21° período de sesiones

Acta resumida de la 434ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 15 de junio de 1999, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Ouedraogo (Vicepresidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial de Nepal

En ausencia de la Presidenta, la Sra. Ouedraogo, Vicepresidenta, ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.20 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial de Nepal (CEDAW/C/NPL/1)

Por invitación de la Presidenta, el Sr. Shakya (Nepal) toma asiento como participante en el debate de la M e sa.

El Sr. Shakya (Nepal), presentando el informe inicial de Nepal (CEDAW/C/NPL/1), dice que Nepal ha pasado recientemente a ser parte de cierto número de instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida la Convención sobre todas las formas de discriminación contra la mujer. Además, el orador dice que le complace informado de que, tras la aprobación de la nueva Constitución de 1990, la pena de muerte ha quedado totalmente suprimida. La Constitución abarca todos los derechos básicos y libertades fundamentales y ha sido promulgada partiendo de la base de la igualdad entre los hombres y las mujeres. No obstante, la pobreza es un obstáculo fundamental a la aplicación de numerosos instrumentos internacionales: se estima que el 50% de la población de Nepal vive en la absoluta pobreza, y que la pobreza urbana ha aumentado rápidamente en el último decenio. El Gobierno considera que los derechos humanos deben formar parte integrante de todas las estrategias y esfuerzos de mitigación de la pobreza.

En los albores del siglo XXI, las mujeres nepalesas siguen estando oprimidas, explotadas y desatendidas y tienen poca seguridad a causa del analfabetismo, la pobreza, la tradición y un ordenamiento jurídico discriminatorio. Dado que las mujeres representan poco más de la mitad de la población, su desarrollo contribuye al desarrollo general del país. Así, el enfoque de la "mujer en el desarrollo" ha constituido la política nacional desde el sexto plan de desarrollo quinquenal. En el octavo plan, se ha aprobado políticas para lograr que las mujeres participen en la corriente general del desarrollo y garantizar así su participación en todos los sectores, mejorar su situación social, económica, educativa, política y jurídica, incrementar su capacidad estableciendo actitudes para la generación de empleo y crear un entorno propicio para el acceso al proceso de adopción de decisiones en los planos nacional y local. De conformidad con los compromisos contraídos en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing, se ha formulado un Plan nacional de trabajo en pro de la igualdad entre los géneros y la habilitación de la mujer, al tiempo que se ha creado el Ministerio de la Mujer y Bienestar Social.

Entre los problemas que existen a los efectos de mejorar la condición jurídica y social de la mujer cabe mencionar un sistema jurídico y social que deniega a la mujer el acceso a la propiedad, el empleo y otros recursos económicos. Habida cuenta del bajo nivel educativo de las mujeres, se les sigue denegando el acceso a la política y a los procesos de adopción de decisiones en el plano administrativo. La tasa de mortalidad derivada de la maternidad, cifrada en 53,9 por 10.000 nacidos vivos, es muy elevada y contribuye a que la esperanza de vida sea menor para las mujeres que para los hombres. La tasa de alfabetización de la mujer se cifra únicamente en el 30%, en tanto que el caso de los hombres alcanza el 66%.

El noveno plan de desarrollo quinquenal se centra en la mujer con miras al alcanzar el objetivo general de mitigar la pobreza y desarrollar los recursos humanos. Sus estrategias y políticas de aplicación entrañarán la participación de la mujer en la corriente general del desarrollo. La contribución de la mujer al trabajo en el hogar se evaluará e incorporará en el sistema de contabilidad nacional. La estructura institucional existente se fortalecerá y se adoptarán indicadores apropiados, desglosados por género, para llevar a cabo una labor de supervisión y evaluación al respecto. Con el fin de eliminar las desigualdades entre los géneros, se llevará a cabo una revisión de la legislación para eliminar las leyes discriminatorias y la discriminación existente se reducirá gradualmente mediante la aprobación de políticas y programas positivos. Las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y los órganos locales serán movilizados para luchar contra la violencia contra la mujer mediante actividades de prevención y de rehabilitación.

