22° período de sesiones

Acta resumida de la 462ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el el lunes 31 de enero de 2000, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. González

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial de la India (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial de la India ( continuación ) (CEDAW/C/IND/1)

1.Por invitación de la Presidenta, la Sra. Aggarwal (India) toma asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Aggarwal (India), respondiendo a las preguntas y observaciones formuladas por miembros del Comité, dice que su Gobierno cuenta con un conjunto de instituciones que se apoyan entre sí en la tarea de medir la eficacia de las políticas y disposiciones legislativas tendientes a asegurar la igualdad de la mujer. Entre dichas instituciones se incluyen la Comisión Nacional para la Mujer, un Comité Parlamentario sobre la Habilitación de la Mujer y la Comisión de Planificación de la India. Con referencia a la función y la autoridad del Tribunal Supremo de la India, señala que el Tribunal, que se estableció con arreglo al artículo 124 de la Constitución, está integrado por un presidente y otros 21 magistrados. Sus órdenes tienen fuerza de ley en virtud del artículo 141 de la Constitución y su cumplimiento es obligatorio para todos los tribunales, así como para el Gobierno central y las autoridades estaduales. De tanto en tanto se ha nombrado a juezas como magistradas del Tribunal Supremo.

3.Pasando a los planes quinquenales y las prioridades que se enunciaron en el Noveno Plan y la estrategia para la transferencia de estructuras sociales a las agrupaciones y organizaciones no gubernamentales de mujeres, indica que en la etapa inicial de la planificación del desarrollo, hasta la década de 1970, las iniciativas relacionadas con el adelanto de la mujer se orientaban principalmente hacia el bienestar. En el decenio de 1970 se produjo una clara reorientación, del bienestar al desarrollo, reconociéndose a las mujeres como participantes en el proceso de desarrollo. En la década de 1980 se adoptó un criterio multidisciplinario que se centraba en tres sectores básicos, la salud, la educación y el empleo, en tanto que a comienzos del decenio de 1990 se comenzó a prestar atención prioritaria a los programas de capacitación y desarrollo de aptitudes profesionales que contribuían a la independencia y autonomía económica de las mujeres.

4.La potenciación de la mujer es uno de los nueve objetivos primarios del Noveno Plan, previsto para el período 1997-2002. Con respecto a la asignación de recursos para las mujeres y los niños en el Departamento de Adelanto de la Mujer y del Niño, dice que en 1998-1999 se aprobó un presupuesto de 9.813,17 millones de rupias para el desarrollo infantil, y se asignaron 1.787,5 millones de rupias al adelanto de la mujer. Además, otros ministerios y departamentos tienen en ejecución más de 36 programas dirigidos exclusivamente a las mujeres.

5.El plan relativo al componente de la mujer, cuyo cumplimiento verifica el Departamento de Adelanto de la Mujer y del Niño, obedece a un mandato de la Comisión de Planificación incluido en el Noveno Plan (1997-2002) y vale para todos los ministerios y departamentos. Representa una de las estrategias para el empoderamiento de la mujer y tiene por objeto asegurar que las mujeres reciban no menos del 30 % de los fondos y beneficios en otros sectores del desarrollo.

6.La Comisión Nacional para la Mujer es un órgano de derecho público, dotado de autonomía y de gran autoridad, que fue establecido para considerar casos de atrocidades contra mujeres, discriminación por motivo de género, violación de las disposiciones de la Constitución relativas a los derechos de la mujer, todos los aspectos de la habilitación de las mujeres y medidas para la eliminación de la discriminación. Todas las recomendaciones de la Comisión se reciben en el Departamento de Adelanto de la Mujer y del Niño con miras a su ulterior aplicación. Sus informes se presentan al Parlamento, y se espera que la Comisión examine periódicamente los resguardos constitucionales y la legislación que afectan a las mujeres y recomiende las enmiendas que estime necesarias.

