Naciones Unidas

CEDAW/C/GIN/7-8

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

18 de enero de 2013

Español

Original: francés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención

Informes periódicos séptimo y octavo de los Estados partes, combinados en un solo documento que debía presentarse en 2011

Guinea *

[19 de abril de 2012]

Índice

Párrafos Página

Siglas y abreviaturas3

Presentación general de Guinea1–124

I.Introducción13–185

II.Contexto socioeconómico19–246

III.Respuestas de la República de Guinea a las recomendaciones del Comité de Seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer7

IV.Aplicación efectiva de la Convención en la República de Guinea25–1897

V.Violaciones de los derechos de la mujer190–20232

A.Mutilación genital femenina y otras prácticas nocivas para la salud de la mujer190–19232

B.Violencia doméstica193–19432

C.Transmisión de la nacionalidad al niño195–19632

D.Educación197–19833

E.Empleo y participación de la mujer en la vida política y pública yrepresentación de la mujer a nivel internacional19933

F.Discriminación en todos los ámbitos de la vida económica y social200–20233

VI.Limitaciones y perspectivas203–20633

VII.Conclusión207–21134

Anexos*

I.Preguntas al Gobierno del Comité de Seguimiento35

II.Agradecimientos

III.Mapa de la República de Guinea

IV.Bibliografía

V.Constitución de mayo de 2010

VI.Código Electoral de mayo de 2010

VII.Recopilación de textos de aplicación relativos a la prohibición de la mutilación genitalfemenina/ablación en la República de Guinea

VIII.Código del Niño

IX.Código Civil revisado

Siglas y abreviaturas

AODAsistencia oficial para el desarrollo

ASFAsociación de servicios financieros

CONAG/DCFCoalición Nacional de Guinea en pro de los Derechos y la Ciudadanía de las Mujeres

COSOPPrograma sobre oportunidades estratégicas nacionales

DELPDocumento de estrategia de lucha contra la pobreza

GTZOrganismo Alemán de Cooperación Técnica

ODMObjetivos de Desarrollo del Milenio

OMSOrganización Mundial de la Salud

ONUSIDAPrograma Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

SIDASíndrome de inmunodeficiencia adquirida

UNFPAFondo de Población de las Naciones Unidas

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

USAIDAgencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

Presentación general de Guinea

1.Guinea ratificó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer el 17 de julio de 1980. En 1998 elaboró su informe inicial y los informes combinados segundo y tercero, presentados ese mismo año.

2.Con ocasión del 39º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, celebrado del 23 de julio al 10 de agosto de 2007, Guinea presentó sus informes combinados cuarto, quinto y sexto.

3.Pasados 4 años, y de conformidad con el artículo 18 de la Convención, Guinea debe presentar sus informes combinados séptimo y octavo sobre la aplicación de la Convención en el período 2007-2011.

4.En la elaboración de estos informes, puesta en marcha por el Ministerio Estatal de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer y del Niño, participaron distintos ministerios, organizaciones de la sociedad civil, especialistas y asociados para el desarrollo.

5.El período 2007-2011 se caracteriza por una gran inestabilidad en los ámbitos político, económico, social y cultural. Las principales causas de esta inestabilidad son las siguientes:

Las huelgas de enero y febrero de 2007;

El golpe de estado de la junta militar en 2008;

La represión de una manifestación celebrada el 28 de septiembre de 2009;

El intento de asesinato del Presidente de la junta en 2009;

Los disturbios antes y después de las elecciones de 2010.

A pesar de esta inestabilidad política, en el marco de la cual las mujeres han avanzado en la conquista de la libertad y la democracia, Guinea ha registrado progresos notables en la aplicación efectiva de la Convención.

1.Situación geográfica

6.Guinea está situada en el litoral atlántico de África occidental. Linda con Guinea-Bissau (385 km de frontera), el Senegal (330 km), Malí (858 km), Côte d'Ivoire (610 km), Liberia (563 km), Sierra Leona (652 km) y el océano Atlántico.

Cabe distinguir cuatro zonas geográficas:

Una zona costera, denominada Guinea Baja o Guinea Marítima;

Una zona montañosa, Guinea Media, que comprende el macizo del Fouta Djallon;

Una zona septentrional de sabana, Guinea Alta;

Una zona boscosa al sudeste, Guinea Forestal.

7.El idioma oficial es el francés.Según un informe de 2006 de la Organización Internacional de la Francofonía, cerca del 20% de la población es totalmente francófona y el 42% lo es parcialmente.

2.Economía y desarrollo

8.Guinea tiene a su disposición muchos recursos. A causa de esa abundancia, especialmente de recursos mineros, se ha calificado al país de "escándalo geológico".

9.Guinea ocupa el primer lugar mundial en cuanto a reservas comprobadas de bauxita y el segundo, después de Australia, en cuanto a producción del mineral. El país también cuenta con oro, hierro, diamantes, petróleo y uranio.

10.La mayoría de los guineos trabaja en el sector agrícola. El mijo y la digitaria son los principales cultivos de Guinea Alta, mientras que en la región de Koundara se producen cacahuetes. Se cultiva arroz en zonas anegadas que bordean ríos o afluentes, pero la producción local es insuficiente y el país importa arroz asiático. Los cultivos tradicionales de alimentos, como el de mandioca, siguen plantándose casi siempre junto a las viviendas. Guinea se encuentra en situación de dependencia energética; importa la totalidad de su consumo de hidrocarburos. Se está estudiando la posibilidad de explotar yacimientos que bordean la costa.

11.Es considerable el potencial de producción hidroeléctrica, a causa del relieve y de la pluviometría. Las primeras presas no bastan para abastecer del todo a Conakry.

12.El país recibe pocas visitas de turistas extranjeros, pese a la gran diversidad de paisajes y posibles centros de interés.

I.Introducción

13.Los objetivos de mitigación de la pobreza, en sí encomiables e indiscutibles, pueden aplicarse de tal modo que, además de no beneficiar a toda la población pobre, la pongan en peligro de sumirse aún más en la pobreza. Cada vez se recurre más a expresiones como "feminización de la pobreza" o "feminización del sida" para describir la pobreza en aumento de la mujer.

14.Hay que reconocer que no solo influyen factores económicos. La rigidez de los papeles asignados por la sociedad al hombre y a la mujer y el insuficiente acceso de la mujer al empleo y los ingresos, a las infraestructuras básicas, a servicios y atención sanitarios, a la educación y a la formación técnica y profesional, a los recursos productivos y al poder debilitan su situación y la seguridad financiera de su familia.

15.El análisis de género aporta instrumentos para hacer frente al desafío derivado del objetivo de mitigar la pobreza sobre la base de la igualdad y promover la inversión de recursos en pro de laigualdad entre hombres y mujeres a fin de que estas puedan beneficiarse de verdad de los medios de mitigación de la pobreza que más les afecta y participar en ellos.

16.Los numerosos seminarios, talleres y cursos dirigidos por el Ministerio de Asuntos Sociales, de Promoción de la Mujer y del Niño a planificadores, gestores, programadores y encargados de formular proyectos, programas de desarrollo y presupuestos tienen por objeto tomar en consideración las diferencias entre grupos de población y, dentro de cada grupo, entre hombres y mujeres.

17.Este análisis comparado entre los sexos, que detecta con precisión las diferencias entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso a los recursos y su control, la participación en la adopción de decisiones y las ventajas y el efecto directo de las políticas, los programas y los proyectos, es fundamental para determinar las medidas necesarias para que cada grupo tenga acceso a los recursos de desarrollo en función de sus necesidades, su situación y su capacidad.

18.Con los informes combinados séptimo y octavo se pretende hacer balance de la aplicación efectiva en la República de Guinea de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el período que va de 2007 a 2011; en ellos se presentan, además de las respuestas a las preguntas dirigidas a Guinea por el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, los progresos realizados, las limitaciones encontradas y las perspectivas de aplicación de la Convención.

II.Contexto socioeconómico

19.Desde hace años se observan en Guinea turbulencias sociopolíticas que han agravado una situación económica de por sí preocupante. El crecimiento económico es escaso, cercano al 3% anual, la tasa de crecimiento demográfico supera el 2% y la inflación llega al 30% anual. A ello se debe que la tasa de crecimiento per c a pita sea muy baja, cercana al 1%, lo cual se ve agravado por grandes desigualdades.

20.La estructura de la economía es característica de la mayoría de los países de la subregión de África occidental. La agricultura, en la que trabaja más del 70% de la población, apenas genera un 20% del PIB. Los servicios representan cerca del 40% del PIB, mientras que las minas registran una tendencia al alza del 16%. Las principales exportaciones son de bauxita, alúmina, oro y diamantes, minerales que representan más del 85% del total de las exportaciones del país. Por ello, la estructura de la economía está orientada a la exportación de minerales con poco valor añadido local.

21.Ha disminuido la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) como porcentaje del PIB, pasando de cerca del 10% en 1990 a un 7% en 2005, lo cual es reflejo de la pasividad de los donantes frente a Guinea. Esta asistencia representa 20 dólares de los Estados Unidos per c a pita al año, frente a los 50 dólares per c a pita de Malí y los 60 dólares per c a pita del Senegal, ambos países vecinos de Guinea. En ese sentido, si Guinea consigue mejorar su gestión económica y restablecer la confianza de sus asociados para el desarrollo, es probable que, en breve, esté en situación de duplicar e incluso triplicar su actual nivel de AOD.

22.El sector informal es omnipresente en un país donde encuentra pocas oportunidades la población joven que busca empleo. Los altos precios de los productos básicos han asestado un duro golpe a los sectores más pobres de la población. La escasez, convertida en norma, del suministro de agua y, sobre todo, de electricidad afecta negativamente, en general, al desarrollo de las actividades y pone en peligro las posibilidades de generar riqueza y empleo.

23.En el índice de desarrollo humano Guinea ocupaba en 2006 el puesto160º de un total de 177 países, a causa de los malos resultados socioeconómicos del país. La tasa de alfabetización de adultos es especialmente baja, entre un 29,5% y un 37%, dependiendo de las fuentes, y la esperanza de vida se cifra en 54 años. El PIB per ca pita según la paridad del poder adquisitivo se sitúa en 2.180 dólares, suma que no es excesivamente baja si se compara con otras equivalentes de la subregión. Así pues, el mal índice de desarrollo humano de Guinea se debe, sobre todo, a la baja tasa de alfabetización y a la escasa esperanza de vida.

24.Por lo que se refiere a los ODM, la situación sigue siendo preocupante, excepto, tal vez, en lo que respecta a la escolarización en el ciclo primario. Efectivamente, la tasa bruta de escolarización en el ciclo primario fue del 80% en 2005; parece que se trata del único ODM que Guinea puede alcanzar razonablemente para 2015. La mala gestión microeconómica entorpeció la capacidad de las autoridades de luchar contra la pobreza. La escasa movilización de ingresos, incluidos los del sector minero, y la disminución de la AOD, limitaron en gran medida la posibilidad de financiar el gasto de la mitigación de la pobreza. Según los resultados del estudio integrado básico para la evaluación de la pobreza, llevado a cabo en 2002/2003, se estima que un 49,2% de la población vive por debajo del umbral de pobreza. Según cálculos del Ministerio de Planificación, la incidencia de la pobreza empeoró desde entonces y llegó al 53,6% en 2005. Este empeoramiento se debe fundamentalmente a los resultados macroeconómicos adversos, caracterizados por unbajo índice de crecimiento económico.

III.Respuestas de la República de Guinea a las recomendaciones del Comité de Seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Preguntas dirigidas al Gobierno por el Comité de Seguimiento en los ámbitos jurídico y normativo, legislativo e institucional, cultural y educativo y recomendaciones correspondientes

[Véase el anexo I.]

