38º período de sesiones

Acta resumida de la 781ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 22 de mayo de 2007, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Šimonović

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo y tercero combinados del Pakistán

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo y tercero combinados del Pakistán (CEDAW/C/PAK/1-3; CEDAW/C/PAK/Q/3 y Add.1)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación del Pakistán toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Mahmood Salim Mahmood (Pakistán), presentando el informe inicial y los informes periódicos segundo y tercero combinados de su país (CEDAW/C/PAK/1-3), dice que la Constitución garantiza la igualdad de derechos para todos los ciudadanos, sin distinción alguna por motivos de casta, color, sexo o raza, y asegura la plena participación de la mujer en todas las esferas de la vida nacional. El Pakistán ratificó la Convención con el exclusivo propósito de reafirmar su adhesión al empoderamiento de la mujer y hacerse responsable ante la comunidad internacional. Los obstáculos que siguen dificultando el pleno ejercicio de sus derechos por parte de las mujeres obedecen a actitudes tradicionales que el Gobierno ha tomado medidas para superar. Con este fin, en 1998 se inició un Plan Nacional de Acción, elaborado sobre la base de un proceso participatorio de alcance nacional, y en 2002 se proclamó la Primera Política Nacional para el adelanto y la potenciación de la mujer, con arreglo a la cual se han emprendido diversos procesos de reforma de orden social, jurídico e institucional.

3.Se han adoptado medidas concretas para abordar la violencia contra la mujer, a cuyo respecto la política del Pakistán es de tolerancia nula, y para suministrar apoyo social, psicológico y jurídico a sus víctimas. El Parlamento aprobó en 2004 una ley contra los crímenes de honra, a la que siguió en 2006 la Ley de protección de la mujer (Enmienda del derecho penal), por la que se suprimieron o enmendaron las Ordenanzas Hudood. Entre otras medidas se han contado la ratificación de la Convención de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional sobre la prevención y la lucha contra la trata de mujeres y niños; la elaboración de un código de conducta para la justicia entre los géneros en el lugar de trabajo y un proyecto de ley sobre la violencia en el hogar; y la aprobación de una enmienda a la Ley de ciudadanía de 1951 por la que se otorgan derechos de ciudadanía a los hijos de cónyuges extranjeros. Se ha establecido una Dependencia de Delitos de Género en la Oficina de la Policía Nacional para prevenir y reprimir los delitos contra la mujer, a la vez que se ha establecido en el Ministerio de Derecho, Justicia y Derechos Humanos una Subdivisión de Derechos Humanos encargada de tratar las violaciones de los derechos humanos, especialmente en relación con las mujeres.

4.Se hallan también en funcionamiento varios otros mecanismos. Entre ellos cabe mencionar los comités de verificación a nivel federal, provincial y de distrito; las ventanillas separadas que se han creado en los cuarteles policiales para atender a las denuncias de mujeres víctimas de delitos o violencia, y los arreglos para el suministro de asistencia jurídica gratuita y para que, dentro de lo posible, las investigaciones pertinentes sean realizadas por personal policial femenino; un comité del Gabinete Federal que da seguimiento al más alto nivel a los casos de violencia; y un Comité Nacional para prevenir la violencia contra la mujer. En virtud de la Ordenanza de reforma legislativa de 2006, unas 1 300 mujeres encarceladas por delitos distintos del terrorismo y el homicidio quedaron en libertad bajo fianza.

5.Al mismo tiempo, se han puesto en marcha diversas reformas institucionales. En el plano federal, se ha incrementado la responsabilidad del Ministerio para el Adelanto de la Mujer en lo referente a asuntos de la mujer, en particular a través del Plan de Acción para promover reformas en favor de la igualdad entre los géneros, de 2005, cuyo componente relativo a la incorporación de la perspectiva de género a la actividad general es llevado a la práctica por las dependencias del género de nueve ministerios directivos. Al nivel provincial, esa misma función corresponde a los Departamentos para el Adelanto de la Mujer. Además, en 2000 se estableció una Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer para considerar la pertinencia y eficacia de las políticas, los programas y las medidas para el adelanto de la mujer y la igualdad entre los géneros. Asimismo, se han introducido reformas en las prácticas carcelarias que benefician a las reclusas, al tanto que un conjunto de medidas denominado Programa de acceso a la justicia ha dado a las mujeres mejor acceso a la justicia como litigantes y ha atendido a sus preocupaciones como abogadas y juezas.

6.Con arreglo a la Iniciativa de presupuestación sensible al género, se han introducido enmiendas a la Circular del Gobierno sobre el marco presupuestario de mediano plazo (2007-2008), que utilizan varios ministerios, a fin de incorporar al proceso una mayor sensibilidad a las cuestiones del género. Las enmiendas contribuirán en medida significativa a institucionalizar la perspectiva de género en los procedimientos presupuestarios del Gobierno.

7.Un obstáculo serio para el empoderamiento de las mujeres en el Pakistán es su falta de capacitación y sus bajos niveles de alfabetización. Se han logrado avances considerables en el empeño por superar ese reto, gracias a diversas iniciativas, entre ellas el Plan Nacional de Educación para Todos, 2001-2015, que ha llevado a un mejoramiento de la relación proporcional entre niñas y varones en todos los niveles de la educación y a un aumento de las tasas de alfabetización de las mujeres, lo que se ha reflejado en un incremento del porcentaje de mujeres en el empleo urbano. Además, la igualdad entre los géneros es uno de los temas de derechos humanos que se han incorporado a los programas de estudios de las escuelas.

