NACIONES

UNIDAS

CCPR

Pacto Internacional

de Derechos Civiles

y Políticos

Distr.general

CCPR/C/SR.239910 de enero de 2007

EspañolOriginal: francés

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

88º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 2399ª SESIÓN

Celebrada en el Palacio Wilson, Ginebra,el martes 17 de octubre de 2006 a las 10.00 horas

Presidenta: Sra. CHANET

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 40 DEL PACTO (continuación)

Informe inicial de Honduras (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.15 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 40 DEL PACTO (tema 6 del programa) (continuación)

Informe inicial de Honduras (CCPR/C/HND/2005/1; CCPR/C/HND/Q/1) (continuación)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Honduras vuelve a tomar asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. AMOR toma nota con satisfacción de que el Pacto forma parte del derecho interno, de conformidad con el artículo 16 de la Constitución, de que las revisiones constitucionales relativas a los derechos humanos deben seguir el procedimiento de revisión de la Constitución y de que las disposiciones del Pacto tienen rango constitucional. No obstante, de las respuestas de la delegación se desprende que, en el plano formal, la Constitución prevalece sobre el Pacto. Cabe por tanto preguntarse si las disposiciones del Pacto pueden realmente protegerse en virtud de la Constitución. También sería útil saber si todas las autoridades administrativas y judiciales pueden aplicar directamente el Pacto o si se trata de una competencia exclusiva de la Corte Suprema y si las disposiciones del Pacto denominadas de jus cogens pueden ser sometidas a modificación mediante revisión constitucional.

3.Se dice en el párrafo 38 del informe que, desde que la Constitución actual está en vigor, Honduras no ha declarado ningún estado de excepción. Ahora bien, en el párrafo siguiente se puede leer que algunas garantías han quedado suspendidas por decreto a causa del huracán Mitch y que el ejercicio de determinados derechos garantizados por el Pacto también se ha suspendido, lo que constituye de facto una situación de estado de excepción. El orador pregunta por qué en esas condiciones no se ha declarado el estado de excepción.

4.Con respecto a los extranjeros, el párrafo 20 del informe afirma que los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles de los hondureños con las restricciones que por razones calificadas de orden público, seguridad, interés o conveniencia social establecen las leyes. Pese a que los conceptos de orden público y de seguridad son familiares, los de interés o conveniencia social resultan, por el contrario, muy abstractos. El orador pide aclaraciones sobre lo que abarcan a fin de tener la certeza de que no corren el riesgo de dar lugar a discriminación y abusos diversos.En cuanto a la condición de los reclusos, la constatación clara y franca según la cual el personal penitenciario no respeta las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de las Naciones Unidas al no haber recibido una capacitación apropiada (párr. 94 del informe) se antoja contradictoria con en el párrafo 109 del informe, donde se afirma que esas mismas reglas se utilizan en la formación teórica y práctica del personal encargado de los privados de libertad. El orador agradecería que la delegación presentase aclaraciones sobre esta cuestión.

6.Refiriéndose al párrafo 15 del informe, el Sr. Amor pregunta si cabe entender que las autoridades permanecen pasivas ante los asesinatos de miembros de la población nativa que militan en pro de la defensa de los recursos naturales y del medio ambiente o si se han tomado medidas para garantizar la protección de las personas afectadas.

7.Sir Nigel RODLEY, retomando el tema de las desapariciones forzadas (pregunta Nº 2 de la lista de cuestiones), dice que cree entender que no se puede iniciar un proceso hasta que se haya identificado a la víctima, es decir, una vez que ésta ha sido localizada, viva o muerta. El orador pregunta si se debe deducir de ello que la imposibilidad de proceder a la identificación de la víctima garantiza la inmunidad judicial de los culpables. Además, inquiere qué motivos se pueden invocar para iniciar un proceso contra personas implicadas en desapariciones forzadas (homicidio, secuestro, etc.). Parece que tan sólo se han llevado ante la justicia siete casos de este tipo. Toda precisión sobre los cargos imputados a los acusados y, de ser el caso, las sentencias dictadas, será bienvenida. Se sabe que se han iniciado procesos contra los militares que participaron en las actividades de grupos tales como el batallón 3-16, pero la delegación tal vez pueda indicar si se han adoptado otras medidas, por ejemplo de orden disciplinario.

8.En lo que se refiere al recurso a la fuerza y al uso de armas de fuego por parte de miembros de la policía y la compatibilidad de la legislación de Honduras con los Principios Básicos de las Naciones Unidas en este ámbito, Sir Nigel Rodley observa con satisfacción que, de conformidad con los Principios Básicos de las Naciones Unidas, la ley subordina el uso de armas de fuego a la existencia de un riesgo grave, inminente y objetivo para la vida o la integridad física de un agente o de terceros. No obstante, la ley prevé igualmente que las armas de fuego se pueden emplear para impedir que se cometa un delito, lo que únicamente es conforme con los Principios Básicos de la ONU y con el espíritu del Pacto en el caso de delitos que impliquen un riesgo para la vida o la integridad física. Por tanto, el orador agradecerá toda aclaración sobre el tipo de delitos que se plantea.

