Comuna

Hectáreas

Familias beneficiadas

Arenales

2.293,63

48

Río Onzole

10.218,66

276

Río Bogotá

1.416,30

28

La Peñita

319,00

13

Playa de Oro

10.400,00

50

Total

24.697,59

217

58.En cuanto a los recursos para reclamar indemnizaciones en caso de empobrecimiento del medio ambiente de las tierras tradicionales de las poblaciones indígenas y afroecuatorianas, la Constitución política del Estado prevé, en el artículo 84, numeral 5, el derecho a "recibir indemnizaciones por los perjuicios socioambientales" que causen planes y programas de prospección y explotación de recursos no renovables que se hallen en sus tierras. El capítulo 6 de la Constitución señala las garantías y los recursos constitucionales, judiciales y legales para tal efecto. El artículo 43 de la Ley de gestión ambiental establece el procedimiento para la fijación de las indemnizaciones por daños y perjuicios ambientales.

59.En lo que respecta a otra preocupación del Comité, relacionada con los beneficios de las comunidades indígenas y negras en los proyectos de explotación de recursos del subsuelo, sociales y ambientales, dichas poblaciones obtienen mejoramiento de la infraestructura vial, diversificación y mejoramiento de la producción agropecuaria, generación de empleo, mayores ingresos económicos, la consolidación de una iniciativa de autogestión comunitaria, acompañada de un mayor involucramiento en las acciones del Estado.

60.Sin embargo, existen proyectos de explotación petrolera que no habrían sido consultados con las comunidades indígenas, particularmente en el Bloque 23, de la comunidad de Sarayacu, de la provincia de Pastaza, que está siendo explotado por la Compañía General de Combustibles (CGC). A este respecto, el Estado ha cumplido las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante resolución de 6 de julio de 2004, como investigar los hechos que alega la comunidad de Sarayacu y garantizar el derecho de libre circulación de dicha población en la zona de explotación.

Derechos económicos, sociales y culturales de grupos vulnerables

61.A fin de atender la recomendación formulada en el párrafo 13 de las observaciones finales del Comité, el Estado ecuatoriano informa que ha priorizado el uso de sus recursos en beneficio de los grupos considerados vulnerables en cuanto a la discriminación racial, como poblaciones indígenas, afrodescendientes, mujeres y niños, por medio de la implementación del Bono de Desarrollo Humano y de la Agenda Social, entre otros, los cuales buscan erradicar las grandes desigualdades económicas y sociales generadas por el aumento de la pobreza, resultado de las relaciones inequitativas y de las abismales diferencias entre clases sociales que enfrentan los países latinoamericanos en la actualidad, así como por los efectos de factores externos como los ajustes estructurales y el pago de la deuda externa.

62.Dentro de los compromisos del Estado, enmarcados en los objetivos de desarrollo del Milenio, el porcentaje de pobres en extrema pobreza debe reducirse a la mitad. En este sentido, el Estado se ha propuesto como mecanismo para reducir la pobreza proteger y potenciar el capital humano resguardando los activos de los pobres a través de programas e iniciativas de protección social. Dentro de las líneas de acción se encuentran las siguientes.

63. Implantación de la Red de Apoyo Social. Consiste en un conjunto de subvenciones en efectivo y en especie, focalizadas hacia las familias de extrema pobreza, a través del llamado Bono de Desarrollo Humano que contempla la entrega de un subsidio monetario mensual a las familias en situación de pobreza. El programa promueve que las familias cumplan ciertos compromisos en materia de escolarización y salud en los hijos menores de 16 años. En la actualidad el programa tiene una cobertura de 1.140.762 beneficiarios agrupados en madres, personas de la tercera edad y discapacitadas. El presupuesto de este programa es de 160 millones de dólares.

64. Acciones permanentes y programas de salud, educación y nutrición dirigidos a la población más vulnerable:

a) Programa de Alimentación Escolar PAE, cuyo objetivo es entregar un complemento alimenticio a los niños en edad escolar (6 a 15 años) y promover incentivos de asistencia escolar y la no deserción. En la actualidad cubre 1.450.000 niños pobres que asisten a escuelas públicas y cuenta con un presupuesto de 17 millones de dólares.

b) Programa Nacional de Educación Escolar (PRONEPE), educa a niños de 3 a 6 años de sectores rurales y urbanos marginales. Su cobertura es de 35.000 niños y su presupuesto de 115.000 dólares .

c) Redes Amigas, su objetivo es mejorar la calidad de la educación básica rural. De este programa se benefician 2.184 escuelas y tiene un presupuesto de 11 millones de dólares.

d) Programa Nacional de Alimentación y Nutrición (PANN), cuyo objetivo es asegurar la nutrición adecuada de niños menores de 2 años y de las madres embarazadas. En 2003 se beneficiaron 124.807 niños menores de 2 años y 99.788 mujeres embarazadas. Su presupuesto es de 5,7 millones de dólares.

e) Programa ampliado de inmunización (PAI), cuyo objetivo es la vacunación universal contra la polio, el tétanos y el sarampión. En 2003 se administraron 5.264.991 vacunas con un presupuesto de 10 millones de dólares.

