Distr.

G ENERAL

CERD/C/SR.13 9 1

21 de julio de 200 3

ESPAÑOL

Original: INGL ÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

56 º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA PRIMERA PARTE (PÚBLICA)* D E LA 13 9 1 ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones , Ginebra,

el lunes 20 de marzo de 2000, a las 1 5 . 0 0 horas

President e : Sr . SHERIFIS

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN ( continuación )

I nformes peri ódicos inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto de Bahrein ( continuación )

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS ( continuación )

Proyecto de recomendación general sobre los aspectos de la discriminación racial relacionados con el género ( continuación )

__________________

* El acta resumida de la segunda parte (privada) de la sesión lleva la signatura CERD/C/SR.1391/Add.1.

_ _________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo . De berán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

GE.00- 4 1 1 55 (EXT . )

Se declara abierta la sesión a las 15.15 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 7 del programa) ( continuación )

Informes periódicos inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto de Bahrein ( continuación )

(CERD/C/353/Add.1/Rev.1)

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Bahrein vuelven a tomar asiento a la Mesa del Comité .

2. El Sr. ATTIAT ALLAH AL-KHALIFA (Bahrein) toma nota de los n umerosos aspectos positivos destacados por el Relator para Bahrein en relación con el informe de su país y dice que procurará responder a todas las preguntas formuladas por el Comité. Le complace anunciar que, por D ecreto E miral de fecha 15 de marzo de 2000, el Gobierno de Bahrein ha ratificado el proyecto de enmienda al artículo 8 de la Convención. La cuestión de la declaración a la que se refiere el artículo 14 de la Convención se señalará , por los cau c es normales , a la atención de los órganos competentes del Estado. La adhesión de Bahrein a otros instrumentos de derechos humanos es objeto de una considerable publicidad y tiene gran importancia para el Gobierno. Es evidente que deberá transcurrir algún tiempo antes de que se puedan observar progresos en esta esfera a causa de los prolongados procedimientos necesarios.

3. En relación con las alegaciones de violación de los derechos humanos comunicadas por algunas organizaciones no gubernamentales (ONG), el orador destaca que el Gobierno ha examinado debidamente las numerosas quejas recibidas por conducto de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Ginebra. La mayoría de las quejas proceden de asociaciones cuyo objetivo principal es crear agitación política y social en el país.

4. Tanto los órganos del Estado como las entidades civiles atribuyen gran importancia a la condición de la mujer en la sociedad; muchas mujeres ocupan ya puestos de alto rango en el Gobierno y en los servicios diplomáticos y es probable que en el futuro tengan otras oportunidades. Las mujeres pueden ser candidatas a las elecciones nacionales y locales. La mujer desempeña también una importante función en la economía nacional.

5. Aunque la religión de Estado en Bahrein es el I slam, el Gobierno no hace distinción entre sus nacionales por razones de raza o creencia religiosa y el marco legal de Bahrein garantiza los derechos fundamentales a todos los nacionales sin discriminación.

6. La contratación de los empleados en los sectores público y privado se efectúa sobre la base de su actuación profesional pasada, sus calificaciones y su experiencia y lo mismo sucede en el sistema estatal de educación.

7. En 1999 , varias ONG de derechos humanos , comprendidas Amnistía Internacional y la Organización Árabe de Derechos Humanos , envia ron delegaciones a Bahrein. En octubre de 1996, Bahrein firmó un acuerdo de cooperación con el Comité Internacional de la Cruz Roja, cuyos representantes visitan con frecuencia el país.

8. No hay ningún apátrida en Bahrein. Se han tomado medidas prácticas para conceder la nacionalidad a las numerosas personas que lo merecen por el procedimiento legal aplicable , como confirma una declaración del Emir de Bahrein a este respecto.

