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Introducción

3

Primera Parte

Características generales

4

Medidas jurídicas y de otra índole implementadas para la aplicación de la Convención

6

Actividades de organizaciones no gubernamentales

7

Mecanismo nacional para la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres

8

Política Nacional de la Mujer

8

Segunda Parte. Informe por artículos

Artículos 2, 3, y 4. Políticas, medidas y leyes adecuadas contra la discriminación de la mujer

10

Artículo 5. Modificación de los patrones sociales y culturales

11

Artículo 6. Supresión de la explotación de la mujer

14

Artículo 7. Participación de las mujeres en la vida política y pública

15

Artículo 8. Representación internacional

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Artículo 9. Nacionalidad

20

Artículo 11. Igualdad de derechos en materia de empleo y trabajo

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Artículo 12. Igualdad en el acceso a servicios de salud

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Artículo 13. Participación en la vida económica y social sin discriminación

28

Artículo 14. Derechos de las mujeres en el área rural

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Artículos 15 y 16. Derechos civiles, matrimonio y familia

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INTRODUCCION

El Gobierno de El Salvador como Estado Parte en la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la cual ratificó en 1981 y en cumplimiento de las obligaciones adquiridas a fin de lograr la eliminación de la discriminación en todas sus formas y manifestaciones, presenta ante el Secretario General de las Naciones Unidas el Quinto Informe que comprende el período de 1995 a 1998.

Este Informe comprende un resumen de las medidas adoptadas en el ámbito constitucional, legislativo y administrativo con el objetivo de ir modificando el papel tradicional del hombre y la mujer en la sociedad.

Desarrolla un marco general en el cual se pone de manifiesto aspectos sociales, económicos, políticos, de la realidad nacional en lo que respecta a la posición de las mujeres.

Los Artículos han sido comentados ampliamente, incorporando acciones realizadas o medidas tomadas para promover el desarrollo de la mujer, con el objetivo de garantizarle el ejercicio y goce de sus derechos humanos.

Un aspecto principal del Informe es la implementación de la Política Nacional de la Mujer, y la utilización de estrategias orientadas a que sea asumida por los entes ejecutores, lo que contribuiría a la institucionalización de la perspectiva de género en el ejercicio de todo su trabajo. Se pone de manifiesto el esfuerzo realizado por el ente rector de la Política, encaminado a la promoción de iniciativas para generar cambios en el accionar de las diferentes instituciones del Estado en su aplicación, orientada a mejorar la condición y elevar la posición de las mujeres salvadoreñas, logrando que su participación en el desarrollo nacional tenga lugar con igualdad de oportunidades respecto a los hombres y promoviendo la corresponsabilidad entre los géneros.

PRIMERA PARTE

I.Características generales

La población y las estadísticas demográficas

En 1995, El Salvador tenía una población de aproximadamente 5 millones 669 mil habitantes, de los cuales 2 millones 892.3 eran mujeres, constituyendo el % de la población total.

El Salvador crecería a razón de 121 mil personas por año entre 1995 y el año 2000, con una tasa de crecimiento de 2.1 %, de tal manera que el país llegaría a tener 6 millones 276 mil habitantes para el año 2000.

El 43.3 % de la población residía en el área rural, siendo el índice de masculinidad de 101% y la dad mediana de 17 años. Sin embargo, en el área urbana predomina la población femenina, siendo el índice de masculinidad de 92 % y la edad mediana de 21 años.

En el quinquenio 1995-2000 la tasa de fecundidad se situaría en 3.2 hijas/os por mujer, continuando el descenso en los siguientes años, proyectándose que hacia el quinquenio 2020- 2025 sería de 2.2 hijas/os por mujer.

La esperanza de vida al nacer fue en 1995 de 67.3 en los hombres y de 74,2 en las mujeres del área urbana y en el área rural de 60.2 en los hombres y 68.0 en las mujeres.

La mortalidad infantil fue de 38 varones y 33 mujeres por mil nacidos vivos en el área urbana y 50 varones y 40 mujeres en el área rural.

Ser estima que en el quinquenio 1990- 1995 la población rural experimentó una tasa neta de migración de 13 por mil, es decir que en ese período salieron 153 mil personas, de las cuales el 55 % lo constituyen hombres de edades entre los 15 y 30 años.

Educación

En 1995 el 20.8 % de la población era analfabeta, habiendo descendido la tasa de analfabetismo al 16.5 % en 1998.

En el área urbana el grado de analfabetismo de las mujeres es casi el doble que el de los hombres, sin embargo en el área rural fue menos desfavorable ya que el grado de analfabetismo era de un 20 % más que el de los hombres.

En el rango de edad de 5 a 14 años la tasa de asistencia de niñas fue de 90%

En el nivel primario y secundario, para los años 1996 y 1997; para los niños la tendencia es regresiva del 89 % en 1996 al 87 % en 1997, para los mismos rangos de edad.

En el rango de edad de 15 a 19 años, la tendencia es progresiva en la tasa de asistencia para las mujeres, representando un 30 % en 1996 y un 32 % en 1997, sin embargo los varones las superan en un 1 % para el primer año y un 2 % para el siguiente.

El presupuesto asignado para esta área ha experimentado cambios, significando en 1997 el 2.4 % del PIB. Se ha dotado a las escuelas de un BONO DE CALIDAD EDUCATIVA que consiste en una transferencia de fondos que realiza el Ministerio de Educación con la finalidad de mejorar la calidad de la educación.

El nivel educativo tiene incidencia en la inserción laboral, reportando la Encuesta de Hogares Múltiples de 1997 que las mujeres que trabajan remuneradamente presentan mayor nivel educativo que los hombres, siendo el 29 % de las mujeres y el 23 % de los hombres con diez años de escolaridad. Así mismo repercute en los ingresos que se perciben, teniendo las personas con más bajo nivel educativo un promedio de $ 105.00 mensuales y las personas con 13 o más años aprobados percibían hasta un promedio mensual de $ 505.00.

El Ministerio de Educación, MINED, ha logrado ampliar la cobertura a un mayor número de mujeres, especialmente en el área rural, a través de la intensificación del Programa Educación con Participación de la Comunidad, EDUCO y de Alfabetización de Personas Adultas. Se reporta una tasa de 11.96 % de mujeres y 7.86 % de hombres, respecto al total de la población.

Empleo

Para 1995 la población económicamente activa femenina se estimaba en 792,729 equivalente al 34 % de la PEA total, de la cual 746,100 son mujeres ocupadas y 46,629 desocupadas.

El 29 % de las mujeres ocupadas logra insertarse en el mercado de trabajo formal, el restante 71 % de la PEA ocupada se ubica en el sector informal como ocupadas plenas ( 46 %) o como sub-empleadas (25 %)

El salario promedio representa el 69.1 % del salario de un hombre. Esto puede apreciarse en el sector de actividad económica, grupos ocupacionales o sector institucional en el que se labora.

El salario de las mujeres en algunas ramas aparece mayor que el de los hombres, por ejemplo en la rama de la construcción, en donde para 1995 representó el 268.2 %, sin embargo es reducido el número de mujeres que trabajan como obreras, ocupando cargos administrativos y/ o profesionales.

En lo que respecta al sector público y privado, la participación total de la PEA en lo público era de 146,388 personas mientras que en lo privado era de 975,363.

El salario de las mujeres era el 91.0 % del sueldo de los hombres en el sector público y en el sector privado el 58,6 %. Se pone de manifiesto que las mujeres desempeñan actividades feminizadas, tales como mecanógrafas y profesoras de parvularia, servicio doméstico, que no son las mejores pagadas dentro de las correspondientes categorías.

En cuanto a las horas semanales de trabajo, existe una situación de desigualdad. Al nivel de la zona metropolitana de la capital, se reporta que tanto en los sectores de la industria, comercio, construcción y servicios, las mujeres trabajan en promedio al menos, una hora más que los hombres.

La participación de mujeres en Sindicatos es extremadamente baja, solamente el 1.9 % de la PEA femenina está organizada, frente al 9.0 % de la PEA masculina.

II.Medidas jurídicas y de otra índole implementadas para la aplicación de la Convención

En 1995 se concreta el Proyecto de la reforma del Sistema Nacional de Educación, con un enfoque de género, avanzando en la revisión de textos escolares.

Mediante Decreto Legislativo No. 1030 de fecha veintiséis de abril de mil novecientos noventa y siete se aprobó el Código Penal, el cual entró en vigencia en abril de mil novecientos noventa y ocho. Contempla disposiciones como el ACOSO SEXUAL que está regulado en el artículo 165 que dice “El que realice conductas sexuales indeseadas por quien las recibe, que implique tocamiento u otras conductas inequívocas de naturaleza sexual será sancionado con prisión de seis meses a un año.

El acoso sexual realizado en menor de doce años, será sancionado con la pena de seis meses a dos años.

Si el acoso sexual se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación se impondrá además una multa de treinta a cincuenta días multa”.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, regulado en el artículo 200, que dice “El que ejerciere violencia sobre su cónyuge o sobre la persona con quien conviviere maritalmente o sobre sus hijos o los hijos de aquellos, sujetos a la autoridad parental, pupilo menor o incapaz sometido a su tutela o guarda o en sus ascendientes, por medio de actos que no tengan una pena mayor señalada en este artículo, será sancionado con prisión de seis meses a un año.

En estos casos se aplicará previamente la Ley de Violencia Intrafamiliar”.

INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA ECONOMICA, se encuentra en el artículo 201: “El padre, adoptante o tutor de un menor de dieciocho años o de persona desvalida que deliberadamente omitiere prestar los medios indispensables de subsistencia a que estuviere obligado, mediando sentencia civil definitiva ejecutoriada, convenio celebrado en la Procuraduría General de la República o fuera de ella, será sancionado con diez a treinta jornadas semanales de trabajo de utilidad pública.

