22° período de sesiones

Acta resumida de la 465ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 1º de febrero de 2000, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. González

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo, tercero y cuarto de Alemania (cont i nuación)

S e declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo, tercero y cuarto de Alemania (continuación)(CEDAW/C/DEU/2-3 y 4)

1.Por invitación de la Presidenta, la Sra. Niehuis, la Sra. Thielenhaus, la Sra. Augstein y la Sra. Royall-Grotte (Alemania) toman asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Goonesekere pregunta si al Gobierno federal le es posible influir en la configuración de los programas de estudios de las universidades de los diversos Länder a fin de asegurar que se incorporen en forma general las perspectivas de género. En cuanto a la igualdad de derechos, observa que si bien los hombres pueden hacer uso de licencia por nacimiento de un hijo, rara vez lo hacen. La educación pública podría ser de utilidad a este respecto. Desea saber si en las facultades de pedagogía de las universidades hay guarderías infantiles en el lugar de trabajo que podrían usarse también para fines de capacitación.

3.En lo que se refiere al tema de los reglamentos de visado, observa que en muchos países se otorgan a los cónyuges visas de residencia al cabo de un proceso de verificación inicial, lo que les permite solicitar más tarde la ciudadanía. En Alemania, los reglamentos de visado no hacen distinciones entre los géneros, pero el tiempo dilatado que tarda la obtención de una visa de residencia tiene más consecuencias para las mujeres que para los hombres, ya que su situación incierta puede hacerlas vulnerables al abuso y la trata. Desea que se expliquen los criterios en que se basan los reglamentos de visado de Alemania.

4.Asimismo, pide que se aclare la legislación que rige las negociaciones colectivas, y pregunta si sería posible promulgar directrices en relación con el acoso sexual en el lugar de trabajo. También desea saber si existen arreglos para facilitar la participación de las mujeres en el proceso de negociación colectiva, y si se están haciendo esfuerzos dentro de los sindicatos para promover la sensibilidad a las cuestiones de género.

5.La Sra. Niehuis (Alemania), respondiendo a la observación al efecto de que en los informes no se vincula explícitamente la política de igualdad de derechos de Alemania con las disposiciones de la Convención, dice que los informes de su país se redactan en una forma algo diferente de los documentos de las Naciones Unidas y otros documentos internacionales y generalmente no contienen tantas referencias a otros textos.

6.Es verdad que la conciliación de la familia y la carrera y la promoción de los derechos de la mujer son dos cuestiones distintas. También es efectivo que hasta hace poco la mayoría de las mujeres alemanas, en lugar de combinar la familia y la carrera, renunciaban a sus empleos para dedicarse a sus obligaciones familiares. El propósito ahora es cambiar esa pauta y alentar a las mujeres a conciliar la familia y la carrera en el sentido más auténtico. Se ha enmendado la ley sobre la licencia para la crianza de los hijos; en tanto que antes las mujeres podían dejar sus empleos por un período de hasta tres años conservando el derecho a reasumirlos, la nueva ley contiene una disposición que permite tanto al padre como a la madre trabajar a horario parcial durante la licencia y reasumir luego el empleo a tiempo completo. Con ello se brindan a los hombres y a las mujeres las mismas oportunidades para buscar la manera de conciliar la familia y la carrera.

7.El afianzamiento de la igualdad de derechos para la mujer en el sector privado presenta un reto arduo. Es mucho más difícil reglamentar el sector privado que el público, en parte porque es mucho más diverso. Se ha establecido un grupo de expertos integrado por representantes de la industria, los círculos científicos, el sector político y las partes en las negociaciones colectivas para que examine las disposiciones relativas a la igualdad de derechos. Puesto que ya se han aprobado suficientes leyes sobre la materia, no se trata de agregar nuevas medidas legislativas sino de modificar la situación de hecho, lo que sólo se podrá lograr realzando la conciencia de quienes ejercen el poder en el sector privado. Las actividades tendientes a promover el adelanto de la mujer se organizan conjuntamente con sindicatos y asociaciones de empleadores. También se está procurando incluir el concepto de la igualdad de derechos en la Ley sobre la Constitución de Compañías. El proceso es lento e intensivo, pero es de gran importancia para las mujeres, ya que de hecho la mayoría de ellas trabaja en el sector privado.

