30° período de sesiones

Acta resumida de la 645ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el lunes 26 de enero de 2004, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Açar

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención

Cuarto y quinto informes periódicos combinados de Etiopía

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención

Cuarto y quinto informes periódicos combinados de Etiopía (CEDAW/C/ETH/4-5)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Etiopía toman asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Asfaw (Etiopía), describiendo el contexto general en que se sitúan los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Etiopía, hace notar que en su país existen dos categorías de población rural. La primera categoría la constituye la población rural sedentaria, que se dedica a la agricultura y el cultivo utilizando métodos y aperos que apenas han cambiado desde la época de los faraones. Con este cuadro, la oradora no tiene dudas de que el Comité puede imaginarse el grado de pobreza que existe en su país. La segunda categoría es la de la población rural pastoril, que se dedica a la cría de animales. Para mejorar las condiciones de vida de las mujeres de este último grupo se requiere un esfuerzo intenso y prolongado. La Constitución y el mejoramiento general de la situación de la mujer han sido los frutos de una amarga lucha librada por las propias mujeres. La Constitución contiene componentes económicos, políticos y sociales que han dado lugar a avances culturales, pero el proceso de la reforma cultural general se ha visto gravemente entrabado por actitudes retrógradas, la falta de educación de las mujeres y las limitaciones de su acceso a la educación y los recursos.

La Sra. Abasiya (Etiopía), presentando el informe de su país, señala que la Convención es uno de los instrumentos internacionales de derechos humanos y otros tratados que fueron incorporados a la Constitución, y por lo tanto forma parte del derecho interno. En consecuencia, los derechos humanos básicos están claramente protegidos por la Constitución, y toda violación de un tratado internacional ratificado por Etiopía se considera igualmente una violación de la Constitución. Etiopía cuenta con un poder judicial independiente, y también con una sociedad civil activa que comprende asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y grupos de base comunitaria, todos los cuales contribuyen a la promoción de los derechos humanos. Durante el último decenio se han desplegado ingentes esfuerzos para difundir una mayor conciencia de la Convención a nivel de las comunidades locales, por medio de actividades de sensibilización y programas de información, educación y comunicación. Las convenciones sobre derechos humanos se han traducido a idiomas locales, y los medios de difusión y la Asociación de Mujeres de los Medios de Información de Etiopía han tenido participación preeminente en el proceso de divulgación.

Al describir los esfuerzos realizados en Etiopía para aplicar artículos determinados de la Convención, la oradora indica que la definición de discriminación que se consigna en el artículo 1 se ha incorporado a la Constitución de Etiopía. Con respecto al artículo 2, el principio de la igualdad del hombre y la mujer ha quedado consagrado en la Constitución, y el Gobierno ha adoptado diversas iniciativas y elaborado un conjunto de políticas y estrategias para promover los derechos de la mujer. La legislación discriminatoria se ha enmendado y se han tomado medidas para corregir la larga tradición nacional de prejuicio contra la mujer. En relación con el artículo 3, señala que Etiopía ha instituido normas para promover la equidad entre los géneros y que se han establecido mecanismos nacionales en todos los niveles gubernamentales, desde el plano federal hasta el local. En cuanto al artículo 4 de la Convención, relativo a medidas especiales de carácter temporal, pone de relieve que la Constitución etíope garantiza la igualdad entre hombres y mujeres.

Por lo que atañe al artículo 5, sobre la modificación de los patrones socioculturales, la oradora explica que, a fin de combatir el legado histórico de los prejuicios basados en el género, la Constitución dispone el derecho de las mujeres a beneficiarse de medidas especiales de acción afirmativa destinadas a asegurar su capacidad para participar plenamente en la sociedad en un pié de igualdad con los hombres. Con respecto a la explotación de las mujeres, a que se refiere el artículo 6, advierte que una de las tareas de mayor dificultad es la de ofrecer a las mujeres empleos mejores y de más seguridad. Se ha prohibido la migración ilegal y se han establecido oficinas consulares en los países vecinos. Etiopía también ha venido intercambiando experiencias con otros países. En cuanto al artículo 7, dice que en la Constitución de Etiopía se reconoce el derecho de la mujer a participar en la vida política y pública en igualdad de condiciones con el hombre. Las mujeres participaron en gran número en las dos últimas elecciones celebradas en el país, y se está presenciando la elección de mujeres al Parlamento. No existe restricción alguna a la participación de las mujeres en el Gobierno y las organizaciones internacionales. Con referencia al artículo 8, hace notar que el número de embajadoras está aumentando, y que muchas mujeres etíopes desempeñan funciones en compañías internacionales. Si bien el número de mujeres participantes es aún demasiado reducido, la larga tradición de conceptos estereotipados hace difícil cambiar la situación.

Por lo que concierne a los demás artículos de la Convención, en virtud de la Constitución ningún ciudadano o ciudadana etíope puede ser privado de su nacionalidad y todos los hombres y las mujeres etíopes tienen derecho a cambiar de nacionalidad. El Gobierno ha establecido diversos preceptos y reglamentos a este respecto. También ha adoptado varias medidas tendientes a garantizar el acceso equitativo de las niñas a la educación y a mejorar las tasas de retención escolar de las niñas. En lo que atañe al empleo, la Comisión Federal de la Administración Pública ha introducido reformas que conceden prioridad a las mujeres para los ascensos y ha aprobado disposiciones especiales en relación con la licencia de maternidad, materia de la que también se ocupa la Constitución. En 1997 se elaboró un programa destinado a mejorar el acceso de las mujeres a la atención médica. La Constitución dispone la igualdad de hombres y mujeres en cuanto a los derechos económicos y sociales, y el Gobierno ha adoptado varias estrategias encaminadas a dar a las mujeres mayor acceso a los recursos. Asimismo, se han establecido varias instituciones de microfinanciamiento en colaboración con organizaciones no gubernamentales y entidades asociadas en el desarrollo. Los hombres y las mujeres son iguales ante la ley, como se dispone en la Constitución, y no existe ninguna restricción jurídica que afecte la capacidad de las mujeres para suscribir contratos.