IV.Aplicación efectiva de la Convención en la República de Guinea

Artículo 1Definición de discriminación

25.A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

26.En la Constitución de Guinea, así como en todos sus textos jurídicos, se emplea el término "distinción" para definir la discriminación, pero no se mencionan los términos "restricción" o "exclusión".

27.No obstante, al ser Guinea parte en la Convención, la definición establecida en su artículo 1 mantiene su validez con arreglo al Código Civil de Guinea, según el cual "las convenciones ratificadas regularmente por Guinea tienen autoridad superior a la de la legislación interna".

Artículo 2Disposiciones constitucionales, legislativas y de otro tipo con fines de eliminación de la discriminación

28.La Constitución de la República de Guinea consagra la igualdad entre hombre y mujer, niño y niña. Cabe decir lo mismo de todos los textos jurídicos, como el Código Civil, el Código del Trabajo, el Código Electoral, el Código del Niño, el Código de Actividades Económicas, el Código de Salud e Higiene Pública o el Código de las Colectividades Descentralizadas.

29.Se han elaborado varios textos especiales para intensificar la lucha contra la discriminación sufrida por la mujer, como en el caso de la Ley de salud reproductiva.

30.Pese a la existencia de todos estos textos que consagran la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer, persiste la discriminación de hecho. Ante ello, el Estado de Guinea ha adoptado medidas concretas que las organizaciones de la sociedad civil han secundado.

Medidas concretas adoptadas por el Estado

31.Puesta en marcha de tres importantes proyectospor el Ministerio Estatal de Promoción de la Mujer y del Niño, con apoyo de asociados técnicos y financieros (el UNICEF, el UNFPA y el PNUD), para hacer efectiva la aplicación de las recomendaciones del 39º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Se trata del "proyecto de apoyo a la promoción del género/PNUD", el "proyecto de apoyo al movimiento femenino/UNFPA" y el "proyecto GUI6/GENRE/UNICEF", iniciativa conjunta de lucha contra la mutilación genital femenina y la ablación.

Estudio nacional sobre la violencia de género, de 2009;

Elaboración y divulgación del documento sobre la estrategia nacional de lucha contra la violencia de género, de 2009;

Elaboración y firma de 5 órdenes interministeriales para la aplicación de la Ley L/010/AN/2000, sobre la salud reproductiva;

Creación de comités regionales de lucha contra la violencia de género;

Formación de 520 agentes y oficiales y servicios de defensa y seguridad con respecto a la Convención y las resoluciones del Consejo de Seguridad 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009) y 1889 (2009), relativas a la mujer y la paz y la seguridad;

Formación de 230 magistrados y auxiliares de justicia en materia de violencia contra la mujer, el concepto de género y los instrumentos jurídicos de lucha contra la violencia;

Organización de un taller sobre la elaboración de estrategias para la adopción rápida del proyecto de código civil revisado y depósito de los instrumentos del Protocolo a la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, relativo a los derechos de la mujer;

Adopción de una orden conjunta de los ministerios de solidaridad nacional, promoción de la mujer y del niño, salud e higiene pública, seguridad y protección civil, justicia, administración del territorio y asuntos políticos con respecto a la prohibición de la mutilación genital femenina en los centros de salud públicos y privados de la República de Guinea;

Producción de programas de sensibilización en las radios y televisiones públicas y privadas con respecto a los daños de la ablación y otras formas de violencia de género;

Adopción de una orden conjunta de los ministerios de enseñanza preuniversitaria y educación cívica, enseñanza técnica y formación profesional y enseñanza superior e investigación científica con respecto a la introducción y enseñanza de módulos sobre la mutilación genital femenina en las instituciones docentes;

Adopción por el Ministro de Comunicación de una orden por la que se prohíbe la divulgación de opiniones y comunicados y la promoción con respecto a la mutilación genital femenina y su práctica ceremonial;

Adopción por el Ministro de Seguridad y Protección Civil de una orden relativa al seguimiento de la aplicación efectiva de los textos legislativos contra la práctica de la mutilación genital femenina;

Adopción por la Ministra de Solidaridad Nacional y Promoción de la Mujer y del Niño de una orden relativa al seguimiento de la aplicación efectiva de la orden conjunta por la que se prohíbe la práctica de la mutilación genital femenina en los centros de salud de Guinea;

Creación de centros locales de información dirigida a las mujeres;

Establecimiento en todo el territorio del Consejo Guineo de Mujeres para promover las iniciativas de mujeres fortaleciendo su capacidad de intervención y su autonomía en todos los niveles;

Promoción ante las autoridades de los 4 departamentos encargados de la educación, a raíz de lo cual los jefes de departamento formularon declaraciones a favor de la incorporación del género en los cursos de capacitación de los distintos niveles;

Promoción ante los departamentos de defensa nacional, la policía y los cuerpos paramilitares, a raíz de lo cual se formuló una declaración en pro de la incorporación de un módulo sobre violencia de género en el curso de formación y readiestramiento;

Establecimiento del grupo temático nacional sobre género, que consta de una amplia gama de instancias formales y de la sociedad civil, así como del sistema de las Naciones Unidas, y tiene por objeto la integración del género en el desarrollo;

Establecimiento, en colaboración con el UNFPA y el sistema de las Naciones Unidas, del grupo temático sobre protección, centrado en la protección especial de los grupos vulnerables, entre ellos las mujeres en épocas de crisis, y la violencia de género;

Organización de una mesa redonda a raíz de la cual se crearon la red y el comité directivo de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer y la paz y la seguridad;

Formación en presupuestación sensible al género de 240 miembros de los 5 comités de la Convención y del grupo temático nacional sobre género;

Elaboración de planes de acción operacionales regionales para el seguimiento de las recomendaciones del 39º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer;

Establecimiento de 4 centros piloto de atención en las regiones donde es alta la incidencia de la violencia de género (Conakry, Nzérékoré y Boké);

Ocho talleres de divulgación de las recomendaciones del 39º período de sesiones relativas al examen de los informes periódicos sobre la Convención (2010-2011) y las recomendaciones del 54º período de sesiones regional de evaluación de la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing (Beijing+15), celebrado en 2011;

Elaboración del plan estratégico del Decenio de la Mujer Africana (2010-2020);

Elaboración de la política nacional en materia de familia y organización en 2010 de una campaña de divulgación de su contenido con apoyo de medios de comunicación modernos y tradicionales;

Organización de una campaña de divulgación, por medios modernos y tradicionales, de los textos jurídicos por los que se prohíbe la mutilación genital femenina y la ablación;

Celebración en 2009 en Faranah y Nzérékoré de talleres regionales sobre la atención médica de las complicaciones derivadas de la mutilación genital femenina y la ablación;

Formación en 2011 en Kindia de agentes de enlace comunitario en materia de normas sociales relativas a la mutilación genital femenina y la ablación, con financiación del programa conjunto;

Estudio sobre las niñas sirvientas realizado en 2011.

Actividades llevadas a cabo por la sociedad civil

Divulgación de los derechos de la mujer;

Formación de dirigentes políticos y religiosos en materia de derechos de la mujer;

Formación de profesionales de la justicia y miembros de las fuerzas de defensa y seguridad en la Convención y en las resoluciones del Consejo de Seguridad 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009) y 1889 (2009);

Creación de centros de atención y asistencia judicial;

Formación del personal de los medios de comunicación en los derechos de la mujer;

Creación de múltiples estructuras federadas en forma de coaliciones de organizaciones no gubernamentales (ONG) para fortalecer la protección de los derechos de la mujer (FEGUIREF, RAFEP GUINÉE, CEFE, la Coalición Nacional de Guinea sobre la Educación para Todos (CNGEPT), revitalización de REFAMP, CONAG DCF, REFMAP y redes religiosas cristianas y musulmanas).

Artículo 3Desarrollo de la mujer

32.Los Estados partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

33.El desarrollo de la mujer está garantizado por un mecanismo institucional eficaz dotado de políticas realistas y fundado en una sociedad civil dinámica y responsable.

Mecanismo institucional

34.En Guinea, la promoción y la protección de las mujeres y niñas y los niños incumben al Ministerio Estatal de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer y del Niño y el ministerio delegado.

35.No obstante, cabe señalar que todos los departamentos ministeriales, las instituciones de la República, la institución independiente de derechos humanos y la sociedad civil se encargan de promover el género.

36.El Ministerio estatal cuenta ya con nuevas direcciones nacionales y ofrece nuevos servicios:

Direcciones de promoción de la mujer y el género y la familia, servicio nacional de apoyo a la autopromoción de la mujer;

Dependencias de género en todos los departamentos e instituciones de la República con categoría de división de la administración;

El fondo de desarrollo social y solidaridad;

El observatorio nacional de lucha contra la violencia de género;

El grupo temático de protección de los segmentos vulnerables en época de crisis.

37.Existencia de políticas sólidas que garantizan la promoción de la mujer.

Se trata de las siguientes:

A.Política nacional en materia de género

38.Los ejes estratégicos de esta política son:

Acceso a los servicios sociales básicos: educación, salud, VIH/SIDA, agua e higiene y saneamiento;

Respeto de los derechos humanos y eliminación de la violencia: derechos fundamentales, niñas, violencia, trata de personas;

Acceso a los recursos, control de ellos y distribución equitativa de los ingresos generados: economía, pobreza, medio ambiente;

Mejora de la gobernanza y acceso equitativo a las instancias decisorias: poder, medios de comunicación, mecanismos institucionales, conflictos armados, nuevas tecnologías de la información y la comunicación;

Incorporación del género en el marco macroeconómico: políticas y programas nacionales de desarrollo, planificación y presupuestación nacionales, índice de evaluación de la desigualdad de sexo en África para poder presentar datos desglosados por sexo.

B.Política nacional de promoción de la mujer, revisada en 2006

39.La política nacional de promoción de la mujer se articula en torno a cuatro ejes estratégicos que abarcan las 12 esferas prioritarias de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. Se trata de los siguientes ejes:

1.Mejora del marco jurídico de promoción y protección de la mujer;

2.Promoción económica de la mujer;

3.Mejora de la condición social, cultural y política de la mujer y valoración de su papel en la familia;

4.Fortalecimiento institucional del marco de promoción de la mujer.

40.El segundo eje de esta política, centrado en la dimensión económica de la mujer, tiene los siguientes objetivos prioritarios:

Promover a la mujer en el plano económico;

Permitir que la mujer cumpla mejor su función económica en los ámbitos de la agricultura, la ganadería, la pesca, la artesanía, el sector informal y las minas;

Facilitar a las mujeres acceso al crédito;

Aliviar el trabajo de la mujer, especialmente en entornos rurales y zonas periurbanas;

Desarrollar la capacidad empresarial de la mujer;

Aumentar los ingresos de las mujeres mejorando su acceso a los factores de producción;

Aumentar la capacidad técnica, tecnológica y empresarial de las mujeres;

Mejorar el nivel de organización;

Fortalecer la competencia técnica en gestión de programas y proyectos de desarrollo.

C.Política nacional en materia de familia

41.La política nacional en materia de familia tiene por objeto promover un entorno familiar propicio al desarrollo mental y social de las personas y al desarrollo de su capacidad de participar en la construcción nacional.

42.El fundamento de la política nacional en materia de familia es la mejora de las relaciones en el seno de la familia y de las condiciones de la enseñanza de las nuevas generaciones y la plasmación de un bienestar familiar común a todos.

43.Esta política reafirma la igualdad entre hombres y mujeres:

Matrimonio y protección de la familia;

Educación y sanidad para todos;

Creación de empleo y su protección;

Protección y promoción de la juventud;

Protección de los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad.

44.Los principios estratégicos de la política son:

Una educación familiar integrada en la acción global de construcción de la nación;

Una familia que, respetando las tradiciones culturales nacionales, esté decididamente abocada al futuro;

Solidaridad familiar en el crisol de la integración de las etnias y las zonas culturales geográficas.