8.La Sra. Thielenhaus (Alemania) dice que a las mujeres de los Länder nuevos les ha sido difícil encontrar empleo. Su tasa de desocupación es del 21%, esto es, 4% más que la de los hombres y 10% más que la de las mujeres de los Länder occidentales. En estos últimos los índices de desempleo son iguales para ambos géneros, e incluso la situación de las mujeres es ligeramente mejor debido al empleo a jornada parcial. Con todo, la tasa de empleo de las mujeres es más elevada en los Länder nuevos, donde alcanza al 57%, que en los occidentales, donde es del 48%.

9.Las expectativas de las mujeres de los Länder orientales en cuanto a una plena integración al mercado laboral y extensas prestaciones familiares, garantizadas por el Estado, se vieron frustradas luego de la reunificación. Pese a los intensos esfuerzos legislativos, la situación ha mejorado sólo levemente y muchas mujeres se han visto obligadas a aceptar empleos de nivel inferior al de las ocupaciones que tenían antes. Se han adoptado diversas medidas favorables a las mujeres en relación con el Fondo Estructural Europeo. En los programas federales para la creación de empleos y el adelanto de la mujer de los medios rurales se presta especial atención a los Länder nuevos.

10.Con respecto a la puericultura, se atiende casi por completo al grupo de tres a seis años de edad, y en esta materia la situación es ligeramente mejor en los nuevos Länder, pero no hay suficientes plazas para los niños menores de tres años y mayores de seis. La tasa de natalidad es un indicador útil del nivel de la integración social. En los primeros años siguientes a la reunificación se registró una declinación abrupta de la tasa de natalidad en los Länder nuevos, pero el índice luego volvió a su nivel anterior. Las mujeres de los nuevos Länder participan muy activamente en asociaciones femeninas de nivel tanto regional como nacional.

11.Se han formulado preguntas acerca de la integración social de las mujeres extranjeras. Los datos de que se dispone sobre las mujeres se han desglosado por Land, por grupo de edad y por nivel de necesidad, pero en ellos no se distingue entre mujeres alemanas y extranjeras. Las cifras indican que para las mujeres jóvenes el índice de participación en la fuerza de trabajo es casi igual al de los hombres, pero que es mucho más bajo para las mujeres casadas y las de edad. Por cierto, el idioma es un factor importante en la integración social. En todos los Länder hay programas y cursos de idiomas para madres extranjeras que no trabajan. El programa contra la desocupación entre los jóvenes se centrará durante el año en curso en los jóvenes extranjeros. No se dispone de datos desglosados por género respecto de las víctimas de actos de racismo o xenofobia. Habida cuenta de la prevista incorporación de la perspectiva de género en la actividad general, la utilización de datos organizados en función del género en el proceso de planificación será una novedad interesante.

12.En cuanto a los horarios de trabajo flexibles, cabe señalar que el trabajo a jornada parcial, si bien rinde un ingreso inferior al del empleo a tiempo completo, desempeña una función importante y explica en parte el bajo nivel del desempleo entre las mujeres de los Länder occidentales. Por horario parcial no debe entenderse necesariamente una media jornada, ya que significa cualquier número de horas que en total no lleguen al horario completo. El propósito de fomentar el trabajo a jornada parcial es reducir en general las horas de trabajo, con el fin de superar el reto a que hacen frente los países industrializados en lo que se refiere a una distribución equitativa del trabajo. Dentro de poco el Gobierno federal iniciará una campaña para hacer más atrayente el trabajo con horario parcial. Ya no es realista esperar que sea posible ofrecer a todos empleo de tiempo completo, y las nuevas formas de trabajo disponibles contribuirán a modificar las actitudes de la población.

13.En respuesta a la pregunta sobre los programas de estudios universitarios, la oradora indica que el funcionamiento de las universidades es responsabilidad de los Länder, más bien que del Gobierno federal. No obstante, el Gobierno federal ha creado una conferencia con los ministerios de los Länder y se han adoptado medidas para incrementar el porcentaje de mujeres que desempeñan funciones de investigación en las universidades y los institutos de enseñanza superior.

14.La oradora no sabe si en los arreglos relativos al lugar de trabajo concertados por las partes en negociaciones colectivas se han incluido disposiciones sobre el acoso sexual. Está aumentando la participación de las mujeres en los sindicatos, pero cualesquier esfuerzos que hagan éstos en beneficio de las mujeres son de carácter voluntario y, a diferencia de los partidos políticos, no están sujetos a cuotas obligatorias para asegurar la igualdad en la representación.