9.El Sr. BHAGWATI desea saber cuál es el número de niños en situación de calle en Honduras, así como la proporción de éstos que van a la escuela. El orador pregunta si existe una Comisión de Derechos Humanos, y, en caso afirmativo, cuáles son sus competencias, su composición y el procedimiento de nombramiento de sus miembros. En cuanto a la situación de las mujeres, el orador desea saber qué proporción de mujeres ha realizado estudios y si se cumple el porcentaje, previsto por la ley, del 30% de electos que deben ser mujeres. De lo contrario, el orador pregunta qué medidas se han adoptado para hacer que así sea. Por último, el orador solicita datos sobre el estatuto de la comunidad negra en Honduras y las medidas adoptadas, sobre todo en materia de educación, para que sus miembros se encuentren en pie de igualdad con el resto de la población.

10.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) hace hincapié en que el respeto de los derechos humanos es una prioridad del nuevo Gobierno. Aun cuando en este ámbito la situación de Honduras esté relacionada en parte con las condiciones económicas y sociales del país, éstas no pueden en ningún caso servir de excusa para la existencia de violaciones de los derechos humanos. En cuanto al caso más específico de la tortura, algunas fuerzas del orden la siguen practicando en ocasiones y en ciertas circunstancias, si bien ya no emana de una política sistemática del Estado. En la actualidad dicha práctica ya no se tolera y los mecanismos y procedimientos judiciales necesarios para perseguir y reprimir a los autores de actos de tortura funcionan correctamente.

11.En cuanto al padre Andrés Tamayo, militante ecologista que ha recibido numerosas amenazas de muerte, el Gobierno le ha manifestado oficialmente su apoyo al concederle la nacionalidad hondureña y al tomar todas las medidas necesarias para asegurar su protección y permitirle proseguir con sus actividades en el país. Por su parte el Gobierno, comprometido con la lucha contra la deforestación, ha establecido una frontera agrícola para evitar que la deforestación continúe extendiéndose. Se han creado zonas en las que se prohíbe la explotación en el sector de actividad del padre Tamayo, no sin acarrear importantes conflictos de intereses ya que numerosos sectores de la sociedad, desde los más pobres a los más influyentes, son parte interesada en la explotación forestal. El Gobierno mantiene su determinación de poner en marcha una política de protección del medio ambiente y cuenta con la participación activa de las organizaciones ecologistas.

12.En lo que se refiere al asesinato del periodista Herman Rivas, que militaba activamente contra las minas a cielo abierto, no están claros los motivos que causaron el crimen. Pese a que se ha llevado a cabo una investigación, no hay elemento alguno que permita concluir la existencia de una relación entre el asesinato del periodista y sus actividades en el ámbito de la defensa del medio ambiente. Si bien está resuelto a reformar la explotación minera, cuyas modalidades actuales, las minas a cielo abierto, son muy perjudiciales para el entorno, el Gobierno está obligado a respetar las leyes y las concesiones heredadas de las administraciones precedentes. El Congreso Nacional está examinando un proyecto de ley que prevé prohibir la apertura de nuevas minas a cielo abierto.

13.En cuanto al informe en sí mismo, la delegación reconoce que contiene información contradictoria. El Gobierno espera beneficiarse en el futuro del apoyo del Comité y de otros organismos de derechos humanos de forma que se encuentre en condiciones de presentar informes de mejor calidad. Teniendo en cuenta que hace tan sólo 15 o 20 años hablar de derechos humanos era tabú, este informe inicial, a pesar de sus defectos, constituye un notable avance. En la actualidad, el Gobierno ha roto resueltamente con la antigua política de persecución de los defensores de los derechos humanos y vela por que estos últimos se beneficien de una protección adecuada.

14.El Sr. ROSA BAUTISTA (Honduras) señala que la Constitución actual de Honduras no se adoptó hasta 1982 y que el país prosigue con su lento proceso de construcción en tanto que Estado constitucional regido por el derecho. En cuanto al estatuto del derecho internacional en relación con el derecho interno, la Constitución de Honduras reconoce de forma expresa el valor jurídico de los tratados y acuerdos internacionales así como la validez y la fuerza ejecutoria de las sentencias arbitrales y las decisiones judiciales internacionales. Para incorporar un instrumento internacional al derecho interno y que, al hacerlo, sea vinculante y aplicable a los derechos de los ciudadanos, debe ser aprobado en primer lugar por el Congreso Nacional y a continuación ratificado por el poder ejecutivo. En caso de conflicto entre una disposición de un tratado internacional ratificado por el poder ejecutivo y la Constitución, ésta se modifica por mayoría cualificada del Congreso. Por consiguiente, las probabilidades de que la compatibilidad de los instrumentos internacionales y de la Constitución se cuestione mediante recurso constitucional son mínimas. Las autoridades administrativas y judiciales invocan con regularidad las disposiciones de los instrumentos internacionales, principalmente las del Pacto. Además, se realizan esfuerzos constantes para informar a los ciudadanos de los recursos judiciales que tienen a su disposición, ya que es su ignorancia, y no la política de Estado, lo que limita el acceso efectivo a la justicia.

