contra la Mujer

60° período de sesiones

16 de febrero a 6 de marzo de 2015

Tema 4 del programa provisional*

Examen de los informes presentados por los Estados partes

en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación

de todas las formas de discriminación contra la mujer

* CEDAW/C/60/1.

** El presente documento se publica sin haber sido objeto de revisión editorial oficial.

Lista de cuestiones y preguntas relativas al sexto informe periódico del Gabón

Adición

Respuestas de Gabón **

[Fecha de recepción: 30 de enero de 2015]

1.Marco constitucional, legislativo e institucional

La voluntad del Estado del Gabón de mejorar las condiciones de vida de los gaboneses, así como la igualdad entre los sexos, se manifiesta en la serie de reformas comenzada a partir de 2009. Esas reformas se traducen en la puesta en marcha de la Presupuestación por Objetivo de Programa, el Plan Estratégico del Gabón Emergente, la Estrategia de Inversión Humana del Gabón y el Pacto Social.

A su término, esas reformas habrán contribuido a reducir significativamente las desigualdades y la pobreza de su población en general y de las mujeres en particular.

Es en ese marco que se instauraron iniciativas encaminadas a incluir en la legislación nacional la definición y la prohibición explícita de la discriminación contra la mujer:

Se ha establecido un comité interministerial encargado de la revisión de los textos y las leyes discriminatorios de la legislación nacional (Código Civil, Código Penal, Código de Seguridad Social) a fin de armonizarlos con las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El comité inició su labor con la revisión de la segunda parte de la ley 19/89, de 30 de diciembre de 1989, relativa a la aprobación de la segunda parte del Código Civil. Ese proceso dará lugar necesariamente a la inclusión en la Constitución de una disposición que prohíba la discriminación por razón de sexo:

•En tal sentido, el Consejo de Ministros de 16 de febrero de 2011 procedió a la aplicación de las disposiciones del artículo 47 de la Constitución mediante la aprobación del proyecto de ley sobre la modificación y derogación de ciertos artículos de la ley 19/89, de 30 de diciembre de 1989, relativa a la aprobación de la segunda parte del Código Civil (los artículos 647, 651, 683, 691, 692, 696, 698, 699, 700, 701, 702, 703, 704, 705, 706, 710, 747 y 906) sobre sucesiones;

•El examen en curso en el Parlamento del proyecto de ley que modifica ciertas disposiciones de la ley 6/75, de 25 de noviembre de 1975, relativa al Código de Seguridad Social, tendientes a suprimir la discriminación contra las viudas y armonizar todos los sistemas de seguridad social respecto de la pensión de las viudas asalariadas;

•La aprobación del decreto No. 0252/PR/MFAS sobre la organización del régimen de puesta en marcha de la asistencia social y protección de la familia el 19 de junio de 2012;

•La aprobación del decreto No. 258/PR/MEEDD, de 19 de junio de 2012, que determina las modalidades de ejecución del trabajo nocturno de mujeres y niños en la República Gabonesa, que refuerza la voluntad manifiesta de suprimir la discriminación en el marco del trabajo nocturno;

•La creación del Observatorio Nacional de Promoción de los Derechos de la Familia, a fin de tener mejor en cuenta los problemas que afronta la población, y que es un órgano de protección y promoción de los derechos humanos en general y de los derechos de la mujer en particular;

•Organización de cursos de difusión sobre la Convención dirigidos a las mujeres, a fin de que puedan implicarse en ella;

•Con el apoyo de asociados en el desarrollo se ha comenzado a traducir la Convención a los idiomas locales a fin de hacerla más accesible en las zonas rurales; se parte del principio de que la mujer pueda conocer y dominar sus derechos a fin de hacerlos valer ante la justicia.

En consecuencia, ya está en marcha el proceso de armonización de las leyes nacionales a la Convención, con miras a garantizar la igualdad entre los sexos.

2.Acceso a la justicia

Las mujeres tienen problemas para acceder a la justicia, entre otras cosas, por su desconocimiento de las normas procesales, el costo de los trámites y las trabas socioculturales. Para remediar esta situación, se han adoptado distintas medidas, entre ellas:

•En el plano individual, la organización de cursos de difusión y concienciación y la publicación de folletos sobre derechos humanos, a fin de que las mujeres puedan conocer sus derechos, condición esencial para poder ejercerlos;

•En el plano institucional, la creación de mecanismos de asesoramiento letrado y judicial, a saber: la firma por el Gobierno, el 12 de abril de 2012, de dos convenios de asistencia letrada con los bufetes de Justine Agondojo-Reteno y de la alguacil Odette Remanda, a fin de que las viudas de escasos recursos puedan contar con asistencia jurídica gratuita.