D.Estrategia nacional de lucha contra la violencia de género

45.La estrategia nacional de lucha contra la violencia de género tiene 3 objetivos fundamentales:

Elaboración de una estrategia nacional de lucha contra la violencia de género;

Elaboración del plan de acción operacional de la estrategia nacional de lucha contra la violencia de género; y

Definición del mandato del observatorio nacional de lucha contra la violencia de género.

Surgimiento de una sociedad civil eficaz

46.Cerca de un centenar de ONG de mujeres o mixtas intervienen en distintos sectores de actividad y forman parte de los mecanismos nacionales de promoción de la mujer.

Artículo 4Medidas de discriminación positiva y medidas especiales para las mujeres

47.Al respecto se hará hincapié en las medidas adoptadas en los ámbitos de la educación, la salud y el empleo.

Educación

48.Las medidas más importantes son:

Educación

Derogación de las medidas de exclusión que castigan a las jóvenes embarazadas escolarizadas y posibilidad de concederles una licencia académica o escolar;

Creación de comités de equidad en los ministerios encargados de la educación;

Capacitación de los profesionales del sistema de enseñanza en materia de incorporación del género en el sistema educativo de Guinea;

Sensibilización en materia de género;

Creación de una secretaría técnica en materia de equidad;

Revitalización de la cátedra sobre género en la Universidad de Conakry;

Implantación en la enseñanza de la educación mixta;

Creación de observatorios de la violencia perpetrada contra niñas en entornos escolares y universitarios;

Creación de un departamento encargado en exclusiva de la promoción de la alfabetización y los idiomas nacionales.

Salud

Medida por la que se confiere carácter gratuito a la práctica de la cesárea en el marco de la aplicación de CARMA (campaña africana para reducir los casos de mortalidad materna);

Creación de mutualidades de salud para tratar los riesgos vinculados con el embarazo y el parto en el marco del programa "maternidad sin riesgo";

Formación del personal de algunos centros de salud y hospitales en materia de atención médica en casos de violencia de género o de complicaciones derivadas de la mutilación genital femenina y la ablación;

Sensibilización de la población sobre las ventajas de los partos asistidos, las consultas prenatales y el asesoramiento en materia de VIH/SIDA;

Formación de 1 cirujano, 1 ginecólogo y 13 enfermeros en cuidados de enfermería para las fístulas y de 72 parteras rurales en atención de fístulas;

Se ha tratado a 232 mujeres que padecían fístulas obstétricas, a 192 de ellas con éxito, con una tasa de curación del 83%;

Medida presidencial sobre la práctica gratuita de la cesárea.

Empleo

49.Pese a la adopción de una serie de medidas concretas, se echa de menos un verdadero plan de acción o política en pro del empleo de la mujer. La mayoría de las mujeres de Guinea forman parte del sector informal. Es imposible determinar el porcentaje de mujeres que forman parte de este sector, pero es indudable que su participación es destacada. Se observa, en particular, la presencia de mujeres que comercian en los mercados o se dedican a la tintura. Cabe mencionar, por ejemplo:

La prohibición del despido de la mujer por motivos relacionados con el embarazo o el parto;

La prohibición de que las mujeres trabajen en horario nocturno.

Artículo 5Diferenciación de papeles y estereotipos: cambios de comportamiento en el reparto de los papeles sociales y lucha contra los estereotipos que perjudican a la mujer

50.En Guinea impera el patriarcado, que presupone la primacía del hombre sobre la mujer y la del niño sobre la niña.

51.Ello es fuente de desigualdad en el reparto de los papeles sociales. Las labores subalternas, como sacar agua de los pozos, cocinar o barrer, corresponden a las mujeres o niñas, mientras que en determinadas profesiones predomina la mujer, como ocurre con el secretariado.

52.Los prejuicios nocivos para la mujer forman el caldo de cultivo de las diversas formas de violencia que sufre. Así ocurre con las viudas, consideradas responsables del fallecimiento de su marido y, a la vez, objeto de prácticas a menudo humillantes por su condición de viuda.

53.Para luchar contra los estereotipos que perjudican a la mujer e inculcar cambios de comportamiento en toda la población, el Gobierno de Guinea, con ayuda de organizaciones de la sociedad civil, ha emprendido campañas de sensibilización dirigidas a erradicar varias prácticas mediante el apoyo de asociados para el desarrollo.

Artículo 6Trata de mujeres y explotación con fines de prostitución

54.Los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.

55.En Guinea, el tráfico y la trata están tipificados en el Código Penal como delito y crimen, según las circunstancias en que se cometen. Varios expedientes están pendientes de resolución ante salas de lo penal, que, por desgracia, celebran irregularmente sus sesiones al carecer de medios suficientes. En cuanto a la explotación de la prostitución de la mujer, los ministerios de asuntos sociales y la infancia y de seguridad están adoptando disposiciones con el objeto de reglamentar este ámbito, controlado al día de hoy por redes chinas, nigerianas y libanesas.

56.Lo mismo cabe decir del proxenetismo.

Artículo 7Las mujeres en la vida política y pública

57.Los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y poder ser elegidas a todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;

Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas;

Ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;

Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.

58.En el artículo 8 de la Constitución de Guinea se dispone lo siguiente: "Todos los seres humanos son iguales ante la ley. Los hombres y las mujeres tienen iguales derechos. Nadie debe ser privilegiado ni perjudicado en razón de su sexo, su nacimiento, su raza ni sus opiniones políticas, filosóficas o religiosas".

59.Así pues, la Constitución no restringe los derechos de la mujer en lo que respecta a su intervención en la vida política y pública.

60.Para fortalecer el acceso de la mujer al poder desde las bases, en el artículo 103 del nuevo Código Electoral se dispone lo siguiente: "Cada consejo de distrito o de barrio debe reservar a las mujeres al menos un tercio (1/3) de su composición".

61.La misma idea reaparece en el artículo 115 del Código con respecto a las elecciones a los consejos comunitarios. En este artículo se reserva en la lista de candidatos una cuota mínima de un 30% de mujeres.

62.El principio de cuotas para la elección de diputados de la Asamblea Nacional se enuncia en el artículo 129 del Código Electoral.

63.Con respecto al acceso de la mujer a puestos decisorios de la administración, no lo impide ninguna disposición o estatuto general de la administración pública ni ningún estatuto particular.

64.A pesar de esta igualdad de derecho, la situación es muy distinta en la práctica, como se observa en el siguiente cuadro:

Nombre de la institución

Hombres

Mujeres

Total

1 . Consejo Nacional de Transición

119

40

159

Porcentaje

77

23

100

2 . Tribunal Supremo

13

5

18

Porcentaje

72

28

100

3 . Comisión Electoral Nacional Independiente

23

2

25

Porcentaje

92

8

100

4 . Consejo Económico y Social

34

11

45

Porcentaje

76

24

100

5 . Consejo Nacional de la Comunicación

7

2

9

Porcentaje

78

22

100

65.Hasta la fecha, 1 mujer es gobernadora de región y 3 mujeres ocupan cargos de prefecto.

66.Apenas hay 8 mujeres con cargo de subprefecto, frente a 296 hombres, y 1 mujer con cargo de subprefecto adjunto, frente a 301 hombres.

67.Se observa, pues, que está lejos de plasmarse la igualdad de hombres y mujeres en el proceso decisorio. Los indicadores estadísticos son útiles para medir la desigualdad.

68.De los 36 ministros del Gobierno 7 son mujeres; asimismo, hay 3 alcaldesas de un total de 38 alcaldes.

69.Esta baja representación de la mujer en las instancias decisorias de Guinea no se explica en el plano jurídico, pues los textos y las leyes son válidos, sino en el hecho de que se desconocen y, en la práctica, no se aplican.

Artículo 8Representación y participación internacional

70.Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales.

71.Aunque en ningún texto se establece la discriminación contra la mujer en este ámbito, las mujeres de Guinea participan muy poco en la vida pública internacional.

72.Al día de hoy, una sola mujer dirige una organización subregional, la Unión del Río Mano, mientras que no hay ninguna embajadora.

73.Con alguna excepción, las delegaciones de Guinea en misiones llevadas a cabo en el extranjero están a menudo integradas por hombres.

74.Dentro de los contingentes aportados por Guinea a las misiones de mantenimiento de la paz o de buenos oficios en el extranjero, solo se designan hombres, excepto en Haití, donde se ha observado la presencia de mujeres policías.

Artículo 9Nacionalidad

75.En el artículo 9 de la Convención se dispone lo siguiente:

"1.Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.

"2.Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos".

76.Ahora bien, las disposiciones del Código de Nacionalidad de Guinea contravienen la Convención. Efectivamente, el hombre, y no la mujer, transfiere ipso facto la nacionalidad a su hijo (salvo en unos pocos casos enumerados, si el padre es apátrida o de nacionalidad desconocida).

77.En lo que respecta a la transferencia de la nacionalidad en caso de matrimonio, el hombre transfiere la nacionalidad a su mujer y sus hijos.

78.La reforma del derecho de familia debería modificar las disposiciones relativas a la transferencia de nacionalidad a los hijos adaptándolas a las disposiciones de la Convención. En lo relativo a los derechos de toda mujer casada con un extranjero, en el Código Civil revisado se proponen los mismos derechos para hombres y mujeres.

79.Es habitual la práctica del matrimonio religioso no reconocido por el Estado, algo que puede plantear problemas, como en caso de poligamia, pues las coesposas no tienen los mismos derechos dependiendo de si el matrimonio es religioso o civil.

80.La igualdad entre hombres y mujeres en materia de nacionalidad exige los mismos derechos para todos con respecto a la adquisición, la conservación, la transmisión y la pérdida.

81.Ahora bien, los artículos 50 a 55 del Código Civil, que se refieren a la adquisición de la nacionalidad por medio del matrimonio, prevén la posibilidad de que un marido guineo transmita su nacionalidad a una mujer extranjera en el momento en que se celebre el matrimonio.

82.Una mujer guinea que contraiga matrimonio con un extranjero no dispone de esa posibilidad.

Artículo 10Igualdad en la educación

83.El artículo 10 de la Convención consagra la igualdad en materia de educación y formación.

84.El éxito se asienta en la educación; según la tercera encuesta demográfica y sanitaria de Guinea, no está escolarizado un 72% de las mujeres mayores de 6 años de edad mientras que la proporción es del 55% en el caso de los hombres.

85.La política sectorial en materia de educación no discrimina entre niñas y niños. Esta voluntad se plasmó en el programa "Educación para Todos", que hizo hincapié en la presencia de las niñas en todos los niveles de la enseñanza en Guinea.

86.El sistema educativo de Guinea se caracteriza por su subdivisión en dos componentes que distinguen entre educación académica y extraacadémica y educación privada o pública. En la primera categoría cabe distinguir cinco niveles:

a)Enseñanza preescolar (Ministerio de Asuntos Sociales, de Promoción de la Mujer y del Niño);

b)Enseñanza preuniversitaria y educación cívica;

c)Enseñanza técnica y formación profesional;

d)Enseñanza superior e investigación científica;

e)Alfabetización e idiomas nacionales.

87.En la categoría extraacadémica, cabe destacar, fundamentalmente, la alfabetización de adultos en centros de formación específicos o en centros de promoción de la mujer.

88.En el ámbito de la educación, se han determinado claramente los objetivos en materia de igualdad y género y se han propuesto estrategias. De ese modo, se ha reservado un lugar importante a esta dimensión, tanto en lo que respecta a la planificación como a la ejecución de programas y proyectos.

89.Se han realizado estudios para emitir un diagnóstico sobre la situación; se han examinado los problemas y, al analizar los indicadores de resultados, se han seleccionado los que guardan relación con el sexo.