15.La Sra. DUBÓN VILLEDA (Honduras) precisa que en el anexo 3 del informe se citan varias decisiones de la Corte Suprema basadas en la Convención americana sobre Derechos Humanos o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

16.La Sra. PONCE (Honduras) pasa a la cuestión de las desapariciones forzadas y explica que si los esfuerzos en este ámbito consisten principalmente en identificar a las víctimas es porque la ley no recoge todavía este delito. En caso de un supuesto delito (homicidio, secuestro) deben iniciarse las investigaciones oportunas, cuyo objetivo ha de ser necesariamente la identificación de la víctima a fin de establecer las responsabilidades correspondientes. En los siete casos citados por el Comité se ha seguido dicho procedimiento. Un total de 13 policías y militares del batallón 3-16 fueron inculpados pero no condenados. Cabe reconocer que la impunidad es todavía absoluta en lo que a las desapariciones se refiere, si bien esta cuestión es una de las prioridades del Gobierno actual. La desaparición forzada constituye actualmente un delito penal y Honduras ha ratificado la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Además, se está elaborando un registro de las víctimas.

17.El Sr. ROSA BAUTISTA (Honduras) recuerda que Honduras está en pleno proceso de construcción en tanto que Estado constitucional regido por el derecho. Tan sólo desde 1982 la sociedad reclama la puesta en marcha de mecanismos que defiendan sus derechos. El Ministerio Público, controlado por el Fiscal General, se creó en 1993. Por aquel entonces tenía la exclusividad de la información judicial, pero esta tarea se transfirió a la Secretaría de Seguridad en 1995, lo que supuso el debilitamiento del sistema, que el Gobierno actual se esfuerza por corregir. Desde 2000, el ministerio público y la Corte Suprema pueden cumplir sus funciones con independencia del mandato del Gobierno. Antaño, el personal del poder judicial se reemplazaba cada cuatro años, al igual que en el conjunto de la administración a todos los niveles, lo que dificultaba considerablemente su tarea. Por último, se estableció un nuevo Código Procesal Penal en 2002.

18.En cuanto a las desapariciones forzadas, conviene recordar que la mayor parte de ellas se remonta a los años 80, pero dado que este delito actualmente está castigado en el Código Penal y sus efectos perduran mientras no se localice a la víctima, Honduras va a tratar de dilucidar todos los casos del pasado con la ayuda de los métodos científicos más recientes en materia de identificación. Hay que precisar que la impunidad se explica en parte por el hecho de que, en el antiguo sistema, el acusado debía estar físicamente presente en la vista; ahora bien, hay numerosos militares sospechosos de desapariciones que se encuentran prófugos.

19.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) dice que en el momento actual el poder militar está totalmente controlado por el poder civil. Se trata de un cambio logrado con mucho esfuerzo por la sociedad civil, con la ayuda de la comunidad internacional. No obstante, cabe recordar que la dictadura militar fue bastante flexible y no hubo por tanto fuertes presiones sociales a favor de la evolución democrática. La policía se disoció del poder militar hacia mediados de los años 90 y, una vez más, no sin fricciones. Incluso tras la instauración del poder civil elegido democráticamente, los militares siguen ejerciendo todas sus funciones como una suerte de poder paralelo. Se trata de una realidad que no se puede ignorar, aun cuando se hace todo lo posible para modificar progresivamente la situación.

20.El elevado número de personas en prisión preventiva, un total de 11.000 en 23 establecimientos, constituye seguramente un problema pero se trata de una situación heredada del antiguo sistema. Desde la introducción del nuevo Código Procesal Penal, se adoptan soluciones distintas de la prisión preventiva en un 70% de los casos.

21.El Sr. VARELA (Honduras) reconoce que la policía hondureña efectúa detenciones arbitrariasde "sospechosos", si bien esta práctica responde a una demanda de la sociedad, que exige medidas ante el aumento de la delincuencia. La nueva policía instaurada en 1998 respeta los derechos humanos y no hay ningún reglamento que la autorice a detener a una persona simplemente porque ésta tenga "una apariencia sospechosa". Por ese motivo se han destituido policías, principalmente tras las intervenciones relacionadas con las bandas juveniles, a instancias de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos, que en este sentido desempeña un papel eficaz de filtro. Honduras se encuentra en fase de evolución, comete errores pero se esfuerza por aprender de ellos.

22.En cuanto a la violencia contra la mujer, el Sr. Varela indica que todas las mujeres que llaman al número gratuito 114 son remitidas a la Fiscalía de la Mujer, así como al Instituto de la Mujer y a las organizaciones no gubernamentales. Además, la Comisión de Jefes de Policía de Centroamérica y el Caribe, de la que Honduras es miembro, ha solicitado a las autoridades que vigilen la situación para comprobar si en el país se produce un fenómeno de homicidios de mujeres análogo al observado en Ciudad Juárez (México). Para tal fin se ha creado una comisión especial, pero aún es demasiado pronto para conocer el resultado de sus trabajos. Por último, gracias a la cooperación regional, varios miembros de las redes de trata de mujeres han sido detenidos en los países vecinos.