•Aprobación del decreto No. 0253/PR/MJGSDHRC, de 19 de junio de 2012, sobre la organización y el funcionamiento de la asistencia judicial, que autoriza al Estado a hacerse cargo de las costas vinculadas a la tramitación de las causas de las mujeres víctimas de violencia;

•Es innegable la aportación de la sociedad civil (ODEFPA, Agir Pour le Genre, Cris de femmes, etc.), así como la de las dependencias de atención del Ministerio para el Adelanto de la Mujer.

3.Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

La reestructuración en 2009 del Ministerio para el Adelanto de la Mujer se enmarca en la visión de las más altas autoridades del Estado de reducir las desigualdades y luchar contra la pobreza.

En efecto, las reformas actuales no tienen por objeto encauzar las cuestiones de género a un solo departamento ministerial, sino promover la transversalidad en toda la administración, tanto a nivel nacional como descentralizado.

Esta reestructuración permite coordinar mejor las actividades gubernamentales para el adelanto de la mujer, tanto en la esfera del fortalecimiento de su poder económico como en la sanitaria y social.

De esta manera, la actual Estrategia de Inversión Humana dará mayor claridad y visibilidad a las actividades en pro de la mujer en distintos departamentos ministeriales, especialmente mediante la creación de redes sociales, la autonomía económica de la mujer (actividades generadoras de ingresos) y un hábitat social.

Habida cuenta de las reformas en curso, resulta todavía difícil indicar el porcentaje del presupuesto nacional destinado específicamente al adelanto de la mujer.

4.Estrategia nacional de igualdad entre los sexos

A fin de lograr la igualdad entre los sexos, en 2009 el Gobierno elaboró una Estrategia Nacional de Igualdad y Equidad de Género, aprobada por el Consejo de Ministros en febrero de 2010.

La Estrategia permitió presentar el estado de la situación de la mujer en los distintos sectores de actividad y los principales resultados del análisis indicaron que esencialmente las disparidades perjudican a la mujer, a pesar de un contexto nacional bastante favorable a la igualdad de oportunidades.

En consecuencia, se han propuesto cinco ejes estratégicos fundamentales, que constituyen los desafíos en la lucha contra las desigualdades y la pobreza, a saber:

•Adhesión de todos los agentes a la visión y los objetivos de igualdad y equidad de género;

•Empoderamiento mediante el aumento de la productividad en los principales sectores en que participa la mujer;

•Mejoramiento del acceso a los servicios de apoyo a la producción;

•Mejoramiento del acceso a los servicios sociales;

•Promoción de la participación equitativa en la gestión del poder, fortalecimiento del respeto de los derechos de la mujer y supresión de la violencia.

En la Estrategia se prevé la creación de un organismo de coordinación, encabezado por el Primer Ministro, y que el Ministerio para el Adelanto de la Mujer asegure el seguimiento de los progresos alcanzados en la integración de las cuestiones de género en las políticas sectoriales.

5.Medidas especiales de carácter temporal

Con la preocupación constante de promover la igualdad de género, el Presidente de la República, Excelentísimo Señor Ali Bongo Ondimba, estableció en 2012 una tasa de representación femenina del 30% en los organismos encargados de adoptar decisiones. Esta medida contribuyó a que en las últimas elecciones locales se eligieran muchas mujeres.

6.Estereotipos y prácticas nocivas

A fin de modificar los modelos de comportamiento sociocultural y eliminar los estereotipos sexuales y las prácticas nocivas, como los conexos a la viudez y el levirato, el Gabón ha adoptado varias medidas, entre ellas:

•Organización de cursos de formación y concienciación para periodistas y comunicadores sobre la cuestión de los estereotipos y la imagen de la mujer en los medios de difusión;

•Capacitación de formadores de jóvenes en las principales ciudades del Gabón sobre el juego breakaway, a fin de destruir los estereotipos y abordar las cuestiones relacionadas con la masculinidad;

•Organización de una marcha nacional de parlamentarios varones, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), para crear conciencia acerca de los peligros vinculados a los estereotipos nefastos y participar en la promoción de los derechos de la mujer;

•Todas las medida adoptadas por la Dirección General para el Adelanto de la Mujer promueven una fuerte participación de los hombres, el cambio de comportamiento y que se tengan en cuenta las diferencias de género;

•En un estudio sobre la mujer y el VIH se estableció el vínculo que existe entre el levirato y la feminización del VIH en el Gabón. Por esa razón, en el nuevo plan estratégico nacional de lucha contra el VIH se incorpora el levirato como una de las causas de la propagación del VIH y se proponen numerosas medidas;