8.El orador subraya la dimensión económica de la potenciación de la mujer, señalando que hay mujeres que se hallan entre los más pobres de los pobres. Por consiguiente, en el Documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) del Gobierno se incluyen varias medidas orientadas específicamente hacia las mujeres, en particular proyectos de generación de ingresos para mujeres rurales, así como los programas de microcrédito iniciados en fecha reciente por el Ministerio para el Adelanto de la Mujer. El Primer Banco de la Mujer, una entidad singular administrada por mujeres para servir a las mujeres, que funciona asimismo como un banco comercial corriente, está iniciando programas similares.

9.En el sector del empleo se han adoptado diversas medidas jurídicas para promover la función de la mujer en el desarrollo, entre ellas la ratificación del Convenio relativo a la igualdad de remuneración de 1951 (No. 100) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), un proyecto relativo a las condiciones de trabajo de las mujeres que cuenta con apoyo de la OIT, y un aumento del salario mínimo. Gracias a un conjunto de medidas tomadas por el Gobierno también ha aumentado la representación de las mujeres en todas las esferas de la vida, así como en los procesos de adopción de decisiones. La promulgación de la Ordenanza de la administración local, de 2001, marcó un momento crucial para el empoderamiento político de las mujeres en el Pakistán, puesto que en ella se prescribió para todas las instancias de la administración local una representación mínima del 33% para las mujeres. Al mismo tiempo, se han emprendido actividades de orden educacional para fomentar la conciencia política de las mujeres y capacitarlas para desempeñarse de manera efectiva en cargos de representación pública.

10.Los medios de comunicación del Pakistán están contribuyendo a crear una imagen equilibrada y positiva de la mujer, evitando los estereotipos y destacando los casos de violencia y discriminación contra mujeres. En virtud de la política de "Comunicación Abierta" del Gobierno se han establecido numerosos canales de televisión privados, entre ellos Hum TV, que es propiedad de una mujer y se centra en asuntos relacionados con las mujeres. También se están transmitiendo programas especiales sobre los derechos de la mujer.

11.Con todo, los derechos de la mujer no serán más que un espejismo si no tienen por defensor un poder judicial vigoroso y sensible. Por ello, se están desplegando esfuerzos para sensibilizar a la judicatura respecto de cuestiones relativas a la mujer y para alentar a un mayor número de mujeres a ingresar a la profesión jurídica. Por otra parte, para incorporar la perspectiva de género a la actividad general es requisito esencial disponer de datos desglosados, y éstos se están obteniendo gracias a una organización estadística creada precisamente para este propósito.

12.Al concluir, el orador señala que el informe periódico del Pakistán se preparó mediante un proceso transparente y participatorio y que se hicieron esfuerzos máximos para que fuese lo más amplio posible. Tiene conciencia de que, no obstante los considerables avances que se han logrado, queda mucho por hacer. Por consiguiente, el Gobierno sigue tan decidido como siempre a promover y proteger los derechos de la mujer que se consagran en la Convención y espera poder contar en esta empresa constante con el apoyo continuo y muy apreciado de la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales internacionales y los organismos donantes.

Artículos 1 y 2

13.El Sr. Flinterman dice que si la Constitución tiene precedencia en el caso de un conflicto con la Convención, que es como entiende la declaración formulada por el Pakistán al adherirse a la Convención, ello sería contrario al derecho internacional, por lo que agradecería que se aclarase el alcance de la declaración. Puesto que, según las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/PAK/Q/3/Add.1), la declaración se halla en estudio, desearía enterarse de las circunstancias en que podría ser retirada. También sería de interés conocer las opiniones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer sobre el particular. Por último, el Comité agradecería que se suministrase información más precisa con respecto a la intención del Estado parte de considerar la cuestión de la ratificación del Protocolo Facultativo "a su debido tiempo" (respuestas, párr. 43). El procedimiento de comunicaciones individuales no es un fin en sí mismo sino más bien un medio para fortalecer la Convención.

14.La Sra. Gabr solicita más información acerca de la relación entre el Ministerio para el Adelanto de la Mujer, la Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y la Oficina Federal del Defensor del Pueblo; cualesquier funciones de observación recíproca que pueda haber entre ellas; y su financiación y sus relaciones con la sociedad civil. El Comité desearía saber qué se está haciendo para conciliar las obligaciones del Estado parte en virtud de la Convención con las exigencias de los códigos de conducta islámicos.

15.La Sra. Shin manifiesta su preocupación por la ausencia, en la legislación interna del Pakistán, de una definición de la discriminación que se ajuste a la que contiene la Convención. Abundan en el mundo circunstancias que demuestran que las garantías constitucionales de igualdad de trato para hombres y mujeres nunca son suficientes de por sí, y que deben reforzarse con disposiciones legislativas concretas. Igualmente, es encomiable la introducción de enmiendas en las leyes discriminatorias, pero es preciso informar acerca de ello a la población, y en particular a las mujeres. Desea saber qué se está haciendo a este respecto, en especial en el marco del Programa de acceso a la justicia. Observa que se han dedicado considerables recursos aportados por donantes a la instalación de quioscos de información y lavabos en los edificios de los tribunales, y pregunta qué se está haciendo para alentar a la población a recurrir a la justicia.

16.La Sra. Begum pregunta si durante la preparación del informe periódico se celebraron consultas extensas con las principales organizaciones no gubernamentales (ONG) y con la Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer. El Comité agradecería también que se proporcionase información sobre cualquier mecanismo que se haya establecido, en asociación con ONG, para fomentar un entorno favorable para el adelanto de la mujer. Expresa su satisfacción por la reciente enmienda que permitió la excarcelación bajo fianza de mujeres detenidas bajo acusación de adulterio, pero pregunta qué se está haciendo para revocar la ley discriminatoria en virtud de la cual estaban detenidas. Subraya la importancia de la realidad en el terreno, y solicita información acerca del caso reciente de una Ministra del Gobierno que se vio obligada a renunciar a su cargo en el Gabinete en razón de unas fotografías tomadas de ella en París.

