25° período de sesiones
Acta resumida de la 520ª sesión
Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 12 de julio de 2001, a las 10.00 horas
Presidente:Sra. Abaka
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (continuación)
Informes periódicos inicial, segundo y tercero combinados de Guinea
Se declara abierta la sesión a las 10.30 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer(continuación)
Informes inicia, segundo y tercero combinados de Guinea (CEDAW/C/GIN/1-3)
Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Guinea toman asiento en la mesa del Comité.
La Sra. Aribot (Guinea), señala a la atención del Comité una adición del informe, únicamente en francés que se ha distribuido oficiosamente a los miembros, cuyo objeto actualizar la información del informe, que se finalizó en 1998.
En la Constitución se consagran disposiciones y principios inspirados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de los derechos humanos. Entre ellas se encuentran la igualdad de género y la no retroactividad de la legislación, así como otras libertades civiles básicas como la libertad de prensa y la libertad de creencia. Cualquier persona que considere que sus derechos han sido vulnerados puede recurrir a los tribunales, desde los tribunales de primera instancia hasta el Tribunal Supremo. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer ocupa un lugar prominente en el sistema jurídico e institucional de protección de los derechos humanos. Los acuerdos internacionales son ratificados por el Presidente con la autorización expresa de la Asamblea Nacional. La propia Convención fue ratificada el 9 de agosto de 1982, pero algunos órganos del Gobierno encargados de mejorar la condición de la mujer que se crearon ya en 1958.
4.Destaca especialmente la labor del Ministerio de Asuntos Sociales y de Promoción de la Mujer y de la Infancia, establecido en 1996, que se describe en el informe (CEDAW/C/GIN/1-3, pág. 21), las actividades organizadas en relación con el Programa Marco sobre Género y Desarrollo (pág. 2) y las numerosas disposiciones jurídicas que protegen los derechos de la mujer en esferas como la familia, la salud y el empleo. En la práctica, no obstante, el disfrute de esos derechos se ha visto a menudo mermado por unos procedimientos administrativos complicados, la ignorancia de los procedimientos jurídicos, la falta de información y unas persistentes actitudes negativas hacia la mujer. En la página 35 del informe se describen algunas formas de discriminación contra la mujer que se derivan de prácticas profundamente arraigadas en las costumbres, muchas de las cuales entrañan el ejercicio de la violencia.
Las mujeres son las principales responsables de la educación y la crianza de los niños y realizan el 80% de las tareas relacionadas con la producción de alimentos. Cerca del 85% de las mujeres son analfabetas, en comparación con el 62% de los hombres, y se han adoptado medidas especiales temporales para poner remedio a esa situación (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 33 a 35). Se están haciendo esfuerzos por eliminar los estereotipos y prejuicios relativos a la mujer mediante la adopción de medidas encaminadas a modificar el comportamiento social y cultural de los hombres y mujeres y promover la igualdad en la asociación entre ellos.
La violencia física, sicológica y sexual contra las mujeres, incluida la violencia doméstica, sigue siendo motivo de preocupación. Lamentablemente, las tradiciones culturales y el derecho tradicional a veces condonan la violencia contra la mujer. Durante más de un decenio, las autoridades y los mecanismos gubernamentales y no gubernamentales de defensa de los derechos de la mujer han llevado a cabo campañas de sensibilización para erradicar todas las formas de violencia contra la mujer. En ese contexto, señala que la prostitución (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 39 a 43), que actualmente se limita a las zonas urbanas, es una plaga social que se ve exacerbada por la pobreza, la crisis económica, la desaparición de los valores morales y el deterioro de la unidad familiar. Pese al aumento de la prostitución en los últimos años, la desaprobación que despierta sigue siendo grande y no se ha legalizado.
Volviendo a la esfera de la vida política y pública (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 43 a 47), señala que Guinea ha firmado y ratificado la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer y en la Constitución se ofrece a la mujer una amplia gama de garantías frente a la discriminación en la esfera política. No obstante, las mujeres no están todavía bien representadas en los planos ejecutivo, legislativo y judicial o en la sociedad civil. Por ejemplo, sólo el 9% de los miembros de la Asamblea Nacional son mujeres. A nivel internacional, aunque en principio hay igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, actualmente no hay ninguna mujer embajadora.
Todas las cuestiones relacionadas con la nacionalidad (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 49 a 56) se rigen por el Código Civil, en el que se contempla la igualdad de derechos de hombres y mujeres con respecto a la adquisición, modificación o mantenimiento de la nacionalidad. Ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio obligan a la mujer a cambiar su nacionalidad. Un extranjero que contraiga matrimonio con una mujer guineana no adquiere automáticamente la nacionalidad, sino que tiene que pasar por un proceso de naturalización.