•Concienciación de las viudas respecto de que no están obligadas a los hermanos del difunto común, ya que la viuda no pierde el derecho al usufructo en razón de un nuevo matrimonio después del fallecimiento del cónyuge;

•Aprobación por la Asamblea Nacional, en octubre de 2013, del proyecto de ley que modificó y derogó ciertas disposiciones de la ley No. 19/89, de 30 de noviembre de 1989, sobre la aprobación de la segunda parte del Código Civil; se refuerzan allí las facultades de los supérstites conjuntos, y las disposiciones penales autorizan a los oficiales de la policía judicial actuar de mejor manera y transforman al consejo de familia en un consejo de asuntos sucesorios;

•Desde 2011 se está debatiendo en el Parlamento el proyecto de ley que modifica ciertas disposiciones de los artículos 79 y 81 de la ley No. 6/75, de 25 de noviembre de 1975, relativa al Código de Seguridad Social;

•La aprobación del decreto No. 0251/PR/MBCPFP, de 19 de junio de 2012, que establece las modalidades de atribución y cálculo de la prestación por fallecimiento de los herederos de un funcionario público fallecido;

•La aprobación de la ley No. 0038/2008, de 29 de enero de 2009, relativa a la prevención de la mutilación genital femenina y la lucha contra ella, que dispone en su artículo 1: “La presente ley, que completa las disposiciones de los artículos 230 a 235 del Código Penal, sanciona la violación de la integridad física de la mujer y define la ‘mutilación sexual femenina’ como toda ablación, total o parcial, de los órganos sexuales externos de la mujer, especialmente la circuncisión femenina o la infibulación”.

7.Violencia contra la mujer

La violencia contra la mujer es un tema que preocupa al Gabón. En efecto, las estructuras administrativas y la sociedad civil reciben numerosas denuncias sobre incesto y violación en el matrimonio. Por tal motivo, a fin de organizar una respuesta global contra ese flagelo, se está realizando una encuesta nacional sobre la violencia.

La encuesta permitirá contar con datos actualizados sobre este fenómeno. Al finalizar la encuesta, que permitirá comprender mejor la cuestión de la violencia, se adoptarán medidas a fin de mejorar la atención multisectorial. En tal sentido, en el mandato del equipo de expertos encargado de la encuesta se prevé la elaboración de una estrategia nacional y un plan de acción de lucha contra la violencia.

De todos modos, corresponde destacar las medidas adoptadas por el Ministerio en el marco de la lucha contra este fenómeno:

•Aprobación y promulgación de la ley No. 39/2010, de 25 de noviembre, sobre el régimen de protección judicial del menor;

•Organización en 2013 y 2014 de cursos de sensibilización y concienciación en las principales ciudades: Libreville, Lambaréné, Mouila, Tchibanga y Oyem, sobre los temas “Violencia doméstica: violación e incesto” y “Violencia contra la mujer: un peligro para la cohesión social”;

•Organización de cursos de formación, en 6 provincias en el período 2010-2013, sobre asistencia a las víctimas de violencia de género, para 180 participantes (médicos, parteras, sicólogos, policías, funcionarios judiciales, trabajadores sociales, miembros de asociaciones y organizaciones no gubernamentales (ONG)), a cargo de la Dirección General para el Adelanto de la Mujer, en asociación con la ONG Agir pour le Genre;

•Realización de una encuesta sobre los efectos de la violencia contra la mujer y el contagio del VIH/SIDA en el Gabón, a cargo de la ONG Cri des femmes, con el apoyo de la Embajada de los Estados Unidos de América. El informe se aprobó en junio de 2014;

•Respecto en particular de la violencia contra las niñas, el Gobierno, en asociación con el Fondo de las Naciones para la Infancia (UNICEF), realizó en 2010 un estudio sobre la violencia contra los niños. En el estudio se comprobó que el 40% de los actos de violencia ocurre principalmente dentro de la familia, especialmente violación e incesto, entre otros;

•La situación de la violencia contra la mujer y las tendencias actuales se investigaron en la Encuesta Demográfica de la Salud (EDS II), hecha en 2012. Aproximadamente una mujer de cada cinco del grupo de 15 a 49 años de edad, el 21%, ha sido víctima de violencia sexual, y de ellas el 8% en los doce meses previos a la realización de la encuesta. De las mujeres víctimas de violencia, solo el 43% solicitó asistencia;

•En el informe de las fuerzas de seguridad correspondiente al período 2010-2013 se indica un aumento en los delitos analizados:

•Violación de menores (niñas), 265 causas judiciales y la Comisaría de Nkembo, en Libreville;

•Violación incestuosa, 28 causas;

•Atentado al pudor (corrupción de menores), 92 causas;

•Perversión y violación, 97 causas;

•Tentativa de violación, 49 causas;

•Violación colectiva, 30 causas;

•Violación de mujeres, 32 causas.