f) Programa de maternidad gratuita, su objetivo es el de atender a las madres embarazadas durante el período preparto mediante atención oportuna y gratuita. En 2003 benefició a 1.578.000 personas.

g) Programa Integral de Micronutrientes, cuyo objetivo es disminuir la prevalencia de anemia y falta de yodo y vitamina A en madres embarazadas y niños menores de 1 año. En 2003 se atendió a cerca de 1 millón de niños y 22.532 mujeres embarazadas. Su presupuesto es de 840.000 dólares.

h) Operación Rescate Infantil (ORI), que busca el desarrollo integral de la niñez de 0 a 6 años trabajando en alimentación, salud y desarrollo de destrezas. El programa atiende a 60.000 infantes con un presupuesto de 25 millones de dólares.

i) Aliméntate Ecuador, ex PRADEC, cuyo objetivo es el de apoyar la alimentación de niños de 2 a 5 años, tercera edad y personas discapacitadas. En 2003 el programa asistió a 248.088 niños, 69.291 personas de la tercera edad y 28.729 personas discapacitadas.

65. Acciones permanentes y programas de capacitación y crédito para pequeñas unidades productivas. Acciones y programas de capacitación para el trabajo, modelos innovadores de generación de empleo, de microfinanzas y de desarrollo local:

a)Prolocal, este programa tiene como objetivo reducir la pobreza rural facilitando el acceso a oportunidades de empleo, producción y generación de ingresos. En 2003 el programa benefició a 855.104 personas pobres con un presupuesto total de 3,7 millones de dólares.

b)Crédito productivo solidario, brinda créditos y capacitación para mejorar los ingresos de las familias bajo la línea de pobreza. En 2003 se entregaron 17.500 microcréditos con montos promedios de 353 dólares.

c)Bono de la vivienda, programa que facilita la adquisición, construcción y mejoramiento de viviendas a través de un crédito financiero. En 2003 el programa construyó 37.738 viviendas nuevas y fueron mejoradas 10.448 viviendas.

d)PRODEPINE (Proyecto de Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Negros del Ecuador), cuyo objetivo es el de mejorar las condiciones de vida de la población indígena y afrodescendiente mediante créditos de producción y la construcción de infraestructura productiva. En 2003 se beneficiaron de este programa alrededor de 361.000 familias. El programa cuenta con un presupuesto de 5 millones de dólares.

e)Capacitación laboral, programa de capacitación laboral y de formación profesional del Ministerio de Trabajo. En 2003 se realizaron 3.219 eventos de capacitación contando con 55.295 participantes.

66.Fondos de Inversión Social de Emergencia y de Solidaridad (FISE). Adicionalmente a estas líneas de acción, reflejadas en los diversos proyectos del Gobierno para reducir la pobreza, existen instituciones como el FISE y el Fondo de Solidaridad, que buscan mejorar la calidad y las condiciones de vida de la población más pobre del país, ejecutando obras de infraestructura básica (en áreas de educación, salud, saneamiento y vialidad) o financiando proyectos específicos de inversión social.

67.Concretamente el programa FISE en su tercera etapa es por su naturaleza, enfoque, finalidad y objetivos, un programa de reducción de la pobreza. La nueva propuesta se inscribe además en una visión de desarrollo local.

68.El programa FISE en su tercera etapa con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), atiende a un mínimo de 500 comunidades en las 220 parroquias más pobres del país, seleccionadas a partir de criterios de pobreza, Índice de Insatisfacción de Necesidades Básicas (IINB), y de equilibrio regional. La población beneficiaria asciende a alrededor de 900.000 personas que habitan en estas parroquias.

69.El abanico de proyectos es el siguiente:

-Educación: escuelas de educación básica;

-Salud: puestos, subcentros y centros de salud;

-Agua: pequeñas obras de agua potable;

-Saneamiento: alcantarillado y letrinización;

-Vialidad: pequeñas obras de rehabilitación y mejoramiento de caminos rurales, caminos de herradura, puentes, muros;

-Protección social: guarderías, centros de atención a ancianos y albergues.

Perspectiva de género

70.En relación con el párrafo 15 de las observaciones finales del Comité, relativo a la doble discriminación (entiéndase como discriminación por género y etnia) a la cual se enfrentan muchas mujeres indígenas y negras, cabe realizar un recuento de ciertos hechos y particularidades.

71.En el Ecuador habitan 6.100.000 mujeres de las cuales un poco más de 3 millones viven en la Costa, cerca de 3 millones en la Sierra y más de 250.000 en la Amazonía; aproximadamente el 3% son mujeres negras, el 8% indígenas y más de 1 millón tienen actualmente entre 10 y 18 años. El 52% de las personas que hablan lengua indígena o habitan hogares donde se hablan lenguas nativas tienen sus necesidades básicas insatisfechas, el 75% viven en zonas rurales aunque es vertiginoso el crecimiento de la pobreza en las ciudades.

72.En términos de la actoría social de las mujeres, componente esencial para la gobernabilidad democrática y la participación social y política en igualdad de condiciones, se reconoce el surgimiento de diversas expresiones del movimiento de mujeres compuestas por mujeres indígenas, mujeres jóvenes, mujeres afrodescendientes, mujeres populares, mujeres trabajadoras sexuales, mujeres lesbianas y las vertientes tradicionales a más de la enorme diversidad de organizaciones y expresiones del movimiento a nivel territorial.