7.Todos los departamentos del Gobierno tienen la obligación de remitir a la Comisión, a fin de que ésta los examine, todos los nuevos proyectos de ley o de enmienda a la legislación vigente que de alguna manera podrían afectar a las mujeres. Además, la Comisión Nacional de Derecho consulta a la Comisión con respecto a toda ley o enmienda que guarde relación con asuntos de interés para las mujeres, y, por otra parte, el Tribunal Supremo le ha pedido a la Comisión Nacional para la Mujer que prepare algunos proyectos de ley. Asimismo, puede examinar disposiciones legislativas vigentes en atención a solicitudes concretas de particulares u organizaciones no gubernamentales. También se le remiten denuncias individuales, y en los casos que considera de gravedad la Comisión lleva a cabo investigaciones detalladas y transmite sus conclusiones y recomendaciones al Gobierno central o a los ministerios o departamentos competentes de los estados para que se adopten las medidas necesarias. En otros casos, complementa la acción de la policía con objeto de hacer más expeditas las investigaciones. Por lo general, las denuncias que se reciben se relacionan con cuestiones como la violencia en el hogar, muertes vinculadas a la dote, violaciones, discriminación en el empleo y acoso sexual en el lugar de trabajo, incluyendo incidentes en el sector privado. La Comisión presta sus servicios a título gratuito; en casos determinados también inicia procedimientos judiciales y suministra asistencia jurídica. Las comisiones para la mujer de los estados tienen atribuciones similares a las de la Comisión Nacional, que ejercen dentro del territorio del estado respectivo. Dieciseis estados han establecido comisiones para la mujer, y se está alentando a otros a que lo hagan.

8.La Comisión Nacional para la Mujer y las comisiones para la mujer de los estados colaboran en muchas materias. Si bien la Comisión Nacional fija las pautas generales para la acción de las comisiones de los estados, no funciona como instancia de apelación. Celebra reuniones con todas las comisiones estaduales por lo menos una vez al año. En lo que se refiere a la colaboración entre la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión Nacional para la Mujer, la oradora señala que en tanto que la primera se ocupa de casos de violación de los derechos humanos, incluida la violación de los derechos de la mujer, el mandato de la Comisión Nacional para la Mujer abarca todas las cuestiones relacionadas con los derechos de la mujer, ya sea que dimanen del comportamiento de particulares o de la conducta de funcionarios de la administración pública. La Presidenta de la Comisión Nacional para la Mujer es miembro por derecho propio de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En numerosos casos de acción conjunta, el Presidente y los miembros de la Comisión Nacional de Derechos Humanos participan en programas y comités de expertos de la Comisión Nacional para la Mujer, y viceversa. De igual manera, la Comisión Nacional de Derecho recaba la opinión de la Comisión Nacional para la Mujer respecto de todas las disposiciones y enmiendas legislativas que traten de cuestiones relativas a la mujer.

9.En cuanto a la iniciativa de la Comisión Nacional para la Mujer tendiente a modificar las leyes relativas a la violación para hacer que se refieran a diversas formas de agresión sexual, incluida la violación conyugal, dice que la Comisión ha participado en la elaboración del proyecto de ley amplio que está redactando la Comisión Nacional de Derecho para sancionar los diversos tipos de abuso y agresión sexual. A este respecto también se ha sugerido que se enmiende la Ley India sobre la Prueba con objeto de eliminar los prejuicios con base en el género en el tratamiento de casos de agresión sexual contra mujeres. La Comisión Nacional ya está considerando la posibilidad de que se enmienden secciones del Código Personal de la India que discriminan contra las mujeres. Todas las recomendaciones de la Comisión Nacional se estudian en el Departamento de Adelanto de la Mujer y del Niño con miras a su ulterior aplicación.

10.La Comisión Nacional para la Mujer mantiene una relación de apoyo recíproco con las organizaciones no gubernamentales con respecto a todas las cuestiones de importancia. Las organizaciones no gubernamentales sirven de conducto para la ejecución de proyectos de investigación y programas de instrucción en conocimientos básicos de derecho, y se hacen representar en diversos comités de expertos de la Comisión Nacional. La Comisión difunde información acerca de su labor a través de las organizaciones no gubernamentales y publica mensualmente una revista especializada. Los medios de difusión prestan considerable atención a sus actividades. Con el propósito de cambiar la mentalidad de la población en lo que se refiere a los derechos de propiedad de la mujer, el Gobierno ha tomado medidas proactivas conjuntamente con la Comisión Nacional y las organizaciones no gubernamentales, incluida la realización de seminarios, talleres y programas de sensibilización para parlamentarios y legisladores estaduales. Los medios de difusión también desempeñan una importante función de apoyo en relación con diversas cuestiones sociales que afectan a las mujeres.

