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Introducción

4

Características generales

5

Aplicación de los derechos de las mujeres en la legislación salvadoreña

7

Participación de las mujeres en la vida política y pública

9

Derecho de las mujeres a organizarse

11

Derecho a la educación

14

Derecho al trabajo

17

Derecho a la salud

20

Derecho de participación en la vida económica y social sin discriminación

22

Los derechos de la mujer rural

24

Derechos de las mujeres en las relaciones familiares

25

INTRODUCCIÓN

El Salvador como Estado Parte en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y en cumplimiento de las obligaciones derivadas de este compromiso asumido desde junio de 1981, presenta ante el Secretario General de las Naciones Unidas elTercero yCuarto Informe que comprenden los años de 1987 a 1994.

El Informe presenta un resumen de medidas adoptadas en los ámbitos constitucional, legislativo y administrativo a fin de contribuir a eliminar la discriminación contra la mujer en los diferentes espacios en que se desarrolla su vida.

Así mismo rescata los esfuerzos que desde los grupos de mujeres se han realizado con el objetivo de impulsar el respeto de susderechos humanos.

Se presentan los avances que en diferentes espacios se están implementando, como el inicio de reformas legales en materia laboral y familiar. Así mismo las reformas en el campo educacional.

Las dificultades propias de la época del conflicto armado y posterior a los Acuerdos de Paz, han limitado en algunos rubros proporcionar datos desagregados o que correspondieran a los primeros años; sin embargo, se ha procuradoreflejar en datos estadísticos la realidad del momento informado.

I. CARACTERÍSTICAS GENERALES

La población y las estadísticas demográficas

En 1992 se realizó el Quinto Censo de Población, determinando una población de 5,118,599 habitantes, habiéndose realizado el Cuarto Censo en 1971 presentando una población de 3,544,648. De la población reportada para 1992en El Salvador, 2, millones 485,613 ( 48.6 % ) eran hombres y 2 millones 632,986 eran mujeres, constituyendo el51.4 % de la población total.

Se observó un incremento en el período intercensal del 44.0 % , equivalente a una tasa anual de crecimiento de 1.73 % .

El índice de masculinidad en el área urbana oscilaba entre 88 y 98 hombres por cada 100 mujeres, siendo en el área ruralde 96 y 104 hombres por cada 100 mujeres.

En 1993 la mortalidad infantil fue de 55 por mil nacidos vivos . La mortalidad materna se estimaba en 147 por 100 mil nacidos vivos. El índice de fecundidad en 4.5 hijos/aspor mujer.

Se estima que en el período de 1980-1992 hubo un movimiento migratorio de 525, 250 personas, que representa el 68.3 % de la migración registrada de todos los años desde 1992 hacia atrás.Son los hombres los que más han emigrado a otros países, en un porcentaje del 59.0 %y el 41.0 % son mujeres. En cuanto a la migración por área es la urbana la que presenta el mayor movimiento con el 63.9 % y el 36.0 para la rural.

Generalidades del sector educativo

En 1989 se inicia un proceso de transformación de la educación. Uno de los pasos de este proceso fue la promulgación de la Ley General de Educación en 1990, así como la edición de un nuevo programa de estudio para la sección de 6 años de educación parvularia y la edición de textos y nuevos programas de estudio para 1º., 2º. y3er grados de educación básica. La asignación de presupuestos suficientes y un nuevo currículo que funcione con eficiencia, pleno acceso y calidad necesaria de presupuestos suficientes, tomando en cuenta que la tarea educativa impone esfuerzos económicos que deben quedar plasmados en los presupuestos estatales.

En 1992la tasa de analfabetismo era de 24 % para hombres y 32 % para mujeres. habiendo descendido la tasa de analfabetismo al 25.0 % en 1994.

En el área urbana el grado de analfabetismo de las mujeres es del 17.7 % , el de los hombres representa el 13.2 %. sin embargo en el área rural el grado de analfabetismo en la población masculina es de 38.5 % y de 42.5 % el de las mujeres.

En la población de 10 años y más de edad , se generó una disminución del analfabetismo de 16.4 % lo que significa que del 40.3 % de analfabetismo que se obtuvo en 1971 se redujo al 23.9 en 1992.

Del total de la población escolar corresponde al área urbana el 61.0 % ( 721,876 personas ) y el 39.0 % al área rural, con 460,741 personas asistentes a centros de educación formal. El porcentaje correspondiente al sexo masculino es de 50.3 % y al femenino es de 49.7 %.

Respecto al nivel alcanzado, la educación básica tiene mayor presencia con el 79.0 %, seguida por la educación media con el 12.2 %, alcanzando la población masculina el 49.4 % y la femenina el 50.6 %.

En el nivel Técnico Universitario el 0.31 % corresponde al sexo masculino y el 0.33 % al femenino. En el Superior Universitario, el 2.16 % es masculino y el 1.58 % femenino.

El nivel educativo tiene incidencia en la inserción laboral, reportando la Encuesta de Hogares Múltiplesde octubre de 1991 a marzo de 1992 que las mujeres que trabajan remuneradamente presentan menor nivel educativo que los hombres, en el nivel de diez a doce años de escolaridad.Así mismo repercute en los ingresos que se perciben, teniendo las personas con más bajo nivel educativo un promedio de $ 105.00 mensuales y las personas con 13 o más años aprobados percibían hasta un promedio mensual de $ 505.00.

Durante 9 meses, de octubre de 1994 al 22 de junio de 1995, la Comisión de Educación, Ciencia y Desarrollo, trabajó y elaboró una propuesta para la Transformación de la Educación para la Paz y el Desarrollo de El Salvador, su objetivo era sentar las bases para definir un proyecto Nacional de Educación.

Generalidades del sector Laboral

En 1990 la PEA femenina representaba el 34. 6 % de la población femenina nacional. En el área rural era del 24.2 5 y en la urbana del 44.4 %. La PEAurbana se concentra en las ramas de comercio ( 36.4 % ) y servicios ( 32.1 % ), en la industria se encuentra el 21.7 % de la PEA urbana concentrada en la industria textil maquiladora.

En el sector servicios las mujeres devengan salarios equivalentes al 43 % del devengado por los hombres, el 59 % entre comerciantes y vendedores, el 77 % entre profesionales y técnicos, el 80 % entre operarios y jornaleros.

Según la Encuesta de Hogares de 1992/1993, la PEA salvadoreña es de 2 millones de personas aproximadamente, de las cuales el 37 % son mujeres y el 63 % son hombres. La población rural presenta una tasa de participación de mujeres del 27 % ; en el sector informal se tiene una presencia mayoritaria de mujeres que asciende al 57.72 % del total de empleados en ese sector.