El Plan nacional de trabajo en pro de la igualdad entre los géneros y la habilitación de la mujer abarca 11 sectores que exigen especial atención: la pobreza, la  enseñanza, la salud, la violencia, la insurrección armada, la economía, la formulación de políticas, la estructura institucional, los derechos humanos, el medio ambiente y la infancia. Se aplicarán diversos programas en esos sectores en el contexto del noveno plan de desarrollo. En el sector de la enseñanza, el objetivo que se persigue que es aumentar el nivel de alfabetización de la mujer hasta el 67% y aumentar hasta el 50% el porcentaje de maestras y de mujeres que participan en cursos de formación profesional. En el sector de la salud, los programas harán hincapié en la maternidad sin riesgos y la asistencia a las mujeres de edad. El programa de participación de la familia también será ampliado considerablemente. Para incrementar la productividad de la mujer en la agricultura, se han formulado programas para garantizar su acceso a la tecnología de la producción y al crédito. Los programas para potenciar la participación de la mujer en economía harán hincapié en los planes de microcrédito y la capacitación. En cuanto al sector jurídico, se establecerán los tribunales de familia y se adoptarán disposiciones para reducir las disparidades económicas entre el nombre y la mujer. El enfoque jurídico para impedir la violencia contra la mujer se examinará y se reforzará asimismo. Para elevar el grado de sensibilización sobre la igualdad entre los géneros en los niveles político, administrativo y local, se organizarán seminarios de formación y campañas de publicidad.

El problema de la trata de mujeres y niñas y la prostitución es cada vez más grave. En respuesta a él, se ha establecido un "hogar para el logro de la autosuficiencia y la rehabilitación" que abarca un programa de formación semestral en técnicas de empleo, en régimen de internado, para las mujeres que practican la prostitución. Además, se proporcionarán servicios de rehabilitación a las víctimas de la trata. El Ministerio de la Mujer y Bienestar Social ha constituido un comité de coordinación nacional encargado de coordinar todos los programas que aplican los organismos del Gobierno a fin de evitar la duplicación y llevar a cabo actividades eficaces de supervisión y evaluación. Los secretarios de los principales ministerios son miembros del comité. Además, se ha establecido Plan de Acción Nacional encargado del seguimiento de la Plataforma de Acción de Beijing.

El Ministerio ha constituido un equipo de tareas para revisar todas las leyes discriminatorias contra la mujer y ha recomendado que se modifiquen esas leyes al Ministerio de Derecho y Justicia. Se han presentado a la Cámara de Representantes un proyecto de ley por el que se reconocen derechos de herencia a las hijas, un proyecto de ley sobre la violencia en el hogar y con proyecto de ley de constitución de tribunales familiares, si bien de resultas de las elecciones que se celebraron en mayo de 1999, el Parlamento fue disuelto y los proyectos de ley tendrán que presentarse en la próxima legislatura.

Las mujeres siguen estando insuficientemente representadas en la administración pública del país, ya que constituyen menos del 8% del total de sus empleados y únicamente el 3% de los altos funcionarios.

Refiriéndose a la participación de la mujer en el proceso político, el orador dice que en las elecciones generales de mayo de 1999, 13 de las 142 candidatas lograron ser elegidas miembros de la Cámara de Representantes. Esa cifra es el doble de la registrada en las elecciones anteriores. En la Constitución se establece ahora que el 5% de los candidatos presentados por los partidos políticos han de ser mujeres; en las últimas elecciones, el 10% de los candidatos eran mujeres. Aunque sigue sin haber ninguna mujer en el Consejo de Ministros, el Primer Ministro ha dado garantías firmes de que, cuando se amplíe el Consejo, éste incluirá a ministras. La delegación de Nepal acogerá favorablemente toda sugerencia que hagan los miembros del Comité acerca del modo de mejorar sus ulteriores informes periódicos y la condición de la mujer en Nepal en general.