17.La Sra. Maiolo solicita una aclaración de la política del Gobierno de introducir cambios para superar la discriminación a la vez que procura no perturbar el equilibrio existente.

18.La Presidenta, haciendo uso de la palabra en su calidad de miembro del Comité, observa que el Estado parte ha retirado la declaración que formuló al adherirse a la Convención sobre los Derechos del Niño, y pregunta si podría seguir ese ejemplo con respecto a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. A la luz de la afirmación que se hace en el informe periódico (CEDAW/C/PAK/1-3) en el sentido de que las leyes del Pakistán no pueden contravenir las disposiciones contra la discriminación que contiene la Constitución, el Comité desearía saber de qué mecanismos se dispone para impugnar leyes que no se ajustan a la Constitución o a la Convención.

19.El Sr. Mahmood Salim Mahmood (Pakistán) dice que la Constitución garantiza la igualdad de derechos de hombres y mujeres y proscribe la discriminación por motivos de raza, religión, casta o sexo. También es efectivo que no puede tener validez ninguna ley que sea incompatible con el derecho básico del Corán, que es el fundamento del respeto tradicional de la mujer en el Pakistán y la protección de sus derechos.

20.La Sra. Agha (Pakistán) dice que el Ministerio para el Adelanto de la Mujer es el órgano estatal en que recae principalmente la responsabilidad por la promoción del adelanto de las mujeres, en tanto que la Oficina del Defensor Federal del Pueblo tiene funciones más amplias, ya que debe atender a las denuncias de todos los ciudadanos, hombres y mujeres, respecto de decisiones o medidas determinadas de órganos gubernamentales. La Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer es un órgano consultivo que vigila la situación y asesora al Ministerio con respecto a las medidas legislativas o de otro orden que deben adoptarse. Por ejemplo, la cuestión del retiro de la declaración relativa a la Convención se ha remitido a la Comisión, que, según se espera, presentará en breve un informe sobre la materia. Hay una interacción sistemática entre el Ministerio y la sociedad civil, y varios documentos, programas y políticas se han preparado en consulta con ONG, entre ellos el Plan Nacional de Acción y el código de justicia de género.

21.El Sr. Mahmood Salim Mahmood (Pakistán) agrega que los Comités Permanentes encargados de asuntos de la mujer del Senado y la Asamblea Nacional son los ojos y oídos del Ministerio y le presentan sugerencias respecto de disposiciones legislativas.

22.El Sr. Qazi (Pakistán) dice que el Gobierno procuró dotar de un grado máximo de transparencia al proceso de preparación del informe que se ha presentado al Comité. Diversos proyectos se enviaron a las ONG asociadas al proceso para que hiciesen observaciones, y se celebraron varias consultas nacionales sobre el informe. Se suscitaron marcadas diferencias de opinión entre los interesados respecto de ciertos puntos, y el Gobierno se esforzó por hallar formulaciones que pudiesen ser aceptadas por consenso. Por último, el informe se remitió para su aprobación a los Comités Permanentes del Parlamento y al Primer Ministro. Se dio amplia publicidad y difusión al informe, incluso antes de que se enviase al Comité, y el documento se publicó en el sitio de Internet del Gobierno.

23.El Sr. Zafar Hassan Mahmood (Pakistán) señala que si bien el Pakistán ratificó la Convención en 1996, el derecho fundamental prescrito en su Constitución sigue vigente, como se expresa en la declaración que acompañó a su adhesión. Siete artículos de la Constitución contienen prohibiciones concretas relativas a la discriminación, y la Convención no hace más que ampliar esas prohibiciones. La posibilidad de un conflicto entre la Convención y los principios musulmanes no debe ser motivo de preocupación para nadie, puesto que el derecho islámico prevé una protección aún más efectiva de los derechos de la mujer que la que se dispone en la Convención. En cuanto al Protocolo Facultativo, observa que su ratificación parece haber cobrado carácter de moda en el escenario internacional. El Pakistán toma en serio sus obligaciones internacionales y está examinando detenidamente la cuestión del Protocolo.

24.La Sra. Agha (Pakistán) dice que la difusión de información a las mujeres, en especial la mayoría que vive en zonas rurales, es difícil, si bien los medios de comunicación públicos y privados están resultando de gran utilidad a este respecto. La información que ha recibido el Comité acerca de la renuncia de la ex Ministra para el Adelanto de la Mujer a raíz de un incidente en el extranjero no es correcta. La ex Ministra goza de amplio respeto; su decisión de renunciar se tomó antes de su viaje al exterior y fue motivada por cambios políticos en la plataforma de su partido, con los que no estaba de acuerdo.

25.La Sra. Chughtai (Pakistán) dice que el Programa de acceso a la justicia, que ha recibido financiación del Banco Asiático de Desarrollo, está contribuyendo a difundir la familiaridad con el sistema jurídico y la profesión jurídica, facilitar el acceso de las mujeres a los tribunales y mejorar las instalaciones, particularmente en los tribunales de nivel inferior. Además, en los medios de comunicación se da publicidad a las funciones y composición de los tribunales, y el Ministerio para el Adelanto de la Mujer mantiene quioscos de información en los tribunales para prestar asistencia a las mujeres.