Instrumentos de reunión y análisis sistemáticos y frecuentes de datos e información relativos a todas las formas de violencia contra la mujer

En el Ministerio para el Adelanto de la Mujer hay una dependencia de atención en donde se asiste diariamente a las mujeres víctimas de violencia.

En el mismo sentido, en 2012 el Estado parte creó y puso en funcionamiento el Observatorio Nacional de Promoción de los Derechos de la Familia. Entre otras cosas, su misión es asegurar un análisis estadístico sistemático de los problemas sociales y, en particular, la violencia de género. El catálogo de indicadores elaborado en 2014 ya se encuentra en trámite de validación.

Estrategia Nacional de Lucha contra la Violencia contra la Mujer y ley específica contra la violencia

Los resultados de la encuesta en curso darán lugar a las medidas futuras encaminadas a mejorar la atención y el marco jurídico.

8.Asistencia médica, psicológica y jurídica

El funcionamiento actual de las dependencias de atención y las actividades de las Direcciones Generales para el Adelanto de la Mujer, de las Viudas y los Huérfanos, de la Familia y de Asuntos Sociales, con el apoyo de las ONG y otras instituciones, permiten atender las necesidades esenciales de las víctimas de violencia.

Sin embargo, se debe mejorar la asistencia médica, psicológica y jurídica. Por ese motivo, contamos con las recomendaciones de los resultados de la encuesta sobre la violencia, la puesta en marcha de la estrategia de inversión humana y el acceso a la atención de la salud por conducto de la Caja Nacional de Seguro de Salud y Garantía Social (MGS) para mejorar significativamente la calidad de la atención a las víctimas. En la encuesta se prevé la evaluación institucional de las estructuras de atención a las víctimas con miras a mejorar los servicios.

En las dependencias de atención del Ministerio para el Adelanto de la Mujer se recibe, escucha y orienta a mujeres y niñas víctimas de violencia.

•Existencia de clínicas jurídicas, especialmente en algunas ONG, por ejemplo, “Agir pour la guerre”, que reciben y atienden a mujeres víctimas de violencia;

•Decreto No. 0253/PR/MJ/GSDHRIC, relativo a la organización y el funcionamiento de las oficinas de asistencia judicial.

En la encuesta se prevé la evaluación institucional de las estructuras encargadas de la atención de las víctimas.

9.Trata de mujeres y explotación de la prostitución

De manera general, en la actualidad no se dispone de estadística alguna ni tampoco se están realizando estudios sobre el tema.

Sin embargo, la comisión de seguimiento, en colaboración con el Ministerios de Relaciones Exteriores, ha comenzado a revisar la ley No. 009/2004, de 22 de septiembre de 2004, relativa a la prevención de la trata de niños y la lucha contra ese fenómeno en la República Gabonesa, con miras a armonizar sus disposiciones con las del Protocolo de Palermo.

En el caso de las trabajadoras domésticas víctimas de la trata, se las retira una vez que el comité de seguimiento recibe la información o ellas mismas se presentan ante las autoridades policiales encargadas de la moralidad y buenas costumbres.

A partir de ese momento, se aloja a las menores víctimas de trata en los centros de tránsito, con miras a —después de investigaciones de asistentes sociales y entrevistas con psicólogos— su repatriación o reinserción en un lugar en donde se pueda reducir el riesgo de reincidencia en la trata.

La Dirección Nacional de Lucha contra el SIDA ejecuta actualmente un programa de reinserción para trabajadoras del sexo y otro de comercialización social de preservativos.

10.Participación en la vida política y pública

A pesar de la voluntad manifiesta en pro del adelanto de la mujer, en la vida política y pública el número de mujeres sigue siendo relativamente bajo. Todavía hay obstáculos que frenan su plena participación, a pesar de las leyes favorables.

En el marco del aumento de la participación de la mujer, el Jefe de Estado, Excelentísimo Señor Ali Bongo Ondimba, estableció una cuota del 30% de representatividad en todos los sectores del desarrollo. Los partidos políticos no solo tienen la obligación de que la mujer ocupe el 30% de los lugares en sus listas, sino que también deben ocupar lugares preferenciales.

En tal sentido, en las últimas elecciones locales hubo un mayor número de candidatas. Cabe destacar el lugar preponderante que ocupa la mujer en ciertas instancias, en particular, Presidencia de la Corte Constitucional, Presidencia del Senado, jefatura de un partido político, Alcaldesa de la ciudad de Libreville, etc.

