Naciones Unidas

CERD/C/SR.1878

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

24 de junio de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial 73º período de sesiones

Acta resumida de la 1878ª sesiónCelebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes 29 de julio de 2008, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Dah

Sumario

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 8º a 12º de Namibia

Se declara abierta la sesión a las 15.10 horas.

Examen de los informes, observaciones e información presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención (continuación)

Informes periódicos 8º a 12º de Namibia (CERD/C/NAM/12; lista de puntos que han de considerarse y respuestas por escrito, documentos sin signatura, en inglés solamente)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Namibia toma asiento como participante a la mesa del Comité.

2.El Sr. Namiseb (Namibia) se refiere al complejo pasado colonial de Namibia y al apartheid, y señala que los progresos en materia de presentación de informes en el marco de la Convención brindan a su país una buena oportunidad para una autoevaluación de sus avances. Con arreglo al artículo 144 de la Constitución de Namibia, las normas generales del derecho internacional público y los acuerdos internacionales en que es parte el país quedan incorporados automáticamente al derecho interno. Por consiguiente, las disposiciones de la Convención pueden invocarse directamente ante los tribunales nacionales.

3.El párrafo 1 del artículo 23 de la Constitución prohíbe la práctica de la discriminación racial y de la ideología del apartheid. La Ley de prohibición de la discriminación racial de 1991 tipifica como delito la discriminación racial y establece las penas y recursos pertinentes, incluida la indemnización. La ley se modificó en 1998 tras una sentencia del Tribunal Superior por la que se declaraba inconstitucional el artículo 11 de dicha ley. En el informe se facilitan detalles sobre este fallo y las subsiguientes modificaciones.

4.Con arreglo a esta ley, se entiende por grupo racial un grupo de personas caracterizado por el color de la piel, la raza, la nacionalidad o el origen étnico o nacional. Las denuncias de discriminación racial pueden dirigirse tanto a la policía como a la Oficina del Defensor del Pueblo. Este último es una institución independiente con competencia para recomendar la iniciación de un procedimiento por el Fiscal General. El Consejo de Jefes Tradicionales, establecido con arreglo a la Ley sobre el Consejo de Jefes Tradicionales Nº 13, de 1979, asesora al Presidente sobre cuestiones relacionadas con las tierras comunales y las cuestiones tradicionales.

5.Desde la independencia, se han hecho esfuerzos para eliminar, entre otros medios mediante el reasentamiento, la segregación geográfica de los grupos étnicos por la que se había caracterizado la época del apartheid. En el informe se facilitan estadísticas demográficas detalladas.

6.Con los años, se han aplicado políticas y programas gubernamentales para mejorar la situación socioeconómica de los grupos marginados. Estas medidas han incluido programas de capacitación dirigidos, entre otros, a la comunidad san. Las desigualdades en el acceso a la educación han sido objeto de una política titulada "Opciones nacionales para los niños marginados en la enseñanza".

7.El acceso a la tierra se ha abordado con una reforma agraria en curso, que tiene por objetivo el reasentamiento de grupos previamente desfavorecidos. La Política Nacional de Reasentamiento (2001) señala a los san como beneficiarios concretos del reasentamiento.

8.La acción afirmativa está prevista en el párrafo 2 del artículo 23 de la Constitución. La Ley de medidas de acción afirmativa (empleo) de 1998 prevé el logro progresivo de la igualdad en el empleo; la Comisión de Equidad en el Empleo supervisa la aplicación de la ley e investiga las denuncias pertinentes. Los empleadores están obligados a presentar para su aprobación por la Comisión planes de acción para la eliminación de la discriminación racial en el puesto de trabajo, así como informes periódicos sobre la aplicación de dichos planes. La Ley de medidas de acción afirmativa (empleo) prevé sanciones para aquellos empleadores que no hayan presentado informes o no apliquen planes de acción. Habida cuenta de algunas deficiencias en la aplicación de la ley, en junio de 2004 se encargó un Estudio de evaluación del efecto de la acción para examinar el progreso alcanzado. Este estudio ha puesto de manifiesto que el progreso ha sido lento, y se han tomado medidas para que se aplique más estrictamente la ley. El proyecto de ley de trabajo de 2007, que establece la igualdad en el empleo, debe entrar en vigor a mediados de 2008 una vez se hayan ultimado las directrices sobre la mediación y el arbitraje y se haya nombrado a mediadores.

9.También se han tomado medidas de acción afirmativa en el ámbito de la reforma agraria, destinadas principalmente a los grupos desfavorecidos, y en particular los san y los antiguos trabajadores agrícolas. Se han tomado medidas correctivas para corregir los desequilibrios sociales, económicos y educativos en Namibia, también en la policía, las fuerzas de defensa y el servicio penitenciario.