Artículo 3

26.La Sra. Chutikul observa que al parecer en 2002 el Ministerio para el Adelanto de la Mujer llevó a cabo una auditoría del Plan Nacional de Acción, pero no se ha presentado información alguna al Comité sobre los resultados de esa verificación. Según información obtenida por el Comité de otras fuentes, ciertas medidas previstas en el Plan no se han puesto en efecto. Señala, en particular, que persisten grandes deficiencias en la inscripción de nacimientos, matrimonios y divorcios, y que muchas mujeres, especialmente en las zonas rurales, siguen careciendo de cédulas de identidad nacionales, lo que dificulta su acceso a los servicios básicos. Tras hacer referencia a la intención declarada de establecer un sistema de verificación para el Plan de Acción, expresa la esperanza de que se fijen metas e indicadores claros que permitan medir los avances. Solicita más información sobre la relación entre el Plan Nacional de Acción y el Plan de Acción para promover reformas en favor de la igualdad entre los géneros. Según otras informaciones obtenidas por el Comité, parecería que el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer se halla marginado de los procesos de adopción de decisiones y formulación de políticas. Pide asimismo más información sobre la relación entre el Ministerio para el Adelanto de la Mujer y la Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, y entre el Plan de Acción y las obligaciones que impone la Convención, y sobre la función de las ONG en la Comisión Nacional.

27.La Sra. Neubauer desea que se aclaren la categoría, la autoridad y el reconocimiento político del mecanismo nacional para el adelanto de la mujer. Por ejemplo, tanto la financiación como la dotación de personal del Ministerio parecen ser insuficientes. Desea saber con cuántos funcionarios cuenta el Ministerio y cuántos puestos con funciones decisorias están ocupados por mujeres. Asimismo, solicita información sobre las estructuras de coordinación entre el Gobierno Federal y las dependencias provinciales. La proporción generalmente reducida de mujeres en las instancias del Gobierno indica que no se está responsabilizando a los departamentos por el incumplimiento de las metas relativas a la representación de las mujeres. Pregunta qué se está haciendo para fortalecer la capacidad del Gobierno y sus oficinas para asegurar el cumplimiento de las disposiciones de la Convención.

28.La Sra. Schöpp-Schilling celebra los esfuerzos por introducir reformas en la legislación y pregunta si se ha establecido una comisión nacional sobre reforma del derecho. Ha oído que persiste la discriminación en las leyes y los servicios, y cita como ejemplos las leyes que definen la culpabilidad como adultos de los hombres y las mujeres y el hecho de que muchas mujeres carezcan de la cédula de identidad nacional, sin la cual no pueden votar ni abrir una cuenta bancaria. Pregunta qué está haciendo el Gobierno para remediar la situación.

29.La Sra. Saiga desea que se informe acerca de la relación y los vínculos entre el nuevo Plan de Acción para promover reformas en favor de la igualdad entre los géneros y el anterior Plan Nacional de Acción. Agradecería que se suministrase información sobre la secretaría de la Comisión y se indicase quién la preside. Con referencia al establecimiento de dependencias del género en los ministerios, pregunta de qué manera difieren de los centros de coordinación para asuntos del género.

30.El Sr. Mahmood Salim Mahmood (Pakistán) dice que la Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer se creó en 2002 y, con arreglo a una disposición de la Constitución, su función principal consiste en proponer modificaciones en la legislación que sirvan para colmar lagunas dondequiera que surja la obligación o la necesidad de hacerlo. Las recomendaciones legislativas se remiten por intermedio del Ministerio para el Adelanto de la Mujer al Ministerio de Derecho, Justicia y Derechos Humanos, donde se examinan antes de su presentación al Parlamento. Tres Secretarios Ministeriales son miembros ex oficio de la Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer. La Comisión es independiente y autónoma.

31.De conformidad con el Plan de Acción para promover reformas en favor de la igualdad entre los géneros, documento fundamental del que se han distribuido 2,2 millones de ejemplares a los 111 distritos del país, se han establecido secciones de asuntos del género en los ministerios encargados de la planificación, las finanzas, los establecimientos, la educación, el sector social, la salud y la población, con objeto de asegurar la representación femenina en esos ministerios y dar efecto a los programas del Plan.

32.El Ministerio para el Adelanto de la Mujer carece de capacidad, personal y recursos suficientes, pero ha estado desempeñando de manera admirable sus funciones de catalizador, defensor y sostén. En el próximo período fiscal, que se iniciará en julio de 2007, probablemente se solicitarán los recursos y personal adicionales que precisa el Ministerio para superar las limitaciones a que hace frente. También se ha recibido apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y del Organismo Alemán de Cooperación Técnica (GTZ).

33.La Sra. Agha (Pakistán) dice que la Presidenta de la Comisión Nacional de la Condición Jurídica y Social de la Mujer es la Dra. Arfa Sayeda, una dama de gran capacidad y abundantes calificaciones que se ha ocupado activamente de asuntos relacionados con la mujer. En cuanto a la inscripción de nacimientos y las cédulas de identidad, la Dirección Nacional del Registro de Bases de Datos del Pakistán está desempeñando una función muy activa en lo que hace a la inscripción, como lo están haciendo también otras organizaciones nacionales y extranjeras interesadas en fortalecer la democracia a través de la inscripción de votantes. Como parte de esos esfuerzos, unidades móviles van a las aldeas para emitir documentos de identificación. Gracias a la intervención del Ministerio, la división de estadística ha producido datos desglosados por género todos los años desde 2004.

34.La Sra. Chughtai (Pakistán) dice que cuando el Pakistán firmó la Convención se pidió a todos los departamentos y divisiones del Gobierno que designasen centros de coordinación para asuntos del género, y se sensibilizó a los funcionarios estatales respecto de cuestiones del género. Además, con arreglo al Plan de Acción para promover reformas en favor de la igualdad entre los géneros se ha contratado a personal especializado para que examine la legislación y los planes de cada ministerio con miras a determinar si hay lagunas en lo referente al género.