15.La Sra. Augstein (Alemania) dice que el contenido del artículo 3 de la Ley Fundamental fue tema en su momento de extensas deliberaciones entre las mujeres y en círculos políticos, y la enmienda a dicho artículo, por la que se obliga al Estado a propiciar la igualdad de hecho, se dio a conocer y se promovió ampliamente. No parece hacer falta más instrucción sobre esa materia en los círculos políticos. Con arreglo al artículo 3, las mujeres pueden presentar denuncias directamente al Tribunal Constitucional o a un tribunal de primera instancia, que puede remitirlas a un nivel superior si se determina que se ha cometido una infracción.

16.En relación con la violencia contra la mujer, señala que en años recientes se han perfeccionado de diversas maneras las medidas para proteger a las víctimas. La víctima puede disponer de un asesor jurídico, con cargo al Estado, y puede hacerse acompañar en el tribunal por una persona de su confianza, elegida por ella. Las audiencias pueden ser privadas, pero rara vez lo son, pues el carácter público de las actuaciones a menudo realza la protección. El acusado puede a veces ser retirado del tribunal, en cuyo caso se le supone inocente y el tribunal considera las pruebas en su contra.

17.Con referencia al matrimonio y al derecho a residir en el hogar conyugal, las mujeres que son víctimas de violencia pueden presentarse ante el tribunal y reclamar la posesión exclusiva del hogar conyugal sólo en casos de extrema onerosidad. La cláusula sobre excesiva onerosidad se presta a diversas interpretaciones, particularmente en relación con la violencia, y ha dado lugar a una amplia variedad de fallos. Pronto se adoptarán disposiciones para facilitar la adjudicación del hogar conyugal a la mujer.

18.Hasta hace poco, la violencia contra las mujeres de edad era un tema tabú. La oradora desea distinguir entre este fenómeno y la violencia contra la mujer en general, pues la violencia contra las personas mayores, en particular las mujeres de edad, usualmente resulta del exceso de trabajo y la falta de paciencia de las personas que cuidan de otras. Es preciso mejorar las condiciones de trabajo y prestar más apoyo a las personas que tienen a otras a su cuidado.

19.Los esfuerzos por eliminar la violencia tienen que involucrar a toda la sociedad. La oradora conviene en que la instrucción del personal de los órganos de represión del delito y de los miembros de la judicatura es importante. Sin embargo, las medidas de ese tipo son de responsabilidad de los Länder. Se han preparado materiales para los agentes de policía, se han promovido proyectos de intervención y hay programas continuos de instrucción en el sector de la salud. En Berlín se ha puesto en marcha un proyecto modelo denominado “Señal” para realzar la conciencia de los médicos y ayudarlos a reconocer a víctimas de la violencia y reaccionar como corresponde. Resulta más difícil disponer programas de instrucción continua en el sistema judicial; los magistrados son independientes y no se les puede ordenar que asistan a cursos obligatorios de formación. Se han organizado seminarios, pero han debido cancelarse por falta de participación.

20.En cuanto a la cuestión de la trata de mujeres, la legislación federal dispone un período de espera de cuatro semanas antes de que las víctimas de la trata puedan ser deportadas. Las víctimas también tienen el derecho a reclamar indemnización por daños y perjuicios en un tribunal civil, pero rara vez lo ejercen. Por consiguiente, se han asignado recursos para la prestación de servicios de asesoramiento y la creación de albergues para mujeres. Además, el Ministerio de Cooperación Económica participa en un programa encaminado a promover la reintegración de las mujeres en sus países de origen. Se ha adiestrado a los efectivos de la policía para reconocer a las víctimas y ser más sensibles a la cuestión de la trata. En la aplicación de medidas para reprimir la trata de mujeres se ha tropezado con varios problemas: con frecuencia las víctimas no son admitidas a los programas de protección de testigos porque el temor les impide prestar testimonio o porque no hablan alemán. En consecuencia, se están estudiando otros posibles criterios para la protección de testigos y se ha solicitado la financiación necesaria.

21.La Sra. Royall-Grotte (Alemania) dice que, con objeto de mantener unidas a las familias, en la legislación vigente se prevé que un cónyuge de una persona a quien se ha otorgado asilo tiene también derecho delegado al asilo sin necesidad de que presente una solicitud por separado. Los cónyuges pueden ejercer dicho derecho si el matrimonio se contrajo por lo menos cuatro años antes de la situación que dio lugar a la solicitud de asilo. Se han propuesto disposiciones legislativas que reducirían ese período a dos años e introducirían una cláusula sobre onerosidad excesiva por la que el requisito del plazo podría suspenderse del todo, con lo que se facilitaría la protección de los cónyuges y los hijos de personas a quienes se ha otorgado asilo.

