR/C/MDV/Q/1; CCPR/C/MDV/Q/1/Add.1; HRI/CORE/MDV/2010) (continuación)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Maldivas vuelve a tomar asiento a la Mesa del Comité.

2.La Presidenta invita a la delegación a seguir respondiendo a las preguntas formuladas por los miembros del Comité en la sesión anterior.

3.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice que no existe contradicción alguna entre los derechos y libertades consagrados por la Constitución de 2008 y los derechos humanos universalmente reconocidos. La cuestión de la compatibilidad entre los preceptos del islam y la concepción universal de los derechos humanos forma parte de un antiguo debate; sin embargo, los especialistas del islam y del derecho musulmán generalmente coinciden en que los aspectos y las características de lo que se define hoy en día como los derechos humanos universales se encuentran también en los preceptos islámicos. La carta de derechos de la Constitución de Maldivas, que fue redactada con el asesoramiento de expertos musulmanes y no musulmanes de diversos países, es de gran alcance y garantiza, por ejemplo, la libertad de reunión, la libertad de opinión, la libertad de expresión, el derecho a no ser sometido a torturas o tratos crueles, el derecho a no ser detenido o encarcelado arbitrariamente y el derecho a un juicio sin dilaciones. Además, el artículo 16 de la Constitución, que dispone que los derechos consagrados por esta deben ser interpretados de una manera que no contradiga los preceptos de la ley islámica, dispone asimismo que la interpretación de estos derechos debe ser amplia y tomar en cuenta las características de una sociedad moderna y democrática. El requisito estipulado en la Constitución de ser musulmán para ser ciudadano de Maldivas refleja la realidad de la sociedad maldiva, que es una sociedad homogénea en la que todos los maldivos hablan el mismo idioma, pertenecen a la misma raza y profesan la misma religión. Por tanto, no se percibe como un obstáculo para el ejercicio de los derechos humanos, ni suscita debates sobre su derogación.

4.La razón que impide la acreditación de la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas como institución nacional de derechos humanos en consonancia con los Principios de París reside en la disposición de la ley relativa a la Comisión que prevé que solamente las personas de confesión musulmana pueden ser miembros de esta. La derogación de esta disposición no eliminaría el obstáculo ya que, en virtud de la Constitución, que es la norma suprema, todo ciudadano maldivo debe ser musulmán.

5.La prescripción no existe en materia civil o penal, con lo cual toda persona víctima de una violación o sus derechohabientes pueden iniciar una acción judicial para obtener reparación en cualquier momento, independientemente de la fecha en que se cometió el hecho. La ausencia de restricción temporal para el ejercicio del derecho a obtener reparación es muy importante en vista de los numerosos episodios de violencia vividos en el país, cuyas secuelas aún se sienten hoy en día. Ha habido casos de reparación, tanto en lo civil como en lo penal, relacionados con hechos de 30 o incluso 50 años atrás. Si el Estado debiera indemnizar de oficio a las víctimas de sucesos ocurridos durante un período de tiempo determinado, sería injusto para las otras víctimas que no pudieran recibir esta indemnización. Otro obstáculo a la viabilidad de este tipo de iniciativa es la precaria situación financiera del Estado: la concesión de indemnizaciones masivas podría afectar seriamente esta situación, en detrimento del conjunto de la sociedad. Además, no se debe olvidar que, para que exista reparación, se debe establecer previamente un perjuicio basado en más que simples alegaciones. Por tanto, el Gobierno opina que la vía judicial es la única vía posible en materia de reparación.

6.La moratoria de la ejecución de la pena capital sigue vigente. No obstante, a causa del apreciable aumento de la delincuencia dentro del país y de las graves preocupaciones que esto suscita, esta cuestión ha resurgido en el debate público. No es objeto de un debate oficial en el Gobierno, pero la clase política, los juristas y otros sectores de la sociedad tratan de encontrar la forma de reducir la delincuencia en el país. Actualmente se está estudiando un proyecto de nuevo código penal elaborado con la colaboración de Paul H. Robinson, profesor de derecho de la Universidad de Pensilvania. El texto, que está basado en las categorías de infracciones definidas en el derecho penal islámico moderno, así como en otros textos legislativos y jurisprudenciales del país, se presentará al Parlamento para su adopción dentro de unos meses.

7.Se han realizado progresos en lo que concierne a la igualdad entre hombres y mujeres en materia de sucesión. La Ley sobre la propiedad de la tierra prohíbe expresamente toda discriminación entre hombres y mujeres en la división de tierras entre herederos. En la práctica, los casos de discriminación son muy raros, y la división de tierras generalmente se lleva a cabo en condiciones de igualdad para ambos sexos.