73.El Consejo Nacional de las Mujeres (CONAMU) fue creado mediante Decreto ejecutivo Nº 764, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nº 182, de 28 de octubre de 1997. En concordancia con el mandato constitucional (art. 41), el CONAMU tiene como visión transformar la vida de las mujeres ecuatorianas; su misión es construir políticas públicas para la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres y la equidad de género.

74.El Plan de Igualdad de Oportunidades (PIO) 2005-2009, promovido por el CONAMU, está estructurado bajo cuatro ejes de derechos que sistematizan las agendas de las mujeres diversas y el enfoque de derechos que rige el plan.

75.El eje de derechos promoción y protección de los derechos culturales, interculturales, a la educación, calidad de vida y autonomía, recoge la necesidad de incorporar el enfoque de interculturalidad en las políticas públicas y de articularlo a la agenda de las mujeres diversas.

76.La labor de consulta del PIO posicionó con enorme fuerza, además, la necesidad de incluir medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas indígenas, afrodescendientes y campesinas, teniendo en cuenta los imperativos de los derechos humanos y abordando la problemática desde los núcleos etnicoculturales que podrían ser motores de cambios positivos para la vida de las mujeres, adolescentes y niñas al interior de sus comunidades.

77.El Encuentro de Mujeres Indígenas realizado en el marco del proceso de construcción del PIO, que tuvo lugar en marzo de 2004 y contó con la participación de seis pueblos y tres nacionalidades, priorizó el tema de la violencia como uno de los problemas más importantes que retrasan el desarrollo de las mujeres indígenas y su acceso a oportunidades y expresó la necesidad de implementar procesos de capacitación sobre derechos de las mujeres.

78.En el ámbito de la educación se señala la necesidad de tratar los temas de acoso y abuso sexual y embarazo precoz como prioridades; igualmente la importancia de tomar medidas frente a la violencia cultural que se ejerce contra las mujeres indígenas en distintos espacios públicos. Se plantea también la necesidad de ampliar y mejorar los servicios de salud, desde una perspectiva intercultural, para atender a mujeres indígenas víctimas de violencia.

79.El PIO 2005-2009 plantea algunas líneas de política orientadas a garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas, principalmente en temas relacionados con acceso a la justicia, educación, salud y derechos ambientales.

80.En cuanto al acceso a la justicia por parte de las mujeres indígenas, se plantea la necesidad de que el Estado ecuatoriano construya modelos interculturales para la prevención y erradicación de la violencia de género, disminuyendo el alto grado de impunidad de los delitos contra las mujeres diversas. En este sentido se señala la importancia de salvaguardar los principios de los derechos humanos en articulación al derecho consuetudinario y los derechos colectivos, mediante procesos de debate y propuesta coordinados por la institucionalidad responsable de los pueblos y nacionalidades indígenas del país.

81.De igual manera, se propone asegurar modelos de acceso a servicios sociales básicos con énfasis intercultural en aquellos territorios mayoritariamente indígenas o afrodescendientes. En cuanto a la educación, se plantea desarrollar todas las políticas de acción afirmativa que garanticen la permanencia de las niñas y adolescentes de pueblos indígenas y afroecuatorianos en el sistema educativo. Complementariamente, se establece la necesidad de capacitar a las mujeres desde diversas modalidades formativas, integrando la realidad de cada región y promoviendo el acceso de las mujeres de poblaciones indígenas y afrodescendientes. En el marco del Sistema Intercultural Bilingüe, implementado por el Ministerio de Educación, se han atendido, en 19 provincias en el año lectivo 2004/05, a 56.410 mujeres y niñas indígenas, de las cuales 7.580 son mujeres adultas alfabetizadas; 39.550 niñas accedieron a la educación básica; 9.148 adolescentes tienen ya educación media y 123 educación superior.

82.Finalmente en cuanto a los derechos ambientales, se propone impulsar acciones positivas para reducir los impactos ocasionados por los daños ambientales de los sectores energético, minero y agroindustrial, especialmente en regiones con alta presencia de pueblos y nacionalidades indígenas y poblaciones afroecuatorianas.

Pueblo afroecuatoriano

83.El pueblo afroecuatoriano está conformado por núcleos familiares de descendencia africana que forman las comunidades urbanas y rurales, que han mantenido una cultura propia y una historia común, determinada a ser preservada, desarrollada y transmitida a futuras generaciones.

84.El pueblo afroecuatoriano se encuentra ubicado en casi todas las provincias del país. En un principio se asentó en Esmeraldas, Imbabura, Carchi y Loja; posteriormente, en los años sesenta debido a la migración interna, se ha asentado también en las provincias de Guayas, Pichincha, El Oro, Manabí, Sucumbíos y Orellana.

85.En atención al párrafo 9 de las observaciones finales del Comité, se presentan a continuación los datos sistemáticos sobre la composición étnica de los grupos raciales minoritarios en el Ecuador. Según datos del año 2005, proporcionados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, la población afroecuatoriana representa el 5% de la población total, esto es, alrededor de 604.009 personas. Sin embargo, las organizaciones afrodescendientes estiman que esta cifra oscila alrededor de las 900.000 personas. Los datos de ambas fuentes varían, ya que muchas veces existe una falta de aceptación de la propia raza por parte de los encuestados.

