68º período de sesiones
23 de octubre a 17 de noviembre de 2017
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
Lista de cuestiones y preguntas relativa a los informes periódicos 8º y 9º combinados de Guatemala
Marco constitucional y legislativo y armonización de la legislación
Faciliten información sobre las medidas adoptadas en el marco de la reforma iniciada en el Estado parte, entre otras cosas, para modificar la Constitución, el sector de la justicia y el Código de Trabajo, a fin de promover y garantizar la igualdad y la no discriminación por motivos de sexo en todas las esferas que abarca la Convención, conforme al indicador 5.1.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y hacer un seguimiento de la situación. Respecto a todos los ámbitos del derecho, en particular el derecho de familia, el derecho penal, el derecho civil y la legislación laboral, indiquen el número de causas en que los jueces han hecho referencia a las disposiciones de la Convención.
Indiquen los mecanismos que utiliza el Estado parte, incluidas la legislación y las políticas públicas destinadas a garantizar la igualdad entre las mujeres y los hombres, para afrontar las formas interrelacionadas de discriminación contra la mujer, prestando especial atención a los grupos de mujeres más vulnerables (véase CEDAW/C/GUA/CO/7, párr. 12). ¿Qué mecanismos existen para supervisar y medir los avances logrados para erradicar el racismo y la discriminación por razón de etnia o género en las instituciones públicas?
Nota: El presente documento se publica únicamente en español, francés e inglés.
Acceso a la justicia y mecanismos jurídicos de denuncia
Proporcionen información sobre los mecanismos y procedimientos a disposición de las mujeres, entre otros los mecanismos de denuncia de casos de discriminación por razón de género, y sobre la accesibilidad, la disponibilidad y la calidad del asesoramiento letrado facilitado a las mujeres en todos los ámbitos del derecho. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para asegurar la prestación de servicios de asesoramiento letrado fuera de las capitales de los departamentos y la pertinencia cultural de esos servicios, en particular en casos de violencia contra la mujer, femicidio y trata de mujeres y niñas (véase ibid.)? Asimismo, proporcionen información actualizada sobre las consecuencias del establecimiento de la Política Institucional para la Defensa Técnico Legal con Enfoque Intercultural, Perspectiva de la Mujer Indígena y Enfoque de Género para el acceso a la justicia, en particular en el caso de las mujeres rurales, indígenas y afrodescendientes (párr. 18).
Las mujeres y la paz y la seguridad
Conforme a lo dispuesto en la recomendación general núm. 30 (2013) del Comité, sobre las mujeres en la prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, proporcionen una evaluación de los 20 años de aplicación de los acuerdos de paz, incluidos los mecanismos de justicia de transición en vigor para impartir justicia y ofrecer reparación a las mujeres, y los principales desafíos pendientes. Indiquen las medidas específicas que se están adoptando para resarcir a las mujeres que fueron víctimas de la violencia sexual durante el conflicto armado interno, en particular las mujeres indígenas y las viudas, teniendo especialmente en cuenta la aplicación del Programa Nacional de Resarcimiento y el cumplimiento de las decisiones pertinentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer
Faciliten información sobre la situación institucional, el mandato y los recursos humanos y financieros actuales de la Secretaría Presidencial de la Mujer, indicando el porcentaje que recibe del presupuesto nacional. Describan las medidas específicas adoptadas para reforzar la Secretaría Presidencial y coordinar políticas y mecanismos a nivel central, regional y local y entre todos los poderes públicos, y entre otras cosas proporcionen información sobre la jerarquía, los presupuestos y las actividades de las unidades de género (párrs. 49 y 50), teniendo en cuenta el indicador 5.C.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Proporcionen información sobre el mandato de las oficinas municipales de la mujer establecidas en virtud del Código Municipal (párr. 9) y sobre la forma en que el Estado parte garantiza que las funciones de las oficinas se correspondan con las prioridades nacionales. Expliquen la manera en que se aplica a nivel municipal la Política Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres y Plan de Equidad de Oportunidades, que abarca el período 2008-2023 (párr. 200). Proporcionen información sobre los mecanismos disponibles para evaluar la ejecución de los planes y los proyectos existentes sobre la vida de las mujeres (párr. 46).
Expliquen los mecanismos de coordinación existentes entre la Secretaría Presidencial de la Mujer y otras entidades que tienen el mandato de proteger y promover los derechos humanos, como la Defensoría de la Mujer Indígena, la Oficina Nacional de la Mujer y la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente, a fin de aplicar la Convención (véase CEDAW/C/GUA/CO/7, párr. 18). Proporcionen información actualizada al Comité sobre la fase de tramitación en que se encuentra la iniciativa de Ley del Ministerio de la Mujer.
