Naciones Unidas

CERD/C/SR.1946

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

2 de diciembre de 2009

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

75º período de sesiones

Acta resumida de la 1946ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes 11 de agosto de 2009, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Dah

Sumario

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos quinto y sexto de Azerbaiyán

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos quinto y sexto de Azerbaiyán (CERD/C/AZE/6; CERD/C/AZE/Q/6; HRI/CORE/AZE/2008)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Azerbaiyán toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Khalafov (Azerbaiyán), esbozando el procedimiento seguido para la preparación de los informes periódicos quinto y sexto de Azerbaiyán (CERD/C/AZE/6), en que participaron la oficina nacional del Ombudsman para los derechos humanos y algunas organizaciones no gubernamentales (ONG), dice que, además de los informes que se publican en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores, las observaciones finales del Comité sobre los informes periódicos tercero y cuarto se han traducido al azerí para que la población pueda acceder a ellos. Reafirma que Azerbaiyán está empeñado en garantizar los derechos humanos y las libertades fundamentales, de conformidad con los tratados internacionales.

3.Como parte de las iniciativas permanentes de Azerbaiyán por mejorar su legislación, en marzo de 2009 se pusieron en marcha reformas constitucionales con miras a fortalecer y mejorar la eficacia de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Ahora la Constitución contiene mejores disposiciones sobre los derechos del niño, el derecho a la protección de la injerencia ilícita en la vida privada y familiar, el derecho a la igualdad, el derecho a la libertad religiosa y el derecho a obtener información. De conformidad con las disposiciones de una nueva forma de democracia directa instituida en la Constitución, ahora un grupo de por lo menos 40.000 electores tiene derecho a presentar una petición sobre una propuesta de legislación.

4.Con miras a cumplir las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, el Gobierno está considerando la posibilidad de establecer un grupo de trabajo especial compuesto de representantes de las autoridades estatales y las ONG. En junio de 2009 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas examinó el tercer informe periódico de Azerbaiyán presentado en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Desde 2006 se han tomado medidas para poner en práctica el Plan de Acción Nacional de defensa de los derechos humanos en la República de Azerbaiyán y se han ratificado varios instrumentos internacionales de derechos humanos. Las reformas jurídicas y judiciales han contribuido a garantizar una mayor igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y a prevenir la discriminación, y hay nuevos tribunales locales económicos y de apelaciones, que permiten un mayor acceso a la justicia en las distintas regiones.

5.Azerbaiyán tiene una reputación de larga data de tolerancia religiosa y étnica. La igualdad de todos los ciudadanos, independientemente de su origen étnico, religioso o racial, está consagrada en la Constitución, y el Código Penal sanciona varios delitos cometidos por motivos raciales. Los casos de discriminación racial son inusuales, y en 2008 hubo una sola condena por incitación al odio y la hostilidad nacionales, raciales, sociales o religiosos.

6.En lo que se refiere a las medidas adoptadas para luchar contra la trata de personas, dice que hasta la fecha se han condenado 167 personas en virtud del artículo 144-1 del Código Penal, cuyas disposiciones se esbozan en el informe periódico. En febrero de 2009 se aprobó un segundo Plan de Acción Nacional de lucha contra la trata de personas para 2009-2013 en virtud de una disposición del Presidente, y se han adoptado medidas para mejorar la rehabilitación social de las víctimas, en particular apoyo financiero. En 2008 hubo 76 casos de trata de personas, que se tradujeron en acciones penales contra 96 personas. Los centros de alojamiento temporal han acogido 52 víctimas, 13 mujeres han obtenido empleo, 9 víctimas han recibido indemnizaciones y 41 han percibido prestaciones durante un período de reintegración. Desde el 1º de agosto de 2006 funciona un servicio de policía especial que depende del Ministerio del Interior y se ocupa de la lucha contra la trata de personas.

7.Se presta atención especial a la política del Estado en materia de género. Se ha ampliado la definición de discriminación sexual de la Ley de igualdad de género entre hombres y mujeres, de 10 de octubre de 2006, a fin de que incluya toda demostración de diferenciación o de superioridad por motivos de sexo que limite u obstaculice la igualdad en el disfrute de los derechos. Actualmente el Parlamento está examinando un proyecto de ley sobre la prevención de la violencia doméstica que, entre otras cosas, define un marco jurídico para la protección contra la violencia y prevé el establecimiento de centros de rehabilitación para mujeres y niños que fueron víctimas de esta.

8.En virtud del Programa estatal en materia de migraciones para 2006-2008, se ha adoptado una serie de medidas para mejorar y aclarar los procedimientos y la legislación sobre migraciones. Se está preparando un proyecto de código sobre migraciones. En marzo de 2009, el Presidente emitió un decreto sobre la "aplicación del principio de una ventanilla única en la gestión de los procesos migratorios", que tiene por objeto simplificar los procedimientos para otorgar la residencia y los permisos de trabajo a los ciudadanos extranjeros y las personas apátridas. Se prevé instituir un proceso de solicitud electrónica. Desde el 1º de julio de 2009, los ciudadanos extranjeros y las personas apátridas con permisos temporales o de residencia permanente ya no necesitan visado para entrar o salir de Azerbaiyán. En abril de 2009, había 4.643 trabajadores extranjeros registrados en el país. El orador subraya que no hay disposiciones legislativas que vinculen el registro de la residencia o el alojamiento con el origen nacional o étnico.