Debe subrayarse que los obstáculos socioculturales de larga data han impedido que las mujeres ocupen puestos de adopción de decisiones. La sensibilización acerca de la participación política y la formación de líderes mujeres han contribuido en gran medida a que la mujer tome conciencia de su importancia (impacto electoral) y su competencia.

11.Nacionalidad

El Gabón ha adoptado una serie de medidas para garantizar a todos los niños su identidad, mediante la creación de un marco jurídico cuyos textos de referencia figuran en la primera parte del Código Civil, ley No. 15/72 de 29 de julio de 1972. Se definen allí los medios de identificación de las personas físicas, que se prueban mediante actas de estado civil. Sin embargo, nuestro país no está libre del fenómeno de niños sin partida de nacimiento.

En consecuencia, el Gobierno, en colaboración con el UNICEF, publicó en noviembre de 2011 el informe final sobre el “análisis de la situación del fenómeno de los niños sin partida de nacimiento”. Del informe se desprende que en el Gabón no está inscripto el 11% de los niños y que los padres tropiezan con numerosos obstáculos para declarar el nacimiento de sus hijos. El funcionamiento de los sistemas de registro civil y de maternidad, de los tribunales y de los hogares son factores que influyen en el nivel de inscripción de los nacimientos, cuyo corolario es la reducida tasa de cobertura de los nacimientos.

En tal sentido, el Gobierno del Gabón puso en marcha, del 26 de diciembre de 2014 al 17 de febrero de 2015, una operación de otorgamiento de partidas de nacimiento a menores de 0 a 21 años de edad no inscriptos en el registro de estado civil de la provincia de Estuaire. Esta operación continuará en las demás provincias del país.

En el mismo orden de ideas, con miras a alentar la inscripción sistemática de los nacimientos, el Gobierno prevé las medidas siguientes:

1.Hacer efectivo el carácter gratuito de la expedición de la partida de nacimiento y de la sentencia supletoria para todos los participantes en el proceso;

2.Crear una oficina central de registro civil encargada esencialmente de controlar la coordinación a nivel nacional;

3.Preparar y difundir un manual de procedimientos para la inscripción de los nacimientos;

4.Reforzar el marco legislativo y reglamentario de la inscripción de los nacimientos;

5.Concienciar a la población, especialmente a los más vulnerables, acerca de la importancia de inscribir los nacimientos;

6.Asegurar una partida presupuestaria para la inscripción de los nacimientos;

7.Hacer accesibles los registros de estado civil y difundir los textos internacionales y nacionales relativos a la inscripción de los nacimientos;

8.Elaborar una nomenclatura nacional de las tarifas sanitarias (listas de precios).

12.Educación

Con el 96,4% en 2012, el Gabón tiene una de las tasas de escolaridad primaria más altas de África. En el sistema educativo en conjunto no hay problemas de género, ya que en los sistemas primario y secundario el porcentaje de mujeres es relativamente idéntico al de hombres.

Sin embargo, las tasas de fracaso y abandono escolar son relativamente altas.

A fin de mejorar el desempeño del sistema educativo, en 2011 el Gobierno comenzó una reforma mediante la aprobación de la ley 21/2011 relativa a la orientación general de la educación, la formación y la investigación, que en su artículo 2 establece que la educación y la formación son obligatorias en el Gabón y que se garantiza el acceso a ellas a todos los jóvenes de 3 a 16 años de edad, tanto gaboneses como extranjeros residentes en el Gabón.

También se ha revisado el sistema de asignación de becas, a fin de dar más oportunidades para que los estudiantes de menos recursos puedan continuar los estudios.

También hay becas especiales para estudiantes de carreras científicas.

Los cursos de información y orientación organizados por el Ministerio de Educación sobre distintos oficios permiten a los jóvenes, especialmente las niñas, matricularse en función de sus aptitudes.

La construcción de escuelas en los distintos municipios reagrupados, a fin de que niñas y niños de las zonas rurales puedan asistir a clases cerca de donde viven, es parte de la visión de integrar a la población femenina.

Construcción de guarderías y centros comunitarios (guarderías y preescolares) en los departamentos y algunos municipios reagrupados; este programa permite que las niñas madres puedan seguir asistiendo a la escuela.

El Gobierno se hace cargo de los gastos escolares de las niñas madres de escasos recursos en los centros de oficios y formación.

Prohibición de abrir despachos de bebidas en los locales de enseñanza secundaria.