86.La mayoría de los afroecuatorianos son urbanos, representan el 68,7%. Según organizaciones afrodescendientes, más de 154.000 afroecuatorianos viven en Guayaquil, asentados a lo largo del Gran Estero del Salado, la zona más marginal de la ciudad. En Quito son cerca de 44.000, mientras que una población menor vive en Esmeraldas, Ibarra, Cuenca, Lago Agrio, Santo Domingo y Machala. Aproximadamente una de cada tres personas afrodescendientes se encuentra asentada en las dos ciudades más grandes del Ecuador, es decir Quito y Guayaquil.

87.Los comportamientos discriminatorios raciales pueden evidenciarse tanto en forma objetiva como subjetiva. La primera se manifiesta en la marginalidad económica, social, cultural y política. La segunda se manifiesta a través de prejuicios, estereotipos y expresiones lingüísticas que desvalorizan la dignidad e igualdad de las personas negras.

88.Es importante mencionar que durante los años noventa las organizaciones de afrodescendientes han concentrado sus demandas en el ejercicio de los derechos económicos, sociales, políticos, territoriales y culturales. En un principio, lograron que la Constitución política de la República, de 1998, les reconociera el carácter de pueblo, bajo el espíritu de lo contemplado en el Convenio Nº 169 de la OIT (1989), y con ello la consagración de 15 derechos colectivos, además de la posibilidad de crear sus asentamientos tradicionales, denominados circunscripciones territoriales afroecuatorianas.

89.En cuanto a la recomendación del Comité, constante en el párrafo 13 de las observaciones finales, a continuación se especifican indicadores que evidencian el goce de los derechos económicos, sociales y culturales de este grupo étnico.

90.Según el VI Censo de 2001 y V de Vivienda, el 73,8% de las personas afrodescendientes tienen sus necesidades básicas insatisfechas.

91.En el campo educativo, según el VI Censo de 2001, la población afroecuatoriana posee las siguientes cifras: analfabetos 1.288; educación primaria 111.324; educación secundaria 53.900; ciclo posbachillerato 1.090, superior 11.162, posgrado 113 personas.

92.El presupuesto que el Estado ecuatoriano ha transferido a la Corporación de Desarrollo Afroecuatoriano, durante el año fiscal 2002, para garantizar el funcionamiento de la misma, asciende al 0,51%, de lo cual se ha ejecutado el 100%; el valor devengado es del 0,57%. Para el año 2006, el presupuesto de la CODAE es de 996.535 dólares. (Fuente: CODAE.)

Áreas de ocupación

93.Aproximadamente 812 personas del pueblo afroecuatoriano se encuentran prestando sus servicios en el poder ejecutivo, legislativo o como personal directivo de la administración pública. Como directores de empresas (públicas o privadas) existen 132 afrodescendientes.

94.La población afroecuatoriana según la fuente del VI Censo cuenta con 412 gerentes de empresas de 5 a 9 empleados, 162 profesionales de las ciencias físicas, químicas, matemáticas y de la ingeniería, 349 profesionales de las ciencias biológicas, medicina y la salud, 2.118 profesionales de la enseñanza, 436 profesionales científicos e intelectuales, 233 técnicos profesionales de nivel medio de las ciencias físicas y químicas, 133 de biología, medicina y salud, 703 maestros e instructores de nivel medio, 446 otros técnicos y profesionales de nivel medio.

95.Existen 3.016 oficinistas, 388 empleados en trato directo con el público, 6.002 trabajadores de los servicios personales y de protección y seguridad, 8.819 modelos, vendedores y demostradores, 15.131 agricultores y trabajadores calificados de explotaciones agropecuarias, 128 trabajadores de agropecuaria y pesqueros de subsistencia, 8.057 oficiales y operadores de las industrias extractivas y de la construcción, 4.984 oficiales y operarios de la metalurgia, la construcción mecánica y afines, 806 mecánicos de precisión, artesanos, operarios de las artes gráficas y afines, 3.391 otros oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas y de otros oficios, 418 operadores de instalaciones fijas y afines, 1.352 operadores de máquinas y montadores, 3.377 conductores de vehículos y operadores de equipos pesados móviles, 19.833 trabajadores no calificados de ventas y servicios, 11.657 peones agropecuarios, pesqueros, forestales y afines, 9.737 personas de las cuales se ignora sus ocupaciones y 1.041 trabajadores nuevos.

96.En la policía nacional existen 876 afrodescendientes de los cuales 845 son hombres y 31 mujeres, sus rangos son los siguientes: en hombres 2 suboficiales primero, 10 suboficiales segundo, 23 sargentos primero, 22 sargentos segundo, 26 cabos primero, 172 cabos segundo y 590 policías, mientras que en las mujeres existen 1 sargenta primera, 3 sargentas segunda, 1 cabo primero, 6 cabos segundo y 20 policías.