8.La Sra. Maumoon (Maldivas) dice que es cierto que todavía queda mucho por hacer para instaurar la igualdad entre los hombres y las mujeres, pero se han hecho avances. Tres mujeres ocupan cargos en el Gobierno y, si bien aún son pocas en el Parlamento —apenas un 5% de parlamentarias en 2008—, las mujeres han ganado terreno en las elecciones locales, y los partidos políticos tomaron medidas para favorecer su participación en la vida política. El Ministerio de Igualdad de Género, que había sido suprimido bajo el Presidente Nasheed, ha sido restablecido. Además, se realizan campañas de sensibilización para hacer evolucionar los estereotipos culturales que obstaculizan la igualdad. Estos últimos años se promulgaron muchas leyes, entre otras, la Ley de administración pública, la Ley del empleo y la Ley de pensiones, que contienen disposiciones destinadas a luchar contra toda forma de discriminación, sobre todo la discriminación de la mujer. Para fomentar la participación de la mujer en la actividad económica, el Gobierno adoptó medidas especiales temporales en virtud de las cuales un 40% de los préstamos financiados por el Estado para pequeñas y medianas empresas se conceden a mujeres que desean crear su propia empresa. Cuatro grupos de mujeres recibieron financiación para iniciar sus negocios.

9.La Ley sobre la violencia doméstica define una estrategia global que destaca la prevención, la función de la policía y la justicia, la asistencia a las víctimas, la sanción de los autores y su seguimiento con vistas a su readaptación. También se prevé la adopción de medidas de sensibilización y formación, así como la construcción de centros de acogida para mujeres víctimas de violencia.

10.La Ley de los derechos del niño prohíbe expresamente el castigo corporal de los menores de 18 años. Esta práctica no está generalizada en Maldivas, pero aun así el Gobierno está determinado a erradicarla y sigue atentamente las investigaciones de la Comisión de Derechos Humanos del país en ese ámbito.

11.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice que, actualmente, una comisión independiente está llevando a cabo una investigación para determinar si se han cometido infracciones en el contexto del traspaso del poder en febrero de 2012. Si se comprueba la existencia de violaciones, la comisión informará al Fiscal General; si este considera que los elementos que se le han presentado lo justifican, podrá ordenar la apertura de una investigación penal. La Comisión de Derechos Humanos está facultada para realizar investigaciones, así como para tomar declaración a testigos y ser escuchada en los procedimientos judiciales. Recientemente, el Fiscal General encargó a la Comisión la apertura de una investigación sobre el secuestro del Presidente del Tribunal Penal en el que estaba implicado el ex Presidente Nasheed, porque consideraba que la imparcialidad de la investigación se vería comprometida si se la confiaba a la policía. La Comisión de Integridad de la Policía es competente para investigar las infracciones cometidas por los miembros de las fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones. Es totalmente independiente del poder ejecutivo, ya que fue creada en virtud de una ley y el nombramiento, la destitución y la sanción de sus miembros son competencia exclusiva del Parlamento. El Ministerio del Interior no interviene de ningún modo en su funcionamiento. Sin embargo, la Comisión debe transmitirle sus conclusiones y recomendaciones a fin de que tome las medidas correctivas pertinentes. Si la Comisión decide que las infracciones cometidas justifican la apertura de una investigación penal, puede informar directamente al Fiscal General, sin necesidad de una autorización previa del Ministro del Interior; esto ha sucedido recientemente en un caso relacionado con los eventos de febrero de 2012. La proporción relativamente baja de denuncias presentadas a la Comisión que han dado lugar a procesos penales se explica por el hecho de que, en la mayoría de los casos, las infracciones comprobadas por la Comisión merecían sanciones administrativas, y no la incoación de un proceso penal.

12.Los castigos corporales están prohibidos, no solamente por la Ley de los derechos del niño, sino también por un reglamento con fuerza de ley del Ministerio de Educación. Esta práctica es muy poco frecuente en Maldivas, que fue uno de los pocos y primeros países que tomaron medidas para prohibir el castigo corporal en la escuela.

13.La Sra. Maumoon (Maldivas) dice que ser maldivo y ser musulmán son dos elementos indisociables y que la reserva relativa al artículo 18 del Pacto refleja la convicción profunda del pueblo de que Maldivas siempre ha sido y debe seguir siendo un país exclusivamente musulmán. Por tanto, el Gobierno no prevé retirar su reserva. No obstante, el Gobierno vela por que la preocupación de preservar la unidad social y religiosa del país no menoscabe los derechos de las personas de otras confesiones, sobre todo los derechos de los trabajadores extranjeros que se encuentran en el país. Estas personas son libres de practicar su religión en privado y de importar publicaciones y objetos religiosos para su uso personal. El artículo 9 d) de la Constitución, que estipula que los no musulmanes no pueden adquirir la nacionalidad maldiva, significa que los extranjeros no musulmanes que deseen la nacionalidad deben convertirse al islam, y no que los ciudadanos maldivos que no sean musulmanes perderán su nacionalidad. Este tipo de interpretación sería contraria al artículo 9 b) de la Constitución, que estipula que ningún ciudadano maldivo puede ser desposeído de su nacionalidad. Esto no ha sucedido nunca, pero de ser así, la decisión competería a la Corte Suprema.