9.Desde la presentación del último informe periódico del Estado parte, se han aprobado distintos programas en la esfera de los derechos económicos y sociales, incluidos programas estatales sobre la reducción de la pobreza y el desarrollo sostenible para 2008-2015, la estrategia de empleo para 2006-2015, la aplicación de la estrategia de empleo para 2007-2010 y el desarrollo socioeconómico de las regiones para 2009-2013. En los cinco años anteriores, se crearon 760.000 empleos y entre 2003 y el comienzo de 2009 la población económicamente activa ha aumentado en un 13,6%. La tasa de pobreza ha disminuido del 46,7% en 2002 al 13,2% en 2008, en tanto que al 1º de enero de 2009 la tasa de desempleo era del 6,1%. Pese a la crisis económica mundial, el producto interno bruto del país aumentó en un 4,1% en el primer semestre de 2009. Prosiguen ejecutándose proyectos sociales y de infraestructura.

10.Se han reformado los sistemas de seguridad social y pensiones. Se ha asignado alrededor de un 40% del presupuesto estatal de 2009 a programas sociales, en tanto que 163.409 familias, el 9% de las cuales son refugiadas, han recibido prestaciones sociales desde el 1º de julio de 2006. En el ámbito de la salud pública, en los últimos cinco años se han construido o remodelado más de 200 establecimientos médicos. El Gobierno otorga prioridad a la integración plena de las personas que requieren protección social, en particular las personas con discapacidad, en el mercado de trabajo.

11.Se han aprobado varios instrumentos legislativos destinados a proteger los derechos del niño, prevenir la violencia contra los niños y la trata de menores, así como mejorar la asistencia social para la infancia. También se ha aprobado un programa estatal sobre la transferencia de niños de instituciones estatales a familias o cuidados alternativos.

12.En virtud de la legislación interna, los extranjeros y las personas apátridas que residen permanentemente en Azerbaiyán gozan de los mismos derechos a la vivienda estatal que los ciudadanos azerbaiyanos. Se han adoptado medidas legislativas, institucionales y prácticas para combatir y prevenir la corrupción, entre ellas una estrategia nacional de lucha contra la corrupción para 2007-2011. El 10 de febrero de 2009 el Parlamento aprobó una ley sobre la lucha contra la legalización del dinero u otros bienes derivados del terrorismo o de su financiación.

13.Reconociendo plenamente su responsabilidad de proteger a los refugiados y los desplazados internos, el Gobierno siguió adoptando medidas sustantivas para mejorar su situación económica y social y su integración temporal en la sociedad, teniendo en cuenta su derecho a regresar a su país de origen en condiciones de seguridad en el futuro. En virtud del programa estatal de 2004 para mejorar las condiciones de vida e incrementar el empleo de los refugiados y las personas desplazadas, se construyeron 61 asentamientos para estos grupos y en diciembre de 2007 se cerraron los últimos campamentos de refugiados temporales en el país. Las actividades gubernamentales, que incluyeron la asignación de 607,5 millones de dólares de los EE.UU. para el establecimiento de nuevos asentamientos, y 1.250 millones de dólares para la protección social durante un período de cinco años, han permitido reducir la tasa de pobreza de estos grupos del 74 al 30% y han suscitado elogios del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

14.Reiterando que los grupos religiosos gozan de libertad para funcionar sin obstáculos en Azerbaiyán, el orador enumera los grupos que existen y subraya el reconocimiento expresado tanto por la Relatora Especial sobre la libertad de religión o de creencias como por el Secretario de Estado de la Santa Sede por el grado de tolerancia religiosas que hay en el país. Además, pone de relieve las actividades de la Fundación Heydar Aliyev, una ONG que desde 2006 ha llevado a cabo la restauración de distintos monumentos religiosos y culturales en Azerbaiyán y ha hecho contribuciones financieras a la labor de restauración en el exterior. La promoción del diálogo intercultural e interreligioso reviste carácter prioritario para la política exterior del Gobierno, y Azerbaiyán ha organizado varias reuniones internacionales en este ámbito en 2007 y 2008. Desde 2007 el país también ha sido miembro del grupo de amigos de la Alianza de Civilizaciones.

15.La Organización de la Conferencia Islámica ha declarado Bakú la capital de la cultura islámica para 2009. Además, el Gobierno se esfuerza permanentemente por mantener y desarrollar los valores culturales de las minorías nacionales y los grupos étnicos que viven en el país, mediante numerosos centros culturales y otros locales públicos para las minorías nacionales. El Gobierno sigue una política de cooperación activa con distintas organizaciones internacionales para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. En lo que respecta al mantenimiento y desarrollo de los idiomas minoritarios, el orador esboza la situación y las medidas que se describen en la sección sobre educación del informe periódico.

16.Pone de relieve las dificultades permanentes que representa para Azerbaiyán el conflicto entre Armenia y Azerbaiyán por Nagorno-Karabaj, que se describe en los párrafos 2 a 7 del informe periódico. De resultas del conflicto, el Estado parte no ha estado en condiciones de cumplir sus obligaciones internacionales de promover y proteger los derechos humanos en los territorios ocupados.

17.El Sr. de Gouttes (Relator para el país) celebra la regularidad con que el Estado parte ha presentado sus informes periódicos. Refiriéndose a los datos demográficos suministrados, observa que los resultados del censo que se realizó en abril de 2009 no estarán disponibles hasta 2011.