Derecho a participar en elecciones

97.La participación políticade este sector poblacional ha ido incrementándose en los últimos cuatro años. En el año 2000, del total nacional, el 2,15% fueron candidaturas de población afroecuatoriana, según el Tribunal Supremo Electoral. Mientras que en las elecciones del 20 de octubre de 2002, del total nacional de candidatos a las elecciones, el 8% de afroecuatorianos se presentó en la Costa, 1,5% en la Sierra y 0,5% en la región amazónica. De estos porcentajes solamente el 0,25% de población afroecuatoriana fue electa a nivel nacional.

98.En cuanto a representación de ministros, subsecretarios y directores provinciales en el año 2002 fue del 0,5% y en el año 2003 del 0,15%.

99.Es importante mencionar que existen todavía en el lenguaje común e inclusive en algunos medios de comunicación alusiones racistas, ya sea por la utilización de términos discriminatorios frente a estos grupos vulnerables o en contextos que tienden a esteriotipar dentro de un contexto negativo y despectivo tanto a la etnia afrodescendiente como a los indígenas.

100.Sin embargo, como ya se dijo antes, el Estado, siguiendo los mandatos de la Declaración y Programa de Acción de Durban, se ha encargado de educar a la población por medio de la implementación de campañas como el Plan Nacional de Derechos Humanos del Ecuador, para de esa forma erradicar cualquier práctica o forma de discriminación racial.

Comunidades y pueblos indígenas del Ecuador

101.En el Ecuador, según el último censo poblacional realizado en noviembre de 2001, los pueblos indígenas representaban el 6,8% del total de la población ecuatoriana, esto es, 830.418 indígenas, de los cuales 404.748 son hombres y 425.670 mujeres. De esta población, 149.832 personas habitaban el área urbana y 680.586 el área rural. Sin embargo, según datos del CODENPE, obtenidos de un estudio realizado a nivel nacional por el proyecto PRODEPINE, hasta el año 2005 la población indígena, distribuida en 13 nacionalidades y 27 pueblos, estaría estimada en 1.214.308 personas, esto es, alrededor del 10% de la población total del país.

102.Al igual que sucede con los afrodescendientes, los datos de ambas fuentes varían, ya que muchas veces existe una falta de aceptación de la propia raza por parte de los encuestados y también porque el censo tomó únicamente como referencia el idioma como parámetro de identificación étnica, lo que dejó a un lado a personas que se consideran indígenas pero que ya no hablan el idioma ancestral.

103.La Constitución política reconoce a las poblaciones indígenas en su calidad de pueblos ancestrales, autodefinidos como nacionalidades. A continuación se definen algunos términos vinculados con dichas poblaciones, según datos proporcionados por el CODENPE.

Nacionalidades indígenas

104.Son pueblos milenarios, anteriores a la conformación del Estado, ancestralmente asentados en un territorio definido, que cuentan con un idioma y con una identidad cultural propia y distintiva a la del resto de la sociedad. Se rigen por sus propias instituciones, autoridades y su derecho propio y consuetudinario.

105.Una nacionalidad está constituida por varios pueblos, centros u organizaciones diversos entre sí pero con características esenciales comunes a la vez.

Pueblos indígenas

106.Son entidades históricas conformadas por comunidades ancestrales o centros con entidades culturales e históricas comunes, asentadas en un territorio determinado, poseen un idioma común pero con diferentes dialectos. Se rigen por sus propias instituciones, autoridades, derecho propio o consuetudinario, organización social, económica, cultural y política. Los pueblos indígenas son parte de una nacionalidad, según lo descrito en el párrafo anterior.

Comunidades indígenas

107.Son entidades territoriales que constituyen la base de los pueblos, formadas por un conjunto de familias o de parentescos familiares que habitan en un territorio o tierra comunitaria determinada. Al igual que los pueblos y las nacionalidades, las comunidades indígenas cuentan con un idioma e historia en común, su modo de vida se basa en una práctica colectiva de reciprocidad y solidaridad. Sus tierras comunitarias están exentas del pago de impuestos prediales. Además estas tierras son inembargables, indivisibles e imprescriptibles.

108.En atención al párrafo 14 de las observaciones finales del Comité, de acuerdo con el censo de 2001, la población indígena en el Ecuador tiene el siguiente nivel de instrucción: 359.909 han cursado la primaria, mientras que 66.014 son de secundaria, 66.547 de la educación básica, 4.656 de educación media, 1.785 están cursando el ciclo de posbachillerato, 10.196 en instrucción superior, 174 son de posgrado y 45.137 se ignora su instrucción.

109.A pesar de que los pueblos indígenas generalmente se ocupan de la agricultura, en la actualidad se los puede encontrar en otras ocupaciones públicas o privadas tales como: funcionarios del poder ejecutivo, legislativo y directivos de la administración pública (148 personas), miembros de las fuerzas armadas (890 personas), directores y gerentes de empresas (957 personas).Los pueblos indígenas cuentan con profesionales en las siguientes ramas: 149 personas en las ciencias físicas, químicas, matemáticas e ingeniería; 213 profesionales de las ciencias biológicas, medicina y la salud; 2.062 profesionales de la enseñanza y 392 profesionales en distintas ramas intelectuales.

