Naciones Unidas

CERD/C/SR.1931/Add.1

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

31 de agosto de 2010

Español

Original: francés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

74º período de sesiones

Acta resumida de la segunda parte (pública)* de la 1931ª sesiónCelebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 6 de marzo de 2009, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Dahmás tarde:Sr. Calitzay

Sumario

Prevención de la discriminación racial, en particular medidas de alerta temprana y procedimientos de urgencia

Cuestiones de organización y otros asuntos (continuación)

Clausura del 74o período de sesiones

La segunda parte (pública) de la sesión comienza a las 11.45 horas.

1.La Presidenta señala que debe reunirse con la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos antes de que concluya la sesión, por lo que no podrá clausurar el período de sesiones. Tras un intercambio de cortesías, cede la Presidencia al Sr. Cali Tzay.

2.El Sr. Cali Tzay ocupa la Presidencia.

Prevención de la discriminación racial, en particular medidas de alerta tempranay procedimientos de urgencia (tema 4 del programa)

3.El Sr. Thornberry (Coordinador del Grupo de Trabajo sobre alerta temprana y acción urgente) dice que el Grupo de Trabajo ha redactado varios proyectos de carta relativos a asuntos que han sido objeto de examen en el marco de sus medidas de alerta temprana y procedimientos de urgencia, los cuales presenta al Comité para su adopción y para que la Presidenta pueda enviarlos en su nombre a los Estados interesados.

4.En relación con la cuestión que es objeto de controversia entre el Gobierno de Australia y los indígenas del Territorio del Norte, el Sr. Thornberry señala que el Grupo de Trabajo continúa preocupado por el hecho de que se haya suspendido la Ley sobre discriminación racial a fin de aplicar las medidas previstas en la "respuesta de emergencia en el Territorio del Norte" (Northern Territory Emergency Response). y espera que la ley vuelva a aplicarse a la mayor brevedad posible. Por eso propone al Comité que, como primera medida, solicite al Gobierno australiano información adicional al respecto, en el marco del procedimiento de seguimiento.

5.En lo relativo a la situación en la provincia de Columbia Británica del Canadá, donde el Gobierno y los indígenas se enfrentan por la privatización de tierras indígenas y la supresión de los derechos sobre las tierras de las comunidades en cuestión, el Sr. Thornberry señala que la Misión del Canadá ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra ha respondido oralmente al Grupo de Trabajo acerca del tema. Por consiguiente, el Grupo de Trabajo invita al Comité a que solicite a las autoridades canadienses información adicional por escrito al respecto, también en virtud del procedimiento de seguimiento.

6.En el caso de El Salvador, una fuente fidedigna ha informado al Grupo de Trabajo de un "genocidio estadístico"; a saber, la negación en el último censo oficial de existencia de pueblos indígenas en el país. En su proyecto de carta al Gobierno de El Salvador, el Grupo invita al Comité a pedir a dicho Estado información que le permita observar la evolución de la situación, de acuerdo con su procedimiento de seguimiento.

7.El Grupo de Trabajo también ha considerado necesario observar la situación en la India, donde se han construido varias presas en el nordeste del país sin el consentimiento previo de las poblaciones indígenas afectadas, y en Indonesia, donde se desencadenan múltiples conflictos entre las empresas productoras de aceite de palma y los pueblos indígenas. Por ello el Grupo de Trabajo invita al Comité, en los respectivos proyectos de carta dirigidos a las autoridades de esos dos países, a que solicite información adicional con arreglo al procedimiento de seguimiento.

8.Habida cuenta de la gravedad de la situación, el Grupo de Trabajo ha decido considerar urgente la situación de los refugiados hmong en la República Democrática Popular Lao, ya que constituyen el blanco de las operaciones militares realizadas por el ejército nacional. Por eso, el Grupo de Trabajo invita al Comité a que pida al Gobierno laosiano que presente observaciones al respecto a más tardar el 1o de agosto de 2009.

