NACIONES UNIDAS

CERD

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr.

GENERAL

CERD/C/SR.1834 13 de enero de 2010

ESPAÑOL Original: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA

DISCRIMINACIÓN RACIAL

71º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1834 a SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 10 de agosto de 2007, a las 10.00 horas

Presidente: Sr. de GOUTTES

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (continuación)

Informes periódicos 13º y 14º de la República de Corea (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.20 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (continuación)

Informes periódicos 13º y 14º de la República de Corea (CERD/C/KOR/14; HRI/CORE/1/Add.125)

Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de la República de Corea vuelven a tomar asiento a la mesa del Comité.

El Sr. HWANG Sung-yong (República de Corea), hablando por invitación del Presidente, dice que la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Corea (NHRCK), a la que él representa, se creó en 2001 en virtud de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. La Comisión formula recomendaciones sobre políticas con respeto a los derechos humanos, investiga las violaciones de los derechos, realiza programas educativos y contribuye a sensibilizar a la opinión pública. Al establecer el Plan nacional de acción para la protección y promoción de los derechos humanos, que proclamó en mayo de 2007, el Gobierno tuvo en cuenta las recomendaciones que la NRHCK presentó al Presidente en febrero de 2006.

3. En respuesta a la petición del Gobierno, y en conformidad con la ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la NHRCK examinó el proyecto de informe periódico al Comité y manifestó sus opiniones. E n el informe periódico presentado al Comité se han tenido en cuenta sólo algunas de esas opiniones . Por ejemplo, el Gobierno no aceptó la recomendación de la NHRCK de que el informe mencionara los progresos conseguidos en las deliberaciones entre el Gobierno y la sociedad civil. En el futuro, el Gobierno deberá tener más en cuenta las recomendaciones de la NHRCK en sus informes periódicos.

4. El orador desea corregir una afirmación que aparece en el párrafo 12 del informe periódico: L a NHRCK no es la base jurídica para calificar como delito las prácticas discriminatorias, pero presenta recomendaciones no vinculantes basadas en sus investigaciones sobre las medidas de los órganos jurídicos, organizaciones e individuos.

5. No se ha tenido en cuenta l a recomendación de la NHRCK de que el párrafo 5 del informe incluyera estadísticas sobre la distribución racial y étnica de la población. Esa cuestión debe ría abordarse en el censo nacional próximo, y los resultados se deberían incluir en el próximo informe periódico. De la misma manera, en el párrafo 90 se hizo caso omiso de su recomendación de que el programa oficial de educación hiciera hincapié en los antecedentes multiétnicos y multiculturales de las sociedades.

6. Tampoco se ha tenido en cuenta l a recomendación de que el informe contuviera información sobre medidas más específicas en favor de los “mestizos” y abordar a las causas de la discriminación contra ellos. Además, la NHRCK recomendó que el Ministerio de Igualdad de Género y Familia dejara de utilizar el término “mestizo”. En 2006 se han transmitido varios programas televisivos de la NHRCK para lograr una mayor sensibilización acerca de este problema y eliminar es e prejuicio.

7. Los extranjeros naturalizados continúan sufriendo discriminación social a pesar de las medidas adoptadas para protegerles. No se ha tenido en cuenta la recomendación de la NHRCK de que el informe incluyera información sobre el reconocimiento por parte del Gobierno de la situación existente y de sus esfuerzos por corregirla. A pesar de la recomendación de la NHRCK , el párrafo 71 del informe no contiene ninguna información acerca de la condición jurídica de los solicitantes del estatuto de refugiado. La prohibición de trabajar que se impone a estas personas y las prolongadas investigaciones que acompañan a las solicitudes del estatuto de refugiado provoca n muchas veces dificultades económicas u obligan a los solicitantes a recurrir al empleo ilegal.

8. El Sr. CHANG Dong-hee (República de Corea) dice que el Gobierno ha hecho todo lo posible por tener en cuenta las opiniones de la NHRCK y continuará cooperando estrechamente con ella, no sólo en la redacción de sus informes periódicos sino también en t odo lo relacionado con la promoción y protección de los derechos humanos. Recuerda al Comité que, según la Constitución, la Convención tiene el mismo efecto que la legislación interna de la República de Corea. Por ello, no se necesita legislación adicional para tipificar el delito de discriminación racial ni para su definición .