La Presidenta felicita al Gobierno de Nepal por haber ratificado la Convención sin reservas y por los esfuerzos que realiza para promover la igualdad de oportunidades tanto de los hombres como de las mujeres. La oradora encomia a la delegación por la objetividad y franqueza de su informe. El informe se ha preparado siguiendo las directrices del Comité y eso facilitará no sólo su valoración, sino también un diálogo constructivo.

Observaciones generales

La Sra. Taya favorablemente los esfuerzos realizados por Nepal para reforzar la democracia desde 1990, y en particular sus esfuerzos para mejorar la enseñanza de las niñas y promover la democracia desde la base social.

La Sra. Abaka dice que no se aplican las leyes relativas a la igualdad de derechos. En particular, preocupa a la oradora la trata de niños con fines de explotación sexual comercial y el trabajo infantil, pese a que la legislación data nada menos que de 1950. Deben aplicarse con rigor las disposiciones penales pertinentes. Los niños de 14 años, que se encuentran en una situación especial de riesgo, han de ser debidamente protegidos por el Gobierno. La oradora se manifiesta asimismo preocupada por el hecho de que los derechos a la salud reproductiva de la mujer no se reconozcan como derechos humanos básicos.

La Sra. Corti dice que habría preferido que el informe hubiese sido presentado por una mujer, dado que, cuando se trata de sus derechos y realidades, las mujeres son más sensibles. Después de destacar el número considerable de grupos étnicos, idiomas y religiones existentes en Nepal, la oradora dice que debe resultar muy difícil para el Gobierno establecer una política que cuente con el apoyo de una población tan diversa. En su opinión, el mantenimiento de las culturas de los diferentes grupos puede, en ocasiones, ser un obstáculo para el adelanto y la igualdad de la mujer. En Nepal los mecanismos estatales parecen estar controlados por normas, creencias y valores patriarcales, que dan lugar a que la mujer se encuentren en una situación muy precaria. A este respecto, la oradora pregunta si el Ministerio de la Mujer y Bienestar Social está encabezado por una mujer o por un hombre. También pregunta quién ha preparado el informe de Nepal y en qué medida han participado en la preparación las organizaciones no gubernamentales.

Los valores patriarcales predominan en la legislación de Nepal. Por ejemplo, una madre soltera no puede inscribir el nacimiento de su hijo y las mujeres están discriminadas en la ley sobre la adopción. Ciertamente la preferencia por los hijos varones está profundamente enraizada en Nepal y en su legislación. La muy elevada tasa de prostitución, especialmente entre las niñas, así como la falta de medidas concretas para erradicar ese fenómeno delictivo, ponen de manifiesto la falta de voluntad política para hacer frente a la discriminación contra la mujer. Además, tal como muestran los resultados de las recientes elecciones parlamentarias, la participación política de la mujer es prácticamente inexistente. Las actitudes y normas patriarcales parecen ser el obstáculo principal al adelanto de la mujer en Nepal y a la aplicación de los compromisos contraídos por Nepal con arreglo a la Convención. Se ha hecho muy poco para eliminar los estereotipos.

La Sra. Aouij dice que, pese a que Nepal ha abolido la pena de muerte, sigue estando penalizado el aborto, que mata a muchas mujeres diariamente y les deniega su derecho a la vida, que es un derecho fundamental. Ciertamente las complicaciones relacionadas con el aborto provocado son la causa principal de que la tasa de mortalidad derivada de la maternidad, cifrada en 1.500 por 100.000 nacidos, sea la más elevada de Asia meridional. Además, esa es la razón de que la esperanza de vida de la mujer sea más baja. Según el proyecto de ley que tiene ante sí el Parlamento a fin de revisar la legislación existente sobre el aborto, éste sólo será legal en el caso de las mujeres casadas que cuenten con el consentimiento de sus maridos, lo que significa que la mujer sigue sin tener el control de su propio cuerpo. El proyecto de ley ha de ser revisado y aprobado lo antes posible por el Parlamento, ya que el adelanto de la mujer y su salud están vinculados directamente al desarrollo del país y a su bienestar.