9. Los nacionales manifiestan el debido respeto las personas de diferentes nacionalidad es que trabajan en el país y aprecian los esfuerzos de quienes apoyan eficazmente la economía nacional. El personal de servicio doméstico de origen extranjero goza de la necesaria protección jurídica en los tribunales penales y civiles. Los poquísimos casos de presunta discriminación, en particular contra mujeres , en esa categoría de empleados se tramitan individualmente siguiendo el procedimiento jurídico aplicable.

10. En respuesta a los comentarios relativos al artículo 4 de la Convención, el orador desea destacar que el Gobierno de Bahrein ha reexaminado su legislación y recogido todos los principios enunciados en ese artículo de la Convención.

11. En conclusión, el orador da las gracias a los miembros del Comité por un diálogo sumamente constructivo, agradece los esfuerzos que despliegan en defensa de los derechos humanos y espera entrevistarse de nuevo con ellos cuando se examinen los siguientes informes periódicos.

12. El Sr. VALENCIA RODRÍGUEZ (Relator para el país) da las gracias a la delegación de Bahrein por su respuesta a las observaciones y preguntas del Comité y desea destacar diversas cuestiones que se habrán de tener en cuenta en el próximo informe periódico de Bahrein. Lo primero y principal es que se facilite más información sobre la composición de la población de Bahrein, con un desglose detallado por origen étnico. También será necesario examinar la legislación para armonizarla plenamente con las disposiciones del artículo 4 de la Convención. En lo que respecta a los artículos 5 y 6, las referencias a ciertas disposiciones de la Constitución no bastan; es preciso también dar detalles sobre la aplicación práctica de estas disposiciones constitucionales.

13. Se necesita más información sobre lo siguiente: composición, actividades y logros del Comité de Derechos Humanos recientemente establecido; asociaciones y clubes constituidos para extranjeros; enseñanza de idiomas en las escuelas estatales para las comunidades extranjeras que habitan en Bahrein; y actividades de las ONG nacionales e internacionales que trabajan en el país.

14. También se debe mantener informado al Comité sobre las novedades en relación con la enmienda al artículo 8 de la Convención. Hay que felicitar al Gobierno de Bahrein por estudiar la posibilidad de formular la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención, puesto que esta declaración es enteramente facultativa para los Estados Partes. El orador da las gracias a la delegación por la información facilitada en relación con las presuntas violaciones de los derechos humanos y sobre la condición de la mujer, información que ha enriquecido el diálogo. Todos los miembros del Comité han tomado nota con particular satisfacción de la floreciente economía del Estado Parte y de los progresos realizados en materia de educación, cultura, empleo y salud para todos.

15. Refiriéndose a la cuestión de orden planteada por el Sr. Aboul-Nasr en la sesión precedente, el orador dice que, en su calidad de Relator para Bahrein, ha recibido amplia información general sobre el Estado Parte, a partir de la cual ha identificado algunas cuestiones clave que, a su juicio, corresponden a discriminación racial y entran pues en la esfera de la Convención. El orador sostiene que algunos aspectos de la religión y los derechos de la mujer incumben al Comité, habida cuenta sobre todo de las modificaciones introducidas en sus directrices generales en relación con la forma y el contenido de los informes que los Estados Partes han de presentar en virtud del articulo 9 de la Convención. Además, había dicho muy claramente que, como se trataba del informe inicial de Bahrein, era importante que el Comité dispusiese de información general sobre la situación de los derechos humanos en el país. Si el Sr. Aboul-Nasr hubiese estudiado toda la información general disponible, podría haber sacado perfectamente las mismas conclusiones y suscitado las mismas cuestiones.

16. El PRESIDENTE da las gracias al Relator para Bahrein por su análisis de los informe s inicial a quinto de este país. No desea abrir de nuevo el debate sobre la función de los relatores para los países en la sesión en curso. El Comité ha debatido ya estos asuntos y ha sacado ya sus conclusiones. Hay acuerdo general en que los miembros del Comité deben especificar las fuentes de información que han utilizado y cumplir el mandato que les confiere la Convención. Todo miembro del Comité que desee discutir más a fondo este asunto deberá hacerlo en un tema diferente del programa y en el momento oportuno.