Si para eludir el cumplimiento de la obligación alimentaria traspasare bienes o se valiere de cualquier medio fraudulento, la sanción será de seis meses a un año de prisión”.

DISCRIMINACIÓN LABORAL, artículo 246: “El que produjere una grave discriminación en el trabajo por razón del sexo, estado de gravidez, origen, estado civil, raza, condición social o física, ideas religiosas o políticas, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores de la empresa, y no restableciere la situación de igualdad ante la ley, después de los requerimientos o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hubieren derivado, será sancionado con prisión de seis meses a dos años”.

Se han implementado otras medidas como el Decreto Legislativo No. 503, de fecha 9 de diciembre de 1998, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 341, de fecha 23 del mismo mes y año en el que se emitieron Disposiciones Especiales las cuales obligan a todas las personas sentenciadas al pago de pensiones alimenticias y que reciban indemnizaciones laborales, hacer efectiva a los beneficiarios de las mismas, una cuota adicional a las que están obligadas, equivalente al 30 % de las indemnizaciones que reciban.

En 1998, el Concejo Municipal de la capital del país, San Salvador, acordó institucionalizar la Mesa para la Equidad de Género, presentando públicamente la Propuesta de Plan para la Equidad.

Por Decreto No. 644 de fecha veintinueve de febrero de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 43 Tomo 330 de 1 de marzo del mismo año, se aprobó la Ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, habiendo considerado que es indispensable adoptar todas las medidas que sean necesarias para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer; así como las que prevengan y eliminen toda forma de violencia contra ellas.

III.Actividades de organizaciones no gubernamentales

Las organizaciones de mujeres tuvieron participación en las actividades desarrolladas antes, durante y después de la Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en Beijing en 1995, en la creación del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, ISDEMU, formando parte de la Directiva con dos representantes, en la formulación de la Política Nacional de la Mujer 1997/1999.

Se realizó un trabajo de sensibilización al interior de la Asamblea Legislativa que culminó con la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, en agosto de 1995 y con la aprobación de la Ley contra la Violencia Intrafamiliar en noviembre de 1996.

Diversos organismos de mujeres trabajaron por incorporar en la agenda pública la problemática de la paternidad irresponsable, habiendo logrado que en 1996 la Asamblea Legislativa aprobara el Decreto 880 que faculta a Juezas y Jueces y a la Procuraduría General de la República para ordenar a “los pagadores de la distintas unidades primarias de organizaciones y de instituciones autónomas y descentralizadas del Estado....así como a los distintos pagadores de instituciones privadas, retener, en adición a la cuota alimenticia del mes de diciembre el equivalente del 30 % de la prima que recibirán en concepto de Compensación económica en efectivo o aguinaldo según el caso ...”.

En 1997 a iniciativa de grupos de mujeres, la Asamblea Legislativa aprobó el Decreto 954 sobre el Finiquito Moral, estableciendo que las personas electas por la vía popular, antes de asumir el cargo deben presentar la solvencia extendida por la Procuraduría General de la República de que no adeuda cuotas alimenticias.

Algunas organizaciones de mujeres han realizado acciones sistemáticas para fomentar la participación en igualdad de las responsabilidades familiares y para eliminar el abuso hacia las mujeres, a través de programas radiales, campañas televisivas o espacios en la prensa escrita: “Una Vida sin Violencia”, “Responsabilidad Paterna”, “Cuarto Creciente”, “Tendiendo Puentes”, “Platiquemos en Confianza”, “Por una Educación más Humana y no Sexista”.

IV.Mecanismo nacional para la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres

El Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, se crea en 1996, estableciendo que “la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, la plena participación de la mujer en igualdad de condiciones que el hombre en todas las esferas de la sociedad, incluidos los procesos de toma de decisiones y de acceso al poder, son fundamentales para el logro de esta igualdad; así como el desarrollo y la paz en El Salvador”.

El Instituto tiene por objeto diseñar, dirigir, ejecutar, asesorar y velar por el cumplimiento de la Política Nacional de la Mujer, promoviendo en tal sentido el desarrollo integral de la mujer salvadoreña.

Su estructura organizativa es:

a)Junta Directiva

b)Dirección Ejecutiva.

La Junta Directiva es la máxima autoridad del Instituto y está integrada de la siguiente manera: Una Presidenta que es la titular de la Secretaría Nacional de la Familia o quien designe el Presidente de la República y las personas titulares de las siguientes instituciones:

–Ministerio de Justicia

–Ministerio de Educación

–Ministerio de Trabajo y Previsión Social

–Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

–Ministerio de Agricultura y Ganadería

–Ministerio de Seguridad Pública

–Fiscal General de la República

–Procurador General de la República

–Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos

–Dos Representantes de Organismos no Gubernamentales Nacionales debidamente inscritos en los registros correspondientes, dedicados a la promoción de la mujer.

V.Política Nacional de la Mujer

Los Acuerdos internacionales derivados de la IV Conferencia celebrada en Beijing en 1995, significaron impulsar políticas y/ o Planes estratégicos de alcance nacional, ante la necesidad de erradicar la discriminación contra las mujeres.

La Política Nacional de la Mujer diseñada para el período 1997-1999, se inscribe en el marco de los compromisos expresados en el Plan Social de Gobierno de desarrollar políticas públicas que mejoren la condición de la mujer y establezcan la equidad de género en el país. Es la forma como el gobierno ha concretado su compromiso de poner en práctica la Plataforma de Acción de Beijing.

El Objetivo General de la Política es mejorar la condición y elevar la posición de las mujeres salvadoreñas, logrando que su participación en el desarrollo nacional tenga lugar con igualdad de oportunidades respecto de los hombres y promoviendo la corresponsabilidad entre los géneros.

La Política ha sido elaborada sobre la base de una concepción estratégica que pretende afectar al conjunto de la nación, a través de una cobertura nacional. Tiene como principal destinataria la población femenina en su conjunto, pero abarca a todas y todos los habitantes de El Salvador.

Las áreas de acción son diez:

1.Legislación

2.Educación y Capacitación

3.Salud

4.Mujer y Trabajo

5.Participación Ciudadana y Política

6.Familia

7.Violencia

8.Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

9.Medio Ambiente

10.Medios de Comunicación.

La estrategia de ejecución de la Política descansa fundamentalmente en un doble esfuerzo institucional: 1. El compromiso de cada institución para dar cumplimiento a las responsabilidades que ha aceptado; 2. Coordinación institucional

Una Comisión constituida al interior de la Junta Directiva del ISDEMU, dará seguimiento a las acciones que se desarrollen en cumplimiento de la Política, elaborando un informe anual, pudiendo realizar las evaluaciones que estime necesarias.

Segunda parte

Informe por artículos

I.Artículos 2, 3 y 4. Políticas, medidas y leyes adecuadas contra la discriminación de la mujer

Los Estados Partes se comprometen a consagrar el principio de igualdad en sus Constituciones y en cualquier otra legislación. A adoptar medidas que sancionen la discriminación contra la mujer. Establecer la protección jurídica de los der e chos de la mujer sobre una base de igualdad con los hombres. Derogar leyes y cualquier otra práctica de discriminación. Asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer. Medidas especiales de carácter temporal que conlleven a la igualdad de facto entre hombres y mujeres.

La Constitución establece en el Titulo II Los Derechos y Garantías Fundamentales de las Personas.

El artículo 2 señala que “Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos.

Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Se establece la indemnización conforme a la ley, por daños de carácter moral”.

El artículo 3 contempla el principio de igualdad: “Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basan en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión”. En esta disposición se encuentran plasmados los principios tanto de igualdad jurídica como de no discriminación.

Por Decreto 430 de fecha veintitrés de agosto de mil novecientos noventa y cinco, se ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, habiéndose considerado que era necesaria dicha ratificación por ser un instrumento que constituye una positiva contribución para proteger los derechos de la mujer y eliminar las situaciones de violencia que puedan afectarles.

Por Decreto 902 de fecha veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y seis, se aprobó la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar, habiéndose considerado que la violencia cometida por o contra alguno de los miembros de la familia, constituye una agresión constante al derecho a la vida libre de temor, a la integridad física, psíquica y moral y sexual de la persona humana y de su dignidad y seguridad.

Se aprobó en 1997 un nuevo Código Penal, por Decreto 1030 de fecha veintiséis de abril de ese año, el cual entró en vigencia el 20 de abril de 1998. Este Código contiene figuras delictivas como la Violencia Intrafamiliar; el Acoso Sexual; la Discriminación Laboral.

Se suprimió la violación de prostituta por considerar que constituía discriminación ya que era sancionada con pena menor.

La legislación de Familia, en vigencia desde octubre de 1994 contempla que los cónyuges tienen iguales derechos y deberes. Que el trabajo del hogar y el cuido de hijas e hijos, serán responsabilidad de ambos.

La Ley Procesal de Familia en el artículo 129 faculta a Juezas y Jueces para que ordenen medidas de protección. En el artículo 130 se establecen las medidas que contienen aspectos relativos a: abstención de todo acto molesto, hostigante, persecutorio, intimidatorio, amenazante o cualquier otro que genere perjuicio físico o psíquico a cualquier miembro de la familia; exclusión del hogar familiar, del infractor; obligación alimentaria.

En el Código de Trabajo se establece como prohibición para los patronos: hacer distinción, excluir o preferir a alguna persona basados en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social.

Se suprimieron disposiciones discriminatorias contra las mujeres ya que impedían el acceso al trabajo en el caso de las labores insalubres o peligrosas, las cuales se encontraban prohibidas para “las mujeres y los menores”.