23.Se han denunciado varios fallecimientos de detenidos, si bien la mayor parte de ellos están relacionados con la introducción de armas en las cárceles. El personal penitenciario se esfuerza por combatir este problema pero todavía no dispone de medios suficientes para ejercer un control eficaz. Se han difundido las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, pero hay que admitir que no se aplican. No obstante, se continúa trabajando en este sentido. Además, en el marco del proyecto de modernización de las cárceles, está previsto crear un organismo especialmente encargado de la reinserción de los delincuentes.

24.El recurso a la fuerza por parte de la policía está claramente regulado en la Constitución, la Ley Orgánica de la Policía Nacional y otras normativas aplicables. Sólo la legítima defensa justifica el uso de un arma mortífera por un policía y, en ese caso, el asunto se transmite al ministerio público para su investigación. No obstante, están autorizadas las armas no mortíferas, como el gas lacrimógeno. Es interesante señalar que, de un efectivo total de aproximadamente 8.000 policías, más de 1.000 han sido destituidos a lo largo de los dos últimos años, 600 son objeto de un procedimiento judicial y 140 están en prisión.

25.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) añade que, en efecto, el ministerio público ejerce control sobre todos los funcionarios y en particular sobre la policía, pero es preciso tener en cuenta el hecho de que la criminalidad constituye un grave problema. Bajo la influencia de ciertos medios de comunicación, la población cuestiona a menudo la conducta de las autoridades judiciales, criticando especialmente el hecho de que éstas reconozcan derechos a los grupos estigmatizados como "delincuentes". El sector privado tampoco se muestra muy cooperativo. Así, el Gobierno se esfuerza en vano por conseguir que las dos compañías de telefonía móvil del país bloqueen el uso de los teléfonos móviles en caso de robo (hay adolescentes que han sido asesinados por un móvil) y en las cárceles, donde se ha comprobado que los detenidos emplean este medio para organizar operaciones criminales a distancia. Por consiguiente, la tarea de la fiscalía y de los defensores de los derechos humanos no es en absoluto sencilla.

26.Teniendo en cuenta que el Ministerio de Seguridad no es la institución apropiada para ocuparse de las cuestiones relacionadas con la administración penitenciaria, el Gobierno decidió recientemente transferir de nuevo esta responsabilidad al Ministerio de Justicia. La cuestión de la seguridad en las cárceles reviste una dimensión especial teniendo en cuenta la terrible lucha que libran las bandas rivales Mara 18 y Mara Salvatroucha, dos bandas que también causan estragos en otros países de Centroamérica y cuyos miembros llegan a matarse entre sí cuando son detenidos conjuntamente. Las autoridades hondureñas han organizado una reunión con representantes de Colombia, de México, de los Estados Unidos de América y de la Unión Europea para examinar los problemas de seguridad en las cárceles relacionados con dichas bandas. Honduras coopera además activamente con la Unión Europea con el fin de combatir los diferentes tráficos desde América Latina y Centroamérica con destino a Europa. De forma general, el proyecto de ley de administración penitenciaria que se está examinando ahora no es el texto ideal y necesita mejoras. Para tal fin, las autoridades han solicitado la contribución de las diferentes organizaciones de la sociedad civil, con el interés de integrar aquellas propuestas susceptibles de mejorar la situación.

27.La Sra. ESTRADA de UCLÉS (Honduras), respondiendo a una pregunta sobre las sanciones distintas de las penas de prisión que reprimen los actos de violencia en el hogar, dice que la reforma legislativa llevada a cabo pretende mejorar la protección de los derechos de la mujer y subsanar las lagunas de la legislación anterior. La nueva Ley de Violencia Doméstica, adoptada en marzo de 2006, prevé un cierto número de medidas provisionales y también, en caso de violencia reiterada, la calificación del acto como delito penal. Además, ya se han dictado varias sentencias en aplicación de dicha ley.

28.En cuanto a las medidas adoptadas para mejorar la participación de las mujeres en la vida pública, la Sra. Estrada de Uclés indica que la mujer está hoy mejor representada en el seno del poder ejecutivo. El principio de igualdad entre hombres y mujeres está consagrado en la Constitución de Honduras, aun cuando dicha igualdad todavía no se traduce plenamente en la práctica. Sí existe sin embargo en el ámbito del derecho civil, principalmente en materia de transmisión de la nacionalidad a los hijos y de sucesión. Así, el cónyuge hereda automáticamente una cuarta parte del patrimonio conyugal, sean cuales sean las disposiciones testamentarias. Los hijos, ya sean niñas o niños, heredan en condiciones de igualdad. Además, si la legislación hondureña establecía en el pasado una distinción entre hijos legítimos e ilegítimos, el Código de Familia vigente en la actualidad dispone simplemente que los hijos legítimos son aquellos que están reconocidos y que llevan el apellido del padre.