17. En nombre del Comité, el orador da las gracias a la delegación de Bahrein por la presentación de sus informes. En un momento ulterior del período de sesiones , el Comité redactará sus observaciones finales, que reflejarán la opinión colectiva del Comité sobre la situación en relación con el Estado Parte y comprenderán recomendaciones que se deberán tener en cuenta en el informe periódico siguiente. El orador espera que el diálogo con el Gobierno de Bahrein continúe con mayor regularidad en el futuro, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Convención.

18. La delegación de Bahrein se retira .

Se suspende la sesión a las 15.50 horas y se reanuda a las 15.55 horas .

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS (tema 5 del programa) ( continuación )

Proyecto de recomendación general sobre los aspectos de la discriminación racial relacionados con el género ( continuación ) (CERD/C/56/Misc.21/Rev.2)

19. La Sra. McDOUGALL , presenta el proyecto de recomendación general y explica que se lo ha revisado a la luz de los comentarios formulados durante el debate habid o en una sesión precedente y sometidos luego por los miembros del Comité. En los párrafos 1, 3 y 6 es preciso introducir tres pequeñas modificaciones de forma. A r eserva de estas modificaciones, el texto revisado debe corresponder al consenso del Comité.

20. El Sr. ABOUL-NASR teme que el Comité pueda parecer un tanto presuntuoso si formula una recomendación general; quizás fuese preferible una simple declaración. Además, es importante, a su juicio, aclarar en el texto que el Comité está preocupado por la cuestión de l género , en particular en su relación con la discriminación racial. Su aprobación como recomendación general puede crear cierta confusión en los Estados, que no entenderán necesariamente por qu é el Comité presta atención especial a las cuestiones de género, un tema que no le incumbe directamente. ¿Por qué, por ejemplo, formularía el Comité una recomendación general sobre los aspectos de la discriminación racial relacionados con el género y no sobre los aspectos relacionados con la familia o los problemas de los niños o las personas de edad?

21. El PRESIDENTE pregunta a la Sra. McDougall si estaría de acuerdo en que el documento, en vez de una recomendación general, fuese una declaración del Comité.

22. La Sra. McDOUGALL considera importante que el documento siga siendo una recomendación general.

Párrafo 1

23. Queda aprobado el párrafo 1 .

Párrafo 2

24. El Sr. DIACONU opina que el párrafo 2 es excesivamente largo y propone que la frase que empieza con " In some societies... " se suprima , puesto que no guarda relación directa con la discriminación racial , y que la última frase termine después de la palabra " restraints ". En el resto de la frase se enumeran problemas inquietantes que se plantean en numerosas sociedades, pero que no guardan necesariamente relación con la discriminación racial. Además, la última frase se refiere a la ausencia de soluci ones . La mayoría de los ejemplos citados no constituyen realmente soluciones ; son derechos humanos.

25. La Sra. McDOUGALL estima importante conservar ambos pasajes. En el primero se dan ejemplos concretos , que refleja n la dura realidad para muchas mujeres que han sido violadas a causa de su raza, por ejemplo, en Bosnia y en Kosovo. Aunque también los hombres son violados , las mujeres tienen que vivir con unas consecuencias , más penosas, no sólo por la posibilidad de un embarazo, sino también por la repercusión que la violación tiene en su situación social durante años. La lista que figura al final del párrafo es importante, no porque identifi que cuestiones inherentes a la discriminación racial, sino porque indica que , para las mujeres de ciertos grupos raciales , las consecuencias son dife rentes que para los hombres de los mismos grupos raciales. A menudo los hombres tienen menores restricciones o dificultades para perseguir la discriminación.