22.La Sra. Niehuis (Alemania) señala que la prostitución es una realidad de la vida en Alemania, puesto que cada día hasta un millón de hombres hacen uso de los servicios de prostitutas. Hay una situación anómala, no obstante, por cuanto en el Código Civil alemán se declara que el ejercicio de la prostitución es inmoral, Como consecuencia de ello, si bien el trabajo de la prostituta está sujeto a gravámenes fiscales, el cliente puede en teoría negarse a pagar por sus servicios en razón de que su actividad se ha declarado inmoral. Se está considerando la posibilidad de enmendar el Código para suprimir la caracterización de la prostitución como inmoral, de manera que las trabajadoras de la industria del sexo puedan reclamar el derecho a que se les pague por sus servicios y acogerse a seguros médicos y de salud. Con esto también se limitarían las oportunidades para la explotación de las prostitutas. En todo caso, la prostitución forzada de otras personas seguirá siendo un delito penal.

23.La Sra. Taya manifiesta preocupación por el hecho de que muchas de las disposiciones de la Segunda Ley sobre la Igualdad de Derechos se apliquen sólo a las personas empleadas en el sector público, aunque en virtud de la Convención los Gobiernos deben tratar por igual a las trabajadoras del sector público y el privado. Pregunta qué iniciativas ha previsto el Gobierno alemán en esta materia, y si se propone hacer uso de la experiencia que ha adquirido en la protección de los derechos de los discapacitados para mejorar la situación de las trabajadoras del sector privado.

24.Con respecto a la discriminación con base en el género, señala que, con arreglo a la legislación vigente en Alemania, la víctima debe demostrar que ha habido discriminación. La carga de la prueba en estos casos es a menudo muy gravosa, y debe traspasarse a la parte acusada.

25.La Sra. Khan observa que las comunidades minoritarias y migrantes en Alemania parecen hacer frente a dificultades en medida desproporcionada, y que los recursos judiciales son insuficientes. No está claro, por ejemplo, qué disposiciones contiene la Ley de Extranjería y cómo se tienen en cuenta en las actuaciones judiciales relativas a mujeres migrantes y de grupos minoritarios. Pregunta si las mujeres de esos grupos tienen derecho a los beneficios ordinarios de la seguridad social, la indemnización de víctimas y la atención médica.

26.En cuanto a la igualdad en el empleo, desea saber si se han adoptado medidas, incluyendo la ejecución de proyectos experimentales, para superar los estereotipos de la mujer en el trabajo. El problema parece ser particularmente serio en el sector privado.

27.Por lo que se refiere al programa de asistencia financiera para empresarias, sería útil saber si dicha asistencia se ofrece sólo a las mujeres y si se requieren garantías colaterales. Asimismo, debe darse una indicación de la forma en que el programa se está ejecutando en el sector privado y precisarse si el Gobierno ejerce una función de supervisión general en su ejecución.

28.La Sra. Feng Cui pregunta si se ha efectuado algún estudio sobre la condición jurídica y social de las mujeres en la ex República Democrática Alemana y de las consecuencias que han tenido para esas mujeres los cambios económicos e ideológicos que acarreó la reunificación. En los informes se hace referencia a las medidas adoptadas para promover su integración social y asegurar que gocen de derechos iguales. Desea saber si dichas medidas se han tomado al nivel del Estado o de la provincia y si comprenden disposiciones para fomentar la participación de las mujeres de los Länder nuevos en la vida política.

29.La Sra. Niehuis (Alemania), haciendo referencia a la gravosa carga de la prueba que recae en las mujeres que son víctimas de la discriminación por motivo de género, dice que se está considerando la posibilidad de enmendar el Código Civil a fin de traspasar la carga de la prueba a la parte acusada.

30.En cuanto a los criterios para hacer valer el principio de la remuneración igual por trabajo igual, lamentablemente el Gobierno no tiene facultades para influir en los acuerdos que se alcancen mediante negociaciones colectivas en el sector privado. Por lo tanto, su estrategia ha consistido en dar a conocer la brecha salarial, con el propósito de que con una mayor transparencia se pueda derribar la barrera de silencio que ha rodeado a la cuestión.

31.Por lo que se refiere a la licencia por nacimiento de un hijo, señala que los empleadores tienen conciencia de que las trabajadoras pueden solicitar licencia de maternidad. El Gobierno ha tomado la medida de proponer que se modifique la legislación para extender a los hombres el derecho a hacer uso de licencia por nacimiento de un hijo, contrarrestando así la percepción de que sólo las mujeres hacen uso de dicha licencia. Con respecto a la asistencia a las empresarias, hace poco tiempo un banco alemán inició con éxito un programa en que garantiza préstamos para empresarias.