En cuanto a la enseñanza, dice que en la Constitución se garantiza el derecho de la mujer a la educación (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 56 a 76) y se hace obligatoria la enseñanza primaria. No obstante, la tradición y la costumbre tienen un efecto negativo en la enseñanza de las niñas. Se han adoptado varias medidas para fomentar la educación de las mujeres y las niñas y reducir su alta tasa de analfabetismo, y cada vez son más las niñas que se acercan a las disciplinas tradicionalmente dominadas por los muchachos. No obstante, esa situación sigue siendo motivo de preocupación y en los programas de desarrollo a largo plazo se incluyen medidas correctivas a ese respecto.
Con respecto del acceso al empleo (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 77 a 89) dice que la contratación se basa en el mérito individual, sin discriminación por motivos de sexo, y se han establecido varios órganos para promover el empleo y hacer el mejor uso de los recursos humanos. A pesar de algunos avances, sigue habiendo algunos problemas importantes, como la falta de cualificación de las mujeres y el alto nivel de desempleo derivado de la reducción del número de funcionarios y de la renuencia tácita de muchos hombres a apoyar la promoción de la mujer. En el Código de Trabajo se garantizan los trabajos de las trabajadoras, incluido el derecho a la igualdad de salario, y en el Código de la Seguridad Social se garantizan los derechos de la mujer durante la licencia por maternidad. No obstante, la mayor parte de los ingresos de las mujeres provienen del sector no estructurado. Tan sólo el 22,2% de los funcionarios, el 9,7% de los empleados del sector privado y el 11,3% de los empresarios son mujeres.
En la esfera de la salud (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 90 a 104), se han adoptado como prioridades la medicina preventiva, la necesidad de ajustar los servicios de atención primaria de la salud a las circunstancias regionales, la inmunización de los niños y la reducción de las tasas de mortalidad y morbilidad materna e infantil. Como resultado, entre 1982 y 1996 la tasa de mortalidad materna se ha reducido hasta 500 por cada 100.000 nacidos vivos en Conakry y 900 en las zonas rurales. La tasa de mortalidad infantil es de 137 por cada mil nacidos vivos, la tasa de mortalidad infantil y juvenil es de 232 por mil y la esperanza de vida ha pasado de 47 a 52 años. Se han conseguido progresos en la ampliación de la inmunización para las madres y los niños, el mejoramiento de los niveles de salud y nutrición de las mujeres y el fomento de los métodos modernos de planificación de la familia. El SIDA es motivo de creciente preocupación, habiendo pasado la relación de hombres a mujeres infectados de 8:1 en 1987 a 2:1 en 1997. En principio no hay discriminación por motivos de sexo en lo que se refiere a la atención de la salud, pero subsisten las diferencias, en gran parte como resultado de barreras culturales a la planificación de la familia. Los sanadores tradicionales son a menudo la primera elección de las poblaciones rurales porque, a pesar del bajo coste de los medicamentos genéricos, el 40% de la población que vive por debajo del umbral de la pobreza no puede pagar la atención sanitaria.
La Caja Nacional de la Seguridad Social ofrece prestaciones a los empleados y mantiene en marcha un sistema integrado y eficiente de seguridad social desde 1984 (CEDAW/C/GIN/1-3, pág. 105). Las mujeres, no obstante, no pueden recibir prestaciones familiares porque la legislación vigente sólo permite que esos pagos se entreguen al marido como cabeza de familia y existe un problema similar con respecto a la reversibilidad de las pensiones de las mujeres.
En la esfera de los créditos financieros (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 105 a 109), el sector bancario tradicional no está interesado en conceder préstamos para las actividades agrícolas y otro tipo de actividades que generen ingresos para las mujeres. Se han introducido instrumentos crediticios, pero hasta ahora han tenido pocos efectos en las mujeres. De hecho, la mayoría de las mujeres recurren a los sistemas de ahorro común y constituyen el 41% de los usuarios de esos sistemas. El Gobierno, en colaboración con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), ha establecido el Programa Marco sobre Género y Desarrollo para mejorar los ingresos y las condiciones de vida de las mujeres. No hay barreras jurídicas o institucionales a la participación de la mujer en las actividades culturales y de ocio, pero hay poco apoyo para las actividades para mujeres (CEDAW/C/GIN/1-3, pág. 110). El principal obstáculo a la participación de la mujer en las actividades de ocio es su gran volumen de trabajo, especialmente en las zonas rurales.
