Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares
36º período de sesiones
27 de marzo a 6 de abril de 2023
Tema 2 del programa provisional
Aprobación del programa
Programa provisional anotado
Programa provisional
1.Apertura del período de sesiones.
2.Aprobación del programa.
3.Cuestiones de organización.
4.Presentación de informes por los Estados partes.
5.Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 73 de la Convención.
6.Métodos de trabajo del Comité.
7.Promoción de la Convención.
8. Aprobación del informe anual.
Anotaciones
1.Apertura del período de sesiones
El representante del Secretario General declarará abierto el 36º período de sesiones del Comité.
2.Aprobación del programa
De conformidad con el artículo 5 del reglamento del Comité, el Secretario General ha preparado el presente programa provisional anotado en consulta con el Presidente del Comité.
De conformidad con el artículo 6 del reglamento, el primer tema del programa provisional de cada período de sesiones será la aprobación del programa, excepto cuando en virtud del artículo 13 deban elegirse los miembros de la Mesa. De conformidad con el artículo 7, durante el período de sesiones el Comité podrá revisar el programa y, según corresponda, podrá aplazar o suprimir temas.
3.Cuestiones de organización
El 36º período de sesiones del Comité se celebrará en el Palais Wilson del 27 de marzo al 6 de abril de 2023. La primera sesión tendrá lugar el lunes 27 de marzo a las 10.00 horas.
El Comité examinará su programa de trabajo y asuntos relacionados con sus actividades, incluidas las fechas de futuros períodos de sesiones. El programa de trabajo podrá consultarse en la página web del Comité.
4.Presentación de informes por los Estados partes
El Comité recibió el informe inicial de Benin (CMW/C/BEN/1) el 9 de septiembre de 2022. Al 1 de enero de 2023, no se habían presentado aún los informes iniciales de los siguientes Estados partes, que debían haberse sometido a la consideración del Comité.
Estado parte |
Fecha en que debía presentarse inicialmente el informe |
Fecha límite para la presentación de las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe |
Congo a |
1 de julio de 2018 |
1 de marzo de 2022 |
Fiji |
1 de diciembre de 2020 |
|
Gambia |
1 de enero de 2020 |
|
Guinea-Bissau |
1 de febrero de 2020 |
|
Santo Tomé y Príncipe b |
1 de mayo de 2018 |
1 de marzo de 2020 |
Togo c |
1 de abril de 2022 |
a Debido a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), la lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité entre períodos de sesiones el 18 de noviembre de 2020.
b La lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité en su 30º período de sesiones.
c La lista de cuestiones previa a la presentación del informe será aprobada por el Comité en un próximo período de sesiones.
El Comité recibió el segundo informe periódico de Honduras (CMW/C/HND/2) el 28 de enero de 2022 y el segundo informe periódico de Marruecos (CMW/C/MAR/2) el 18 de noviembre de 2022. Los segundos informes periódicos de los siguientes Estados partes debían haberse presentado, pero aún no se habían recibido al 1 de enero de 2023.
Estado parte |
Fecha en que debía presentarse inicialmente el informe |
Fecha límite para la presentación de las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe |
|
Bangladesh |
1 de mayo de 2022 |
||
Egipto a |
1 de julio de 2009 |
1 de mayo de 2018 |
|
Ghana |
5 de septiembre de 2019 |
||
Guinea |
9 de septiembre de 2020 |
||
Indonesia |
1 de octubre de 2022 |
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Kirguistán b |
24 de abril de 2020 |
30 de diciembre de 2022 |
|
Lesotho |
1 de mayo de 2021 |
||
Mauritania |
1 de mayo de 2021 |
||
Nicaragua |
1 de octubre de 2021 |
||
Níger c |
1 de octubre de 2021 |
||
Perú b |
24 de abril de 2020 |
28 de abril de 2023 |
|
Seychelles c |
9 de septiembre de 2020 |
||
Timor-Leste |
9 de septiembre de 2020 |
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Türkiye d |
1 de mayo de 2021 |
16 de junio de 2023 |
|
Uganda |
24 de abril de 2020 |
a La lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité en su 26º período de sesiones.
b La lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité en su 34º período de sesiones.
c En su 36º período de sesiones, el Comité tendrá ante sí, para su aprobación, la lista de cuestiones previa a la presentación del informe.
d La lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité en su 35º período de sesiones.
El Comité recibió el tercer informe periódico de El Salvador (CMW/C/SLV/3) el 3 de octubre de 2022. Los terceros informes periódicos de los siguientes Estados partes debían haberse presentado, pero aún no se habían recibido al 1 de enero de 2023.
Estado parte |
Fecha en que debía presentarse inicialmente el informe |
Fecha límite para la presentación de las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe |
Filipinas a |
1 de mayo de 2019 |
1 de octubre de 2022 |
Malí |
1 de mayo de 2019 |
|
Sri Lanka |
1 de octubre de 2021 |
a Debido a la pandemia de COVID-19, la lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité entre períodos de sesiones el 11 de febrero de 2021.