35.El Sr. Zafar Hassan Mahmood (Pakistán) explica que en la aplicación de la Convención y la coordinación de los trabajos de las autoridades federales y provinciales el Gobierno se atiene a un procedimiento a la vez complejo y bien establecido. El Plan Nacional de Acción se basa en insumos recibidos de todos los sectores y todos los niveles, incluso expertos particulares. La política se formula a nivel nacional y se aplica en el plano provincial o local. Se ha creado en cada provincia un Departamento para el Adelanto de la Mujer plenamente operacional. Hay coordinación permanente con el Ministerio para el Adelanto de la Mujer, de carácter nacional, que funciona como entidad central de coordinación del mecanismo nacional del Pakistán. La aplicación se financia con fondos provenientes de los presupuestos provinciales así como de la parte del presupuesto nacional correspondiente a cada provincia.

36.El Pakistán cuenta con una Comisión de Reforma del Derecho que es de carácter nacional y permanente y que tiene por función recomendar las enmiendas que se precisan en la legislación, pero incluso un ciudadano particular puede iniciar el proceso de enmienda de la legislación vigente, que luego debe proseguir en las cámaras del Parlamento. Por ejemplo, en la Ley de protección de la mujer (Enmienda del derecho penal) de 2006 se preveían 53 enmiendas a las cinco leyes básicas.

37.La Sra. Ishaque (Pakistán) dice que su Gobierno está decidido a abolir no sólo la Ordenanza Hudood de 1979 sino igualmente todas las leyes discriminatorias. Se complace en anunciar que se han introducido reformas en la Ordenanza de leyes musulmanes sobre la familia, de 1961, que permiten que el divorcio judicial se otorgue sin consideración del sexo, y que una nueva disposición de la Ley de enmienda del derecho penal de 2004 tipifica los crímenes de honra como delitos penales punibles con penas de reclusión independientemente del sexo de la víctima o el acusado. Todas las leyes se hallan constantemente bajo examen y se alienta al Gobierno y a la judicatura a actuar de manera resuelta en la administración de justicia.

Artículo 4

38. La Presidenta, hablando en su calidad de miembro del Comité, señala que la Constitución del Pakistán contiene un artículo importante que permite que se adopten medidas especiales de carácter temporal para acelerar el adelanto de la mujer. En el informe del Pakistán se indica que, no obstante haberse fijado una cuota del 5% para las mujeres en la administración pública, la tasa de aplicación en las provincias es desigual y dos provincias no han aceptado la cuota. Pregunta si dicha cuota se estableció por una ley, y si las provincias pueden optar por no aplicarla. ¿Cómo podría el Pakistán disponer medidas especiales de carácter temporal que se aplicasen de manera uniforme? Habida cuenta de que ninguna de las provincias ha llegado aún a la meta del 5%, ¿qué planes se han formulado para dar validez efectiva a la cuota?

39.El Sr. Mahmood Salim Mahmood (Pakistán) dice que en fecha reciente el Gabinete del Pakistán decidió incrementar la cuota al 10% para la totalidad de los servicios federales. La nueva cuota del 10% se garantizó, por ejemplo, en un concurso reciente para el ingreso a la administración pública federal. Con respecto a los gobiernos provinciales, la cuota para cada provincia se fija en consideración a la población, y esas cuotas se aplican rigurosamente.

40.El Sr. Zafar Hassan Mahmood (Pakistán) informa que el Presidente del Pakistán anunció en una conferencia de mujeres celebrada recientemente que desearía aumentar la cuota con efecto inmediato al 25% y, si fuese necesario, al 50%. Sin embargo, para un régimen de ese tipo se requiere que las personas seleccionadas tengan la capacidad necesaria, y el fomento de la capacidad es un proceso a largo plazo. El Gobierno está firmemente decidido a ampliar las oportunidades de que disponen las mujeres en materia de educación y formación. En los establecimientos de enseñanza superior, durante los dos años últimos las mujeres han comenzado a registrar los mejores resultados del país. Cabe esperar que en el próximo informe periódico del Pakistán se indique que ha aumentado notablemente la proporción de mujeres en la administración pública.

Artículo 5

41.La Sra. Patten dice que el Pakistán ha adoptado un conjunto de iniciativas encomiables en relación con la violencia contra la mujer. No obstante, la carencia de datos hace difícil la verificación. Pregunta si la organización estadística sensible a las cuestiones del género a que se hizo referencia en la declaración introductoria del Estado parte ha comenzado a reunir datos sobre la violencia contra la mujer. Aunque en informes de fuentes independientes se indica que un 70% a 90% de las mujeres pakistaníes son víctimas de violencia en el hogar, al parecer la única medida que se ha tomado para reprimir dicha violencia es un proyecto de ley que se halla en estudio. ¿Qué prioridad se ha asignado a la promulgación de ese proyecto de ley? ¿Qué sanciones y recursos se disponen en el proyecto? ¿Se prevén refugios y servicios de orientación psicológica, rehabilitación y apoyo? ¿Contiene el proyecto disposiciones sobre la violación en el matrimonio? ¿Se define la violencia de manera suficientemente amplia para abarcar la violencia sexual y psicológica? Al parecer, las Ordenanzas Hudood siguen tipificando como delitos tanto el adulterio como la actividad sexual no conyugal, y se sigue atendiendo a la violencia sexual a través de las Ordenanzas. ¿Se ha iniciado también el procedimiento para enmendar esas disposiciones discriminatorias?