9.El Grupo de Trabajo también ha examinado una denuncia interpuesta por las comunidades indígenas de Nepal, que lamentan que no se les haya consultado durante el proceso de elaboración de la Constitución, lo que no es buena señal para el futuro. En el proyecto de carta dirigido al Gobierno de Nepal que propone el Grupo de Trabajo, se invita al Comité a que recomiende al Gobierno instituir mecanismos que permitan a las comunidades participar en la elaboración de la Constitución y, de forma más general, en la vida política. Además, se le invita a que recuerde su Recomendación general Nº XXIII sobre los derechos de los pueblos indígenas y a que invite al Gobierno a proporcionarle información a este respecto a más tardar el 31 de julio de 2009.

10.En lo relativo al Perú, el proyecto de carta elaborado por el Grupo de Trabajo hace alusión a dos cuestiones. La primera atañe a la comunidad de Ancomarca, que se ha visto privada de acceso a abastecimiento de agua después de que el Gobierno autorizara la extracción de aguas subterráneas en sus tierras. La segunda, que ya ha sido objeto de examen por el Comité en el marco de las medidas de alerta temprana y los procedimientos de urgencia, versa sobre la situación del pueblo achuar y otros pueblos indígenas afectados por la explotación de hidrocarburos en el río Corrientes. Teniendo en cuenta que el Perú debe presentarse ante el Comité en su 75º período de sesiones, en agosto de 2009, podrá facilitar más información al respecto en esa ocasión.

11.Por último, en el caso de la República Unida de Tanzanía, el proyecto de carta del Grupo de Trabajo señala expresamente que la situación de los ganaderos expulsados y despojados de sus tierras se examinó en el marco de las medidas de alerta temprana y los procedimientos de urgencia del Comité. Se invita al Gobierno de Tanzanía a ponerse en contacto con el Comité para debatir estas cuestiones y adoptar medidas provisionales relativas al acceso de dichos ganaderos a las zonas de pastoreo, a las perspectivas comerciales de las tierras que son motivo de controversia y a la seguridad de los ganaderos en cuestión.

12.El Sr. Thornberry señala que, salvo en el caso de la República Unida de Tanzania, el Grupo de Trabajo ha examinado todos estos asuntos en el marco de las medidas de alerta temprana y los procedimientos de urgencia, y ha preferido primero pedir a los Estados interesados que le envíen información adicional de conformidad con el procedimiento de seguimiento.

13.El Sr. Thornberry señala además que, al fin y al cabo, todos esos asuntos son variantes de un mismo tema; es decir, un conflicto entre el supuesto interés nacional y los derechos de los indígenas al acceso a los recursos naturales, en particular al agua, la explotación minera o la explotación forestal. Con mucha frecuencia las comunidades indígenas son víctimas de actos de violencia y sus medios de subsistencia se ven amenazados. Por eso, el objetivo del Grupo de Trabajo en general es intentar conciliar el interés nacional con los derechos de los indígenas. A tal efecto, sería interesante que el Comité se reuniera con representantes del Banco Mundial, de la Organización Internacional del Trabajo y de organizaciones no gubernamentales (ONG) para conocer sus criterios a la hora de evaluar las repercusiones, desde el punto de vista humano y ambiental, que entraña la aplicación de los proyectos en los países. También sería interesante saber en qué consiste el procedimiento de consulta a los pueblos indígenas antes de la puesta en marcha de un proyecto, si se respeta siempre este procedimiento, y si los representantes de los pueblos indígenas interesados son elegidos arbitrariamente o no.

14.En vista de que cada vez se someten al Comité más casos relativos a las medidas de alerta temprana y los procedimientos de urgencia, el Grupo de Trabajo ha juzgado necesario conceder especial atención al criterio de urgencia y ha considerado inadmisibles algunos de ellos, dado que se perpetuaban y no presentaban particular urgencia.

15.Se han dado casos de Estados que cuestionan la validez de las medidas de alerta temprana y los procedimientos de urgencia. Suele tratarse de Estados partes que no han realizado la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención, por la que reconocen la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones de personas o grupos de personas comprendidas dentro de su jurisdicción, que aleguen ser víctimas de violaciones, por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos estipulados en la Convención.