La Presidenta señala que el Protocolo Facultativo de la Convención, que se halla en vigor desde el año 2000, es un instrumento esencial para incrementar la efectividad de las disposiciones de la Convención en el terreno. Por ello, agradecería que se le proporcionase más información sobre los procedimientos y planes de Etiopía para la ratificación del Protocolo Facultativo. Recuerda también que en el programa del Comité para el período de sesiones en curso figura el examen de la enmienda propuesta al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, y pide a la delegación que informe al Comité respecto de sus intenciones en cuanto a la ratificación de la enmienda.

La Sra. Schöpp-Schilling, advirtiendo la ausencia de datos en los informes de Etiopía, pregunta si la oficina central de estadística del país está facultada para llevar a cabo encuestas desagregadas por género, y de qué manera se propone el Gobierno obtener más información. Dice que si bien acoge complacida el nuevo Código de Familia, entiende que seis de los nueve gobiernos regionales siguen aplicando la legislación anterior, y se pregunta qué medidas se han adoptado para garantizar la aplicación sistemática del nuevo Código. Pregunta asimismo en quién recae la responsabilidad de verificar el efecto de las políticas de acción afirmativa, y desea saber si Etiopía está en situación de presentar un calendario para la prevista revisión del Código Penal.

La Sra. Gabr dice que si bien el Comité comprende las dificultades a que hace frente Etiopía en sus esfuerzos por llevar a la práctica la Convención, el país debe demostrar que posee la voluntad política para hacerlo. Pregunta qué organizaciones contribuyeron a la preparación del proyecto de informe, y si se recibieron aportes de la sociedad civil. Etiopía ha suministrado información sobre medidas adoptadas para incrementar la participación de las mujeres en la vida política, pero el Comité agradecería datos adicionales acerca del financiamiento y del fundamento estratégico de esas medidas. Etiopía no se atuvo a las directrices para la preparación de los informes, y el Comité agradecería que lo hiciese en el futuro, especialmente dada la presencia en el país de numerosas personas expertas en derechos humanos y en los derechos de la mujer.

La Sra. Kahn señala que entre los mecanismos con que cuenta Etiopía para aplicar la Convención se incluyen la Política nacional sobre la mujer y la Oficina de Asuntos de la Mujer (OAM), y que en el informe se describe una cooperación eficaz entre la OAM y las organizaciones no gubernamentales. Sin embargo, en el informe se indica al mismo tiempo que la situación de las mujeres no es mejor ahora que antes, particularmente en las zonas rurales. Asimismo, en varios sectores, entre ellos los de la reducción de la pobreza, las escuelas y la salud, parecen haberse logrado escasos progresos. Pregunta si sería posible obtener datos desagregados por género, y si la delegación podría suministrar más información sobre las fuentes presupuestarias de las instituciones femeninas. También desea saber si los órganos encargados de hacer cumplir la ley y otros organismos han tomado conciencia de la categoría jurídica de la Convención.

La Sra. Gnancadja dice que acogería con agrado más información sobre los mecanismos nacionales para la promoción del adelanto de la mujer, en particular las medidas concretas adoptadas por la Comisión Nacional contra las prácticas tradicionales perjudiciales para combatir dichas prácticas. Hace falta también que se aclare la relación entre la Comisión Nacional y la Oficina de Asuntos de la Mujer.

La Sra. Saiga pide que se esclarezca la relación entre el Centro de Recursos para la Mujer, la Comisión Nacional para el Adelanto de la Mujer y la Oficina de Asuntos de la Mujer. Advirtiendo las discrepancias que contienen los informes periódicos con respecto a las revisiones del Código Penal, desea conocer la situación actual de las revisiones tendientes a darle al Código un carácter más favorable para las mujeres y saber si el Gobierno de Etiopía ha fijado plazos para la promulgación de los cambios. Sería útil disponer de información actualizada sobre los progresos logrados por la oficina del mediador encargado de asuntos de los niños y las mujeres desde julio de 2002. También sería de utilidad saber cómo se tratan las prácticas tradicionales perjudiciales en el Código Penal.

La Sra. Shin, refiriéndose al artículo 3, pregunta en qué medida se tiene en cuenta el género en los planes de desarrollo del Gobierno y hasta qué punto éstos son ventajosos para las mujeres. Desea saber si en los cálculos del producto nacional bruto se ha incluido la contribución de las mujeres, particularmente en las zonas rurales, donde desempeñan una función esencial. Sería de utilidad disponer de más información sobre el número de mujeres que participan en los programas de capacitación y el número de mujeres que encabezan dichos programas. Encomia el estudio realizado por el Departamento de Asuntos de la Mujer del Ministerio de Aguas, que reveló que en las 122 aldeas encuestadas sólo cinco mujeres eran miembros de los comités comunitarios de aguas y sólo dos los presidían. Agradecería que se precisase si para la participación en dichos comités se requiere la aprobación de los maridos y que se suministrase más información acerca de cualesquier esfuerzos en marcha para afianzar la intervención de las mujeres en la gestión de los recursos hídricos.