Artículos 1 y 2

La Sra. Taya, refiriéndose a los proyectos de ley presentados por el Gobierno al Parlamento en relación con la herencia y los derechos a la tenencia de la tierra, se pregunta si se prevé que su aprobación tropezará con obstáculos y agradecería información sobre el calendario necesario para su aprobación. Además, desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para modificar la legislación manifiestamente discriminatoria, como la relativa al matrimonio y la bigamia, al margen de la presentación del proyecto de ley al Parlamento.

La Sra. Cartwright dice que, aunque acoge favorablemente la ratificación de la Convención por el Gobierno de Nepal sin reservas, el cumplimiento de sus disposiciones es una tarea mucho más difícil. Nepal tiene numerosos problemas relacionados con la pobreza y la salud y existe una profunda discordancia entre la ley y la práctica. Es muy importante lograr que las leyes no sólo se promulguen, sino que se apliquen, dado que eso pondría de manifiesto que el Gobierno no discrimina a ningún grupo de ciudadanos.

Es asimismo urgente modificar la legislación para lograr que la mujer tenga el mismo derecho a heredar bienes que el hombre. La oradora manifiesta su grave preocupación por el hecho de que, en tanto que el Tribunal Supremo dispone de amplias facultades para ordenar la modificación de la legislación y de la política, la Cámara de Representantes ha presentado un proyecto de ley en relación con el cuando no se han adoptado medidas. La oradora se manifiesta asimismo preocupada por el hecho de que el Tribunal Supremo, aunque ha adoptado medidas en relación con el derecho de sucesiones, ha pedido a la Cámara de Representantes que vele por que no se discrimine a los hombres. Las observaciones del Tribunal Supremo y la inactividad de la Cámara de Representantes ponen de manifiesto que existe una discriminación bien enraizada y perjudicial para mujer. El Gobierno de Nepal ha indicado firmemente que desea que la mujer se incorpore al proceso de desarrollo en igualdad con el hombre. Si el Gobierno desea realmente que la mujer participe en el desarrollo, ésta ha de tener acceso a la tierra y a otros bienes en las mismas condiciones que el hombre.

Por lo que respecta a otras leyes que han de ser modificadas o aplicadas, la legislación sobre el matrimonio debe establecer la misma edad mínima para contraer matrimonio en el caso de las mujeres y de los hombres. La obra oradora destaca la recomendación general No. 21 del Comité en la que se exponen las razones por las que ambos esposos deben tener 18 años cumplidos para poder contraer matrimonio, razones entre las que figuran la madurez física y la capacidad para hacer frente a las responsabilidades de los adultos. En cualquier caso, el matrimonio de niños menores de 16 años de edad —lo que constituye un grave atentado contra su integridad corporal y su derecho de disfrutar a de la infancia— ha de prohibirse y castigarse severamente. Las leyes sobre la nacionalidad deben modificarse para permitir que adquieran la nacionalidad los niños de las mujeres y de los hombres naturalizados. Además, con objeto de que aumente el escaso número de mujeres que hay en la judicatura, el Gobierno ha de comenzar a buscar activamente a mujeres idóneas para respecto; y, dado que los miembros de la judicatura son elegidos por el Consejo Judicial, el Gobierno podría empezar por modificar su composición para que incluyera a algunas mujeres. Además, el Gobierno debería modificar la legislación sobre el divorcio para permitir la igualdad de acceso al divorcio y eliminar el pago de la dote, que promueve la discriminación.

La legislación penal también ha de ser objeto de una profunda revisión para garantizar la igualdad de trato. Al parecer no existe ninguna ley sobre la violencia contra la mujer, lo que constituye un problema grave. La recomendación general No. 19 del Comité y la  Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, adoptada por la Asamblea general, contienen definiciones útiles que podrían ser puntos de partida para la legislación y la política. Por último, el Gobierno debe ser encomiado por las medidas preliminares que ha adoptado a fin de erradicar la trata de mujeres, que es otro de los graves problemas con que se enfrenta Nepal.