La protección de los niños también se traduce en la prohibición de que los menores de 16 años de edad circulen o se reúnan después de las 22 horas en lugares públicos, a menos que estén acompañados.

Prohibición de mantener abiertos los bares después de las 22 horas.

Datos estadísticos sobre las tasas de alfabetización femenina en zonas rurales y urbanas

En los datos estadísticos sobre las tasas de alfabetización femenina en zonas rurales y urbanas se observan diferencias importantes según el lugar de residencia:

Tanto en el caso de mujeres como hombres, es en las zonas rurales que se observa la mayor proporción de personas sin ningún nivel de instrucción (21% y 11%, respectivamente, frente al 9% y 8%, respectivamente, en el medio urbano, OMD2013).

En las provincias de Nyanga, Ngounié, Moyen-Ogooué y Ogooué-Maritime (excepto la ciudad de Port-Gentil), se observan las tasas más elevadas de personas sin instrucción, independientemente del género.

Por el contrario, en las ciudades de Libreville y Port-Gentil (7% para las mujeres y 8% para los hombres) y las provincias de Estuaire (sin Libreville), con 8% para las mujeres y 7% para los hombres, se registran las tasas más reducidas de encuestados sin instrucción.

Después del análisis hecho sobre la educación y formación de la mujer, es necesario mencionar los esfuerzos hechos por el Gobierno en materia de política pública a fin de luchar contra el analfabetismo femenino.

En tal sentido, el Departamento de la Familia está ejecutando un proyecto de inserción socioeconómica de las niñas madres de escasos recursos, mientras que el Gobierno de la República y las ONG y asociaciones se encargan de las campañas de concienciación a fin de ofrecer educación sobre la vida familiar a padres, mujeres y hombres. Esas campañas se realizan por conducto de los medios de difusión o mediante encuentros organizados durante la celebración de ciertas jornadas de carácter internacional o nacional.

Igualmente, se observa una cierta evolución, a saber, que antes de 2009 se estimaba que la tasa de alfabetización era del 83% para los hombres y del 77% para las mujeres (EDS 2000). En la actualidad, la tasa de alfabetización de las mujeres de 15 a 24 años de edad está aumentando y llega casi al 100%, la misma que la de los hombres de la misma edad, lo que confirma que no existe disparidad institucional o cultural respecto de la educación o la formación (EDS 2012).

13.Empleo

En el proyecto de revisión del Código de Trabajo que se está elaborando se introdujo el acoso sexual en el entorno laboral.

Se lo define de la manera siguiente: “Se entiende por acoso sexual ejercer sobre una persona, con ocasión del trabajo o en el lugar de trabajo, presiones, violencia verbal, física o moral con miras a obtener una satisfacción o un favor sexual personal en beneficio de un tercero”.

Este proyecto de revisión del Código de Trabajo se encuentra en la etapa de concertación, es decir, la etapa en que se integran al proyecto iniciado por las autoridades laborales las propuestas hechas por empleadores y sindicatos de trabajadores.

Los autores del delito de acoso sexual podrán ser sancionados con multa de 300 a 600.000 FCFA y prisión de 1 a 6 meses, o una sola de esas penas.

En caso de reincidencia, la multa máxima ascendería a 1.200.000 FCFA y la prisión de 2 a 12 meses.

Según la encuesta ENEC 2010 (Encuesta Nacional sobre Empleo y Desempleo), en el Gabón el desempleo es un fenómeno esencialmente urbano (87,2%) y afecta al 60% de las mujeres. Las mujeres representan el 39% de la población en el sector no estructurado.

Según la Dirección General de Empresas Pequeñas y Medianas, después de analizar las estadísticas de 2012-2013 del Centro de Desarrollo de Empresas, como media, en el Gabón los hombres representan el 79% de las empresas, mientras que la participación femenina se limita al 21%. De todos modos, en 2012 a nivel nacional el 53,36% correspondía a los hombres, contra solo el 46,62% de mujeres.

Las encuestas realizadas por varias ONG indican un nivel elevado de violencia en el entorno escolar. Por ese motivo, en la actualidad la Dirección General de Bienestar está a punto de inaugurar una línea telefónica de asistencia gratuita para los casos de violencia contra los niños. El servicio entrará en funcionamiento en el presente año.

En los lugares de trabajo periódicamente se organizan cursos de sensibilización y para reforzar la capacidad de los asistentes sociales de poner freno al fenómeno del acoso sexual.

En la actualidad se está ejecutando una campaña nacional de concienciación denominada “les trois stop”, encaminada a prevenir el embarazo precoz, la violencia y el VIH/SIDA.