32.La Sra. Thielenhaus (Alemania), en respuesta a preguntas acerca de los derechos de las mujeres extranjeras que residen en Alemania, dice que las mujeres extranjeras que tienen la calidad de residente gozan de los mismos derechos que las ciudadanas alemanas en cuanto a las prestaciones sociales, la promoción del empleo, la protección de la legislación laboral y los servicios médicos y de salud. Los problemas con que se enfrentan esas mujeres no son de orden jurídico sino que se relacionan con sus condiciones de vida, y a menudo se agravan por efecto de la barrera del idioma. Además de las iniciativas que se han descrito en los informes, se prevé que se formularán otras medidas sobre la base del Sexto Informe relativo a las Familias, publicado recientemente, que es el primero de esos informes que se ocupa en detalle de la situación de las familias extranjeras. A fin de complementar el Informe relativo a las Familias, se ha encargado la realización de un estudio de la situación de las mujeres y niñas extranjeras en Alemania, y se ha previsto otro sobre su presencia en la fuerza de trabajo. En definitiva, lo que se persigue es habilitar a las mujeres nacidas en el extranjero para que alcancen la misma condición social que las mujeres nacidas en Alemania.

33.Se ha sugerido que tal vez hace falta una coordinación general para las numerosas medidas individuales que se han adoptado para promover el empleo de la mujer. El programa “Mujer y Trabajo” responderá a esa necesidad. Las medidas individuales tienen por objeto complementar el alcance de los textos jurídicos fundamentales, que son objeto de un examen constante. Como parte del programa “Mujer y Trabajo”, se estudiarán los efectos de las disposiciones de la Ley de Promoción del Trabajo, que ahora se ha incorporado al tercer libro del Código Social. Las medidas dirigidas a las mujeres que regresan a la fuerza de trabajo tras años de ausencia se han de complementar con iniciativas para las mujeres que no han dejado de trabajar y necesitan apoyo de otro tipo.

34.Con respecto a la promoción del empleo de personas discapacitadas en el sector privado, el Gobierno tiene en estudio un variado conjunto de medidas, entre ellas la de incluir entre las condiciones para la adjudicación de contratos estatales la disposición de las compañías para emplear a discapacitados.

35.La Sra. Royall-Grotte (Alemania) dice que la cuestión de reconocer la persecución por motivo de género como justificación para el asilo es objeto de intensas deliberaciones en Alemania, porque el país toma muy en serio sus responsabilidades humanitarias. La legislación alemana relativa a las solicitudes de asilo se basa en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, que define al refugiado como una persona que es perseguida en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas. Por ello, la justificación del asilo es esencialmente política, pues la persecución debe ser acción del Estado o por lo menos debe ser instigada y tolerada por el Estado. La persecución por motivo de género se ha reconocido en algunos casos como de índole política, pero hay resistencia a ampliar la definición general del asilo de manera que incluya protección contra la persecución por la familia o la sociedad.

36.Si una mujer que solicita asilo no logra obtenerlo, los obstáculos jurídicos que impiden la deportación tienen más alcance que los factores que justifican el asilo. De conformidad con la Ley de Extranjería, no se puede deportar a una persona a un país en que ésta será objeto de trato degradante por parte del Estado o en que estará expuesta a una amenaza explícita y grave a su vida o integridad física, o a la pérdida de su libertad, independientemente de que dicha amenaza sea atribuible al Estado. El peligro se evalúa según las circunstancias de cada caso.

37.Se han incorporado numerosos resguardos jurídicos al proceso de deportación. El caso de cada persona se decide en forma individual. En todas las etapas del procedimiento, las decisiones de los adjudicadores de la Oficina Federal para el Reconocimiento de Refugiados Extranjeros están sujetas a apelación y reconsideración judicial. Se escuchan declaraciones de la persona interesada, con asistencia de un intérprete cuando es necesario. Si la persona solicita que se le asigne una adjudicadora y una intérprete mujer, se atiende a su preferencia. Los adjudicadores han sido capacitados especialmente para su labor en las materias jurídicas, psicológicas y socioculturales con que es probable que tengan que tratar, así como en la consideración de la perspectiva de género. Pronto ha de entrar en vigor un nuevo conjunto de disposiciones administrativas, en que, entre otras cosas, se encarga a los adjudicadores que tengan en cuenta la persecución por motivo de género al decidir en casos de deportación.