14.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice que la amputación y la lapidación previstas en la sharia no se han aplicado nunca en la historia moderna del país. La única pena vigente prevista por la sharia es la flagelación. En respuesta a una pregunta formulada por Sir Nigel Rodley, confirma que durante las elecciones de 2008, el nombre del Sr. Waheed, candidato a la vicepresidencia, figuraba en la papeleta de voto al lado de la del Sr. Nasheed, candidato a la presidencia, de conformidad con las reglas vigentes. El nuevo gobierno nunca se ha comprometido a organizar una elección anticipada. Simplemente ha dicho que aceptará las conclusiones de la comisión independiente encargada de investigar las circunstancias del traspaso del poder, y si esta recomienda la celebración de elecciones anticipadas, acatará la recomendación.

15.La Sra. Adam (Maldivas) explica la dificultad que supone para un pequeño Estado insular como Maldivas cumplir sus obligaciones en materia de redacción de informes. A pedido del Gobierno, el documento básico común de Maldivas (HRI/CORE/MDV/2010) fue redactado con la ayuda de un especialista en derechos humanos autorizado por el Alto Comisionado. En tanto no disponga de los medios necesarios para redactar informes para cada órgano de tratados, Maldivas continuará redactando documentos básicos comunes como muchos otros Estados. Por ahora, el Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con un solo experto encargado de las cuestiones relativas a los derechos humanos y de la redacción de informes. El Gobierno de Maldivas, decidido a cumplir con sus obligaciones, pidió al Alto Comisionado que le concediera la ayuda de un asesor suplementario para sus próximos informes. La delegación de Maldivas acoge con interés las observaciones y recomendaciones de los miembros del Comité.

16.La Sra. Maumoon (Maldivas) dice que el Presidente de Maldivas creó una comisión independiente encargada de estudiar las cuestiones relativas al traspaso del poder. Para fijar la fecha de las elecciones hay que esperar a que la comisión presente sus conclusiones. Según la Constitución, la celebración de las próximas elecciones debería ser en 2013. Por tanto, para cambiar esa fecha se debería modificar la Constitución, para lo que hay que conseguir una mayoría de dos tercios en el Parlamento.

17.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice, respecto de la agresión de la que se presume que fue víctima el Sr. Rasheed a causa de sus opiniones, que aún no se ha establecido el móvil. Por ello todavía no se puede afirmar que se trata de un atentado contra la libertad de religión o de expresión. El brote de violencia afecta a toda la sociedad maldiva, sin distinción de religión, edad, sexo o posición social. No corresponde al Gobierno establecer el móvil de las agresiones que se producen.

18.En lo que respecta a la tortura, el Gobierno de Maldivas está firmemente decidido a no repetir los errores del pasado; por esa razón aprobó una Constitución y diversas leyes muy progresistas, y se esfuerza tenazmente por aplicar los instrumentos internacionales. Varios artículos de la Constitución nacen de esta voluntad de crear una sociedad armoniosa, moderna, islámica y democrática, en particular los artículos 16 (modernización y aplicación de la sharia), 48 (prohibición de la detención arbitraria) y 69 (apertura). El Gobierno insistió en enunciar de manera muy detallada los motivos de detención en la Constitución (art. 49), en lugar de hacerlo en un código de procedimiento penal, para evitar los errores del pasado.

19.Maldivas posee un poder judicial independiente. Además de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dispone de mecanismos como la Comisión de Integridad de la Policía. Para ser un pequeño Estado que no heredó un sistema jurídico de sus antiguos colonizadores, Maldivas va por buen camino. El nuevo marco legislativo constituye un gran avance y el Parlamento hace todo lo posible por responder a las expectativas de la sociedad.

20.La Sra. Maumoon (Maldivas) dice que no le parece justo acusar a Maldivas de práctica sistemática de la tortura y denuncia la politización de esta cuestión. El Gobierno está decidido a luchar contra la tortura, ha establecido una nueva Constitución y se ha dotado de órganos independientes competentes para proteger los derechos de todos, incluidos los de los detenidos.

21.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice que la razón por la cual la Constitución prevé que todo instrumento internacional debe ser aprobado por el Parlamento antes de ser integrado en el derecho nacional se basa en el principio según el cual, antes de que se impongan obligaciones a la población, los representantes del pueblo elegidos democráticamente tienen el derecho a expresar su opinión.

22.El Sr. O'Flaherty pregunta cómo, en un sistema jurídico doble, el Estado parte vela por la aplicación efectiva de los instrumentos internacionales vinculantes para Maldivas en el derecho interno, e invita al Gobierno de Maldivas a procurar que sus jueces conozcan las disposiciones del Pacto.