10.El título 3 de la Constitución enumera una serie de derechos civiles que deben respetar todas las instituciones del Estado. El artículo 4 de la Constitución contiene disposiciones relativas a la adquisición y la pérdida de la ciudadanía, incluida su adquisición por matrimonio, que ha tomado carta de ley con la Ley de ciudadanía de 1990.

11.La Ley de reforma agraria (de tierras de valor comercial) de 1995 reglamenta la adquisición de explotaciones agrarias y la distribución de tierras a los grupos desfavorecidos, incluidas las mujeres, así como la indemnización. La Comisión Consultiva de la Reforma Agraria asesora al Ministerio de Tierras en las cuestiones que se plantean en el contexto de la redistribución de la tierra; el Tribunal de Tierras es competente para resolver los diferendos. El Plan de Acción afirmativa en materia de préstamos permite a los agricultores emergentes, que anteriormente habían tenido dificultades para acceder a préstamos de bancos comerciales, obtener créditos del Banco Agrícola. El Ministerio de Tierras está estudiando otras opciones para asistir a los agricultores reasentados mediante programas de préstamos.

12.Con el fin de facilitar el avance hacia una cultura de los derechos humanos, la Oficina del Defensor del Pueblo ha emprendido actividades nacionales de sensibilización. El Centro de Derechos Humanos y Documentación de la Universidad de Namibia se dedica a investigar los derechos humanos y a difundir información sobre éstos. El Comité Consultivo del Defensor de los Derechos Humanos, establecido en abril de 2006, agrupa a representantes de organizaciones de la sociedad civil, del Gobierno y del Consejo Ecuménico.

13.El Sr. Kamatuka (Namibia) señala que el informe no hablaba de "pueblos indígenas", puesto que en África todos los grupos étnicos son autóctonos. Por lo tanto, cuando se habla del pueblo san se emplea en particular la expresión "pueblo sumamente marginado". Tras reseñar brevemente la historia del pueblo san, el orador señala que la mayoría de las comunidades san sigue llevando una vida tradicional, viviendo de la tierra y de la caza como sus antepasados. Debido al rápido agotamiento de los recursos para su sustento, precisan adaptarse a la vida moderna. El Programa de Desarrollo de los San, aprobado en 2005, tiene por objetivo acelerar su integración económica. El programa incluye proyectos de integración educativa y reasentamiento, incluso en las tierras ancestrales de las que fueron expulsados en tiempos coloniales. Los proyectos de generación de empleo local para los san incluyen programas comunitarios de conservación de la naturaleza, proyectos agrícolas y proyectos para mejorar la condición de las mujeres san. Los proyectos se financian parcialmente gracias al sector privado y las donaciones internacionales. El Gobierno también está llevando a cabo campañas de concienciación para sensibilizar a la opinión pública sobre la difícil situación de los san.

14.El Sr. Namiseb (Namibia) dice, en respuesta a la pregunta 1 de la lista de cuestiones, que las 13 regiones políticas de Namibia no se dividen por grupos étnicos. Sin embargo, algunas regiones aún albergan a grupos lingüísticos específicos, lo que constituye un legado del sistema de homelands para determinados grupos lingüísticos establecido durante el apartheid. Algunas regiones situadas en el centro, en particular alrededor de la capital, se han vuelto más étnicamente heterogéneas desde la independencia. Cada diez años se levantan censos de la población, y el más reciente se realizó en 2001. Entre censos, las encuestas sobre la vivienda y los ingresos proporcionan alguna información sobre la situación socioeconómica de los grupos étnicos.

15.Pasando a la pregunta 2, el orador explica que Namibia cuenta con un sistema jurídico monista en virtud del cual, una vez ratificada, la Convención pasa a ser automáticamente aplicable a nivel nacional y puede invocarse directamente ante los tribunales nacionales. Sus disposiciones prevalecen sobre el derecho interno paralelo. Se han hecho esfuerzos por armonizar las disposiciones nacionales con el derecho internacional.

16.La reforma legislativa está siendo lenta pero constante (pregunta 3). Se trata de un proceso encargado a la Comisión de Reforma y Desarrollo de la Legislación, que agrupa a abogados, profesores universitarios, representantes del Gobierno y miembros de la Sociedad de Juristas. La Comisión ha finalizado con éxito una serie de proyectos, incluido el proyecto sobre matrimonios según el derecho consuetudinario y la Ley de igualdad de las personas casadas de 1996. Se promulgará legislación en materia de matrimonios con arreglo al derecho consuetudinario cuando se hayan armonizado las formas de sucesión respectivas del derecho consuetudinario y del common law. La derogación de la legislación de la época anterior a la independencia requiere mucho tiempo, ya que es importante evitar lagunas jurídicas. La falta de recursos obstaculiza este proceso, y se ha contratado a expertos extranjeros para agilizarlo. Las esferas fundamentales de la reforma legislativa son las sucesiones y la administración de bienes, el matrimonio, los derechos de vivienda y de propiedad, la inmigración y la doble ciudadanía, la trata de personas y el acceso a la justicia.