90.Los datos estadísticos de los ministerios están al día de hoy desglosados por sexo. Con ello, es posible examinar el acceso de las niñas y las mujeres a la educación académica y extraacadémica.

91.En materia de educación, en el marco del programa Educación para Todos se han definido con claridad los objetivos centrados en la igualdad y el género y se han propuesto algunas estrategias.

92.Además de medidas encaminadas a aumentar la tasa de escolarización de las niñas y su permanencia en la escuela, se han adoptado otras medidas orientadas a eliminar los estereotipos de los libros de texto.

93.En este marco, el Instituto nacional de investigación y acción pedagógica procedió a revisar el contenido de los libros de texto para eliminar las imágenes o mensajes que inculcaran prejuicios negativos con respecto a la mujer.

94.Otro problema planteado por la educación de las niñas deriva de la necesidad de ofrecer a las desescolarizadas una segunda oportunidad de aprendizaje.

95.A ese respecto, el Gobierno de Guinea, por conducto del Ministerio de Enseñanza Preuniversitaria y Educación Cívica, ha establecido centros de "segundo aprendizaje" denominados "centros NAFA".

96.Además de los centros NAFA, hay un centro de apoyo a la autopromoción de la mujer en cada una de las 38 comunidades urbanas del país.

97.Estos centros se han creado para permitir a las niñas desescolarizadas aprender un oficio para ganarse la vida en el futuro.

98.Los siguientes cuadros ofrecen una visión panorámica de la situación de la escolarización de las niñas en Guinea.

Cuadro 1

Evolución de las principales variables, de 2000-2001 a 2009-2010

Año

Escuelas

Aulas

Maestros

Alumnos

Mujeres

Hombres

Total

Niñas

Niños

Total

Igualdad

2000 / 01

4 602

20 043

4 813

14 431

19 244

350 446

503 177

853 623

0 , 70

2001 / 02

5 278

23 655

4 979

16 146

21 125

417 556

580 089

997 645

0 , 72

2002 / 03

5 765

24 491

5 729

18 130

23 859

458 116

615 342

1 073 458

0 , 74

2003 / 04

6 140

25 863

6 119

19 242

25 361

497 122

650 266

1 147 388

0 , 76

2004 / 05

6 429

27 018

6 540

20 357

26 897

531 987

674 756

1 206 743

0 , 79

2005 / 06

6 815

28 783

7 104

21 192

28 296

563 805

694 233

1 258 038

0 , 81

2006 / 07

7 124

30 486

7 579

21 470

29 049

596 015

721 776

1 317 791

0 , 83

2007 / 08

7 391

32 073

8 551

22 382

30 933

616 135

748 356

1 364 491

0 , 82

2008 / 09

7 598

32 721

8 770

23 040

31 810

629 024

760 661

1 389 685

0 , 83

2009 / 10

7 815

33 755

9 913

24 538

34 451

650 455

802 900

1 453 355

0 , 81

TAMA*

7 , 8 %

7 , 6 %

11 , 8 %

7 , 8 %

8 , 8 %

9 , 5 %

6 , 6 %

7 , 8 %

1 , 8 %

Cuadro 2

Evolución de las tasas brutas de escolarización, por sexo, de 2000-2001 a 2009-2010

Sexo

Años

2000 / 01

2001 / 02

2002 / 03

2003 / 04

2004 / 05

2005 / 06

2006 / 07

2007 / 08

2008 / 09

2009 / 10

Niñas

51,1 %

58,9 %

62,6 %

65,7 %

68,0 %

69,6 %

71,2 %

71,1 %

70,2 %

70,1 %

Niños

73,2 %

81,7 %

83,8 %

85,7 %

86,0 %

85,6 %

86,0 %

86,2 %

84,7 %

86,4 %

Total

62,2 %

70,31 %

73,2 %

75,7 %

77,0 %

77,6 %

78,6 %

78,7 %

77,5 %

78,3 %

Cuadro 3

Tasas brutas de escolarización, por región y por género, en 2009-2010

Regiones

Alumnos

Niñas

Niños

Total

Boké

61,1 %

75,2 %

68,2 %

Conakry

128,6 %

140,3 %

134,4 %

Faranah

72,8 %

98,8 %

86,0 %

Kankan

54,1 %

78,3 %

66,3 %

Kindia

63,8 %

83,0 %

73,4 %

Labé

69,3 %

76,4 %

72,8 %

Mamou

68,3 %

84,4 %

76,5 %

Nzérékoré

48,2 %

63,4 %

55,8 %

Guinea

70,1 %

86,4 %

78,3 %

Artículo 11Igualdad en el empleo, el trabajo y la seguridad social

99.El principio de igualdad en este ámbito se enuncia en el artículo 20 de la Constitución, según el cual:

"Se reconoce a todos el derecho al trabajo. El Estado crea las condiciones necesarias para el ejercicio de este derecho. No se puede perjudicar a nadie en su trabajo por motivo de sexo, raza, etnia …".

100.El mismo principio se reafirma en el Código del Trabajo, que no impone condiciones de contratación relacionadas con el sexo.

101.Aún más, el Código protege la maternidad estableciendo una licencia de maternidad de 14 semanas de duración que puede prorrogarse a 16 semanas en caso de nacimientos múltiples.

Prohíbe todo despido por motivo de embarazo o maternidad; y

Ofrece a la mujer la posibilidad de acogerse a una licencia sin sueldo de 9 meses al término de la licencia de maternidad.

102.Por otra parte, el Código de Seguridad Social ha instaurado prestaciones sociales para la mujer, ya esté empleada o sea esposa de un empleado.

103.En cuanto a la remuneración, ninguna disposición prevé discriminación, excepto el estatuto general de la administración pública, que no prevé asignaciones familiares para las funcionarias con hijos a cargo.

104.Además, para permitir a las mujeres combinar las responsabilidades profesionales y las cargas familiares se han acondicionado guarderías, especialmente en las zonas rurales.

105.Pese a este panorama halagüeño en el ámbito del empleo y el trabajo, han de señalarse diversas deficiencias.

106.En primer lugar, pocas mujeres ocupan puestos de responsabilidad en la administración.

107.Además, aunque la igualdad de trato es el principio, en Guinea varía la remuneración entre hombres y mujeres.

108.La situación de la mujer en el empleo es la que se indica a continuación.

109.Como se observa en el siguiente cuadro, la población femenina se dedica especialmente a labores de agricultura de subsistencia, trabajo agrícola y venta de productos.

Cuadro 4

Tasa de actividad de las mujeres de 10 a 69 años de edad: 62 %

Número

Zonas

Porcentaje

1

Entorno urbano

34

2

Entorno rural

75

Cuadro 5

Tasa de actividad de las mujeres, por sector de actividades y entorno

Número

Zonas

Porcentaje

1

Urbana

Primario

11

Secundario

01

Terciario

88

2

Rural

Primario

94

Secundario

02

Terciario

6

110.Como se observa en el siguiente cuadro, la población femenina se dedica especialmente a labores de agricultura de subsistencia, trabajo agrícola y venta de productos.

Cuadro 6

Distribución de la población femenina en activo ocupada de 10 a 69 años de edad, por profesión

Profesión

Número

Porcentaje

Enfermeras/parteras

1 487

0,1

Profesoras/secundaria

1 161

0,1

Maestras

4 139

0,3

Personal de gestión

2 165

0,2

Secretarias/dactilógrafas

3 390

0,2

Personal de restaurantes

2 976

0,2

Servicios a particulares

2 962

0,2

Vendedoras

162 258

11,5

Agricultoras/trabajadoras agrícolas

128 435

9,1

Ganaderas

9 909

0,7

Agricultoras de subsistencia

1 002 818

71,1

Trabajadoras en minas y canteras

5 535

0,4

Artesanas/obreras

44 613

3,2

Vendedoras ambulantes

15 063

1,1

Limpiadoras /lavanderas

3 324

0,2

Fuente : Ministerio de la Función Pública .

Cuadro 7

Población activa no agrícola, por grupos de profesión y según el medio urbano

Profesión

Mujeres

Hombres

Profesional/técnico/administrativo

10 %

52 %

Ventas y servicios

75 %

14 %

Trabajo manual no calificado

15 %

34 %

Fuente : Ministerio de la Función Pública .

111.Es evidente que, independientemente del entorno en que residan, las mujeres se concentran mayoritariamente en los sectores del comercio y los servicios, mientras que los hombres ocupan sobre todo puestos profesionales y administrativos, así como puestos no calificados, dependiendo del entorno en el que residen.

112.Considerando la distribución de la población femenina ocupada en función del nivel de instrucción, hay que reconocer que el analfabetismo no deja a las mujeres inactivas. Efectivamente, la situación es la siguiente:

Cuadro 8

Distribución de la población femenina ocupada, según el nivel de instrucción

Nivel de estudios

Tasa de ocupación

Analfabetismo

93 %

Primario

2 %

Secundario

3 %

Profesional

1 %

Superior

1 %

Fuente : Ministerio de Enseñanza Preuniversitaria .

113.Pese a su peso cuantitativo, las mujeres apenas representan un 10% de la población activa en el sector moderno. En los entornos urbanos, la falta de formación de la mujer explica en parte su postergación en el ámbito del empleo, pero no las condena a la inercia, pudiéndose observar que la mayoría de las mujeres tienen actividades generadoras de ingresos. Ello da idea del potencial que representan como fuerza de trabajo para luchar contra la pobreza cuando se preparan actividades dirigidas a ellas con precisión.

Sector privado formal

114.La Agencia Guinea para la Promoción del Empleo (AGUIPE) ha hecho una recensión de las empresas, establecimientos y sociedades del sector privado cuyo número de empleados va de 5 a más de 1.000.

Cuadro 9

Resumen de las empresas y los trabajadores declarados, según rama de actividad, nacionalidad y sexo

Rama de actividad

Número de empresas

Guineos

Extranjeros

Total

Mujeres

Hombres

Total

Mujeres

Hombres

Total

B1

32

268

2 554

2 822

1

33

34

2 856

B2

14

276

4 712

4 988

14

137

151

5 139

B3

28

77

1 345

1 422

59

59

1 481

B4

7

184

1 586

1 770

3

31

34

1 804

B5

32

33

1 004

1 037

170

69

1

107

B6

101

216

831

1 047

1

97

98

1 145

B7

17

135

633

768

10

28

38

806

B8

10

195

589

784

1

18

19

803

B9

93

198

2 047

2 245

70

185

255

2 500

Total

334

1 582

15 251

16 883

101

657

758

17 641

Fuente : AGUIPE, 2000 .

Leyenda :

B1 Agricultura, ganadería, silvicultura, caza, pesca

B2 Industria extractiva

B3 Industria manufacturera

B4 Electricidad, gas, agua

B5 Construcción, obras públicas

B6 Comercio, restauración, hostelería

B7 Transporte, empresas de comunicaciones

B8 Bancos, seguros, negocios, inmobiliarias

B9 Prestación de servicios

115.De los datos se desprende claramente que, sobre todo, se contrata a las mujeres en el sector agrícola, en la industria extractiva y en la restauración, la hostelería y el comercio. Su presencia es muy escasa en la construcción y en la industria manufacturera. Las estadísticas coinciden en que, en el sector privado formal, las mujeres apenas representan un 11% de los empleados del sector terciario y un 2% de los del sector secundario.

116.Si se compara la tasa de participación de la mujer en el sector privado formal, por regiones, se observa lo siguiente:

Cuadro 10

Participación de la mujer en el sector privado formal, por regiones

Regiones

Mujeres empleadas

Total de empleados

Porcentaje de mujeres

Conakry

670

4 953

13

Labé

152

961

15

Kindia

475*

6 548

7

Nzérékoré

509

3 114

16

Kankan

117

2 065

5

Total

1 923

17 641

Fuente : AGUIPE .