42.La Sra. Gabr dice que los problemas derivados de los estereotipos sexuales son corrientes en las sociedades islámicas. Es frecuente el abuso y la interpretación errónea de la religión y el papel de la mujer, en contravención del derecho tolerante de la sharia. En el Pakistán, como en Egipto, están cundiendo los estereotipos. Pregunta qué se está haciendo en el Pakistán para corregirlos y superarlos, en particular los que se relacionan con la religión. En Egipto hay promotores que están fomentando la difusión de una imagen mejor de la mujer a través de la educación y los medios de información. ¿Cuenta el Pakistán con promotores de este tipo que procuren difundir los verdaderos principios del Islam en lo que se refiere al papel de la mujer? También debe ser tema prioritario la capacitación de la judicatura, en especial con respecto al trato de las mujeres en las cárceles.

43.La Sra. Tavares da Silva, haciendo referencia al artículo 5 de la Convención, subraya la magnitud de los cambios positivos que se requieren, y la premura con que deben realizarse, comenzando por la práctica de los crímenes de honra. Se ha informado que desde la aprobación de la Ley del derecho penal (Enmienda) de 2004 cientos de mujeres han sido asesinadas todos los años en nombre de la honra. ¿Se ha enjuiciado a todos los culpables de esos crímenes? Según se ha informado, no ha sido así; para esos crímenes hay indulgencia y tolerancia. También es impresionante la frecuencia con que ocurren otros delitos, como los asaltos con ácido contra mujeres u otros que las dejan con quemaduras graves, las violaciones, y las violaciones de pandilla. El Comité dispone de información sobre casos de mujeres que han sido forzadas a divorciarse o incluso asesinadas por dar a luz a una niña en lugar de un niño, lo que resulta asombroso si se considera que son los cromosomas masculinos los que determinan el sexo de la criatura. Si esta información es fidedigna, ¿se ha enjuiciado a todos los responsables de esos delitos? Si bien toma nota de las iniciativas del Estado parte para reprimir la violencia, pregunta si éstas podrán ser suficientes en un país de más de 150 millones de habitantes, y si el Gobierno no debe actuar con más vigor para cambiar las creencias y el comportamiento y fortalecer así el ejercicio de los derechos fundamentales. Hace falta una campaña intensiva y continua de concientización.

44.El Sr. Zafar Hassan Mahmood (Pakistán) dice que muchas culturas y religiones diferentes coexistieron durante siglos en el Pakistán antes de la época colonial. Después de la independencia, en 1947, el país pasó a ser una república islámica, pero aún subsisten en él tribus y tradiciones que se remontan cientos de años. El Gobierno está desplegando decididos esfuerzos por eliminar esas tradiciones seculares. Contrario a lo que se ha informado acerca del año 2005, se ha registrado una apreciable reducción en los crímenes de honra, y matar a una niña pequeña sería algo inconcebible en el Pakistán.

45.La Sra. Chughtai (Pakistán) dice que a lo largo de los años se han cometido crímenes de ese tipo, pero no han sido denunciados. La legislación vigente ha agudizado la conciencia al respecto y, como resultado, se han hecho más frecuentes las denuncias. Por lo tanto, no es que haya aumentado el número de casos sino más bien que son más las personas que tienen acceso a la justicia.

46.En cuanto a la vigilancia en lo que se refiere a este tipo de violencia, hay una Dependencia de Delitos de Género vinculada al Ministerio del Interior y la Oficina de la Policía Nacional que sigue los casos, reúne datos, se ocupa de denuncias y las da a conocer a las autoridades locales pertinentes para que se investiguen y se remitan a la policía. El sistema tal vez no sea tan robusto como se desearía, pero funciona bien.

47.Hay personas que están tratando de poner de relieve el verdadero papel de la mujer musulmana en los medios comunicación impresos y electrónicos, y en las zonas rurales los teatros contribuyen a las actividades de divulgación. El personal de la judicatura se capacita en una Academia Judicial Federal para jueces, así como en academias provinciales, donde se utiliza un módulo muy intensivo de sensibilización en cuestiones de género, en particular para la formación de nuevos funcionarios judiciales. ¿Son suficientes esas medidas? Nada puede ser suficiente: la sociedad sigue creciendo, siguen surgiendo problemas nuevos, y se siguen formulando nuevas estrategias para superarlos.

48.Los cuatro testigos a que se ha hecho referencia en conexión con el Hudood guardan relación con el delito consensual de zina, que se trata en el Corán y que puede ser fornicación o adulterio, pero no con la violación, para lo que se requieren pruebas circunstanciales y un examen médico. La violación es un delito contra la persona, en tanto que el adulterio es un delito contra la sociedad. Si un delito se ha cometido abiertamente en presencia de cuatro testigos de buena reputación, se ha afectado a la sociedad. Por lo tanto, la circunstancia de que se requieran cuatro testigos en relación con el adulterio y la fornicación no entraña ningún problema.

49.La Sra. Ishaque (Pakistán) dice que el Proyecto de Ley de prevención de prácticas contra la mujer (Enmienda del derecho penal) es una de las materias a las que el Gobierno asigna la más alta prioridad, y será promulgado por la Asamblea Nacional en su próximo período de sesiones. En el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal del Pakistán se dispone que nadie está obligado a presentar una denuncia con arreglo a las Ordenanzas Hudood de 1979. Además, la admisibilidad de las pruebas y el número de testigos que se requiere son materias sujetas a la discreción del juez que preside. La oradora puede suministrar a los miembros del Comité, si lo desean, datos relativos a los delitos contra mujeres registrados entre abril de 2006 y marzo de 2007.