Con el objetivo de fomentar a través de los medios de comunicación social, una imagen de la mujer no discriminatoria ni estereotipada, se está diseñando un perfil de premio para aquellos reportajes que transmitan las imágenes requeridas.

La Política Nacional de la Mujer tiene como objetivo: Ofrecer asistencia a las víctimas de agresión de violencia intrafamiliar, de agresión y de delito sexual en los aspectos físico, psicológico, emocional, social y legal, así como también fortalecer la realización de estudios prospectivos y de diagnósticos, mediante un sistema de información. En este sentido se ha creado un Comité Interinstitucional del Programa de Saneamiento de la Relación Familiar que da protección y atención a víctimas de violencia intrafamiliar. Se desarrollan acciones tendientes a prevenir los actos de violencia.

II.Artículo 5: Modificación de los patrones sociales y culturales

Los Estados Partes se comprometieron a tomar las medidas apropiadas para m o dificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, para a l canzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias basadas en ideas de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Garantizar que la educación familiar incl u ya la maternidad en función social, así como la responsabilidad de hombres y mujeres en forma común en cuanto a la educación y desarrollo de hijas e hijos.

- Violencia contra la Mujer

Marco Legal

El 23 de agosto de 1995 se ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, a través del Decreto Legislativo número 430, con lo cual se constituyó en ley de la República de acuerdo al artículo 144 de la Constitución al haberse firmado por el Gobierno y ratificado por la Asamblea Legislativa.

Se cuenta con una ley especial contra la Violencia Intrafamiliar, emitida por Decreto Legislativo número 902 de fecha 28 de noviembre de 1996, publicada en el Diario Oficial número 241 Tomo número 333, de fecha 20 de diciembre de 1996.

Los Tribunales de Familia de toda la República son asistidos por Equipos Multidisciplinarios especializados para la atención de casos de violencia intrafamiliar que ingresan al sistema judicial salvadoreño.

El nuevo Código Penal vigente desde abril de 1998 tipifica la Violencia Intrafamiliar como delito.

La Violencia Intrafamiliar no estaba regulada en 1995, sin embargo se cuenta con algunos registros que se pueden comparar con e1 año de 1998:

Institución

Año 1995

Año 1998

Programa de Saneamiento de la Relación Familiar

1,753

3,543

Los Tribunales de Familia reportan 3,540 casos de violencia intrafamiliar en los años 1996 a 1998:

Tipología

1996

1997

1998

Violencia Intrafamiliar

108

1,677

1,757

Fuente: Sala de lo Civil, Corte Suprema de Justicia.

El Instituto Salvadoreño de Medicina Legal informa que para 1998 se incrementó la demanda de reconocimientos de mujeres a causa de la violencia intrafamiliar:

Violencia Intrafamiliar (1995)

Violencia Intrafamiliar (1998)

Masculino

N/A

323

Femenino

N/A

2,251

Total

675

2,574

Fuente: Instituto de Medicina Legal. Corte Suprema de Justicia.

En relación con la violencia sexual, el Instituto de Medicina Legal reporta para los años de 1995 a 1997 un total de 2,384 reconocimientos en la Región Metropolitana de San Salvador.

Años

Casos atendidos

1995

688

1996

824

1997

872

Total

2,384

Fuente: Instituto de Medicina Legal. Corte Suprema de Justicia. Región Metropolitana.

En 1998, diferentes Instituciones registraron casos de violencia sexual:

Institución

Año 1998

ISDEMU

298

Instituto de Medicina Legal

2,213

Fiscalía General de la República

113

Policía Nacional Civil

385

Las Instituciones gubernamentales que prestan servicios a mujeres violentadas suman un número considerable, se pueden citar: ISDEMU, cuenta con una División de Atención a la Violencia; Procuraduría General de la República, funciona la Unidad de Proceso de Atención a la Violencia Intrafamiliar; Fiscalía General de la República con la Unidad de Delitos contra Menores y la Mujer; Policía Nacional Civil, Departamento de la Familia, el Menor y la Mujer. Otras instituciones prestan servicios de atención a víctimas de violencia como son el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y el Hospital 1º de Mayo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social.

- Programas y proyectos

–Se ha creado un Comité Interinstitucional del Programa de Saneamiento de las relaciones Familiares, integrado por doce instituciones del Estado: Corte Suprema de Justicia, Procuraduría General de la República, Ministerio de Educación, Alcaldía Municipal de San Salvador, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Fiscalía General de la República, Ministerio de Seguridad Pública, Instituto Salvadoreño de Protección al Menor, Instituto de Medicina Legal, Policía Nacional Civil e Instituto para el Desarrollo de la Mujer. Dicho Comité funciona coordinadamente para la atención de la violencia intrafamiliar con la finalidad de brindar atención integral en los aspectos físico, psicológico, social, médico y legal.

–Se ha desarrollado el Programa “Forjando una Comunidad Mejor”, en cooperación con la Policía Nacional Civil, dando cobertura a cuatro comunidades.

–Se ha fortalecido el Sistema Nacional Interinstitucional de Protección contra la Violencia Intrafamiliar.

–El ISDEMU cuenta con un Sistema de Informática apoyado financiera y técnicamente por UNICEF. Este sistema registra, sistematiza y reporta datos de los casos reportados como hechos de violencia intrafamiliar, abuso sexual y maltrato a menores.

–Se creó y se está operativizando el Protocolo Unico de Investigación Prospectiva y Mecanismos de Información Interinstitucional.

–El Programa de Saneamiento de la Relación Familiar ha ampliado su cobertura, funcionando el sistema de “teléfonos amigos” en tres regiones del país: central, occidental y oriental. Este Sistema ha iniciado un proceso de modernización contando con fondos del BID para equipamiento y sistema de informática, elaboración de Manuales, Capacitación y Publicaciones.

–Con el objetivo de viabilizar el acceso de las mujeres a la administración de justicia se han ampliado los servicios de:

1.Apertura de sub regionales de la Fiscalía General de la República en la Capital, Zona Occidental, Paracentral y Oriental

2.Apertura de 4 Oficinas de la Procuraduría General de la República (Procuradurías Auxiliares en las ciudades de Apopa, Soyapango, San Marcos y Metapán)

- Modificación de Patrones Socioculturales

La realización de campañas contra la Violencia tenía como objetivo la igualdad de derechos de hombres y mujeres, la eliminación de estereotipos, habiéndose revisado el contenido de 225 campañas en 57 instituciones de gobierno y en 666 campañas de 821 instituciones privadas, identificando las características de los mensajes como la utilización de lenguaje sexista, imágenes estereotipadas, incitación a la violencia o doble sentido.

–El ISDEMU realizó la campaña “BASTA YA DE VIOLENCIA FAMILIAR, DENÚNCIALA

–La Secretaría Nacional de la Familia, “NADIE TIENE DERECHO A PONERTE LA MANO ENCIMA

–Así mismo se elaboró el proyecto “Premiación de Medios de Comunicación referente a Violencia”

–Diseño y producción del Programa radiofónico “Contigo Mujer” que se transmite semanalmente en la radio estatal para dar a conocer los avances de la Política Nacional de la mujer.

–Realización de Foros sobre Locución y Género, Género y Prensa Escrita, Imagen de la Mujer en la Publicidad con la participación de locutoras y locutores, periodistas, editoras/es de revistas y publicistas, estudiantes de las carreras de periodismo y comunicaciones.

III.Artículo 6: Supresión de la explotación de la mujer

Los Estados Partes se comprometieron a tomar todas las medidas apropiadas, i n cluso de carácter legislativo para suprimir la trata de mujeres y la explotación de la mujer.

La Asamblea Legislativa aprobó el 26 de abril de 1997 un nuevo Código Penal que entró en vigencia en abril de 1998, habiendo suprimido la disposición contenida en el artículo 196 sobre la Violación de Prostituta que establecía una pena de prisión menor que la contemplada para los demás casos de violación, por considerar que lesionaba el principio constitucional de igualdad, siendo altamente estigmatizante.

El nuevo Código Penal regula la INDUCCIÓN, PROMOCION Y FAVORECIMIENTO DE LA PROSTITUCION en el artículo 169: “El que indujere. Facilitare, promoviere o favoreciere la prostitución de persona menor de dieciocho años, será sancionado con prisión dos a cuatro años”. La DETERMINACIÓN A LA PROSTITUCION en el artículo 170: “El que determinare coactivamente o abusando de una situación de necesidad, a una persona para que ejerciere la prostitución o se mantuviere en ella, será sancionado con prisión de uno a tres años.

Cuando cualquiera de estas modalidades fuere ejecutada prevaliéndose de la sup e rioridad originada por cualquier relación, se impondrá junto con la pena corre s pondiente una multa de cincuenta a cien días multa.

La pena de prisión será de dos a cuatro años, cuando la víctima fuere menor de di e ciocho años de edad.

IV.Artículo 7: Participación de la mujeres en la vida política y pública

Los Estados Partes deberán garantizar la igualdad en el ejercicio de los derechos políticos, especialmente el voto y la elegibilidad. Garantizar la igualdad en el a c ceso a cargos públicos. Garantizar a las mujeres la participación en organizaci o nes y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y p o lítica del país .

La Constitución de la República establece en el artículo 72 que los “derechos de los ciudadanos son: 1º. Ejercer el sufragio; 2º. Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los ya constituidos; 3º. Optar a cargos públicos cumpliendo con los requisitos que determinan esta Constitución y las leyes secundarias”.

La obligación de propiciar el incremento de la participación ciudadana y política de las mujeres, fomentando el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, promoviendo el liderazgo femenino, para lograr una igualdad de acceso al poder entre hombres y mujeres, corresponde al Tribunal Supremo Electoral y el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Municipal, quienes ejecutarán la Política Nacional de la Mujer en esta área.