38.Los solicitantes de asilo que se hallan en espera de una decisión reciben un subsidio equivalente al 80% de la asistencia que reciben los residentes legales en virtud de las disposiciones federales de seguridad social. Al cabo de tres años, si las condiciones en el país de origen siguen impidiendo su regreso, reciben el monto completo de la asistencia. Se cubre la atención médica de urgencia, pero no se les suministran servicios de salud completos.

39.La Sra. Acar dice que el Comité espera mucho de Alemania, ya que el país se ha convertido en un paladín de los derechos de la mujer y ha introducido innovaciones que abren nuevos horizontes. La mayoría de los numerosos programas que se describen en los informes apuntan a objetivos acertados. Sus preguntas se refieren a unos pocos puntos críticos.

40.En primer término, desea saber qué políticas y programas ha instituido o previsto el Gobierno para superar los estereotipos de género en los medios de difusión y, concretamente, la imagen estereotipada que se presenta de la mujer extranjera migrante en Alemania. Es un hecho confirmado que la discriminación contra cualquier grupo generalmente afecta con más severidad a las mujeres de ese grupo. Muchas mujeres extranjeras en Alemania, por ejemplo, las mujeres turcas, son objeto tanto de la discriminación inherente a su propia cultura como de la xenofobia de la sociedad más general. El Estado tiene la responsabilidad de amparar con su protección a esas mujeres y de sensibilizar al público en general y a las comunidades extranjeras del caso. La oradora no recomienda que se regule la actividad de los medios de difusión, pero insta al Gobierno a idear medidas creativas, basadas en investigaciones serias, para que se presenten imágenes positivas.

41.En segundo lugar, le interesaría saber si el Gobierno ha formulado o se propone formular programas y políticas para contrarrestar el efecto negativo que tienen los movimientos religiosos fundamentalistas para los derechos de la mujer.

42.Puesto que el Gobierno está emprendiendo estudios sobre la situación de las mujeres y niñas extranjeras en la sociedad y en la fuerza de trabajo, la oradora espera con interés que en el próximo informe se presente más información acerca de las causas básicas de los problemas con que tropiezan para integrarse a la sociedad alemana, con los datos desglosados por origen étnico o nacional. Si existen organizaciones no gubernamentales de mujeres extranjeras, espera que sus aportes se reflejen en el próximo informe.

43.La Sra. Kim Yung-chung dice que, por provenir de un país que ha estado dividido desde hace más de 50 años, le interesa mucho el proceso de reunificación de Alemania y sus consecuencias para las mujeres de la ex República Democrática Alemana. Espera que la delegación se refiera con franqueza a cualesquier errores que se hayan cometido u obstáculos que hayan surgido, y a todo cambio de dirección que haya ocurrido. Desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para abordar las consecuencias emocionales y sociales de la reunificación y para armonizar los diferentes valores y perspectivas, y si se ha recabado la cooperación de las organizaciones no gubernamentales para atender a la tensión y la inseguridad que han afectado a las mujeres de la ex República Democrática Alemana. Si el Gobierno no ha realizado análisis profundos, agradecería que se informase acerca de cualquier estudio efectuado en la materia por instituciones privadas de investigación.

44.Con respecto a los programas universitarios, la oradora ha recibido información de una fuente independiente en el sentido de que los esfuerzos recientes por promover las carreras en la informática han afectado adversamente la matrícula en las humanidades, las ciencias sociales y los estudios relativos a la mujer. Agradecería cualquier comentario de la delegación sobre este punto.

45.La Sra. Manalo dice que desea plantear la cuestión de las trabajadoras domésticas carentes de protección, muchas de ellas provenientes de países del Asia sudoriental, que caen en una virtual esclavitud doméstica engañadas con la disposición sobre arreglos “au pair” de las leyes de inmigración. De conformidad con el Acuerdo Europeo sobre Colocación “Au Pair”, se supone que el sistema “au pair” brinda a mujeres jóvenes la oportunidad de familiarizarse con una cultura diferente residiendo en otro país con una familia, de la que reciben alojamiento, pensión y dinero para gastos personales a cambio de dedicar cinco horas diarias a ayudar en las labores del hogar. Agentes alemanes de contratación, y las familias que son sus clientes, abusan del sistema utilizándolo para evadir las leyes de inmigración y traer al país a mujeres jóvenes de los países en desarrollo a fin de que trabajen a jornada completa en servicios domésticos no reglamentados, por muy poco dinero o sin pago. Desea saber qué medidas se han adoptado o se han previsto para impedir la explotación de muchachas dentro del sistema. Puesto que para el ingreso al país se requiere una visa de “au pair”, el Gobierno está en condiciones de supervisar el proceso antes de la inmigración.