* 2 41 mujeres operan en el sector minero.

117.Aunque el número total de puestos de trabajo es superior en la región de Kindia, en ella es donde las mujeres están peor representadas. Al ser la industria extractiva el principal empleador, cabría esperar en él una presencia inferior de las mujeres en comparación con los hombres, lo cual no impide que, de un total de 475 empleadas, 241 (un 50%) lo estén en esta categoría de empleo.

118.En cuanto a la participación activa total de la mujer, la tasa de mujeres empleadas en el sector público es muy baja, como se observa en el siguiente cuadro.

Cuadro 11

Distribución de la población femenina activa ocupada de 15 a 69 años de edad, por situación en la profesión

Situación

Porcentaje

Empleador

0,1

Empleada pública

1,2

Empleada mixta

0,2

Empleada privada

0,5

Independiente

51,1

Aprendiz

1,8

Ayuda familiar

45,1

Cooperativa

0,1

Fuente : Ministerio de la Función Pública .

119.De un total de 60.000 funcionarios públicos, apenas 15.000 son mujeres. Así pues, tanto en el sector público como en el privado, las mujeres guineas están poco representadas en la plantilla de empleados y, sobre todo, están agrupadas en la categoría de personal directivo de nivel medio y agentes de ejecución, como puede comprobarse en el siguiente cuadro.

120.Efectivamente, la estructura del empleo indica que, en la función pública, las mujeres apenas representan un 22% de la plantilla, distribuido del siguiente modo: contractuales (20%), agentes de ejecución (37%), personal directivo de nivel medio (24%) y personal directivo de concepción (14%).

Cuadro 12

Estructura del empleo público por jerarquía, en función del sexo

Estructura jerárquica

Hombres

Mujeres

Jerarquía A (32 % )

86 %

14 %

Jerarquía B (40 % )

76 %

24 %

Jerarquía C (17 % )

63 %

37 %

Puestos contractuales

79 %

20 %

Fuente : Ministerio de la Función Pública .

Cuadro 13

Departamentos ministeriales

Puestos de responsabilidad

Hombres

Mujeres

Total

Secretarios generales

35

2

37

Jefes de gabinete

33

5

38

Consejeros

56

13

69

Directores nacionales

88

8

96

Directores generales

66

8

74

Fuente : Ministerio de la Función Pública .

Cuadro 14

Administración territorial

Puestos

Hombres

Mujeres

Total

Gobernadores

7

1

8

Prefectos

30

3

33

Directores regionales

238

10

248

Directores de prefectura

1 000

3

1 003

Directores comunitarios

144

11

155

Fuente : Ministerio de la Función Pública .

Artículo 12Salud

121.Este derecho está consagrado en el artículo 15 de la Constitución, según el cual "toda persona tiene derecho a la salud y al bienestar físico. El Estado tiene el deber de promoverlo y luchar contra las epidemias y los azotes sociales".

122.En el Código de Salud figuran disposiciones que permiten aplicar el principio del derecho a la salud reconocido a todos los ciudadanos.

123.Uno de los principios generales de la política sanitaria de la República de Guinea es que cada guineo debe recibir, oportunamente y a un costo asequible, la atención de promoción, preventiva y curativa necesaria para su estado de salud.

124.La política sanitaria se basa en la atención primaria de salud establecida en la Iniciativa de Bamako, que tiene por objeto dispensar al conjunto de la población atención básica de salud a un costo menor para reducir la morbilidad y la mortalidad.

125.En concreto, se han adoptado determinadas medidas para promover la salud de la mujer y, sobre todo, reducir la mortalidad materna.

126.Se trata de lo siguiente:

El programa Salud para Todos, que prevé la prestación local de servicios completos a las mujeres durante el embarazo, el parto y después del parto;

Gracias a esta medida han aumentado las tasas de consulta prenatal y posnatal;

Medidas de lucha contra las infecciones de transmisión sexual y el VIH/SIDA mediante el programa de prevención de la transmisión maternoinfantil;

La práctica gratuita de la cesárea;

La lucha contra las prácticas nocivas para la salud moral y física de la mujer, como la ablación y la violencia de género, mediante la apertura de centros locales de información en las 5 comunas de Conakry y 33 comunas del interior del país;

La revitalización de las mutuas de salud para tratar los riesgos vinculados con el embarazo y el parto.

127.Los partos en el marco del proyecto "maternidad sin riesgos":

Apoyo al comité nacional de lucha contra el sida con el objeto de divulgar los derechos de la mujer, en general, y de las que viven con el VIH/SIDA, en particular;

Campaña de sensibilización de las practicantes de ablaciones en Guinea Alta y su reconversión profesional tras la entrega de los cuchillos;

128.Pese a que se han hecho esfuerzos importantes y muy específicos, los resultados de Guinea son, por lo que se refiere a los indicadores, muy deficientes, en parte por la situación política y económica del país y en parte por problemas de gobernanza. La situación ha empeorado con los conflictos que se libran en sus fronteras (Côte d'Ivoire, Guinea-Bissau, Liberia, Sierra Leona) y su repercusión en la vida económica del país (plan nacional de reorientación de la planificación familiar, 2010). La salud materna se caracteriza por:

Una mortalidad materna alta;

Seguimiento insuficiente de los embarazos y los partos asistidos;

Escasa calidad de la atención obstétrica y limitado acceso a esta;

Embarazos precoces, demasiado seguidos y no deseados;

Persistencia de comportamientos de riesgo.

Políticas, programas y servicios

129.El Gobierno de Guinea ha adoptado importantes medidas en materia de salud reproductiva y salud materna, con apoyo de asociados y mediante la aplicación de muchas políticas y programas, entre ellos:

Programa ampliado de inmunización, atención primaria de la salud y medicamentos esenciales

Pese a la cobertura territorial, en cierto modo satisfactoria,

Solo un 60% de la población tiene acceso a servicios de atención básicos;

Un 69% de los niños están vacunados;

Un 65% de las embarazadas son objeto de seguimiento;

Está asistido un 25% de los partos.

Programa nacional del sida

En teoría, este programa tiene por objeto:

Reducir la propagación de la infección por el VIH;

Atender a las personas que viven con el VIH;

Reducir la incidencia social y económica del VIH/SIDA;

Promover la investigación sobre las infecciones de transmisión sexual y el sida.

Programa de lucha contra los trastornos por carencia de yodo

130.El programa tiene por objeto reducir la tasa de prevalencia mediante la formación de los agentes de salud, la administración de cápsulas yodadas a los niños de 0 a 15 años de edad y a las mujeres en edad de procrear y la administración de sal yodada a más del 80% de la población. Cabe añadir a ello programas de información, educación y comunicación. Desde que se ejecuta el programa, la tasa de prevalencia de los trastornos por carencia de yodo ha pasado del 63,6% al 45%, mientras que el consumo de sal yodada ha pasado del 0% al 12%.

Proyecto de Salud Reproductiva

131.Se aspira a aumentar la utilización de los servicios de salud reproductiva y mejorarlos mediante el fortalecimiento de la capacidad institucional, la prestación de servicios de calidad y la sensibilización de la población. La financiación de este programa procede fundamentalmente del UNFPA, el Banco Mundial, USAID y el Organismo Alemán de Cooperación Técnica (GTZ). Su ejecución obedece a la lógica de las orientaciones de la política demográfica.

132.Efectivamente, el programa contribuye al control del crecimiento demográfico, así como a la protección del capital de salud de la mujer y los grupos vulnerables. En el momento actual el Proyecto de Salud Reproductiva solo está operativo en Guinea Marítima, Guinea Media y Conakry.

Programa Marco de Género y Desarrollo

133.Esta actuación debe ampliarse a toda la extensión del territorio.

134.A continuación se enumeran otros resultados del programa:

Sensibilización del 75% de los dirigentes y responsables de adoptar decisiones;

Asistencia al 25% de los nacimientos fuera de centros sanitarios;

Presencia de un sistema de seguimiento en el 65% de las prefecturas sanitarias.

135.En el marco del Programa, se acaba de crear un fondo de apoyo a la población para financiar actividades consideradas prioritarias por las comunidades a fin de atender las necesidades de salud reproductiva de los grupos más vulnerables, entre ellos mujeres y adolescentes. Todavía no se ha evaluado este programa.

136.Política y programa nacional de salud reproductiva, con sus programas sectoriales en materia de salud materna, salud de los jóvenes y adolescentes y salud de hombres y mujeres:

Elaboración y aprobación de la Ley de salud reproductiva L/2000/010/AN, de 10 de julio de 2000;

Programa "Maternidad sin riesgos" 2001-2010;

Estrategia de atención integrada de las enfermedades del niño;

Plan nacional de desarrollo sanitario 2003 2012;

Plan estratégico en materia de salud y desarrollo de los adolescentes y los jóvenes de Guinea 2008-2012, con apoyo de la OMS, el UNFPA, PLAN, 2008.

137.Hoja de ruta nacional para acelerar la reducción de la mortalidad materna, neonatal e infantil en Guinea 2006-2015 (2009):

Plan estratégico nacional de reorientación de la planificación familiar en Guinea (2010);

Norma adaptada a la salud de los jóvenes y adolescentes, con apoyo de la OMS (2010);

Normas y procedimientos en materia de salud reproductiva en Guinea: componente común, salud maternoinfantil (apartado de madres y niños), salud de los jóvenes y las mujeres, componente de apoyo (2010).

138.Competencia en "vida sana" de los jóvenes de Guinea, con apoyo del UNFPA (2009).

Observaciones y análisis

139.A pesar de los progresos registrados en las esferas de la cobertura sanitaria territorial y los servicios de atención de salud básica, las mujeres siguen haciendo frente a problemas que les afectan, especialmente por lo que se refiere a su función de reproducción. Los principales problemas son la mortalidad materna, la malnutrición y, cada vez más, el VIH/SIDA.

140.La tasa de mortalidad materna pone de relieve el riesgo obstétrico del embarazo y la maternidad. Según la encuesta demográfica y de salud de Guinea II26, esta tasa es de 528 por cada 100.000 nacidos vivos.

141.El grupo más afectado es el de edad comprendida entre los 25 y los 29 años, correspondiente a un período de gran fecundidad. Uno de cada 2 fallecimientos tiene causas maternas. De los factores vinculados directamente con la mortalidad materna, cabe destacar 3 como causas inmediatas: las hemorragias, las infecciones y los abortos provocados. Se estima que un 40% de los fallecimientos maternos se debe a hemorragias relacionadas con el parto surgidas, por lo general, en un contexto de debilidad derivada de la anemia y las infecciones.

142.Las infecciones son causa de cerca del 31% de los fallecimientos. Los abortos provocados en condiciones antihigiénicas suponen un 20% de los fallecimientos.

Prácticas violentas

143.Las principales formas de violencia sufridas por mujeres son golpes y heridas, el repudio, el levirato, el sororato, los matrimonios precoces, los matrimonios forzados, la mutilación genital femenina, las violaciones y la obligación de llevar velo y máscara.

144.En el caso de la violencia conyugal y las violaciones, los problemas se agravan a causa del limitado acceso a atención y servicios sanitarios. Aun cuando existen esos servicios, las mujeres se encuentran con que son incapaces de pagarlos, la calidad es mala o las costumbres y tradiciones ejercen presión sobre ellas. Cabe añadir, además, que la falta de información adecuada contribuye a que las mujeres se alejen de la atención sanitaria apropiada y a que se descuide la protección de su capital de salud. Desde hace un decenio, las estructuras gubernamentales encargadas de la promoción de la mujer y varias ONG emprenden amplias campañas en pro de la abolición progresiva de toda forma de violencia.