El Sr. Melander solicita una exposición más detallada del alcance de las perspectivas de género en la utilización de recursos para el desarrollo provenientes de países como Suecia. Hace falta también que se aclare la medida en que la Convención se ha incorporado a la legislación regional, y se precise si esta legislación prevalece sobre la Convención.

La Sra. Asfaw (Etiopía) dice que si bien su Gobierno no ha ratificado el Protocolo Facultativo ni la enmienda al artículo 20, ella tiene esperanzas de que así lo hará. Desde hace 30 años es tradicional en las zonas rurales que todos los asuntos públicos, incluida la Constitución, se consideren a nivel popular. Reconociendo la ausencia de datos en el informe, explica que su país no cuenta con el número de hombres y mujeres altamente capacitados que se requiere para reunir ese tipo de información. La oficina nacional de estadística ha comenzado a recoger datos desglosados por género, pero habrá que trabajar más en este campo.

En tanto que seis estados regionales de Etiopía, regiones principalmente pastoriles, aún no han ratificado el nuevo Código de Familia, todos los estados más densamente poblados ya lo han hecho. Por consiguiente, la vasta mayoría de la población ha aprobado el Código. La oradora reconoce, sin embargo, que se requieren esfuerzos adicionales para alinear la legislación de los estados regionales con la Constitución.

El Gobierno de Etiopía ha iniciado programas de acción afirmativa en la educación y la administración pública. Por ejemplo, las pruebas de admisión para las universidades son más rigurosas para los muchachos que para las muchachas. En los exámenes de ingreso a la administración pública, si una mujer logra un puntaje que es inferior al de un hombre en menos del 3%, se la contrata con preferencia al hombre.

Se han hecho esfuerzos para integrar las cuestiones relacionadas con el género en el Código Penal. Por ejemplo, la pena mínima para el delito de violación se ha aumentado a 5 años y la máxima a 20. Se está considerando la imposición de penas aún más severas cuando se trata de hombres que violan a menores. Anteriormente, la sanción en un caso de violación podía no ser más que una multa, como, por ejemplo, el pago de un camello. La oradora subraya que su país ha avanzado mucho en la revisión de la legislación penal en interés de la protección de las mujeres. Los derechos de los trabajadores migratorios deben respetarse en los países a los que migran, pero se reconoce que a menudo se les maltrata. Esta situación se ha visto agravada aún más por la ausencia de consulados en algunos de esos países. A este respecto, el Gobierno de Etiopía se está ocupando de establecer consulados en los países donde hay migrantes etíopes con objeto de ofrecerles mejor protección.

Por lo que se refiere a los escasos avances logrados en materia de derechos de la mujer no obstante los 12 años de vigencia de la legislación pertinente, la oradora dice que si bien las mujeres están plenamente facultadas para participar en la vida política, votar y ser propietarias de tierras, su país carga con un pesado y tenaz legado conservador. Además, de los 70 millones de habitantes del país, 14 millones han sido afectados por la sequía. Asegura ante el Comité que los asuntos relativos a la mujer forman parte integral de la estrategia nacional de Etiopía para promover el desarrollo rural y, de manera más general, de su programa de desarrollo sostenible y reducción de la pobreza.

Para que los esfuerzos por asegurar los derechos de la mujer rindan resultados reales, se requiere un cambio en las actitudes de la ciudadanía etíope. Por otra parte, si no se logran avances apreciables en el crecimiento y desarrollo económicos no es probable que se registren alteraciones en las prácticas culturales perjudiciales del país. Cientos de miles de mujeres se han afiliado a campañas de nivel popular para poner fin a prácticas tan horrendas como la mutilación genital femenina y para informar a las mujeres de sus derechos. Lamentablemente, los progresos han sido lentos, en parte porque las actitudes de las propias mujeres cambian con lentitud. Sin embargo, la oradora confía en que, con ayuda de entidades asociadas, organizaciones internacionales y la sociedad civil, el Gobierno de Etiopía triunfará sobre las prácticas perjudiciales.

La Sra. Abasiya (Etiopía) dice que, no obstante una firme voluntad política a nivel nacional, persisten numerosos obstáculos que dificultan la reunión de datos desagregados por género en los diversos ministerios de Etiopía. Reviste importancia la sensibilización de la población con respecto a las cuestiones del género, tarea que el Gobierno inició hace sólo 10 años. Aunque los centros de coordinación para asuntos relativos al género, así como la sociedad civil, han estado verificando los avances en materia de derechos de la mujer, Etiopía padece de una falta de capacidad, de personal competente y de recursos financieros. Las cuestiones relativas al género se han incorporado al programa nacional de reducción de la pobreza con arreglo a un esquema intersectorial. Los organismos donantes trabajan con el Gobierno para financiar iniciativas tendientes a la asimilación de las cuestiones relativas al género en la actividad general, y la Comisión para el Adelanto de la Mujer colabora estrechamente con organizaciones no gubernamentales para aplicar en todos los niveles las políticas nacionales relativas al género. Con respecto a las prácticas culturales perjudiciales, la Comisión Nacional contra las prácticas tradicionales perjudiciales fue establecida con el fin de coordinar los esfuerzos de diversos organismos y organizaciones no gubernamentales para realzar la conciencia de la violencia contra las mujeres y niñas. El Código Penal revisado contribuirá también a la sensibilización. Por último, la Oficina de Asuntos de la Mujer trabajará con las organizaciones de mujeres y con las activistas para asegurar la aplicación efectiva de las políticas y las disposiciones legislativas adoptadas para proteger a las mujeres.