Se realizó una Campaña de sensibilización para promover la importancia de la documentación y carnetización de las mujeres en todo el territorio nacional, así como el de ejercer el derecho al sufragio.

Realización de Seminarios Talleres sobre género y participación ciudadana a Coordinadores Departamentales, personal directivo y de asesoría del Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal de las cuatro regiones del país.

El Tribunal Supremo Electoral inició el “Plan para el Fortalecimiento del papel de la Mujer en la Sociedad a través de la Participación Ciudadana”.

El Registro Electoral se ha actualizado con datos estadísticos desagregados por sexo, para la obtención de indicadores que reflejen los niveles de participación ciudadana y política de las mujeres salvadoreñas.

- Participación de mujeres en los espacios de poder

Los tres Órganos del Gobierno son: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

En el Gabinete de Gobierno para el período que se inició en 1994 y finaliza en 1998 una mujer ocupa el cargo de Ministra de Educación.

En el Órgano Legislativo 14 eran mujeres Diputadas, de un total de 84 en el período 1994-1997, ocupando el cargo de Presidenta una Diputada.

En el Órgano Judicial, en la estructura máxima que es la Corte Suprema de Justicia son 2 mujeres Magistradas y 13 Magistrados.

Los Juzgados de Paz en un número de 318 cuentan con 136 Juezas.

Los Juzgados de Primera Instancia de un total de 135, son mujeres Juezas 48.

De un total de 48 Cámaras, 4 mujeres son Magistradas.

En los Gobiernos Municipales el acceso de mujeres a las jefaturas edilicias marcaba una tendencia a disminuir ya que en el período que finalizó en 1994 el 30 % fueron mujeres alcaldesas, siendo para el período 1994-1997 el 12.21%.

Una mujer es en la actualidad la Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos.

La Policía Nacional Civil ha aumentado el número de efectivos en 219 dependencias policiales entre Delegaciones, Sub-delegaciones y puestos de policía urbanos y rurales. De un número de 4,000 con que contaba en 1994 ascendió a 16,181 en 1998.

- Derecho de las Mujeres a organizarse

Las organizaciones de mujeres o con participación de mujeres no han surgido en estos últimos años, sino que tienen diversas fechas de nacimiento; sin embargo en el período que se está reportando, cabe destacar el hecho que mujeres agrupadas en la “Iniciativa de Mujeres por la Igualdad en la Participación Política”, realizan un trabajo de actualización de la Plataforma elaborada por el movimiento de mujeres en 1994, surgiendo la “PLATAFORMA DE LAS MUJERES SALVADOREÑAS 1997- 2000”.

La Agenda se calificó como autónoma, de la cual se esperaban resultados positivos para el nuevo milenio, que significaran cambios en las posiciones de poder político, económico y social, representando dicho cambio un indicador del desarrollo humano, deseado por las mujeres salvadoreñas de todas las condiciones sociales.

Se realizó un diagnóstico de la situación de las mujeres en El Salvador, lo que sirvió como referencia para el planteamiento de la Plataforma. Esta parte se divide en 5 áreas de:

–Desarrollo

–Económica

–Social, que comprende: Educación, Violencia, Salud y Vivienda

–Jurídica

–Política

La Tercera Parte del documento contiene las Reivindicaciones:

A.DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE, en donde se exige

i.la participación de las mujeres en la planificación y ejecución de los programas

ii.formación y funcionamiento de una comisión en donde las mujeres elaboren, implementen, supervisen y evalúen las políticas sociales y de desarrollo

iii.creación de servicios colectivos: centros de desarrollo infantil, molinos, lavanderías, comedores, etc.

iv.diagnósticos con perspectiva de género.

B.AREA ECONOMICA Y TRABAJO, referida a

i.la Política de generación de empleo

ii.aplicación de la Ley de Zonas Francas y Recintos Fiscales

iii.igualdad salarial entre hombres y mujeres

iv.medidas para evitar la discriminación en razón de la maternidad, el acoso sexual

v.revisión de las condiciones de trabajo para su mejoramiento

vi.capacitación en organización y administración cooperativa a mujeres del sector informal, tendente a su organización

vii.programas para el aprovechamiento de créditos

viii.investigar el maltrato contra las mujeres del sector informal

ix.creación de puestos fijos para las trabajadoras de los mercados

x.capacitación a las trabajadoras del servicio doméstico sobre sus derechos

xi.participación de las mujeres de organizaciones rurales en la formulación, diseño, control y seguimiento de políticas agrarias

xii.otorgamiento de tierras en propiedad a mujeres campesinas

xiii.implementación de programas especiales de capacitación en gestión financiera, cooperativa empresarial y técnicas de producción agropecuaria

xiv.acceso al crédito a mujeres campesinas

xv.creación de servicios colectivos

xvi.inscripción en planillas de mujeres jornaleras

xvii.igualdad de salarios para las mujeres jornaleras

xviii.creación de Secretarías de la Mujer en los consejos de administración de las cooperativas

xix.creación de Bancos y Financieras para el desarrollo de las mujeres

xx.líneas de créditos blandos a mujeres empresarias

xxi.implementación de una política de creación de empleo

xxii.seguimiento al Convenio 111 de la OIT

xxiii.paridad en la cuota de formación profesional

xxiv.creación de mecanismos legales para sancionar las violaciones a los derechos laborales

xxv.privilegiar a las empresas que generen un alto valor agregado

xxvi.revisión de leyes de propiedad de la tierra, para garantizar el acceso de las mujeres rurales.

C.AREA SOCIAL, en esta área se encuentra:

- el sistema educativo, en donde se requiere

i.La aplicación de la perspectiva de género en todo el sistema escolar

ii.garantía de la educación gratuita

iii.capacitación en teoría de género

iv.promoción de la participación de mujeres en estudios técnicos y superiores universitarios

v.apertura de cátedras de género en las Universidades

vi.creación de Centros de Documentación especializados

vii.educación sexual en la currícula

viii.educación para la reproducción

ix.validación de estudios en escuelas de oficios no tradicionales

x.creación de Becas para capacitación en estos oficios

xi.centros de capacitación en el área rural

xii.campañas permanentes bajo la responsabilidad del Ministerio de Educación y el ISDEMU sobre la incorporación de las mujeres al trabajo no tradicional

xiii.no discriminación de adolescentes embarazadas en los centros educativos

xiv.incremento de presupuesto para programas de alfabetización

xv.rescate del potencial artístico de las mujeres

xvi.creación de centros de formación artística.

- violencia contra las mujeres, en dondese plantea

i.la incorporación en la currícula de educación formal de todos los niveles

ii.eliminación de contenidos que inciten a la violencia o que resalten imágenes estereotipadas de las mujeres

iii.campañas resaltando los efectos y consecuencias de la violencia

iv.autodefensa para las niñas

v.promoción y publicación de investigaciones sobre la incidencia de las distintas formas de violencia y muchas más medidas alrededor de la erradicación de la violencia

- sistema de salud, que requiere de

i.atención primaria

ii.atención médica y medicina gratuita

iii.divulgación sobre métodos anticonceptivos

iv.examen de SIDA gratuito y confidencial

v.no discriminación en la atención de mujeres prostitutas

vi.creación de centros especializados de atención integral

vii.no privatización de los servicios de salud

viii.especialización de las mujeres parteras

- vivienda, que plantea

i.la necesidad de la revisión de la legislación

ii.acciones positivas para el acceso de mujeres a la vivienda

iii.erradicación de las políticas de desalojo

D.LEGISLACION, que comprende

1.Una parte general sobre

i.la reforma judicial

ii.creación de una Comisión permanente de Abogadas

iii.reconocimiento de la maternidad como una opción

iv.aprobación de ley que mejore los porcentajes de la cuota alimenticia

2.En cuanto a violencia

i.mecanismos efectivos para la aplicación de la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar

ii.tipificación de la violación como delito de acción pública

iii.eliminación de estereotipos en disposiciones legales, como el caso de la violación en prostituta

iv.tipificación del acoso sexual como delito

v.regulaciones en los medios de comunicación sobre la imagen de la mujer que presentan.

3.En lo que respecta al Derecho Laboral se hace mención especial a

i.los Convenios de la OIT relativos a derechos de las mujeres que no han sido ratificados

ii.igualdad salarial

iii.revisión de legislación sobre la trabajadora doméstica

iv.establecimiento de regulaciones sobre las trabajadoras del sexo

v.garantía de los derechos humanos de las trabajadoras ambulantes.

4.En cuanto al derecho agrario, se plantea

i.la necesidad de garantizar el acceso de las mujeres a la propiedad de las tierras.

5.En relación al Código de Familia

i.reformas a los artículos 7, 21, 46, 108

ii.incremento de las cuotas alimenticias.

6.Sobre el Derecho Penitenciario

i.reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres reclusas.

E.PARTICIPACION POLITICA Y CIUDADANA: Se plantea la necesidad de

i.cuotas en los cargos públicos

ii.elaboración de Programas orientados a los derechos de las mujeres

iii.cuotas de participación en los partidos políticos

iv.reforma constitucional del artículo 85

v.obligatoriedad del finiquito moral

vi.reformas al Código Electoral.

V.Artículo 8: Representación internacional

El Estado Parte debe garantizar a la mujer en igualdad de condiciones con el hombre, la oportunidad de representar al gobierno en el plano internacional y la partic i pación en la labor de las organizaciones internacionales.

