Naciones Unidas

CRC/C/ARG/Q/3-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

3 de marzo de 2010

Original: español

Comité de los Derechos del Ni ño

54 . º período de sesiones

25 de mayo a 11 de junio de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar los informes periódicos tercero y cuarto de Argentina (CRC/C/ARG/3‑4)

Las preguntas formuladas a continuación se refieren a temas considerados prioritarios por el Comité y para las cuales se requiere información complementaria. Otras preguntas relativas a la aplicación de la Convención podrán ser abordadas en el momento del dialogo con el Estado p arte.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 6 de abril de 2010.

1.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para la implementación de la Ley N.º 26061 en el nivel nacional y el provincial, y el estado en el cual se encuentra el proceso de transformación normativa e institucional para garantizar conformidad con los principios de dicha ley y los de la Convención. Sírvanse indicar si ya se ha realizado la designación del Defensor de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes como indicado por dicha ley, y de no ser éste el caso, cuáles son las razones para la demora.

2.Sírvanse proporcionar información adicional sobre la implementación del mandato del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, en particular su emplazamiento jerárquico, los mecanismos creados para la coordinación en el nivel nacional y provincial del Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y su rol en la iniciación y promoción de leyes, políticas, programas y presupuestos para la aplicación de la Ley N.º 26061.

3.Sírvanse indicar en qué estado se encuentra la adopción del Plan Nacional de Acción por los derechos de niños, niñas y adolescentes, en cuanto a la consulta sobre el proyecto de Plan a las provincias, su validación y aprobación, así como el contenido y las disposiciones para su financiamiento tanto en el nivel nacional como el provincial.

4.Sírvanse informar sobre las medidas tomadas con respecto de la sistematización e integración con un enfoque de derechos de la información estadística sobre la niñez y la adolescencia, en el nivel nacional y provincial, así como en relación con la calidad y cantidad de la recolección, análisis, uso y difusión de la información estadística oficial.

5.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas de combate a la pobreza enfocadas específicamente a la niñez y a las provincias más desfavorecidas, incluyendo aquellas de alta proporción de población originaria. Sírvanse incluir la inversión sectorial, la inversión en protección especial tal como los programas de transferencias condicionadas y otros subsidios, y la inversión en desarrollo multicultural.

6.Sírvanse actualizar la información sobre la consideración dada por el Estado parte al estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños, en particular respecto de la violencia doméstica y en las escuelas e instituciones de acogida y/o retención, en particular sobre el castigo corporal, y el abuso sexual contra niños y niñas; y, asimismo, de los avances en materia normativa, regulatoria y de formación de recursos técnicos y profesionales en estas materias.

7.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación efectiva del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable de responsabilidad del Ministerio de Salud y del Programa Nacional de Educación Sexual Integral bajo el Ministerio de Educación, en lo que se refiere las acciones específicas en el nivel nacional y provincial para asegurar la salud y los derechos sexuales y reproductivos de los/las adolescentes. En especial refiérase a las actividades destinadas a prevenir los embarazos adolescentes y las muertes por abortos inseguros.

8.Sírvanse explicar el procedimiento y las medidas que se hayan tomado en relación con la explotación sexual, la trata, la venta, la prostitución y la utilización en la pornografía de niños, niñas y adolescentes en el territorio nacional, especialmente en relación a niños procedentes de las provincias más desfavorecidas, como por ejemplo el Noreste argentino. Incluya, por favor, el número de casos de niños, niñas y adolescentes detenidos al ingresar al Estado parte, quienes pudieran ser posibles víctimas de trata. Tengan a bien presentar información sobre la investigación de las causas, re-vinculación con la familia, evaluación bajo el régimen de refugio, asistencia a las víctimas, incluyendo asistencia psicológica, y la investigación y sanción de los responsables.

9.En relación con el tema de la institucionalización de niños, niñas y adolescentes, sea por razones de protección o ligadas a su responsabilidad penal, sírvanse informar al Comité el número de visitas efectuadas por la Comisión de Seguimiento del Tratamiento Institucional de Niños, Niñas y Adolescentes, los lugares visitados, las recomendaciones de dicha Comisión y el seguimiento que se haya dado a estas recomendaciones. Además, por favor expliquen:

a)El mecanismo de presentación de denuncias;

b)Los recursos disponibles para las víctimas, incluso indemnización, rehabilitación, reintegración y resocialización;

c)Existen planes para realizar de manera sostenida y comparable un estudio cuantitativo y cualitativo sobre la institucionalización de niños, niñas y adolescentes y de la cuestión del entorno familiar, en seguimiento del realizado con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en el año 2005.

10.Sírvanse informar al Comité del contenido del nuevo proyecto de Ley de Justicia Juvenil, el carácter del trámite legislativo y las medidas adoptadas para su adopción.

11.Sírvanse indicar al Comité las cuestiones que afectan a los niños que el Estado parte considera prioritarias y que requieren la máxima atención en relación con la aplicación de la Convención.

Parte II

En esta sección se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

1.Los nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas, en el nivel nacional y provincial;

2.Las nuevas instituciones, con sus funciones principales, y los nuevos planes, en el nivel nacional y provincial;

3.Las políticas y programas adoptadas y aplicadas recientemente y su alcance nacional y provincial.

4. Recientes ratificaciones de los instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos y estadísticas, si se dispone de ellos.

1.Sírvanse facilitar datos desagregados para el nivel nacional y provincial sobre las asignaciones presupuestarias (en cifras absolutas y porcentajes del presupuesto nacional) en el período 2007, 2008 y 2009, en lo que respecta a la aplicación de la Ley N.º 26061 y la Convención.

2.Sírvanse proporcionar estadísticas desagregadas por edad, sexo y provincia sobre el número de niños, niñas y adolescentes en instituciones y la razón de la privación de libertad y/o de su ambiente familiar (es decir, niños institucionalizados por asistencia o por causas penales). También incluya el número de niños y niñas (desagregado por edad) en alojamiento en comisarías locales y la duración de su alojamiento.

3.Con respecto a la educación, sírvanse proporcionar datos desagregados (por sexo, edad, grupos minoritarios e indígenas, y por provincia) para los años 2007, 2008 y 2009 sobre los siguientes aspectos:

a)La atención a la primera infancia y pre-escolar;

b)Los porcentajes de matriculación y finalización en los niveles primario, secundario y en la capacitación profesional;

c)El porcentaje de niños que repiten curso; y

d)El número de niños, niñas y adolescentes que no estudian ni trabajan.

4.Sírvanse proporcionar datos precisos, detallados y desagregados (por edad, sexo y provincia) para los años 2007, 2008 y 2009, acerca de

a)El número de denuncias recibidas por muerte, tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes inflingidos a niños y niñas;

b)El número de denuncias investigadas, procesadas y de sanciones aplicadas a los responsables;

(c)El número de niños y niñas que trabajan y el rubro de la economía en que lo hacen.