La Sra. Shalev dice que la situación de la mujer en Nepal es inquietante. Para hacer frente a la ingente tarea que tiene ante sí, el primer paso que ha de adoptar el Gobierno, que es el más fácil, sería la aprobación de medidas jurídicas. La pobreza y los estereotipos culturales o sociales son ciertamente factores intimidantes, pero está en manos del Gobierno proceder a legislar sobre la familia. Así, el Gobierno debe modificar lo antes posible las disposiciones discriminatorias de las leyes sobre el divorcio, que deniegan la custodia de los hijos a las madres después del divorcio. El aborto ha de ser inmediatamente legalizado, ya que, tal como se indica en la recomendación general No. 24 del Comité, relativa a la mujer y la salud, constituye un factor de discriminación el hecho de que un Estado parte se niegue a legalizar la prestación de ciertos servicios de salud reproductiva de la mujer.

La Sra. Ferrer, después de manifestar que hace suyas las preocupaciones de la Sra. Cartwright en relación con la aplicación del artículo 2, pregunta qué medidas concretas está adoptando el Gobierno para poner en práctica el propósito que ha manifestado establecer la igualdad de trato y suprimir la legislación discriminatorias y qué prioridades ha establecido. En el informe (párrs. 45 y 50) se indica que el Tribunal Supremo tiene derecho —que en ocasiones ha ejercido— de derogar, en el ejercicio de sus poderes extraordinarios de revisión judicial, toda ley que restrinja de manera no razonable el disfrute de derechos fundamentales. La oradora se pregunta si el Gobierno tiene previsto recurrir al procedimiento vigente.

La Sra. Khan encomia a Nepal por ser uno de los pocos Estados de Asia meridional que ha ratificado todos los principales instrumentos de derechos humanos e incorporado la Convención a su legislación interna. El Gobierno es claramente consciente de sus obligaciones, habida cuenta de las disposiciones constitucionales que se indican en el informe (párr. 34 y siguientes). Tal como ha destacado la Sra. Cartwright, resulta muy desalentador que allá en vigor tantas leyes discriminatorias que restringen los derechos de la mujer en numerosas esferas. En lo concerniente a la legislación sobre la herencia, hay complejos mecanismos sociales y jurídicos que se refuerzan entre si a los efectos de privar de sus derechos a la mujer. La pobreza, la falta de conciencia social y los prejuicios, que están muy enraizados, constituyen el núcleo del problema. No obstante, la oradora pregunta cómo puede el Gobierno aumentar el grado de sensibilización social si tolera la discriminación al no adoptar leyes contra ese fenómeno. Las autoridades han de actuar en primer lugar para modificar las pautas sociales y de comportamiento. Por consiguiente, la oradora dice que desearía saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para derogar las leyes que infringen la Convención del artículo 11 de la Constitución de Nepal; además, desea saber si hay posibilidades de que se presente del nuevo y se apruebe el proyecto de ley por el que se reconocen derechos de herencia a las hijas (adición al informe, párr. 18).

La Sra. Acar dice que la igualdad de jure, aunque no es suficiente en sí misma, es fundamental para seguir avanzando. Por consiguiente, el Gobierno ha de proceder inmediatamente a anular las leyes contrarias a la Convención y la Constitución. La oradora manifiesta su inquietud por la resignada actitud del Gobierno, que se pone de manifiesto en la adición del informe (párr. 2), donde se manifiesta que desde una perspectiva a largo plazo, cabe considerar que Nepal puede ser uno de los países que atribuya más valor a los hijos que a las hijas, a menos que se formulen y apliquen políticas, administrativas, socioeconómicas y jurídicas. Particularmente en las sociedades patriarcales y autoritarias, en que la intervención política constituye un mecanismo eficaz, han de adoptarse medidas valerosas y radicales. Las políticas jurídicas igualitarias han de preceder a las medidas de acción afirmativas. Recientemente una directriz del Tribunal Supremo, encaminada a la aprobación de medidas legislativas correctivas de inmediato, ha sido desautorizada por el Parlamento y, este respecto, sería interesante saber que tiene previsto hacer el Gobierno para hacer frente a esa situación y adoptar medidas más urgentes general.