La Sra. Asfaw (Etiopía) se refiere al artículo 3 de la Convención y dice que los planes de desarrollo de su Gobierno son favorables para las mujeres no sólo en el sector rural, donde el desarrollo es esencial, sino igualmente en el sector industrial, que se basa en gran medida en la producción agrícola. Se han puesto en práctica programas de acción afirmativa para garantizar la participación de las mujeres en el desarrollo de la economía. Se ha incluido la producción de las mujeres en los indicadores económicos, como el producto interno bruto. La oradora reconoce, sin embargo, que las mujeres no siempre han hecho valer sus derechos como productoras.

Con respecto a la capacitación de mujeres, se están haciendo todos los esfuerzos posibles por mejorar sus aptitudes, pero en esta tarea se sigue haciendo frente al problema de la enorme disparidad educacional entre hombres y mujeres. Durante el último decenio se han intensificado los esfuerzos en el sector de la educación. Se han inaugurado miles de escuelas en las zonas rurales y el número de niños y niñas que asisten a la escuela está aumentando a pasos agigantados; pero la disparidad del 20% entre la matrícula de niños y niñas no se ha corregido. En vista de ello, se han adoptado políticas de acción afirmativa dirigidas a aumentar la matrícula de niñas, y se alienta a los padres y madres a enviar a sus hijas a la escuela. El aumento de la escolaridad servirá para difundir la conciencia de los derechos de la mujer y realzar el respeto por ellos.

Si bien es de lamentar que la participación de las mujeres en la gestión de los recursos hídricos haya sido, en efecto, reducida, el hecho de que las mujeres estén interviniendo cada vez más en la adopción de decisiones no deja de ser alentador. El Gobierno continuará promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres en la adopción de decisiones acerca de esos preciosos recursos.

En cuanto al nivel de la sensibilidad respecto de las cuestiones del género en la asistencia para el desarrollo, se han desplegado amplios esfuerzos para asegurar que se incluya a las mujeres. No obstante, hacen falta más avances en lo que se refiere a la participación de las mujeres pastoriles en los proyectos de desarrollo.

Aunque las mujeres gozan de igualdad ante la ley, se precisan más esfuerzos para realzar la conciencia que tienen las mujeres de sus derechos jurídicos. Mientras mejor educada la mujer, más probable es que haga uso de recursos jurídicos. Algunas prácticas religiosas tradicionales, como la poligamia, tienden también a disuadir a las mujeres de procurar justicia en los tribunales.

Por último, el Gobierno de Etiopía se está esforzando activamente por modificar las actitudes respecto de la mutilación genital femenina, una práctica secular cuyas raíces no son cristianas ni islámicas sino que derivan más bien de costumbres faraónicas. Existen varias teorías acerca del origen de esta práctica. Sean cuales fueren las razones, las propias mujeres pastoriles aprueban la mutilación genital femenina. Aun más, son mujeres quienes la ejecutan. Durante varios meses de residencia en asentamientos, la oradora pudo observar lo profundamente arraigadas que están las actitudes tradicionales respecto de esta práctica. Por consiguiente, las actividades del Gobierno para combatir la mutilación genital femenina apuntan a la modificación de las actitudes, particularmente entre las mujeres. La educación, esa gran fuerza liberadora, es la única solución para el problema.

La Sra. Šimonović señala que sigue habiendo contradicciones entre las leyes y prácticas regionales de Etiopía y sus obligaciones en virtud de la Convención, y que las personas sólo pueden hacer que se protejan sus derechos si ellas mismas impugnan esas leyes y prácticas en los tribunales locales. Pregunta de qué otros mecanismos dispone el Gobierno para alinear esas leyes y prácticas con la Constitución y la Convención. Con referencia a la nueva oficina del mediador, desea saber si dentro de ella hay personal asignado específicamente a los asuntos de la mujer.

La Sra. Morvai se manifiesta consternada por el grado de pobreza que padece Etiopía, que avergüenza a la comunidad internacional, en particular a los países desarrollados, y pregunta cuánta asistencia recibe el país del mundo desarrollado para combatir la pobreza y mejorar la condición de las mujeres. También desea saber en qué medida el concepto y la distribución de esos fondos son decididos por mujeres y son transparentes para ellas. Agradecería disponer de más información acerca de la plantilla de personal y el presupuesto de la Oficina de Asuntos de la Mujer, y la forma en que la Oficina trabaja con los departamentos de asuntos de la mujer de los ministerios sectoriales y con las organizaciones no gubernamentales. También solicita información respecto de la Política nacional sobre la mujer etíope, en particular la fecha de su formulación, la fecha prevista para su actualización, los plazos para su aplicación, sus mecanismos de supervisión y su relación con la estrategia nacional de reducción de la pobreza. Asimismo, sería útil disponer de datos y cifras relativos al alcance de la pobreza, la forma en que afecta a las mujeres, sus grados y tendencias y el plan del Gobierno para eliminarla. Para concluir, solicita que se le informe sobre el número de organizaciones no gubernamentales existentes en Etiopía, en particular las organizaciones no gubernamentales que se ocupan de asuntos relacionados con la mujer.