17.En respuesta a la pregunta 4 de la lista de cuestiones, el orador señala que se han tomado medidas para acelerar la integración económica de los san. Las decisiones pertinentes se han tomado con participación de la opinión pública. El Gobierno reconoce a los dirigentes tradicionales, y todos los programas de desarrollo se aplican con participación de las comunidades interesadas. El Programa de Desarrollo de los San, introducido en 2005, se ha ampliado recientemente a los ovahimba.

18.El progreso en materia de acción afirmativa (pregunta 5) ha sido lento. En respuesta a ello, se han reforzado las normas y se imponen sanciones a los empleadores que no hayan adoptado las medidas necesarias. El Consejo Consultivo del Trabajo está asistiendo en estas iniciativas. Se están examinando más minuciosamente las solicitudes de los empleadores que deseen quedar exentos de la obligación de presentar informes y aplicar planes de acción.

19.Pasando a la pregunta 6, el orador informa de que en 2005 se aprobó, como parte del programa Visión Namibia 2030, una política gubernamental de asociación para la organización cívica. Esta política tiene por objetivo establecer una asociación de trabajo con las organizaciones de la sociedad civil a fin de garantizar su activa participación en la toma de decisiones. La Comisión Electoral, la Oficina del Defensor del Pueblo, la Comisión de Lucha contra la Corrupción, la Comisión de Seguridad Social y la Dependencia de Protección de la Mujer y al Niño, así como los órganos de orden público cooperan todos con las organizaciones de la sociedad civil en los ámbitos de la buena gobernanza, el fomento y la protección de los derechos humanos y la seguridad social. No existen organizaciones no gubernamentales (ONG) que se ocupen exclusivamente de las cuestiones de la discriminación racial o la violencia de género. En Namibia las organizaciones de la sociedad civil adoptan un criterio global para la protección de los derechos humanos.

20.Respondiendo a la pregunta 7, el orador señala que la erradicación de la ideología y de la práctica del apartheid es un proceso constante. Los principales instrumentos son la Ley de prohibición de la discriminación racial y la institución del Defensor del Pueblo, con competencia para tramitar las denuncias de discriminación racial. A fin de evaluar los progresos realizados, en la actualidad la Oficina del Defensor del Pueblo está celebrando audiencias para saber cómo percibe la opinión pública la discriminación racial. También se está entrevistando a las víctimas para determinar qué obstáculos encuentran al recurso judicial.

21.Con arreglo a la Constitución y a la Ley de enseñanza de 2001, las escuelas ya no están segregadas (pregunta 8). Las escuelas públicas ya están abiertas a todos los niños sin distinción de raza, color, región o grupo étnico. La prohibición de la segregación en la enseñanza se aplica también a las instituciones privadas.

22.En respuesta a la pregunta 9, el orador señala que es importante hallar un equilibrio entre la prohibición de la discriminación y la libertad de expresión. La Ley de prohibición de la discriminación racial está ponderada de manera que persiga eficazmente este objetivo.

24.La Ley sobre las autoridades tradicionales de 2000 (pregunta 11) abarca a todos los grupos indígenas. El Gobierno ha reconocido 42 autoridades tradicionales con arreglo a esta ley, entre ellas 5 comunidades damara y 3 comunidades san. Se ha recomendado el reconocimiento de otras 2 comunidades damara y también de otras 2 comunidades san. En las respuestas por escrito figura una lista de las comunidades que han sido reconocidas o en proceso de reconocimiento.

25.Pasando a la pregunta 12, el orador señala que competen al Ministerio de Tierras y Reasentamiento todas las cuestiones relativas a la reforma agraria. La base para la adquisición de tierras es el principio de "vendedor voluntario, comprador voluntario". Existe la alternativa de expropiar las tierras con arreglo a las disposiciones constitucionales pertinentes. La observancia del principio de "vendedor voluntario, comprador voluntario" ha frenado la adquisición de fincas. Ambos sistemas se describen en detalle en las respuestas por escrito.

26.La adquisición de tierras viene seguida por el reasentamiento, que es el traslado voluntario desde un lugar o zona caracterizada por unas condiciones sociales deficientes hacia otro lugar designado por el Gobierno en el que pueden facilitarse tierras y otros servicios sociales. El objetivo de los programas de reasentamiento es la distribución o asignación de tierras a los ciudadanos sin tierra, lo que les permite asegurar su subsistencia. El reasentamiento se dirige a grupos como los san, los ex combatientes, las personas desplazadas, las personas con discapacidad y las personas que proceden de zonas comunales superpobladas. Los comités regionales de reasentamiento estudian las solicitudes individuales y las transmiten a la Comisión Consultiva de la Reforma Agraria para su aprobación. En Namibia, los posibles sistemas de tenencia de la tierra son la titularidad absoluta (freehold tenure), la tenencia consuetudinaria, el arrendamiento (leasehold tenure), los derechos de pastoreo, la tenencia flexible de la tierra y la propiedad del Estado. Los detalles acerca de estos sistemas figuran en las respuestas por escrito.