110.La población indígena ocupada en trabajos no calificados se desagrega así: ventas y servicios 31.728 personas; 89.713 peones de agropecuaria y 8.973 peones de minería, construcción, industria manufacturera y transporte, mientras que 998 se desconoce su ocupación. Dentro de los miembros de la policía nacional, los pueblos indígenas cuentan 121 efectivos, distribuidos por grados y género de la siguiente manera: sargentos segundo 3 hombres y ninguna mujer, policías 7 mujeres y 111 hombres.

111.En atención al párrafo 19 de las observaciones finales del Comité, el Estado informa sobre el funcionamiento del sistema judicial indígena.

112.El artículo 191, de la Constitución política de la República faculta a las autoridades de los pueblos indígenas el ejercicio de funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la solución de conflictos internos, de conformidad con sus costumbres o derecho consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitución y a las leyes, es decir que no violen los derechos humanos fundamentales de las personas. La Constitución señala, además, que la ley hará compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial ordinario. Esta facultad no significa que la justicia indígena prevalezca sobre la ordinaria, sino que existe la posibilidad, de que habiendo sido aplicada la primera, ya no se aplique la segunda y viceversa.

113.Los pueblos indígenas han presentado al Congreso Nacional un proyecto de ley para lograr la compatibilización de la justicia indígena con la justicia ordinaria, que tiende a evitar violaciones a la integridad física de los infractores, debido a ciertas penas que tradicionalmente suelen imponerse en el ámbito indígena, estableciendo con claridad el alcance de la justicia indígena que busca la plena rehabilitación del infractor y su reinserción en la comunidad; la legitimidad de la autoridad indígena y la obligatoriedad de sus decisiones; la capacitación en derechos humanos de las comunidades indígenas, entre los temas más importantes.

114.El proyecto de ley prevé también que los conflictos de competencia entre la autoridad judicial indígena y la autoridad judicial ordinaria serán resueltos por el Tribunal Constitucional. De igual manera, el Tribunal resolverá las demandas de personas no indígenas por violación de los derechos fundamentales por parte de la autoridad indígena.

115.Hace pocos años (2003), se instauró el sistema de mediación indígena, como un mecanismo rápido y eficaz y respetuoso de las garantías constitucionales, para solucionar los problemas judiciales que se presentan en las comunidades. Para el efecto, hasta el año 2004, se ejecutó un proyecto de formación de mediadores comunitarios, en el marco del PRODEPINE. Como resultado del proyecto, se formaron 25 mediadores comunitarios que trabajan en 43 comunidades indígenas, en base a la Ley de mediación vigente.

116.En lo que respecta al acceso de las poblaciones indígenas a programas de los medios de comunicación en su propio idioma, cabe señalar que la Red Corporación Radial de los Pueblos del Ecuador (CORAPE), que tiene su sede en Riobamba, coordina la red nacional de radios comunitarias indígenas y negras. Emite programas a nivel nacional en los idiomas ancestrales, particularmente quichuay shuar y en ella trabajan operadores de radio, periodistas y comunicadores que proceden de estos pueblos.

117.Hasta el año 2002, existían diez emisoras radiales indígenas, una por cada provincia en la que existe un buen número de dicha población. Se utiliza también la radio para la educación bilingüe intercultural y para la educación de adultos, dirigida particularmente a la alfabetización. Adicionalmente, en el marco del Plan Nacional de Derechos Humanos del Ecuador, se han realizado campañas televisivas (2000) y radiales (2001 hasta la presente fecha), de cuñas sobre derechos de los pueblos indígenas en las lenguas quichua y shuar. También el Ministerio de Relaciones Exteriores logró la publicación de la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos en las mismas lenguas, en 2004.

118.El CODENPE ejecuta también proyectos de comunicación manejados directamente por indígenas de la Sierra y la Amazonía.

119.En cuanto al Sistema de Educación Intercultural Bilingüe, hasta 1998, existían 4.010 profesores que trabajaban en el sistema, que pertenecen a 10 nacionalidades indígenas y laboran en 16 provincias. En las nacionalidades quichuas, hispanos y shuar, los docentes imparten en español y en las lenguas ancestrales. En cambio, en las nacionalidades chachi, achuar, awa, tsachila, huaorani y siona-secoya, la educación se imparte en su propia lengua ancestral.

120.Hasta el año 2006, existen 1.983 escuelas bilingües, en la Amazonía, Sierra y Costa; 165 colegios bilingües de nivel medio en las mismas regiones y 6 institutos de formación de maestros bilingües (5 fiscales y 1 particular).

Pueblo rom

121.El pueblo rom habita el Ecuador desde la época de la colonia, llevando una trayectoria itinerante en todo el territorio, en particular en las provincias de Carchi, Imbabura, Cotopaxi, Pichincha, Tungurahua, Chimborazo, El Oro, Manabí y El Guayas. Se calcula que su población asciende a 1.000 personas.

122.La itinerancia de este pueblo no le facilita acceder a los proyectos de desarrollo, salud, educación, economía y vivienda. Los niños y niñas hablan una lengua diferente del español.