Cerca del 80% de la población vive de la agricultura, que proporciona empleo al 87% de todas las mujeres trabajadoras. Las mujeres de las zonas rurales producen aproximadamente el 80% de todos los alimentos, pero aún así su situación es precaria (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 110 a 125). Sucesivas crisis económicas y programas de ajuste estructural y otras medidas restrictivas han aumentado la carga de los sectores más vulnerables de la sociedad y han acelerado el deterioro de las condiciones de vida, en particular en las rurales. En los programas actuales de erradicación de la pobreza se hace hincapié en la creación de cooperativas de mujeres y un enfoque participativo del desarrollo. Un problema especial es el acceso al agua potable, y en 1980 se estableció un Servicio Nacional de Acondicionamiento de Puntos de Abastecimiento de Agua en las Zonas Rurales. Se han aplicado y ejecutado otros numerosos programas y proyectos encaminados a ayudar a las mujeres rurales en las esferas de la salud, el crédito, la educación y la productividad, pero su situación general sigue siendo mala.
Las mujeres guineanas tienen los mismos derechos ante la ley que los hombres, y su dignidad e igualdad social se afirman en las leyes y reglamentos vigentes (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 125 a 130). En la práctica, no obstante, los derechos de la mujer no siempre se respetan, y es necesario seguir trabajando para conseguir una verdadera igualdad de la mujer. Por ejemplo, dentro del matrimonio, el padre tiene mayores derechos en lo que se refiere a los hijos y la custodia. Actualmente la Asamblea Nacional está estudiando un proyecto de código de la familia que modernizará las relaciones entre los cónyuges (CEDAW/C/GIN/1-3, págs. 131 a 141).
Se han hecho grandes esfuerzos por eliminar la discriminación contra la mujer, pero se han visto dificultados por las escaramuzas de guerra en las fronteras de Guinea en 1989 y por ataque de los rebeldes en septiembre de 2000, que afectan principalmente a las mujeres y los niños. No obstante, el adelanto de la mujer sigue siendo una prioridad del Gobierno.
Pese a las dificultades por la que atraviesa, incluida la pesada carga de la deuda externa, Guinea ha conseguido avances en la eliminación de la discriminación contra la mujer en varias esferas. El documento de estrategia del Gobierno de 1996 contenía una visión hacia el futuro del desarrollo del país en los años venideros. Se han elaborado varios programas para convertir esa visión en realidad, incluido el programa de apoyo a las iniciativas comunitarias y el programa de apoyo a la descentralización y el fortalecimiento de la sociedad civil. También se han puesto en marcha otras iniciativas de fomento de la capacidad a nivel comunitario para fortalecer el papel de la población como agentes del desarrollo. Además, la estrategia de reducción de la pobreza propuesta por el Gobierno pretende movilizar y canalizar los recursos internos y externos hacia la reducción de la pobreza mediante la creación de efectos sinérgicos entre las políticas nacionales y sectoriales. En la esfera de la salud reproductiva, se hace especial hincapié en poner fin a la práctica de la mutilación genital femenina.
Aunque se han conseguido considerables progresos en el adelanto de la mujer en Guinea, esos progresos no han sido uniformes, puesto que la desigualdad entre hombres y mujeres está profundamente arraigada en todas las sociedades. La comunidad internacional, los gobiernos y la sociedad civil deben, por tanto, redoblar sus esfuerzos para procurar garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos fundamentales.
Observaciones generales
La Presidenta dice que la magnitud de su delegación es una demostración de la voluntad política de Guinea de aplicar la Convención. Señala con especial satisfacción que los instrumentos internacionales que Guinea ratifica tienen precedencia sobre la legislación nacional y que el Gobierno también ha promulgado legislación encaminada a proteger los derechos de gran número de personas, muchas de ellas mujeres que, procedentes de los países vecinos, han buscado refugio en Guinea. Como mujer procedente del África occidental, es bien consciente de la hospitalidad del pueblo de Guinea. No obstante, deben adoptarse medidas para velar por que las mujeres acogidas en campamentos de refugiados no sean objeto de violencia sexual. La firma por Guinea de la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961 da nuevas pruebas de que su Gobierno se toma en serio la situación que se ha creado con la llegada de refugiados.
La Sra. Gabr dice que del informe de Guinea se desprende que, a pesar de los problemas por los que atraviesa el país, su Gobierno tiene la voluntad política de proteger los derechos de la mujer. No obstante, todavía quedan inquietudes en algunas esferas, incluida la prevalencia de los estereotipos sobre la mujer, la mutilación genital femenina, el trabajo de la mujer en el sector no estructurado y la calidad de los servicios de educación y atención de la salud. Agradecería recibir información adicional sobre la presencia de refugiados en Guinea y si hay otros ministerios, departamentos y organizaciones no gubernamentales que hayan participado en la preparación del informe.