9. La Sra. HAN Woo-jung (República de Corea) dice que, por razones históricas, el pueblo ha adquirido una fuerte identidad nacional basada en la etnia, en un idioma común y en una cultura compartida. Durante cinco milenios esa identidad ha servido como defensa frente al imperialismo de las potencias vecinas. En la primera mitad del siglo XX, los coreanos tuvieron que afirmar su peculiaridad frente a los ocupantes japoneses, que trataron de erradicar la cultura y las tradiciones nacionales e imponer la suya. Después de la liberación, la Guerra de Corea dividió la península pero el nacionalismo coreano, basado en el concepto de homogeneidad, fue la clave para mantener la idea de una única nación. El sentimiento nacional coreano no debe interpretarse, por consiguiente, como demostración de racismo latente sino como forma de solidaridad frente a fuerzas externas.

10. La República de Corea ha experimentado un cambio radical al transformarse en una democracia moderna e industrializada. Desde el decenio de 1980 el número de extranjeros ha aumentado y han surgido nuevos problemas, como el matrimonio interracial y los trabajadores migrantes. El carácter monoétnico de la sociedad coreana corre el riesgo de crear una sociedad totalitaria o incluso racista, pero el Gobierno está empeñado en crear una sociedad multiétnica. Ha buscado los medios de institucionalizar toda una serie de medidas, en particular la educación sobre los derechos humanos. Los derechos humanos, el relativismo cultural, el multiculturalismo y la migración son cuestiones que se tratan en los programas de estudios escolares . El Gobierno está examinando la posibilidad de crear un marco educativo para promover una identidad nacional democrática que permita una mayor apertura, diversidad y tolerancia.

11. En lo que respecta a los términos “pureza de sangre” y “mestizaje”, utilizados en el informe periódico, la oradora explica que son traducciones literales de expresiones coreanas utilizadas habitualmente. Su inclusión trata de destacar la existencia de importantes problemas sociales que el Gobierno desea erradicar, más que aprobar un concepto de superioridad racial y discriminación. El G obierno admite que debería haber matizado más claramente los términos, para no dar la falsa impresión de que favorece el uso de una terminología denigrante.

12. De conformidad con la Constitución, con la legislación pertinente y con el Convenio núm. 111 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, no hay ninguna discriminación entre los nacionales de la República de Corea y los trabajadores extranjeros que realizan el mismo trabajo. Se aplica siempre e l principio de igual remuneración por igual trabajo e igual productividad. Por ello, el Gobierno preferiría que se facilitara más información sobre las alegaciones formuladas en relación con la posible discriminación contra trabajadores migrantes africanos en la República de Corea.

13. El 11 de febrero de 2007, se declaró un incendio en el centro de retención de extranjeros de la Oficina de Inmigración de Yeosu. En el accidente perdieron la vida 10 trabajadores migrantes, 17 sufrieron heridas graves y otros 28 fueron trasladados a un centro de retención de extranjeros en Chengju, con lesiones ligeras o sin daños; 21 de estos últimos han abandonado posteriormente la República de Corea por decisión propia . Se pagaron considerables indemnizaciones a las familias de los fallecidos y a 16 de los que sufrieron lesiones, después de las negociaciones mantenidas con el Gobierno. Los supervivientes han recibido también todo el tratamiento médico necesario a expensas del Gobierno. Un nacional de Sri Lanka que recibió heridas superficiales fue repatriado , a petición suya, y el Gobierno informó debidamente a la embajada de Sri Lanka en Seúl de que tenía derecho a ulteriores atenciones médicas en la República de Corea, en caso necesario. En relación con el accidente, en julio de 2007, dos funcionarios públicos fueron condenados a dos años de cárcel, tres recibieron penas de prisión condicional y uno fue sancionado con una multa. El Gobierno adoptó medidas legislativas y administrativas para evitar la repetición de incidentes semejantes y ha aumentado el número de funcionarios públicos con el fin de mejorar la seguridad de los detenidos.

14. El Sr. LEE Sang-yong (República de Corea) dice que no hay discriminación entre nacionalidades diferentes de extranjeros que trabajan en la República de Corea en los sectores de la banca o de la tecnología, por lo que se refiere a la duración de la estancia, las condiciones que aplican a su estatuto de residencia permanente o sus condiciones de trabajo.

15. En el pasado, muchas mujeres extranjeras que se habían casa do con nacionales de la República y luego se habían separado, trabajaron ilegalmente o se dedicaron a la prostitución en la República de Corea. Por consiguiente, se ha establecido la obligación de dichas mujeres de solicitar un certificado especial si desean permanecer en el país. El Gobierno está haciendo lo posible por simplificar el procedimiento de certificación.

16. La República de Corea no reconoce la doble ciudadanía , ya que todos los nacionales varones están obligados a cumplir el servicio militar, habida cuenta de la situación especial de la península. Las personas que se casan con nacionales de la República y no desean renunciar a su propia nacionalidad pueden optar por el estatuto de residencia especial, que les permite llevar una vida normal en la República de Corea. No hay planes de cambiar la legislación en ese sentido, al menos a corto plazo.

