Naciones Unidas

CCPR/C/STP/QPR/1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

22 de septiembre de 2021

Español

Original: inglés

Español francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones previa a la presentación del informe inicial de Santo Tomé y Príncipe *

A.Información general sobre la situación nacional en materiade derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas y acontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

1.Sírvanse informar de las principales novedades significativas que se hayan producido en el marco jurídico e institucional de promoción y protección de los derechos humanos desde la adhesión al Pacto. Indiquen qué procedimientos se han establecido para aplicar los dictámenes del Comité en virtud del Protocolo Facultativo y para dar a conocer el Protocolo Facultativo, en particular entre las personas que consideren que los derechos humanos que les reconoce el Pacto pueden haber sido vulnerados.

2.Informen asimismo sobre las medidas adoptadas para establecer y aplicar políticas de recopilación de datos estadísticos adecuados que sirvan de base a las políticas de protección de los derechos humanos basadas en datos objetivos, en particular en relación con los registros de nacimientos, los incidentes de violencia contra los niños, el descuido de niños y la igualdad de género.

B.Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27del Pacto

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (art. 2)

3.Con referencia al artículo 13 de la Constitución, sírvanse incluir información sobre: a) la medida en que los tribunales nacionales han aplicado las disposiciones del Pacto, incluidos ejemplos de casos en que esas disposiciones se han invocado en procesos judiciales y legislativos nacionales; b) las medidas adoptadas para dar a conocer el Pacto a los jueces, abogados y fiscales; y c) las medidas adoptadas para que todos los niveles de gobierno adopten leyes compatibles con el Pacto y que todos los poderes públicos actúen de conformidad con el Pacto.

4.Faciliten información sobre las medidas concretas que se han adoptado para establecer una institución nacional de derechos humanos independiente que se ocupe de todos los derechos consagrados en el Pacto, incluidos los recursos adecuados a tal fin, como prevén los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

5.Sírvanse explicar de qué manera el artículo 95, párrafo 2 de la Constitución, que otorga inmunidad a los diputados de la Asamblea Nacional por delitos cometidos cuando no ejercen su cargo, es compatible con el Pacto. Faciliten también información sobre los casos en que se concedió o denegó dicha inmunidad.

Medidas de lucha contra la corrupción (arts. 2 y 25)

6.Tengan a bien informar sobre el marco jurídico y regulatorio de lucha contra la corrupción, incluidas las medidas para aplicar efectivamente cualquier legislación vigente en ese ámbito. Faciliten asimismo datos sobre cualesquiera enjuiciamientos y condenas en relación con casos de corrupción, así como información sobre las sanciones impuestas y si se recuperó en alguna medida el producto de esos delitos. Describan también todas las medidas adoptadas para asegurar la gestión transparente de los recursos naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, párrafo 2, del Pacto.

No discriminación e igualdad entre hombres y mujeres(arts. 2, 3, 23, 25 y 26)

7.Con referencia al artículo 15, párrafo 1 de la Constitución, sírvanse informar sobre el marco jurídico de lucha contra la discriminación del Estado parte y aclarar si: a) ofrece una definición clara de la discriminación directa e indirecta y la tipifica como delito; b) contiene una lista completa de motivos de discriminación prohibidos, de conformidad con el Pacto, entre otros, la orientación sexual, la identidad de género y la discapacidad; y c) prevé medidas de recurso judiciales y administrativas eficaces para las víctimas. Incluyan además información estadística sobre las denuncias de discriminación recibidas durante los últimos dos años, junto con una indicación sobre el motivo de la discriminación, la naturaleza de las investigaciones realizadas y su resultado, y sobre la reparación proporcionada a las víctimas.

8.Con referencia al artículo 15, párrafo 2 de la Constitución, informen sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la desigualdad de género, incluida información sobre la legislación vigente específicamente relacionada con la cuestión. Indiquen todas las medidas destinadas a asegurar en la práctica la representación de la mujer en cargos electivos y en la vida política y pública, especialmente en puestos decisorios. Indiquen asimismo cualesquiera otras medidas que se hayan adoptado para aumentar la participación de las mujeres en la vida pública, incluido el sector privado, en particular en puestos directivos.

Estado de emergencia y respuesta a la pandemia de enfermedad porcoronavirus (COVID-19) (arts. 4, 12, 17 y 21)

9.Con referencia a los artículos 19 y 20 de la Constitución, tengan a bien proporcionar información detallada acerca de la medida en que las normas vigentes sobre la declaración del estado de emergencia están en conformidad con el artículo 4 del Pacto y, en particular, indiquen si: a) se protegen expresamente las disposiciones del Pacto que no admiten suspensión durante los estados de emergencia; y b) existen mecanismos de recurso efectivos para cualquier violación del Pacto, incluso durante los estados de emergencia.