46.La Sra. Niehuis (Alemania) señala que, en el contexto de la reunificación, las mujeres de mediana edad de los Länder orientales han hecho frente a más problemas que las mujeres más jóvenes o mayores. Pese al alto nivel de su educación y formación en la ex República Democrática Alemana, muchas mujeres de mediana edad perdieron sus empleos por efecto de la reestructuración económica y han tenido gran dificultad en encontrar ocupaciones equivalentes. La tasa de natalidad en los Länder orientales declinó apreciablemente, lo que refleja la sensación de inseguridad económica que experimentaban muchas mujeres, y se mantuvo baja durante varios años. Conjuntamente con organizaciones no gubernamentales, el Gobierno ha creado diversos programas para ayudar a las mujeres de los Länder orientales a superar los problemas, incluidos los problemas emocionales, que les ha acarreado la reunificación y la necesidad de adaptarse a las normas occidentales en materias como el empleo. El error más importante fue la suposición incorrecta de que la evolución de la situación en los Länder orientales sería mucho más rápida de lo que ha sido en la realidad.

47.Con respecto a los movimientos religiosos fundamentalistas, dice que al Gobierno le es difícil intervenir porque la Constitución de Alemania garantiza la libertad de religión. En cuanto a la posibilidad de disuadir a los padres y madres de matricular a sus hijos en escuelas islámicas fundamentalistas, indica que la enseñanza escolar es de responsabilidad de los Länder y el Gobierno federal sólo puede alentarlos a ofrecer instrucción religiosa islámica en las escuelas públicas con el fin de brindar a las familias otra opción aceptable. El ejercicio de la libertad de religión puede tener efectos negativos, pero mientras no dé margen para actividades delictivas el Gobierno está obligado a mantener su adhesión a ese principio.

48.En lo que se refiere al abuso del sistema “au pair”, dice que no dispone de información sobre el problema, pero lo investigará.

49.La Sra. Thielenhaus (Alemania) declara que si bien hay libertad de prensa en Alemania, también existen algunas restricciones voluntarias. Hay, además, disposiciones para asegurar el respeto de la dignidad humana y proteger a los jóvenes, y cualquier publicación que no las cumpla puede ser retirada de la circulación. Con referencia a las imágenes estereotipadas de la mujer en los medios de difusión, resulta interesante comparar las conclusiones de dos estudios realizados con 20 años de diferencia. Aunque se aprecian algunos cambios superficiales, y el papel de la mujer se ha vuelto más prominente y más dinámico, los medios de difusión siguen presentando funciones tradicionales de los géneros, si bien en formas mucho más sutiles. Se prevén medidas adicionales en un nuevo intento por remediar la situación.

50.En cuanto al tema de la presencia de la mujer en la enseñanza superior, dice que no hay ninguna indicación de que se aliente a las mujeres a ocupar cátedras de ciencias sociales más bien que de ramos técnicos o científicos. Las autoridades están procurando alentar a las mujeres a estudiar materias técnicas y científicas, pero no por ello se han disminuido las actividades de investigación en las ciencias sociales. En fecha reciente se encargó la realización de un estudio en que se examinará la situación de las investigaciones sobre cuestiones del género en las universidades alemanas.

51.La Sra. Myakayaka-Manzini dice que parece desprenderse de los informes que la insuficiencia de la representación de las mujeres alemanas en la vida pública es un problema serio. Pregunta qué función están desempeñando las organizaciones de mujeres en los esfuerzos por asegurar que la mujer tenga voz en los procesos de adopción de decisiones, si el Gobierno se ha fijado un plazo determinado para eliminar los estereotipos y las actitudes tradicionales hacia la mujer, y qué medidas especiales se han adoptado o previsto para asegurar una representación adecuada de las mujeres en la vida pública, comenzando por el nivel local.

52.La Sra. Ouedraogo pregunta qué efectos prácticos han tenido para la vida de las mujeres en el hogar los diversos programas y medidas tendientes a promover la igualdad entre los géneros. Se trata de una esfera en que es particularmente difícil lograr cambios, como, por ejemplo, una distribución más equitativa de las tareas domésticas. Con referencia a las disposiciones sobre la licencia por nacimiento de un hijo, desea saber cuántos padres se han valido de ellas para hacer uso de licencia de paternidad. Pregunta por qué, si las mujeres tienen acceso al crédito y a la tierra, sólo el 9,5% de los predios agrícolas de Alemania son administrados por mujeres.