17. Algunos solicitantes del estatuto de refugiado que no reúnen los criterios para ello, de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados, puede n permanecer en la República de Corea debido a la situación en su país de origen o por razones médicas. Las disposiciones legales que regulan esos casos se están revisando y el Gobierno está buscando los medios de mejorar los servicios de apoyo a los refugiados. Dada la longitud del procedimiento para la tramitación de las solicitudes del estatuto de refugiado, la legislación interna se está enmendando para reforzar la protección de los derechos humanos de los solicitantes y para permitir a e stos trabajar en determinadas circunstancias. Los solicitantes no pueden ser repatriados a la fuerza mientras no ha ya terminado su procedimiento de solicitud. El nuevo Comité de Reconocimiento de la Condición de Refugiado, que examina las solicitudes, tiene una base jurídica más rigurosa que su predecesor. El plazo para la presentación de apelaciones contra las decisiones referentes a las solicitudes pasará de una a dos semanas. No obstante, las actividades relacionadas con la enmienda de la compleja Ley de control de la emigración están muy atrasadas, debido a las numerosas y complicadas cuestiones que exigen un examen en profundidad.

18. Desde 2003 no se ha concedido ningún visado de arte y espectáculos para bailarinas, en bien de las propias mujeres, ya que este sistema se ha utilizado abusivamente para fines de prostitución. Los miembros han manifestado su preocupación acerca de una posible discriminación. Sería difícil abolir los visados de arte y espectáculos por completo, ya que esa categoría incluye también a profesionales legítimos, como bailarines tradicionales, cantantes de ópera y atletas. Continuarán los esfuerzos por mejorar el sistema.

19. Cuando se comprueba que una mujer extranjera se dedica a la prostitución , por lo general es deportada inmediatamente, pero se le autoriza a permanecer en el país hasta que los tribunales hayan determinado los posibles recursos legales a que tiene derech o. Durante ese tiempo, se aloja en refugios de mujeres, y recibe asistencia para encontrar empleo y continuar sus acciones legales.

20. En cua nto a la situación de los solicitantes de asilo mientras se examinan sus solicitudes, la norma es que no pueden trabajar , a fin de evitar el abuso del sistema, pero dada la longitud del procedimiento el Ministerio de Justicia tiene previsto revisar la Ley de control de la inmigración para permitirles trabajar en determinadas circunstancias.

21. La Ley de control de la inmigración regula la entrada, permanencia y salida de los trabajadores extranjeros, mientras que la Ley básica sobre el trato de los extranjeros en Corea, que entró en vigor en julio de 2007, se ocupa también de cuestiones como la seguridad social, la educación y la integración en la sociedad de los extranjeros que se casan con ciudadanos de la República de Corea. Se preparará un plan de acción para 2008, que será objeto de exámenes periódicos. La Ley incluye la educación para prevenir la discriminación contra los extranjeros y proteger sus derechos humanos, la información básica sobre la sociedad local, el asesoramiento para promover la integración social, la enseñanza del idioma coreano, las oportunidades de empleo para extranjeros, en las circunstancias en que esté permitido, y la promoción del multiculturalismo y el mutuo respeto. Muchos extranjeros encuentran empleo en puestos ejecutivos de las grandes compañías. Los que disponen de las competencias más solicitadas reciben incentivos, como permisos de residencia permanente.

22. Los miembros han observado que el Gobierno dispone de abundantes conocimientos sobre los migrantes ilegales en el país y han preguntado por qué, en tal caso, no son deportados o no se regulariza su situación. El G obierno no tolera ciertamente a los migrantes ilegales, en particular los que son explotados en empleos mal remunerados. Regularizó la situación de unos 190.000 migrantes ilegales en una amnistía concedida con carácter excepcional en 2003.

23. En respuesta a la pregunta sobre la reforma institucional, dice que el Gobierno está adoptando medidas para eliminar la discriminación estructural en la sociedad.

24. La razón por la que los miembros de un grupo étnico chino específico representado en el país desde hace 120 años no muestran interés en solicitar la nacionalidad de la República de Corea podría ser que, desde la creación del estatuto de residente permanente en 2002, el pueblo en cuestión dispone de empleo y goza de otros derechos equivalentes a los de los ciudadanos de la República y, por consiguiente, no tiene necesidad de solicitar la ciudadanía.