Entre los años de 1991 y 1993 el empleo nacional urbano aumentó en un 1.2 %. Las principales ramas en que se dio este incremento fueron : construcción, finanzas, comercio y transporte. En la capital San Salvador, la mayor fuente de empleos es el sector industria y dentro de éste los subsectores de: textiles, confección y calzado.

En lo que respecta al salario, las mujeres presentan remuneraciones menores a las que reciben los hombres, ganando en promedio el 72 % del salario de los hombres. En cuanto al desempleo abierto, las tasas para 1993 muestran quepara las mujeres éste alcanzó un 6.85 % y para los hombres fue de 11.77 % .

Uno de los espacios altamente feminizados en el ámbito laboral es la maquila, el 80 % de la mano de obra empleada en esa actividad es femenina. En 1993 superaba la participación de otros rubros de producción tales como el agrícola e industrial. En 1994, las zonas francas contaban con 22 empresas generando un total de 25,622 puestos de trabajo, 79 empresas diferentes generaron empleo a 17,695 personas.

El salario de lasmujeres en algunas ramas aparece mayor que el de los hombres, por ejemplo en la rama de la construcción, en donde para 1994 representó el 146.4 %, sin embargo es reducido el número de mujeres que trabajan como obreras, ocupando cargos administrativos y/ o profesionales.

En cuanto a las horas semanales de trabajo, existe una situación de desigualdad. Al nivel de la zona metropolitana de la capital, se reporta que tanto en los sectores de la industria, comercio, construcción y servicios, las mujeres trabajan en promedio al menos, una hora más que los hombres.

II. APLICACIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN LA LEGISLACIÓN SALVADOREÑA

El Salvador es signatario de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, la cual ratificó en 1981, así mismo se encuentra estudiando la posibilidad de ratificar la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, que fue aprobada por la OEA en junio de 1994.

Mediante Decreto Legislativo No.677 de fecha once de octubre de mil novecientos noventa y tres se aprobó el Código de Familia, el cual entró en vigencia el uno de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.

Esta nueva normativa familiar, sustituye el Libro I del Código Civil, contemplando en el artículo 4 como principios rectores: la unidad de la familia, la igualdad de derechos del hombre y de la mujer, la igualdad de derechos de los hijos e hijas, la protección integral de las y los menores y demás incapaces, de las personas de la tercera edad y de la madre cuando fuere la única responsable del hogar.

En cumplimiento del artículo 32 de la Constitución se determinan los deberes del Estado en lo referente a la protección integral de la familia, comprendiéndose dentro de ésta a los y las menores y las personas de la tercera edad, instituyéndose dos sistemas de protección: el sistema nacional de protección a la familia y a la tercera edad bajo la coordinación de la Secretaría Nacional de la Familia; y el sistema nacional de protección al menor bajo la coordinación del Instituto Salvadoreño de Protección al Menor.

Se establece la igualdad de derechos y deberes entre los cónyuges, debiendo fijar de común acuerdo el lugar de su residencia, regulando de esa misma forma todos los asuntos domésticos.

En cuanto a los gastos del hogar, ambos cónyuges deben sufragarlos en proporción a sus recursos económicos. Se toma en cuenta el trabajo del hogar y el cuido de hijas e hijos, estimándose como su contribución a tales gastos, con el mismo significado que las aportaciones del otro cónyuge.

La cooperación entre ambos cónyuges se refiere a la ayuda o cooperación que deben prestarse al desempeñar actividades lícitas, emprender estudios o perfeccionar conocimientos, procurando que tales actividades, perfeccionamiento o estudios no impidan el cumplimiento de los deberes que el Código de Familia les impone.

Se determina responsabilidad compartida para el trabajo del hogar y el cuidado de hijas e hijos.

El derecho a una pensión compensatoria se deriva de la situación de desequilibrio que produce el divorcio, produciendo una desmejora sensible en la situación económica en relación con la que se tenía dentro del matrimonio. Para determinar la cuantía de esta pensión se tomarán en cuenta: los acuerdos a que hubieren llegado los cónyuges, la edad y el estado de salud del acreedor, la calificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo, la dedicación personal pasada y futura a la atención de la familia, la duración del matrimonio y la de convivencia conyugal, la colaboración con su trabajo en las actividades particulares del otro cónyuge y el caudal y medios económicos de cada uno.

En el Código se establece alimentos a la mujer embarazada en el artículo 249. Para tener ese derecho debe previamente estar definida la paternidad. Esos alimentos durarán todo el tiempo del embarazo y los tres meses siguientes al parto, incluidos los gastos del parto.

El artículo 263 regula los Convenios ante el Procurador General de la República y Resoluciones sobre alimentos, estableciendo que tendrán fuerza ejecutiva.

En 1993 se integra la Comisión Revisora del Anteproyecto de Código Penal, el cual se elaboró considerando que era necesario contribuir al mejoramiento del sistema de la administración de justicia, para lo cual se imponía adecuar la legislación penal a los valores, principios y derechos fundamentales de la Constitución de 1983 y a las modernas teorías de la ciencia jurídica penal, en armonía con las condiciones sociales del país.

El Anteproyecto contemplaba figuras delictivas como el acoso sexual, violencia intrafamiliar, incumplimiento de los deberes de asistencia económica, discriminación laboral.

En el campo laboral se implementaron reformas al Código de Trabajo en 1994 . Las reformas estaban referidas a aspectos que se consideraban discriminatorios contra las mujeres: artículo 104 . regulaba que el trabajo de las mujeres y los menores debería estar adecuado a su edad, sexo, estado físico y desarrollo. Se eliminó lo referente a las mujeres. Artículo 105. Establecía la prohibición de contratación para las mujeres en labores insalubres y peligrosas, fue eliminado.

Se derogaron los artículos 111 que justificaba el traslado de una mujer embarazada a otro puesto de trabajo, cuando su labor consistiera en atender al público y el 112 que se refería al derecho de la mujer trabajadora de volver al cargo que desempeñaba antes del embarazo.

En el Código se adicionaron disposiciones que garantizan derechos de la mujer trabajadora , como el descanso prenatal suplementario en caso de enfermedad cuando sea consecuencia del embarazo.

Así mismo se adicionó una disposición sobre el derecho de lactancia que la mujer trabajadora tiene, gozando de remuneración durante las interrupciones destinadas para tal fin.