26. El PRESIDENTE observa que varios oradores han solicitado ya la palabra para referirse al párrafo 2 , pero juzga aconsejable que la Comisión apruebe la recomendación general sobre la base de un consenso. Aunque la autora del texto considera que la validez del documento sería mayor si se mantuviese ciertos pasajes, el orador le pide que demuestre su voluntad de transigir y tenga en cuenta las opiniones de otros miembros, siempre naturalmente que no debiliten el texto , para que el documento cuente con el apoyo de la totalidad del Comité ; ello no sólo sería preferible desde el punto de vista del Comité, sino que aumentaría el peso de la recomendación general.

27. La Sra. McDOUGA L L desearía escuchar las opiniones de los miembros del Comité sobre las enmiendas propuestas por el Sr. Diaconu.

28. El Sr. SHAHI estima que la primera línea debe permanecer. El hecho de que se considere que las mujeres que han sido objeto de un abuso sexual quedan incapacitadas para el matrimonio y condenadas al ostracismo es un verdadero problema en las sociedades conservadoras. En cuanto a la última línea del párrafo, aunque el Sr. Diaconu pueda tener razón desde un punto de vista técnico, su opinión personal al respecto no es inflexible y se sumaría al consenso.

29. La Sra. JANUARY-BARDILL opina que el texto se debe mantener. Como da ejemplos concretos, el documento ser á útil para los gobiernos que no tienen una idea clara de cómo reconocer la discriminación racial por razones de género. En general, es importante que los hombres que forman parte del Comité piensen en el género como un problema que no se limita a la mujer. Las cuestiones de género afectan a los dos sexos y los aspectos de la discriminación racial relacionados con el género pueden ser un instrumento útil, por ejemplo, para determinar por qué los hombres negros, que son objeto de inmensa discriminación racial, son considerados delincuentes a priori . E sta es una cuestión de género , tanto como lo es la violación.

30. La Sra. ABOUL-NASR estima que el párrafo 2 es superfluo y no añade nada a los métodos de trabajo del Comité. Cuando un problema del tipo a que se refiere ese párrafo surge, el Comité lo aborda en sus trabajos en la medida en que guarda relación con la discriminación racial. El Comité parece estar adoptando una recomendación general con el solo fin de satisfacer a otro órgano creado en virtud de tratados. Además, no consigue ver ninguna recomendación efectiva en el párrafo 2. De hecho, el único párrafo que contiene una recomendación es el párrafo 6. Sería seguramente preferible que el texto se presentase como declaración del Comité.

31. El Sr. YUTZIS señala que en el texto se aborda el problema de la doble discriminación, que preocupa a las Naciones Unidas en general y a los órganos encargados de los derechos humanos en particular. No hay nada que objetar de la inclusión de los ejemplos. Casi todos ellos figuran en el artículo 5 de la Convención. En cuanto a la afirmación de que el párrafo es demasiado largo, cabe señalar que la R ecomendación G eneral XXI sobre la libre determinación contiene párrafos largos que dan explicaciones para mayor provecho del Comité y de los Estados Partes. El texto se debe adoptar en la forma en que lo propuso inicialmente su autora.

32. El Sr. RECHETOV dice que la Sra. McDougall le ha convencido de que es necesario que el documento se apruebe precisamente como recomendación general. Al mismo tiempo, el Comité debe obrar con prudencia y cautela . A l adoptar esta clase de documento se adentra en el terreno del choque de civilizaciones. Quienes traba ja n con el Comité de los D erechos del N iño conocen perfectamente las acaloradas discusiones que ese choque provoca. Claramente, la recomendación general que el Comité estudia, a diferencia de otras recomendaciones adoptadas en la esfera exclusiva de la discriminación racial, llamaría la atención y se atraería incluso críticas. El Comité se adentra en la esfera de competencia de otros órganos, en particular el Comité para la E liminación de la D iscriminación contra la M ujer. Además, el Comité debe tener particular cuidado en evitar toda formulación que pueda ser utilizad a por los chovinistas masculinos para justificar la discriminación por género diciendo que se trata de una forma de discriminación racial.