27.En respuesta a la pregunta 13, señala que la mayoría de las áreas protegidas fueron proclamadas como tales antes de la independencia. La legislación promulgada en 1996 otorgaba derechos de uso condicional sobre la flora y la fauna silvestres a las comunidades que forman una unidad de gestión de la conservación de la naturaleza denominada "conservancy". Desde entonces, muchas comunidades locales han aprovechado la oportunidad de gestionar sus propios recursos naturales y actividades turísticas, y actualmente se encuentran zonas de conservación en la mayoría de regiones.

28.Las zonas de conservación de la naturaleza han demostrado su eficacia tanto aumentando la cantidad de fauna silvestre como fomentando el desarrollo rural. Desde la independencia, ningún grupo indígena ha sido despojado de sus tierras tradicionales para el establecimiento de reservas de caza o parques nacionales. Por otra parte, el Gobierno ha tomado una serie de medidas para potenciar el desarrollo socioeconómico de las comunidades que viven en esas zonas y seguirá recabando la participación de todos los interesados en la gestión de las zonas protegidas.

29.En respuesta a la pregunta 14, el orador señala que las sucesiones se rigen por una serie de leyes que datan de la época colonial y por las que las esferas del derecho privado se reglamentan según el origen racial de la persona. Al mismo tiempo, en el caso de los namibianos de raza negra, las herencias siguen rigiéndose en gran medida por el derecho consuetudinario indígena. Tras una serie de fallos judiciales, en 2005 se promulgó la Ley de reforma de las sucesiones y herencias para atajar la discriminación racial subyacente en las disposiciones anteriores. Sin embargo, resulta difícil desarrollar una norma aplicable a todos, dadas las diferencias entre los estilos de vida y costumbres. La principal diferencia entre ambos sistemas es que, con arreglo al derecho romano neerlandés, la herencia pasa al cónyuge y descendientes supérstites, mientras que en el derecho consuetudinario la herencia pasa a un pariente más lejano, quien también hereda la obligación de cuidar del cónyuge y los hijos del causante. Dada la compleja tarea de armonizar ambos sistemas, la delegación espera orientaciones del Comité.

30.La Comisión para la Reforma Legislativa y el Desarrollo ha concluido sus trabajos sobre el proyecto de sucesión y herencias y sus propuestas se transmitirán al Ministerio de Justicia. La Comisión ha propuesto tres modelos posibles. El primero consistiría en un planteamiento dual en el que ambos sistemas se seguirían aplicando en las comunidades respectivas, siempre que sus disposiciones fueran compatibles con la Constitución. El segundo consistiría en aplicar el derecho romano neerlandés, con lo cual el cónyuge e hijos supérstites serían los únicos herederos, si bien esta opción podría provocar una resistencia considerable por parte de las comunidades tradicionales. La tercera opción contempla un término medio según el cual se dividirían los bienes y un porcentaje fijo iría al cónyuge e hijos supérstites y la otra parte a los herederos reconocidos por las leyes consuetudinarias.

31.Pasando a la pregunta 15, el orador señala que las iniciativas de integración educativa de los niños de comunidades marginadas incluyen el establecimiento de las denominadas escuelas satélite, la enseñanza de la lengua autóctona durante los tres primeros años con el inglés como asignatura y la introducción de las escuelas móviles para el pueblo nómada ovahimba. A fin de mejorar el acceso de los grupos marginados a la educación terciaria, se han flexibilizado los requisitos de ingreso y se ha introducido un sistema de cuotas.

32.Se han tomado medidas afirmativas para crear igualdad de oportunidades para todos los grupos lingüísticos (pregunta 16). Se está llevando a cabo una revisión que sentará la base para formular legislación que promueva la potenciación social y económica de los grupos desfavorecidos.

33.En respuesta a la pregunta 17, el orador señala que resulta difícil luchar contra la alta incidencia de violaciones de mujeres san por miembros de otras comunidades. La Ley contra la violación de 2000 aborda este problema de manera general y se están llevando a cabo campañas de sensibilización sobre el problema específico de la violación de mujeres san. También se están tomando medidas para fomentar la capacitación educativa y social de los san.

34.Con el fin de garantizar una representación paritaria de todos los grupos étnicos y lingüísticos (pregunta 18), el título 12 de la Constitución prevé el establecimiento de estructuras gubernamentales tanto regionales como locales. La Constitución también dispone que los centros de poder regionales y locales estén delimitados ateniéndose a un criterio exclusivamente geográfico, sin distinción de raza, color u origen étnico, y asegurar así la integración de grupos antes segregados. El artículo 10 de la Constitución establece el derecho de todo ciudadano a postularse para un cargo, sin discriminación alguna. Se alienta a los partidos políticos a que velen por la diversidad en sus filas.