El Sr. Flinterman inquiere acerca de las consecuencias que tienen las estructuras gubernamentales de Etiopía para el cumplimiento por parte del país de las obligaciones contraídas en virtud de la Convención. ¿Cómo se dividen los poderes entre el gobierno federal y las autoridades regionales en los sectores a que se refiere la Convención, como la educación, el régimen de tenencia de la tierra y el empleo? ¿De qué instrumentos dispone el gobierno federal para alentar a los gobiernos regionales a acatar la Convención y qué tipos de sanciones se han previsto para castigar el incumplimiento? Por último, pregunta si existe una comisión nacional de derechos humanos y, en caso de haberla, si su mandato abarca los derechos que se consignan en la Convención y si también existen comisiones similares en el plano regional.

La Sra. Kwaku pregunta si hay razones que expliquen el hecho de que otra vez en la redacción del informe de Etiopía no se hayan acatado las directrices del Comité y si el Gobierno necesita asistencia para la aplicación de las directrices. ¿Participaron en la redacción organizaciones no gubernamentales? Desea que se suministre más información sobre las modalidades operacionales, los logros y los plazos de la política nacional para poner fin a las prácticas tradicionales perjudiciales para las mujeres.

La Sra. Tavares da Silva señala que el informe es más bien descriptivo, que en él abundan las intenciones, pero escasean la evaluación y el análisis. Solicita más información acerca de la Comisión Nacional para el Adelanto de la Mujer y la manera en que difiere de la Oficina de Asuntos de la Mujer. En la sección del informe sobre la violencia contra las mujeres se menciona el VIH/SIDA y las prácticas tradicionales perjudiciales, pero no así otras formas de violencia contra las mujeres, como la violencia en el hogar y el acoso sexual de niñas. Con referencia a las respuestas del Gobierno a las cuestiones planteadas por el Comité en relación con informes anteriores, pregunta qué tipo de restricciones se han impuesto a la forma en que el secuestro y la violencia en el hogar se consideran en el proyecto de código penal revisado. En particular, ¿es posible que un hombre que ha cometido violación o secuestro evada el enjuiciamiento por medio del matrimonio?

La Sra. Manalo hace notar que, al parecer, la violencia contra las mujeres es todavía un problema en Etiopía; pregunta si hay algún programa o política del Gobierno encaminado especialmente a combatirla y si existe la intención de promulgar una ley específica para reprimirla. Desea saber también si se dispone de estudios analíticos, a diferencia de reseñas descriptivas, sobre dicha violencia y si el Gobierno ha solicitado asistencia internacional para realizar tales estudios. El problema de los trabajadores migratorios es complejo en razón de que tanto el país de destino como el de origen tienen responsabilidades. En particular, el país de origen debe proporcionar capacitación a los trabajadores antes de la migración y suministrar información y consejos con respecto a determinados países. La Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares ya está en vigor y debe consultarse en este sentido. En conclusión, pregunta si la integración de las perspectivas de género en las actividades de los hombres y las mujeres rurales forma parte del nuevo plan nacional de acción.

La Sra. Ferrer Gómez solicita más información acerca de las medidas adoptadas para combatir las prácticas tradicionales perjudiciales, que tienen una larga historia en Etiopía. También pregunta si en la capacitación de educadores y periodistas se incluyen materias relativas al género y si se han adoptado medidas para combatir los estereotipos, especialmente en las zonas pastoriles. Tras señalar que en las respuestas del Gobierno a las preguntas del Comité sobre el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer se hace referencia a inquietudes respecto de la “competencia” de ese mecanismo nacional, pregunta qué se entiende en este caso por competencia. Desea saber igualmente si las dificultades a que se refiere el informe en relación con la modificación de la legislación y la aplicación de leyes nuevas derivan de la resistencia de las comunidades o la oposición de las autoridades.

La Sra. Patten acoge complacida las revisiones del Código de Familia y el Código Penal de Etiopía que fortalecen la protección de los derechos de la mujer. Pregunta qué medidas está tomando el Gobierno para sensibilizar a la población, y en particular a las mujeres, respecto de esos derechos. En este sentido, ¿existen programas dirigidos a las mujeres pobres y del sector rural? Solicita información sobre las mujeres que se desempeñan en la judicatura y en la policía. ¿Cuántas juezas hay? Según el informe, las mujeres prefieren no recurrir a los tribunales en busca de desagravio, especialmente en el caso de las prácticas tradicionales, debido a las tradiciones, la falta de educación y consideraciones religiosas; pregunta si acaso el problema no consiste sencillamente en que para las mujeres en realidad no hay salida, porque casi no tienen acceso a los tribunales. A este respecto, desea saber si existe algún programa de asistencia letrada para mujeres o si hay organizaciones no gubernamentales que les ofrecen asistencia jurídica.

La Sra. Abasiya (Etiopía) dice que la legislación regional puede diferir de la legislación federal, pero no puede contravenir la Constitución. La Oficina de Asuntos de la Mujer, que es un órgano nacional, se reúne dos veces al año con organismos regionales que se ocupan de asuntos relativos a la mujer con el fin de considerar los progresos logrados, intercambiar experiencias y procurar remediar los vacíos que puedan detectarse en las leyes o las políticas. La Oficina mantiene también relaciones de trabajo con los departamentos de asuntos de la mujer de los ministerios sectoriales, que tienen a su cargo las políticas de género. Lamentablemente, el órgano encargado de preparar el presente informe recibió las directrices del Comité a fines de 2003 y no fue posible utilizarlas en su redacción. La oradora da seguridades al Comité de que se utilizarán en el futuro. Las organizaciones no gubernamentales no intervinieron en la preparación del informe, que se previó como un informe del Gobierno. Las organizaciones no gubernamentales disponen de otros conductos para presentar informes. Espera, no obstante, que la preparación del próximo informe marque el inicio de una colaboración más estrecha.