La Sra. Gaspard dice que indicadores como una alta tasa de mortalidad infantil y maternal, una baja esperanza de vida y una alta tasa de analfabetismo son reflejo de la condición de Guinea como un país en desarrollo pobre. Señala con satisfacción que se ha establecido un ministerio encargado de promover la igualdad entre los sexos en Guinea y que la sociedad civil, de la que las mujeres forman parte activa, desempeña una función vigorosa en los asuntos del país.
Agradecería recibir aclaraciones acerca de si la mayoría de los refugiados en Guinea son mujeres y niñas y más información sobre sus condiciones de vida. También sería útil saber si ha habido organizaciones no gubernamentales y otras entidades que hayan participado en la preparación del informe.
La Sra. Acar dice que el informe refleja la disposición del Gobierno a aplicar la Convención. Ve con agrado el establecimiento de un ministerio encargado de promover la igualdad entre los sexos y las medidas que se han adoptado para prohibir la discriminación contra la mujer en la legislación. No obstante, hay algunas preocupaciones acerca de la aplicación de la ley, en particular en las esferas de la educación, el matrimonio, el divorcio y la violencia contra la mujer. La igualdad de facto es tan importante como la igualdad de jure. Señala la existencia en Guinea de la ley islámica, la ley nacional y la ley tradicional y se pregunta si cada tipo de legislación rige esferas claramente definidas. En su opinión, un sistema legislativo múltiple como el de Guinea es un grave obstáculo para la plena aplicación de la Convención.
La Sra. Kwaku lamenta no poder leer la adición del informe inicial (CEDAW/C/GIN/1-3) redactada únicamente en francés. Se asocia a la Presidenta al felicitar a Guinea por su gestión del problema de los refugiados y piensa que el planteamiento del país podría incluso ser demasiado liberal. Se muestra de acuerdo con la Sra. Acar al detectar cierta confusión en los códigos civil y penal, en los que algunas disposiciones parecen basarse en la ley islámica y otras no. Sería conveniente que el Gobierno los examinara con una actitud crítica. Agradecería recibir algunas aclaraciones acerca de la disposición del Código Civil relativa a las viudas sin hijos.
La Sra. Schöpp-Schilling se congratula por la magnitud y la calidad de la delegación de Guinea, su informe serio y honesto, la voluntad política que impulsa diversas actividades y la ratificación de la Convención sin reservas. Ve con agrado la presentación de estadísticas desglosadas por sexo y pregunta si fueron compiladas por una institución estadística centralizada o si se ordenó el desglose en una directiva centralizada. Es importante recoger estadísticas de ese tipo sobre todos los aspectos de la vida, porque sólo entonces puede detectarse las pruebas de la discriminación de facto. Al mismo tiempo, se une a sus colegas del Comité que han expresado inquietudes, en particular en relación con el artículo 2 y la coexistencia de distintos sistemas jurídicos. En general, le ha sorprendido la magnitud de los problemas a los que se enfrentan las mujeres en Guinea. La ayuda podrá llegar mediante un esfuerzo conjunto masivo y, por tanto, se felicita al saber que se ha adoptado un plan de acción.
La Sra. Shin dice que, habida cuenta de la temprana ratificación de la Convención por Guinea y la ausencia de reservas, resulta algo desalentador conocer la gran cantidad de problemas que aún subsisten. En el informe (CEDAW/C/GIN/1-3) se revelan contradicciones de cuatro tipos. En primer lugar están las discrepancias entre la Convención y la legislación nacional de Guinea, por ejemplo en lo que se refiere a la herencia y el matrimonio. En segundo, la discriminación en la ley es evidente en esferas como la nacionalidad, aunque en el informe se afirma que no existe. En tercer lugar, aunque en el informe se reconoce la existencia de desigualdades jurídicas, no parece que el Gobierno tenga previsto adoptar ninguna medida para eliminarlas. En cuarto lugar, en el informe se reconoce la persistencia de la discriminación por motivos de género debido a las tradiciones sociales y culturales, pero no se han elaborado planes de acción para eliminar los estereotipos sociales y las prácticas discriminatorias, como la poligamia. Por último, pregunta acerca de la prioridad que se da a la igualdad de género en los planes de desarrollo de Guinea.