18.En los párrafos 15 a 19 del informe periódico, se suministran detalles sobre las diferentes minorías y tendencias religiosas que actualmente existen en el Estado parte, que en todos los casos gozan de libertad religiosa. En el informe también se hace referencia a las dificultades que representa para Azerbaiyán el conflicto entre Armenia y Azerbaiyán por Nagorno-Karabaj y otros siete distritos de sus alrededores que están ocupados por Armenia. Tanto el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares como el Comité de los Derechos del Niño han planteado su preocupación por la persistencia del conflicto en sus observaciones finales de 1999 y 2006, respectivamente. Pide que se presente información actualizada sobre el conflicto, en particular en lo que respecta a los desplazados internos y los refugiados y los consiguientes riesgos de discriminación étnica o racial. Sería conveniente saber qué medidas se han adoptado para alentar la reconciliación entre los armenios y los azerbaiyanos. Pregunta también qué consultas ha celebrado el Gobierno con los desplazados internos, si se ha establecido un registro de los bienes que han perdido como consecuencia del conflicto y qué mecanismos se han creado para facilitar su acceso al empleo, la vivienda, los mecanismos de crédito y la atención de la salud, así como la integración de sus hijos en las escuelas.

19.Además de la información general que figura en el informe periódico, el Comité agradecería que se suministraran actualizaciones de las políticas gubernamentales sobre cuatro ámbitos especialmente delicados, a saber: la trata de personas, la inmigración, la lucha contra el terrorismo y la pobreza.

20.En relación con el capítulo II del informe, acoge con satisfacción la aprobación del Plan de Acción Nacional de defensa de los derechos humanos, que incluiría, en particular, iniciativas para que la legislación interna se ajuste plenamente a las normas internacionales de derechos humanos. También encomia al Estado parte por su afirmación del principio de la no discriminación y la igualdad de derechos para todos, su protección de la libertad de religión y de conciencia y su ratificación de la mayoría de los principales instrumentos de derechos humanos, en particular la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

21.Para su aplicación de los artículos 2 y 3 de la Convención, el Estado parte dispone de varias disposiciones jurídicas que protegen la igualdad y la no discriminación. Algunas son de carácter civil, otras penal, como el artículo 283 del Código Penal que contempla penas por todo acto dirigido a incitar la hostilidad étnica, racial, social o religiosa, el artículo 111 de ese Código que tipifica como delito todo acto cometido con el fin de lograr y mantener la dominación de un grupo racial con el propósito de ejercer opresión sobre otro grupo racial y la Ley sobre la trata de personas, de 28 de junio de 2005. Además, las medidas dispuestas en la Ley sobre el estado de excepción de 2004 deben ajustarse a las obligaciones de Azerbaiyán en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos y el Ministerio de Seguridad está llevando a cabo investigaciones de actos de odio racial, en virtud del artículo 283 del Código Penal. Sería conveniente conocer los resultados de estas investigaciones. El Comité también agradecería información adicional sobre la labor del Ombudsman para los derechos humanos para combatir el racismo, las quejas que ha recibido y su participación en la preparación del informe periódico. Pregunta si el departamento del Tribunal Supremo encargado de informar a los jueces acerca de los precedentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con miras a la modernización del sistema judicial en virtud del decreto promulgado por el Presidente el 19 de enero de 2006, no debería ampliar el alcance de su labor a todos los instrumentos internacionales de derechos humanos, en particular la Convención.

22.En lo que se refiere a la aplicación del artículo 4 de la Convención, aunque el Código Penal contiene muchas disposiciones relacionadas con la discriminación racial, étnica o religiosa, al parecer no abarca todas las disposiciones del artículo 4, en particular la participación en las actividades de organizaciones racistas, incluida su financiación, así como la divulgación de ideas basadas en la superioridad de una raza. En el informe se suministran datos pormenorizados sobre las iniciativas destinadas a prevenir la esclavitud y la trata de personas, en particular el Plan de Acción Nacional de lucha contra la trata de personas y el Fondo de asistencia a las víctimas de la trata de personas. También contiene cifras sobre los delitos y los procedimientos judiciales entablados en relación con la trata de personas entre 2003 y 2007. Refiriéndose a las estadísticas actualizadas proporcionadas por la delegación, el orador solicita más información sobre las sentencias y sanciones aplicadas en los casos mencionados. En cuanto a la migración, en el informe se suministran datos sobre las llegadas y salidas de migrantes del Estado parte en 2006, por país de origen y grupo étnico. También se hace referencia a la Comisión de control de fronteras y al Grupo coordinador de cooperación con la Organización Internacional para las Migraciones, al Programa estatal en materia de migraciones y al Servicio estatal de migraciones, así como al proyecto de código de las migraciones que se está elaborando. El Comité solicita que se suministren datos actualizados sobre el código y la "ventanilla única", y sobre la nueva reglamentación sobre visado que anunció la delegación. En el informe se explican los objetivos de la política de migración y las sanciones impuestas a la inmigración ilegal, incluidas las multas, la detención del número creciente de inmigrantes ilegales, la deportación y la extradición de terroristas y extremistas islámicos, así como el cierre de las oficinas de organizaciones extranjeras que tienen presuntos vínculos con estas personas. Pregunta si la amalgama entre inmigrantes ilegales y terroristas y extremistas islámicos no podría dar por resultado que los inmigrantes ilegales sin relación alguna con el terrorismo se encontraran en una situación especialmente vulnerable. A este respecto, insta al Estado parte a que consulte la Recomendación general Nº XXX del Comité sobre la discriminación contra los no ciudadanos y su declaración sobre la discriminación racial y las medidas para combatir el terrorismo aprobada en 2002 (A/57/18, párr. 514).