La Sra. Asfaw (Etiopía), respondiendo a una pregunta acerca de la relación entre el derecho consuetudinario y la Constitución, dice que las leyes que no son compatibles con la Constitución no son aplicables. La Constitución es el instrumento vinculante para los individuos y los tribunales. Es difícil hacer que se respeten todos los acuerdos internacionales suscritos por el Gobierno, ya que los hombres, sobre todo, sienten apego por sus hábitos tradicionales. El reto consiste en ilustrar a la población respecto de la necesidad de respetar los acuerdos internacionales y la Constitución. Se ha establecido la oficina del mediador y se han recibido numerosas postulaciones de personas que desean prestar servicios allí. Se espera que la oficina ayude también a proteger, en particular, los derechos de las mujeres y los niños. Con referencia a la pregunta relativa a la intervención de las mujeres etíopes en la configuración de la asistencia internacional, dice que el proceso de participación en el poder ha sido lento, pero constante: de los 16 ministerios, uno está encabezado por una mujer, y otras cinco mujeres han alcanzado el nivel de ministro de Estado, lo que representa un avance con respecto a la situación imperante unos pocos años atrás. En el Parlamento, la composición del Comité de Asuntos de la Mujer se ha triplicado, llegando a 42 de los 448 miembros que componen la totalidad del Parlamento. La participación de las mujeres en los niveles más básicos y al nivel popular es mucho mayor, alcanzando al 30%. Las mujeres carecen de instrucción suficiente para participar en grandes números en los niveles superiores, razón por la cual los grupos femeninos han centrado su atención en la educación. En cuanto al número de organizaciones no gubernamentales presentes en Etiopía, dice que en total hay muchísimas, pero que no son tantas las que se identifican con el nivel popular. En la mayoría de las organizaciones no gubernamentales actúan grupos selectos de personas con educación y conocimientos de idiomas extranjeros. Hay numerosas organizaciones no gubernamentales orientadas hacia cuestiones de la salud, en que participan muy activamente las mujeres. Con respecto a la transparencia en la forma en que las organizaciones no gubernamentales utilizan sus fondos, reconoce que en algunas existen problemas, pero cree que a la larga las que son engañosas quedarán eliminadas debido a su ineficacia. Para responder a una pregunta sobre la acción del Gobierno para inducir a los gobiernos regionales a garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Convención, dice que la Convención es ley de la nación y que la Constitución, que las regiones han refrendado, exige que las regiones acaten el derecho común. Por medio de la educación, las mujeres adquirirán la confianza que requieren para acudir a los tribunales a buscar soluciones para problemas relacionados con la vida y las prácticas familiares. Una de las dificultades a que se hace frente en este sentido es que los tribunales están dominados por hombres y su orientación es tradicional. El juez típico, como muchos hombres, prefiere el antiguo Código Civil y se resiste a los cambios. Llevará tiempo, y mucho esfuerzo, lograr que cambie la mentalidad.

Pasando al tema de la represión del delito, la oradora señala que un gran número de mujeres se han enrolado en las fuerzas policiales y que se ha impartido a los miembros de la policía y de la judicatura instrucción sobre derechos humanos y derechos de la mujer. Si bien espera que los que han recibido esa instrucción la hayan absorbido, sabe que para transformar las actitudes de los hombres y fortalecer la confianza de las mujeres se requerirán esfuerzos intensos y prolongados. A este respecto, tal vez la solución resida en la habilitación económica de las mujeres. Con referencia a una pregunta acerca de la violencia en el hogar, señala que el incesto está prohibido y se considera abominable en Etiopía. Si alguna vez se permite el aborto, es en casos de embarazo resultante de incesto. No obstante, no le parece a la oradora que la población, en especial los hombres, esté dispuesta ya a considerar la cuestión de la violación conyugal. La oradora desea que se aborde ese tema, y en particular los casos en que la mujer se resiste a tener relaciones con su marido por temor a que éste le transmita el virus del VIH/SIDA. En el proximo informe de Etiopía al Comité se indicará si se ha considerado la cuestión de la violación en el matrimonio.

En cuanto a la asistencia internacional, Etiopía ha tenido siempre gran interés en obtener apoyo internacional para actividades a nivel popular. Efectivamente, las cuestiones relativas al género se han incluido en los programas educacionales. A los niños se les imparte instrucción cívica incluso en el nivel primario, y en ella se incluye un componente relativo a la mujer. Hay cursos de capacitación para periodistas, y se alienta a las mujeres a ingresar al periodismo. Por ejemplo, los medios de información desempeñan una función de gran importancia en la acción para combatir el SIDA y todos los periódicos tienen secciones dedicadas al VIH/SIDA y también a cuestiones relacionadas con la mujer. No obstante, se requieren más avances en este sector. Las niñas contraían matrimonio antes a los 9 ó 10 años de edad, debido a la avidez de quienes esperaban obtener tierras de los padres de las niñas a manera de dote. La edad de matrimonio subió más tarde a 15 años y ha llegado ahora a los 18. Sin embargo, dado que en los niveles más básicos, en los que se sitúa la mayoría de los etíopes, la fecha de nacimiento no se registra, en la práctica nadie puede saber qué edad tiene una muchacha. A este respecto, se acepta literalmente la declaración de los padres. Desgraciadamente, la rápida propagación del VIH/SIDA ha atemorizado de tal modo a los padres y madres que la edad de matrimonio ha comenzado otra vez a descender; los padres y madres se apresuran a casar a sus hijas lo antes posible.