III. Participación de la Mujeres en la Vida Política y Pública

Los Estados Partes deberán garantizar la igualdad en el ejercicio de los derechos políticos, especialmente el voto y la elegibilidad. Garantizar la igualdad en el acceso a cargos públicos. Garantizar a las mujeres la participación en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.

La Constitución de la República establece en el artículo 72 que los " derechos de los ciudadanos son: 1º. Ejercer el sufragio; 2º. Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los ya constituidos; 3º. Optar a cargos públicos cumpliendo con los requisitos que determinan esta Constitución y las leyes secundarias ".

Participación de las mujeres en el proceso político

En septiembre de 1990, alrededor de 150 mujeres representantes de 45 organizaciones , se reunieron en el Seminario Taller " Participación de la mujer en el proceso político y en la democratización y pacificación del país ", organizado por la Comisión Interamericana de Mujeres y el Centro de Investigaciones Tecnológicas y Científicas ( CENITEC ).

Los objetivos del Encuentro fueron: General-Determinar las estrategias básicas para la participación plena e igualitaria de la mujer en el proceso político y en la democratización y pacificación del país. Específicos: a) Iniciar un diálogo amplio, pluralista, democrático y solidario entre las mujeres, que permita una proyección en la búsqueda de estrategias para la participación plena e igualitaria de la mujer en la política y en el proceso de democratización y pacificación del país. b) Identificar los intereses estratégicos de la mujer en el proceso político y de pacificación del país. c) Buscar temas de interés común a todas las mujeres, sin importar las tendencias políticas de cada una, para motivarlas a que participen activamente en la vida política del país.

Haciendo una relación entre las mujeres electas para la Asamblea Legislativa y Alcaldías Municipales en el año de 1991 y 1994, podemos observar:

1991 1994

Asamblea Legislativa (84)

7 mujeres (8.3 %)

9 mujeres (10.7 %)

Alcaldías (262)

32 mujeres (12.2%)

Participación de mujeres en los espacios de poder

Los tres Organos del Gobierno son: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

En el Gabinete de Gobierno para el período que se inició en 1989 y finaliza en 1994 el Ministerio de Planificación es dirigido por una Mujer y tres Viceministerios; Cooperación Externa, Salud y Educación.

En el Organo Legislativo 9 eran mujeres Diputadas, de un total de 84 en el período 1994-1997, ocupando el cargo de Presidenta una Diputada.

En el Organo Judicial, en la estructura máxima que es la Corte Suprema de Justicia son 2

mujeres Magistradas y 13 Magistrados.

En 1994 los Tribunales de Justicia contaban con mujeres Juezas, de la siguiente manera:

Los Juzgados de Paz en un número de 319 cuentan con 136 Juezas

Los Juzgados de Primera Instancia de un total de 135, son mujeres Juezas 48.

De un total de 48 Cámaras, 4 mujeres son Magistradas.

En los Gobiernos Municipales el acceso de mujeres a las jefaturas edilicias en el período que finalizó en 1994 reporta el 12.2% .

IV. Derecho de las Mujeres a organizarse

Las organizaciones de mujeres o con participación de mujeres no han surgido en estos últimos años, sino que tienen diversas fechas de nacimiento; sin embargo , cabe destacar el surgimiento de "Mujeres 94 " constituida por una amplia gama de organizaciones y grupos de mujeres, así como de mujeres independientes, campesinas, profesionales, mujeres del sector informal, quienes elaboraron un documento denominado "PLATAFORMA DE LAS MUJERES SALVADOREÑAS", el que fue presentado públicamente en agosto de 1993.

Esta Plataforma fue el resultado de un proceso de consultas y discusiones abiertas, habiéndose realizado 8 foros en donde se conocieron diagnósticos de la situación de las mujeres en El Salvador, lo que sirvió como referencia para su planteamiento. Se divide en 5 áreas :

Desarrollo

Económica

Social, que comprende: Educación, Violencia, Salud y Vivienda

Jurídica

Política.

Las Reivindicaciones están agrupadas de la siguiente manera:

DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE CON PERSPECTIVA DE GENERO, que comprende

la participación de las mujeres en la planificación y ejecución de los programas

formación y funcionamiento de una comisión en donde las mujeres elaboren, implementen, supervisen y evalúen las políticas sociales y de desarrollo

creación de servicios colectivos: centros de desarrollo infantil, molinos, lavanderías, comedores, etc.

diagnósticos con perspectiva de género.

Area económica, referida a:

Sector Formal

la Política de generación de empleo

Creación de la Oficina de la Mujer en el Ministerio de Trabajo.

igualdad salarial entre hombres y mujeres

medidas para evitar la discriminación en razón de la maternidad, el acoso sexual

revisión de las condiciones de trabajo para su mejoramiento.

Sector Informal

Creación de líneas de crédito especiales

capacitación en organización y administración cooperativa

programas para el aprovechamiento de créditos

investigar el maltrato contra las mujeres del sector informal

creación de puestos fijos para las trabajadoras de los mercados

capacitación a las trabajadoras del servicio doméstico sobre sus derechos

Trabajadoras campesinas

participación de las mujeres de organizaciones rurales en la formulación, diseño, control y seguimiento de políticas agrarias

otorgamiento de tierras en propiedad

implementación de programas especiales de capacitación en gestión financiera, cooperativa empresarial y técnicas de producción agropecuaria

acceso al crédito

creación de servicios colectivos

inscripción en planillas de mujeres jornaleras

igualdad de salarios para las mujeres jornaleras

creación de una Oficina de las Mujeres en el Ministerio de Agricultura y Ganadería

creación de Secretarías de las Mujeres en los consejos de Administración de las cooperativas

Area social. En esta área se encuentra:

el sistema educativo, en donde se requiere

Reforma educativa para promover la educación no sexista

garantía de la educación gratuita

capacitación en teoría de género

promoción de la participación de mujeres en estudios técnicos y superiores universitarios

apertura de cátedras de género en las Universidades

creación de Centros de Documentación especializados

educación sexual en la currícula

educación para la reproducción

violencia contra las mujeres, en dondese plantea

la incorporación en la currícula de educación formal de todos los niveles

eliminación de contenidos que inciten a la violencia o que resalten imágenes estereotipadas de las mujeres

campañas resaltando los efectos y consecuencias de la violencia

autodefensa para las niñas

promoción y publicación de investigaciones sobre la incidencia de las distintas formas de violencia

Creación de Comisarías de las mujeres en cada Departamento

Apertura de clínicas especializadas en la atención a mujeres víctimas de violencia