25. El proyecto de ley sobre la reglamentación de las agencias de matrimonio debía ser objeto de examen por el Comité de Salud y Bienestar de la Asamblea Nacional en abril de 2007, pero no ha sido examinado debido a la falta de tiempo. En su actual versión preliminar, el proyecto de ley establece las condiciones para las compañías que desean concertar matrimonios entre ciudadanos y extranjeros, incluida la necesidad de obtener autorización del Ministro del Salud y Bienestar, someterse a inspecciones de funcionarios públicos y abstenerse de ofrecer información falsa o exagerada en su publicidad. Si la empresa no cumple esas condiciones, sus actividades pueden suspenderse o clausura r se por completo y el propietario puede ser sancionado con prisión de hasta dos años o recibir una multa de hasta 10 millones de won coreanos (el equivalente de unos 11.000 dólares EE.UU.).

26. Se ha preguntado también si una apelación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos o la Comisión de Relaciones Laborales constituye un recurso eficaz en virtud del artículo 6 de la Convención. Los trabajadores extranjeros pueden optar también por otras opciones, en particular el recurso a los tribunales civiles y al Tribunal Constitucional y la formulación de denuncias ante la policía o la fiscalía. Existe también la posibilidad de apelación ante un tribunal superior. La ventaja de recurrir a la Comisión Nacional de Derechos Humanos o a la Comisión de Relaciones Laborales es que esos dos órganos realizan una gran parte del proceso de comprobación de los hechos, lo que permite al demandante ahorrar tiempo, esfuerzos y costos jurídicos.

27. Por lo que respecta al conocimiento del público acerca de la posibilidad de denuncias individuales, previstas en el artículo 14 de la Convención, el orador considera que hay un alto grado de conciencia pública sobre los procedimientos relacionados con las denuncias individuales: varias de estas denuncias relacionadas con la Ley de seguridad nacional y la objeción de conciencia al servicio militar han sido examinadas por el Comité de Derechos Humanos. El orador se compromete a comprobar si los materiales de sensibilización sobre los derechos humanos disponibles en su país hacen referencia expresa al procedimiento de denuncias individuales en virtud del artículo 14.

28. Los extranjeros están autorizados a trabajar como funcionarios públicos en determinadas circunstancias: por ejemplo, pueden tener empleos relacionados con la investigación, la tecnología o la educación en instituciones estatales o gobiernos locales si no puede contratarse ningún nacional con las calificaciones necesarias. En cambio , los extranjeros no pueden realizar ningún trabajo relacionado con el ejercicio del poder estatal, la formulación de políticas, la seguridad del Estado o los secretos de Estado. Los extranjeros naturalizados tienen exactamente los mismos derechos que los demás nacionales.

29. En el artículo 11 de la Constitución no se hace ninguna referencia explícita a la raza. Dicho artículo se remonta a 1962 y no se ha enmendado en la última versión de la C onstitución, de 1987. En esas fechas, la discriminación racial no constituía un problema importante en la República de Corea. No obstante, en 2001, el Tribunal Constitucional, en un caso referente a un grupo de ciudadanos chinos, determinó que algunas medidas legislativas infringían el derecho de los demandantes a la igualdad ante la ley, y declaró expresamente que los extranjeros tienen derecho a gozar de los derechos constitucionales que son también derechos humanos universales y naturales, aun que se excluye el derecho a votar o a ser elegido par a un cargo público.

30. Las declaraciones racistas que constituyen difamación pueden sancionarse en virtud del artículo 307 del Código Penal. En él se contempla la difamación en público y la difamación mediante publicaciones, así como la calumnia. La sanción máxima es de siete años de cárcel y/o una multa de 15 millones de won (aproximadamente 16.500 dólares EE.UU.).

31. El Sr. LIM Hoon-min (República de Corea) dice que el Plan nacional de acción para la promoción y protección de los derechos humanos fue redactado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos después de amplias consultas con la sociedad civil. No se reflejaron las opiniones de algunas organizaciones no gubernamentales (ONG) por considerarse que no eran representativas de la opinión mayoritaria. El Gobierno continuará teniendo en cuenta las opiniones de la sociedad civil en la aplicación del Plan nacional de acción.

32. Siguiendo la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se confió al Ministerio de Justicia la promulgación de la Ley de prohibición de la discriminación, mencionada en el párrafo 26 del documento CERD/C/KOR/14. El Ministerio tenía previsto celebrar audiencias públicas y consultas con las partes interesadas para finales del 2007. En su forma actual, el proyecto prohíbe la discriminación por motivos como la raza, el color de la piel y la religión en las cuestiones jurídicas, el empleo, la educación o el suministro de bienes y servicios. Prevé también recursos para los casos de violación de los derechos humanos. El texto provisional considera los derechos civiles y políticos, con inclusión de algunas cuestiones polémicas como la Ley de Seguridad Nacional, la pena de muerte y la objeción de conciencia al servicio militar. Recoge también los derechos humanos de las minorías y los grupos vulnerables, con inclusión de extranjeros y refugiados. Contiene disposiciones sobre la educación en materia de derechos humanos, la cooperación internacional en las cuestiones relacionadas con los derechos humanos y la aplicación de las normas internacionales sobre derechos humanos. El proyecto de ley se está traduciendo actualmente al inglés, para su presentación a la Secretaría.