En este período la representación del gobierno en eventos internacionales relacionados con los derechos de las mujeres y de la familia, se ha tenido a través de la Presidenta de la Secretaría Nacional de la Familia:

1.Constitución del Consejo Regional para la Mujer

2.Foro Internacional sobre Población

3.2ª. Conferencia Internacional de Mujeres en la Agricultura

4.Reuniones sobre Integración Social Centroamericana

5.Seminario sobre Programas Sociales, Pobreza y Participación Ciudadana

6.Seminario Promoviendo la Convivencia Humana: Un Marco para la Acción

7.Consulta sobre Desarrollo Humano.

En este período una Diputada es la Delegada del país ante la Comisión Interamericana de Mujeres, de la OEA.

VI.Artículo 9: Nacionalidad

Los Estados Partes otorgarán iguales derechos a hombres y mujeres con relación a cambiar, adquirir o conservar su nacionalidad.

Siendo la nacionalidad el vínculo o la relación jurídica y política por la cual una persona se encuentra unida a un Estado o a una nación, se establece en la Constitución en el artículo 90 que “son salvadoreños por nacimiento: 1º. Los nacidos en el territ o rio de El Salvador; 2º. Los hijos de padre o madre salvadoreños, nacidos en el e x tranjero; 3º. Los originarios de los demás Estados que constituyeron la República Federal de Centro América, que teniendo domicilio en El Salvador, manifiesten ante las autoridades competentes su voluntad de ser salvadoreños, sin que se requiera la renuncia a su nacionalidad de origen”.

En el artículo 91 se establece que “ los salvadoreños por nacimiento tienen derecho a gozar de la doble o múltiple nacionalidad.

La calidad de salvadoreño por nacimiento sólo se pierde por renuncia expresa ante autoridad competente y se recupera por solicitud ante la misma”.

La legislación de familia contempla los derechos de los menores en el artículo 351, señalando que todo menor tiene derecho: “3º. A tener y preservar desde su nac i miento y en todo momento su nombre, nacionalidad, representación legal y relaci o nes familiares y a gozar de un sistema de identificación que asegure su verdadera filiación materna y paterna”.

Las niñas y los niños serán inscritos al momento de su nacimiento en el Registro del Estado Familiar. Los encargados locales de llevar el Registro, serán los municipios de la República.

VII.Artículo 10: Igualdad en la Educación

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la di s criminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. Deberá asegurarse igualdad en la orient a ción de carreras, capacitación profesional, acceso a los estudios, obtención de d i plomas en zonas urbanas y rurales; acceso a los mismos programas de estudios; eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y formas de enseñanza; las mismas oportunidades para la obtención de becas; igualdad en el acceso a los programas de educación perm a nente; desarrollo de programas para mujeres que hayan dejado los estudios pr e maturamente; participación en deportes; acceso a la información sobre salud f a miliar y asesoramiento sobre planificación fam i liar.

La Constitución de la República establece en el artículo 53 que “ el derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana; en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión.

El Estado propiciará la investigación y el quehacer científico”.

En el Artículo 54 se refiere a la organización del sistema educativo, para lo cual el Estado creará las instituciones y servicios que sean necesarios.

Los fines de la educación están contemplados en el Artículo 55 en donde se menciona:

–lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social

–contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana

–inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes

–el padre y la madre tendrán derecho preferente para escoger la educación de hijas e hijos.

Es un derecho y un deber de todas y todos los habitantes de la República, recibir educación parvularia y básica que les capacite para desempeñarse como ciudadanas y ciudadanos útiles. El Estado promoverá la formación de centros de educación especial. La enseñanza que se imparta en los centros educativos oficiales será esencialmente democrática.

El Artículo 58 se refiere a que no podrá discriminarse a ninguna persona que acceda a un establecimiento educativo por razón de la naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, religiosas, raciales o políticas.

El Artículo 61 establece que la educación superior se regirá por una ley especial, siendo responsabilidad del Estado velar por el funcionamiento democrático de las instituciones de educación superior y por su adecuado nivel académico.

En El Salvador se ha iniciado un proceso de Reforma Educativa en donde la “equ i dad entre los géneros” es un valor que se encuentra integrado en todo el proceso.

La Ministra de Educación ha anunciado que 1995 será el “Año de la Consulta Nacional sobre Educación”.

Se instaló el Foro Consultivo Nacional sobre Reforma Educativa, organizado por el Comité Dinamizador, con dos propósitos fundamentales:

1.Propiciar el diálogo y

2.Generar propuestas educativas.

Las propuestas se harían sobre trece puntos: educación inicial, educación básica, educación media, administración de la educación, educación no formal e informal, formación profesional, aspectos económicos y financieros, educación superior, formación docente, educación y cultura, educación rural, valorización de la educación y educación especial.

Los resultados del Foro servirían de insumo para el proceso iniciado.

A partir de 1994 se da un incremento de los recursos públicos para el área de educación, alcanzando en 1997 el 2.4% del PIB, contrastando con el 1.6% de principios de los años noventa.

El Banco Mundial consideraba que en 1990 el gasto en libros de texto, materiales didácticos y otros insumos operacionales esenciales significaba menos de $ 1.00 por estudiante al año. Para 1997 la inversión promedio por niño/niña fue de 69 colones.

Se han desarrollado programas tendentes a disminuir el analfabetismo, considerando que éste constituye un freno para el desarrollo del país.

TASA DE ANALFABETISMO

1995

1996

1997

1998

20.8%

19.5%

17.4%

16.5%

Uno de los objetivos de la Política Nacional de la Mujer en esta área es aumentar la matrícula y la tasa de retención escolar de las niñas.

TASA DE ASISTENCIA ESCOLAR POR SEXO Y GRUPO DE EDAD

AÑO 1996

EDAD 5-14

TASA

EDAD 15-19

TASA

FEMENINO

625,028

90%

105,276

30%

MASCULINO AÑO 1997

635,942

89%

109,258

31%

FEMENINO

638,927

90%

112,660

32%

MASCULINO

643,298

87%

119,363

34%

En el rango de edad de 15-19 años se evidencia un incremento del 2% de mujeres en la relación 1996 a 1997, siendo para los varones de 3%. La situación de desventaja se observa en mujeres adolescentes que se encuentran en la edad reproductiva y en capacidad de ser proveedoras para el grupo familiar.

PROGRAMAS Y PROYECTOS

Dentro del Programa de Alfabetización de Adultos que implementó el Ministerio de Educación, se diseñó el Proyecto “Educación para el Trabajo”, como una alternativa no formal de continuidad educativa para la población recién alfabetizada, desarrollando cursos en los “Centros de Educación Básica Integrada de Adultos”. Dentro de las ramas ocupacionales que se programaron se encuentran: confección, metal mecánica, construcción civil, alimentos, hostelería y turismo.

El Programa “Escuela Saludable”, se inició en 1995 como un plan piloto con el objetivo de lograr un mejor estado de salud, educación y nutrición en alumnos y alumnas de Parvularia, Primero y Segundo Ciclo de educación Básica, de las áreas rurales y urbano-marginales de los municipios de más alta vulnerabilidad del país. Son instituciones ejecutoras el Ministerio de Educación, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Secretaría Nacional de la Familia, entre otras.

El Programa de “Educación a Distancia” del Ministerio de Educación, reporta un acceso del 52% de mujeres y el 48% de hombres.

Funciona el Programa “Educación con Participación de la Comunidad”, EDUCO, en 1700 comunidades, en donde se ha promovido la educación a distancia.

ACCIONES DESARROLLADAS

Se estableció una coordinación interinstitucional en el ámbito local entre el Ministerio de Educación, MINED, y 50 organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para desarrollar los programas de alfabetización.

Gestiones con el Consejo de Educación para introducir el enfoque de género en la currícula de formación académica.

Incorporación del estudio de la violencia intrafamiliar, en la cátedra de Psicología Social del nivel de Bachillerato y en las carreras de Ciencias Jurídicas y Medicina de las Universidades.

Incorporación del enfoque de género en los Talleres sobre Liderazgo estudiantil en campamentos juveniles.

Incorporación de temas sobre el enfoque de género en las revistas “Identidad Joven” y “Clase” que publica el Ministerio de Educación.

Revisión de textos de estudio y guías didácticas de todos los niveles educativos con el objetivo de eliminar el lenguaje sexista.

Gestiones ante el Consejo Superior Universitario para introducir el enfoque de género en la currícula de Formación Académica y diseño de propuesta para incorporar la perspectiva de género en las carreras de nivel superior.

Incorporación y fortalecimiento del eje transversal de Educación en Población y Enfoque de Género en la currícula de formación docente.

Creación de áreas específicas de la mujer en los Centros de Documentación en las Regionales de Capacitación de las zonas occidental, oriental y central del país, así como dentro de la Unidad de Servicios de Información de la Dirección Nacional de Evaluación del Ministerio de Educación.

Entrega de el “Bono De Calidad Educativa” para resolver necesidades inmediatas a 3,593 centros de enseñanza.

VIII.Artículo 11: Igualdad de Derechos en Materia de Empleo y Trabajo

Los Estados Partes están obligados a garantizar a las mujeres condiciones de igualdad con los hombres en el derecho al trabajo; a las mismas oportunidades de empleo; a la aplicación de los mismos criterios de selección para el empleo; a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio.

Las mujeres se encuentran con serios obstáculos para lograr su inserción laboral a partir de las responsabilidades familiares, las cargas domésticas y los roles maternos que desempeñan. La población económicamente activa femenina en 1995 era de 792,729 equivalente al 34% de la PEA total. A su vez se subdivide en 746,100 ocupadas y 46,629 desocupadas.

Clasificación de la Población Económicamente Activa según sexo. 1995

Clasificación

Ambos

Hombres

Mujeres

% Mujeres

PEA Total

2,136,450

1,343,721

792,729

34.0%

Ocupados/as

1,973,017

1,226,917

746,100

37.8%

Desocupados/as

163,433

116,804

46,629

28.5%

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, 1995

Las mujeres son mayoría en el sector informal en donde se ubican como ocupadas plenas o como subempleadas.