Artículo 3

La Sra. Goonesekere dice que está de acuerdo con la Sra. Cartwright en que el Gobierno tiene la obligación de hacer un esfuerzo general en pro de la igualdad de la mujer. En Asia meridional Nepal destaca por ser un país en que el poder del pueblo ha dado lugar al establecimiento de un gobierno democrático y, por consiguiente, son elevadas las expectativas de la población. No obstante, existe una situación contradictoria, ya que las leyes son contrarias a una Constitución que proclama la igualdad y las normas internacionales sobre derechos humanos. La promesa de democratización no ha llegado a las mujeres de Nepal. El Gobierno debe establecer objetivos y fechas en relación con el adelanto de la mujer y delimitar indicadores de progreso.

La oradora desea saber si el Gobierno ha procedido de ese modo y si cuenta con un calendario a largo plazo para la reforma de la legislación, que debe ser sistemática y general. La oradora desea saber, por ejemplo, cómo el Gobierno tiene previsto hacer cumplir la orden del Tribunal Supremo en relación con la aprobación de legislación no discriminatoria en materia de herencia, que el Parlamento se ha negado a aprobar. Ha de abordarse ese problema, ya que la labor de todo gobierno se ve gravemente menoscabada cuando los fallos del poder judicial no se ven complementados mediante medidas del poder ejecutivo y del poder legislativo. Asimismo la oradora desea saber por qué no se ha aplicado la Ley de la Comisión de Derechos Humanos, de 1997; si el Gobierno ha preparado un plan de gestión de las actividades en materia de género y, de ser así, cómo se coordinarán entre sí las diversas instituciones en el marco del plan; además, la oradora desearía que se le mostrase un desglose concreto del presupuesto sobre las cuestiones relativas a la mujer.

La liquidación de la pobreza ha de ser el objetivo primordial, aunque éste no se alcanzará si las mujeres no participan en el proceso. Aunque ninguna mujer nepalesa ha procedido de ese modo, el recurso ante instancias internacionales de conformidad con el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, previo agotamiento de los recursos internos —y en breve de conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención— constituye una posibilidad singular, a menos que el Gobierno actúe con rapidez para poner remedio a la situación de la mujer en el país.

Artículo 5

La Sra. Hazelle, refiriéndose a las prácticas consuetudinarias, dice que Nepal cuenta con legislación que prohíbe los matrimonios de niños y la poligamia, que constituyen graves violaciones a las que se hace referencia en la recomendación general No. 21 del Comité; sin embargo, las leyes no resultan eficaces, en parte porque las penas que se imponen son desproporcionadamente livianas y, de hecho, respaldan indirectamente esas prácticas. La oradora pregunta si el Gobierno tiene previsto formular una serie de advertencias en el sentido de que hará cumplir las prohibiciones.

En relación con los motivos para la disolución del matrimonio y la afirmación que se hace en el informe (párr. 62 ii)) el sentido de que la mujer no tiene derecho a obtener el divorcio cuando ésta simplemente considera que su matrimonio menoscabada su bienestar físico, mental o emocional, es de destacar que no se considera inocua la violencia basada en el género. Esa violencia amenaza la propia vida de la mujer. Por último, sería útil saber si el Gobierno ha adoptado medidas a raíz de los fallos del Tribunal Supremo que se citan en los párrafos 142, 143 y 144 del informe, todos los cuales se refieren a acciones interpuestas por mujeres contra disposiciones legislativas que las discriminan.

