Naciones Unidas

CERD/C/CHL/Q/19-21

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

4 de julio de 2013

Original: español

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

8 3 .º período de sesiones

12 a 30 de agosto de 2013

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 19º a 21º de Chile (CERD/C/CHL/19-21)

Nota del Relator del país

Resumen

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió, en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85), que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse también otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.La Convención en la legislación doméstica y el marco legal, institucional y de políticas públicas para su observancia (arts. 2, 4, 6 y 7)

a)Información sobre el mandato, las actividades y la asignación de recursos del Instituto Nacional de Derechos Humanos (CERD/C/CHL/CO/15-18, párr. 15) conforme a los Principios de París;

b)Información sobre el estatus de diversos proyectos de ley, incluyendo:

i)Proyecto de ley de la Defensoría de las personas especializada en la protección de los pueblos indígenas y de los trabajadores migratorios;

ii)Proyecto de ley de reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas (CERD/C/CHL/19-21, párr. 51);

iii)Proyecto de ley de reconocimiento de la etnia afrodescendiente en Chile (CERD/C/CHL/CO/15-18, párr. 13);

c)Información sobre la puesta en marcha de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la creación de un comité interministerial, responsable de la elaboración de un plan nacional de derechos humanos.

d)Monitoreo y aplicación efectiva de diversas leyes, incluyendo:

i)Ley que establece medidas contra la discriminación (N° 20609). Número de acciones judiciales iniciadas y sus resultados;

ii)Diversas leyes referentes al reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales existentes en sus tierras y territorios;

e)Mecanismos de consulta y de participación de los pueblos indígenas y sus obstáculos, en conformidad con las recomendaciones del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas tras su visita a Chile en 2009 (A/HRC/12/34/Add.6), con relación a leyes aprobadas, en particular, las Leyes n° 20657 (“ley de pesca”) y n° 20573 (sobre los territorios especiales), y los proyectos de ley sobre carretera eléctrica (Boletín Legislativo N° 8566-08) y sobre las concesiones de energía geotérmica (Boletín Legislativo N° 7162/08);

f)Información sobre la puesta en marcha del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes (1989), incluyendo la figura del consentimiento libre, previo e informado, y las medidas adoptadas para la implementación efectiva de dicha convención;

g)Información sobre el funcionamiento de las actividades del Comité de Ministros para los Asuntos Indígenas;

h)Capacitación en derechos humanos para los agentes estatales encargados de la aplicación de leyes.

2.Situación de los pueblos originarios, las comunidades étnicas y otras minorías (arts. 1 y 2 a 7)

a)Variable indígena en los sistemas de información estadística y consideración de las especificidades económicas, culturales, sociales y geográficas de los pueblos indígenas en los marcos normativos federal y estatal, así como en el diseño y aplicación de políticas públicas, incluyendo salud, educación y vivienda;

b)Situación de los afrochilenos y del primer estudio para cuantificar a esta población;

c)Las medidas de diversa índole, incluidas las medidas especiales o positivas de carácter temporal, para remediar la discriminación racial y étnica en el dominio de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular el derecho a la tierra, a la vivienda y al acceso al agua potable;

d)Información actualizada sobre la implementación del Plan de Desarrollo Cultural para los Pueblos Originarios (CERD/C/CHL/19-21, párr. 149);

e)Datos estadísticos sobre el uso excesivo de fuerza policial de la cual son víctimas los pueblos originarios —particularmente los mapuches y los rapa nui— y las mujeres, así como las medidas adoptadas para prevenir, investigar y sancionar su uso;

f)Información detallada sobre la aplicación de la Ley antiterrorista N° 20467, en particular al pueblo mapuche;

g)Trabajadores migratorios y discriminación racial dada la crisis económica mundial, principalmente información pertinente a personas provenientes del Perú, Bolivia y Haití. Información actualizada sobre la implementación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares;

h)Derecho a la nacionalidad de niños nacidos en Chile de padres y madres en situación irregular;

i)Condición de inequidad de los chilenos de origen Romá Jorajanés (gitanos) y discriminación racial;

j)Medidas para combatir prejuicios y discriminación racial persistentes en la sociedad chilena y fomentar el respeto de la diversidad.

3.Participación efectiva de los diferentes grupos étnicos chilenos en la vida política y pública (arts. 2, 5 y 6)

a)Mecanismos de participación efectiva para pueblos originarios y comunidades afrodescendientes en todos los ámbitos gubernamentales (CERD/C/CHL/CO/15-18, párrs. 20 y 21);

b)La política indígena por un reencuentro histórico (CERD/C/CHL/19-21, párr. 45);

c)Legitimidad y elecciones de las autoridades denominadas como interlocutores de los pueblos indígenas. Mecanismos necesarios para que los pueblos originarios estén representados a todos los niveles, incluido en el Parlamento;

d)Medidas para combatir la discriminación racial de diversos grupos en el acceso al mercado laboral.

4.Sistema de justicia y de combate a la discriminación racial (arts. 5 y 6)

a)Medidas tomadas para facilitar el acceso a la justicia efectiva por parte de grupos vulnerables incluyendo los pueblos originarios, los trabajadores migratorios, los afrodescendientes y otras minorías, conforme a la Observación general N° 31 (2005) del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial sobre la prevención de la discriminación racial en la administración y el funcionamiento de la justicia penal;

b)Documentación y trámite de quejas y denuncias por actos de discriminación racial contra pueblos originarios y comunidades afrodescendientes;

c)Esfuerzos para combatir el uso desproporcionado de la fuerza y de detenciones arbitrarias de miembros de comunidades indígenas por agentes del Estado durante protestas sociales indígenas y reportes de criminalización de demandas indígenas.