33. Las escuelas para extranjeros se incluyen en una categoría distinta y pueden elegir su propio programa de estudios, sistema de créditos y tasa s académicas. Algunas escuelas — 16, en abril de 2005 — admiten únicamente a sus propios nacionales y no están acreditadas en el sistema de educación nacional. Son también totalmente autónomas.

34. La Sra. LEE Eun-kyeong (República de Corea), refiriéndose a los casos en que los salarios de los trabajadores extranjeros se han retenido arbitrariamente, dice que la Ley sobre el empleo de los trabajadores extranjeros estipula que los empleadores deben suscribir un seguro para garantizar el pago de sus trabajadores. Si un trabajador denuncia la falta de pago o retrasos en el pago, la empresa aseguradora realiza una investigación y, en caso necesario, paga al trabajador. Los trabajadores pueden presentar recursos a través de las oficinas de trabajo. De las 1.860 denuncias presentadas en 2006 a las oficinas de trabajo por falta de pago o retraso en el pago de los salarios, la gran mayoría de los casos se han solucionado mediante acciones administrativas, y 610 casos a través de los tribunales.

35. Los miembros han citado alegaciones de que los trabajadores extranjeros no reciben apoyo lingüístico suficiente en los conflictos laborales. El Gobierno cuenta con 29 intérpretes en 26 centros de empleo, que ofrecen asesoramiento sobre salarios, indemnización por despido, despidos y otras cuestiones laborales. En 2006 se estableció un centro de apoyo a la interpretación para trabajadores migrantes extranjeros con el fin de facilitar la comunicación entre los trabajadores, los empleadores y las instituciones públicas. El año pasado, el centro recibió más de 44.000 solicitudes de ayuda para la interpretación, es decir, 170 por día. Los principales idiomas solicitados son el vietnamita, el mongol, el tailandés y el inglés. El 46% de las solicitudes están relacionadas con los salarios, las condiciones de trabajo o los cambios de empleador. El 95% de los interesados se declararon satisfechos con el servicio de interpretación, pero el Gobierno trata todavía de elevar el número de intérpretes y de ofrecerles más capacitación.

36. La cuestión de la movilidad laboral y de los períodos de empleo para los trabajadores migrantes es motivo de gran preocupación para el Ministerio de Trabajo, en particular habida cuenta del equilibrio que debe conseguirse entre la protección de los derechos de los trabajadores y la consideración de las preocupaciones internas legítimas. El sistema de pasantía industrial se sustituyó en 2004 por el sistema de permisos de empleo, que introdujo cierta flexibilidad. Los trabajadores extranjeros pueden cambiar de empleo hasta cuatro veces durante sus tres años de estancia en la República de Corea. Cambios más frecuentes serían demasiado costosos tanto para los empleadores como para los trabajadores. Se han introducido varias disposiciones que permiten prolongar de hecho el período de empleo de tres años. Si los trabajadores abandonan el país voluntariamente antes de finalizar el período de empleo, pueden regresar seis meses después de la salida o, en virtud de una enmienda reciente de los reglamentos, un mes después si el empleador y el trabajador convienen en mantener su relación de empleo. El Gobierno está dando a conocer los cambios para alentar la salida voluntaria y, de esa forma, evitar la permanencia ilegal en el país una vez finalizado el período de empleo.

37. El Comité de políticas en materia de mano de obra extranjera decide anualmente el número de trabajadores extranjeros que se van a admitir, cuáles son los países de origen y cuáles los sectores interesados. Entre los criterios para orientar las decisiones se incluye la infraestructura y la transparencia de los procedimientos de selección en los países en cuestión, el número de trabajadores ilegales de cada un o de esos países que se encuentran ya en la República de Corea y la preferencia de los empleadores. Si se decide aceptar trabajadores de un país determinado, se firma un memorando de entendimiento con el país, que puede suspenderse temporalmente si el país de origen no cumple sus disposiciones. Actualmente hay 15 memorandos de entendimiento vigentes, y hay trabajadores de seis países en la República de Corea.

38. Con respecto a la cuestión de si los recursos cuasijudiciales previstos por la Comisión Nacional de Relaciones Laborales son suficientes para cumplir el artículo 6 de la Convención, la oradora insiste en que los trabajadores extranjeros tienen también acceso a procesos judiciales formales. La búsqueda de reparación a través de la Comisión de Relaciones Laborales representa una fórmula alternativa más rápida y menos costosa. Sus decisiones son vinculantes para las partes.