Clasificación de la Población Económicamente Activa según Mercado de Trabajo y Sexo

Mercado de Trabajo

1995/ Hombres

1995/Mujeres

% Mujeres

Sector Formal

377,787

215,905

36.4

Sector Informal

259,534

268,525

50.9

Ocupados/as Plenos/as

464,621

299,172

39.2

Sub-ocupados/as

172,700

185,258

51.8

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, 1995.

El Plan Nacional de Desarrollo Económico de principios de 1995, contemplaba como una de las políticas el mejoramiento de los recursos humanos, señalándose el fomento de una mayor capacitación de la mano de obra nacional, buscando la participación del sector privado, esperando un aumento en el empleo y los salarios.

Salarios femeninos como porcentaje de los masculinos, por grupo ocupacional

Grupo ocupacional

1995

1996

1997

Profesionales

84.5%

77.3%

68.5%

Técnicos

78.9%

93.5%

94.6%

Empleados/as de Oficinas

96.2%

104.6%

98.7%

Artesanos/as, operarios/as

57.9%

50.5%

55.3%

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1995, 1997

El porcentaje de salario femenino con relación al masculino por rama de actividad, evidencia una variante en lo que respecta a la rama de la construcción, no porque haya mujeres trabajando como obreras, sino que su actividad se realiza a un nivel diferente que los hombres, ya sea ocupando cargos administrativos y/o profesionales.

Salario femenino como porcentaje del masculino, por rama de actividad

Rama de Actividad

1995

1997

Industria

61.4%

70.5%

Construcción

268.2%

176.0%

Comercio

51.7%

58.1%

Servicios

58.2%

79.5%

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1995, 1997.

MUJERES EN LA MAQUILA

Uno de los espacios laborales en donde mayor proporción de mujeres trabaja es la maquila.

Para 1995 el porcentaje de participación en relación con otros rubros de producción fue de 35% y de un 30% para el resto de ramas productivas.

La expansión de zonas francas y de las empresas de maquila, se ha considerado como un pilar fundamental en la generación de empleo en el país. En 1995 la cifra sería de ochenta y tres mil puestos de trabajo. Habiéndose generado para el año anterior un total de 25,622 puestos de trabajo, en 22 empresas, mientras que 79 empresas diferentes, emplearon a 17,695 personas.

MUJERES EN EL SECTOR INFORMAL

Las mujeres tienen una presencia significativa en el sector informal de la economía. La Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples de 1997, reporta que las mujeres forman el 42.8 % de las personas ocupadas en ese sector.

Participación de mujeres y hombres dentro del sector informal urbano. por rama de actividad. 1997

RAMA DE ACTIVIDAD

% MUJERES

% HOMBRES

Industria

55.0%

45.0%

Comercio

67.1%

32.9%

Servicios

77.9%

22.1%

Construcción

0.1%

99.0%

Transporte y Comunicaciones

3.7%

96.3%

Agricultura

4.3%

95.7%

Establecimientos Financieros

47.7%

52.3%

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, 1997.

PROTECCION DE LA MATERNIDAD

La maternidad no debe impedir a las trabajadoras ejercer su derecho al trabajo, ni ser motivo de discriminación.

Los artículos 110, 113 y 309 del Código de Trabajo, regulan las prestaciones por maternidad.

En el artículo 110 “se prohíbe a los patronos destinar a mujeres embarazadas a trabajos que requieran esfuerzos físicos incompatibles con su estado. Se presume que cualquier trabajo que requiera un esfuerzo físico considerable es incompatible con el estado de gravidez después del cuarto mes de embarazo”.

El artículo 113 establece que “Desde que comienza el estado de gravidez, hasta que concluya el descanso post-natal, el despido de hecho o el despido con juicio previo no producirán la terminación del contrato de la mujer trabajadora, excepto cuando la causa de éstos haya sido anterior al embarazo; pero aún en este caso, sus efectos no tendrán lugar sino hasta inmediatamente después de concluido el descanso antes expresado”.

El artículo 309 regula la obligatoriedad del empleador de dar a las trabajadoras embarazadas un descanso de doce semanas de licencia, seis de las cuales se tomarán obligatoriamente después del parto, y además a pagarle anticipadamente una prestación equivalente al setenta y cinco por ciento del salario básico durante dicha licencia. Establece además que en caso de enfermedad, consecuencia del embarazo, deberá comprobarse con certificado médico; en este caso, la trabajadora tendrá derecho a un descanso prenatal suplementario. Cuando el parto sobrevenga después de la fecha presunta, el descanso tomado anteriormente será siempre prolongado hasta la fecha verdadera del parto y la duración del descanso puerperal obligatorio no será reducida.

El Código de Trabajo establece una disposición relativa a la lactancia en el artículo 312 inciso segundo y tercero: “Si una trabajadora lacta a su hijo, tendrá derecho con este fin, a una interrupción del trabajo de hasta una hora diaria. A su pedido esta interrupción se podrá fraccionar en dos pausas de treinta minutos cada una.

Las interrupciones de trabajo conforme a párrafo precedente serán contadas como horas de trabajo y remuneradas como tales”.

ACOSO SEXUAL

El Código Penal que entró en vigencia el abril de 1998, introduce una nueva figura delictiva: el ACOSO SEXUAL, el cual atenta contra la libertad sexual y consiste en tocamientos y conductas inequívocas de naturaleza sexual que se realicen contra los deseos de quien las recibe. Si se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación, se impondrá además de la sanción de seis meses a un año de prisión, una multa de treinta a cincuenta días multa.

ACCIONES REALIZADAS

La Política Nacional de la Mujer responsabiliza al Ministerio de Trabajo y Previsión Social y al Instituto Salvadoreño de Formación Profesional de la implementación de dicha política, es así que se han desarrollado actividades como:

1.Aprobación de 122 Reglamentos Internos de Trabajo

2.Presentación al Señor Presidente de la República de un estudio jurídico sobre los Convenios de la OIT números 100 y 156 para su aprobación y posterior ratificación por la Asamblea Legislativa

3.Elaboración de un Plan de Divulgación de los Derechos de la Mujer que se ejecutará a través de los diversos medios de comunicación

4.Publicación de 10,000 afiches con cinco diseños:

a.Mujer, porque tu trabajo cuenta. Haz que tus Derechos Cuenten

b.Mantener las condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo es responsabilidad de todos

c.¿Necesita un empleo? Empleamos nuestro esfuerzo para que loencuentre

d.Cortar el futuro de un menor es sencillo

e.Sabías que como trabajador tienes estos derechos

5.Publicación de 14,000 trípticos con siete diseños: Tu trabajo nos importa por eso, Velamos por tu Bienestar

a.¿Sabías que tienes estos derechos? Salario Mínimo, Semana Laboral y Vacaciones.

b.¿Necesitas empleo? Emplearemos nuestros esfuerzos para que lo encuentres.

c.Menores, cortar el futuro de un menor es sencillo

d.Mantener las condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo es responsabilidad de todos.

e.Trabajando en armonía todo funciona mejor.

f.Hay muchas maneras de resolver un conflicto; con mediación encontramos la solución.

6.Se realizó la segunda fase del Programa HABIL 98, con la participación de 6,150 hombres y 7,614 mujeres.

7.El INSAFORP ha retomado compromisos asumidos para procurar lograr la igualdad de acceso de las mujeres a una capacitación laboral eficaz, el readiestramiento, el reasesoramiento y los servicios de colocación que no se limiten a las esferas de empleos tradicionales, contando con el apoyo del Proyecto de Fomento al Sistema de Formación Profesional en El Salvador.

8.El Ministerio de Trabajo ha incorporado en su trabajo los Servicios de Colocación; para el período 1995-1997 se evidenciaba un mayor número de hombres colocados que mujeres en casi todas las ramas de actividad económica.

IX.Artículo 12: Igualdad en el Acceso a Servicios de Salud

Los Estados Partes deben adoptar las medidas que sean necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica. Deberá as e gurar en igualdad de condiciones con el hombre, el acceso a servicios de atención médica, incluyendo planificación familiar. Así mismo, deberán garantizar serv i cios adecuados en relación con el embarazo, el parto, el puerperio, en forma gr a tuita cuando fuere necesario, debiendo asegurar una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

El abordaje de la salud de manera integral es fundamental para contribuir al desarrollo pleno de las mujeres. La capacitación e información sobre su salud sexual y reproductiva contribuiría en la disminución de embarazos tempranos, no deseados y abortos. Es necesario abordar el problema de la salud buscando alternativas que permitan el bienestar físico y mental y una atención diferenciada de acuerdo con las necesidades de las mujeres, las niñas y las adolescentes, en el proceso de salud-enfermedad.

El Plan de Gobierno 1994-1999, en el Sector Salud y Nutrición plantea: “Salud con equidad y de calidad para todos”, a través de :

a)Aumentar la cobertura, equidad y calidad de los servicios

b)Mayor eficiencia y competitividad en los servicios de salud

c)Reducir la mortalidad infantil y mejorar los niveles nutricionales

d)Fortalecer las condiciones de salud de las mujeres

e)Ampliar los Programas de Salud y Educación Comunitaria.

El Plan Nacional de Salud 1994-1999 en su política general, establece: “Mejorar el nivel de salud de la población salvadoreña, mediante la modernización del sector y el desarrollo de programas interinstitucionales tendentes a la atención integral de salud de las personas y disminución de los riesgos y daños al medio ambiente”. De las 9 políticas específicas, en la política número 2 se establece: “Mejorar el nivel de salud de la población a través de la reducción de la morbi-mortalidad de los pad e cimientos más frecuentes en nuestro país” contemplando entre sus líneas estratégicas: “Promover la adecuada atención de la Salud Reproductiva de la Mujer”.