11.La sensibilización de personal de la policía y de la administración pública a las consideraciones de género ha pasado a ser una actividad regular de los centros de capacitación de nivel nacional o estadual. En la Academia Nacional de Administración de Mussourie se ha establecido un Centro Nacional de Formación e Investigaciones en materia de Género. El Gobierno de la India acoge la participación vigorosa de las organizaciones no gubernamentales en los programas y proyectos de beneficio para las mujeres. La mayoría de los programas del Departamento en que se desempeña la oradora se ejecutan por conducto de organizaciones no gubernamentales, que deben satisfacer los criterios establecidos por los departamentos del Gobierno antes de que se las considere calificadas para recibir financiación del Estado.

12.El Departamento de Adelanto de la Mujer y del Niño no sólo es el organismo central en lo que atañe a la Convención, sino que supervisa la aplicación de los preceptos estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing, examinando periódicamente las actividades pertinentes con los ministerios y los gobiernos estaduales. Con el fin de divulgar la Convención, se ha dado amplia circulación a su texto dentro de los ministerios y departamentos del Gobierno central y de los estados. Se han efectuado talleres de sensibilización para familiarizar a funcionarios de los estados y organizaciones no gubernamentales con sus disposiciones. El texto de la Convención se ha traducido a la lengua hindi. El primer informe nacional de la India sobre la aplicación de la Convención se puede consultar en el Internet.

13.El principio de la igualdad entre los géneros ha quedado firmemente establecido en la Constitución de la India. En el artículo 14 se dispone que el Estado no podrá negarle a ninguna persona la igualdad ante la ley ni la protección igualitaria de las leyes.

14.Con objeto de dar cumplimiento al fallo del Tribunal Supremo en el caso Gaurav Jain, el Gobierno estableció el Comité sobre la Prostitución, la Prostitución Infantil y los Hijos de Prostitutas, que realizó un estudio profundo de estos problemas. El Comité formuló un plan de acción para reprimir la trata y la explotación sexual comercial de mujeres y niños. Su propósito es reintegrar a la sociedad a las mujeres y los menores que han sido víctimas de la explotación sexual comercial. A nivel regional, se espera que en la próxima cumbre de la SAARC (Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional) se firme la Convención de la SAARC sobre la prevención y la lucha contra la trata de mujeres y niños con fines de prostitución, que fue refrendada por el Consejo de Ministros de la SAARC en julio de 1998.

15.Si bien, al igual que otras prácticas consuetudinarias y tradicionales, el sistema devadasi de dedicar a las niñas al servicio en los templos está desapareciendo y sólo subsiste en unos pocos estados, ha degenerado en formas de prostitución. Puesto que los estados afectados cuentan con leyes que prohíben la práctica, no hace falta que se promulguen disposiciones legislativas centrales a este efecto. Las autoridades centrales y locales han venido ejecutando diversos proyectos de auxilio y rehabilitación para mujeres y niños que han sido víctimas, por conducto de sus propios órganos y en colaboración con organizaciones no gubernamentales. El Gobierno tiene en estudio una propuesta encaminada al establecimiento de un organismo encargado de coordinar la acción de la policía, el servicio de aduanas y el Ministerio de Relaciones Exteriores para reprimir nuevas formas de la trata y explotación de mujeres, como el turismo sexual, la explotación de trabajadoras domésticas y el pedido de esposas por catálogo.

16.En respuesta a una pregunta relativa al número de mujeres que desempeñan funciones de carácter normativo, dice que hay 47 mujeres parlamentarias en la Lok Sabha (Cámara del Pueblo), dentro de un total de 537 miembros, lo que representa el 8,8%. Hay ocho ministras en el Consejo Nacional, que tiene unos 73 integrantes. En 1997 había en los niveles superiores de la administración pública 650 mujeres, dentro de un total de 8.611 funcionarios, lo que equivale al 7,5%. Aunque en el plano del Gobierno central no existen cuotas, algunos estados han comenzado a reservar cargos para mujeres en la administración pública.

17.Las mujeres indias ocupan un número apreciable de puestos profesionales en las organizaciones internacionales. Participan activamente en diversas actividades en los medios de difusión, desempeñándose como periodistas, productoras y directoras de espacios de variedades, así como en programas educacionales de la Red Nacional de Televisión y de canales de propiedad privada. Al presente, una mujer encabeza la Junta Nacional de Certificación Cinematográfica, y otras 12 mujeres son miembros de esa entidad. Asimismo, una mujer desempeña la función de más alto nivel en los servicios de información del Gobierno central.