Los cuartos informes periódicos de los siguientes Estados partes debían haberse presentado, pero aún no se habían recibido al 1 de enero de 2023.
Estado parte |
Fecha en que debía presentarse inicialmente el informe |
Fecha límite para la presentación de las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe |
Ecuador a |
1 de octubre de 2022 |
|
México a |
1 de octubre de 2022 |
|
Senegal b |
1 de mayo de 2021 |
16 de junio de 2023 |
a La lista de cuestiones previa a la presentación del informe será aprobada por el Comité en un próximo período de sesiones.
b La lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité en su 35º período de sesiones.
Se examinaron los siguientes Estados partes en ausencia de un informe y se les pidió que presentaran sus informes inicial y periódico combinados.
Estado parte |
Fecha en que debía presentarse el informe inicial |
Fecha establecida para la presentación de los informes inicial y periódico combinados |
Fecha límite para la presentación de las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe |
Belice a |
1 de julio de 2004 |
5 de septiembre de 2016 |
1 de noviembre de 2020 |
Jamaica b |
1 de enero de 2010 |
1 de mayo de 2019 |
1 de marzo de 2022 |
San Vicente y las Granadinas c |
1 de febrero de 2012 |
1 de mayo de 2019 |
a El Comité examinó al Estado parte en ausencia de un informe en su 21 er período de sesiones. En el mismo período de sesiones, se pidió a Belice que presentara su informe inicial e informes periódicos segundo y tercero combinados. La lista de cuestiones previa a la presentación del informe fue aprobada por el Comité en su 31 er período de sesiones.
b El Comité examinó al Estado parte en ausencia de un informe en su 26º período de sesiones. En el mismo período de sesiones, se pidió a Jamaica que presentara su informe inicial y segundo informe periódico combinados. Debido a la pandemia de COVID-19, la lista de cuestiones previa a la presentación del informe de Jamaica fue aprobada por el Comité entre períodos de sesiones el 5 de febrero de 2021.
c El Comité examinó al Estado parte en ausencia de un informe en su 28º período de sesiones. En el mismo período de sesiones, se pidió a San Vicente y las Granadinas que presentara su informe inicial y segundo informe periódico combinados.
El Comité recibió el informe inicial y segundo informe periódico combinados de Nigeria (CMW/C/NGA/1-2) el 18 de octubre de 2022.
5.Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 73 de la Convención
El Comité examinará el informe inicial y segundo informe periódico combinados de Nigeria, el segundo informe periódico de Marruecos y los terceros informes periódicos de Filipinas y El Salvador. Aprobará observaciones finales sobre los informes.
El Secretario General ha comunicado a los Estados partes pertinentes las fechas en las que está previsto que el Comité examine su informe, de conformidad con el programa de trabajo provisional.
En su 14º período de sesiones, el Comité estableció un procedimiento simplificado de presentación de informes, consistente en la preparación y aprobación de una lista de cuestiones y su transmisión al Estado parte interesado antes de que presente su informe. Las respuestas a esta lista de cuestiones constituirán el informe que el Estado parte debe presentar en virtud del artículo 73, párrafo 1, de la Convención. A fin de promover el uso del procedimiento simplificado de presentación de informes entre los Estados partes, el Comité decidió, en su 35º período de sesiones, que este se aplicaría según el principio de exclusión voluntaria y no de aceptación voluntaria, de manera que, en adelante, el procedimiento simplificado previsto en el artículo 33, párrafo 2, de su reglamento sea el procedimiento por defecto y el procedimiento tradicional constituya la excepción. Por consiguiente, una vez que los Estados partes hayan sido debidamente informados de esta decisión, el Comité aprobará una lista de cuestiones previa a la presentación del informe para todo Estado parte en la Convención que no haya solicitado explícitamente acogerse al procedimiento tradicional. En su 36º período de sesiones, el Comité aprobará las listas de cuestiones previas a la presentación de informes con respecto al Níger y Seychelles.
6.Métodos de trabajo del Comité
El Comité examinará sus métodos de trabajo, la armonización de los métodos de trabajo de los órganos de tratados y otras cuestiones derivadas de la resolución 68/268 de la Asamblea General, relativa al fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, de las resoluciones 73/162 y 75/174, relativas al sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, y de la resolución 76/160, relativa a la promoción de la distribución geográfica equitativa en la composición de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.
7.Promoción de la Convención
El Comité deliberará sobre su participación en los distintos actos e iniciativas organizados para promover la Convención, así como su apoyo a esas actividades, entre las que figuran las reuniones con las partes interesadas, los días de debate general y la elaboración de observaciones generales.
8.Aprobación del informe anual
De conformidad con el artículo 74, párrafo 7, de la Convención, el Comité presentará un informe anual a la Asamblea General sobre la aplicación de la Convención.
El Comité tendrá ante sí, para su aprobación, un informe sobre sus períodos de sesiones 35º y 36º.