23.En lo que se refiere a la aplicación del artículo 5 de la Convención, en el informe se suministran estadísticas sobre la población económicamente activa y la composición étnica de la población empleada. Gran parte de la información es más pertinente al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Reviste importancia particular para el Comité la Ley del Consejo Judicial aprobada en diciembre de 2004, en virtud de la cual se han introducido importantes cambios en el funcionamiento del sistema de justicia, en particular en lo que respecta al procedimiento de selección de jueces, una mayor garantía de su independencia y la transparencia de su labor, y el fortalecimiento de las medidas disciplinarias aplicables a los jueces que abusen de su cargo. Estos cambios se producen en respuesta a las observaciones formuladas por el Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal en febrero de 2009. El Código Electoral garantiza que los ciudadanos de Azerbaiyán gocen de todos los derechos de sufragio, independientemente de su raza o etnia, y que los extranjeros que hayan residido en el municipio de que se trate como mínimo cinco tengan derecho a participar en las elecciones municipales. La legislación electoral también garantiza a todos los ciudadanos el derecho a ser elegidos, independiente de su raza o etnia. Desea saber si el derecho de todos los ciudadanos a presentarse como candidatos para ocupar cargos municipales significa que deben permanecer en el municipio en que están inscritos. Celebra el hecho de que la Comisión Electoral Central no haya recibido ninguna queja de personas que no fueran azerbaiyanas por la violación de sus derechos electorales debido a razones étnicas. Pide estadísticas sobre la representación de los diferentes grupos y minorías étnicas en el Parlamento, los municipios, la Comisión Electoral Central y las comisiones electorales de distrito. Pregunta si en las elecciones nacionales anteriores se tuvieron en cuenta las recomendaciones de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Consejo de Europa. En lo que se refiere a la cuestión de los refugiados y los desplazados internos, en el informe periódico se afirma que el Estado parte cumple plenamente con los principios de los instrumentos internacionales pertinentes a su estatuto y en 1988-1989, durante el conflicto entre Armenia y Azerbaiyán, hasta 200.000 azerbaiyanos que huyeron como consecuencia de la guerra obtuvieron el estatuto de refugiado, caso por caso. El Comité solicita más información sobre cualquier examen inicial que el Gobierno haya realizado de las medidas adoptadas en virtud del programa estatal de mejoramiento del nivel de vida y fomento del empleo de los refugiados y desplazados, aprobado en 2004. Desea saber qué medidas se han adoptado para mejorar las difíciles condiciones sociales y económicas en que siguen viviendo las personas desplazadas y para eliminar los obstáculos a que hacen frente para obtener empleo, vivienda y cuidado de la salud. Pregunta si se ha prestado atención especial a la situación de las mujeres y los niños, en particular en lo que se refiere al acceso de los niños a las escuelas regulares y no separadas. En vista de las dificultades con que aparentemente tropiezan los ciudadanos rusos de Chechenia en el procedimiento de determinación de la condición de refugiado, especialmente en relación con el requisito de documentos de registro (propiska), que les permitirían incorporarse al mercado de trabajo y tener acceso a vivienda y a servicios de atención médica, desea saber qué medidas se han adoptado para que estas personas gocen de los mismos derechos sociales y económicos que otros solicitantes de asilo y para luchar contra la discriminación o el estigma social de que son objeto. Desea saber cómo reconcilia el Estado parte el principio de no devolución de los solicitantes de asilo con la lucha contra los inmigrantes ilegales, los canales irregulares de migración, los terroristas, sus cómplices y los extremistas islámicos fundamentalistas. También pide que se suministren más datos sobre la trata de personas, además de la información actualizada que la delegación suministró en su declaración de apertura. En particular, sería conveniente disponer de datos sobre el número de víctimas, el número de denuncias, enjuiciamientos y sentencias relacionadas con la trata de personas y la asistencia financiera y psicológica que el Fondo de asistencia a las víctimas de la trata de personas presta a las víctimas. El Comité también agradecería que se suministraran datos sobre la composición del Gobierno y los servicios públicos, desglosados por origen nacional y étnico.

24.En el informe se proporciona escasa información sobre la aplicación del artículo 6 de la Convención, y ninguna sobre el número de apelaciones presentadas al Tribunal Constitucional, o sobre denuncias, enjuiciamientos y sentencias en los tribunales ordinarios por actos de racismo o discriminación racial. La afirmación contenida en el párrafo 45 del informe en el sentido de que no se ha incoado causa penal alguna por los artículos del Código Penal que prohíben actos de racismo es algo sorprendente, especialmente si se tiene en cuenta el conflicto entre el Estado parte y Armenia, su población desplazada y el gran número de refugiados. El Comité planteó una preocupación semejante en relación con las personas de origen armenio en sus observaciones finales anteriores al Estado parte (CERD/C/AZE/CO/4, párr. 10), observando que una mayoría de los armenios que residen en Azerbaiyán prefieren ocultar su identidad étnica con objeto de evitar la discriminación contra ellos. El orador recuerda, como se destaca en el apartado b) del párrafo 1 de la Recomendación general Nº XXXI del Comité, que la inexistencia o el escaso número de denuncias, enjuiciamientos y sentencias por actos de discriminación racial en el país no debería considerarse como necesariamente positivo. El Comité desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para informar al público y a las víctimas de sus derechos, para facilitar el acceso a la justicia y aumentar la conciencia de los responsables de la aplicación de la ley acerca de la importancia de sancionar los actos de discriminación racial.