39. Está garantizada la libertad de asociación de los trabajadores extranjeros en situación legal, y está prohibida la discriminación contra los miembros de los sindicatos por razones de raza, religión, género, partido político o condición social. El Tribunal Supremo está examinando una apelación acerca de la constitución de sindicatos por trabajadores ilegales, que no es un derecho actualmente reconocido. Teniendo en cuenta la decisión del Tribunal Supremo y consideraciones sociales y económicas, el Gobierno decidirá si autoriza o no a los trabajadores extranjeros ilegales a crear sindicatos.

40. Con respecto al párrafo 42 del documento CERD/C/KOR/14, además de llamar la atención sobre los resultados de las inspecciones laborales llevadas a cabo en centros donde tienen empleo trabajadores extranjeros y donde se utiliza hexano normal, 65 de los cuales habían sido objeto de procesamiento, la oradora dice que la fórmula “con el objetivo de estimular la partida voluntaria de trabajadores extranjeros en situación regular” debería sustituirse por “con el objetivo de estimular la partida voluntaria de trabajadores extranjeros en situación legalizada”. Después de la legalización masiva en 2003 de unos 19.000 trabajadores extranjeros ilegales, el Gobierno hizo lo posible por alentarles a abandonar el país antes de que volvieran a ser de nuevo ilegales. No obstante, pocos lo han hecho, lo que ha impulsado el Gobierno a enviar inspectores laborales a los lugares de trabajo para ofrecer orientaciones y promover la salida voluntaria.

41. Los empleadores están obligados a adoptar medidas contra el acoso de las trabajadoras migrantes. Si l as trabajadora s no pueden continuar en sus puestos de trabajo por razones ajenas a su voluntad, incluido el acoso, pueden cambiar de empleo. Asimismo, los inspectores de trabajo pueden adoptar ciertas medidas incluso si no se ha formulado ninguna denuncia, por ejemplo, si una trabajadora migrante teme las posibles represalias. No obstante, la discriminación de género afecta no sólo a los trabajadores migrantes sino también a los nacionales de la República de Corea, y la cuestión debe examinarse en forma conjunta.

42. La oradora pide aclaraciones sobre los datos solicitados acerca de los trabajadores extranjeros, en particular sobre los retrasos en el pago y sobre los accidentes laborales.

43. El Sr. YUTZIS insiste en la necesidad de distinguir entre el concepto de etnia y las descripciones de los grupos étnicos. Las descripciones no son imparciales, ya que están sometidas necesariamente a determinadas influencias. La República de Corea, después de sus esfuerzos por obtener la autonomía, debe ahora tratar de lograr el equilibrio entre autonomía e identidad. La autonomía es necesaria para defender la identidad, pero las identidades no son inmutables. En el mundo actual, una parte esencial de la identidad es el reconocimiento de otras culturas; el reconocimiento es el antídoto de la intolerancia. Teniendo en cuenta las pasadas diferencias físicas, lingüísticas y culturales, las personas deben por encima de todo considerar a los demás como miembros de la misma humanidad, sobre todo habida cuenta de la movilidad de las poblaciones en el mundo globalizado.

44. Incluso dentro de un grupo étnico relativamente homogéneo, pueden identificarse diferentes fenotipos, lo que demuestra el mestizaje que ha tenido lugar a lo largo de numerosas generaciones. Una identidad monocultural es peligrosa, y no es lo mismo que identidad democrática. Se pregunta qué lugar ocupa el concepto lingüístico de “ pureza de sangre” en la imaginación colectiva de la República de Corea. No es sólo una cuestión legal o administrativa, sino que está también relacionada con la forma en que las personas y las culturas se entienden mutuamente. Dada la importancia fundamental del idioma para la identidad, insiste en la necesidad de eliminar del idioma la expresión “ pureza de sangre ” y sustituirla por otra, no con el fin de echar por tierra el concepto de identidad nacional del país sino porque el cambio lingüístico es el primer paso en una revolución mundial hacia la autonomía, la democracia y la tolerancia.

45. El Sr. KJAERUM pregunta si la legislación tiene algún elemento que permit a a los chinos étnicos de la República de Corea obtener la ciudadanía hay algún componente que constituya de hecho un obstáculo para que lo hagan, o si la baja tasa de aceptación es atribuible al deseo de los miembros de esa comunidad de continuar siendo chinos, y agrega que esos dos factores no se excluyen mutuamente. Pregunta cuál es el grado de probabilidad de que se conceda la ciudadanía a un solicitante de dicho grupo .