123.Por prejuicios sociales y raciales, se los cataloga como gitanos y no como ecuatorianos. Por ello, sufren discriminación laboral, en cuanto no se les paga los honorarios establecidos por la ley y en relación al derecho a la vivienda les es difícil acceder a la compra o alquiler de un lugar fijo para establecerse, por su condición de itinerantes.

124.Como un primer paso para lograr el reconocimiento de este pueblo, el Estado ecuatoriano le otorgó a través del Ministerio de Bienestar Social personería jurídica en el mes de abril de 2001, mediante Acuerdo ministerial Nº 2467, en cumplimiento a lo que dispone la Constitución política de la República en su artículo 23, numeral 19, que garantiza el derecho a la libre asociación con fines pacíficos. Con ello se le reconoce como una asociación de primer grado.

125.El Convenio Nº 169 de la OIT reconoce derechos a los pueblos indígenas y tribales. Al ser parte de dicho Convenio, el Estado reconoce al pueblo rom como una minoría étnica y, por lo tanto, cuenta con la misma posibilidad de exigir el cumplimiento de sus derechos al igual que el resto de habitantes de la sociedad ecuatoriana.

126.El nomadismo estructural de los rom les ha convertido en un pueblo con proyección transnacional y su consecuente ausencia territorial, vista desde la perspectiva de la mayoría de la sociedad, impide que sean sujetos a los derechos estipulados en los convenios internacionales.

MEDIDAS LEGISLATIVAS, JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LOS ARTÍCULOS 2 A 7 DE LA CONVENCIÓN

Artículo 2

Medidas constitucionales

127.Como principio fundamental, la Constitución política vigente reconoce la igualdad de todas las personas ante la ley y declara que gozan de los mismos derechos y libertades que la Carta Suprema garantiza.

128.Adicionalmente, la Constitución política del Ecuador reconoce y garantiza los derechos colectivos de los pueblos indígenas, especialmente el derecho a desarrollar sus propias formas de organización, convivencia social y ejercicio de autoridad, con lo que se reconoce constitucionalmente la posibilidad con la que cuentan los pueblos indígenas de mantener en concordancia con sus raíces ancestrales sus propias formas organizativas, a establecer normas, procedimientos y sanciones para aquellos que ocasionen conflictos al interior de sus pueblos o comunidades. Asimismo, reconoce la capacidad de designar o nombrar autoridades de conformidad con su costumbre o práctica, es decir a su derecho propio o consuetudinario.

Medidas legislativas

129.Los pueblos indígenas y afroecuatorianos han sido incluidos en los códigos y leyes secundarias, que fueron sujetos a reformas en unos casos y nuevos cuerpos legales en otros, para atender y garantizar sus aspiraciones. Así tenemos: Ley de educación y cultura, Ley de carrera docente y escalafón del magisterio nacional, Código de la Salud, Ley de comunas, Ley de minería, Ley de propiedad intelectual y Ley de gestión ambiental.

130.Tanto la población afroecuatoriana como la indígena han presentado proyectos de leyes específicas que buscan garantizar el cumplimiento de los derechos expresados en el capítulo V de la Constitución de la República del Ecuador, así: proyecto de ley de los derechos colectivos del pueblo negro o afroecuatoriano; proyecto de ley de circunscripciones territoriales del pueblo negro; proyecto de ley de los derechos colectivos del pueblo afroecuatoriano y proyecto de ley para la compatibilización del ejercicio de las funciones del sistema de justicia indígena con las del sistema judicial ordinario.

131.A fin de concienciar sobre el alcance de la justicia indígena, el CODENPE ha impulsado varios eventos académicos, debates, foros, talleres, seminarios, sobre los derechos de los pueblos indígenas y sobre la pluralidad indígena en el Ecuador.

132.Hasta lograr la expedición de la ley secundaria que permita el ejercicio pleno de la justicia indígena, los pueblos indígenas ejercen su derecho de solucionar conflictos internos según sus propias normas y costumbres, es decir, de acuerdo con su derecho consuetudinario, consagrado en el artículo 191 de la Constitución, así como a través de la mediación indígena, según se explicó en párrafos anteriores.

Otras medidas

133.La Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe (DINEIB), que funciona desde 1988 en el Ministerio de Educación y Cultura, es el organismo técnico, administrativo y financiero descentralizado, encargado de planificar, ejecutar, administrar y evaluar el sistema de la educación bilingüe en cada una de las nacionalidades y pueblos indígenas del país.

134.A través del Modelo del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe (MOSEIB), implementado por el Ministerio de Educación y Cultura, mediante Acuerdo ministerial Nº 0112, de 31 de agosto de 1993, las poblaciones indígenas y nacionalidades cuentan con su propio sistema educativo oficial.

135.El gobierno del ex Presidente Lucio Gutiérrez nombró en su gabinete de ministros, por primera vez a una mujer indígena como Ministra de Relaciones Exteriores, así como a un indígena para dirigir los destinos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y a más de 300 puestos a favor de los pueblos indígenas, producto de una alianza programática entre el partido de gobierno y el Movimiento Pluricultural Pachakutic. Sin embargo, esta alianza duró únicamente seis meses. De igual manera, el gobierno del ex Presidente Gustavo Noboa Bejarano nombró en su gabinete de ministros en 2002 a Luis Maldonado (indígena) como Ministro de Bienestar Social.