23.En cuanto a la libertad de religión, ciertas disposiciones de la Constitución, en particular las que estipulan que los no musulmanes no pueden adquirir la nacionalidad maldiva, son incompatibles con las disposiciones del Pacto y crean desigualdades en materia de protección. El Sr. O'Flaherty sigue preocupado por el hecho de que los miembros de la Comisión de Derechos Humanos deben ser musulmanes y suníes, sobre todo si se tiene en cuenta que en Maldivas viven muchos no musulmanes.

24.El Sr. Thelin dice que el hecho de que las disposiciones del Pacto y de otros instrumentos internacionales no se puedan aplicar directamente, la primacía de los preceptos y del derecho islámicos, y la debilidad del sistema judicial dejan poca esperanza para las víctimas de violaciones de los derechos garantizados por el Pacto, debido a la prevalencia del derecho religioso. La independencia del poder judicial es un punto muy positivo, pero es manifiesta la disparidad entre el número de casos de tortura señalados y el número de procedimientos iniciados, sobre todo en los casos ocurridos entre 1978 y 2008. El Estado parte debería establecer una comisión encargada de investigar estos casos a fin de que los culpables sean condenados y las víctimas obtengan reparación, y evitar así la politización de estas cuestiones. El Sr. Thelin pregunta si es el Ministerio del Interior o el Parlamento quien decide el presupuesto de la Comisión de Integridad de la Policía. La cantidad de denuncias recibidas y transmitidas a los tribunales por parte de la Comisión en cuatro años de existencia sigue siendo insuficiente. El Gobierno debería asegurarse de que la Comisión sea plenamente consciente del alcance de su mandato. En caso de acción conjunta entre las fuerzas de defensa y la policía, el Sr. Thelin desea saber cuál de ellas asumiría la responsabilidad. Es de temer que, en caso de maltrato en lugares de detención que no estén bajo la supervisión de la policía, las prácticas institucionales sean un obstáculo para el curso normal de la investigación. Maldivas debería crear un órgano independiente y autónomo. Pregunta si el proyecto de ley contra el terrorismo está paralizado por falta de apoyo de los parlamentarios o por rivalidades políticas. Asimismo, desearía conocer el nivel de la severidad de las condenas impuestas en los casos de violencia en el hogar, y saber si las nuevas directrices prevén un mayor número de penas de prisión. Las sanciones deben ser lo suficientemente estrictas como para lograr un cambio de comportamiento.

25.Sobre el tema del castigo corporal en el sistema escolar, el Sr. Thelin observa que las informaciones comunicadas por el Alto Comisionado contradicen a la delegación de Maldivas, que afirma que la Ley sobre la educación prohíbe esta práctica. Invita, pues, a la delegación a precisar la fecha de promulgación de dicha Ley y a indicar las disposiciones que prohíben los castigos corporales. Por último, pregunta si el Estado parte ha pensado en prohibir la flagelación, de la que, como la propia delegación ha admitido, son principalmente víctimas las mujeres. Pregunta además si estos castigos son impuestos por tribunales de la sharia o por tribunales ordinarios.

26.La Sra. Waterval subraya que la pena capital no es un medio para prevenir la delincuencia e insta al Estado parte a abolirla.

27.Sir Nigel Rodley pregunta nuevamente sobre las medidas tomadas a fin de preparar a la sociedad para conocer las conclusiones de la Comisión Nacional de Investigación encargada de aclarar los eventos que precipitaron el cambio de régimen.

28.Sir Nigel Rodley comparte la opinión de la Sra. Waterval sobre la cuestión de la pena capital. Desearía recibir más detalles sobre la aplicación de la moratoria. Pregunta si aún se impone la pena capital y, de ser así, si estas penas son conmutadas. Pregunta también qué sucedería en caso de que se dejara sin efecto la moratoria.

29.El Sr. Sarsembayev juzga preocupante que Maldivas mantenga la reserva al artículo 18 del Pacto. Pregunta si la razón de que se juzgue innecesario celebrar un debate sobre otras religiones es que la sociedad maldiva se rige por los preceptos islámicos. Se pregunta, además, si esta postura no se debe al temor de los problemas de convivencia que podría acarrear una afluencia masiva de extranjeros de confesiones diferentes, por no mencionar la reducida extensión del territorio. Asimismo, pregunta si un aumento importante del número de migrantes no amenazaría con introducir nuevas maneras de pensar en el país y, por tanto, alterar el panorama político.

30.La Constitución de Maldivas estipula que el islam es la religión del Estado. Existen países musulmanes donde la religión y el Estado están separados, que respetan sus obligaciones internacionales; Maldivas podría seguir su ejemplo. El Sr. Sarsembayev coincide con la Sra. Waterval y Sir Nigel Rodley en la cuestión de la pena capital; Maldivas debería hacer frente a las causas económicas, sociales, políticas y estructurales de la reciente ola de delincuencia en lugar de aumentar la represión judicial.