29.En materia de divorcio, se constatan varias irregularidades, especialmente en lo referido a los derechos patrimoniales. Las mujeres a menudo salen perjudicadas, pero la reforma de la legislación debe mejorar su situación. En particular, en virtud de la nueva Ley de Violencia Doméstica, los tribunales pueden ordenar medidas provisionales para proteger a las mujeres y a los niños en la esfera material, por ejemplo cuando la vivienda familiar está registrada únicamente a nombre del marido.

30.Se ha planteado una pregunta sobre la proporción de mujeres que deben acceder a cargos de elección (30%) en virtud de la Ley de Igualdad de Oportunidades. La tasa indicada se corresponde con el objetivo fijado durante la campaña electoral. No obstante, cabe afirmar que la adopción de la nueva Ley de las Organizaciones Políticas ya ha permitido mejorar la participación de las mujeres en los cargos de elección y en la administración pública. Así, el Congreso Nacional cuenta hoy con 58 mujeres diputadas. De forma más general, el analfabetismo sigue siendo un obstáculo importante para lograr la igualdad entre hombres y mujeres y las autoridades han tomado una serie de medidas para remediar este problema. En particular, el Presidente de la República ha dictado un decreto de urgencia que prevé la creación de proyectos para combatir el analfabetismo, y el Instituto Nacional de la Mujer ha puesto en marcha un programa en el que participan las autoridades del Estado y las municipalidades, con el apoyo del Gobierno cubano, y que ha permitido que un millar de personas, de las que 700 son mujeres, aprendan a leer y a escribir en tan sólo unos meses. Es preciso tener presente, en todo caso, que para que finalice la discriminación de la que son víctimas las mujeres en materia de educación se necesita un cambio de mentalidad y de comportamiento en la sociedad hondureña.

31.También se realiza una importante labor educativa a favor de los garífunas y de otros grupos étnicos. Se ponen en marcha proyectos en materia de educación y de empoderamiento con el apoyo de organizaciones presentes en las regiones en las que viven. Asimismo se trabaja en pos del desarrollo de proyectos en las lenguas que hablan los grupos étnicos, en particular los tawahkas, los lencas y los misquitos. Por último, conviene señalar que, por vez primera, el Congreso Nacional cuenta con una diputada de raza negra, lo que constituye un progreso evidente para la sociedad hondureña. La Corte Suprema ha encargado además la traducción al braille de la Constitución para posibilitar su lectura a esta diputada, que es invidente.

32El Instituto Nacional de la Mujer es consciente de que para mejorar la condición de la mujer y desarrollar la democracia es conveniente llevar a cabo una labor educativa destinada no sólo a las mujeres sino también a los hombres. Así, dicho Instituto ha colaborado recientemente con 180 hombres garífunas en el marco de un proyecto para combatir la violencia contra las mujeres. La tarea es difícil y las autoridades hondureñas esperan beneficiarse del apoyo y de los consejos del Comité de Derechos Humanos para ayudarles a romper con las estructuras tradicionales y las representaciones mentales que suponen un obstáculo para la igualdad entre hombres y mujeres.

33.En lo relativo al respeto de los derechos de los grupos étnicos, el Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) dice que las autoridades hondureñas son especialmente sensibles. En la época en la que era ministro, hace diez años, el Presidente de la República ya puso en marcha un proyecto a favor del respeto de dichos derechos, denominado "Nuestras Raíces". Además, la cuestión del respeto de los derechos de las etnias no está relacionada únicamente con la cultura sino que incluye también la lucha contra la pobreza, el derecho a las infraestructuras y otros aspectos.

34.La PRESIDENTA invita a los miembros del Comité a formular observaciones adicionales sobre las respuestas aportadas por la delegación de Honduras.

35.El Sr. AMOR señala que la delegación de Honduras no ha respondido a varias de sus preguntas y le agradecería que tuviera a bien hacerlo. Además, en el informe se dice que Honduras envió tropas al Iraq, y el Sr. Amor desea saber si las autoridades hondureñas consideran que los militares que se encuentran fuera de las fronteras nacionales siguen bajo la jurisdicción de Honduras, especialmente en caso de abuso de poder o de falta.

36.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) dice que las tropas que se enviaron al Iraq regresaron a Honduras en 2004 y que siempre han estado bajo la jurisdicción de las autoridades hondureñas.

37.La Sra. SÁNCHEZ (Honduras), respondiendo a una pregunta sobre las condiciones en las que se elaboró el informe inicial de Honduras, subraya que las autoridades han tratado de seguir las Directrices para la elaboración de los informes presentados por los Estados partes y han enviado a todas las instituciones un cuestionario, cuyo índice de respuesta ha sido variable. La sociedad civil también participó activamente en la elaboración del informe, de forma que éste fuera lo más representativo posible de la situación del país. El vasto proceso de consultas con los diferentes sectores de la sociedad civil ha exigido un tiempo considerable y explica también ciertas contradicciones en el contenido del propio informe.