16.Por último, el Sr. Thornberryseñala que, en la mayoría de los casos, el Comité recurre a las medidas de alerta temprana o los procedimientos de urgencia tras recibir información de parte de ONG y grupos de población que consideran que se han violado sus derechos. Sin embargo, aclara que el Comité mantiene su facultad de actuar por iniciativa propia y que cualquiera de sus miembros puede señalar a la atención de sus colegas una situación concreta que le parezca alarmante y estime que debe someterse a examen del Comité en virtud de ese procedimiento.

17.El Sr. Kemal observa que los casos relativos a los procedimientos de urgencia y de alerta temprana de los que se informa al Comité y que examina el Grupo de Trabajo tienen en común que todos atañen a pueblos indígenas, pero al contrario de lo que pudiera parecer, difieren en cuanto a las razones por las que se priva a los indígenas de sus derechos.

18.Por ejemplo, la situación de los hmong tiene su origen en la "guerra fría" y en los acuerdos concertados tras la guerra de Viet Nam y la guerra de Indochina. En otros casos, encontramos la explicación en la codicia de las empresas transnacionales que desean controlar los recursos naturales de territorios indígenas poco poblados. Los pueblos afectados, despojados de sus tierras y privados de sus derechos, con frecuencia corren el riesgo de extinguirse.

19.En el caso de Australia, es el paternalismo el que sumió a los aborígenes en la situación en que se encuentran actualmente, ya que la injerencia injustificada en los asuntos internos de un pueblo suele tener como resultado el sometimiento y la opresión de dicho pueblo mediante la negación de su cultura y de su modo de vida tradicional.

20.En cuanto a la privatización de tierras en el Canadá, el Gobierno se ha beneficiado de la incapacidad de las partes de lograr un acuerdo y de las divisiones consiguientes para imponer su propia voluntad, a expensas de los derechos de los indígenas.

21.En los países en desarrollo como la India, Indonesia y el Perú, los problemas surgen sobre todo por el acceso a los recursos naturales y la construcción de infraestructuras. Es precisamente en ese contexto donde estallan los conflictos con aquellos que prefieren proteger los intereses de unos pocos privilegiados y no el interés común. Sin embargo, parece que se está produciendo un cambio de actitud y que los representantes del Banco Mundial o del Banco Asiático de Desarrollo ya están propiciando la idea de que es necesario consultar a las comunidades interesadas antes de poner en marcha proyectos que puedan afectar negativamente a su modo de vida tradicional.

22.El Sr. Sicilianos suscribe todas las propuestas del Grupo de Trabajo y se pronuncia a favor de que el Comité envíe a los Estados interesados las cartas cuyo contenido ha presentado el Coordinador del Grupo de Trabajo sobre alerta temprana y acción urgente, salvo la que se refiere a la cuestión de los hmong de la República Democrática Popular Lao. El Sr. Sicilianos considera que sería preferible que el Comité adoptase una decisión sobre este tema, que lleva evadiendo desde hace muchos años por motivos que no alcanza a comprender.

23.El Sr. Avtonomov considera que,habida cuentadel gran número de casos que se presentan al Comité, sería preferible que éste se basara únicamente en los indicadores que figuran en las nuevas Directrices para el procedimiento de alerta temprana y acción urgente (A/62/18, anexo III) para decidir, caso por caso, en virtud de qué procedimiento se debe examinar cada uno de ellos. A su parecer, convendría que los Estados partes estuvieran más familiarizados con esas directrices para que no pongan en duda la validez del procedimiento en cuestión cuando se les aplique. Sin embargo, lo óptimo sería que el Comité, en la medida de lo posible, examinase la situación de un Estado parte en el marco del procedimiento de examen de los informes periódicos presentados por los Estados partes en sus períodos ordinarios de sesiones.

24.El Sr. Avtonomov reconoce que el Comité ha abordado el tema de los hmong reiteradamente. Se trata de un problema complejo que, además de su dimensión étnica, reviste una dimensión política. Algunos de los representantes de este grupo de población que ocupan altos cargos en el ejército se oponen al Gobierno, y algunos grupos hmong que se encuentran en particular en Viet Nam han proclamado la creación de un nuevo Estado.