La Sra. Ferrer dice que el Gobierno deberá hacer gala de una firme voluntad política para modificar las tradiciones muy enraizadas que subyugan a la mujer nepalesa, entre ellas prácticas aberrantes tales como entregar a niñas prepúberes en matrimonio, el matrimonio de las niñas con hombres mayores y la tradición de las " prostitutas del templo". Sería útil saber si el Ministerio de Educación organiza cursos de formación y sensibilización sobre esos asuntos para los maestros, los profesionales y la comunidad en general y si difunde información educativa pertinente a través de los medios de comunicación.

En varios pasajes del informe se citan pequeños cambios en la legislación claramente discriminatoria. Se indica que la mujer deja de estar sometida al marido merced a una ley que permite que ésta se divorcie en caso de que el marido se niegue a mantenerla o tenga otra esposa. Sin embargo, la mujer debe poder divorciarse simplemente porque ya no ama a su marido. ¿Tiene previsto el Gobierno una revisión radical de la legislación con objeto de garantizar a la mujer sus derechos con arreglo al Pacto? Por último, sería útil saber qué importancia tiene la violencia contra la mujer en Nepal, cómo se considera la violencia contra la mujer en la legislación y qué tratamiento está a disposición de las mujeres agredidas.

La Sra. Goonesekere dice que, lamentablemente, el informe no hace ninguna referencia al problema de la violencia contra la mujer. La oradora observa que la legislación en la que se prohíbe el aborto impone graves condenas de privación de libertad a las mujeres que abortan y que se han manifestado preocupaciones en relación con la violencia contra la mujer en las cárceles. ¿Prevé el Gobierno adoptar medidas para proteger a la mujer frente a la violencia de los funcionarios de prisiones? En el informe tampoco se examina la violencia relacionada con la dote, que es un problema frecuente en los países de Asia sudoriental.

La Sra. Khan pregunta si el Gobierno ha considerado la posibilidad de revisar las disposiciones del Muluki Ain, las cuales, según el informe, se basan en el sistema de castas tiene una tradición de dominación por parte del hombre. La oradora también lamenta que el informe no haga ninguna referencia a la violencia en el hogar, la cual, según las organizaciones no gubernamentales, está muy difundida. El Muluki Ain tolera la poligamia, pese a las prohibiciones de la Constitución y de las leyes al respecto. Dado que la poligamia, que es una fuente primordial de violencia contra la mujer, es alarmantemente frecuente en Nepal, la oradora desea saber si se han realizado estudios para evaluar esa práctica. La prostitución de las mujeres y niñas es también alarmante: las jóvenes de la castas Badi, quienes tradicionalmente trabajaban como animadoras en la zona occidental de Nepal, han pasado a practicar la prostitución y nada menos que 200.000 muchachas nepalesas de entre 16 y 20 años practican la prostitución en países vecinos.

Aunque el sector del turismo está en auge en Nepal, en el informe no se hace mención a él, pese a que da lugar a la explotación sexual de las mujeres y las niñas. En el próximo informe debe tenerse en cuenta ese aspecto. Sería útil saber si el Gobierno cuenta con un plan de acción general para hacer frente a la trata de seres humanos, si se han adoptado medidas para hacer cumplir las cuestiones pertinentes del Muluki Ain y si se capacita a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para hacer frente a ese problema. La oradora desea saber si Nepal ha emprendido actividades de cooperación regional con miras a aplicar el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena y si tiene previsto ratificar de inmediato el Convenio para la eliminación de la prostitución, recientemente aprobado por la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional (SAARC). Además, sería útil saber las características principales del plan de acción para luchar contra la trata de mujeres y niños, qué recomendaciones han sido formuladas por el equipo de tareas nacional y si se ha establecido algún procedimiento para eliminar esa lacra.

Tampoco se menciona en el informe la gran diversidad de grupos étnicos que viven en Nepal. Algunos de esos grupos habitan en regiones montañosas aisladas y el aislamiento influye fuertemente en la situación y en la condición jurídica y social de la mujer. Las mujeres terai del sur de Nepal no sólo son trabajadoras en régimen de servidumbre, sino que también se consideran propiedad sexual de los propietarios de tierra. Sus hijos se encuadran dentro del régimen de servidumbre desde su nacimiento y, de esa manera, el sistema de explotación pasa de generación en generación. Las mujeres dalit, que pertenecen a la casta inferior, no sólo son sumamente pobres, sino que también están dominadas por las castas superiores. Aunque la tasa nacional de alfabetización de la mujer se cifra en el 25%, en el caso de las mujeres dalit llega únicamente al 4%. La tasa nacional de utilización de métodos anticonceptivos se cifra en el 30%, si bien, en el caso de las mujeres dalit llega únicamente al 7%.