35.En respuesta a la pregunta 19, señala que existen dos oficinas regionales del Defensor del Pueblo y que en 2007 se crearon dos puestos adicionales. Está previsto el establecimiento de nuevas oficinas regionales. Actualmente se está organizando una dependencia de derechos humanos en la Oficina del Defensor del Pueblo que se ocupará específicamente de la enseñanza de los derechos humanos y las campañas de sensibilización. Se ha incrementado el presupuesto de la Oficina para el período 2008/09.

36.El bajo número de denuncias de discriminación racial recibidas por la Oficina del Defensor del Pueblo puede atribuirse en parte a una falta de conciencia del problema y a un conocimiento insuficiente de los mecanismos de denuncia. La única queja que se recibió en 2008 está siendo investigada. La delegación informará al Comité del resultado de las audiencias públicas para determinar los motivos por los que no se denuncian los casos de discriminación. Las audiencias tienen también una función como plataforma para que las víctimas de la discriminación denuncien estos incidentes.

37.En respuesta a la pregunta 20, el orador vuelve a referirse a las audiencias públicas que lleva a cabo la Oficina del Defensor del Pueblo.

38.Pasando a la pregunta 21, señala que en vista del pasado de apartheid de Namibia, la enseñanza de los derechos humanos se considera un elemento indispensable del proceso educativo. Los derechos humanos forman parte de la educación cívica en las escuelas. En los niveles secundario y terciario, existe una asignatura denominada "Educación para los derechos humanos y la democracia". La enseñanza de los derechos humanos abarca cuestiones como el estado de derecho, la solución de conflictos, los conflictos tribales, los grupos étnicos, la concordia intercultural y los instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida la Convención.

39.El Gobierno está estudiando la posibilidad de formular una declaración en virtud del artículo 14 de la Convención (pregunta 22) e informará a la Comisión sobre su decisión cuando presente su próximo informe periódico.

40.El Sr. Ewomsan (Relator para el país) celebra que se haya reanudado el diálogo con el Estado parte tras una década de silencio y reconoce la compleja historia de discriminación contra la población no blanca. El orador hace una breve reseña de la situación socioeconómica de Namibia y se refiere a las diferencias de desarrollo entre el norte y el sur y las zonas urbanas y rurales. Con respecto a la composición étnica del país, observa que en él existen 11 lenguas autóctonas y que la mayoría de namibianos son bilingües o trilingües. Asimismo, describe brevemente la evolución política de Namibia tras la independencia.

41.A pesar de que las elecciones se celebran democráticamente, se ha indicado que la política de partidos se basa en la etnia y se ha acusado al Gobierno de favorecer a los ovambo, que constituyen la mayor parte de los afiliados de la South West Africa Peoples Organization (SWAPO), actualmente en el poder. Al parecer, los partidos de oposición están principalmente compuestos por los damara, herero, afrikaners y nama, y los dirigentes de la oposición han acusado abiertamente al Estado parte de practicar una política económica y social que margina a sus comunidades. El orador pregunta qué tiene previsto hacer el Estado parte para resolver estos problemas y solicita información sobre los criterios para la formación de un partido político.

42.Desearía recibir más información sobre el alcance de las enmiendas introducidas en 1998 al artículo 11 de la Ley de prohibición de la discriminación racial. Se muestra sorprendido al saber que la Oficina del Defensor del Pueblo sólo ha recibido tres denuncias de discriminación racial desde 1996. Al parecer, hay ciertos obstáculos a la obtención de reparación por actos de discriminación racial y alienta al Estado parte a que formule una declaración en virtud del artículo 14 de la Convención. Pregunta si los miembros del poder judicial reciben formación para reconocer los actos de discriminación racial e imponer las debidas sanciones.

43.Se ha informado a la Comisión de que la discriminación basada en el origen étnico está todavía presente en el acceso a la propiedad, la educación, el empleo, la salud y la vivienda. Los programas del Gobierno para mejorar la situación socioeconómica de los grupos marginados, especialmente los san y los ovahimba, se han mostrado ineficaces para romper el ciclo de pobreza, discriminación y marginación social. Sólo una quinta parte de los san tienen acceso a la tierra, por más que sus medios de subsistencia dependan de la agricultura. La política del Gobierno en cuanto a la tierra no ha hecho mejorar la situación de los san, que se ven desproporcionadamente afectados por el VIH/SIDA, la pobreza y la baja esperanza de vida. La violación frecuente de las mujeres san por miembros de otros grupos étnicos se produce, al parecer, por los estereotipos negativos de las mujeres san y porque la policía no investiga las denuncias. Los trabajadores agrícolas san son víctimas de la explotación y en ocasiones trabajan sólo a cambio de alimentos o alcohol. La asistencia del Estado a los huérfanos del sida al parecer no llega a los niños san, ya que pocos están matriculados en las escuelas y la mayoría carece de los documentos de identidad necesarios para acceder a becas. El orador pregunta qué se ha hecho para resolver estos problemas y si se consulta con los san sobre los programas destinados a mejorar su situación.