25. El Sr. Avtonomovlamenta que la República Democrática Popular Lao haya interrumpido el diálogo con el Comité, por lo que recomienda apoyar la propuesta recogida en el proyecto de carta de solicitar al Gobierno que transmita al Comité sus observaciones a más tardar el 1o de agosto de 2009.

Cuestiones de organización y otros asuntos (tema 3 del programa)

26.El Sr. Thornberry lamenta que, en el período de sesiones en curso, las ONG hayan participado más en el marco de las reuniones del Grupo de Trabajo sobre alerta temprana y acción urgente que en el examen de los informes periódicos relativo al tema 5 del programa. Se pregunta si esto se debe a que las decenas de ONG presentes en el Palacio de las Naciones han preferido asistir al período de sesiones de Consejo de Derechos Humanos, que se celebra paralelamente en el Palacio de las Naciones, que al período de sesiones del Comité en el Palais Wilson, menos accesible.

27.El Sr. Peter confirma que la participación de las ONG ha sido más escasa en las sesiones del Comité. Sin embargo, señala con satisfacción que las que han participado han reiterado su plena confianza en el Comité, cuyas conclusiones aguardan con sumo interés.

28.El orador señala asimismo que uno de los Estados, al enterarse de que el Grupo de Trabajo sobre alerta temprana y acción urgente estaba examinando la situación sobre su territorio, pidió reunirse con el Grupo de Trabajo para ofrecerle su propia versión de los hechos. Con el mismo espíritu de equidad, el Grupo de Trabajo, en otro caso, invitó a un Estado parte a que se hiciera representar ante el Grupo para responder a las acusaciones que una ONG había hecho llegar al Comité. Esto demuestra que la labor del Comité goza de credibilidad y que las ONG y los Estados partes la toman en serio.

29.Tras un intercambio de opiniones entre el Sr. Sicilianos, el Sr. de Gouttes, el Sr. Avtonomov y el Sr. Prosper sobre el riesgo de que los diferentes órganos creados en virtud de tratados se vean marginados progresivamente, el Presidente cree entender que los miembros del Comité desean que este tema sea examinado por las autoridades superiores y que, para aumentar su visibilidad, el Comité se reúna en el Palacio de las Naciones cuando su período de sesiones coincida con el del examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos. Por tanto, propone que la Presidenta señale a la atención de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos esta cuestión, así como la posibilidad de restablecer las ruedas de prensa que antes se celebraban al final de cada período de sesiones para evaluar los trabajos del Comité.

30. Así queda acordado.

31.El Sr. Lindgren Alves desea disponer de más información relativa al contenido de las cartas que el Grupo de Trabajo enviará a los gobiernos.

32.Eloradordeclara asimismo que tiene importantes reservas con respecto a los procedimientos de alerta temprana y acción urgente porque tratan, no hay duda, asuntos importantes pero no urgentes. No obstante, es comprensible que el Comité recurra a estos procedimientos en ausencia de algo mejor. Considerando que todas las denuncias examinadas por el Grupo de Trabajo en el período de sesiones en curso versan sobre los pueblos indígenas, el orador propone que el Comité, en la propuesta que somete a la atención del Comité Preparatorio de la Conferencia de Examen de Durban, sugiera que las Naciones Unidas instituyan un órgano especial dedicado a los pueblos indígenas que se reúna periódicamente para tratar estos temas de forma más exhaustiva.

33.En cuanto a las denuncias relativas a los hmong, el Sr. Lindgren Alvesrespalda la declaración del Sr. Avtonomov.No está seguro de que este asunto requiera una acción urgente del Comité. Por otro lado, le gustaría conocer el contenido de la carta que el Grupo de Trabajo pretende enviar al Gobierno de la República Democrática Popular Lao.