Artículo 13Beneficios económicos y sociales

145.Las mujeres constituyen el segmento más pobre de la población de Guinea. La pobreza afecta a las mujeres de entornos rurales en mayor medida que a las de los entornos urbanos, algo que se explica en parte por la dificultad de las mujeres para acceder a los factores de producción (tierra, tecnología, insumos y crédito).

146.La garantía de autonomía financiera de la mujer queda confirmada en el Código Civil, según el cual "la mujer casada tiene plena capacidad y derecho a la libre administración y disposición de los bienes que adquiera, pudiendo hacer abrir una cuenta corriente, depositar o retirar dinero y obtener un crédito bancario".

147.Por lo que se refiere al acceso de la mujer al crédito, este está limitado por la falta de garantías suficientes que aseguren el reembolso al proveedor del crédito.

148.Esta falta de garantías se debe, una vez más, a la pobreza habitual en las mujeres de Guinea.

149.La mayoría de las mujeres (cerca del 70%) vive en zonas rurales donde practican la agricultura como actividad principal.

150.Ahora bien, para realizar esta actividad necesitan acceso a la tierra, que les resulta muy difícil si se tiene en cuenta que en las zonas rurales las tierras son familiares y las mujeres no pueden heredarlas.

151.Para fortalecer la capacidad económica de la mujer, el Gobierno de Guinea puso en marcha el Proyecto de Apoyo a las Actividades Económicas de las Mujeres. En el marco de la capacidad empresarial de la mujer, se han emprendido diversas actuaciones, siendo uno de los resultados el hecho de que en el sector minero las mujeres operan principalmente en el ámbito de la artesanía, según se observa en una encuesta.

152.Para fortalecer la intervención del sector privado, el Gobierno creó el Organismo de Promoción de las Inversiones Privadas, que actúa de ventanilla única en materia de creación de empresas; un componente de sus actividades se centra en la capacidad empresarial de la mujer.

153.Hay que reconocer que, por lo que se refiere a los créditos, lo más frecuente es que las mujeres solo perciban microcréditos concedidos por instituciones de microfinanciación en forma de programas o proyectos.

154.Así ocurre con el Proyecto de Desarrollo Social Sostenible en Guinea Alta y Media, así como con las asociaciones de servicios financieros puestas en marcha por el Banco Africano de Desarrollo y el FIDA.

Artículo 14Situación de la mujer rural

155.Las mujeres hacen frente a varios problemas, en particular el analfabetismo, una pobreza en aumento, el peso de impedimentos socioculturales y la dificultad de acceso a los servicios sociales básicos, como el agua potable, los servicios sanitarios y la justicia en caso de que se infrinjan sus derechos.

156.Además, cabe mencionar la violencia persistente de que son objeto, en particular la violencia doméstica y la ablación, la falta de formación, de información y de medios de producción, el peso de las cargas familiares y, especialmente, la falta de poder de decisión.

157.No obstante, existe verdadera voluntad de perseverar en el proceso de descentralización. La concertación, a nivel tanto nacional como local, ha cumplido un papel destacado en la credibilidad de las estructuras locales, sobre todo en lo que respecta a las comunidades rurales de desarrollo como canalizadoras del proceso. La existencia de una asociación en la que participan agentes de diversos ámbitos (la administración central, asociados para el desarrollo y comunidades locales) constituye un pilar fundamental esencial para la promoción sostenible del desarrollo local.

158.Para hacer frente a los problemas que encuentra la población rural, en general, y las mujeres, en particular, se ha aprobado el programa sobre oportunidades estratégicas nacionales (COSOP) 2009-2014, y el Gobierno, las ONG y los asociados para el desarrollo han emprendido actuaciones concretas.

159.El objetivo global del COSOP 2009-2014 consiste en contribuir a echar los cimientos económicos de un desarrollo agrícola sostenible y fortalecer la capacidad de la población rural pobre para mejorar la gobernanza local.

160.El COSOP 2009-2014 tiene tres objetivos específicos:

Objetivo estratégico 1: fortalecer la gobernanza local y favorecer la autonomía social y económica de la población rural;

Objetivo estratégico 2: mejorar la productividad y la competitividad de las actividades de la población rural pobre mediante la profesionalización y responsabilización de sus organizaciones con respecto al desarrollo de cadenas prósperas de producción agrícola;

Objetivo estratégico 3: ampliar el acceso de los grupos marginados ―en particular, las mujeres— a microcréditos adaptados a sus necesidades, a través de la consolidación de las asociaciones de servicios financieros (ASF).

161.Para lograr el objetivo estratégico 1, el Fondo apoyará la facilitación de bienes y servicios a las comunidades rurales de desarrollo a través del Proyecto de Apoyo a las Comunidades Rurales en la fase II; la consecución del objetivo estratégico 2, centrado en el suministro de bienes y servicios de las cadenas de productos agrícolas seleccionadas, se basará en la ejecución del Programa nacional de apoyo a los agentes de las cadenas de productos agrícolas. Para lograr el objetivo estratégico 3 se procederá a la consolidación de las ASF. El objetivo estratégico 1 del COSOP se ajusta al eje estratégico 1 de la segunda fase del documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP), mientras que los objetivos estratégicos 2 y 3 se ajustan al eje estratégico 2 del DELP y a la política nacional de desarrollo agrícola.

162.Además de este importante programa, el Estado ha establecido plataformas multifuncionales en varias localidades, no sólo para facilitar el riego de las parcelas, sino también para iluminar los centros de alfabetización y promover la elaboración por las mujeres de productos locales.

163.Aplicación de la política de formación de parteras y ubicación de estas en los centros de salud.

164.Creación de un programa nacional de alfabetización de la mujer y de lucha contra la ablación mediante la represión de quienes la practican y de los progenitores.

165.Formación de monitores de ambos sexos para ubicarlos en todo el territorio nacional.

166.Creación de centros de orientación y asesoramiento en las zonas rurales de Guinea Alta y Guinea Forestal.

167.Creación de un fondo de desarrollo social y solidaridad, parte del cual se destinará a las mujeres (120.000 millones de francos guineos).

168.Elaboración de un documento de política sobre seguridad financiera de la mujer.

169.Elaboración de un plan estratégico quinquenal de aplicación efectiva de la Convención. Elaboración de ocho planes de acción regionales para la aplicación de las recomendaciones del 39º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativas a la aplicación de la Convención en el plano local. Formación de los miembros de los comités regionales de la Convención en presupuestación sensible al género a fin de incorporar este factor en la presupuestación y promover ante los representantes locales electos su incorporación en el Código de las Colectividades.

170.Formación de las mujeres de las zonas rurales en liderazgo femenino y técnicas de prevención y gestión de conflictos comunitarios.

171.Realización de actividades para la participación de la mujer en la ordenación de los recursos naturales.

172.Aprobación por el Gobierno de la política nacional en materia de familia, uno de cuyos componentes esenciales es la mujer.

Artículo 15Capacidad de la mujer

173.Todos los textos de la República de Guinea, con excepción del Código Civil, promulgan la igualdad del hombre y la mujer ante la ley.

174.Para eliminar los artículos del Código Civil que discriminan a la mujer, este instrumento fue objeto de revisión.

175.Actualmente se está procediendo al depósito ante el Consejo Nacional de Transición del proyecto de Código Civil revisado, con fines de aprobación.

176.Cuando el proyecto quede aprobado, no habrá más leyes nacionales que discriminen a la mujer.

177.Por otra parte, el Código Civil de Guinea proclama el principio de plena capacidad de la mujer, incluso para concertar cualquier tipo de contrato y declarar como testigo ante la justicia.

Artículo 16Igualdad en la familia

178.El derecho de Guinea reconoce la igualdad entre hombre y mujer en lo que respecta a las condiciones de celebración del matrimonio.

179.Sin embargo, las prácticas locales perpetúan, hasta la fecha, el matrimonio forzado y el matrimonio precoz.

180.En el marco del matrimonio, el Código Civil de Guinea reconoce igualmente al marido algunos derechos de los que goza en exclusiva, entre los cuales cabe citar:

181.La patria potestad, en virtud de la cual el marido es el único jefe de familia y, como tal, está facultado para elegir el domicilio conyugal.

182.La tutela de los niños menores de edad en vida de los progenitores. En caso de que el padre fallezca, el Consejo de Familia elige al tutor, y, en caso de divorcio, elige al custodio de los niños a partir de los 7 años de edad.

183.Todas estas desigualdades se han revisado; la adopción del proyecto de Código Civil revisado resolverá todos estos problemas. Cabe añadir al respecto la elaboración de una política en materia de familia y la creación de una dirección nacional encargada de su aplicación. Ya se ha formado a 21 directivos en técnicas de elaboración de planes de acción y aplicación de estas.

184.Por otra parte, el Código obliga a que se celebre el matrimonio civil antes que cualquier otro matrimonio, y en el artículo 3 de la ordenanza 010 DE 2000 se dispone que:

185."Las personas tienen derecho a decidir libre y voluntariamente acerca de su salud reproductiva, siempre y cuando se respeten la legislación vigente, el orden público y las buenas costumbres.

186.Pueden decidir el número de sus hijos y su nacimiento, y han de disponer de la información necesaria para ello y del derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud reproductiva".

Artículo 18Compromisos de los Estados partes

187.En virtud del artículo 18 de la Convención, los Estados partes están obligados a preparar, de conformidad con las directrices de las Naciones Unidas, informes iniciales, periódicos y subsiguientes y presentarlos al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

188.Al día de hoy, Guinea se ha esforzado denodadamente en este ámbito, a pesar de los retrasos, que obligan a combinar los distintos informes ya presentados.

189.Aunque lo ideal es que los informes se presenten a tiempo, hay que tener en cuenta que la aplicación efectiva de la Convención exige un gran volumen de recursos financieros y de recursos humanos debidamente formados y que el período 2007-2011 se caracterizó por una inestabilidad crónica que dificultó la consecución de los objetivos del Estado. Con el regreso del país a una vida constitucional normal, se procurará sobre el terreno, y con medios suficientes, corregir las imperfecciones señaladas en las observaciones y aplicar las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

Artículo 24Medidas que deben adoptarse para la plena aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

190.Tras la elección de un civil al frente del Estado, existe voluntad política para que el país alcance los ODM, pero también para que respete sus compromisos. En vista de que el principal obstáculo a la aplicación de la Convención radica en la escasez de recursos financieros, el problema se resolverá con la puesta en práctica del DELP, el plan quinquenal 2011-2016 y otras políticas sectoriales.

V.Violaciones de los derechos de la mujer

A.Mutilación genital femenina y otras prácticas nocivas para la salud de la mujer

191.De conformidad con el artículo 3 de la Convención, los Estados partes se comprometen a tomar "en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre".

192.Existen en Guinea prácticas como la clitoridectomía, la ablación y la infibulación que contravienen lo dispuesto en la Convención en la medida en que a un mismo tiempo perjudican la integridad física de la mujer e infringen su intimidad. En Guinea, unas 9 mujeres de cada 10 son objeto de ablación, que al día de hoy se practica en todas las regiones del país, en zonas tanto urbanas como rurales.

193.No obstante, el país acaba de establecer un marco jurídico para luchar contra la mutilación genital femenina y la ablación.

B.Violencia doméstica

194.Las principales formas de violencia sufridas por mujeres son golpes y heridas, el repudio, el levirato, el sororato, los matrimonios precoces, los matrimonios forzados, la mutilación genital femenina, las violaciones y, para algunas mujeres, la obligación de llevar velo y máscara.

195.En el caso de la violencia conyugal y las violaciones, los problemas se agravan a causa de la falta de acceso a atención y servicios sanitarios. Aun cuando existen esos servicios, las mujeres se encuentran con que son incapaces de pagarlos, la calidad es mala o las costumbres y tradiciones ejercen presión sobre ellas. Cabe añadir, además, que la falta de información adecuada contribuye a que las mujeres se alejen de la atención sanitaria apropiada y a que se descuide la protección de su capital de salud. Desde hace un decenio, las estructuras gubernamentales encargadas de la promoción de la mujer y varias ONG emprenden amplias campañas en pro de la abolición progresiva de toda forma de violencia contra la mujer y la niña.