44.Para ilustrar la persistente discriminación en el empleo, el Relator cita el caso de un empresario blanco quien, el 29 de abril de 2008, despidió con estas palabras a sus empleados negros que habían pedido uniformes de trabajo: "No os hacen falta uniformes porque sois negros. Dios ya os puso uniformes". El orador elogia al Estado parte por sus campañas de sensibilización y la aplicación de medidas de acción afirmativa, incluidas las adoptadas para fomentar el acceso de los negros a los cargos directivos. Dado que se continúa explotando a los trabajadores del campo al no existir un salario mínimo, es muy conveniente que entre en vigor cuanto antes la Ley del trabajo de 2007.

45.El Relator pregunta cómo se propone el Gobierno abordar la discriminación contra la mujer negra en materia de matrimonio y sucesiones. Si bien reconoce la dificultad de cambiar las prácticas del derecho consuetudinario en las zonas alejadas, es importante que algunas de las prácticas habituales anticuadas estén en consonancia con las normas actuales, así como armonizar las normas nacionales con las internacionales. Al parecer, los matrimonios de derecho consuetudinario no otorgan la misma protección a la mujer que los matrimonios de derecho civil ordinario. Ello es motivo de especial preocupación en el norte del país, donde el 27% de la población ha contraído nupcias con arreglo al derecho consuetudinario.

46.Con respecto al Consejo de Jefes Tradicionales, pregunta si es cierto que el Gobierno concede o deniega el reconocimiento de los jefes tradicionales según estime oportuno y a veces por motivos políticos. De ser así, desea saber qué tiene previsto hacer el Estado parte para poner fin a esta práctica discriminatoria. Al parecer, los kwe san que viven en la franja de Caprivi han sido objeto de agresiones. El orador pide a la delegación que comente la presunta ejecución de 15 miembros de esa comunidad capturados por las fuerzas de seguridad de Namibia en agosto de 2000.

47.El Relator agradecería información actualizada sobre la situación de los 6.000 refugiados y los 9.048 solicitantes de asilo que hay en Namibia. También desea saber por qué los médicos cubanos que trabajan en Namibia en el marco de un acuerdo de cooperación bilateral carecen de permisos para viajar al extranjero.

48.El Sr. Kemal señala que, tras la independencia, Namibia se ha caracterizado por el desafortunado legado del colonialismo y que se han puesto grandes esperanzas en que las autoridades corrijan las injusticias históricas. Los grupos que siguen llevando un modo de vida tradicional necesitan protección especial. Muchos de los grupos étnicos pretenden recuperar el control de tierras que poseían tradicionalmente, incluidos los san y los baster, que se ven afectados por la pobreza y el subdesarrollo de manera desproporcionada. Sólo el 20% de los bosquimanos san tienen acceso a las tierras y su número se ha reducido al nivel de 1950. Puede avanzarse mucho si se redoblan los esfuerzos en estas esferas. El orador pregunta qué medidas tiene previstas el Gobierno para indemnizar a los damara y los herero por sus sufrimientos pasados.

49.La diversidad étnica del Estado parte ha sido objeto de una gran atención internacional. Cualquier inversión en el futuro de las minorías étnicas, cuyo entorno y formas de vida tradicional singulares hacen de Namibia un lugar privilegiado para el turismo étnico y ecológico, quedará amortizada con creces cuando el turismo pase a ser una actividad económicamente autosuficiente.

50.El Sr. Sicilianos elogia al Gobierno de Namibia por sus medidas de acción afirmativa e invita a la delegación a participar en el próximo debate temático del Comité sobre el tema de las medidas especiales. Hay muchas ideas erróneas sobre las medidas especiales y el Comité puede beneficiarse de la experiencia del Estado parte en este sentido.

51.La falta de acceso a la tierra y la educación, la pobreza, la baja esperanza de vida y la insuficiente representación en las instituciones del Estado afectan a los bosquimanos san de Namibia, pero también a los de Botswana y Sudáfrica. El orador pide a la delegación que comente los informes de las ONG en los que se sugiere que los proyectos para los san gestionados por el Gobierno son muy paternalistas y apenas logran potenciar a la población a la que van destinados. Solicita información detallada sobre las medidas de acción afirmativas previstas para respaldar a los san.