Creación de casas albergues

Implementación de medidas para la permanencia de las mujeres en el domicilio familiar, garantizando el alejamiento del agresor

Creación de una red de teléfonos de ayuda y asesoría legal

Capacitación sobre violencia de género a profesionales de instituciones encargadas de la atención a mujeres violentadas

sistema de salud, que requiere de

atención primaria

atención médica y medicina gratuita

Instalación completa de hospitales para mujeres

Promoción de la educación nutricional

divulgación sobre métodos anticonceptivos

examen de SIDA gratuito y confidencial

no discriminación en la atención de mujeres prostitutas

Atención adecuada para las reclusas

Implementación de políticas que garanticen la maternidad libre y voluntaria

Condiciones para la realización de la interrupción voluntaria del embarazo

vivienda, que plantea

Implementación de programas de vivienda digna y en propiedad para las mujeres de los sectores urbano marginales

Acceso de vivienda a mujeres del campo y de la ciudad, con especial énfasis a las mujeres jefas de hogar

erradicación de las políticas de desalojo en las zonas marginales

Area jurídica, que comprende

Una parte general sobre

la reforma judicial

creación de una Comisión permanente de Abogadas

reconocimiento de la maternidad como una opción

aprobación de ley que mejore los porcentajes de la cuota alimenticia

Que se regule legalmente el acceso de las mujeres a la vivienda

Ampliación del principio de igualdad constitucional a personas discapacitadas, con opción sexual diferente y grupos étnicos

Realización de campañas sobre la legislación, de parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos

En cuanto a violencia

Tipificación de la violencia doméstica como delito

Tipificación de la violación como delito de acción pública

eliminación de estereotipos en disposiciones legales, como el caso de la violación en prostituta

Tipificación del acoso sexual como delito

regulaciones en los medios de comunicación sobre la imagen de la mujer que presentan.

En lo que respecta al Derecho Laboral se hace mención especial a

los Convenios de la OIT relativos a derechos de las mujeres que no han sido ratificados

igualdad salarial

revisión de legislación sobre la trabajadora doméstica

establecimiento de regulaciones sobre las mujeres que ejercen la prostitución respetando sus derechos humanos

Sancionar a los miembros de los cuerpos de seguridad y demás autoridades que chantajeen y abusen de las prostitutas

En cuanto al derecho agrario, se plantea

la necesidad de garantizar el acceso de las mujeres a la propiedad de las tierras.

En relación al Código de Familia

Revisión y aprobación del anteproyecto de Código de Familia, estableciendo la necesidad del cambio de las relaciones de poder al interior de la familia

Que se tomen en cuenta las observaciones realizadas por las organizaciones de mujeres

Creación de los Tribunales de Familia

Sobre el Derecho Penitenciario

reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres reclusas, ordenando y sistematizando en un solo cuerpo de ley el Derecho Penitenciario

Regulación de las actividades del personal de los centros penales, formándolos para un trato humano a las reclusas

Area política. Se plantea la necesidad de

creación del Ministerio de la Mujer

elaboración de Programas orientados a los derechos de las mujeres

cuotas de participación en los partidos políticos

V. Derecho a la Educación

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. Deberá asegurarse igualdad en la orientación de carreras, capacitación profesional, acceso a los estudios, obtención de diplomas en zonas urbanas y rurales; acceso a los mismos programas de estudios; eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y formas de enseñanza; las mismas oportunidades para la obtención de becas; igualdad en el acceso a los programas de educación permanente; desarrollo de programas para mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente; participación en deportes; acceso a la información sobre salud familiar y asesoramiento sobre planificación familiar.

La Constitución de la República establece en el artículo 53 que " el derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana; en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión.

El Estado propiciará la investigación y el quehacer científico".

En el Artículo 54 se refiere a la organización del sistema educativo, para lo cual el Estado creará las instituciones y servicios que sean necesarios.

Los fines de la educación están contemplados en el Artículo 55 en donde se menciona:

- lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social

- contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana

- inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes

- el padre y la madre tendrán derecho preferente para escoger la educación de hijas e hijos.

Es un derecho y un deber de todas y todos los habitantes de la República, recibir educación parvularia y básica que les capacite para desempeñarse como ciudadanas y ciudadanos útiles. El Estado promoverá la formación de centros de educación especial. La enseñanza que se imparta en los centros educativos oficiales será esencialmente democrática.

El Artículo 58 se refiere a que no podrá discriminarse a ninguna persona que acceda a un establecimiento educativo por razón de la naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, religiosas, raciales o políticas.

El Artículo 61 establece que la educación superior se regirá por una ley especial, siendo responsabilidad del Estado velar por el funcionamiento democrático de las instituciones de educación superior y por su adecuado nivel académico.

En el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social 1989-1994 de El Salvador, surge la Política Nacional de Población en 1993, basándose en los principios de los derechos individuales del ser humano como sujeto y beneficiario del proceso de desarrollo. Esta Política contiene Líneas de Acción en el campo de la Educación, Información y Comunicación en Población, referidas a : Integrar experiencias sobre valores de igualdad y coparticipación de la mujer y del hombre en todo ámbito de la vida, en planes y programas de todos los niveles educativos, así como Integrar experiencias de educación en población en programas y proyectos de alfabetización, neolectura y educación de adultos en general.

En 1990 El Salvador suscribe en Tailandia la "Declaración Mundial sobre Educación para Todos. Satisfacción de las Necesidades Básicas de Aprendizaje, cuyo fundamento esencial se refiere a las adquisiciones y resultados eficaces del aprendizaje, en vez de prestar exclusivamente la atención al hecho de matricularse, de participar en forma continuada en los programas de instrucción y de obtener el certificado final.

El Banco Mundial consideraba que en 1990 el gasto en libros de texto, materiales didácticos y otros insumos operacionales esenciales significaba menos de $ 1.00 por estudiante al año.

El presupuesto de Educación para 1987 fue del 2.1 % del PIB, en 1990 fue del 1.6 % y en 1994 de 2.1. %.

El pago de salarios en el sistema educativo representó en 1989 el 96 % del presupuesto del Ministerio de Educación .

La tasa de repitencia escolar para 1992 era de 7.8 % , siendo la tasa de deserción de 9.7%, influyendo los embarazos precoces en adolescentes.