25.En lo que respecta a la aplicación del artículo 7 de la Convención, el orador observa que, si bien el idioma del Estado es el azerí, en virtud del artículo 45 de la Constitución todos tienen derecho a usar su lengua materna y es posible recibir instrucción en los idiomas de las minorías étnicas, simultáneamente con la enseñanza obligatoria del idioma azerí, la historia, la literatura y la geografía del país. A este respecto, se suministran datos sobre las escuelas, maestros y estudiantes que imparten o reciben enseñanza en azerí, ruso y georgiano, y el número de estudiantes extranjeros que cursan estudios superiores. Pregunta qué medidas se han adoptado para garantizar el derecho a la enseñanza y la educación en los idiomas armenio y talysh en algunas escuelas. En lo que respecta a la cultura, tras adherirse a la Convención, el Estado parte reformó la legislación nacional para garantizar el derecho de todos a la protección de su idiosincrasia nacional y cultural, y a la libre elección de los valores espirituales, estéticos y otros. También se han adoptado medidas para conservar y desarrollar los valores culturales de las minorías nacionales y los grupos étnicos, mediante vínculos con las misiones diplomáticas. En el informe se enumeran algunas medidas adoptadas para fomentar la comprensión mutua, el respeto y la tolerancia, entre otras cosas la realización de actividades para la conservación y el desarrollo de los valores culturales de las minorías étnicas en virtud del Plan de Acción Nacional de defensa de los derechos humanos (2007-2010), y el establecimiento de un consejo consultivo compuesto por los dirigentes de las principales confesiones, que emprendió sus actividades en 2007. El orador pide información adicional sobre la labor preliminar del consejo. También pregunta cómo reaccionaron los medios de comunicación ante las demandas judiciales contra los periodistas que escribieron artículos denigrando los valores religiosos y qué medidas se han adoptado para impedir la entrada en el país de libros religiosos que hacen apología de la intolerancia y la discriminación por razones religiosas. Por último, el Comité pide que se suministre información sobre los programas de radio y televisión destinados a promover las culturas de las minorías y a reflejar la población multicultural del Estado parte; las medidas adoptadas para capacitar a los funcionarios encargados del orden público y al personal judicial en materia de respeto de los derechos humanos, la comprensión entre distintas etnias y razas, y la prevención de la discriminación racial; y las medidas adoptadas para garantizar que los informes periódicos y las observaciones finales del Comité se divulguen entre el público.

26.El Sr. Avtonomov señala la importancia de la autoidentificación para los grupos minoritarios y étnicos; estos mismos deberían afirmar que son un grupo e indicar el nombre por el que quieren ser llamados, y el Gobierno simplemente debe hacer suya esta definición.

27.Pregunta si los grupos nacionales y étnicos presentes en la población del Estado parte están representados en los órganos policiales y en otros órganos de orden público, especialmente en las zonas en que son muy numerosos.

28.Pregunta por qué aproximadamente el 10% de los niños que nacen en el Estado parte no están registrados y si este porcentaje incluye una proporción elevada de niños nacidos en grupos vulnerables, como los refugiados y los desplazados internos. Se trata de una preocupación especial a la luz de los informes en el sentido de que los niños nacidos en el Estado parte han sido víctimas de la trata de personas con fines sexuales y otras formas de explotación.

29.Pide más información sobre la situación de los romaníes en el Estado parte y recomienda que el Gobierno consulte la Recomendación general Nº XXVII del Comité sobre la discriminación de los romaníes.

30.Desea saber si hay motivos nacionales o étnicos para el estatuto autónomo de la República Autónoma de Nakhicheva.

31.El Sr. Kemal encomia a Azerbaiyán por haber promulgado un detallado conjunto de leyes para proteger los derechos humanos en distintos ámbitos. También le complace saber que el Estado parte ha podido hacer frente a la crisis financiera mundial y que impera la tolerancia religiosa.

32.Se ha informado al Comité de que durante el período que se está examinando el Ombudsman recibió 42.260 quejas, de las cuales 8.600 corresponden a 2008 únicamente. Observando que más de una tercera parte de las quejas de que se trata se describen como violaciones de los derechos civiles, pregunta si están dirigidas contra organismos estatales. Las demás se refirieren a violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales. El orador pregunta qué porcentaje de quejas resulta admisible y qué tipo de recursos se otorga a los demandantes.

33.No se menciona ninguna queja de discriminación racial, a pesar de las campañas de divulgación en esta esfera, y en el párrafo 26 del informe se afirma categóricamente que no existe discriminación contra las personas de etnia armenia que residen en territorio de Azerbaiyán. En general, el Comité opina que todos los países sin excepción experimentan cierta forma de discriminación racial y que la ausencia de quejas podría indicar que las partes afectadas carecen de confianza en la capacidad del sistema jurídico para la reparación de sus reclamaciones o temen represalias. Agradecerá toda aclaración que la delegación pueda suministrar.

34.El Sr. Murillo Martínez observa que el Gobierno de Azerbaiyán está adoptando medidas en el marco del Plan de Acción Nacional de defensa de los derechos humanos para dar a conocer la legislación a la población, prohibir la discriminación y fomentar la paz y la tolerancia. Se han celebrado mesas redondas sobre la tolerancia y sobre los valores religiosos y los medios de comunicación, y en una reunión de dirigentes de las comunidades islámicas y no islámicas se intercambiaron opiniones sobre la situación religiosa. Al Comité le interesaría saber qué repercusiones tuvieron estas iniciativas. Pregunta si se han llevado a cabo encuestas para determinar si la sociedad en general y los distintos grupos religiosos y culturales se beneficiaron concretamente como resultado de estas iniciativas.

35.El Sr. Sicilianos dice que hace unos años participó en una misión de expertos del Consejo de Europa que visitó Azerbaiyán para prestar asistencia al país a adaptar plenamente su legislación al Convenio Europeo de Derechos Humanos y sus demás obligaciones internacionales. Observa con satisfacción que Azerbaiyán ha ratificado los ocho principales instrumentos internacionales de derechos humanos de las Naciones Unidas. La labor del Estado parte en beneficio de los desplazados internos también es sumamente encomiable.