38.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras), respondiendo a una pregunta relativa a las medidas de excepción adoptadas durante el huracán Mitch, precisa que el huracán fue especialmente destructivo y causó numerosas víctimas. Las autoridades se esforzaron por evitar la aparición de epidemias y lo lograron, pero la acción del Gobierno hizo necesaria efectivamente la proclamación del estado de excepción durante 15 días.

39.El Sr. AMOR precisa que no cuestiona en absoluto la legitimidad del estado de excepción en el contexto del huracán Mitch, pero desearía conocer más detalles sobre el procedimiento seguido, sobre todo la notificación al Secretario General de las Naciones Unidas.

40.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) dice que, de conformidad con la Constitución, el Presidente de la República declaró el estado de excepción en Consejo de Ministros. Posteriormente el Congreso Nacional ratificó dicha medida. Han transcurrido más de ocho años desde entonces, pero el Sr. Jiménez Puerto no recuerda que la declaración del estado de excepción diese lugar al más mínimo problema de orden jurídico ni social.

41.La PRESIDENTA invita a la delegación de Honduras a responder a las preguntas 13 a 19 de la lista (CCPR/C/HND/Q/1).

42.La Sra. DUBÓN VILLEDA (Honduras) indica, en respuesta a la pregunta No. 13, que el ministerio público y la Fiscalía Especial de Derechos Humanos han presentado peticiones de Hábeas Corpus correctivo contra las condiciones inhumanas que reinan en las cárceles hondureñas. Se han efectuado varias visitas a los centros, siendo la primera de ellas a la Penitenciaría Nacional, y la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema ha admitido una petición de Hábeas Corpus correctivo a favor de los detenidos de esos establecimientos y ha ordenado al Ministerio de Seguridad que aplique, en el plazo de un año, las recomendaciones hechas en su decisión para mejorar la situación, basadas de forma específica en la aplicación de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de las Naciones Unidas.

43.El Sr. VARELA (Honduras) añade que el Ministerio de Seguridad debe mejorar la situación en los centros de detención a instancias de la Corte Suprema. Esos centros acogen en ocasiones a 200 o 300 personas, y la Penitenciaría Nacional, que es el establecimiento penitenciario más grande del país, alberga en la actualidad a 3.000 reclusos cuando está diseñado para acoger a 1.800. Por consiguiente, las condiciones de vida en las cárceles están lejos de ser satisfactorias y hay problemas de todo tipo. Sin embargo, las peticiones de Hábeas Corpus correctivo presentadas han permitido introducir importantes cambios, en particular la descongestión de la Penitenciaría Nacional mediante la transferencia de detenidos a otros establecimientos. Las condiciones de vida en la Penitenciaría Nacional también se han mejorado gracias a la ampliación de algunos edificios (anteriormente, en algunas celdas los detenidos dormían de pie, por falta de espacio), a la adquisición de colchones para los detenidos, al suministro de electricidad y agua potable y a la mejora general del servicio sanitario. Se aportan detalles en las respuestas escritas a la lista de cuestiones (CCPR/C/HND/Q/1/Add.1). La situación de las personas que padecen enfermedades mentales o VIH/SIDA y de los homosexuales, detenidos en pabellones separados, también ha mejorado, sobre todo en el aspecto de la alimentación. En cuanto a la cuestión de la homosexualidad, la delegación de Honduras reconoce que la sociedad del país es machista y que es un hecho que los guardas de prisiones tienen a menudo dificultades para aceptar las diferencias.

44.La situación de los detenidos en materia de seguridad también ha mejorado. No obstante, queda mucho por hacer para aplicar las medidas ordenadas por la Corte Suprema, y la insuficiencia de recursos financieros representa un obstáculo importante. En concreto, no se ha construido ningún centro de detención desde hace 20 años, y la falta de espacio para los servicios penitenciarios se hace sentir de forma insufrible. Se destina un presupuesto importante a medicamentos para la población reclusa y se toman medidas de profilaxis, en coordinación con organizaciones no gubernamentales. A falta de médicos, que no pueden ser remunerados, se ha reclutado a estudiantes de último curso de medicina para garantizar el seguimiento médico de los detenidos. Se ha mejorado el régimen alimenticio pero continúan existiendo problemas graves, ya que los recursos destinados a esta cuestión siguen siendo en gran medida insuficientes. Se ha creado un centro de capacitación para formar agentes de seguridad especializados en el ámbito penitenciario, con el objetivo de duplicar el número de guardas ya que en algunos centros de detención la seguridad está garantizada únicamente por policías sin formación específica. Por último, actualmente las autoridades tratan de separar a los acusados de los condenados, aun cuando el proceso no ha finalizado debido a la falta de plazas en los centros de detención.