TASA DE MATRICULACION, 1990

Edad escolar primaria Edad escolar secundaria Edad escolar terciaria

( 6 a 11 años ) ( 12 a 17 años ) ( 18 a 23 años )

Niñas como % de niños

Mujeres adolescentes como % de varones

Mujeres como % de hombres

119

97

82

Fuente: Informe sobre Desarrollo Humano 1995, PNUD

TASA BRUTA COMBINADA DE MATRICULA FEMENINA, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA, 1992: 54%

Programas Modelos

En 1991 con el apoyo de UNICEF, surgió una experiencia piloto denominada proyecto de Ampliación de Servicios Educativos, transformado en su etapa de seguimiento como Programa EDUCO: Educación con participación de la Comunidad. Un componente de este Programa son las Escuelas de Padres, estrategia educativa que contribuye a desarrollar la Junta Directiva de padres y madres de familia, alumnas y alumnos, líderes comunales y miembros de la comunidad.

Otro componente son las aulas alternativas que atienden a dos o más grados que tienen baja matrícula, las cuales trabajan en forma simultánea y a la vez en forma separada.

Las aulas de educación especial, constituyen una estrategia de atención con la cual se pretende dar cobertura a la población infantil del área rural con necesidades especiales.

El teleaprendizaje consiste en crear y facilitar en los terceros ciclos del área rural , la utilización de programas televisivos y material impreso que facilite experiencias de aprendizaje

VI. DERECHO AL TRABAJO

Los Estados Partes están obligados a garantizar a las mujeres condiciones de igualdad con los hombres en el derecho al trabajo; a las mismas oportunidades de empleo; a la aplicación de los mismos criterios de selección para el empleo; a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio.

Las mujeres se encuentran con serios obstáculos para lograr su inserción laboral a partir de las responsabilidades familiares, las cargas domésticas y los roles maternos que desempeñan. La población económicamente activa femenina según la Encuesta de Hogares 1991-1992 era de 127,925 de un total de 387,557.

Las mujeres son mayoría en el sector informal en donde se ubican como ocupadas plenas o como subempleadas. En 1993 el 15 % de mujeres del sector informal del área metropolitana de la capital San Salvador se reportan como analfabetas, en tanto el 85 % sabe leer y escribir. En cuanto a los niveles de escolaridad, más del 50 % no supera el sexto año de estudios; un 37 % ha aprobado entre 7 y 12 años y únicamente el 10 % ha cursado un año o más de estudios superiores.

Clasificación de la Población EconOmicamente Activa según Mercado de Trabajo y Sexo.

Mercado de Trabajo

1994/ Hombres

1994/Mujeres

% Mujeres

Sector Formal

358,990

209,574

36.9

Sector Informal

265,587

279,073

51.2

Ocupados/as Plenos/as

439,151

307,631

41.2

Sub-ocupados/as

185,426

178,016

49.0

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, 1994.

La reforma del Código de Trabajo de 1994 establecía que para fijar la remuneración no se distinguiría por motivo de sexo, edad, raza, color, nacionalidad, opinión política y tendencia religiosa. En la actualidad se mantiene una diferencia salarial debido a la segmentación por género que se hace de los trabajos.

SALARIOS FEMENINOS COMO PORCENTAJE DE LOS MASCULINOS, POR GRUPO OCUPACIONAL

Profesionales

84.5%

Técnicos

78.9%

Empleados/as de Oficinas

96.2%

Artesanos/as, operarios/as

57.9%

Fuente: FUSADES, Encuesta Mercado de Trabajo 1994

El porcentaje de salario femenino con relación al masculino por rama de actividad, evidencia una variante en lo que respecta a la rama de la construcción, no porque haya mujeres trabajando como obreras, sino que su actividad se realiza a un nivel diferente que los hombres, ya sea ocupando cargos administrativos y/o profesionales.

SALARIO FEMENINO COMO PORCENTAJE DEL MASCULINO, POR RAMA DE ACTIVIDAD

Rama de Actividad

1992/93

1994

Industria

57.8 %

67.3 %

Construcción

173.2 %

141.8 %

Comercio

63.6 %

57.2 %

Servicios

56.6 %

58.9 %

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1995.

Mujeres en el sector informal

Las mujeres tienen una presencia significativa en el sector informal de la economía. La Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples de 1991-1992, reporta que de un total de 129,191 ocupados, 18,368 mujeres se encuentran en el sector formal y 31,816 en el sector informal.

PARTICIPACIÓN DE MUJERES Y HOMBRES DENTRO DEL SECTOR INFORMAL URBANO. POR RAMA DE ACTIVIDAD. 1991-1992

RAMA DE ACTIVIDAD

MUJERES

HOMBRES

Industria

9,266

6,519

Comercio

16,728

7,421

Servicios

5,207

1,435

Construcción

3,813

Transporte y Comunicaciones

123

3,813

Agricultura

492

10,045

Establecimientos Financieros

123

Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, 1991-1992

Protección de la maternidad

La maternidad no debe impedir a las trabajadoras ejercer su derecho al trabajo, ni ser motivo de discriminación.

Los artículos 110, 113 y 309 del Código de Trabajo, regulan las prestaciones por maternidad.

En el artículo 110 "se prohíbe a los patronos destinar a mujeres embarazadas a trabajos que requieran esfuerzos físicos incompatibles con su estado. Se presume que cualquier trabajo que requiera un esfuerzo físico considerable es incompatible con el estado de gravidez después del cuarto mes de embarazo".

El artículo 113 establece que "Desde que comienza el estado de gravidez, hasta que concluya el descanso post-natal, el despido de hecho o el despido con juicio previo no producirán la terminación del contrato de la mujer trabajadora, excepto cuando la causa de éstos haya sido anterior al embarazo; pero aún en este caso, sus efectos no tendrán lugar sino hasta inmediatamente después de concluido el descanso antes expresado".

El artículo 309 regula la obligatoriedad del empleador de dar a las trabajadoras embarazadas un descanso de doce semanas de licencia, seis de las cuales se tomarán obligatoriamente después del parto, y además a pagarle anticipadamente una prestación equivalente al setenta y cinco por ciento del salario básico durante dicha licencia. Establece además que en caso de enfermedad, consecuencia del embarazo, deberá comprobarse con certificado médico; en este caso, la trabajadora tendrá derecho a un descanso prenatal suplementario. Cuando el parto sobrevenga después de la fecha presunta, el descanso tomado anteriormente será siempre prolongado hasta la fecha verdadera del parto y la duración del descanso puerperal obligatorio no será reducida.

El Código de Trabajo establece una disposición relativa a la lactancia en el artículo 312 inciso segundo y tercero: " Si una trabajadora lacta a su hijo, tendrá derecho con este fin, a una interrupción del trabajo de hasta una hora diaria. A su pedido esta interrupción se podrá fraccionar en dos pausas de treinta minutos cada una.