36.El Comité ha recibido una gran cantidad información sobre los refugiados y los solicitantes de asilo, incluidas denuncias en el sentido de que las autoridades son reacias a reconocer a personas de la minoría chechena de la Federación de Rusia como solicitantes de asilo legítimos por razones políticas. Además, aunque el Gobierno en general respeta el principio de no devolución, aparentemente esta protección no se brinda a los chechenos, los afganos ni los iraquíes. Invita a la delegación a formular observaciones sobre estas denuncias y a indicar si se niega a los solicitantes de asilo y a las personas a quienes se haya reconocido la condición de refugiado acceso a los derechos económicos y sociales, incluidos servicios de atención de la salud y empleo. La mayoría también se enfrenta con obstáculos para registrar el matrimonio pues no posee pasaporte ni otro documento que confirme que no ha contraído matrimonio con anterioridad. Además, las autoridades también se niegan a registrar a los niños recién nacidos si los padres carecen de permisos de residencia oficiales.

37.El Sr. Diaconu desea saber cuál es el origen étnico de los habitantes de la República Autónoma de Nakhicheva. Observando que Azerbaiyán es parte en el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales del Consejo de Europa, pregunta qué minorías nacionales figuran en las quejas presentadas ante el órgano del Consejo de Europa encargado de examinar la aplicación del Convenio.

38.En el informe no se menciona la existencia de organizaciones que se dedican a la incitación al racismo o la promoción de actividades racistas. El Comité alienta a los Estados partes a que declaren ilegales dichas organizaciones. Pregunta si hay alguna disposición en la legislación azerbaiyana que pueda invocarse contra ellas.

39.Celebra el hecho de que se permita a los extranjeros participar en elecciones municipales si reúnen determinadas condiciones. No obstante, los desplazados internos no pueden participar en estas elecciones porque originalmente se domiciliaban en otra parte. Aunque comprende la renuencia de las autoridades a ceder respecto de una cuestión que podría socavar la integridad territorial del país, señala que las personas de que se trata no tienen la culpa de haber sido desplazadas y deben gozar de los mismos derechos que los extranjeros. En general, la situación de las personas desplazadas es un tema fundamental en Azerbaiyán. Al parecer, un gran número de personas siguen siendo +víctimas de discriminación, en particular en ámbitos como el empleo y la vivienda, a causa de un conflicto que finalizó hace 16 años. Pregunta si se tiene previsto adoptar alguna medida para reparar esta situación.

40.Observando que las comisiones electorales están integradas por representantes de grupos étnicos distintos de los azerbaiyanos, pregunta cuántos representantes de otros grupos étnicos han sido elegidos miembros del Parlamento y de órganos locales.

41.Solicita más información sobre el mandato del Ombudsman. En algunos países este tiene autoridad para imponer sanciones a instituciones o entidades jurídicas que cometen actos de discriminación. En otros países simplemente tiene derecho a ponerse en contacto con el órgano de que se trata para solicitar más información y recomendar la adopción de medidas correctivas.

42.La Presidenta invita a la delegación de Azerbaiyán a responder a las preguntas formuladas por el Comité.

43.El Sr. Khalafov (Azerbaiyán) dice que el procesamiento de los datos del censo de población de abril de 2009 no habrá finalizado hasta 2011. Tan pronto se disponga de los datos relativos a las preguntas formuladas, estos se transmitirán al Comité.

44.La Oficina del Ombudsman participa activamente en la preparación de todos los informes relativos a cuestiones de derechos humanos. Formula recomendaciones y celebra reuniones informativas e intercambios de opinión con los representantes de ONG y las autoridades públicas.

45.La mayoría de las quejas presentadas al Ombudsman se refieren al ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de personas apátridas residentes en Azerbaiyán. En 2008 el Ombudsman llegó a la conclusión de que el 51,2% de las quejas recibidas eran inadmisibles, por ejemplo, por carecer de jurisdicción para ocuparse de ellas, porque eran anónimas o porque ya se habían entablado las acciones judiciales pertinentes. Hasta la fecha, el Ombudsman ha resuelto satisfactoriamente el 35,7% de las quejas; en 2008, la proporción fue del 43,3%.

46.El Ombudsman celebra periódicamente seminarios, mesas redondas, debates televisados y otros encuentros para fomentar la conciencia acerca de los derechos humanos y, en particular, las disposiciones de la Convención, entre los órganos estatales, la sociedad civil y las minorías nacionales. Se han abierto filiales regionales de la Oficina del Ombudsman en distintas ciudades de todo el país. Así pues, el alcance de las actividades del Ombudsman se está ampliando permanentemente. Se han ejecutado programas educacionales y de asistencia jurídica en regiones densamente habitadas por minorías nacionales. Garantiza al Comité que no hay impedimentos jurídicos para la ejecución de estas actividades por parte del Ombudsman.

47.En cuanto a la sugerencia sobre el establecimiento de un consejo para los asuntos de las minorías nacionales en el que estas estén representadas, actualmente las autoridades están analizando la posibilidad de que representantes de las minorías participen en el proceso legislativo y se abran nuevas vías de consulta entre los órganos estatales y los grupos minoritarios. También se han adoptado medidas para establecer un consejo constitucional. Ya se han puesto en práctica muchos artículos del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales del Consejo de Europa y se está haciendo todo lo posible para crear las condiciones para la aplicación de las disposiciones restantes.