Durante la guerra, cuando se adjudicaban tierras a las niñas a partir de los 12 años de edad, hombres y mujeres tenían igual acceso a la tierra y a la tenencia de ella. No les interesaba a los hombres casarse con niñas muy jóvenes porque éstas no representaban más que otras bocas que había que alimentar y no aportaban propiedades; la legislación hizo cambiar esta situación. Sería muy provechoso que se restituyese el requisito de que para ser propietario de tierras el hombre debe tener por lo menos 22 años de edad y la mujer un mínimo de 17.

Por lo que se refiere a la acción del Gobierno para sensibilizar a las mujeres respecto de sus derechos, la oradora señala que lo más importante es que las mujeres estén en situación de organizarse y examinar sus problemas, y que se pueda concientizar a través de los medios de información. Se ha iniciado el programa de reforma de la administración pública, en que se tienen en cuenta las cuestiones relativas al género. Se imparte instrucción a los miembros de la judicatura y la policía mediante seminarios y simposios, y cuando faltan a su deber se les sanciona. Etiopía es una sociedad altamente tradicional, que sin embargo ha emprendido un proceso de democratización que será de largo aliento. Cree, no obstante, que el país va por un camino acertado. El acceso de las mujeres a la justicia se halla aún en un nivel incipiente. Hay grupos femeninos, como la Asociación de Abogadas Etíopes, que suministran asistencia en ese terreno. Por otra parte, se ha hecho muy necesaria la capacitación de auxiliares jurídicos. A este respecto, el Gobierno ha categorizado la falta de capacidad como una cuestión intersectorial y por ello ha definido el fortalecimiento de la capacidad como estrategia fundamental.

La Sra. Abasiya (Etiopía) dice que, en lo que hace a la planificación, la ejecución y la supervisión, los mecanismos etíopes para atender a cuestiones del género no tienen la capacidad necesaria para poner en práctica iniciativas de integración de perspectivas de género y de presupuestación con atención al género. Se han establecido centros de coordinación para cuestiones del género en los planos federal y regional con el fin de incorporar las consideraciones relativas al género en los programas sectoriales de desarrollo. No obstante, resulta difícil encontrar el personal competente y los recursos financieros que se necesitan. La Comisión Nacional sobre la Mujer se compone de diversas organizaciones no gubernamentales e instituciones del Gobierno. Observa y evalúa las actividades relativas a las cuestiones del género en todos los sectores y proporciona apoyo técnico a los mecanismos relacionados con el género. Sin embargo, no es parte integrante del Gobierno.

Con respecto al documento de estrategia de lucha contra la pobreza y la política nacional pertinente, dice que en el documento se han incluido los objetivos de desarrollo del Milenio, que tienen una dimensión de género. La política nacional persigue la igualdad de las mujeres y la realización de su potencial en todos los sectores, y las consideraciones relativas al género se han incorporado al documento de estrategia de lucha contra la pobreza con carácter de cuestiones intersectoriales. Para llevar a la práctica esa política se requieren cambios psicológicos. Entre las prácticas tradicionales perjudiciales se cuentan no sólo la mutilación genital femenina sino también muchas otras. No obstante, se está dando prioridad a diez de esas prácticas, entre ellas el matrimonio precoz, la mutilación genital femenina y la violación. Hacen falta recursos humanos y financieros para superar las prácticas tradicionales perjudiciales.

Artículos 7 a 9

La Sra. Belmihoub-Zerdani agradece la sinceridad de la delegación, así como los avances y mejoramientos realizados hasta la fecha en Etiopía, un país multiétnico y multirreligioso. Etiopía es signataria de la Convención y gracias a la labor conjunta de hombres y mujeres se lograrán resultados positivos en la lucha por la igualdad. Con respecto al artículo 7, la participación de las mujeres en la política ha representado un avance tangible, pero no es suficiente. La profunda disparidad entre la actuación de los hombres y las mujeres en la vida política es un problema grave. Las tradiciones y costumbres antiguas pueden ser perjudiciales, ya que se contraponen a los derechos humanos, a la igualdad y a la Convención. Es preciso eliminarlas. A este fin, tal vez podría establecerse en el Parlamento un sistema de cuotas que facilitase la elección de mujeres. Al respecto, Etiopía podría hacer uso del párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, sobre medidas especiales de carácter temporal. Otros países, tanto en desarrollo como desarrollados, y entre ellos el Canadá, han instituido y aplicado con éxito sistemas de cuotas para mujeres. Tras tomar nota del interés de las mujeres etíopes por representar a su país en el exterior, y opinar que se las debe alentar a hacerlo no sólo en organismos de las Naciones Unidas sino también en organizaciones africanas, pregunta cuántas mujeres etíopes se desempeñan en la Unión Africana y cuántas en la Nueva Alianza para el Desarrollo de Africa.

La Sra. Coker-Appiah pregunta si una mujer etíope casada con un hombre no etíope tiene el derecho a transmitir su nacionalidad a sus hijos, y si los cónyuges extranjeros pueden adquirir la nacionalidad etíope. Durante la reciente guerra entre Etiopía y Eritrea algunos cónyuges fueron deportados, lo que llevó a la separación de las familias.