Las interrupciones de trabajo conforme a párrafo precedente serán contadas como horas de trabajo y remuneradas como tales".

El Convenio 111 de la OIT , relativo a la Discriminación en materia de empleo y ocupación fue aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo Ejecutivo número 259 del 12 de abril de 1994 y ratificado por la Asamblea Legislativa,por Decreto Legislativo número 78 del 14 de julio de 1994, publicado en el Diario Oficial número 157 del 26 de agosto de 1994.

VII. DERECHO A LA SALUD

Los Estados Partes deben adoptar las medidas que sean necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica. Deberá asegurar en igualdad de condiciones con el hombre, el acceso a servicios de atención médica, incluyendo planificación familiar. Así mismo, deberán garantizar servicios adecuados en relación con el embarazo, el parto, el puerperio, en forma gratuita cuando fuere necesario, debiendo asegurar una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

El abordaje de la salud de manera integral es fundamental para contribuir al desarrollo pleno de las mujeres.La capacitación e información sobre su salud sexual y reproductiva contribuiría en la disminución de embarazos tempranos, no deseados y abortos. Es necesario abordar el problema de la salud buscando alternativas que permitan el bienestar físico y mental y una atención diferenciada de acuerdo con las necesidades de las mujeres, las niñas y las adolescentes, en el proceso de salud-enfermedad.

El Plan de Gobierno 1994-1999, en el Sector Salud y Nutrición plantea: "Salud con equidad y de calidad para todos", a través de :

Aumentar la cobertura, equidad y calidad de los servicios

Mayor eficiencia y competitividad en los servicios de salud

Reducir la mortalidad infantil y mejorar los niveles nutricionales

Fortalecer las condiciones de salud de las mujeres

Ampliar los Programas de Salud y Educación Comunitaria.

El Plan Nacional de Salud 1994-1997 en su política general, establece prioridades:

Atención integral del embarazo, parto y puerperio

Multiparidad y poco espaciamiento de los embarazos especialmente en las mujeres jóvenes

Nutrición de la madre y el hijo: lactancia materna

Enfermedades de transmisión sexual: ETS, VIH/ SIDA, SIDA y cáncer cérvico uterino.

La tasa global de fecundidad se reporta en 125 x 1000 mujeres entre los 14 y los 19 años.

La mortalidad materna es el producto de la influencia de diferentes factores como el entorno económico, legal yfamiliar. El nivel de pobreza, el acceso a los recursos sociales y el grado de aislamiento. El estado de salud previa y la conducta reproductiva, así como el acceso a los servicios de salud reproductiva de calidad.

La Encuesta Nacional de Salud Familiar, FESAL/93 reporta que la razón de mortalidad materna en el período 1988-1993 fue de 158 x 100 mil nacidos vivos, correspondientes a madres de 15 a 49 años.

La mortalidad materna institucional de 1990 a 1994se reporta por 100 mil nacidos vivos:

1990

1991

1992

1993

1994

109

120

89

115

78

Fuente: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Dos de cada cinco muertes maternas correspondieron a los grupos de edad entre 20 - 24 años y 30-34 y el 15 % del total provino de mujeres menores de 19 años. Igualmente de las muertes registradas en el mismo período, el 62 % ocurrió en las mujeres que no habían asistido al control prenatal.

La atención institucional del parto, según la FESAL -93 muestra que el promedio nacional corresponde al 51 % con extremos y diferencias marcadas en el área urbana ( 88 % )y la rural ( 33 % ). Del total de partos en el país, el 38.1 % es atendido por los servicios del Ministerio de Salud, el 9.7 % por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social y el 3.2 % en hospitales privados.

En relación a la prevención del cáncer ginecológico, la FESAL-93 señala que el 67 % habría efectuado algún control de citología vaginal, con variaciones del 75 % en el área urbana a 58 % en las regiones más dispersas.

En cuanto a los métodos anticonceptivos, se muestra una preferencia, de la siguiente manera:

ESTERILIZACIÓN FEMENINA

20.8 %

ANTICONCEPTIVOS ORALES

5 %

INYECTABLES HORMONALES

2.2 %

Fuente: FESAL-93

VIH/SIDA

Respecto a las Enfermedades de Transmisión Sexual se debe mencionar el SIDA. La situación en El Salvador muestra que los primeros casos se registraron en 1984.

En la actualidad se está desarrollando el PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SIDA, el cual se inició en 1989 para un plazo de 10 años, teniendo como objetivo: Interrumpir la cadena de transmisión del VIH a través de la educación en la prevención sexual y perinatal, sangre y hemoderivados, disminuir el impacto social en las personas y comunidades y la vigilancia epidemiológica del VIH/SIDA.

INCIDENCIA Y MORTALIDAD DE SIDA

1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994

INCIDENCIA

16

34

72

54

132

114

176

387

MORTALIDAD

13

18

13

13

34

19

26

56

Fuente: Programa Nacional de ITS/ VIH/SIDA.

SIDA Y VIH ( + ) EN MUJERES EN EDAD FÉRTIL, 1991/2000

15-19 20-24 25-29 30-34 35-39 40-44

SIDA

46

146

186

124

98

83

VIH ( + )

118

297

210

143

93

45

Fuente: Ficha de notificación de casos de SIDA

Programa Nacional de ITS/ VIH/ SIDA.

VIII. DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN LA VIDA ECONÓMICA Y SOCIAL SIN DISCRIMINACIÓN.

Deberán asegurarse medidas para que no se discrimine a la mujer en esferas de la vida económica y social, reconociendo los mismos derechos en igualdad con el hombre en particular: a) El derecho a prestaciones familiares; b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero; c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural .

En El Salvador se adoptó a finales de la década de los años ochenta la reforma económica , habiéndose firmado los Acuerdos de Paz a principios de los años noventa. Se buscaba el equilibrio económico y la estabilidad política necesaria para cimentar la democracia e iniciar un proceso de desarrollo sostenido y sustentable. La economía alcanzó durante los primeros cinco años de la década de los noventa un clima de estabilización macroeconómica reflejado en el comportamiento de los precios macro, que permiten lograr tasas de crecimiento anual promedio del Producto Interno Bruto ( PIB ) de un 6%.

Durante el primer quinquenio de los años noventa, las remesas familiares provenientes de mujeres y hombres salvadoreños en el exterior, constituían cerca del 10% de las exportaciones, el 60% de la inversión bruta y más del 80% del ahorro nacional.