15.Salud

El Gobierno aprobó el plan nacional de fomento de la salud. En el plan, la salud sexual y reproductiva ocupa un lugar preponderante porque, si bien la tasa de mortalidad materna se ha reducido, sigue siendo relativamente alta.

Para atenuar los problemas de acceso a los servicios básicos de salud, el Gobierno ha ejecutado distintas actividades, entre las que cabe mencionar:

•Fortalecimiento de la capacidad del personal médico especializado en atención obstétrica;

•Recuperación del nivel de contratación de parteras;

•Construcción de un centro hospitalario universitario de última generación de atención materno-infantil;

•Inscripción de la población de escasos recursos en la CNAMGS;

•Obligación de realizar 3 visitas prenatales en beneficio de las redes sociales;

•Concienciación y formación de jóvenes respecto de la salud sexual y reproductiva;

•Creación de un centro de salud sexual y reproductiva;

•Desarrollo de un programa de lucha contra la malaria;

•Fomento de programas de estudio del contagio madre-hijo;

•La CNAMGS se hace cargo de la totalidad de los gastos del parto;

•Aprobación del decreto 00055/MSASSF/CAB, de 1 de abril de 2011, sobre receta, venta y utilización de métodos anticonceptivos en la República Gabonesa;

•Construcción y equipamiento de hospitales regionales en todas las capitales provinciales y de centros médicos en ciertas comunas y departamentos. Ello ha contribuido a que hayan aumentado al 90% los nacimientos con parto asistido por profesionales, especialmente en las zonas rurales, y a la reducción de la mortalidad infantil (316 por cada 100.000 nacimientos).

La orden 64/69 fue derogada por la ley 1/2000, que define ciertas medidas de protección sanitaria y social de madres e hijos.

Ilicitud del aborto

El aborto no está autorizado en el Gabón, excepto cuando la continuación del embarazo pone en peligro la vida de la madre.

Se señala que no se cuenta con datos sobre el número de mujeres recibidas en consulta para aborto, incluida la insuficiencia de datos sobre el porcentaje de muertes de madres debidas al aborto.

De todos modos, las consecuencias de un aborto practicado en malas condiciones de seguridad son esencialmente:

•Complicaciones inmediatas: hemorragias, infecciones, quemaduras y desgarros de los órganos genitales, perforaciones uterinas, intoxicación sanguínea, muerte;

•Complicaciones a largo plazo: dolores pelvianos, dispareunia, insuficiencia de las trompas, abortos espontáneos repetidos, embarazo extrauterino, esterilidad;

•Consecuencias psíquicas: confusión, delirio, amnesia, complejo de culpabilidad.

Entre las medidas adoptadas por el Gobierno para prevenir el contagio del VIH de madre a hijo y mejorar el acceso de la mujer a los servicios de atención de la salud, el Gobierno ha elaborado un Plan Estratégico de Lucha contra el SIDA para una Respuesta Global, que tiene por objetivos: discriminación cero, muertes cero y nuevos contagios cero.

En el Gabón, la lucha contra el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual se organiza aplicando un enfoque multisectorial y descentralizado, con la participación de agentes de todas las partes implicadas en la Respuesta Nacional al VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual. Participan tres sectores: el sector público (instituciones y ministerios), el sector comunitario (ONG, asociaciones, organizaciones comunitarias de base, instituciones religiosas) y el sector privado (establecimientos sanitarios privados y empresas).

Se pueden mencionar las medidas siguientes:

•Aumento de los fondos asignados a solidaridad terapéutica;

•Principio de gratuidad de los medicamentos antiretrovirales y exámenes biológicos;

•Hacerse cargo del costo total del tratamiento de las embarazadas víctimas de abusos;

•Construcción de centros de tratamiento ambulatorio en todo el territorio;

•Aumento de la tasa de utilización de preservativos entre las trabajadoras del sexo, del 66,7% en 2007 al 75,9% en 2009;

•Existencia de un programa de prevención del contagio del VIH/SIDA de madre a hijo;

•Existencia de varios comités a nivel sectorial:

•Comités institucionales de lucha contra el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual, que organizan y coordinan las actividades de lucha contra el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual en las distintas instituciones. Se han establecido comités en dos de las cuatro grandes instituciones: la Asamblea Nacional y el Senado.

•Comités ministeriales de lucha contra el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual, que organizan y coordinan las actividades de lucha contra el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual en los distintos departamentos ministeriales; esos comités cuentan con presupuestos propios para la ejecución de actividades en sus departamentos.

•Comités empresariales de lucha contra el VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual, que actúan como enlaces entre las empresas y el Ministerio de Salud mediante la organización y coordinación de actividades de lucha contra el VIH/SIDA.