18.El Proyecto de Ley Constitucional (85ª Enmienda) de 1999, por el que se reservaría para las mujeres una tercera parte de los escaños de la Lok Sabha y de las Asambleas Legislativas de los estados, se presentó en la Lok Sabha en diciembre de 1999 y se halla ahora ante el Parlamento. Por la 73ª Enmienda a la Constitución de la India, de 1992, se había reservado el 33% de los escaños en los panchayat. Esos escaños se mantienen vacantes hasta que se dispone de candidatas. Porque esos órganos, cuyos miembros son objeto de elecciones públicas, son entidades de autogobierno local, encargados de los planes de desarrollo económico y justicia social, las mujeres rurales pueden ahora desempeñar una función rectora en la configuración del destino de sus comunidades. Se ha elaborado un amplio programa de formación, financiado en parte por el Gobierno central, para capacitar a los 34 millones de representantes elegidos, incluidas las mujeres.

19.En la esfera de la educación, se ha realizado un examen en gran escala de los textos de estudio en 14 estados, donde se han adoptado medidas para sensibilizar a los autores e ilustradores de libros de texto respecto de las formas en que pueden eliminarse los prejuicios con base en el género. En la Rajya Sabha se presentó en 1997 un proyecto de ley por el que se enmendaría la Constitución con el fin de consagrar como derecho fundamental la educación gratuita y obligatoria para todos los niños de 6 a 14 años edad, y proclamar como deber fundamental de los progenitores el acceso de los niños a la enseñanza a todos los niveles. Entre las iniciativas para mejorar la infraestructura e inaugurar nuevas escuelas se cuenta la Operación Pizarra, que prevé un aumento del número de maestros y de aulas y una mayor disponibilidad de equipo y materiales didácticos.

20.El programa de alfabetización de mayor envergadura que realiza y financia el Gobierno es la Campaña de Alfabetización Total. En 1998 el Gobierno inició la Misión Nacional de Alfabetización, con el fin de erradicar el analfabetismo entre los adultos. En gran medida, la Misión está dirigida a las mujeres, en especial las de sectores desfavorecidos de la sociedad. Gracias a los programas de educación de adultos, hasta marzo de 1999 se había alfabetizado a 72,56 millones de personas. El 60% de éstas, aproximadamente, eran mujeres; el 22,4% pertenecían a castas registradas y el 13,2%, a tribus registradas. La tasa de alfabetización de las mujeres se elevó del 13,15% en 1961 al 34,09% en 1991, en tanto que el índice de alfabetización de las mujeres de castas registradas aumentó del 3,29% en 1961 al 23,76% en 1991. Para las mujeres de tribus registradas, la tasa subió del 3,16% al 18,19% en el mismo período.

21.En lo que hace a la enseñanza superior, en 1986-1987 correspondía a las mujeres el 28% del profesorado de las universidades, en tanto que en 1950-1951 la proporción sólo alcanzaba al 9%. Al comienzo de 1998-1999, 2,4 millones de mujeres se habían matriculado en estudios universitarios superiores o de posgrado. El Gobierno se propone incrementar gradualmente sus gastos por concepto de educación hasta que éstos lleguen al 6% del producto interno bruto. Más del 40% del presupuesto anual de los servicios educacionales se dedica actualmente a la educación de mujeres y niñas. Aunque los recursos que se asignan a estos fines constituyen un elemento de importancia, no son el factor individual más decisivo. En efecto, se han registrado resultados mejores en varias escuelas no tradicionales de bajo costo que se han puesto en funcionamiento en diversos estados. Muchos estados ofrecen un conjunto de incentivos para las niñas, incluyendo becas de estudio. En los programas de becas del Gobierno central se da preferencia a las mujeres y niñas estudiantes. Con todo, se hace frente a un problema grave de absentismo entre los maestros en localidades remotas. Los gobiernos de los estados han comenzado a emplear con éxito a personal docente auxiliar residente en esas localidades.