Según información oficial, en 1989 la pobreza urbana se reporta en 47% y la rural en 63% a mediados de la década de los años ochenta a noventa.

En 1992 la pobreza total ascendía a 58%.

Las mujeres participan en un alto grado en el mercado de trabajo en el área urbana, sin embargo su inserción se da principalmente en el sector informal, caracterizado por empleos de baja calidad y productividad. Mantienen una sobre carga que las limita para su incorporación en el mercado laboral. Se considera que en un 30% de las familias salvadoreñas las mujeres desarrollan doble responsabilidad: satisfacer las necesidades básicas del grupo familiar y la formación de hijos e hijas.

En la década de los años noventa la pobreza urbana disminuyó, habiéndose reforzado la brecha urbano-rural. El porcentaje de familias en pobreza en el área rural es mucho mayor que el de familias en el área urbana.

Hogares en Pobreza (%) 1991/ 1992

Urbano

53.7

Rural

66.1

Fuente: FUSADES

Las mujeres no tienen reconocidas las actividades que desarrollan en el hogar por lo que éstas no son remuneradas. Estas tareas son desempeñadas en su mayoría por las mujeres de la casa.

Las mujeres empresarias tienen un limitado acceso al crédito, los montos siempre son inferiores respecto de los concedidos a los hombres.

En lo que respecta al acceso a formación, que permita a las mujeres capacitarse para acceder al mercado de trabajo en mejores condiciones, en 1993 se aprobó la Ley de Formación Profesional.

Prestaciones

La legislación laboral contempla en el artículo 309 disposiciones relativas a prestaciones por maternidad para la mujer trabajadora, "El patrono está obligado a dar a la trabajadora embarazada, en concepto de descanso por maternidad, doce semanas de licencia , seis de las cuales se tomarán obligatoriamente después del parto; y además a pagarle anticipadamente una prestación equivalente al setenta y cinco por ciento del salario básico durante dicha licencia".

En el artículo 312 se regula la lactancia materna: "Si una trabajadora lacta a su hijo, tendrá derecho con este fin, a una interrupción del trabajo de hasta una hora diaria. A su pedido esta interrupción se podrá fraccionar en dos pausas de treinta minutos cada una.

Las interrupciones de trabajo conforme a párrafo precedente serán contadas como horas de trabajo y remuneradas como tales".

IX. LOS DERECHOS DE LA MUJER RURAL

Los Estados partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer en las zonas rurales.

Para la década de los años ochenta se realizó un proceso de reforma agraria, representando las mujeres solamente el 11 % del total de persona beneficiadas.

Se formularon diez políticas en relación a la promoción y organización campesina, la capacitación, el desarrollo empresarial, la asistencia crediticia y de comercialización, la ampliación del número de beneficiarios, el desarrollo social, la comunicación e información, y la política de deuda agraria. Todo con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria, incentivar la diversificación de la producción y la exportación de productos agrarios y pesqueros; mejorar la contribución de las exportaciones tradicionales y no tradicionales, proteger y desarrollar los recursos naturales, colocar la asistencia técnica, el crédito y la comercialización al servicio de la mayoría de los productores, así como viabilizar las oportunidades de riego y ampliación de la frontera agrícola a la población rural en su conjunto.

En 1985 se crea el Vice Ministerio de Desarrollo Rural y Extensión Agropecuaria, adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, mediante Decreto Ejecutivo No. 38 de fecha 8 de mayo de 1985, publicado en el Diario Oficial No. 94, Tomo 287 de fecha 22 del mismo mes y año.Su objetivo era responder de una manera eficiente y directa para solucionar los diferentes problemas que afronta la familia campesina, mejorando la condición y calidad de vida de la población, sus niveles económicos y productivos.

El 2 de diciembre de 1985, mediante DecretoEjecutivo No. 83, publicado en el Diario Oficial No. 230, Tomo 289 de fecha 5 del mismo mes y año, se crea la Dirección General de Desarrollo Rural, con el objetivo de contribuir a la consolidación y desarrollo de la Reforma Agraria como instrumento de cambio social, económico y de participación efectiva de la población rural en todos los niveles de la vida nacional.

Esta Dirección General implementó como política el fomento de la incorporación de la mujer campesina y de la población desplazada a la actividad productiva nacional.

La mujer campesina tiene poco acceso a la tierra , representa menos del 30% de la PEA en este rubro.

La política Agraria impulsada en los períodos 1989-1994...no hizo referencia a las mujeres rurales, habiéndose reconocido que " a la mujer rural no se le da acceso real a la tierra "

El analfabetismo es mayor en las zonas rurales que en las urbanas ( 40% y 15% respectivamente).

No se encuentran registros de mujeres que participan en la agricultura, aportando mano de obra familiar, sin remuneración.

X. DERECHOS DE LAS MUJERES EN LAS RELACIONES FAMILIARES

Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.

Adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares.

En el Artículo 32 de la Constitución se encuentra el Capítulo II Derechos Sociales, SecciónPrimera, La Familia, que establece " la familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico.

El fundamento legal de la familia es el matrimonio y descansa en la igualdad jurídica de los cónyuges.

El Estado fomentará el matrimonio; pero la falta de éste no afectará el goce de los derechos que se establezcan a favor de la familia" .

El Artículo 33 se refiere a que "La ley regulará las relaciones personales y patrimoniales de los cónyuges entre sí y entre ellos y sus hijos, estableciendo los derechos y deberes recíprocos sobre bases equitativas; y creará las instituciones necesarias para garantizar su aplicabilidad. Regulará asimismo las relaciones familiares resultantes de la unión estable de un varón y una mujer".

El Artículo 36 señala que " Los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio y los adoptivos, tienen iguale derechos frente a sus padres. Es obligación de éstos dar a sus hijos protección, asistencia, educación y seguridad.

No se consignará en las actas del Registro Civil ninguna calificación sobre la naturaleza de la filiación, ni se expresará n las partidas de nacimiento el estado civil de los padres.

Toda persona tiene derecho a tener un nombre que la identifique. La ley secundaria regulará esta materia.

La ley determinará asimismo las formas de investigar y establecer la paternidad".

El Código Civil salvadoreño vigente hasta finales de septiembre de 1994, regulaba en el Libro Primero, Título IIIdisposiciones relativas a Los Esponsales en el artículo 94: "Los esponsales o desposorio, o sea la promesa de matrimonio mutuamente aceptada, es un hecho privado, que las leyes someten enteramente al honor y conciencia del individuo, y que no produce obligación alguna ante la ley civil "

La edad para contraer matrimonio estaba estipulada en dieciséis años para los varones y catorce para las mujeres, requiriéndose el consentimiento expreso de los padres legítimos.