18.Mujeres que residen en zonas rurales

Situación de las mujeres que residen en zonas rurales en las esferas previstas en la Convención

En el plano de la educación:

•Problema de la retención de las jóvenes en la educación secundaria en razón del fenómeno del embarazo precoz y la inexistencia de internados en las zonas rurales;

•Escasa alfabetización de la mujer en las zonas rurales debido a la insuficiencia de las estructuras de alfabetización y al reducido número de mujeres que pueden recibir formación.

En el plano de la salud:

•Problema del acceso a la atención de la salud y a las estructuras de salud en las zonas rurales habida cuenta de la escasa disponibilidad de estructuras en las zonas rurales y el aislamiento.

En el plano de acceso a las infraestructuras:

•Acceso difícil a la tierra debido a expulsión e indisponibilidad de tierras;

•Acceso difícil a insumos y equipos modernos debido a su indisponibilidad a nivel local y a los escasos recursos financieros;

•Dificultad de comercialización de los productos agrícolas debido a la falta de medios de transporte;

•Concentración de la mujer en el sector no estructurado debido a la carencia de cualificaciones profesionales;

•Escaso acceso al crédito debido a la inexistencia de estructuras de crédito en las zonas rurales;

•Multiplicidad de actividades realizadas por las mujeres que residen en las zonas rurales debido al éxodo de los hombres y la falta de participación de estos en las tareas;

•Dificultad de acceso al agua potable y disponibilidad limitada de servicios de energía en las zonas rurales debido a la insuficiencia de los servicios de distribución de agua potable y la deficiente distribución de la energía eléctrica;

•Escaso acceso a la información en las zonas rurales debido a la insuficiencia de la cobertura mediática.

Las medidas más importantes adoptadas por el Gobierno para mejorar la condición de las mujeres que residen en las zonas rurales son:

•Creación de centros de alfabetización funcional en las zonas rurales;

•Puesta en marcha del proyecto de desarrollo agrícola y rural que permite a la mujer reforzar sus proyectos mediante apoyo técnico, concesión de insumos vegetales puros y de útiles de trabajo, al igual que viajes de estudio para compartir experiencias;

•Puesta en marcha de la Estrategia Nacional de Inversión Humana, que incluye numerosas medidas en favor las mujeres que residen en zonas rurales, especialmente construcción de caminos rurales, apoyo a las actividades generadoras de ingresos por conducto del Fondo Nacional de Asistencia Social (FNAS), concesión de asignaciones familiares, formación profesional que permite a las mujeres convertirse en verdaderas empresarias rurales, inscripción en la CNAMGS en beneficio de las redes sociales, hacerse cargo de las gastos de electricidad y agua;

•Puesta en marcha de un pacto social que contribuirá en gran medida al bienestar de las mujeres que residen en zonas rurales;

•Creación del FNAS para fomentar las actividades generadoras de ingresos;

•Organización del Gran Premio del Presidente de la República, un instrumento eficaz para el desarrollo a fin de mejorar las condiciones de vida y reforzar la capacidad económica de las mujeres que residen en zonas rurales (apoyo material, formación, liderazgo y viajes de estudio);

•Los poderes públicos han adoptado medidas jurídicas que obligan a todos los niños, sin discriminación de género, a recibir educación y formación, con arreglo a lo dispuesto en la ley No. 21/2011, de 14 de febrero de 2012, relativa a la orientación general de la educación, la formación y la investigación, que en su artículo 2 establece que la educación y la formación son obligatorias en el Gabón y que se garantiza el acceso a ellas a todos los jóvenes de 3 a 16 años de edad, tanto gaboneses como extranjeros residentes en el Gabón;

•Las medidas previstas respecto del acceso a la alimentación se encuentran en la ley No. 023/2008, relativa a la elaboración de la política de desarrollo agrícola sostenible y rural, así como el plan estratégico de desarrollo del sector agrícola en el Gabón, preparado a partir de 2009 y que se encuentra en curso de ejecución. Esta ley permite en especial:

•La puesta en marcha del Programa Agrícola de Seguridad Alimentaria y Crecimiento (PASAC), dirigido en particular a la población femenina rural, a raíz de su participación en la agricultura, en la que representa cerca del 90% de la mano de obra agrícola (las mujeres que residen en zonas rurales representan el 70% de esta mano de obra).

19.Grupos desfavorecidos de mujeres

Los grupos desfavorecidos de mujeres son tenidos en cuenta en el marco de la Estrategia de Inversión Humana, que contempla para las categorías vulnerables un cierto número de medidas, entre ellas, transferencias sociales, actividades generadoras de ingresos y formación.