31.El jefe de la delegación ha dicho que no existe plazo alguno para la presentación de denuncias, y el Sr. Sarsembayev pregunta si ocurre lo mismo con las solicitudes de indemnización. Las informaciones de que dispone el Comité indican que la tramitación de las solicitudes de indemnización puede durar años y, por tanto, convendría lograr que el pago de las indemnizaciones se efectuara rápidamente. Debería sancionarse a los funcionarios responsables de tramitar las solicitudes de indemnización que no cumplan los plazos previstos.

32.El Sr. Ben Achour destaca que, en todas sus intervenciones, la delegación de Maldivas hizo referencia al sunismo y desearía obtener mayores detalles sobre el lugar que ocupan dentro del país los otros movimientos, como el chiísmo, con respecto al sunismo.

33.El Sr. Salvioli dice que la delegación respondió parcialmente a algunas de sus preguntas. Le complace saber que el país ha tomado una serie de medidas encaminadas a promover la igualdad entre los hombres y las mujeres y desearía recibir por escrito, antes de concluir el diálogo, ejemplos concretos de los resultados obtenidos con la campaña de sensibilización pública realizada por Maldivas para eliminar la discriminación sexista y combatir la violencia contra la mujer.

34.El Sr. Salvioli cuestiona la compatibilidad entre el Pacto y ciertos textos, como la ley que dispone que el testimonio de una mujer en ciertos casos vale dos veces menos que el de un hombre, o las disposiciones que penalizan la homosexualidad. La delegación citó las disposiciones de la Constitución para justificar la aplicación de la sharia, sin embargo el Comité no está obligado por las constituciones nacionales, ya que su misión es vigilar la aplicación del instrumento internacional en virtud del cual fue creado. Un Estado parte no puede invocar su derecho interno para justificar la no aplicación de una norma de derecho internacional. La delegación señaló que la Ley de sucesión que otorga al hombre el doble de la herencia que a la mujer no se aplica en la práctica; de ser así, dicha Ley debería ser abolida a fin de que esa discriminación desaparezca también de la legislación.

35.El Sr. Rivas Posada pregunta si un ciudadano maldivo que se convirtiera a otra religión podría ser castigado, por ejemplo, con la pérdida de la nacionalidad. Pregunta si existen en la jurisprudencia casos de sanciones que afecten a los derechos de ciudadanía. De todos modos, el Sr. Rivas Posada considera que estas disposiciones socavan la libertad de religión y son incompatibles con el objeto y el fin del Pacto.

36.La Presidenta invita a la delegación a responder a las observaciones adicionales de los miembros.

37.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice que transmitirá al Gobierno las recomendaciones del Comité sobre la creación de un órgano encargado de investigar las alegaciones de tortura, de ser posible, con carácter permanente. Se cometieron numerosos delitos motivados por el odio, sobre todo en 1997, en los atolones más meridionales de Maldivas y, en 1998, durante un ataque perpetrado por los mercenarios de los Tigres Tamiles apoyados por elementos de esos atolones.

38.El presupuesto de la Comisión de Integridad de la Policía se somete a la aprobación del Parlamento al mismo tiempo que el del Ministerio del Interior y el de la Policía de Maldivas. El Sr. Jameel Ahmed se informará sobre las razones por las cuales la Comisión de Integridad de la Policía rara vez recomienda el enjuiciamiento de las personas a que se refieren las denuncias que recibe. De conformidad con su mandato, la Comisión de Integridad de la Policía está facultada para examinar las denuncias de malos tratos imputadas a los miembros de las fuerzas del orden, pero no es competente para investigar los incidentes que implican a las fuerzas de defensa. Si el proceso de elaboración de la Ley contra el terrorismo y el proyecto del código penal tomó varios años, es porque Maldivas no contó con la asistencia técnica que necesitaba.

39.El sistema judicial y jurídico de Maldivas no establece una separación entre las diferentes jurisdicciones. Los casos civiles y los que competen a la sharia son conocidos por los mismos tribunales. Los asuntos familiares son juzgados por jurisdicciones distintas.

40.La Sra. Maumoon (Maldivas) confirma que, conforme al derecho de Maldivas, se debe ser musulmán para ser miembro de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. No obstante, no se excluye una modificación a esta regla. La Constitución estipula que el islam, más precisamente el islam sunita, es la religión del Estado. Esto no supone un problema ya que los ciudadanos maldivos forman una comunidad homogénea. Los trabajadores migrantes de confesiones diferentes no buscan integrarse a la sociedad maldiva porque su estadía en el territorio es temporal. En cuanto a los turistas, tampoco se mezclan con la sociedad maldiva porque solo visitan algunas islas. Sin embargo, tarde o temprano, Maldivas deberá tomar en cuenta la evolución de su composición demográfica en la legislación.