45.La Sra. DUBÓN VILLEDA (Honduras) dice que en 1997 el Comisionado de los Derechos Humanos de Honduras redactó un informe crítico sobre la independencia del poder judicial, que llevó al Gobierno a modificar el capítulo de la Constitución relativo al poder judicial. Se ha puesto en marcha un nuevo mecanismo de selección de los 15 magistrados de la Corte Suprema, detallado en las respuestas presentadas por escrito (CCPR/C/HND/Q/1/Add.1) y en la actualidad la Corte está presidida por una mujer, por vez primera en la historia del país. Gracias a la cooperación de España, se organizan concursos públicos para seleccionar a los magistrados y a los jueces de ejecución de sentencias. Por desgracia, este proceso de selección todavía no se aplica a los jueces de instrucción en materia penal, a los jueces de paz ni a los jueces profesionales encargados de la aplicación del derecho civil y del derecho de familia.

46.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) dice que el poder ejecutivo nunca interviene en los asuntos del poder judicial. Es importante, sin embargo, tener en cuenta las críticas formuladas por la sociedad civil, que participa en la selección de los magistrados de la Corte Suprema y debe, por consiguiente, ejercer control sobre el funcionamiento del poder judicial.

47.La Sra. GARCÍA (Honduras), precisa que Honduras cuenta con 2,5 millones de menores de menos de 15 años y dice que el Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia, creado en 1997, supervisa 53 centros y tiene a su cargo 3.911 niños. Este Instituto ejecuta tres programas principales: un programa de protección de la familia y de desarrollo de las comunidades, un programa de protección y de intervención social y un programa de rehabilitación y reinserción social; este último está destinado en especial a los delincuentes menores de edad y se aplica en cuatro centros para menores (tres para niños y uno para niñas) que acogen a aproximadamente 250 niños y adolescentes de entre 12 y 18 años de edad. En dos de estos centros (Renaciendo y El Carmen), las condiciones de vida, que en el pasado eran lamentables, han mejorado sensiblemente y se ha puesto en marcha un verdadero sistema de rehabilitación y reinserción gracias a una estrecha colaboración interinstitucional. Dos pabellones que presentaban un estado realmente inhabitable han sido clausurados y se ha transferido a 80 adolescentes a dos pabellones nuevos; se están renovando los tres pabellones restantes, de los que uno está reservado a los recién llegados. En el centro Renaciendo se ha solucionado el problema de suministro de agua potable y en breve se debe solucionar en El Carmen. Se han instalado sistemas de electricidad y de ventilación; ahora se sirven comidas dietéticas y los niños tienen acceso permanente a asistencia médica (médicos, psicólogos y dentistas) gracias al apoyo prestado por la Universidad Nacional Autónoma. En Renaciendo, las pruebas llevadas a cabo han permitido detectar a un menor seropositivo; el resto es seronegativo. El niño seropositivo ha sido devuelto a su familia. Cabe señalar también que se están realizando trabajos en colaboración con la Secretaría de Seguridad con el fin de mejorar la seguridad en los centros que inicialmente no estaban destinados a acoger menores. En colaboración con la Congregación de Capuchinos de Colombia, se ha abierto un centro de educación básica que cuenta con seis talleres de formación profesional (costura, contabilidad, inglés, informática, construcción civil y electricidad), en los que participan 50 jóvenes que se benefician de un seguimiento continuo. Además de la mejora de las condiciones sanitarias, la prioridad de las autoridades es poner en marcha, en todos los centros de detención de menores, procesos de rehabilitación y reinserción eficaces. En lo tocante a la posibilidad de que los menores se comuniquen con sus familias, las autoridades han tomado consciencia de que es necesario, mediante una labor colectiva, dar a los niños y adolescentes la posibilidad de participar en un programa cuyo elemento central es reencontrarse con sus familias una vez por semana. Se trata de una novedad importante, ya que el aspecto humano del problema y la necesidad de implicar a los jóvenes en su propia reinserción social se habían descuidado totalmente hasta ahora. Se ha impartido capacitación al personal de los centros de menores y se efectúan controles aleatorios para velar por la eficacia de los tratamientos y las terapias que se aplican. Las condiciones de detención también han mejorado y en la actualidad los menores cuentan con camas y colchones, de los que anteriormente carecían.

48.El Sr. ROSA BAUTISTA (Honduras) dice que las comisiones interinstitucionales se pusieron en marcha para asegurar la transición del sistema inquisitorio al sistema acusatorio, para elaborar normas claras y para velar por que los procesos penales se desarrollen según los mismos criterios, a fin de garantizar que la aplicación de la ley sea la misma para todos, sin intervención del poder ejecutivo, así como el acceso real y efectivo de los ciudadanos a la justicia. Se han puesto en marcha en todo el país centros integrados que funcionan como Fiscalía y que reúnen a jueces, fiscales, médicos, psicólogos, policías y abogados. Esos centros se ocupan de delitos flagrantes y permiten que los acusados se beneficien inmediatamente de la asistencia de un abogado, lo que evita que los procesos se declaren nulos ya que, en virtud del Código Procesal Penal, toda actuación contra un acusado sin la presencia de un abogado es anulada.