La mortalidad derivada de la maternidad muy superior entre las dalit que entre las demás mujeres nepalesas. Además, cada vez hay más dalit que se dedican al tráfico de estupefacientes y a la comisión de delitos menores; según un informe, una gran mayoría de las mujeres encarceladas son dalit. Su extremado aislamiento social y económico les cierra la posibilidad a ascender en la escala social. Sería útil saber si el Gobierno tiene previsto adoptar medidas para hacer frente a esa situación, si se han promulgado leyes para prohibir la discriminación en función de la casta y si los funcionarios de la administración pública pueden ser castigados por denegar servicios obligatorios a las personas de la casta inferior.

La oradora destaca las recomendaciones formuladas con motivo de las consultas sobre la cultura y las costumbres, recientemente organizadas por International Women’s Rights Action Watch (IWRAW), recomendaciones según las cuales las actividades para promover el adelanto de la mujer y modificar prejuicios y prácticas culturales muy enraizados han de concentrarse en primer lugar en hacer desaparecer el modo en que los hombres dominan el orden social, definen la cultura y justifican las prácticas discriminatorias. La oradora, que pertenece a una cultura tradicional, está firmemente convencida de que el único modo de lograr el cambio es impugnando esas justificaciones. No obstante, es el Gobierno el que debe ocuparse de propiciar el cambio: ha de modificar la legislación y organizar campañas intensivas de educación. Sin embargo, lo primero que ha de hacer es cumplir su compromiso de velar por los derechos de la mujer.

Artículo 6

La Sra. Taya dice que el Ministerio de la Mujer y Bienestar Social ha preparado planes y políticas nacionales para luchar contra la trata de muchachas, planes que incluyen, entre otras cosas, la mitigación de la pobreza, la habilitación de la mujer y el establecimiento de relaciones de cooperación internacionales para poner fin a la trata de mujeres. ¿Qué medidas se han adoptado para aplicar de inmediato esos planes?

La Sra. Regazzoli dice que, aunque Nepal ha  respaldado todas las principales iniciativas encaminadas a luchar contra la trata de niños, muy pocos han sido los traficantes denunciados. Por ello, no queda claro si se han adoptado medidas prácticas para eliminar ese problema. La oradora pregunta si el Gobierno ha procedido a denunciar esos incidentes a la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) y se ha adoptado medidas para facilitar la rehabilitación de los niños rescatados y llevarlos a sus hogares. Además, convendría saber cuáles son los ingresos anuales nacionales procedentes del turismo y si se han establecido programas para enseñar a las mujeres a beneficiarse del turismo y la silvicultura. En opinión de la oradora, la capacitación de la mujer para que emprenda actividades productivas puede resultar un medio eficaz para luchar contra la explotación sexual de las mujeres y los niños.

La Sra. Corti pregunta si se han preparado planes para hacer frente de inmediato al alarmante fenómeno de la prostitución de las nepalesas. Desea saber si el Gobierno ha emprendido conversaciones con la India y otros países en relación con la trata de mujeres y niños; si se ha comenzado el proceso de revisión y reforma de la legislación pertinente; si se prevé el establecimiento de centros para la rehabilitación de las niñas traumatizadas por la prostitución y el pago de indemnizaciones a las víctimas; y si se dispone de servicios gratuitos de asesoramiento jurídico a las víctimas de la violencia. Nepal se ha referido a la organización de seminarios y a la distribución de comunicaciones; tal vez sería mejor que comenzara por aumentar la tasa de alfabetización de la mujer.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.