22.En lo que se refiere a las mujeres y el trabajo, el Gobierno central está elaborando una estrategia para hacer que las trabajadoras del sector no estructurado gocen de protección y reciban prestaciones. La Ley del Salario Mínimo de 1948 facultó tanto al Gobierno central como a las autoridades de los estados para fijar y modificar la cuantía del salario mínimo. El trabajo en condiciones de servidumbre ha sido abolido en la legislación. La infracción de esa prohibición se sanciona con penas de reclusión, y los estados rehabilitan a las víctimas en el marco de un programa auspiciado por el Gobierno central. La Ley de Igualdad de Remuneración, por la que se dio efecto al Convenio No. 100 de la Organización Internacional del Trabajo, es aplicable en todo el país. Además, el Tribunal Supremo ha emitido directrices que tienen fuerza de ley para la prevención del acoso sexual de trabajadoras en el lugar de trabajo. El Gobierno ha hecho que se cumplan esas directrices. Se han adoptado medidas constitucionales, estatutarias y de desarrollo para eliminar el trabajo de menores.

23.Por la Ley sobre el Trabajo de Menores (Prohibición y Reglamentación), de 1986, se prohibió el empleo de niños de menos de 14 años de edad en fábricas, minas y trabajos peligrosos, y se reglamentaron las condiciones de trabajo de los niños en otros empleos. En su fallo del 10 de diciembre de 1996, el Tribunal Supremo impartió instrucciones respecto de la forma en que los niños que trabajaban en ocupaciones peligrosas debían ser retirados de esos empleos y rehabilitados. El Gobierno está llevando a la práctica dichas instrucciones.

24.Pasando a cuestiones relativas a la salud de las mujeres, la oradora reconoce que no obstante la existencia de una ley en que se estipulan las condiciones para la realización de abortos, se siguen practicando abortos ilícitos. Se practican abortos en condiciones sépticas en clínicas ilegales. El Gobierno está considerando la posibilidad de enmendar la legislación de manera de delegar la autoridad del nivel del estado al del distrito. Está llevando a efecto un programa para dar adiestramiento y equipo a médicos de los sectores estatal y privado para que practiquen abortos lícitos. La proporción de mujeres entre los médicos declinó de 945 por 1.000 hombres en 1947 a 927 por 1.000 en 1991, pero en el Estado de Kerala la relación es de 1036 mujeres por cada 1.000 hombres. Hasta 1997, 45.581 mujeres se habían titulado de médico, pero se observaba una escasez de médicos mujeres en los hospitales tanto estatales como privados, en particular en las zonas rurales. El Gobierno central ha ofrecido incentivos financieros a las mujeres médicos para que trabajen a jornada parcial en hospitales rurales.

25.En el programa de salud integral participan varios ministerios del Gobierno central, así como organizaciones no gubernamentales y entidades del sector privado. Se atiende particularmente a problemas de salud reproductiva, nutrición, inmunización e higiene pública. Entre las causas principales de la mortalidad materna se incluyen las hemorragias, el aborto, la toxemia y los partos obstruidos. La malaria es causa indirecta de un 2%, aproximadamente, de la mortalidad materna. El Gobierno central está combatiendo esta enfermedad mediante un Programa Nacional de Erradicación de la Malaria. En cuanto a la tasa de mortalidad infantil, el Gobierno está considerando la posibilidad de aplicar el Programa de Atención Integrada de las Enfermedades Prevalentes de la Infancia de la Organización Mundial de la Salud, que aborda las afecciones más frecuentes desde un punto de vista integral. En 1982 inició un Programa Nacional de Salud Mental, y en 1996 se comenzaron a realizar en algunos estados programas de salud mental a nivel de distrito. Se prevé que cada año se incorporarán a estos programas distritos adicionales, y se están adoptando medidas para asegurar que los hospitales mentales cumplan requisitos mínimos.

26.En respuesta a una pregunta sobre la adicción a la nicotina y el uso del pan masala, la oradora señala que no se trata de un fenómeno particular de las mujeres. En muchos estados está prohibido fumar en lugares públicos, y el Gobierno central ha impuesto la obligación de que los paquetes de cigarrillos y cigarros lleven mensajes de advertencia.

27.Con respecto a la planificación de la familia, dice que la esterilización femenina sigue siendo la actividad principal; no obstante, la promoción de la participación masculina es un objetivo central, y la utilización de preservativos se está popularizandoen el contexto del Programa de Lucha contra el SIDA y a través de mecanismos sociales de comercialización. Además, la “técnica sin bisturí” se está haciendo popular para las vasectomías.