41.La Sra. Maumoon aprueba la idea de crear una comisión independiente encargada de investigar los casos de tortura pero piensa que, en el clima político actual, no será tarea fácil. El Gobierno está decidido a avanzar pero su poder de acción legislativa es limitado porque es un gobierno de coalición. La revisión parlamentaria de los proyectos de ley contra la tortura y de ley contra el terrorismo, y el proyecto de código penal tomó varios años porque, desafortunadamente, desde la llegada al poder del Presidente Nasheed, en 2008, no se demostró suficiente voluntad política para acelerar el proceso, ni se tomaron las medidas necesarias para fortalecer la democracia. La delegación transmitirá al Gobierno las observaciones del Comité e insistirá en la necesidad de someter esos textos a votación lo antes posible.

42.La Sra. Maumoon, que participó en la elaboración de la Ley sobre la violencia doméstica en consulta con numerosas partes interesadas, dice que la violencia en el hogar es considerada delito penal que puede ser castigado con pena de prisión. La delegación pedirá más información acerca de esta Ley y de las campañas organizadas para combatir la violencia contra la mujer. En virtud del artículo 10 de la Ley de los derechos del niño de 1991, se prohíbe imponer a los niños un castigo no adaptado a su edad que pueda provocar daños físicos o psicológicos, aunque es cierto que el texto debería ser más preciso. Se instará al Gobierno a buscar la forma de reforzar los textos relativos a los castigos corporales.

43.La pena capital sigue vigente en Maldivas. Actualmente, se aplica una moratoria oficiosa a las ejecuciones. La delegación es consciente de que el aumento de la delincuencia está estrechamente relacionado con el incremento de la toxicomanía en los jóvenes y que la prioridad debería ser resolver este problema, pero son los sectores interesados del país los que deben pronunciarse sobre la cuestión de la pena capital.

44.En cuanto a las reservas al artículo 18 del Pacto, reflejan la elección del pueblo maldivo de vincular la ciudadanía maldiva con la fe musulmana. De hecho, la Constitución de 2008 fue redactada por el Maylis Especial del Pueblo, que representa a la población del país. Si bien la religión musulmana es uno de los pilares de la identidad del país, en la práctica no se ejerce ningún tipo de control, y los habitantes de Maldivas gozan del derecho a la libertad de religión. Ningún ciudadano maldivo ha debido renunciar a su ciudadanía por renunciar al islam. Sin embargo, es cierto que los no musulmanes no pueden adquirir la nacionalidad maldiva, lo que puede suponer un problema, sobre todo en el marco del matrimonio. La homosexualidad está prohibida por la ley puesto que está proscrita por la sharia.

45.El Sr. Jameel Ahmed (Maldivas) dice que la Corte Suprema invocó las disposiciones del Pacto en 2010 y en 2011, luego de la detención de políticos y parlamentarios por parte del Presidente Nasheed. Maldivas aplica la ley islámica, pero las disposiciones de los instrumentos internacionales también pueden ser invocadas ante los tribunales para defender los derechos de los ciudadanos. El Sr. Jameel Ahmed señala a la atención del Comité el artículo 68 de la Constitución, según el cual los tribunales del país deben promover los valores fundamentales de una sociedad democrática basada en la dignidad humana y la libertad, así como tener en cuenta los instrumentos internacionales en los que es parte Maldivas. Si bien es cierto que algunos artículos de la Constitución subordinan todas las leyes a la sharia, existen numerosas posibilidades de invocar los instrumentos internacionales de derechos humanos. Maldivas estudia la manera de armonizar el derecho islámico con los valores de la democracia moderna sin dejar de lado las principales características del derecho islámico, puesto que el islam es la principal fuente de derecho. En el derecho islámico, la homosexualidad es un delito. Las penas, incluida la flagelación, son aplicadas sin distinción tanto a los hombres como a las mujeres, y la delegación se informará sobre las alegaciones según las cuales las mujeres son más frecuentemente condenadas a la flagelación que los hombres. La religión del Estado es el sunismo de la escuela shafíi, y en el artículo 72 de la Constitución se precisa que hay que ser suní para poder ser miembro del Parlamento.

46.En cuanto al testimonio de las mujeres en los juicios, Maldivas se esfuerza por fortalecer su sistema judicial y crear una sociedad más democrática, de conformidad con la Constitución de 2008; pero, lamentablemente, aún no cuenta con verdaderos códigos de procedimiento penal o de procedimiento civil. En este contexto, las normas para la presentación de las pruebas se limitan a un documento de una página que dispone la aplicación del derecho islámico en este ámbito, y la admisión de pruebas indirectas en ciertos casos. Es de esperar que la futura Ley de pruebas permita responder a las preguntas de los miembros del Comité. No obstante, cabe destacar que, actualmente, los testimonios de las mujeres solo tienen menor peso que el de los hombres en raras excepciones, sobre todo en cuestiones de adulterio y fornicación, mientras que sus testimonios prevalecen, por ejemplo, cuando se trata de asuntos relativos al bienestar de los hijos.