52.El Sr. de Gouttes señala que, dado su pasado de apartheid, el compromiso del Estado parte con el Comité tiene un gran valor simbólico. Refiriéndose a los párrafos 32 a 48 del informe, señala que la persecución eficaz de los actos de discriminación racial se ha visto socavada por varios fallos judiciales que han culminado en la modificación de la Ley de prohibición de la discriminación racial de 1991, cuyo ámbito de aplicación se ha reducido so pretexto de proteger mejor el derecho a la libertad de expresión. Como resultado, la instigación al odio racial en sí misma ya no se persigue. El orador pregunta si esta modificación legislativa podría explicar el escaso número de procedimientos abiertos por discriminación racial. La delegación debe explicar en qué forma son compatibles las restricciones que impone esta enmienda con el artículo 4 de la Convención.

53.A pesar de las medidas adoptadas para la potenciación económica y social de los san, los informes de las ONG sugieren que poco ha cambiado sobre el terreno. Los san continúan sufriendo discriminación en el acceso a la tierra, expropiaciones, extrema pobreza, sida y una insuficiente representación política. El orador pide a la delegación que ofrezca sus puntos de vista sobre la cuestión y pregunta si es cierto que los principales beneficiarios de los programas del Gobierno han sido los ovambo y no los san.

54.El Sr. Lindgren Alves señala que se siente algo incómodo por las preocupaciones que han expresado otros miembros. Después de haber tenido una experiencia de primera mano en Namibia tanto antes como inmediatamente después de la independencia, es muy consciente de los desafíos a que se están enfrentando. El orador elogia al Estado parte por su excelente y exhaustivo informe. Teniendo en cuenta el legado del colonialismo y el apartheid y la consecuente fractura entre los grupos étnicos, es plenamente comprensible que el Estado parte tenga como meta un modelo social integrador y multirracial. No existe prácticamente alternativa. La crítica de la SWAPO como partido dominado por los ovambo se remonta a los días anteriores a la independencia, y si no era cierta entonces, seguramente tampoco lo sea ahora. La cuestión planteada por el Relator para el país acerca de la situación de los médicos cubanos en Namibia no guarda relación alguna con el mandato del Comité.

55.La forma equilibrada en que se tratan en el informe los presuntos casos de discriminación racial, sin echar siempre la culpa a los blancos, es digna de encomio dado el sufrimiento que infringieron las Potencias coloniales blancas en el pasado. La introducción de escuelas móviles para que los niños nómadas puedan seguir educándose también es ejemplar y no está tan seguro de que los países europeos estarían dispuestos a hacer lo mismo con los niños romaníes.

56.El orador recuerda vivamente la difícil situación de la Namibia inmediatamente posterior a la independencia y felicita al Gobierno por los progresos alcanzados en menos de dos decenios.

57.El Sr. Lahiri también recuerda los primeros tiempos de la independencia de Namibia. La resistencia a hacer demasiado hincapié en el papel de determinadas tribus es comprensible teniendo en cuenta que el régimen de apartheid anterior a la independencia hacía lo posible por subrayar las diferencias étnicas. El subdesarrollo y la pobreza afectan a todas las tribus, no sólo a las minorías, y la SWAPO ha salido reelegida con una mayoría cada vez más amplia, lo que indica un respaldo popular. Sin embargo, no desea restar importancia a los problemas que afectan al pueblo san y espera que los programas destinados a mejorar su situación resulten en una diferencia apreciable.

58.Namibia ha emprendido el camino de la reconciliación, y ese proceso requiere consultas, lo que inevitablemente hace más lentas las reformas. Sin embargo, la reconciliación no debe ser unilateral y beneficiar a un solo segmento de la población. De ser así, harán falta políticas más firmes. Los esfuerzos de reconciliación tampoco deben ir en detrimento de las prioridades de desarrollo. Teniendo en cuenta las medidas de acción positiva adoptadas por el Estado parte, resulta algo decepcionante que casi dos decenios después de la independencia el poder económico siga estando concentrado racialmente, que los resultados de la reforma agraria hayan sido insignificantes y que la educación siga siendo privilegio de unos pocos. El Estado parte debe replantearse el principio de "vendedor voluntario, comprador voluntario" para acelerar la redistribución de las tierras. Un Gobierno que ha luchado tan valerosamente por la independencia no debe arredrarse ante los obstáculos legales o de otra índole que se le interpongan.

59.El Sr. Prosper señala que estaría interesado en las opiniones del propio Estado parte acerca de la naturaleza de la discriminación racial en Namibia.

60.El Sr. Thornberry solicita información sobre la metodología utilizada en el censo, incluido el papel de la autoidentificación. Felicita al Estado parte por haber prestado atención a los grupos lingüísticos, un criterio que el propio Comité recomienda en ocasiones para eludir los problemas que surgen cuando se hace referencia al origen étnico. Da las gracias a la delegación por haber puesto de relieve en su presentación oral el carácter participativo de la formulación de políticas, que no había quedado claro en el informe.

61.El orador pide a la delegación que explique el concepto de "integración" y que comente cómo podría socavar la protección de la cultura san.