La Sra. Schöp-Schilling pide que se aclaren las declaraciones contrapuestas del informe y la presentación oral respecto del movimiento femenino.

La Sra. Asfaw (Etiopía) dice que si bien Etiopía no ha instituido un sistema de cuotas para el Parlamento, sí ha fijado una cuota mínima del 30% para las mujeres en el sector educacional, especialmente a nivel universitario. No obstante, la proporción alcanza actualmente al 25,3%. El sistema comprende mecanismos de apoyo para alentar a las mujeres a asistir a la universidad, incluida una reducción del puntaje medio exigido de 3,5 a 3 para las mujeres, y la ayuda de preceptores. La Constitución fue resultado de la lucha de las mujeres etíopes, quienes demostraron que, en una sociedad casi bíblica, eran capaces de bregar por sus derechos hasta verlos consagrados en la Constitución. Además, las mujeres constituyeron el 30% de las fuerzas de combate que depusieron al anterior régimen fascista de Etiopía. Si fueron capaces de eso, pueden luchar por el lugar que legítimamente les corresponde en el Parlamento hasta conseguirlo. El poder que se logra con sudor y fatiga es mucho más efectivo.

Otro problema de los sistemas de cuotas es que siempre es una minoría selecta la que obtiene las plazas asignadas a la cuota, y a ese grupo no le interesa el trabajo a nivel popular. Por esta razón la oradora favorece la difusión de la educación a todos los rincones del país por medio de la acción afirmativa y un sistema de cuotas como trampolín para la acometida al Parlamento. Maniféstándose de acuerdo con la opinión de que las mujeres y los hombres deben trabajar hombro a hombro, señala que, aun sin ningún tipo de cuota, miles de hombres democráticos han apoyado a las mujeres porque comprenden que sin la participación de las mujeres no puede haber progreso. En cuanto a la representación de las mujeres etíopes en organizaciones internacionales, indica que una candidata etíope que había sido presentada para un puesto en la Unión Africana no fue seleccionada. Hay cuatro embajadoras y muchas otras mujeres en el sector diplomático, así como en el nivel consular. Por lo que se refiere a la ciudadanía, el derecho a la nacionalidad es exactamente igual para hombres y mujeres, y a los niños que tienen un progenitor extranjero se les reconoce el derecho a optar por la nacionalidad del padre o de la madre. La oradora prefiere no hacer comentarios sobre la cuestión de Eritrea.

La Sra. Abasiya (Etiopía), respondiendo a una pregunta acerca del movimiento femenino, dice que en algunas regiones existen asociaciones femeninas populares, habiendo movimientos vigorosos en tres regiones. Sin embargo, no se trata de un movimiento nacional. Se prevé la creación de un movimiento femenino de gran vigor a nivel federal, nacional, regional y zonal.

La Sra. Asfaw (Etiopía) señala, para explicar la estructura del Estado, que en Etiopía hay nueve regiones y dos ciudades con identidades diferentes. En las cuatro zonas más populosas existen movimientos femeninos enérgicos. Por ejemplo, en Tigray, con 3,5 millones de habitantes, 400.000 mujeres adultas se han organizado. Lo mismo vale para la región de Amhara, donde se han organizado 500.000 mujeres. Cada región presenta un cuadro diferente. A la población pastoril le resulta difícil organizarse, ya que está siempre en movimiento. A fin de abordar esa situación desde el punto de vista educacional, las escuelas, e incluso las clínicas, se desplazarán ahora con la población pastoril. El movimiento femenino es vigoroso en el campesinado, pero no así entre los pastores.

La Sra. Kapalata toma nota de que el matrimonio prenúbil es común en cuatro de las cinco regiones de Etiopía. Una de las consecuencias de este tipo de matrimonio es el parto obstruido, que provoca fístulas. Pregunta si el Gobierno ha dispuesto algún programa de rehabilitación para ayudar a las madres precoces a sobreponerse a ese problema y si se han adoptado medidas para abordar la interrupción de su educación. En el próximo informe, la delegación debería suministrar información sobre programas concretos para prestar asistencia a las mujeres con VIH/SIDA.

La Sra. Achmad dice que es importante reconocer los enormes obstáculos con que se enfrenta Etiopía y apreciar los progresos logrados hasta la fecha y la profunda adhesión de la delegación a la causa de las mujeres. Le preocupa la falta de información sobre estudios relativos a las causas y los efectos de las disparidades existentes entre los géneros. En caso de que el Gobierno no haya efectuado tales estudios, desea saber si se propone hacerlo. Si se han realizado, pregunta si se ha hecho uso de los resultados en programas de reforma de la enseñanza y los planes de estudio en todos los sectores y todos los niveles de la educación, y particularmente en las escuelas normales y los institutos pedagógicos. La educación para la ciudadanía debe basarse en los derechos e impartirse en todas las instituciones educacionales. Pregunta si el Gobierno ha considerado la posibilidad de fomentar la matrícula de muchachas y mujeres en cursos de ciencia y tecnología a todos los niveles. La sensibilización no es suficiente para eliminar la discriminación basada en el género, la violencia contra la mujer y las prácticas tradicionales perjudiciales. Reviste suma importancia la instrucción de los legisladores y los miembros de las fuerzas policiales y la judicatura. A este respecto, pregunta cuántos miembros de los órganos legislativos, policiales y judiciales han recibido instrucción, y si ésta se ha impartido a los legisladores de las nueve regiones y dos ciudades con régimen especial.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.