50.La Sra. Agha (Pakistán) dice que el Gobierno ha pedido a los medios de comunicación que se esfuercen por presentar imágenes de hombres y mujeres en diferentes funciones como manera de superar los estereotipos. Por ejemplo, en varios dramas transmitidos por televisión han aparecido mujeres que trabajan o que encabezan hogares. Además, en las cédulas de identidad familiar que emite la Dirección Nacional del Registro de Bases de Datos se puede ahora identificar a una mujer como jefa del hogar; previamente sólo se identificaba a los hombres con esta función. Se están revisando los programas de estudios escolares con miras a eliminar los estereotipos de género. Por último, se está capacitando a agentes de policía y a médicos para tratar casos de violencia en el hogar y tener más conciencia de las cuestiones relativas al género.

51.La Sra. Pimentel solicita más información con respecto al contenido del Proyecto de Ley de prevención de prácticas contra la mujer (Enmienda del derecho penal), y a la etapa en curso del proyecto de seguimiento y presentación de informes relativos a la Convención que se menciona en el informe periódico. Habiendo leído en un informe oficioso que los crímenes de honra están aumentando, incluso en los centros urbanos, agradecería que se proporcionase más información sobre esta cuestión y sobre las medidas que se propone adoptar el Gobierno para hacer frente al problema. Por último, desea saber si el Gobierno ha promulgado o se propone promulgar disposiciones legislativas para abolir todos los sistemas paralelos de justicia, incluido el Tribunal Federal Shari'at, con el fin de consolidar un sistema judicial uniforme e integrado.

52.La Sra. Shin, tras felicitar al Estado parte por sus esfuerzos por utilizar los medios de comunicación para llegar a las mujeres, dice que ha oído que en el Pakistán varias estaciones de radio ilegales están incitando a la violencia contra las mujeres y aseverando que la educación de las niñas, la vacunación de las niñas contra la poliomielitis y el uso de métodos anticonceptivos son prácticas de carácter no islámico. Espera que dichas estaciones de radio sean efectivamente ilegales, y pregunta qué medidas se están tomando para restringir sus actividades. También solicita más información sobre las jirgas, que, según se dice, ordenan crímenes de honra en algunos casos. El Gobierno debe redoblar sus esfuerzos para superar ese problema. Luego de celebrar el establecimiento en cuarteles policiales de ventanillas separadas para atender a denuncias de mujeres, pregunta si existen tales ventanillas en todos los distritos del país, y si hay suficientes mujeres policías para dotarlas. Asimismo, desea saber si ha aumentado el número de mujeres que denuncian delitos desde que se establecieron las ventanillas.

53.Con respecto a los centros de asistencia para situaciones de emergencia que se mencionan en el informe, ha oído que las mujeres no saben cómo recurrir a ellos y que están mal administrados, por lo que los servicios que prestan no son suficientemente eficaces. Pregunta si las mujeres con discapacidad pueden tener acceso a los centros y obtener la asistencia que necesitan.

54.La Sra. Dairiam solicita más información respecto de la magnitud y el alcance de los esfuerzos para prevenir la violencia contra la mujer, y pregunta si se hace responsables por sus actividades a las entidades estatales encargadas de eliminar la discriminación. Desea saber asimismo si se están reuniendo datos por medio de las ventanillas especiales de atención de denuncias sobre el número de denuncias presentadas por mujeres y la forma en que se resuelven, incluyendo el número de enjuiciamientos y las sanciones impuestas. Dichos datos pueden facilitar la definición de los problemas que pueda haber en el acceso de las mujeres a la justicia y las etapas del procedimiento de denuncia en que surgen. Por último, celebra el establecimiento de comités de verificación para la aplicación de la política relativa a la mujer, pero desea saber si están en condiciones de hacer responsables a las autoridades si éstas no cumplen sus obligaciones al respecto.

55.El Sr. Mahmood Salim Mahmood (Pakistán) dice que las jirgas, que existen sólo en un número reducido de zonas tribales, son consejos de ancianos cuyas decisiones en determinadas materias se adoptan por consenso y son vinculantes. No obstante, sus funciones han venido disminuyendo gradualmente por efecto del mejoramiento del nivel educacional de las mujeres y la influencia creciente de la sociedad civil y las ONG en las zonas tribales.

56.El número de centros de asistencia para situaciones de emergencia se ampliará durante el año próximo hasta abarcar la mitad de los distritos del país. Se están haciendo esfuerzos para resolver los problemas de administración y mejorar los servicios: se han adscrito expertos jurídicos y psiquiatras a cada centro y se ha estrechado el enlace entre los centros y la Dependencia de Delitos de Género. Además, se están adoptando medidas para crear más conciencia entre las mujeres acerca de la disponibilidad de los centros.

57.Confirma que las estaciones de radio a que se ha referido la Sra. Shin son ilegales y dice que existen principalmente en las zonas tribales. La proliferación de organizaciones de difusión independientes ha llevado a que se informe más ampliamente que en el pasado sobre los crímenes de honra. No obstante, el número de dichos crímenes está efectivamente disminuyendo.

58.La Sra. Ishaque (Pakistán) dice que el sistema de las jirgas es un mecanismo optativo para el arreglo de controversias a nivel local que es de bajo costo y fácil acceso. Empero, nadie tiene obligación alguna de recurrir a él.

59.La sección pertinente del Código Penal ya se ha enmendado para tipificar determinados crímenes de honra como delitos punibles con la pena de muerte o un mínimo de 10 años de reclusión. En cuanto al número de los crímenes de honra que se cita en el informe oficioso, dice que en un nuevo informe de la Dependencia de Delitos de Género se indica que el número de dichos crímenes disminuyó apreciablemente entre abril de 2006 y abril de 2007.