33. En cuanto a las propuestas formuladas por el Sr. Diaconu, la frase que empieza con las palabras " In some societies... " deben permanecer en el texto, porque se refieren a un problema muy grave. Los ejemplos citados al final de párrafo se deben sin embargo suprimir, porque se corre el riesgo de que sean utilizados por chovinistas masculinos.

34. El Sr. BRYDE se opone a que se modifi que el texto de la manera propuesta por el Sr. Diaconu. Ha examinado algunas de las otras recomendaciones generales del Comité y descubierto que es frecuente que concluyan con un párrafo solo que contiene la recomendación propiamente dicha , después de varios párrafos que contiene n por su parte un texto explicativo. Si la principal preocupación del Sr. Diaconu es la excesiv a longitud del párrafo, el Comité podría estudiar la posibilidad de abreviarlo suprimiendo el pasaje desde " as the result of racial bias-motivated rape " hasta " and social ostracism " y sustituirlo por el siguiente " and in some societies ostracism as a result of race-biased rape ". De igual modo, el orador propone que la última parte del párrafo se abrevie de la siguiente manera: " such as gender-bias in the legal system and discrimination against women in private spheres of life ".

35. El Sr. GOUTTES dice que los pasajes mencionados se deben conservar in extenso , porque dan explicaciones sobre el fenómeno de la doble discriminación. Aunque el choque de civilizaciones constituye una auténtica preocupación y los miembros del Comité han de tener en cuenta que los derechos de la mujer, al igual que los derechos del niño, no son los mismos en ordenamientos jurídicos diferentes , se debe hallar un consenso cuando se trata de condenar la discriminación contra la mujer cuando sus derechos se violan, no sólo a causa de su sexo, sino también a causa de su raza o grupo étnico. Estas situaciones son particularmente graves.

36. La Sra. ZOU Deci estima que el texto que se apruebe debe constituir una recomendación general. Aunque el párrafo 2 es un poco largo, se trata de un párrafo muy importante , porque es preciso dar alguna explicación sobre la discriminación racial por razones de sexo. La afirmación del Sr. Diaconu de que la última parte del párrafo no tiene nada que ver con el cuerpo de la frase es infundada. Aunque los ejemplos de la lista que desea suprimir no est á n todos relacionados con l o s posibles recursos , sí lo están con los mecanismos de denuncia que también se mencionan en esa frase. El párrafo debe permanecer en su forma original.

37. El Sr. PILLAI observa que las dos primeras frases del párrafo 2 se refieren a los mismos aspectos de la discriminación racial y sugiere que convendría reunirlas y combinarlas , a cuyo efecto propone un texto. Opina también que la frase que comienza con las palabras " In some societies ... " se puede suprimir, porque en ella no se hace referencia específica a la discriminación racial. Por último, propone que se inserte la palabra " redressal " entre " complaint " y " mechanisms " y que la palabra " restraints " se sustituya por " impediments ".

38. La Sra. McDOUGALL responde a la pregunta del Sr. Aboul-Nasr y dice que en el párrafo 6 el Comité recomienda de hecho a los Estados Partes que mejoren y particularicen su manera de pensar cuando examinen cuestiones relacionada con la discriminación racial. El lenguaje utilizado es análogo al que utilizó el Comité en su R ecomendación G eneral XXIII relativa a las poblaciones indígenas, en la que también se pedía a los Estados Partes que adoptasen criterios más claros para identificar a las víctimas de la discriminación racial en su sociedad.

39. La oradora ha consultado al Comité para la Eliminación de la Discriminación c ontra la Mujer y al Comité de Derechos Humanos y ambos han indicado que estaban estudiando también la formulación de recomendaciones generales sobre el mismo tema y que una R ecomendación G eneral del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial complementaría su labor.