46. El Sr. LINDGREN ALVES , abundando en las observaciones del Sr. Yutzis, dice que es totalmente comprensible que la República de Corea , rodeada de grandes potencias, sienta la necesidad de mantener la cohesión en su lucha histórica por afirmar su propia nacionalidad e identidad. No obstante, el nacionalismo no exige necesariamente la pureza étnica. Muchos países con un gran número de etnias, como los Estados Unidos de América, el Brasil, Francia y China, tienen también un sentimiento nacional . El objetivo de erradicar la expresión y la idea de la “ pureza de sangre” es encomiable , lo mismo que el hecho de que aparezca sistemáticamente entre comillas en el informe periódico.

47. Manifiesta su preocupación acerca de la inclusión del multiculturalismo y el relativismo en los programas de estudios de las escuelas secundarias y de las universidades. No está de acuerdo con la ideología en favor del multiculturalismo , si este se entiende como un intento de mantener separadas las diferentes identidades. El relativismo, por su parte, es un a idea peligrosa, ya que puede representar una amenaza para el concepto mismo de derechos humanos. La imagen de los derechos humanos como algo específicamente “occidental” es utilizada con frecuencia como justificación por quienes violan esos derechos. Aunque la actitud del Gobierno es positiva, el orador propone que los programas de estudio se revisen para garantizar que las políticas bien intencionadas n o siembren involuntariamente la semilla del prejuicio. Propone también que se realice un censo sobre los matrimonios mixtos y su descendencia, ya que es fundamental contar con datos generales desglosados sobre la población a fin de determinar si existe o no discriminación. Las medidas afirmativas en favor de los hijos “mestizos” son necesarias para evitar dicha discriminación.

48. El Sr. TANG Chengyuan pregunta hasta qué punto las personas “mestizas” sufren discriminación en varias esferas, por ejemplo, en el lugar de trabajo. Si el número de casos es elevad o , el problema debería merecer consideración más atenta y seria. La población de la República de Corea, lo mismo que la de muchos otros países, está integrada por más de un grupo étnico. Las relaciones entre los distintos grupos étnicos de la población a lo largo de la historia deben tenerse en cuenta en las relaciones culturales actuales. Por ejemplo, en China, diferentes grupos han sido víctimas de opresión o han sido la mayoría dominante en diferentes épocas, lo que, junto con otros factores, como los matrimonios mixtos y el gran número de grupos minoritarios, hace que resulte difícil determinar la “pureza de sangre” de los miembros de un grupo , por ejemplo, de chinos han.

49. Especifica que las cifras sobre las que solicita más información, relativas a los trabajadores extranjeros, están tomadas del informe periódico de la República de Corea.

50. El Sr. AMIR dice que, en el fondo, la discriminación racial es un problema no del Estado sino de la sociedad. La idea de l Estado-nación se basa en ciertos conceptos que la hacen cada vez más incompatible con las realidades del mundo moderno, en el que la identidad sólo puede establecerse verdaderamente en el plano individual. Por ejemplo, él, aun siendo argelino, no pued e decir con certeza qué significa “ser argelino”. Las migraciones y mestizajes que han tenido lugar a lo largo de la historia de la humanidad hacen que el concepto de “pureza” sea insostenible, ya que cada persona es un producto singular de muchas influencias ejercidas en su cultura. No obstante, en el fondo todos comparten la única característica de pertenecer a la especie Homo sapiens .

51. Desde un punto de vista político, es comprensible que la idea de la identidad esté estrechamente vinculada con la s ocupaciones que han tenido lugar a lo largo de la historia , y en particular con la reacción que se produce una vez que finalizan las ocupaciones. No obstante, desde el punto de vista antropológico, todos los pueblos son resultado de distintas ocupaciones , ya que todo el mundo ha conocido oleadas sucesivas de migraciones. El modelo que define a una sociedad en función de la ocupación más reciente está perdiendo validez. La República de Corea forma parte de la sociedad universal del mundo globalizado, y la presencia de su delegación ante el Comité demuestra también los esfuerzos y la voluntad del país por pertenecer a esa sociedad. El orador espera que el próximo informe periódico revele los progresos hacia la cohesión y la homogeneidad social.

52. El Sr. VALENCIA RODRÍGUEZ pregunta si los empleadores, cuyas opiniones se tienen en cuenta para determinar los países desde los que podrán venir los trabajadores migrantes, manifiestan preferencias por trabajadores de un origen étnico o social específico, y , si es así, cuáles son las preferencias.