La mortalidad materna es una de las primeras causas de muerte en las mujeres en edad reproductiva de los países en desarrollo. Datos del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social reportan que en 1995 el 38.9% de las muertes maternas correspondió a mujeres nulíparas y primíparas, siendo seguidas por el grupo de grandes multíparas con más de cuatro partos (37 %). Para el año de 1996 la tasa de mortalidad materna institucional, fue de 68 por 100 mil nacidos vivos.

El Ministerio de Salud muestra datos que reflejan una cobertura del parto institucional para el año de 1995 de 39.6 % y de 21.9 % los atendidos por parteras capacitadas. La atención postnatal alcanzó el 28 %. Los partos por cesárea representaron el 24%. Fueron atendidos en los hospitales el 11.7 % de abortos con relación al total de partos hospitalarios del país. Con relación a la prevención del cáncer ginecológico, de la población atendida por el Ministerio de Salud, se habría alcanzado una cobertura de 15.3 % de las mujeres de 15 a 59 años, con un 10.5% de lesiones preinvasivas ( 20,669 mujeres) y un 0.23 % invasivas ( 455 mujeres ).

El Informe Estadístico del Hospital de Maternidad en los primeros cinco meses de 1998, identifica causas de morbilidad:

Causas de morbilidad

Número de mujeres

1. Displasia leve cervical

6,169

2. Carcinoma in situ del útero

2,680

3. Lemioma del útero

1,640

4. Prolapso útero vaginal

1,520

5. Tumor maligno del cuello del útero

1,240

6. Tumor benigno de mama

1,080

La Encuesta Nacional de Salud Familiar, FESAL/98 reporta que el 97.1 % de las mujeres en edad reproductiva conocen al menos un método anticonceptivo, pero solamente el 38.32 % lo usa.

Los métodos que preferentemente usan las mujeres son:

Método anticonceptivo

Porcentaje (%)

Esterilización femenina

21.9 %

Inyección

5.2 %

Orales

4.8 %

Ritmo/Billings

1.8 %

Condón

1.6 %

Retiro

1.6 %

DIU

1.0 %

VIH/SIDA

Respecto a las Enfermedades de Transmisión Sexual se debe mencionar el SIDA. La situación en El Salvador muestra que los primeros casos se registraron en 1984; en diciembre de 1996 se reportaron 1,786 casos, de los cuales fallecieron 269; en 1997 alcanzaban un número de 2,099 casos; la relación hombre-mujer de casos de SIDA es de 3 a 2, siendo el mecanismo más frecuente de transmisión el heterosexual con un 75 % y el más bajo, por transfusión de sangre con 0.6 % . La mayoría de los casos se concentra en la población de 15 a 39 años ( 68.1 % ) . En el grupo de mujeres en edad fértil con VIH positivo, 13.7 % corresponde a mujeres adolescentes y 57.1 % a mujeres de 20 a 29 años de edad. Con relación a los casos de SIDA, el 7.5 % corresponde a mujeres adolescentes y 46. 9 % a mujeres de 20 a 29 años.

En la actualidad se está desarrollando el PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SIDA, el cual se inició en 1989 para un plazo de 10 años, teniendo como objetivo: Interrumpir la cadena de transmisión del VIH a través de la educación en la prevención sexual y perinatal, sangre y hemoderivados, disminuir el impacto social en las personas y comunidades y la vigilancia epidemiológica del VIH/SIDA.

ACCIONES DESARROLLADAS

El objetivo del área de Salud de la Política Nacional de la Mujer “busca superar las condiciones de salud de las mujeres, atendiendo las diferentes necesidades que plantea su ciclo vital, mejorando la calidad de los servicios y dotando de una per s pectiva de género a las y los profesionales y técnicos responsables de los mismos, así como incrementando la información y la educación para la salud de las propias mujeres”.

El responsable de la ejecución es el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través de sus Departamentos, Programas y Unidades de Apoyo.

Se formó el “Comité Interinstitucional de Salud Reproductiva”, integrado por el Ministerio de Salud, Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Asociación Demográfica Salvadoreña, Proyecto de Salud Materno Infantil y Sanidad Militar, el cual tiene como objetivo la revisión y adecuación de los mecanismos de seguimiento y evaluación de la calidad de la atención en los servicios de salud.

Conformación del “Comité de Docencia Asistencial”, integrado por representante de Universidades que tienen Facultades de Medicina, con la función de unificar criterios de trabajo, actualizar la currícula y proponer modificaciones a los programas de estudio.

Realización de investigaciones sobre el embarazo en adolescentes en cuatro Departamentos del país.

Plan de Divulgación permanente sobre el VIH/SIDA.

Revisión de la Ley de Bancos de Sangre.

Revisión del Código de Salud con la participación de las diferentes instituciones del sector Salud.

Fortalecimiento de Laboratorios del sector Salud para aumentar la cobertura de atención.

Reestructuración de la Unidad de Estadística del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, transformándose en Unidad de Coordinación, Monitoreo y Evaluación.

X.Artículo 13: Participación en la vida económica y social sin discriminación

Deberán asegurarse medidas para que no se discrimine a la mujer en esferas de la vida económica y social, reconociendo los mismos derechos en igualdad con el hombre en particular: a) El derecho a prestaciones familiares; b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero; c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los a s pectos de la vida cultural .

El Código de Trabajo establece una norma relativa a la lactancia materna: Art. 312 “Si una trabajadora lacta a su hijo, tendrá derecho con este fin, a una interrupción del trabajo de hasta una hora diaria. A su pedido, esta interrupción se podrá fraccionar en dos pausas de treinta minutos cada una.

Las interrupciones de trabajo conforme al párrafo precedente serán contadas como horas de trabajo y remuneradas como tales”.

Se ha logrado asegurar la entrega de la cuota alimenticia para las y los menores, de parte de aquellas personas que hayan sido sentenciadas al pago de pensiones alimenticias, debiendo hacer efectiva a las y los beneficiarios de la misma, una cuota adicional a la que tiene asignada, equivalente al 30 % de las indemnizaciones que reciban. Esta disposición quedó establecida en el Decreto Legislativo No. 503 de fecha 9 de diciembre de 1998, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 341 de fecha 23 del mismo mes y año.

Se han implementado Programas en el ámbito familiar como “Programa de co m pensación social para niños preescolares, madres embarazadas y en periodo de lacta n cia”

Su objetivo es contribuir a mejorar la seguridad alimentaria familiar, a prevenir el deterioro nutricional de niñas y niños de seis meses a cinco años, madres embarazadas o en etapa de lactancia en riesgo de desnutrición.

En lo que respecta a los préstamos bancarios, se han desarrollado dos Proyectos:

a. Bancos del progreso

El objetivo es contribuir al desarrollo de las mujeres jefas de hogar, facilitándoles accesibilidad a los créditos mediante la autogeneración de ingresos y acumulación de ahorros. Se les otorga préstamos llamados de auto ayuda, con lo cual se fomenta una fuente de financiamiento y el hábito de ahorro entre las y los usuarios del Programa, a la vez que se combate la usura. Se atiende a 145 municipios del país, los cuales representan un poco más del 56 % de cobertura nacional, siendo un 90 % mujeres las usuarias.

b. Servicrédito

El Banco de Fomento Agropecuario creó una línea de crédito especial, denominada SERVICREDITO. Este es un Programa de asistencia técnica y crediticia favoreciendo a una población de mujeres y hombres del sector informal urbano.

La Secretaría Nacional de la Familia ha desarrollado diversas obras de recreación para la familia, tales como :

1. Construcción del Parque de la Familia

2. Construcción del Parque De Mi Pueblo y el Parque El R e creo.

3. Reconstrucción del Parque Zoológico Nacional

4. Construcción del Museo del Niño.

Se ha elaborado un diagnóstico para la restauración de 4 Centros de Recreación Obrera del Ministerio de Trabajo.

Implementación de Proyectos Recreativos y socio culturales dirigidos a mujeres trabajadoras de la empresa privada de cuatro Departamentos del país, sus hijas e hijos.

Se han conformado equipos deportivos con mujeres trabajadoras en las ramas de fútbol, softbol, basquetbol y voleibol.

XI.Artículo 14: Derechos las mujeres en el área rural

Los Estados partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económ i ca de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la econ o mía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer en las zonas rurales.

En esta área, el Ministerio de Agricultura y Ganadería con sus instituciones centralizadas y descentralizadas , es el encargado de garantizar el objetivo de promover los derechos de las mujeres a la propiedad y acceso a la tierra, a los recursos, al empleo, a los mercados y al comercio, actualizar la normativa agraria y el marco legal regulatorio de las cooperativas agrícolas.

REVISIÓN DE LEYES

Se ha trabajado en la identificación y revisión de dos leyes agrarias que contienen disposiciones discriminatorias para las mujeres, las cuales son: * Propuesta de reforma a la Ley Especial para la Afectación y Destino de las Tierras Rústicas excedentes de las Hectáreas. * Propuesta de reforma a la Ley del Régimen Especial de la tierra en propiedades de las Asociaciones Cooperativas Comunales y Comunitarias Campesinas.

IMPLEMENTACION DE PROYECTOS

Promoción de 111 proyectos con enfoque de género a 3,310 productores de los cuales 1,324 son mujeres y 1986 son hombres.

Con relación a la implementación de sistemas de mercados, se logró consolidar La Plaza del Productor, como mecanismo alternativo de comercialización en forma organizada.

A través de 3,750 boletines que fueron elaborados y reproducidos, se hizo distribución de indicadores de precios de mercado, los cuales son difundidos como parte de una campaña de información en medios de comunicación.