136.La población afroecuatoriana contó con dos representaciones internacionales: una en la República de Venezuela y otra en la Misión del Ecuador ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

137.Hay resultados muy concretos con relación a las mesas de concertación que se refieren a problemáticas en la frontera norte. El Gobierno estableció el compromiso de que en todas las acciones que se ejecuten en la frontera norte se garantizará el desarrollo de los derechos humanos y se priorizará la seguridad de los pobladores del mencionado sector.

Artículo 3

138.El Estado ecuatoriano está empeñado en desterrar de su territorio las prácticas de discriminación racial, lo cual ha sido ratificado en cada una de sus intervenciones internacionales condenando todas las manifestaciones de segregación racial.

Artículo 4

Medidas constitucionales

139.Como se dijo en párrafos anteriores, el Ecuador, como Estado Parte en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, ha tipificado como delito toda manifestación que busque propagar ideas que atenten al principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley, que promuevan la superioridad racial, independientemente de donde éstas provengan, ya sea de personas naturales o jurídicas u otras organizaciones. Dichas manifestaciones son declaradas ilegales y sus actividades también lo son, y quienes participen en ellas o promuevan actividades en tal sentido serán sancionados penalmente.

140.Si estos actos considerados por la ley penal como delitos fueren promovidos e incitados por autoridades o instituciones nacionales, regionales o locales, los responsables serían destituidos y perderían por lo tanto sus derechos políticos. Y si estos actos fueren promovidos por funcionarios o empleados, se aplicarían las normas especiales previstas en la Constitución política para el caso de violación de garantías constitucionales.

141.Con estas medidas de carácter legal y constitucional, el Estado ecuatoriano procura dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 4 de la Convención. Sin embargo, esta normativa no es suficiente para comportamientos discriminatorios y prejuicios raciales que no se exteriorizan fácilmente o en los que no existe posibilidad de ser probados. Para ello, continúa con un proceso educativo dirigido a la no discriminación y a la tolerancia.

Artículo 5

Medidas constitucionales

142.La Constitución política del Ecuador reconoce todos los derechos enunciados en el artículo 5 de la Convención, declarando a todas las personas iguales ante la ley, garantizándoles el debido proceso, con el cual ninguna persona podrá ser juzgada por un acto u omisión que no esté debidamente tipificado como delito. Toda persona tiene derecho a conocer las razones específicas de su detención y el nombre de la autoridad que ordenó la misma, a no ser interrogado ni por motivos de investigación sin la presencia y asistencia de un abogado defensor. Para lograr la celeridad y eficiencia en la administración de justicia se ha creado el sistema oral.

143.La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 191 reconoce a las autoridades de las poblaciones y nacionalidades indígenas, como parte de la igualdad de justicia para todos, el derecho de administrar justicia dentro de sus pueblos y circunscripciones territoriales, aplicando el sistema jurídico de cada pueblo o nacionalidad, siempre y cuando éstos no atenten bajo ningún concepto los derechos humanos individuales.

144.En lo que respecta a los derechos políticos, todos los ecuatorianos son reconocidos como ciudadanos y, como tales, gozan de todos los derechos establecidos en la Constitución. Los ciudadanos que hayan cumplido los 18 años pueden elegir y ser elegidos para cualquier cargo de elección popular.

145.La elección del cónyuge y el matrimonio en el país son libres. El matrimonio se funda en el libre consentimiento de los contrayentes y en igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal. De igual forma de acuerdo con el artículo 38 de la Constitución vigente "la unión estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, inclusive en lo relativo a la presunción legal de paternidad, y a la sociedad conyugal".

146.En algunos pueblos indígenas todavía se mantiene la costumbre de que la elección de la mujer (novia) la realizan los padres o abuelos y no el hombre (novio). El pueblo afroecuatoriano en este tema se ajusta a lo establecido por las leyes nacionales en todos los casos.

Artículo 6

147.La Corte Suprema de Justicia, las Cortes Superiores de Justicia y sus tribunales han reportado que hasta la presente fecha no se ha registrado ningún caso concreto relacionado con hechos punibles de discriminación racial contra personas del pueblo afroecuatoriano y/o indígenas en particular, o que éstos hayan sido denunciados, conforme lo prescribe el Código Penal.

Artículo 7

148.El Estado ecuatoriano durante los últimos cinco años de su vida republicana ha generado una serie de mecanismos que conllevan incluir en todos sus programas educativos los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. El hecho de que en el país existen diversos pueblos con sus propias culturas (idioma, vestido, formas de vida, organización social, autoridades, etc.) explica su principal objetivo de promover la comprensión, la tolerancia y la amistad entre los distintos pueblos o etnias existentes, con miras a establecer una sociedad intercultural, tal como lo expresa en su Constitución política y demás cuerpos legales del sistema jurídico nacional.

149.El Plan Nacional de Derechos Humanos, adoptado en 1998, tiene como sus principales metas la creación de una cultura de tolerancia, de no discriminación, de pluralismo y de comprensión entre todos los habitantes del país, a través de la educación en derechos humanos, de la formación en valores y de la difusión de los instrumentos internacionales de derechos humanos de los cuales el Ecuador es Estado Parte.

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