Medidas especiales de carácter temporal
Proporcionen información acerca de las medidas tomadas para promulgar leyes específicas sobre la adopción de medidas especiales de carácter temporal, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 1) de la Convención y en la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, sobre las medidas especiales de carácter temporal, a fin de acelerar el logro de la igualdad de hecho con el hombre en ámbitos en que la mujer esté insuficientemente representada o en situación de desventaja (véase ibid., párr. 16).
Estereotipos
Faciliten información sobre la adopción de una estrategia general para eliminar los estereotipos de género relativos a la mujer en la escuela, la familia y la sociedad en su conjunto y, en particular, la discriminación de la mujer basada en su origen étnico (véase ibid., párr. 20).
Violencia de género contra la mujer
Habida cuenta de que el Estado parte facilitó información en 2010 en virtud del procedimiento de seguimiento de las observaciones finales del Comité (CEDAW/C/GUA/CO/7/Add.1), proporcionen información actualizada sobre el funcionamiento de la Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra la Mujer y las actividades realizadas, incluidos los recursos humanos y financieros usados, para fortalecer su labor y la coordinación interinstitucional, en particular para afrontar la violencia contra la mujer y el femicidio y para que su mandato no se solape con el de otros mecanismos conexos creados entre 2012 y 2016. Faciliten información sobre las medidas presupuestarias y de otro tipo adoptadas para reforzar los centros de apoyo integral para mujeres sobrevivientes de violencia y asegurar su disponibilidad en todos los departamentos del Estado parte.
Indiquen las medidas establecidas para prevenir, afrontar y enjuiciar la violencia contra las mujeres en todo el Estado parte y las medidas especiales que se han adoptado para limitar la disponibilidad y el uso de armas de fuego y proteger a las mujeres de las bandas, que son directamente responsables del aumento de la violencia, el femicidio y el desplazamiento interno.
Proporcionen información sobre las medidas adoptadas en respuesta a las preocupaciones y las recomendaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad respecto a la situación de las mujeres y las niñas con discapacidad. Indiquen las medidas que se han adoptado para prevenir y eliminar la violencia, los malos tratos, el abuso, los castigos corporales, el abandono, el internamiento y la esterilización forzada de esas mujeres y niñas (véase CRPD/C/CO/GTM/1, párr. 50).
Trata y explotación de la prostitución
Faciliten información sobre las medidas orientadas a combatir y prevenir la trata y la explotación sexual de las mujeres y las niñas, incluidas las medidas aplicadas mediante la cooperación regional e internacional y las medidas adoptadas contra la impunidad, en particular en casos en que estén implicados funcionarios públicos. Indiquen las consecuencias que ha tenido la aplicación de la política nacional para la prevención y protección y los mecanismos en contra de la explotación sexual de las niñas en el sector de viajes y turismo (párrs. 94 y 95). Expliquen las medidas adoptadas para aumentar el número de centros y mejorar la calidad de los servicios interculturales diseñados específicamente para albergar a mujeres víctimas de la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, como los programas de albergues temporales especializados (párr. 97).
Participación en la vida política y pública
Proporcionen una evaluación de los obstáculos que enfrentan las mujeres, en particular las mujeres rurales, las mujeres indígenas y las mujeres con discapacidad, en relación con su participación en pie de igualdad con los hombres en la vida política y pública. Expliquen las medidas que adoptará el Estado parte para aumentar la participación de las mujeres en la vida política (véase CEDAW/C/GUA/CO/7, párr. 26), habida cuenta de que la modificación de la Ley Electoral y de Partidos Políticos no incluye la paridad, la alternancia de hombres y mujeres en las listas de candidatos a las elecciones que presentan los partidos políticos y los comités cívicos o los principios de la igualdad de género, a pesar de las dos decisiones favorables de la Corte de Constitucionalidad. Incluyan información sobre las medidas, entre otras las medidas especiales de carácter temporal, orientadas a promover el acceso de las mujeres a cargos públicos de alto nivel en los poderes ejecutivo y judicial y en el servicio diplomático.
Indiquen las medidas jurídicas, institucionales y de otro tipo que se han adoptado o está previsto adoptar en un futuro inmediato para proteger a las defensoras de los derechos humanos y las periodistas, en particular a las que defienden a las mujeres indígenas, los derechos sexuales y reproductivos y los derechos territoriales, frente a las amenazas, la intimidación y el acoso y para poner de manifiesto los ataques y delitos de que son víctimas. Proporcionen información sobre el funcionamiento de la División de Protección de Personas y de Seguridad de la Policía Nacional Civil respecto a la protección de los defensores de los derechos humanos y los periodistas, el número de casos que se han recibido y los obstáculos para enjuiciar a los perpetradores.
Educación
Expliquen las medidas adoptadas para asegurar el ingreso y la retención de las niñas, en particular las niñas indígenas y rurales, en la educación oficial e informal a todos los niveles, en particular en los estudios secundarios y postsecundarios. Indiquen los servicios que se ofrecen a las adolescentes embarazadas para que permanezcan en la escuela y puedan reincorporarse al sistema tras el parto. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para promover el acceso de las niñas y las mujeres indígenas a la educación bilingüe utilizando textos y materiales educativos con pertinencia cultural (párr. 160). ¿Qué medidas específicas se han adoptado para garantizar un ambiente propicio a fin de seguir obteniendo buenos resultados en el proceso de alfabetización de la población mayor de 15 años de edad, en particular las mujeres (párr. 143)?