47.Maldivas tiene la firme intención de respetar sus obligaciones internacionales sin dejar de preservar las características específicas de su Constitución. La mayoría de las cuestiones planteadas por el Comité son completamente legítimas, pero Maldivas es un pequeño país en el que, desde hace varios años, se han producido cambios radicales, y cuyos recursos humanos, infraestructura y legislación sigue siendo necesario reforzar.

48.La Presidenta agradece a la delegación sus respuestas e invita a los miembros del Comité a plantear preguntas adicionales sobre la segunda parte de la lista de cuestiones (12 a 25).

49.La Sra. Waterval pregunta qué medidas está tomando el Gobierno para asegurarse de que se cumpla la disposición constitucional que fija en 24 horas la duración máxima de la detención policial. Celebra la elaboración de un proyecto de ley de pruebas así como los progresos realizados en esta esfera a la espera de la promulgación de dicha ley, y solicita ejemplos de casos en los que se hayan estudiado elementos de prueba que no fueran confesiones. La oradora desearía conocer más detalles del nuevo centro de detención de menores, y saber si en él los niños y las niñas están separados. En lo que se refiere a la cuestión de la discriminación religiosa, pregunta en qué forma el Estado parte prevé conciliar su reserva al artículo 18 con el respeto de otros artículos del Pacto, como los artículos 2 y 27. Además, pregunta si lo alumnos que así lo deseen pueden optar por no recibir la enseñanza obligatoria del islam en las escuelas.

50.El Sr. O'Flaherty, ante todo, toma nota de la posición expresada por la delegación con respecto a la reserva al artículo 18 del Pacto, pero desea manifestar la honda preocupación del Comité por ese tema. Dicha reserva no se ajusta a los criterios de validez formulados en la Observación general Nº 22 del Comité relativa a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Con su formulación actual, la reserva parece no solo afectar al párrafo 3, sino también al párrafo 1 del artículo 18, que consagra uno de los derechos que, de conformidad con el artículo 4, no pueden dejarse sin efecto: el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Si este no es el objetivo perseguido, el Gobierno debería, al menos, pensar en formular una declaración que explique a los demás Estados partes y al Comité que no existe intención alguna de utilizar esta reserva para limitar el derecho consagrado en el párrafo 1 del artículo 18. Sin embargo, la reserva debería ser retirada ya que el simple hecho de indicar que "la aplicación de los principios enunciados en el artículo 18 del Pacto se entenderá sin perjuicio de la Constitución de la República de Maldivas" no es suficiente para garantizar el respeto de la norma de que las reservas deben ser específicas y transparentes, para que los titulares de los derechos tengan en claro las consecuencias que pueden tener para ellos en la práctica.

51.En cuanto al párrafo 15 de la lista de cuestiones, el Sr. O'Flaherty desearía obtener información concreta adicional sobre las medidas encaminadas a mejorar las condiciones de detención en el país. En particular, invita a la delegación a comentar las alegaciones según las cuales la gestión de la población carcelaria atenta contra los derechos de los detenidos, y el régimen de aislamiento se aplica de manera excesiva. También agradecería datos más precisos sobre el contenido del proyecto de ley sobre las prisiones y la libertad condicional, así como sobre el calendario previsto para su promulgación. Asimismo, sería útil disponer de información más detallada sobre el contenido del proyecto de ley de asistencia letrada, el efecto que tendrá el texto en el respeto del artículo 14 del Pacto, y el calendario previsto para su promulgación.

52.El Sr. O'Flaherty agradece a la delegación sus francas respuestas sobre el sistema judicial del país, y se pregunta si no existe una contradicción entre la afirmación del párrafo 103 de las respuestas escritas, en el que se dice que el Gobierno apoyará el plan estratégico elaborado por la Comisión de Servicios Judiciales, y las críticas a esa misma institución en los párrafos 102 y 104. Desearía saber qué medidas concretas se prevén para reformar la Comisión. También desearía obtener más información sobre las interacciones entre la Comisión de Servicios Judiciales y el juez Abdulla Mohamed; en particular, se pregunta si es cierto que este último fue condenado por malversación y que la Comisión se negó a imponer una sanción.

53.Se invita a la delegación a comentar las informaciones según las cuales seis de los siete jueces que componen el Tribunal Supremo poseen como única cualificación la especialización en la sharia. De ser así, desearía saber qué medidas se van a tomar para velar por que los magistrados de la Corte Suprema tengan esferas de competencia más diversas. Una solución a la falta de candidatos cualificados sería contratar jueces extranjeros, como se hace en otros países en la misma situación. El Sr. O'Flaherty también hace referencia a la ausencia de mujeres en los tribunales superiores y pregunta qué medidas se prevén para remediar esta situación. Por último, observa que la Comisión Internacional de Juristas publicó un informe muy interesante sobre el estado del sistema jurídico en Maldivas y pregunta si el Gobierno piensa servirse de él como fuente de inspiración.