C.Transmisión de la nacionalidad al niño

196.Las disposiciones del Código de Nacionalidad, en particular su artículo 8, relativo a la nacionalidad guinea de origen, son contrarias a la Convención. Efectivamente, el hombre, y no la mujer, transfiere ipso facto la nacionalidad a su hijo (salvo en unos pocos casos enumerados, si el padre es apátrida o de nacionalidad desconocida).

197.En lo que respecta a la transferencia de la nacionalidad en caso de matrimonio, el hombre transfiere la nacionalidad a su mujer y sus hijos.

D.Educación

198.El artículo 10 de la Convención consagra la igualdad en materia de educación y formación.

199.Las cifras muestran cierta desigualdad entre hombres y mujeres en el ámbito de la educación en Guinea.

E.Empleo y participación de la mujer en la vida política y pública y representación de la mujer a nivel internacional

200.Pese a la adopción de una serie de medidas concretas, se echa de menos un verdadero plan de acción o política en pro del empleo de la mujer. La mayoría de las mujeres de Guinea forman parte del sector informal. Es imposible determinar el porcentaje de mujeres que forman parte de este sector, pero es indudable que su participación es destacada. Se observa, en particular, la presencia de mujeres que, por ejemplo, comercian en los mercados o se dedican a la tintura.

F.Discriminación en todos los ámbitos de la vida económica y social

201.La Convención consagra la posibilidad de que la mujer intervenga en todos los ámbitos de la vida económica y social. Pese a ello, las mujeres y las niñas son víctimas de facto de discriminación en estos ámbitos.

202.En lo que respecta al acceso a préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero (Convención, art. 13, b)), parece que las mujeres sufren discriminación de facto.

203.Con respecto a la herencia, las mujeres de Guinea también son objeto de discriminación en la medida en que no existe un Código de Herencias. Además, la coexistencia de los derechos musulmán, consuetudinario y civil contribuye a acentuar las desigualdades entre el hombre y la mujer.

VI.Limitaciones y perspectivas

204.En la República de Guinea la mutilación genital femenina y las otras prácticas nocivas para la salud de la mujer, así como la violencia, en particular la violencia doméstica, siguen siendo prácticas comunes a las que el Comité debe prestar toda su atención.

205.Naturalmente, esas prácticas podrían ser objeto de sanciones jurídicas en el marco general de los delitos de tratamiento de prueba y otras prácticas nocivas para la salud, previstos en el artículo 213 del Código Penal, pero hasta la fecha no se ha presentado ninguna denuncia, pues las víctimas temen que los magistrados las condonen.

206.El Gobierno de Guinea ha adoptado varias medidas encaminadas a luchar contra la práctica de la ablación. Cabe citar al respecto la prohibición de la ablación en entornos médicos, medida de escaso efecto si se piensa que lo más normal es que la ablación femenina se practique al margen de las estructuras médicas. Guinea también puso en marcha en 2010 un programa conjunto UNFPA-UNICEF de lucha contra la mutilación genital femenina y la ablación y aprobó una ley de salud reproductiva.

207.El Gobierno de Guinea también ha puesto en práctica una política de sensibilización de la población sobre el carácter nocivo de ciertas prácticas, en particular estableciendo en 1999 un comité nacional de acción para erradicar las prácticas nocivas para la salud de la mujer y el niño. Con todo, en el Decreto Nº 99-157/PM-RM, de 16 de junio de 1999, no se define con precisión el sentido que se quiere dar a la expresión "prácticas nocivas". La Federación Internacional de Derechos Humanos constata que las actividades de sensibilización no han permitido erradicar en absoluto dichas prácticas.

VII.Conclusión

208.En cumplimiento de sus compromisos internacionales, la República de Guinea elaboró sus informes combinados séptimo y octavo acerca de la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

209.Estos informes, que abarcan el período comprendido entre 2007 y 2011, tratan de todos los ámbitos de la Convención relativos a la protección y la promoción de la mujer.

210.En ese sentido, en los informes se indican los progresos realizados, las limitaciones encontradas, los desafíos y las perspectivas.

211.En el ámbito de los progresos realizados, Guinea ha evolucionado; desde el punto de vista de los textos, la nueva Constitución es un verdadero vivero de derechos humanos.

212.Sin embargo, hay que reconocer que en este período se han realizado pocos progresos de entidad a causa de la inestabilidad crónica en los planos político, económico, cultural y social.

Anexos

Anexo I

Preguntas dirigidas al Gobierno por el Comité de Seguimiento

1.Ámbito jurídico y legislativo

a)Acelerar el proceso de ratificación del Protocolo adicional a la Convención;

Está en curso el proceso de ratificación del Protocolo adicional a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. El notable retraso se debe al prolongado período de inestabilidad política, económica, social y cultural por el que ha pasado el país. Tras la elección de un Presidente civil, el documento se envió con fines de examen a las instancias competentes, en particular organizaciones de mujeres, departamentos ministeriales, instituciones de la República y el conjunto de agentes dedicados a la defensa de los derechos de la mujer.

b)Acelerar el proceso de ratificación y depósito del instrumento de ratificación del Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África;

Guinea ya ratificó el 10 de noviembre de 2004 el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África.

Tras la instauración de la Tercera República se adoptaron disposiciones urgentes para depositar los instrumentos de ratificación ante el Presidente de la Unión Africana.

c)Elaborar una Ley especial de igualdad entre los sexos;

Se ha elaborado un proyecto de ley específico sobre igualdad entre el hombre y la mujer que está en curso de aprobación.

e)Acelerar el proceso de promulgación del proyecto de Código Civil revisado y el Código del Niño

El Código del Niño quedó aprobado en virtud de la Ley L/2008/011/AN, de 19 de agosto de 2008, por la que se aprueba y promulga la Ley relativa al Código del Niño de Guinea (Boletín Oficial de la República de Guinea, número especial, edición de julio de 2009).

En cuanto al proyecto de Código Civil revisado, los magistrados encargados de la labor ya han elaborado una relación de los motivos de su examen por el Gobierno y en breve la transmitirán al Consejo Nacional de Transición con fines de aprobación.

f)Promover la asimilación del contenido de la Convención por el personal de todos los departamentos ministeriales, en particular de los de justicia y los de interior, seguridad y defensa.

El personal de los departamentos ministeriales, en particular de los de justicia, interior, seguridad y defensa, ha asimilado el contenido de la Convención mediante varios seminarios y talleres de formación al respecto organizados por el Ministerio de Asuntos Sociales, de Promoción de la Mujer y del Niño.

En el ámbito de la justicia, cabe mencionar la formación en las 8 regiones administrativas del país de 230 magistrados y auxiliares de justicia en materia de violencia contra la mujer, el concepto de género y los instrumentos jurídicos nacionales, subregionales e internacionales de lucha contra la violencia de género y el contenido de la Convención.

En cuanto al Ministerio del Interior, se ha formado a 520 agentes y oficiales de los servicios de seguridad en relación con la Convención y las resoluciones del Consejo de Seguridad 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009) y 1889 (2009).

En el Ministerio de Seguridad y Defensa se ha formado a 30 oficiales superiores e instructores de las escuelas militares y a 520 oficiales, suboficiales y mandos en relación con la Convención y las resoluciones del Consejo de Seguridad 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009) y 1889 (2009). Al día de hoy existe en las 8 regiones administrativas del país un equipo de magistrados, auxiliares de justicia, militares y paramilitares dedicado a la aplicación de la Convención y las resoluciones 1325 (2000), sobre la mujer y la paz y la seguridad, 1820 (2008), sobre la violencia contra la mujer y su represión, 1888 (2009), sobre la violación en los conflictos armados, y 1889 (2009), sobre el fortalecimiento del papel de la mujer en períodos posteriores a conflictos.

g)Garantizar el proceso de formación de personal directivo de todos los niveles sobre el concepto de género;

Varios directivos de distintos niveles tienen conocimiento del concepto de género gracias a la capacitación impartida por los diversos proyectos del Departamento, como el "proyecto de apoyo a la promoción del género/PNUD", el "proyecto de apoyo al movimiento femenino", respaldado por el UNFPA, y el "proyecto conjunto del UNFPA y el UNICEF de lucha contra la mutilación genital femenina y la ablación", que cuenta con el apoyo del Gobierno y asociados técnicos y financieros. En los departamentos ministeriales se han llegado a crear dependencias para garantizar mejor este proceso.

h)Elaborar y adoptar una política nacional en materia de género;

En enero de 2011 se elaboró y aprobó una política nacional en materia de género.

Se está poniendo en práctica un programa de divulgación de esta política en las distintas regiones administrativas.

i)Emprender investigaciones o actuaciones en torno al fenómeno de la trata de mujeres y niñas en Guinea;

Están en curso investigaciones o actuaciones en torno al fenómeno de la trata de mujeres y niñas, supervisadas por el Ministerio Estatal de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer y del Niño y el Comité Nacional de lucha contra la Trata de Personas.

j)Poner en funcionamiento los mecanismos de seguimiento de la Convención (comité nacional, comités regionales y centros de asistencia jurídica a las mujeres);

Se han implantado los mecanismos de seguimiento de la Convención, que han entrado en funcionamiento. En cuanto a los centros de asistencia jurídica, se están implantando progresivamente.

k)Acelerar el proceso de ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos protocolos adicionales (migración ilícita y trata de personas, especialmente mujeres y niños);

En septiembre de 2004 Guinea se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos protocolos adicionales (migración ilícita y trata de personas, especialmente mujeres y niños).

l)Poner en marcha y promulgar una ley en materia de acoso sexual;

Todavía no se ha puesto en marcha ley alguna sobre el acoso sexual, pero la cuestión es objeto de debate a escala nacional.

m)Velar por la aprobación y la aplicación de leyes penales contra los autores de toda forma de violencia contra mujeres y niñas;

Se endurecen las leyes penales contra los autores de toda forma de violencia contra mujeres y niñas, sobre todo en el Código del Niño, ya aprobado.

n)Velar por la aplicación efectiva de las leyes y reglamentos en materia de empleo;

El Ministerio de la Función Pública y el Trabajo vela por la correcta aplicación de las leyes y reglamentos en materia de empleo. Se han encargado estudios para determinar el nivel de empleo de la mujer. Además, el Ministerio de la Función Pública se ocupa del programa nacional en materia de trabajo decente, cuyos ejes prioritarios reservan un lugar destacado a las mujeres y los jóvenes.

Los ejes prioritarios del programa nacional de Guinea en materia de trabajo decente son:

Intensificación del diálogo social;

Promoción del empleo decente de los jóvenes y las jóvenes de entornos urbanos y rurales mediante el desarrollo de empresas sostenibles;

Consolidación y ampliación de la protección social.

o)Promover los derechos de la mujer en materia de salud reproductiva;

En lo que respecta a la promoción de los derechos de la mujer en materia de salud reproductiva, los derechos se refuerzan a diario mediante campañas de sensibilización organizadas por ONG, la sociedad civil y el Estado. Al día de hoy, en todos los temarios figuran los problemas relacionados con la planificación familiar, el abandono de la ablación, la atención de las fístulas y otras prácticas nocivas para la salud de la madre y el niño.