10.Con referencia al Decreto Presidencial núm. 3/2020, por el que se declaró el estado de emergencia en relación con la pandemia de COVID-19, y a los decretos posteriores que lo prorrogaron, faciliten información sobre: a) las medidas específicas adoptadas en el contexto de la pandemia de COVID-19 y su impacto en el disfrute de los derechos civiles y políticos; b) la manera en que se supervisa la estricta necesidad y proporcionalidad de las medidas derogatorias; y c) el motivo por el que las medidas adoptadas no se han notificado al Secretario General de las Naciones Unidas, de conformidad con el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Violencia contra las mujeres y los niños, incluida la violencia doméstica(arts. 2, 3, 6, 7, 24 y 26)

11.Sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para luchar eficazmente contra la persistente violencia doméstica y los efectos de dichas medidas. Informen asimismo sobre la aplicación de la Ley contra la Violencia Doméstica (Ley núm. 11/2008) e indiquen si esa legislación es suficiente para hacer frente a todas las formas de violencia contra las mujeres y los niños, proporcionar acceso a la justicia y a medios de protección y apoyo a las víctimas, y castigar a los perpetradores. Indiquen también qué medidas se han adoptado a fin de combatir: a) los arraigados estereotipos de género y la discriminación, que crean obstáculos para la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas; y b) una cultura de impunidad que parece beneficiar a los perpetradores de la violencia contra las mujeres; y faciliten datos sobre el número de investigaciones, enjuiciamientos, condenas o absoluciones, y penas, en los casos de violencia contra las mujeres.

Prácticas nocivas (arts. 2, 3, 6, 7 y 26)

12.Tengan a bien responder a las alegaciones de que la creencia generalizada en la brujería a menudo da lugar a retrasos en el tratamiento y a un empeoramiento innecesario de enfermedades tratables, e informen de cualesquiera medidas adoptadas para erradicar las prácticas y creencias nocivas asociadas a la brujería.

Interrupción voluntaria del embarazo y derechos sexuales yreproductivos (arts. 6 y 7)

13.Sírvanse proporcionar información sobre las actividades realizadas por el Estado parte para promover los derechos sexuales y reproductivos, incluidas las medidas adoptadas con el fin de: a) informar a la población en general sobre métodos anticonceptivos y el acceso a servicios legales de interrupción del embarazo; y b) asegurar la disponibilidad y el acceso a métodos de aborto seguro. Faciliten también información sobre los efectos de las políticas aplicadas en el Estado parte, como el Programa de Educación Sexual Integral (PRO‑ESA-2017-2021); las campañas de sensibilización llevadas a cabo en los colegios y las comunidades sobre el embarazo en la adolescencia, la planificación familiar y la utilización del preservativo; el Plan de Acción para una Planificación Familiar Acelerada (2018-2021); y el Plan Nacional de Salud (2017-2021). Faciliten asimismo información sobre las medidas adoptadas para reducir la mortalidad materna en el Estado parte.

Derecho a la vida (art. 6)

14.En vista de la observación general núm. 36 (2018) del Comité (párr. 62) y de las características geográficas y la ubicación específicas de Santo Tomé y Príncipe, sírvanse informar sobre: a) los esfuerzos desplegados para proteger a las personas en el Estado parte, incluidas las más vulnerables, del impacto negativo del cambio climático y los desastres naturales en el disfrute de sus derechos, también en relación con la gestión de la explotación de los recursos petroleros; y b) las medidas adoptadas a fin de asegurar la participación significativa de toda la población, debidamente informada, en proyectos que puedan contribuir al desarrollo sostenible y fomentar la resiliencia frente al cambio climático.

15.Faciliten información sobre las normas jurídicas que se aplican en el Estado parte respecto del uso adecuado de la fuerza y las armas de fuego por los agentes del orden e indiquen la fuente de esas normas en el derecho interno. Expliquen qué medidas ha adoptado el Estado parte para que esas normas sean respetadas en la práctica por los agentes del orden y el personal de seguridad.

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanoso degradantes (arts. 6 y 7)

16.Tengan a bien proporcionar información sobre el marco legislativo de prevención y lucha contra la tortura, incluidas la definición de tortura y las sanciones previstas en la legislación penal. ¿Qué mecanismos existen para que se investiguen sin demora y de manera exhaustiva e imparcial las denuncias de tortura y malos tratos, en particular cuando los infligen las fuerzas de seguridad en lugares de reclusión? ¿De qué mecanismos se dispone para prevenir y denunciar la tortura y los malos tratos en las prisiones y los centros de reclusión, entre otros lugares? Proporcionen también información sobre el número de investigaciones, enjuiciamientos, condenas o absoluciones y penas impuestas en esos casos, así como sobre la naturaleza de las sanciones impuestas por actos de tortura. Indiquen si el Estado parte tiene intención de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Trato dispensado a las personas privadas de libertad (arts. 6 a 10)

17.Tengan a bien responder a las informaciones sobre las duras condiciones en las prisiones del Estado parte debido a factores como el hacinamiento y la falta de servicios médicos y de saneamiento adecuados. A este respecto: a) proporcionen información sobre la capacidad penitenciaria de los centros de detención, y el número correspondiente de personas detenidas; b) indiquen si las prisiones incluyen secciones para mantener a los menores separados de los adultos, a las mujeres de los hombres y a los detenidos en prisión preventiva de los condenados; y c) indiquen también si el Estado parte utiliza medidas alternativas al encarcelamiento, como la condena condicional en el caso de los delincuentes que no tengan antecedentes penales o que hayan cometido determinados delitos leves, o la libertad bajo fianza o condicional.