60.La Sra. Chughtai (Pakistán) dice que los sistemas de las jirgas y los panchiats nunca tuvieron otro propósito que el de resolver controversias de poca importancia entre dos partes. Las controversias graves y los delitos deben denunciarse a la policía, que remite los casos a los tribunales cuando así procede. El Gobierno ha puesto freno a los intentos de las jirgas de decidir en casos más serios en que no tienen competencia, con el fin de asegurar que dichos casos se denuncien a la policía en la forma debida.

61.Se han establecido ventanillas separadas de atención de denuncias en casi todos los cuarteles policiales de las ciudades grandes, donde se cuenta con suficientes mujeres policías para dotarlas. Por otra parte, en las zonas remotas hay menos mujeres policías. Se están haciendo esfuerzos para alentar a un mayor número de mujeres a ingresar a las fuerzas policiales, de manera que sea posible establecer más ventanillas en las comisarías en todo el país.

62.Los centros de asistencia para situaciones de emergencia se conocen ahora como centros de mujeres, y sus funciones se están ampliando con la inclusión de servicios de formación profesional y programas de rehabilitación. Se están haciendo esfuerzos para alentar a las mujeres a recurrir a ellos. Se halla en marcha un proceso de evaluación tendiente a mejorar sus servicios.

63.Con respecto a los datos relativos al acceso de las mujeres a la justicia, dice que los tribunales superiores y los tribunales de distrito publican informes anuales sobre los casos que se someten a juicio y sus resultados. Ocasionalmente, dichos datos se publican en los sitios de Internet de los tribunales pertinentes.

64.La Sra. Agha (Pakistán) dice que no hay ningún programa estatal orientado particularmente hacia las mujeres con discapacidad. Sin embargo, existen programas de asistencia para todas las personas discapacitadas que se relacionan con materias como la enseñanza en escuelas especiales y la formación profesional postescolar. Se está considerando la posibilidad de educar a los niños discapacitados en escuelas corrientes. Existe también una ley especial sobre el empleo de personas con discapacidad. Las mujeres discapacitadas tienen el mismo acceso que las demás a los centros de mujeres.

Artículo 6

65.La Sra. Begum, observando que el Pakistán ha ratificado la Convención de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional sobre la prevención y la lucha contra la trata de mujeres y niños y también ha aprobado una ley contra la trata de seres humanos, pregunta si sobre la base de esta estructura jurídica se ha formulado un plan de acción amplio en que se prevea la participación de todos los interesados. Asimismo, solicita información sobre el número de culpables que han sido enjuiciados y sancionados. El Estado parte debe indicar si la Dependencia de Delitos de Género y las ventanillas separadas de atención de denuncias para mujeres han registrado denuncias relativas a la trata de mujeres. La oradora ha recibido información de fuentes independientes en el sentido de que tratantes de mujeres llevan al Pakistán a mujeres del Afganistán o Bangladesh para someterlas a la esclavitud sexual, forzarlas a contraer matrimonio o dedicarlas al trabajo doméstico o la prostitución. Desea saber qué recursos dispone la legislación vigente para mujeres extranjeras que han sido víctimas de la trata y si estas mujeres tienen acceso a los refugios que se mencionan en el informe. Por último, pregunta si la creación de una base de datos en que se ha de incluir a todos los ciudadanos adultos del Pakistán y la emisión de cédulas de identidad nacionales, a que se hace referencia en el informe, han tenido algún efecto en lo que se refiere a los esfuerzos por reprimir la trata de mujeres y niños.

66.La Sra. Chutikul, tras celebrar que el Estado parte haya ratificado el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y haya firmado el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, expresa la esperanza de que ratifique igualmente el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Además, es importante entender las diferencias conceptuales entre términos como "contrabando" y "trata", pues se requieren medidas diferentes para tratar a las víctimas y los culpables de estos dos fenómenos. Ha leído que se ha descubierto que algunos funcionarios del Gobierno han estado implicados en la trata de seres humanos. Desea saber si se ha sancionado a esos delincuentes con penas más severas en razón de su posición, como se ha hecho en varios otros países.

67.Solicita información acerca del trato que las autoridades dan a las mujeres y niñas que parecen ser migrantes ilegales, pero que, según se revela más tarde, han sido víctimas de la trata. Es importante que se les considere no como delincuentes sino como víctimas, y que se les brinden protección y servicios de reintegración o repatriación. El Estado debe indicar también qué servicios se ofrecen en los refugios a las víctimas de la trata. Por último, pide más información acerca de las obligaciones del Estado parte en virtud de la Convención de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional sobre la prevención y la lucha contra la trata de mujeres y niños.

68.La Sra. Simms dice que en el informe se hace evidente que el Gobierno pakistaní no está de acuerdo con las opiniones de diversas ONG ni con la información recibida de otras fuentes sobre la magnitud de la trata de seres humanos en el Pakistán. Sin embargo, puesto que en el informe también se declara que las personas que han llegado al Pakistán por conducto de la trata se esfuman entre la población, está claro que hay un problema que es preciso abordar. Es motivo de preocupación que el Gobierno parece interesarse menos en la suerte de las mujeres que llegan al Pakistán como víctimas de la trata que en la situación de las mujeres pakistaníes. Pregunta asimismo por qué se habría de encarcelar a mujeres con arreglo a las leyes relativas a la trata, como se indica en el informe. Esas mujeres son víctimas, no son delincuentes; quienes deben estar en la cárcel son los perpetradores. El Estado parte debe adoptar con urgencia medidas para abordar el problema con más eficacia, incluida la enmienda de sus leyes sobre la prostitución y la trata de mujeres.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.