53. El Sr. EWOMSAN dice que, si bien el orgullo nacional de la República de Corea es en muchos sentidos positivo, el carácter mismo del desarrollo humano implica que todas las personas tienen identidades mixtas. El mundo es ahora una aldea global, donde el intercambio cultural es cada vez más intenso. El espíritu de la Convención se plasma en la intención de alentar las relaciones más armoniosas posibles entre todas las personas, y en todo el mundo. La República de Corea ha demostrado su empatía con ese espíritu abriendo sus fronteras y adoptando medidas para alentar el desarrollo de una sociedad multicultural. Se necesitan todavía esfuerzos más intensos en ese sentido, y la apertura y el multiculturalismo deberán reflejarse en la legislación.

54. El PRESIDENTE dice que el debate con la delegación de la República de Corea ha sido excepcionalmente positivo, y se ha centrado en cuestiones de importancia fundamental para el Comité. Acoge con agrado la información facilitada por la delegación, que ha permitido al Comité comprender mejor la historia social del Estado parte y sus actuales esfuerzos por mejorar las relaciones interétnicas y cambiar las actitudes sociales.

Se suspende la sesión a las 12.35 horas; se reanuda a las 12.40 horas.

15. El Sr. CHANG Dong-hee (República de Corea), al mismo tiempo que valora positivamente los comentarios del Comité, dice que su G obierno tendrá en cuenta el asesoramiento del C omité en lo que respecta al desarrollo de una sociedad multicultural, en que todos puedan vivir sin discriminación. En cuanto al tema de la naturalización de los chinos étnicos, dice que deben reunirse cuatro criterios para la naturalización: el solicitante debe haber sido residente de la República de Corea durante un mínimo de cinco años; debe ser adulto; debe tener capacidad para vivir independientemente; y debe superar una prueba para demostrar un conocimiento básico del idioma y la cultura coreanos. La mayoría de los chinos étnicos reúnen esos criterios, pero desean mantener su identidad china, y por lo tanto prefieren no naturalizarse.

56. La Sra. LEE Eun-kyeong (República de Corea) dice que las estadísticas presentadas en el informe del Estado parte, por ejemplo la s relativas a los trabajadores extranjeros, se han tomado de las cifras oficiales sobre casos presentados en los organismos competentes. En cuanto a la pregunta formulada por el Sr. Valencia Rodríguez, dice que las preferencias de los empleadores no son un factor decisivo a la hora de elegir los países desde los que se aceptan trabajadores migrantes. Los empleadores suelen mostrar preferencias por determinadas especializaciones laborales, más que por los trabajadores de un determinado origen étnico o nacional.

5 7 . El Sr. KEMAL (Relator para el país) agradece a la delegación sus respuestas a las preguntas del Comité. Al mismo tiempo que reconoce que la Convención forma parte del sistema legal de la República de Corea desde el momento de la ratificación, el Gobierno debería considerar la posibilidad de incluir referencias específicas a la discriminación racial en su legislación interna. La cuestión del mestizaje ha recibido recientemente gran publicidad como consecuencia de una visita al Estado parte por Hines Ward, jugador de fútbol americano de ascendencia coreana y afroamericana. El Sr. Ward fue recibido por el Primer Ministro y el Presidente, quienes reconocieron la difícil situación de las personas mestiza s en la República.

58. Debería hacerse lo posible por alentar las visitas a instituciones educativas de académicos extranjeros, y deberían organizarse intercambios culturales y educativos a fin de promover el multiculturalismo y el respeto mutuo. Los Estados Unidos han dado un buen ejemplo en ese sentido, y alientan a los alumnos y profesores extranjeros a participar en los programas educativos.

59. El Plan nacional de acción para la promoción y protección de los derechos humanos no está escrito en piedra, y debe enmendarse sobre la marcha si resulta necesario para corregir posibles deficiencias. En ese sentido, el Gobierno deberá estar en contacto permanente con la sociedad civil, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y las ONG. El orador acoge con agrado los esfuerzos del Gobierno por mejorar la situación de los inmigrantes, y de los trabajadores migrantes en particular. Deberían adoptarse iniciativas para conseguir que los trabajadores migrantes con empleos físicamente difícil es o peligrosos puedan gozar de suficiente seguridad social y física, sin riesgo de perder el empleo .

60. El Sr. CHANG Dong-hee (República de Corea) dice que su G obierno tendrá en cuenta el asesoramiento, las observaciones, las opiniones y las recomendaciones de Comité. Aunque el desarrollo legislativo es importante, el principal desafío para el Gobierno es cambiar las tradiciones y actitudes sociales. Se están realizando considerables esfuerzos en ese sentido. Un antiguo profesor universitario ha establecido en la República de Corea la Universidad T rasnacional de D erecho y E mpresas en la República de Corea, para promover la paz y la prosperidad y ofrecer educación a jóvenes de todo el mundo. El Gobierno está dispuesto a emprender el largo viaje hacia la prosperidad y la armonía común, y continuará sus esfuerzos por promover y proteger los derechos humanos para todos.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.

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