34.El Sr. Amir declara que hace cuatro años ocupaba el cargo de Relator para la República Democrática Popular Lao. A petición del Comité, se ha reunido con el representante de este Estado parte en Nueva York, en relación con la decisión del Comité en la que se pedía la liberación de tres miembros de la minoría hmong que habían sido detenidos por las autoridades laosianas. El representante había indicado que los hmong estaban detenidos por razones de seguridad interna, y que era competencia del Gobierno laosiano tratar este tipo de cuestiones.

35.El orador señala que pidió al Gobierno laosiano que enviase a un representante ante el Comité con el fin de examinar la posibilidad de reducir la pena impuesta a los tres hmong e informó de ello a la Oficina del Alto Comisionado y al Comité. Sin embargo, no le consta que la República Democrática Popular Lao haya enviado a representante alguno o que el Gobierno se haya manifestado hasta la fecha.

36.Desde entonces, representantes de la minoría hmong han transmitido al Comité documentos con un lenguaje muy violento, acompañados de fotografías, en los que indican los nombres de los hmong que, según estos mismos representantes, han sido ejecutados por las autoridades laosianas. Sin embargo, no le consta que el Gobierno laosiano ni la Oficina de las Naciones Unidas en la República Democrática Popular Lao hayan proporcionado al Comité información sobre la evolución de este caso.

37.El Grupo de Trabajo sobre alerta temprana y acción urgente había sometido el caso hace dos años, pero la República Democrática Popular Lao no había atendido a sus peticiones. Sin embargo, según la información proporcionada por los representantes de la comunidad hmong, se siguen cometiendo infracciones contra esa comunidad y es preciso adoptar medidas urgentes. El Grupo de Trabajo puede continuar examinando el caso e intentar recabar nuevos elementos o bien remitirlo a los responsables del procedimiento de seguimiento que dirige el Comité. En el segundo caso, el Comité debe enviar al Gobierno laosiano una carta en la que le recuerde sus obligaciones en virtud del derecho internacional.

38.El Sr. Amir precisa que para el Gobierno laosiano no se trata de un caso de discriminación racial, sino de un problema político relativo a la seguridad y la integridad territorial de la República Democrática Popular Lao, ya que el objetivo de la minoría hmong es crear una entidad territorial autónoma, incluso independiente, en la República Democrática Popular Lao. Desde esta perspectiva, el caso no queda comprendido en el ámbito de competencia del Comité.

39.El Sr. Thornberry (Coordinador del Grupo de Trabajo sobre alerta temprana y acción urgente) señala que la carta relativa a la minoría hmong trata de la situación de las personas de una provincia determinada y de los ataques perpetrados por las fuerzas armadas el 6 de diciembre de 2008. El Grupo de Trabajo expresa su preocupación por los informes que señalan que efectivos de las fuerzas armadas impidieron que los pueblos indígenas accedieran a sus fuentes tradicionales de alimentación. En una serie de informes publicados por las Naciones Unidas en 2008 también se hace referencia a una situación alimentaria crítica. En su carta, el Grupo de Trabajo pregunta qué motivó esas operaciones armadas. Por otro lado, solicita información sobre la seguridad de los refugiados hmong que son repatriados a la República Democrática Popular Lao desde campamentos de refugiados de Tailandia e insta al Estado parte a que acepte la ayuda de las Naciones Unidas para gestionar esas repatriaciones. En este contexto, existe el riesgo de que se produzcan nuevos acontecimientos y que se requiera una acción urgente.

40.El Sr. Thornberry dice que el tipo de situación que podría dar lugar a la adopción de medidas por el Grupo de Trabajo en virtud de los procedimientos de alerta temprana y acción urgente se determina en función de una serie de indicadores relativos a la magnitud y la gravedad de las situaciones. El orador ya ha reiterado en varias ocasiones que no se trata únicamente de situaciones de gran envergadura, sino que el procedimiento también puede aplicarse en el contexto de amenazas de menor alcance que puedan poner en jaque la existencia de una comunidad concreta, por ejemplo las incursiones en el territorio de un pueblo indígena. Además, recuerda que todos los miembros del Comité tienen la impresión de que la situación requiere medidas urgentes, y los invita a someter la cuestión directamente al Grupo de Trabajo para que la evalúe y formule una recomendación al respecto. El Sr. Thornberry sabe que es necesario examinar periódicamente la metodología de trabajo del Grupo, pero los indicadores revisados sólo se emplean desde hace dos años. Por tanto, sería preferible conservarlos hasta que se vuelva a examinar el funcionamiento de dicho procedimiento.