40. En lo que atañe a la cuestión del chovinismo masculino, la oradora señala que, por desgracia, prácticamente cualquier cosa puede servir de pretexto al chovinismo masculino. El deber del Comité consiste sin embargo en limitarse al marco de la Convención y en elaborar instrumentos que ofrezcan una interpretación más autorizada de la misma. En cuanto al choque de civilizaciones, la oradora observa que los impedimentos a que se ha referido el Sr. Pillai están muy generalizados, incluso en las sociedades donde teóricamente la mujer se ha emancipado, porque la parcialidad sigue existiendo en los ordenamientos jurídicos actuales e impide a la mujer gozar de iguales derechos que el hombre.

41. El Sr. ABOUL-NASR pide que se aclare el significado de la expresión " private spheres of life " y estima además que la referencia a la esterilización forzosa debe comprender, no sólo a las mujeres indígenas, sino también a los hombres indígenas.

42. La Sra. McDOUGALL explica que " private spheres of life " significa todo lo que no es la esfera públic a , es decir, el hogar y la familia. Ha mencionado a las mujeres indígenas porque son ejemplos precisos de esas prácticas , pero estaría dispuesta a sustituir " indigenous women " por " men and women in specific racial groups "; también está dispuesta a aceptar las enmiendas propuestas por el Sr. Bryde y por el Sr. Pillai.

43. Queda aprobado el párrafo 2 en su forma enmendada .

Párrafo 3

44. El Sr. ABOUL-NASR se pregunta si las referencias al género corresponden exclusivamente a hombres y mujeres o suponen una definición más amplia que pueda incluir la orientación sexual.

45. La Sra. JANUARY-BARDILL , secundada por el Sr. YUTZIS , dice que, según su experiencia en las Naciones Unidas, la referencia al género es una referencia perfectamente clara a hombres y mujeres y no comprende la orientación sexual.

46. El Sr. PILLAI estima que quizá fuese útil insertar " and United Nations bodies " después de " the States Parties " en la línea 4.

47. El Sr. RECHETOV dice que, como el Comité está formulando una recomendación general, debe tener cuidado con la noción de género. Es posible discutir asuntos de discrimina ción s in hacer hincapié en el género, porque cabe que en el futuro se elabore una definición que pueda crear dificultades a la hora de interpret ar las recomendaciones del Comité.

48. La Sra. McDOUGALL señala que las cuestiones de género están siendo integradas en todos los aspectos de las actividades de las Naciones Unidas.

49. El Sr. ABOUL-NASR reitera que los Estados Miembros no han aceptado todavía una definición específica de género y que el Comité debe pues aclarar que la noción de género, en relación con su labor, se refiere a los hombres y a las mujeres.

50. La Sra. McDOUGALL está de acuerdo en que las referencias al género en la recomendación general y en los trabajos del Comité se refieren exclusivamente a los hombres y las mujeres.

51. El PRESIDENTE recuerda que la única enmienda al párrafo 3 es la supresión de la palabra " any " en la línea 2.

52. Queda aprobado el párrafo 3 en su forma oralmente revisada .

Párrafo 4

53 . El Sr. BOSSUY T , secundado por el Sr. DIACONU , dice que el párrafo 4 debe contener alguna referencia al tema de la discriminación racial y propone que en la primera línea, después de " the Committee ", se inserten las palabras " when examining forms of racial discrimination ".

54. La Sra. ZOU Deci y el Sr. ABOUL-NASR se preguntan qué significa exactamente el término " gender-inclusive language " en la segunda línea del párrafo 4.

55 . La Sr a . MCDOUGALL dice que esa expresión comprendería , en su caso , decir cosas como el/ella y aclara r que el Comité aborda asuntos de interés para hombres y mujeres.

56. La Sra. ZOU Deci opina que tratar constantemente de utilizar un lenguaje que abarque ambos géneros parece excesivamente complicado y no le parece aconsejable dar la impresión que se concede prioridad a las cuestiones relacionadas con la mujer.

57. El Sr. De GOUTTES indica que el término franc és para derechos humanos " droits de l'homme ", es el que se había utilizado en 1789 en la D eclaración de los D erechos del H ombre y del C iudadano y que se ha utilizado luego en lo s diversos instrumentos sobre derechos humanos. Aunque naturalmente sería difícil modificar todos los textos correspondientes, se acepta hoy en día en general que una traducción más correcta de derechos humanos sería " droits de la personne humaine ".