54.En lo que se refiere al párrafo 20 de la lista de cuestiones, el tema esencial de la libertad de religión ya fue tratado desde diversos ángulos durante el debate. No obstante, toda información adicional será bienvenida. Por último, el Sr. O'Flaherty subraya que ciertos casos recientes de incitación al odio religioso quedaron impunes e invita al Estado parte a reafirmar su compromiso de aplicar el artículo 20 del Pacto.

55.El Sr. Thelin agradece a la delegación sus constructivas respuestas sobre el párrafo 18, pero observa que el informe paralelo de la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas presenta un panorama mucho más sombrío de la situación de la trata de personas y el trabajo forzoso. La presencia de cerca de cien mil migrantes sin papeles en el territorio maldivo constituye, sin lugar a dudas, un problema importante. Le sorprende que el Gobierno haya elaborado un plan de acción mientras que afirma no disponer de datos de referencia, datos que también figuran en el informe de la Comisión. Desea saber cuándo se promulgará el proyecto de ley sobre la prohibición de la trata de personas. También agradecería que se facilitara más información sobre las condiciones de acogida de las víctimas de la trata detenidas para su protección. El Sr. Thelin celebra la voluntad de Maldivas de ratificar el Protocolo de Palermo y quisiera que se diera información sobre el consentimiento que debía dar el Parlamento al respecto antes de mediados de 2012.

56.En cuanto al párrafo 25 de la lista de cuestiones que deben abordarse, el Sr. Thelin espera que la sociedad civil participe en la elaboración del próximo informe periódico del Estado parte, a fin de evitar las diferencias entre las informaciones presentadas por el Gobierno y las comunicadas por las organizaciones no gubernamentales. Se invita a la delegación a indicar las medidas que prevé tomar para difundir la información sobre la presentación del informe inicial del Estado parte y las observaciones finales del Comité. A ese respecto, el Sr. Thelin sugiere que esa información se haga llegar en especial a los miembros de la judicatura y a los dirigentes de la sociedad civil.

57.El Sr. Salvioli señala que el informe de la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas menciona 15 casos de vulneración grave de la libertad de prensa en los últimos dos años, y quisiera saber si estos hechos fueron objeto de investigaciones, procesos o condenas, sobre todo cuando los presuntos autores eran miembros de las fuerzas del orden. A este respecto, señala a la atención de la delegación la Observación general Nº 34 sobre la libertad de opinión y de expresión.

58.El Sr. Ben Achour dice que el derecho a la libertad de religión consagrado en el Pacto es más amplio que la libertad de ejercicio de culto prevista generalmente en la ley islámica. Como se señala en los párrafos 2 y 5 de la Observación general Nº 22 del Comité, el artículo 18 del Pacto protege las creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia, y la libertad de tener o adoptar una religión o creencia abarca necesariamente la libertad de cambiar de religión o de creencia. Por tanto, la libertad de religión no significa solamente reconocer el derecho ajeno de practicar su religión, sino reconocer a los adeptos de la propia religión, el derecho de cambiar. El Sr. Ben Achour se pregunta cómo se puede conciliar esta interpretación del Pacto con la Constitución de la República de Maldivas que impone la religión musulmana a todos los ciudadanos maldivos.

59.El Sr. Sarsembayev observa que el artículo 32 de la Constitución consagra el derecho de reunión pacífica sin necesidad de autorización previa del Estado. Se pregunta si este derecho se aplica a las manifestaciones y a las marchas y, de ser así, desea saber por qué, según se informa, algunas manifestaciones han sido disueltas, y ciertas personas no han sido autorizadas a participar en ellas. Señala que el artículo 27 de la Constitución subordina la libertad de expresión al respeto de los preceptos del islam y solicita una aclaración al respecto. Desearía también obtener información detallada sobre el número de partidos políticos activos en el país, así como sobre las normas que rigen la creación de los partidos.

60.El Sr. Fathalla, recordando el apartado d) del párrafo 9 de la Constitución de Maldivas que dispone que una persona no musulmana no puede adquirir la ciudadanía maldiva, pregunta cómo se aplicaría concretamente esta disposición en el caso de una familia compuesta por un ciudadano maldivo, su esposa extranjera no musulmana y sus hijos. En su opinión, esta disposición es contraria al Pacto y menoscaba el papel central que desempeña la familia en la religión musulmana.

61.El Sr. Bouzid dice que, según ciertas informaciones, no siempre se ejecutan los fallos dictados contra los miembros de los poderes ejecutivo y legislativo. De ser así, se invita a la delegación a indicar las medidas que prevé tomar el Gobierno para que la ley se aplique a todos sin discriminación.

62.Sir Nigel Rodley solicita más detalles sobre la importancia del islam en la legislación de Maldivas. En la traducción al inglés de la Constitución que ha consultado, se dice, en el artículo 10 a), que el islam es uno de los fundamentos de todas las leyes de Maldivas, no que es el principal fundamento, por lo que desearía que se aclarara la cuestión.

63.La Presidenta agradece a los miembros del Comité sus preguntas y dice que la delegación las contestará en la siguiente sesión.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.