28.No se prevé la privatización del sector de la salud, aunque se alienta la participación del sector privado al nivel terciario. En el Noveno Plan se asignó el 4,01% a la salud y el bienestar de la familia. Si bien el Gobierno está decidido a destinar más recursos al sector de la salud, también se han tomado disposiciones para la intervención del sector privado donde la infraestructura o los sistemas de prestación de servicios del Gobierno son insuficientes. Se estima que hay unos 2 millones de casos de cáncer en cualquier momento dado, y aproximadamente 700.000 casos nuevos se registran cada año. El Programa Nacional de Lucha contra el Cáncer se inició en 1975 y se modernizó en 1984. El Gobierno central suministra fondos para equipar dependencias de oncología en las escuelas de medicina.

29.El objetivo principal de la Política Nacional de la Vivienda es asegurar para todos el acceso a albergues adecuados, a fin de atender a la enorme escasez. En esta materia, el Gobierno hace de facilitador, más bien que de proveedor; se alienta al sector privado y a las cooperativas a asumir la función de proveedores. Se ha enmendado la legislación y se han establecido instituciones para dar apoyo a la nueva política habitacional.

30.En respuesta a una pregunta relativa a las medidas tendientes a la aprobación de un código civil uniforme y los esfuerzos por involucrar a los dirigentes de las comunidades religiosas, indica que, en virtud del artículo 44 de la Constitución, el Estado tiene la obligación de empeñarse en establecer un código civil uniforme. Se han adoptado varias medidas para preparar el terreno para la introducción de dicho código. Así, los hindúes, los sikh, los jain y los budistas, que conforman la mayoría en el país, ya tienen en vigencia un código civil uniforme. En cuanto a las minorías, el Gobierno no se injerirá en su derecho personal a menos que la iniciativa para enmendarlo brote de ellas. Cuando se reciba una respuesta favorable de las diversas comunidades minoritarias, y surja un consenso nacional, el Gobierno propondrá un código civil uniforme. Hasta entonces, se atendrá a una política de restauración.

31.Por otra parte, en razón del bajo nivel de alfabetización, la diversidad cultural y los códigos personales que rigen el matrimonio, el Gobierno no estima procedente hacer obligatoria la inscripción de los matrimonios. No obstante, diversos documentos legislativos que tienen validez para un elevado porcentaje de la población contienen disposiciones relativas a la inscripción. Al tanto que la Ley Hindú de Matrimonio de 1955 hace obligatoria la monogamia, la poligamia se prohíbe en el reglamento de conducta en el servicio, que se aplica a los funcionarios de la administración pública independientemente de su religión y comunidad. El derecho personal musulmán no prohíbe la poligamia.

32.Con respecto a la situación de las mujeres dalit, dice que, además de determinados resguardos constitucionales, las dalit también son objeto de varios programas encaminados a realzar sus niveles educacional y económico y su condición social. Se presta especial atención al mejoramiento de la tasa de alfabetización, que con todo sigue por debajo de la media nacional para las mujeres, que es del 52,2%. De conformidad con la Ley de Protección de los Derechos Civiles de 1955 y la Ley sobre las Castas Registradas y las Tribus Registradas (Prevención de Atrocidades) de 1989, los gobiernos de los estados deben tomar medidas para prevenir y sancionar la discriminación contra los dalit, y muchos han establecido tribunales especiales para este fin. El Gobierno central desempeña una función de coordinación y proporciona asistencia financiera. No obstante, la transformación de las mentalidades toma tiempo, y las mujeres siguen soportando la peor parte de la discriminación por motivo de casta.

33.En el marco del plan nacional para la liberación y rehabilitación de los recolectores de desechos y sus familiares a cargo, se ha capacitado a casi 130.000 recolectores de desechos para que se desempeñen en otras ocupaciones y se ha reubicado a más de 290.000. Además, 153.000 estudiantes han recibido asistencia financiera con arreglo a un plan para los hijos de personas que se dedican a la recolección y el curtido manuales.

34.No hay en la India conflictos armados según se definen en el derecho humanitario internacional. Sin embargo, se han producido incidentes terroristas e insurgencias locales en Jammu y Cachemira, la región nororiental y el Punjab. En la defensa de las poblaciones de esas zonas, se espera que las fuerzas de seguridad actúen dentro de los parámetros que establece el derecho indio y se aseguren de que sus acciones no violen los derechos humanos de sus conciudadanos. La Ley de las Fuerzas Armadas (Poderes Especiales) de 1958 se aplica sólo en zonas que el Gobernador de un estado haya declarado “perturbadas”. procedencia de su utilización está sujeta a examen judicial. La Ley no otorga a los miembros de las fuerzas de seguridad inmunidad de jurisdicción penal, pero dispone que sólo pueden presentarse acusaciones con el consentimiento previo del Gobierno central, que invariablemente se da.