49.La Sra. DUBÓN VILLEDA (Honduras), respondiendo a la pregunta No. 16, dice que, tal y como se indica en las respuestas presentadas por escrito, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha declarado inconstitucional la figura delictiva de desacato a la autoridad. El Estado no ejerce censura previa y el derecho a difundir información, consagrado en el artículo 19 del Pacto, se respeta plenamente, como demuestra la sentencia absolutoria, confirmada por la Sala de lo Penal de la Corte Suprema, de un periodista famoso que difundió información sobre una personalidad implicada en un asunto de tráfico de drogas. El Congreso Nacional está examinando un proyecto de ley sobre la transparencia y el acceso a la información pública.

50.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) añade que son los particulares quienes inician acciones por difamación contra los periodistas y, por tanto, el Estado no interviene en esos casos. El Gobierno espera que se adopte una ley sobre transparencia con objeto de que los ciudadanos puedan acceder a toda la información pública sin otras restricciones que las impuestas por la seguridad nacional y otras consideraciones claramente definidas. El Presidente de la República elaboró el proyecto de ley que se está examinando cuando todavía era candidato y dicho proyecto de ley se presentó al Congreso cuando el Gobierno asumió sus funciones. Se debe redactar de nuevo la ley de forma que respete el derecho de las personas permitiendo al mismo tiempo luchar contra la corrupción, que constituye una importante lacra en el país. La ley debería adoptarse antes de que finalice la actual legislatura; la delegación prevé comunicar el texto al Comité para que éste pueda así constatar que el Gobierno respeta tanto las normas internacionales como sus compromisos con el pueblo hondureño.

51.La PRESIDENTA precisa a la delegación que dispone de tres días para comunicar la información que desea sea tenida en cuenta cuando el Comité formule sus observaciones finales. Toda información posterior se incluirá en el procedimiento de seguimiento o bien en el próximo informe de Honduras.

52.El Sr. LARA WATSON (Honduras), respondiendo a una pregunta relativa a la libertad de asociación (No. 17), dice que el Derecho de Asociación está garantizado en la Constitución de 1957. Los problemas de registro de sindicatos que pueden plantearse se deben, por lo general, a la oposición de los trabajadores, esto es, surgen de las relaciones intersindicales. En principio, en ausencia de oposición, el procedimiento de registro es relativamente rápido. Es importante subrayar que los empleadores no pueden oponerse a la constitución de un sindicato. El Ministerio de Trabajo ha adoptado medidas administrativas encaminadas a proteger el derecho sindical y ha puesto en marcha una unidad móvil de inspectores laborales que visita los parques industriales. El Consejo Económico y Social de Honduras está examinando un proyecto de reforma del derecho laboral que prevé fundamentalmente la simplificación del procedimiento de constitución de sindicatos y que en breve se va a enviar al Congreso para su adopción.

53.El Sr. ROSA BAUTISTA (Honduras) dice que en sus esfuerzos por mejorar la situación en materia de empleo, Honduras busca la asistencia y la cooperación de organizaciones competentes, como la OIT. Así, con el fin de combatir la explotación sexual de los niños con fines comerciales,gracias al apoyo prestado por el UNICEF, la OIT, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la asociación Save the Children, se ha impartido capacitación a 734 agentes judiciales (jueces, fiscales y policías). Se ha puesto en marcha una unidad especial de investigación en el seno de los servicios de la policía, y policías especializados en este ámbito siguen las instrucciones del fiscal, ya que la cuestión de los niños que son víctimas de explotación sexual es extremadamente sensible. En el informe que elabora todos los años el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América sobre la lucha contra la trata y la explotación sexual de personas con fines comerciales, Honduras, que en 2004 figuraba en la lista de países bajo supervisión, se excluyó al año siguiente, al reconocer los esfuerzos realizados para combatir esta lacra. Se han destinado importantes recursos a este ámbito con la participación activa de la sociedad civil, sobre todo de la ONG Casa Alianza, con la que el ministerio público colabora de forma constante. En el marco del programa de protección de la infancia está previsto elaborar una ley sobre la protección de testigos y poner en marcha un sistema de apoyo para proteger a las víctimas de violencia o explotación. Teniendo en cuenta la insuficiencia de efectivos del sistema judicial, el UNICEF colabora con el ministerio público para formar a fiscales con el fin de defender tanto civil como penalmente los derechos de los menores y de sus familias. Por último, se ha completado la reforma del capítulo del Código Penal dedicado a la explotación sexual con fines comerciales y, a partir de dicha reforma, el "cliente explotador" puede ser objeto de acciones penales. Asimismo, se ha puesto en marcha una comisión interinstitucional, ya que la experiencia muestra que los organismos públicos son mucho más eficaces cuando actúan conjuntamente que cuando lo hacen de forma separada en pos de un objetivo común.

54.El Sr. JIMÉNEZ PUERTO (Honduras) precisa que en el ministerio público existe un servicio especializado en la protección de los niños y los adolescentes.

55.La PRESIDENTA da las gracias a la delegación de Honduras y la invita a responder a las últimas preguntas de la lista en la próxima sesión.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.

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