Además de la ley L/010/AN/ 2000, de 10 de julio de 2000, sobre salud reproductiva, en el Código del Niño figuran disposiciones muy estrictas contra los autores de infracciones en el ámbito de la salud reproductiva.

p)Elaborar y aprobar una ley específica sobre la trata de personas, en particular de mujeres, niñas y niños;

Se dispone de un proyecto de ley específico sobre la trata de personas y otros delitos semejantes que se encuentra en curso de aprobación.

q)Reglamentar la prostitución;

Se están adoptando disposiciones para reglamentar la prostitución mediante un decreto del Presidente de la República, así como órdenes y decisiones de los ministros competentes.

r)Adoptar y aplicar una ley específica sobre las personas con discapacidad, en particular mujeres y niñas;

La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad se ratificó en 2008, y se ha aprobado una ley específica sobre las personas con discapacidad, en particular las mujeres y las niñas.

2.Ámbito político e institucional

a)Adoptar "medidas especiales de carácter temporal" de promoción de las mujeres reservándoles al menos un 30% de los cargos decisorios en los planos internacional, regional y nacional;

La Constitución de 2009 reserva a las mujeres una cuota del 30% de los cargos electivos. En el artículo 129 del Código Electoral se establece una cuota del 30% de mujeres en las listas de candidatos a diputado.

b)Facilitar la participación de la mujer en las actividades de las distintas instancias y dependencias de las organizaciones de su incumbencia;

Las mujeres forman parte de los órganos locales de gestión, y se ha fortalecido su seguridad en todos los niveles.

c)Fortalecer la seguridad de la mujer y la niña en todos los niveles;

Se ha elevado la categoría del Ministerio de Solidaridad Nacional y Promoción de la Mujer y del Niño, que ha pasado a ser Ministerio Estatal, con la creación en su órbita de un ministerio delegado;

Creación de direcciones nacionales como la de promoción de la mujer y el género y la de la familia y el servicio nacional de apoyo a la autopromoción de la mujer, así como de dependencias sobre género con categoría de división en todos los departamentos ministeriales;

Creación del observatorio nacional de lucha contra la violencia de género en calidad de órgano consultivo;

Creación de la institución nacional independiente de derechos humanos;

Creación de un instituto nacional de estadística en el Ministerio de Planificación;

Creación de dos redes de población y género, la red de mujeres (PVVIH), asociación de mujeres (con fístulas) y RENACOT (red nacional de comunicadores tradicionales);

Creación de dependencias sobre género en todos los departamentos ministeriales y en las instituciones de la República;

Existencia de un grupo temático sobre protección en el ámbito del Ministerio de Asuntos Sociales, de Promoción de la Mujer y del Niño;

Existencia del DELP intermedio 2012-2013, en el que se tiene en cuenta el género.

3.Ámbito cultural y educativo

a)Mantener y reforzar los programas de escolarización, retención y rendimiento escolar y universitario de las niñas:

Se tendrán en cuenta las medidas de fortalecimiento de los programas de escolarización, retención y rendimiento escolar y universitario de las niñas, así como el apoyo a la educación y la alfabetización de mujeres.

b)Intensificar la educación y la alfabetización de la mujer:

El Gobierno de Guinea ha creado un departamento encargado de la alfabetización y la promoción de las lenguas nacionales.

c)Fortalecer la actividad de la Cátedra en Género de la Universidad Gamal Abdel Nasser de Conakry:

La Cátedra en Género de la Universidad Gamal Nasser está activa y fortalecida;

Creación del observatorio de los derechos humanos en la Universidad de Sonfonia;

Creación de la coalición nacional "Educación para Todos" armonizando las actividades de la sociedad civil en los sectores educativos;

En todos los programas de educación y en todos los ciclos se da prioridad a las niñas.

4.Ámbito socioeconómico

a)Promover el acceso de la mujer a asignaciones familiares y pensiones de supervivencia cuando los maridos de las mujeres no están empleados:

En el Ministerio de Trabajo y de la Función Pública se están adoptando disposiciones para promover el acceso de la mujer a asignaciones familiares y pensiones de supervivencia.

b)Ampliar el Fondo Nacional de Apoyo a las Actividades Económicas de la Mujer y proceder a una mayor descentralización:

La Presidencia de la República creó un fondo de desarrollo social y solidaridad, provisto de 120.000 millones de francos guineos destinados a prestar apoyo a la capacidad empresarial de la mujer, que se suma al Fondo Nacional de Apoyo a las Actividades Económicas de la Mujer y a los Jóvenes, ya existente.

c)Creación de una red de organizaciones en pro de la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y de un comité directivo:

Existe en la sociedad civil una red que se dedica intensamente a divulgar la resolución 1325 (2000) y otras resoluciones del Consejo de Seguridad, así como la Convención.

En el ejército y los cuerpos paramilitares existen grupos de personas que han asimilado el contenido de la Convención y las resoluciones del Consejo de Seguridad para difundirlo sobre el terreno.

d)Prestar especial atención al artículo 14 de la Convención, relativo a la mujer rural:

Los asuntos de la mujer rural se tienen en cuenta en todos los programas y proyectos de desarrollo de conformidad con el artículo 14 de la Convención. Algunos proyectos de desarrollo se centran exclusivamente en mujeres.

e)Promover la creación y la consolidación de mutuas y cooperativas de mujeres:

Las organizaciones profesionales de agricultura, cuyo desarrollo es rápido, procuran organizar servicios destinados a sus miembros y defienden sus intereses. Existen actualmente en Guinea unas 6.000 organizaciones de este tipo al amparo de la Ley L/2005/O14/AN, por la que se rigen las agrupaciones económicas de carácter cooperativo, las mutuas no financieras y las cooperativas. Algunas organizaciones profesionales de agricultura dinámicas desempeñan un importante papel en el desarrollo de las cadenas de producción, en particular la Federación de campesinos del Fouta Djallon, para la patata, la cebolla y el tomate, la Federación de Organizaciones de Campesinos de Baja Guinea, para la producción de arroz, la Federación Regional de Cultivadores de Palmera y Caucho, la Federación de Cultivadores de Café de Guinea Forestal, todas ellas agrupadas en la Confederación Nacional de Organizaciones de Campesinos de Guinea (CNOP-G), y las organizaciones de ganaderos agrupadas en la Confederación Nacional de Ganaderos de Guinea, así como otras muchas federaciones, uniones no federadas y agrupaciones de productores, al igual que de elaboradores. El grado de madurez y dinamismo y la capacidad de inversión e intervención de las organizaciones profesionales de agricultura es muy diverso. Los principales puntos débiles son i) en ocasiones, falta de transparencia en la gestión de los recursos, lo cual genera falta de confianza entre los responsables y sus miembros; ii) deficiencias en la capacidad de movilización de recursos internos; y iii) número insuficiente de líderes con visión clara de los objetivos de desarrollo de su organización profesional de agricultura.

f)Fomentar la contribución de la mujer, en general, y de la mujer rural y el sector informal, en particular, a los programas de desarrollo económico, social y cultural del país.

Ámbito del desarrollo rural

Fomentar la contribución de la mujer, en general, y de la mujer rural y el sector informal, en particular, equivale a aplicar estrictamente una serie de políticas y programas concebidos en atención a esas preocupaciones; se trata de la política nacional de desarrollo agrícola, la estrategia nacional de lucha contra la pobreza, el Código de las Colectividades Territoriales Descentralizadas, la política nacional en materia de género y el compromiso del país con la consecución de los ODM para 2015.

Efectivamente, la política nacional de desarrollo agrícola, aprobada en 2007 y basada en el desarrollo de las cadenas de producción agrícola y animal, tiene por objeto implantar para 2015 una agricultura predominante familiar, a la vez que intensiva y sostenible, que garantice la soberanía alimentaria.

La política ha definido una estrategia de consolidación de los logros de los proyectos y programas de desarrollo (financiación pública, gestión de los recursos humanos) y fortalecimiento de la capacidad de investigación y asesoramiento agrícola, así como de los sistemas de información;

Además la política prevé un mecanismo de financiación sostenible del sector rural (banco de desarrollo agrícola, ampliación de la red de microfinanciación) para aprovechar las aguas superficiales y rehabilitar las obras hidroagrícolas existentes, mejorar las técnicas posteriores a la cosecha y poner tecnologías agroalimentarias al alcance de los pequeños productores;

Con esta misma política nacional se pretende introducir la mecanización agrícola (tracción animal y motorizada) e invertir en el sector de la industria agroalimentaria fortaleciendo los estudios sobre las cadenas de producción prometedoras (plátanos, mangos, caoba, etc.).

g)Tener en cuenta las necesidades concretas de la mujer en el marco del censo general de la población y el hábitat previsto en 2008:

Están previstas disposiciones para tener en cuenta las necesidades concretas de la mujer en el marco del censo general de la población y el hábitat, programado para 2012.

h)Aumentar apreciablemente el porcentaje del presupuesto nacional para el desarrollo asignado al Ministerio de Asuntos Sociales, de Promoción de la Mujer y del Niño:

Ha aumentado apreciablemente el presupuesto del Ministerio de Asuntos Sociales, de Promoción de la Mujer y del Niño en atención a la prioridad concedida a las mujeres por el Gobierno.

B.Recomendaciones del Comité de Seguimiento

a)A las instituciones de la República:

Ninguna institución de la República ha alcanzado todavía la cuota del 50% en cuanto a la ocupación por mujeres de cargos decisorios; ningún partido político ha alcanzado en sus listas electorales las cuotas previstas. En el nuevo Código Electoral se prevé una cuota del 30% para las listas electorales de todos los partidos políticos.

b)A la sociedad civil de Guinea:

Las preguntas planteadas a la sociedad civil de Guinea por el Comité de Seguimiento de la Convención tienen respuesta en las actividades que la sociedad civil ha llevado a cabo:

Actividades realizadas por la sociedad civil:

Divulgación de los derechos de la mujer;

Formación de dirigentes políticos y religiosos en materia de derechos de la mujer;

Formación de profesionales de la justicia y miembros de las fuerzas de defensa y seguridad en la Convención y en las resoluciones del Consejo de Seguridad 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009) y 1889 (2009);

Creación de centros de atención y asistencia judicial;

Formación del personal de los medios de comunicación en los derechos de la mujer

Creación de múltiples estructuras federadas en forma de coaliciones de ONG para reforzar la protección de los derechos de la mujer (FEGUIREF, RAFEP GUINÉE, CEFE, la Coalición Nacional de Guinea Educación para Todos (CNGEPT), la revitalización de REFAMP, CONAG DCF, REFMAP y las redes religiosas cristianas y musulmanas).

c)A los asociados bilaterales y multilaterales:

Aunque cabe lamentar cierta lentitud en la financiación por los asociados bilaterales y multilaterales de los proyectos, programas y planes sociales en pro de las mujeres y las niñas, podemos decir sin temor a equivocarnos que los asociados han cumplido sus compromisos ante el Estado de Guinea.

La puesta en marcha de todos los proyectos importantes del Ministerio Estatal de Promoción de la Mujer y del Niño o del ministerio delegado ha contado con el apoyo de asociados técnicos y financieros (el UNICEF, el UNFPA y el PNUD), gracias a los cuales han podido aplicarse las recomendaciones del 39º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Se trata, de forma directa, del "proyecto de apoyo a la promoción del género/PNUD", el "proyecto de apoyo al movimiento femenino/UNFPA" y el "proyecto GUI6/GENRE/UNICEF", lainiciativa conjunta de lucha contra la mutilación genital femenina y la ablación, sin olvidar a las otras instituciones del sistema de las Naciones Unidas, como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que vigila atentamente al respeto escrupuloso de los derechos humanos, el ONUSIDA, que lucha contra el sida, la OMS, la FAO, el Banco Mundial, el Banco Africano de Desarrollo, la Organización Internacional de la Francofonía y, resumiendo, el conjunto de asociados, que han respetado sus compromisos.

Estudio nacional sobre la violencia de género, de 2009.

Para la elaboración y divulgación del documento sobre la estrategia nacional de lucha contra la violencia de género, de 2009, se recibió apoyo de asociados técnicos.