18.Sírvanse facilitar información sobre los mecanismos existentes para vigilar las condiciones de reclusión. Aporten asimismo datos sobre el número y el contenido de las quejas señaladas por los reclusos a la atención del Estado parte en los últimos dos años.

19.Indiquen si, en su respuesta a la pandemia de COVID-19, el Estado parte ha tenido en cuenta los riesgos a que están expuestos los reclusos, incluidos los más vulnerables, si ha habido brotes de la enfermedad en el sistema penitenciario u otros lugares de detención y, de ser así, cuál ha sido la respuesta del Gobierno.

20.Informen además sobre las medidas adoptadas para asegurar plazos razonables de prisión preventiva, así como sobre: a) la proporción que representan las personas en prisión preventiva con respecto a la población total de detenidos; y b) la duración media de la prisión preventiva.

Refugiados, solicitantes de asilo y desplazados (arts. 7, 12, 13, 16 y 26)

21.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para desarrollar un marco jurídico relativo a la protección de los refugiados, los migrantes y los solicitantes de asilo, incluidas las medidas para proporcionar salvaguardias adecuadas contra la devolución. Indiquen si el Estado parte tiene previsto evaluar la situación de los apátridas en el país con el fin de identificar posibles grupos que puedan necesitar protección.

Administración de justicia (arts. 2 y 14)

22.Tengan a bien informar sobre el marco legislativo que asegura la independencia, imparcialidad y transparencia del poder judicial, en particular la autonomía del ministerio público y el acceso efectivo al sistema judicial. Faciliten comentarios sobre las informaciones según las cuales el sistema judicial carece de personal suficiente y es ineficaz, y las personas vulnerables suelen hacer frente a dificultades para acceder a la justicia en el Estado parte, incluidas las que viven lejos de cualquier infraestructura judicial.

Libertad de expresión (arts. 19 y 20)

23.Con referencia a los artículos 29 y 30 de la Constitución, sírvanse proporcionar información sobre los marcos jurídicos y regulatorios que rigen el derecho a la libertad de expresión. Con referencia a la Ley núm. 6/2021, indiquen si el Estado parte contempla la posibilidad de despenalizar la difamación y de que no se impongan penas de prisión por difamación, de conformidad con la observación general núm. 34 (2011) del Comité (párr. 47). Sírvanse comentar también las informaciones en el sentido de que los periodistas han sido sometidos a autocensura en los medios de comunicación de propiedad del Gobierno.

24.Faciliten asimismo información sobre los marcos jurídicos que salvaguardan el derecho de los ciudadanos a acceder a la información de las entidades públicas, e indiquen si el Estado parte prevé aprobar una ley general en materia de acceso a la información.

Reunión pacífica y libertad de asociación (arts. 21 y 22)

25.Con referencia a los artículos 34 y 35 de la Constitución, sírvanse proporcionar información sobre las actividades llevadas a cabo en el Estado parte para proteger y promover los derechos de reunión y asociación. Faciliten comentarios sobre las informaciones de que las manifestaciones se prohibieron por un período de 72 horas tras las elecciones de octubre de 2018, y que durante las protestas contra la Iglesia Universal del Reino de Dios, en octubre de 2019, una persona resultó muerta a causa de los disparos de la policía. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto adoptar legislación con el fin de regular la negociación colectiva en el trabajo y las prácticas antisindicales de los empleadores.

Derechos del niño (arts. 23, 24 y 26)

26.Tengan a bien proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proteger a los niños de los abusos, incluidos el castigo corporal, la explotación sexual, el trabajo forzoso y las peores formas de trabajo infantil, y comenten las informaciones según las cuales el Comité Nacional de los Derechos del Niño no dispone de recursos suficientes para cumplir su mandato como órgano estatal encargado de proteger los derechos del niño. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para proteger a los niños huérfanos y abandonados. Sírvanse aclarar también cuál es la edad mínima para contraer matrimonio legalmente, tanto para los varones como para las mujeres, y cuál es la legislación aplicable en la materia.

Participación en los asuntos públicos (arts. 25 y 26)

27.Sírvase proporcionar información sobre las elecciones legislativas realizadas en 2018 y su conformidad con el Pacto. En relación con el artículo 58 de la Constitución, informen sobre qué tipos de incapacidad se considera que justifican una excepción al derecho de sufragio en el Estado parte, y la manera en que esas excepciones se ajustan a lo dispuesto en el Pacto. Comenten las informaciones según las cuales faltan recursos y personal para la aplicación del marco y las leyes electorales, lo que provocó retrasos en las elecciones autonómicas y municipales de la Región Autónoma de Príncipe en 2017. Informen asimismo sobre la manera en que los partidos políticos velan por la amplia representación de los diferentes grupos y qué medidas se están adoptando para asegurar la paridad de género en los órganos públicos electos. A ese respecto, tengan a bien proporcionar estadísticas sobre la representación de las mujeres y los miembros de las minorías en dichos órganos.