53.La Sra. Regazzoli pregunta si las autoridades realizan actividades coordinadas con las organizaciones no gubernamentales para movilizar a las mujeres de manera que participen más ampliamente en todos los procesos de adopción de decisiones, y si el Gobierno estima que una mejor representación de la mujer en los cargos decisorios facilitará la aplicación de las disposiciones de la Convención y las recomendaciones del Comité. Si se pone en efecto una auténtica política de educación en función del género desde el nivel preescolar en adelante, los estereotipos de género desaparecerán dentro de 20 años. Desea saber si el Gobierno se propone aplicar una política de esa índole para eliminar los estereotipos de género.

54.El Estado parte debe aclarar la información que contiene el cuarto informe periódico respecto de los gravámenes fiscales a que están sujetas las parejas casadas, que parece sugerir que las disposiciones tributarias están estructuradas de manera tal que disuaden a las mujeres casadas de buscar empleo remunerado. También agradecería que se suministrase más información sobre las oportunidades de capacitación y los servicios de salud que se brindan a las mujeres de edad, y se indicase si se presta asistencia especial a las mujeres de los medios rurales y las mujeres discapacitadas.

55.Un problema relacionado con la salud que rara vez se trata es el del suicidio. Pregunta si la delegación dispone de información acerca de los suicidios entre las muchachas adolescentes, las mujeres adultas y las mujeres de edad.

56.La Sra. Niehuis (Alemania), haciendo referencia a la cuestión de la participación de la mujer en el proceso de adopción de decisiones, particularmente en el sector político, dice que la información que se presenta en el cuarto informe periódico revela que se han logrado progresos considerables. Alemania ocupa el segundo lugar entre los países de la Unión Europea en lo que se refiere a la representación política de la mujer. En el parlamento nacional, el 30,1% de los miembros son mujeres, en tanto que el promedio en la Unión Europea es del 17,5%. No obstante, proseguirán los esfuerzos. Algunos partidos políticos están procurando incorporar a más mujeres por diversos medios, incluyendo sistemas de cuotas, que funcionan muy bien. La participación de las mujeres en los órganos consultivos del Gobierno federal sólo alcanza al 12,2%, pero se prevén nuevas medidas para mejorar la situación.

57.Las encuestas de opinión indican que las actitudes y expectativas de la actual generación de mujeres jóvenes son cualitativamente diferentes de las que predominaban hace 30 años. La nueva generación no supone que la carrera profesional de una mujer deba terminar con la llegada de los hijos. En cuanto a los textos escolares, el Gobierno federal no regula su contenido, pero puede emitir recomendaciones encaminadas a promover la incorporación de las perspectivas de género y contribuir a la eliminación de los estereotipos tradicionales.

58.Pasando a las disposiciones tributarias relativas a las parejas casadas, reconoce la validez de la observación de la Sra. Regazzoli. Desde hace algún tiempo las autoridades han estado considerando la posibilidad de enmendar la legislación tributaria para rectificar esa situación, Con respecto a los servicios de salud para las mujeres de edad, las mujeres de los medios rurales y las mujeres discapacitadas, las disposiciones pertinentes se perfeccionaron recientemente y son muy favorables en lo que hace a las prestaciones sociales y el seguro médico obligatorios y la protección general de que gozan esos grupos de mujeres; las personas de edad que no han contribuido al fondo de seguro también están amparadas.

59.La Sra. Thielenhaus (Alemania) dice que las mujeres rurales no tienen problemas en cuanto al acceso a la atención médica porque todas las zonas agrícolas de Alemania está relativamente cerca de ciudades que cuentan con grandes centros de salud.

60.La Sra. Niehuis (Alemania) da las gracias al Comité por sus estimulantes observaciones y por las ideas que se han expresado y que los miembros de la delegación llevarán consigo al regresar a su país.

61.La Presidenta dice que Alemania es un país muy avanzado no sólo en cuanto a la tecnología sino también en lo que se refiere a la defensa de los derechos de la mujer. Los informes y la exposición de la delegación despertaron gran interés, razón por la que el Comité formuló tantas preguntas sobre la participación política, la igualdad entre los géneros en la sociedad y en el trabajo, la violencia contra la mujer y un sinfín de otros temas. El Comité ha apreciado las respuestas francas y altamente ilustradas de la delegación.

62.La oradora espera que el informe del Comité, que se publicará en breve, y la información contenida en los informes y en la exposición de la delegación se difundan ampliamente en Alemania. Por último, el Comité acoge complacido la intención del Gobierno de ratificar la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, y aguarda con interés su ratificación del Protocolo Facultativo.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.