Empleo
Respecto a las recomendaciones anteriores del Comité en materia de empleo (CEDAW/C/GUA/CO/7, párrs. 30 y 32), faciliten más información sobre las medidas orientadas a promover las oportunidades de empleo y generación de ingresos de las mujeres, en particular las mujeres indígenas, las mujeres rurales y las mujeres que viven en la pobreza. Informen al Comité sobre la situación de las mujeres que trabajan en el sector informal, en casas particulares, en el sector agrícola y en las maquilas (párr. 180) y sobre los mecanismos disponibles para inspeccionar las condiciones de trabajo, proteger la salud y la seguridad de las mujeres y garantizar su acceso a medidas de protección social. Indiquen las medidas que se han adoptado para erradicar las peores formas de trabajo infantil (véase CEDAW/C/GUA/CO/7, párr. 32), especialmente en el caso de las niñas, y para aplicar la estrategia nacional conexa (párr. 181). Asimismo, faciliten información sobre si existe alguna regla mínima sobre las trabajadoras domésticas y las medidas adoptadas para proteger a las mujeres frente a las prácticas abusivas y ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (Núm. 189), de la Organización Internacional del Trabajo.
Salud
Proporcionen información sobre los principales resultados del Pacto Hambre Cero y su Plan contra la desnutrición crónica y aguda y la malnutrición, en particular en el caso de las niñas y las mujeres (párrs. 21 y 218 a 221). Incluyan datos estadísticos desglosados por sexo y por edad y faciliten información sobre las medidas específicas adoptadas para garantizar la seguridad alimentaria, en particular de las niñas, las embarazadas, los niños menores de 2 años, las madres lactantes, las mujeres en edad reproductiva, las mujeres con discapacidad y las ancianas.
Proporcionen información actualizada sobre la aplicación de la Política Nacional de Comadronas de los Cuatro Pueblos de Guatemala, que abarca el período 2015-2025 (párr. 195). Asimismo, faciliten información sobre las medidas orientadas a prevenir y reducir los embarazos en la adolescencia, en particular en el caso de las mujeres y las niñas indígenas, teniendo en cuenta las causas fundamentales, y sobre los estudios que se han realizado al respecto. Indiquen las medidas que se han adoptado para garantizar el acceso de las niñas y las mujeres a una educación sexual y reproductiva adecuada a cada edad y a servicios de salud y asesoramiento (véase CEDAW/C/GUA/CO/7, párr. 40).
Indiquen las medidas que se han adoptado para aplicar la recomendación anterior del Comité en materia de salud (véase ibid., párr. 36), en particular para aumentar la cobertura y la accesibilidad de los servicios médicos para las mujeres, especialmente en las zonas rurales y las comunidades indígenas. Indiquen también las medidas que se han adoptado para revisar la legislación que tipifica el aborto como delito, prevenir los abortos en condiciones de riesgo y hacer frente a su repercusión en la salud de las mujeres y la mortalidad materna.
Mujeres rurales
Proporcionen información sobre las medidas específicas orientadas a promover el empoderamiento económico de las mujeres, en particular las mujeres rurales, indígenas y afrodescendientes, y su acceso a la tierra y el crédito (véase ibid., párr. 34). Indiquen las medidas que se han adoptado para reconocer y remunerar a las agricultoras y garantizar sus derechos, teniendo en cuenta la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité, sobre los derechos de las mujeres rurales. Indiquen también en qué consiste el relanzamiento de la Defensoría de la Mujer Indígena (párr. 11) y si las medidas adoptadas por el Ministerio de Economía han facilitado el empoderamiento económico de las mujeres rurales, indígenas y afrodescendientes (párr. 78).
Grupos de mujeres desfavorecidas
Proporcionen información sobre los mecanismos existentes, incluidos los servicios consulares, para proteger y promover los derechos de las mujeres migrantes que son detenidas en el extranjero o deportadas al Estado parte y las medidas adoptadas para promover su reintegración en la sociedad.
Matrimonio y relaciones familiares
Faciliten información sobre las medidas adoptadas para dar a conocer el Decreto núm. 8-2015, que establece que la edad mínima para casarse son los 18 años para hombres y mujeres, con excepciones, a fin de eliminar el matrimonio infantil, y sobre su mecanismo de aplicación. Faciliten también información sobre las medidas adoptadas, incluidas las campañas de sensibilización, para prevenir el matrimonio infantil y forzado, principalmente en las zonas rurales y las comunidades indígenas, en que son frecuentes los matrimonios consuetudinarios no inscritos.