58. El Sr. FALL propone que en la segunda línea del párrafo 4 se reemplace la palabra " utilize " por la palabra " encourage ".

59. La Sra. McDOUGALL acepta las enmiendas propuestas por el Sr. Bossuyt y el Sr. Fall.

60. Queda aprobado el párrafo 4 en su forma enmendada .

Párrafo 5

61. El Sr. DIACONU propone que se vuelva a redactar la última parte de la introducción al párrafo 5 de la siguiente manera: " the Committee will include in its sessional wor k in g methods an analysis of the relationship between "; la enumeración que sigue permanecería sin modificación.

62. El Sr. ABOUL-NASR se pregunta si el Comité no está haciendo ya lo que se propone en el párrafo 5 cuando examina los informes de los Estados Partes en virtud del artículo 5 de la Convención y pregunta qué añade el párrafo 5 a los métodos de trabajo del Comité.

63. El Sr. YUTZIS propone que se vuelva a redactar el apartado a) del párrafo 5 de la siguiente manera: " the nature and scope of racial discrimination ".

64. El Sr. de GOUTTES opina que la propuesta del Sr. Diaconu se podría mejorar volviendo a redactar la última parte de la frase de introducción como sigue: " ...an analysis of the relation between gender and racial discrimination by giving particular consideration to "; la enumeración que sigue permanecería sin cambios.

65. El Sr. DIACONU no tiene nada que oponer a la propuesta del Sr. de Gouttes, aunque no le parece que sea diferente de la suya.

66. El Sr. RECHETOV propone que se vuelva a redactar el apartado a) del párrafo 5 de la siguiente manera: " the form and manifestation of racial discrimination ".

67. La Sra. McDOUGALL no tiene nada que objetar a las propuestas que ha n formulado el Sr. Diaconu y el Sr. de Gouttes en relación con las primeras líneas y preferiría la propuesta del señor Rechetov en relación con el apartado a) del párrafo 5. Por lo tanto, el final de la primera parte del párrafo rezaría: " ...an analysis of the relationship between gender and racial discrimination by giving particular consideration to ". El apartado a) del párrafo 5 llevaría el texto siguiente: " the form and manifestation of racial discrimination ". Los apartados b), c) y d) del párrafo 5 no se modificarían.

68. El PRESIDENTE dice que, si nadie se opone, entenderá que el Comité desea aprobar el párrafo 5 en su forma enmendada .

69. Queda aprobado el párrafo 5 en su forma enmendada .

Párrafo 6

70. El Sr. RECHETOV observa que la palabra " ethnicity " aparece por primera vez en el párrafo 6 y no corresponde al término utilizado en el párrafo 3, a saber , " ethnic origin ".

71. El Sr. BOSSUYT propone que se sustituya " ethnicity " por " ethnic origin " en el párrafo 6.

72. El Sr. DIACONU propone que se sustituyan las palabras " ethnic groupings " por " ethnic groups " para reflejar la fraseología de la Convención.

73. El PRESIDENTE dice que, si nadie se opone, entenderá que el Comité desea aprobar el párrafo 6 en su forma enmendada.

74. Queda aprobado el párrafo 6 en su forma enmendada .

75. El PRESIDENTE entiende que el Comité desea aprobar el proyecto de R ecomendación G eneral sobre los aspectos de la discriminación racial relacionados con el género (CERD/C/56/Misc.21/Rev.2) en su conjunto, con las enmiendas introducidas.

76. Queda aprobado el proyecto de recomendación general sobre los aspectos de la discriminación racial relacionados con el género (CERD/C/56/Misc.21/Rev.2) en su conjunto, con las enmiendas introducidas, por consenso y sin que se proceda a votación .

Se levanta la parte pública de la sesión a las 17.30 horas .