48.Conviene en que las secuelas del conflicto con Armenia han afectado adversamente la situación de toda la región del Cáucaso meridional, socavando el desarrollo y la cooperación regional e impidiendo el logro de la armonía entre los pueblos. Azerbaiyán está resuelta a alcanzar un acuerdo pacífico que incluya el regreso de los refugiados y los desplazados internos, el restablecimiento de la confianza entre los pueblos interesados, la reapertura de las comunicaciones y el establecimiento de las garantías de seguridad para todos los pueblos que viven en el territorio de Armenia y Azerbaiyán, con la asistencia de la comunidad internacional. En julio de 2009 los Presidentes de Francia, la Federación de Rusia y los Estados Unidos, los países que presiden conjuntamente el Grupo de Minsk de la OSCE, afirmaron que estaban resueltos a apoyar a los dirigentes de Armenia y Azerbaiyán para que finalizaran los principios básicos para la resolución del conflicto de Nagorno-Karabaj. Recuerda al Comité que unas 200.000 personas de etnia azerbaiyana huyeron de Armenia después de la ocupación de Nagorno-Karabaj y varias otras regiones, lo cual dejó desplazados a más de 750.000 azerbaiyanos.

49.El conflicto de Nagorno-Karabaj llevó a la depuración étnica de todo el territorio ocupado y tuvo graves repercusiones para Azerbaiyán. A pesar de ello, las aproximadamente 30.000 personas de etnia armenia que viven en Azerbaiyán no sufren discriminación alguna. La mayoría de las personas de etnia Armenia son hijos de matrimonios mixtos y están representados en todos los ámbitos de la vida, incluida la administración pública. La discriminación por motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico está prohibida por ley y no existe en la práctica. El Código Penal contiene normas que definen la responsabilidad penal por los delitos basados en el odio o los delitos motivados por la intolerancia racial o religiosa o la xenofobia.

50.Respondiendo a las preguntas relativas a los refugiados y los desplazados internos, dice que se ha otorgado asilo a los refugiados de Armenia por motivos humanitarios, lo cual les da acceso a una serie de derechos previstos en la Ley sobre el estatuto de los refugiados y los desplazados forzosos (desplazados internos) de Azerbaiyán, entre otras cosas la salud, la educación, la protección social y el empleo. El Comité estatal para los refugiados y los desplazados forzosos se encarga de la tramitación de las solicitudes de asilo y recibe fondos públicos para la ejecución de programas de asistencia para refugiados y personas desplazadas. Las personas a quienes se haya reconocido la condición de refugiado también tienen derecho a solicitar la ciudadanía azerbaiyana y así obtener acceso a todos los derechos de que gozan los ciudadanos.

51.En 2007 se cerraron los campamentos en que los refugiados y los desplazados internos habitaban viviendas deficientes. Se suministraron fondos públicos para mejorar las condiciones socioeconómicas de los refugiados y los desplazados internos. Se construyeron nuevos asentamientos para alojar a las personas en espera de su regreso a sus lugares de origen en condiciones de seguridad. Los refugiados y desplazados también reciben asistencia financiera del Gobierno de Azerbaiyán.

52.Se han adoptado medidas para que los buenos resultados económicos de Azerbaiyán se reflejen en el bienestar socioeconómico de su población. Se ha establecido el Fondo Estatal del Petróleo que garantiza la gestión eficaz de los ingresos del petróleo, que se utilizan, entre otras cosas, para financiar importantes proyectos en todo el país para el desarrollo socioeconómico de la población, incluidos los refugiados y los desplazados. Se están ejecutando distintos programas sociales que facilitan la creación de empleo, el desarrollo socioeconómico de las regiones, la modernización de la infraestructura y la seguridad energética, entre otras cosas. Ninguno de estos programas se ha reducido como consecuencia de la crisis económica. Los programas constituyen redes de seguridad sólidas para sectores vulnerables de la sociedad como los refugiados y los desplazados.

53.En respuesta a la pregunta 8 de la lista de cuestiones (CERD/C/AZE/Q/6), el orador dice que se ha elaborado una serie de proyectos en virtud del Plan de Acción Nacional de defensa de los derechos humanos destinado a combatir la discriminación y fomentar una cultura de paz y tolerancia. Se han llevado a cabo distintas actividades para promover el diálogo intercultural e interreligioso y conservar y desarrollar el patrimonio cultural de las minorías étnicas. Estas actividades también se han realizado en las regiones. En general las minorías nacionales de Azerbaiyán viven en comunidades compactas.

54.Con arreglo a la nueva Constitución, ya no se menciona en los documentos de identidad de las personas su origen étnico ni nacional. Por consiguiente, la delegación no está en condiciones de suministrar estadísticas desglosadas de dicho origen. De conformidad con la legislación y la práctica de Azerbaiyán, toda persona tiene derecho a ser elegida o a presentarse para ocupar un cargo público, independientemente de su origen étnico. Las minorías nacionales están bien representadas en las estructuras parlamentarias y estatales.

55.La participación de las minorías nacionales en la vida pública se garantiza mediante su representación en los órganos estatales y electorales y en distintas campañas auspiciadas por el Gobierno destinadas a incrementar la conciencia acerca de su cultura, historia y patrimonio. Se ponen fondos públicos a disposición de programas de radio y televisión con el objeto de promover y proteger la cultura y el patrimonio de las minorías. Las estaciones locales de radio y televisión también transmiten programas en lenguas minoritarias. Se han adoptado medidas para permitir que los niños de grupos minoritarios estudien su lengua, tradiciones, costumbres y cultura en la escuela a fin de conservar su cultura y patrimonio.

56.Las observaciones finales anteriores del Comité se han traducido al azerí y publicado, y las instituciones estatales y ONG las utilizan como referencia.