35.Los logros del Gobierno y los problemas que persisten deben considerarse contra el trasfondo de la historia de la India. Durante la época colonial la agricultura y la salud se desatendieron, lo que llevó a enormes pérdidas de vidas a causa de hambrunas y enfermedades, y apenas se alentó la educación. En la India independiente, en cambio, la esperanza de vida ha aumentado de modo espectacular y los índices de alfabetización están mejorando, aunque siguen acaeciendo desastres naturales en gran escala, que a veces anulan años de desarrollo. No obstante, se ha establecido un sistema político democrático y estable y la tasa anual de crecimiento económico asciende actualmente al 6,5 por ciento, lo que representa un logro considerable para un país que tiene las dimensiones de un continente y una población de cerca de 1.000 millones.

36.La India es un Estado federal, en que la facultad del Gobierno central para imponer políticas uniformes está limitada tanto por la Constitución misma como por la estructura estatal que ésta dispone. Aun más, la imposición de cambios podría dar lugar a una reacción contraria que favorecería a las fuerzas conservadoras y fundamentalistas. El Gobierno se empeña constantemente en alentar reformas en comunidades en que aún persisten prácticas discriminatorias, pero, visto el estado del desarrollo político y social de la India, no está en situación de retirar sus reservas a la Convención.

37.El Comité ha puesto de relieve la función de las instituciones nacionales en el proceso de transformación. La red de instituciones de la India, que comprende la Comisión Nacional para la Mujer, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión para las Minorías y la Comisión sobre las Castas Registradas y las Tribus Registradas, garantiza que las cuestiones relacionadas con la mujer se examinen desde muy variados puntos de vista. Además, la sociedad civil está bien afianzada, los medios de difusión son libres y a menudo hacen críticas acerbas, y el Tribunal Supremo, a través de sus fallos en litigios relacionados con el interés público, ha garantizado la evolución y actualización constantes de la legislación sobre derechos humanos y el ejercicio de éstos en la India.

38.La delegación ha tomado nota de las observaciones formuladas por los miembros del Comité y se valdrá de ellas en los esfuerzos continuos por eliminar la discriminación contra la mujer.

39.La Presidenta da las gracias a la representante de la India por sus informativas respuestas que, junto con el informe inicial, han configurado un cuadro claro de los progresos logrados por las mujeres indias, las limitaciones con que se enfrentan, y los retos que plantean las circunstancias históricas, geográficas y demográficas particulares de la India.

40.La Sra. Goonesekere dice que cabe felicitar al Gobierno de la India por su dedicación al adelanto de la mujer y los progresos que ha logrado, a pesar de los enormes problemas a que hace frente. No obstante, el nivel de los recursos que se asignan a los programas para las mujeres es insuficiente. Deben destinarse más fondos a la promoción de la función de la mujer en el desarrollo. También es preciso asignar una mayor prioridad a la educación, dado su efecto catalítico. Si se elevan las tasas de alfabetización, el Gobierno podría hacer obligatoria la inscripción de los matrimonios y retirar su reserva al párrafo 2 del artículo 16 de la Convención. A su vez, la inscripción obligatoria de los matrimonios facilitaría la aplicación de la Ley de Restricción del Matrimonio de Niños, y la reducción del número de matrimonios precoces permitiría que un mayor número de niñas siguiesen asistiendo a la escuela, lo que llevaría a índices de alfabetización aun más altos.

41.Sigue siendo motivo de preocupación la situación de los dalit y el problema de la violencia contra la mujer. Las normas de derechos humanos prescritas en el derecho humanitario internacional, y en particular en el Convenio de Ginebra sobre la protección de personas civiles en tiempo de guerra, se aplican no sólo en casos de conflicto armado de carácter internacional sino también en las llamadas insurgencias locales. La disposición de la Ley de las Fuerzas Armadas (Poderes Especiales) de 1958 por la que se requiere el consentimiento previo del Gobierno para presentar acusaciones contra miembros de las fuerzas de seguridad debe enmendarse de manera que se garantice que éstos puedan ser objeto de indagaciones adecuadas. Asimismo, el Gobierno debe adoptar medidas para abordar el problema de la violencia contra las mujeres activistas. Por último, es preciso que se faculte a la Comisión Nacional para la Mujer para recibir y examinar denuncias individuales de discriminación.