El hijo o hija ilegítima que no hubiere cumplido los veintiún años estaba en obligación de obtener el consentimiento de la madre y en su defecto el del padre si fuere hijo o hija natural. En todo caso,quieneshubiesen cumplido veintiún años no requerían de consentimiento.

El divorcio procedía según lo establecido en el artículo 145 por diversascausales, como:

El adulterio de la mujer, el adulterio del marido con escándalo público o con abandono de la mujer.Unicamente en el caso de la separación absoluta se podía reclamar por cualquiera de los cónyuges, en los demás casos solamente por el cónyuge inocente.

En el caso del divorcio por separación absoluta, el Juez o Juezaa juicio prudencial, decretaba sin tramitación alguna y con sólo la solicitud del interesado, la separación provisional y el depósito de la mujer en una casa honesta.

La sentencia de divorcio producía efectos como la privación del cónyuge culpable, mientras viviera el cónyuge inocente, de la patria potestad y los derechos que llevaba consigo respecto de la persona y bienes de las hijas o hijos , debiendo cumplir las obligaciones que se le imponían.

El Título VI establecía regulaciones sobre Obligaciones y Derechos entre los Cónyuges.

Así el artículo 182 disponía : " Los cónyuges están obligados a guardarse fidelidad, a socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida.

El marido debe protección a la mujer, y la mujer obediencia al marido ".

El artículo 183 contemplaba: "El marido tiene derecho para obligar a su mujer a vivir con él y seguirle a dondequiera que traslade su residencia.

Este derecho no podrá hacerse valer coactivamente; pero el marido puede negarse a alimentar a la esposa que se niegue sin justa causa a vivir con él. La mujer, por su parte, tiene derecho a que el marido la reciba en su casa.

En los casos de este artículo el Juez procederá sumariamente".

Respecto a la capacidad para celebrar contratos, este Código no establecía restricciones para la mujer.

En relación a las hijas e hijos, el Código Civil establecía diferencias en una clasificación entre hijos legítimos concebidos en matrimonio que eran el concebido dentro del matrimonio verdadero o putativo; hijos legitimados por matrimonio posterior a la concepción, con exclusión de aquéllos que fueren concebidos en adulterio; hijos naturales que eran los nacidosfuera de matrimonio,los cuales podían ser reconocidos por su padre ya sea en instrumento público, por acto testamentario, por acta de matrimonio, por escrito u otros actos judiciales, por suministrar el padre los datos para el asentamiento en la partida de nacimiento, ante el Alcalde o Jefe del Registro Civil, Por acta ante el Procurador General de Pobres.

La madre ilegítima tenía la patria potestadsobre sus hijas e hijos quienes "están especialmente sometidos a ella" . ( Art. 287 )

"La persona casada no podrá tener a un hijo ilegítimo en su casa, sin el consentimiento de la mujer o marido" (Art. 290 )

“El registro de nacimientos de hijas o hijos ilegítimos corresponde a la madre y en su defecto a los parientes que vivan en la misma casa. El nombre del padre se podrá omitir”(Art. 312 )

En septiembre de 1993 fue presentado a la Asamblea Legislativa el Proyecto de Código de Familia y el proyecto de decreto de reformas al Código Civil vigente en ese momento, para que fueransometidos a la aprobación del pleno legislativo.

En octubre de 1993 se aprobó el Código de Familia, el cual entraría en vigencia en octubre de 1994.

El Código de Familia contempla en el Artículo 4 los Principios Rectores: "La unidad de la familia, la igualdad de derechos del hombre y de la mujer, la igualdad de derechos de los hijos, la protección integral de los menores y demás incapaces, de las personas de la tercera edad y de la madre cuando fuere la única responsable del hogar".

La Legislación de Familia regula las Relaciones Personales y Patrimoniales entre los cónyuges. Establece en el Artículo 36 inciso primero que "Los cónyuges tienen iguales derechos y deberes; y por la comunidad de vida que entre ellos se establece, deben vivir juntos, guardarse fidelidad, asistirse en toda circunstancia y consideración".

Con relación a la residencia señala en el Artículo 37: "Los cónyuges fijarán conjuntamente el lugar de residencia y regularán de común acuerdo todos los asuntos domésticos".

La cooperación está regulada en el Artículo 39: " Ninguno de los cónyuges podrá limitar el derecho del otro a desempeñar actividades lícitas o a emprender estudios o perfeccionar conocimientos, y para ello deben prestarse cooperación y ayuda, cuidando de organizar la vida en el hogar, de modo que tales actividades, perfeccionamiento o estudios no impidan el cumplimiento de los deberes que este Código les impone.

El trabajo del hogar y el cuidado de los hijos, serán responsabilidad de ambos cónyuges".

El padre y la madre están obligados a la crianza de hijas e hijos como lo establece el Artículo 211: " con esmero; proporcionándoles un hogar estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad, hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta las capacidades, aptitudes e inclinaciones del hijo.

Si el hijo llega a la mayoría de edad y continúa estudiando con provecho tanto en tiempo como en rendimiento, deberán proporcionársele los alimentos hasta que concluya sus estudios o haya adquirido profesión u oficio.

El padre y la madre, estarán obligados a cuidar de sus hijos desde su concepción".

"Cuando los padres no hicieren vida en común, se separaren o divorciaren, el cuidado personal de los hijos lo tendrá cualquiera de ellos, según lo acordaren". Art. 216 inciso segundo.

Con respecto a las relaciones y trato, el Artículo 217 dice: "El padre y la madre, aunque no convivieren con su hijo, deberán mantener con él las relaciones afectivas y el trato personal que favorezca el normal desarrollo de su personalidad. Cuando sea necesario, el juez podrá regular el tiempo, modo y lugar que para ello se requiera".

La asistencia también se encuentra regulada en el Artículo 218: " Los padres deben asistir moral y económicamente a sus hijos sujetos a autoridad parental, que se hallaren involucrados en procesos de menores o penales y suministrar los gastos que requiera su asistencia legal".

En el Código Penal se contempla el INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA ECONOMICA, en el Artículo 277," El padre, adoptante, tutor o curador de un menor de dieciocho años o de una persona desvalida que deliberadamente omitiere, mediando sentencia civil definitiva ejecutoriada, convenio celebrado en la Procuraduría General de la República o fuera de ella, o resolución de esta institución, prestar los medios indispensables de subsistencia a que está obligado, serán sancionados con quince a cincuenta días multa".