57.Azerbaiyán se ha sumado a la campaña del Consejo de Europa para combatir la violencia contra la mujer y en enero de 2007 el Consejo de Ministros aprobó el "programa integrado para combatir la violencia cotidiana en una sociedad democrática", que dispone la adopción de medidas amplias relacionadas con la prevención de la violencia basada en el género.

58.La legislación interna se examina permanentemente para velar por su coherencia con los instrumentos internacionales en que el país es parte. Tras la reciente celebración de un referéndum, se incorporaron en la Constitución disposiciones que prohíben la discriminación por motivos de raza, origen nacional o étnico, idioma, género y otros.

59.En respuesta a la pregunta 10 de la lista de cuestiones, el orador dice que, de conformidad con la Constitución, los instrumentos internacionales ratificados por Azerbaiyán forman parte integral del ordenamiento jurídico interno y pueden invocarse en los tribunales nacionales. Las disposiciones de los tratados internacionales tienen prioridad sobre la legislación interna pertinente, salvo en los casos en que esto afecta las disposiciones constitucionales. Todos los principios y normas fundamentales que rigen los derechos humanos y las libertades fundamentales se reflejan en la Constitución.

60.En lo que respecta a la República Autónoma de Nakhicheva, el orador expone un panorama detallado de su historia, que es la causa fundamental de su situación actual. La región tiene su propia constitución, parlamento y gobierno, como lo dispone la Constitución de Azerbaiyán.

61.En lo que se refiere a las preguntas 12 y 13 de la lista de cuestiones, el orador señala que Azerbaiyán coopera activamente con organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos en relación con la lucha contra la trata de personas y el suministro de asistencia a las víctimas. Se ha adoptado una serie de reglamentaciones pertinentes, cuyos detalles figuran en las respuestas por escrito (documento sin signatura, distribuido en la sala de reuniones en inglés únicamente). Se ha establecido una línea telefónica directa dentro del Ministerio del Interior para víctimas y posibles víctimas de la trata de personas; el Ministerio también coopera con una ONG que tiene una línea de asistencia para las víctimas de la trata.

62.En 2008 se instituyeron actuaciones penales contra 348 personas en relación con las denuncias de trata en virtud de diferentes artículos del Código Penal, a saber: la trata de personas (art. 144-1); trabajo forzoso (art. 144-2); participación de menores en la prostitución (art. 171); distribución ilícita de material pornográfico (art. 242); participación forzada en actos sexuales (art. 151); sustitución de un niño por otro (art. 172); participación en la prostitución (art. 243); y administración de un burdel (art. 244). En las respuestas por escrito a la pregunta 13 de la lista de cuestiones se suministra información sobre el número exacto de casos, así como estadísticas de la trata para el primer semestre de 2009. Las respuestas también contienen información pormenorizada sobre la asistencia proporcionada a las víctimas de la trata y sus hijos, en particular: alojamiento temporal, asistencia jurídica, atención médica, apoyo psicológico, colocación en el empleo, inserción en el sistema de educación, indemnización por daños materiales y prestaciones de reintegración.

63.Respondiendo a la pregunta 14 de la lista de cuestiones, el orador señala que la extradición de autores de delitos se rige por la legislación interna, que se basa en el Tratado modelo de extradición de las Naciones Unidas. La ley no dispone la extradición a países en que la persona podría sufrir el riesgo de persecución por motivos de raza, origen étnico, idioma, religión, nacionalidad, afiliación política o género. No se han llevado a cabo extradiciones en violación de estas disposiciones ni de la legislación internacional pertinente.

64.En respuesta a una pregunta sobre el tratamiento que se brinda a los solicitantes de asilo de Chechenia, dice que Azerbaiyán es parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y coopera activamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Se ha otorgado asilo a muchos ciudadanos rusos por motivos humanitarios; los chechenos presuntamente involucrados en actividades delictivas, en particular actos de terrorismo, han sido procesados.

65.En lo que respecta a las preguntas 15 y 16 de la lista de cuestiones, reitera que su delegación no está en condiciones de suministrar estadísticas sobre la representación de los grupos étnicos y las minorías en el Parlamento y los gobiernos municipales, ni sobre la composición de la administración pública desglosadas por origen étnico, porque el origen étnico de una persona se considera un asunto privado y no se refleja en los documentos oficiales.

66.En cuanto a la pregunta 24 de la lista de cuestiones, dice que se han preparado cursos especiales en cooperación con el Ministerio de Justicia para impartir capacitación a los agentes del orden y al personal judicial en la esfera de los derechos humanos, en particular de la discriminación racial. A este respecto, cabe señalar que la mayoría de los agentes del orden en las zonas habitadas por minorías son miembros de minorías étnicas o nacionales.

67.En respuesta a las preguntas formuladas por el Relator para el país, informa al Comité de que los Presidentes de Armenia y Azerbaiyán y los copresidentes del Grupo de Minsk se reunieron en julio de 2001 en Moscú para analizar cuestiones relativas a la resolución del conflicto de Nagorno-Karabaj y superar las diferencias pendientes. También se reunieron en Moscú representantes culturales de Nagorno-Karabaj y Azerbaiyán, embajadores de ambos países e intelectuales, con miras a impulsar el diálogo y establecer la confianza necesaria para la resolución pacífica del conflicto. Azerbaiyán, que se ha visto afectado de forma desproporcionada por el conflicto, asigna la mayor prioridad a una resolución rápida. Una quinta parte del territorio de Azerbaiyán fue ocupada y el país tuvo que hacer frente al problema de medio millón de desplazados, con las consiguientes consecuencias socioeconómicas. La finalización del conflicto crearía un entorno propicio para el regreso de las personas desplazadas y el adelanto del desarrollo socioeconómico del país.

Se levanta la sesión a las 18.05 horas.