41.El sistema de las Naciones Unidas ha introducido mecanismos para abordar la situación de los pueblos indígenas, como el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas o el mandato de Relator Especial sobre los pueblos indígenas y su relación con la tierra; sin embargo, todavía no tienen el mismo alcance que el Grupo de Trabajo de un órgano creado en virtud de un tratado, cuyas observaciones constituyen una señal importante para los gobiernos.

42.El Sr. Sicilianos propone que, durante los próximos períodos de sesiones del Comité, se organice a mitad de cada período una reunión informativa sobre las cuestiones que esté examinando el Grupo de Trabajo. Así, el Grupo de Trabajo podrá mantener al Comité al tanto de su labor.

43.Por otro lado, propone que el Comité, de conformidad con los procedimientos de alerta temprana, decida el contenido de la carta relativa a los hmong que ha de dirigirse a la República Democrática Popular Lao. El orador señala que las decisiones del Comité figuran en el informe anual que somete a la Asamblea General, lo que no sucede con las cartas enviadas por el Comité.

44.El Presidente , apoyado por el Sr. de Gouttes, aprueba la sugerencia del Sr. Sicilianos y declara que el Comité la examinará en su próximo período de sesiones para que los miembros dispongan de tiempo suficiente para prepararse y estén debidamente informados.

45.El Sr. Sicilianos desea que su propuesta se examine en el período de sesiones en curso, no en el siguiente.

46.Tras un intercambio de opiniones entre el Sr. Aboul-Naser, el Sr. Avtonomov, el Sr. Lindgren Alves, el Sr. Sicilianos, el Sr. Diaconu, el Sr. Thornberry y el Presidente, este último concluye que, durante el período de sesiones en curso, el Comité enviará a la República Democrática Popular Lao una carta redactada por el Grupo de Trabajo y que examinará nuevamente la cuestión en su próximo período de sesiones para que los miembros del Comité dispongan de tiempo suficiente para prepararse. Si en esa fecha el Comité no hubiese recibido información alguna, adoptará una decisión relativa a la República Democrática Popular Lao, tal y como ha propuesto el Sr. Sicilianos.

Cuestiones de organización y otros asuntos (tema 3 del programa)(continuación)

47.El Sr. Schackel (Secretario del Comité) declara que los documentos relativos a los procedimientos de alerta temprana, elaborados antes del período de sesiones, se distribuyeron a todos los miembros del Comité, pero no contienen los elementos nuevos que son objeto de examen durante el período de sesiones en curso.

48.El orador confirma que el próximo período de sesiones del Comité se celebrará del 3 al 28 de agosto de 2009. Además, señala el hecho de que el sitio del Comité accesible en la extranet ya puede utilizarse. Este sitio será especialmente útil para mantener a los miembros al corriente de los sucesos que acontezcan entre los períodos de sesiones.

49.El Sr. Huang desea saber cuáles países participarán en el próximo período de sesiones del Comité y quiénes serán los relatores.

50.El Presidente dice que los relatores sobre los países serán los siguientes: Azerbaiyán (Sr. de Gouttes), Chad (Sr. Ewomsan), Chile (Sr. Avtonomov), China (Sr. Scilianos), Colombia (Sr. Diaconu), Emiratos Árabes Unidos (Sr. Prosper), Etiopía (Sr. Peter), Filipinas (Sr. Thornberry), Grecia (Sr. Lindgren Alves), Mónaco (Sr. Kemal), Panamá (Sr. Lahiri), Perú (Sr. Cali Tzay) y Polonia (Sr. Amir).

Clausura del 74º período de sesiones

51.El Presidente declara clausurado el 74º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.