42.La Sra. Khan dice que, dados los notables avances que ha logrado hacia la eliminación de la discriminación contra la mujer, la India es un modelo para la región. No obstante, los recursos financieros y humanos que se han asignado a la Comisión Nacional para la Mujer no son suficientes para que ésta pueda cumplir su mandato. Además, es preciso dotar a la Comisión de más autoridad a fin de garantizar que sus recomendaciones se lleven a efecto, y el establecimiento de una dependencia jurídica le permitiría combatir de manera más eficaz la violencia contra la mujer. La Comisión debe ser el centro primario para la divulgación de la Convención, que tendría que traducirse no sólo al hindi sino también a otros idiomas.

43.Hacen falta nuevas iniciativas para mejorar la situación de los dalit, que representan casi una cuarta parte de la población. La oradora celebra las medidas adoptadas por el Gobierno con este propósito, pero dice que es preciso pasar de la ejecución de programas y prestación de servicios a un criterio de base normativa, con una mayor conciencia del problema de la discriminación accidental. El Gobierno debe considerar la posibilidad de aprobar un plan de acción nacional, junto con un marco cronológico para su ejecución.

44.En su próximo informe, el Estado parte debe presentar más información sobre los actos de violencia contra la mujer cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad en zonas de conflicto y la asistencia que se ha prestado a las sobrevivientes. La oradora solicita asimismo datos estadísticos actualizados respecto del número de enjuiciamientos. Subraya que en las negociaciones en curso se debe tener en cuenta la perspectiva de género.

45.Acoge complacida el establecimiento de comités de vigilancia para supervisar el cumplimiento de la legislación sobre el trabajo en condiciones de servidumbre. Desea saber cuántas empresas han sido enjuiciadas sobre la base de informes de los comités de vigilancia, y si se imparte a los miembros de éstos la capacitación necesaria para el desempeño de sus funciones.

46.La Sra. Schöpp-Schilling dice que el próximo informe debe contener información concreta sobre los efectos de la legislación relativa al adelanto de la mujer. Insta a que se robustezcan aun más las organizaciones no gubernamentales de mujeres, particularmente con objeto de que las cuestiones relacionadas con la mujer se incorporen a los temarios de las comunidades religiosas. Por último, desea saber si el Gobierno de la India aceptará la enmienda del artículo 20 de la Convención y si se propone firmar y ratificar el Protocolo Facultativo.

47.La Sra. Abaka celebra el enfoque integral de la salud que se describe en el informe y se manifiesta complacida por las respuestas a las preguntas, pero subraya que la accesibilidad de los centros de salud es también un elemento muy importante del programa. Con respecto al uso de drogas como el pan masala, sin duda el fenómeno tiene una perspectiva de género que hay que considerar; por ejemplo, deben estudiarse los efectos del uso de dichas sustancias en las mujeres embarazadas.

48.La Sra. Aggarwal (India) dice que ha tomado nota de los comentarios y las sugerencias del Comité, especialmente la observación de que los recursos que destina el Gobierno a los asuntos de la mujer son insuficientes. Conviene en que la educación es el factor fundamental del mejoramiento de la condición jurídica y social de la mujer.

49.La Presidenta declara que las respuestas detalladas que se han dado a las preguntas del Comité ponen en evidencia la voluntad política que anima al Gobierno. Lo que más preocupa al Comité es la educación, que no sólo es el instrumento más decisivo para el desarrollo sino también un derecho humano fundamental, que hace posible el ejercicio de todos los demás derechos. Las mujeres que no cuentan con la educación necesaria para conocer sus derechos no pueden ejercerlos. Interesa igualmente al Comité la protección de las mujeres contra la violencia en la familia y en la comunidad. Asimismo, espera que el Gobierno ponga algún empeño en realzar la conciencia de los derechos de la mujer en las comunidades religiosas, y en alentar a éstas a dar los pasos iniciales para la modificación de sus leyes de condición personal. Finalmente, insta a que se dé amplia difusión al informe y a las actas de las deliberaciones del Comité tanto entre las entidades estatales como en el sector no gubernamental.

Se levanta la sesión a las 11.40 horas.