62.Aunque el Estado parte ha afirmado que jamás se ha despejado a un grupo indígena de sus tierras, también ha mencionado políticas en las que se da preferencia a las personas que han sido privadas de sus tierras. Agradecería una explicación al respecto. Tras traer a colación la Recomendación general Nº 33 del Comité relativa a los derechos de los pueblos indígenas, recuerda al Estado parte las normas internacionales relativas a la expropiación, la indemnización y el consentimiento. También pide que se aclare el término "indígena", en su relación con los derechos humanos.

63.El orador pregunta si los cambios en el derecho consuetudinario se basan en consultas con las comunidades afectadas, ya que cualquier modificación debe apoyarse en el más amplio consenso posible. También desea saber si las personas tienen la opción de que su caso sea escuchado por un tribunal de derecho consuetudinario, como ocurre con los sistemas de derecho religioso.

64.El Sr. Diaconu reconoce el extraordinario progreso jurídico e institucional alcanzado por Namibia tras su independencia. Teniendo en cuenta que en países con una historia mucho más larga persisten las dificultades, sería poco realista esperar la perfección en este caso.

65.El Estado parte ha justificado la modificación de la Ley de prohibición de la discriminación racial aduciendo la necesidad de proteger la libertad de expresión. La ley enmendada prevé, en virtud del párrafo 1 de su artículo 11, la ausencia de responsabilidad si la persona que hace una declaración racista cree, con causa razonable, que la declaración correspondía a la verdad. Sin embargo, "la verdad" está sujeta a interpretaciones y no puede ser un criterio para la aplicabilidad de la ley. Asimismo, el párrafo 1 del artículo 11 en su forma enmendada deja de tipificar como delito el provocar, fomentar o exacerbar desavenencias o sentimientos de hostilidad o malevolencia entre grupos raciales o personas pertenecientes a grupos raciales diferentes. El orador no ve mucha diferencia entre provocar la hostilidad entre distintos grupos étnicos e incitar al odio racial y recomienda encarecidamente al Estado parte que revise las disposiciones de la Ley de enmienda de la prohibición de la discriminación racial de 1998.

66.El orador desea saber si sigue existiendo segregación racial en Namibia. El párrafo 146 del informe, en el que se indica que Namibia no tiene competencia territorial en otros territorios fuera de sus fronteras, ofrece poca información al respecto.

67.El párrafo 152 da a entender que las medidas de acción afirmativa constituyen una excepción del principio de no discriminación, lo cual indica que no se ha entendido el concepto. Estas medidas se aplican para garantizar la igualdad de derechos, eliminando así la discriminación.

68.En lo que respecta a los derechos políticos, el orador pregunta si los san y los himba están representados en la Asamblea General y los gobiernos regionales y, de ser así, en qué porcentaje. Pregunta también si se consulta a estas comunidades sobre los asuntos que les atañen directamente y de qué manera.

69.Si bien la reforma agraria constituye una forma original de corregir las desigualdades históricas, parece que ésta avanza lentamente, por lo que agradecería información sobre las perspectivas de futuro.

70.El orador solicita más datos económicos desglosados por origen étnico. También estaría interesado en conocer casos en que el Defensor del Pueblo haya empleado su amplio mandato y los resultados de las actuaciones pertinentes.

71.El Sr. Peter se refiere al criterio de verticalidad en el que, al parecer, se basa el Programa de Desarrollo de los San y pregunta en qué medida se ha tenido en cuenta la forma de vida que han elegido los san y si se les ha consultado. En la vecina Botswana los san han emprendido acciones legales contra el Gobierno y el más alto tribunal del país les ha concedido el derecho a regresar a sus tierras ancestrales. Pregunta si el Estado parte ha tenido en cuenta estos hechos al formular los programas dirigidos a las comunidades san. Existe también un posible conflicto de intereses entre los donantes del Programa de Desarrollo de los San, que podrían estar interesados en que éstos renuncien a su modo de vida tradicional y sus tierras para dejar paso al turismo. ¿En qué medida han acuciado los donantes a los san para que dejen sus tierras?

72.El informe proporciona mucha información sobre la situación de los refugiados y los solicitantes de asilo, y el orador desearía saber por qué el Estado parte no se ha adherido a la Convención Africana sobre Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África, de la Organización de la Unidad Africana.

73.¿Cómo ha mejorado el acceso a la educación al dejar de estar segregadas las escuelas? Teniendo en cuenta que las tasas de alfabetización siguen acusando las diferencias entre etnias, sería útil saber si se han hecho progresos.

74.El Estado parte parece preocupado porque los extranjeros puedan casarse con mujeres namibianas para facilitar su residencia permanente en Namibia o adquirir la ciudadanía. El orador agradecería una aclaración sobre la situación jurídica de las mujeres extranjeras que desean casarse con hombres de Namibia y si puede haber discriminación en esta esfera.

Se levanta la sesión a las 17.40 horas.