La Sra. Livingston Raday felicita a Guinea por la sinceridad de su informe, a pesar de las contradicciones que se acaban de señalar. Desde un punto de vista constitucional, es gratificante que Guinea haya ratificado la Convención sin ninguna reserva y que la igualdad entre el hombre y la mujer se haya consagrado en la Constitución. No obstante, sigue habiendo profundas contradicciones, principalmente a nivel familiar, donde comienza toda educación. Pregunta si se han adoptado iniciativas legislativas o de otro tipo para modificar las leyes patriarcales culturales y religiosas, si hay oposición a la reforma legislativa y, de ser así, de dónde proviene.
Artículo 2
La Sra. Goonesekere acoge con beneplácito el hecho de que el derecho internacional prevalezca sobre la legislación nacional en Guinea y encomia la garantía constitucional de la no discriminación. Haciéndose eco de las preocupaciones de la Sra. Acar, sugiere que Guinea podría volverse hacia su poder judicial independiente como instrumento para hacer de la Constitución una realidad viva. Los tribunales de otras partes de África y Asia examinan las leyes existentes, señalan las disposiciones que entran en conflicto con la Constitución para que el poder legislativo las enmiende y ofrecen socorro a los ciudadanos afectados por esas disposiciones. Sería útil para Guinea consultar la jurisprudencia pertinente de otros países africanos.
La Sra. Schöpp-Schilling se hace eco de la preocupación por la coexistencia de diferentes sistemas jurídicos. Se pregunta cómo se refleja la Convención en la vida diaria, si el Consejo de Ancianos —el foro al que presumiblemente recurren las mujeres en primera instancia— se basa la ley islámica o en las leyes tradicionales, si ese Consejo está familiarizado con la Convención y en qué medida pone en práctica sus disposiciones. Pregunta por la formación que reciben los nuevos ayudantes que trabajan en los centros de asistencia jurídica y la medida en que el público en general recibe información acerca de la Convención, por ejemplo, a través de la radio o mediante material de la UNESCO elaborado para la educación en materia de derechos humanos. Le gustaría saber si Guinea tiene previsto firmar y ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención.
30.La Sra. Kwaku, se refiere a la alta tasa de pobreza y analfabetismo entre las mujeres y pregunta si las medidas correctivas que se enumeran en el informe están demostrando ser eficaces.
31.La Sra. Gaspard observa con pesar que aún subsisten trazas del código napoleónico de la etapa colonial del siglo XIX. Se pregunta si Guinea tiene previsto conciliar sus disposiciones sobre el matrimonio y la herencia, por ejemplo, con las de la Convención. Al leer el informe (CEDAW/C/GIN/1-3) le ha sorprendido constatar que se cita la penalización del aborto (en el artículo 307 del Código Penal) como una medida legislativa para prohibir la discriminación contra la mujer, en relación con el párrafo b) del artículo 2 de la Convención. En general, las mujeres recurren al aborto porque no disponían de medidas anticonceptivas apropiadas y otras medidas de apoyo. Se pregunta si el Estado Parte puede proporcionar estadísticas sobre el aborto clandestino en Guinea.
32.La Sra. Schöpp-Schilling, haciendo referencia a la adición del informe, dice que le ha resultado interesante conocer los cinco programas marco prioritarios. Pregunta si en esos programas se establecen referencias y objetivos, además de calendarios, cómo se exigirán responsabilidades si no se cumplen los objetivos y qué proporción del presupuesto total de Guinea se dedica a cada uno de los cinco programas. En su siguiente informe, Guinea podría considerar la posibilidad de incluir una cifra del “presupuesto para la mujer”, es decir, el porcentaje del presupuesto nacional dedicado a actividades en favor de la mujer. El aumento de la asignación presupuestaria del Ministerio de Asuntos Sociales y de Promoción de la Mujer y la Infancia es una medida que se acoge con satisfacción. En el informe se menciona la discriminación contra la mujer con respecto a las actividades de desarrollo, pero no se menciona si se refiere a las actividades del Gobierno o de los donantes. Es de dominio público que la mayoría de los recursos agrícolas se entregan a los hombres, que a cambio producen cultivos comerciales. Pregunta si el Ministerio que acaba de mencionar tiene la facultad de examinar los proyectos de desarrollo y, de esa forma, prever sus posibles efectos negativos en la mujer.
33.La Sra. Ferrer Gómez, tras encomiar el informe, hace hincapié en la importancia del Ministerio de Asuntos Sociales y de Promoción de la Mujer y la Infancia. Pide más información acerca de los grupos vulnerables, los planes para mejorar la condición de la mujer en la familia y cualquier medida especial que se haya previsto adoptar a favor de las mujeres refugiadas. Sugiere que se preste más atención a las mujeres con discapacidad.
Se levanta la sesión a las 13.05 horas.