Se han desarrollado Proyectos de tipo organizacional en los cuales participan mujeres en Directivas comunales y unidades sociales.

Otros Proyectos formulados se refieren al alivio de la carga doméstica ( 15 ).

Funciona una guardería piloto para las niñas y niños de mujeres participantes en los distritos de riego.

CAPACITACIONES EN GENERO A PERSONAL INSTITUCIONAL

Personal de la Dirección de Desarrollo Rural con responsabilidad en proyectos.

Personal Administrativo y Técnico de las diferentes dependencias del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

CAPACITACIONES Y ASESORIAS A PRODUCTORAS Y PRODUCTORES

Diversas jornadas de motivación, capacitación y asesoría se realizaron con la participación de liderezas, productoras y productores, en aspectos relacionados con el trabajo de inducción; sobre producción animal; agricultura orgánica, manejo integrado de plagas, conservación de suelos y agroforestería.

Asesoría a 72 organizaciones comunales para el desarrollo de actividades con enfoque de género.

PROMOCION DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN ACTIVIDADES DE SANIDAD AGROPECUARIA Y CONTROL DE CALIDAD

Como paso previo al desarrollo de 10 campañas de vacunación en bovinos, cerdos, aves y equinos, se desarrollaron jornadas de capacitación a liderezas y líderes con el objetivo de formar multiplicadoras y multiplicadores.

Nuevas productoras en número de 15 y 57 nuevos productores, recibieron capacitación sobre profilaxis y manejo de porcinos, bovinos, equinos y aves.

Mujeres productoras agropecuarias se incorporaron a 221 charlas sobre inseminación artificial y alimentación animal.

Se desarrollaron 53 cursos en inseminación artificial y alimentación animal, participando 439 hombres y 158 mujeres.

Jornadas divulgativas para dar a conocer normas fitozoosanitarias se desarrollaron en número de 30.

JORNADAS DE CAPACITACION PARA POTENCIAR EL PROCESO DE LA AGROINDUSTRIA

Capacitación en agroindustria de transformación primaria y actividades microempresariales se impartió a 40 mujeres y 11 hombres.

Capacitación en la elaboración de artesanías de bambú dirigida a 37 hombres productores y 35 mujeres productoras.

Mujeres en número de 150 recibieron capacitación sobre enfermedades de aves. Así mismo 16 mujeres están aplicando técnicas para el manejo de aves criollas en cautiverio.

Desarrollo de 5 capacitaciones en manejo de cultivo de tomate y chile dulce a 63 mujeres y 11 charlas en nuevas variedades de chile dulce, participando 60 mujeres.

Se impartieron 10 capacitaciones sobre manejo de plagas en hortalizas, manejo integrado de plagas en cultivos de piña, musáceas y cítricos, participando 115 mujeres.

195 mujeres fueron capacitadas en fertilidad de suelos. 70 mujeres productoras participaron en dos cursos, nueve giras y 8 demostraciones sobre transferencia en cinco tecnologías de manejo conservacionista en microcuenca. 147 mujeres productoras tuvieron acceso a análisis de laboratorio de suelos, diagnóstico rápido de campo y visitas.

525 mujeres participaron en la elaboración de abono orgánico. 71 en procesamiento de hortalizas.

Se proporcionaron técnicas de procesamiento de queso a 12 mujeres.

43 mujeres fueron beneficiadas con tecnologías agroforestales.

61 mujeres recibieron capacitación en educación ambiental.

36 mujeres participaron en 9 jornadas de capacitación de postcosecha. 31 en manejo de plantas medicinales.

PROMOCION DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN POLÍTICAS Y ESTRATEGIAS DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA.

3,668 mujeres productoras recibieron servicios de extensión habiéndose beneficiado 10,700 productoras

Un número de 100 familias se encuentran n proceso de adopción de tecnología en manejo y procesamiento de soya.

Se ha promovido el uso de silos metálicos para almacenar la producción de granos y lograr mejores precios en el mercado.

XII.Artículos 15 y 16: Derechos Civiles, Matrimonio y Familia

Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley. Adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación co n tra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones fam i liares.

En el Artículo 32 de la Constitución se encuentra el Capítulo II Derechos Sociales, Sección Primera, La Familia, que establece “ la familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y des a rrollo social, cultural y económico.

El fundamento legal de la familia es el matrimonio y descansa en la igualdad juríd i ca de los cónyuges.

El Estado fomentará el matrimonio; pero la falta de éste no afectará el goce de los derechos que se establezcan a favor de la familia” .

El Artículo 33 se refiere a que “La ley regulará las relaciones personales y patrim o niales de los cónyuges entre sí y entre ellos y sus hijos, estableciendo los derechos y deberes recíprocos sobre bases equitativas; y creará las instituciones necesarias p a ra garantizar su aplicabilidad. Regulará asimismo las relaciones familiares resu l tantes de la unión estable de un varón y una mujer”.

El Artículo 36 señala que “ Los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio y los adoptivos, tienen iguales derechos frente a sus padres. Es obligación de éstos dar a sus hijos protección, asistencia, educación y seguridad.

No se consignará en las actas del Registro Civil ninguna calificación sobre la nat u raleza de la filiación, ni se expresará en las partidas de nacimiento el estado civil de los padres.

Toda persona tiene derecho a tener un nombre que la identifique. La ley secundaria regulará esta materia.

La ley determinará asimismo las formas de investigar y establecer la paternidad”.

El Código de Familia contempla en el Artículo 4 los Principios Rectores: “La un i dad de la familia, la igualdad de derechos del hombre y de la mujer, la igualdad de derechos de los hijos, la protección integral de los menores y demás incapaces, de las personas de la tercera edad y de la madre cuando fuere la única responsable del hogar”.

La legislación de Familia regula las Relaciones Personales y Patrimoniales entre los cónyuges. Establece en el Artículo 36 inciso primero que “Los cónyuges tienen igu a les derechos y deberes; y por la comunidad de vida que entre ellos se establece, deben vivir juntos, guardarse fidelidad, asistirse en toda circunstancia y consider a ción”.

Con relación a la residencia señala en el Artículo 37: “Los cónyuges fijarán co n juntamente el lugar de residencia y regularán de común acuerdo todos los asuntos domésticos”.

La cooperación está regulada en el Artículo 39: “ Ninguno de los cónyuges podrá l i mitar el derecho del otro a desempeñar actividades lícitas o a emprender estudios o perfeccionar conocimientos, y para ello deben prestarse cooperación y ayuda, cu i dando de organizar la vida en el hogar, de modo que tales actividades, perfecci o namiento o estudios no impidan el cumplimiento de los deberes que este Código les impone.

El trabajo del hogar y el cuidado de los hijos, serán responsabilidad de ambos có n yuges”.

El padre y la madre están obligados a la crianza de hijas e hijos como lo establece el Artículo 211: “ con esmero; proporcionándoles un hogar estable, alimentos adecu a dos y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad, hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta las capacidades, aptitudes e inclinaciones del hijo.

Si el hijo llega a la mayoría de edad y continúa estudiando con provecho tanto en tiempo como en rendimiento, deberán proporcionársele los alimentos hasta que concluya sus estudios o haya adquirido profesión u oficio.

El padre y la madre, estarán obligados a cuidar de sus hijos desde su concepción”.

Cuando los padres no hicieren vida en común, se separaren o divorciaren, el cu i dado personal de los hijos lo tendrá cualquiera de ellos, según lo acordaren”. Art. 216 inciso segundo.

Con respecto a las relaciones y trato, el Artículo 217 dice: “El padre y la m a dre, aunque no convivieren con su hijo, deberán mantener con él las relaciones afectivas y el trato personal que favorezca el normal desarrollo de su personalidad. Cuando sea necesario, el juez podrá regular el tiempo, modo y lugar que para ello se r e quiera”.

La asistencia también se encuentra regulada en el Artículo 218: “Los padres deben asistir moral y económicamente a sus hijos sujetos a autoridad parental, que se h a llaren involucrados en procesos de menores o penales y suministrar los gastos que requiera su asistencia legal.

En el Código Penal se contempla el INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA ECONOMICA, en el Artículo 201, “cuando el padre, adoptante o tutor de un menor de dieciocho años o de persona desvalida que deliberadamente omitiere, prestar los medios indispensables de subsistencia a que estuviere obligado, mediando sentencia civil definitiva ejecutoriada, convenio celebrado en la Procur a duría General de la República o fuera de ella, será sancionado con diez a treinta jornadas semanales de trabajo de utilidad pública”.

ACCIONES DESARROLLADAS

La Política Nacional de la Mujer contempla como objetivo de esta área el fortalecimiento de la familia como entidad de generación de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, fomentando formas equitativas en la distribución de responsabilidades entre las y los miembros del grupo familiar, teniendo la responsabilidad de su cumplimiento la Procuraduría General de la República y la Secretaría Nacional de la Familia.

Se ha trabajado en la formulación de un documento preliminar sobre la Política Nacional de la Familia, con la participación de la Secretaría Nacional de la Familia, Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, Instituto Salvadoreño de Protección al Menor y el Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad.

Elaboración de un diagnóstico de la familia salvadoreña rural y urbana identificando las áreas problemáticas teniendo como ejes transversales la perspectiva de género, la no discriminación y la equiparación de oportunidades entre hombres y mujeres.

Se otorgó a hijas e hijos de usuarias de la Procuraduría General de la República, becas estudiantiles para el nivel de bachillerato y Estudios Vocacionales.

La Procuraduría General de la República desarrolló programas de reconocimiento de padres a hijas e hijos, con un incremento del 53% durante el período comprendido de enero a noviembre de 1998.