Trigésimo octavo período de sesiones

Acta resumida de la 775a sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 16 de mayo de 2007, a las 10.00 horas

President a:Sra. Šimonović

Sumario

Examen de informes presentados por Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continu ación)

In forme inicial de Serbia

Se declara abierta la sesión a las 10.00 horas

Examen de informes presentados por Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continu ación)

Informe inicial de Serbia (CEDAW/C/SCG/1, CEDAW/C/SCG/Q/1 y Add.1)

1.Por invitación de l a Presidenta , los miembros de la delegación de Serbia toma n asient o como participantes en el debate de la Mesa del Comité.

2.La Sra. Prelić (Serbia), en su presentación del informe inicial de Serbia (CEDAW/C/SCG/1), dice que fue preparado mientras todavía existía la Unión de los Estados de Serbia y Montenegro. Desde la disolución de la Unión en junio de 2006, la República de Serbia, en calidad de Estado sucesor legal, ha seguido formando parte de los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas. La oradora presentará la parte del informe que corresponde a Serbia.

3.La primera parte del período que abarca el informe, de 1992 a 2000, se ha caracterizado por los conflictos, la inestabilidad, el declive económico y la interrupción de las relaciones con los países vecinos y el resto de la comunidad internacional. Durante la segunda parte del período, de 2000 a 2003, la situación económica mejoró considerablemente y comenzó el proceso de democratización. Se han logrado importantes avances, especialmente en lo que atañe a los derechos humanos y a la derogación de leyes discriminatorias o incompatibles con el derecho internacional. Serbia ha vuelto a ser admitido como miembro en varias organizaciones internacionales y, en la búsqueda de su objetivo de asociarse a la Unión Europea, ha adoptado medidas para armonizar su legislación nacional con el acervo comunitarioy las normas internacionales de derechos humanos.

4.La nueva Constitución de la República de Serbia, aprobada en noviembre de 2006, prohíbe todas las formas de discriminación y exige al estado que garantice la igualdad entre las mujeres y los hombres y que establezca una política de igualdad de oportunidades. También estipula la introducción de medidas especiales de carácter temporal para lograr una completa igualdad y consagra derechos específicos relacionados con el matrimonio, la familia, el alumbramiento y la maternidad. Prohíbe explícitamente la esclavitud, la trata de seres humanos, el trabajo obligatorio, el abuso sexual y la explotación económica. Define a la República de Serbia como un Estado secular. Por último, declara que la legislación nacional debe ajustarse a los tratados internacionales de los que Serbia forma parte y a las reglas generalmente aceptadas del derecho internacional.

5.Un borrador de la Ley sobre la Igualdad de Género, que ha recibido un amplio apoyo pero que espera aún la aprobación del Parlamento, armonizará la legislación de Serbia con las normas internacionales y dará pie a políticas que aseguren la igualdad de oportunidades e impedirán la discriminación contra la mujer en todas las esferas de la vida. El Código Penal establece la violencia doméstica y la violación marital como delitos criminales, mientras que la nueva Ley de la Familia ha introducido medidas especiales contra la violencia y ha mejorado los procedimientos para la adopción y el divorcio. La nueva Ley del Trabajo prohíbe la discriminación por motivos de género y el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo, y las leyes electorales recientemente enmendadas incorporaron una cuota de un 30% para el género menos representado en todas las listas de candidatos a elección. También está en proceso de consideración un proyecto de reforma judicial para llevar a cabo un análisis de género de la legislación, recopilar estadísticas relacionadas con el género en los tribunales, supervisar la forma en que se gestionan los casos de violencia doméstica y dotar de capacitación al estamento judicial. También está en marcha la producción de un folleto sobre los derechos de la mujer.

6.Se ha establecido un Consejo para la Igualdad entre los Sexos como órgano asesor del Gobierno de Serbia, que se centra en la legislación relacionada con el género, la estrategia nacional para el adelanto de la mujer y la igualdad entre los géneros, la promoción de la autonomía de la mujer, y la concienciación y fomento de la capacidad con respecto a las cuestiones de género. El Comité sobre la Igualdad entre los Sexos del Parlamento de Serbia tiene la responsabilidad de examinar a fondo la legislación y revisar el proceso de formulación de políticas y la aplicación de las leyes para asegurar su conformidad con los principios de la igualdad de género. En 42 ciudades y municipalidades existen también centros de enlace locales sobre el género, pero todavía no hay un marco jurídico que los apoye. La Provincia Autónoma de Vojvodina dispone de sus propias estructuras similares para la igualdad de género.

7.En Serbia existe una firme voluntad política para la promoción de la igualdad entre los géneros. Sin embargo, persisten diferencias entre la legislación y la práctica, y en algunos aspectos el país carece de capacidad para impulsar el cambio. Sin embargo, se están adoptando medidas para mejorar la situación. Por ejemplo, el Ministerio del Interior está llevando a cabo cursos de capacitación sobre cómo se debe gestionar la violencia doméstica; las actividades para combatir la trata de seres humanos han logrado un cierto grado de éxito; el Ministerio de Trabajo, Empleo y Política Social ha llevado a cabo cursos de capacitación sobre género; se han incorporado proyectos especiales de empleo para la mujer; se van a establecer coordinadores de las cuestiones de género en el lugar de trabajo para evitar la discriminación, y la Oficina de Estadísticas está preparando una recopilación de datos desagregados por género. En la esfera de las relaciones privadas, todavía persisten algunos obstáculos que dificultan alcanzar la igualdad entre los géneros. Es necesario cuestionar los estereotipos y cambiar las mentalidades, un proceso que exige tiempo y compromiso.

8.El Consejo para la Igualdad entre los Sexos, en colaboración con varias ONG y notables expertos en cuestiones de género, ha redactado el Plan Nacional de Acción para promover la autonomía de la mujer y la igualdad entre los géneros para los años 2007 a 2010, que está basado en la Plataforma de Acción de Beijing. Aborda cuestiones relacionadas con la mujer en las esferas de la economía, la toma de decisiones, la salud, la violencia, la educación y los medios de comunicación. Todos los datos disponibles sobre la situación de la mujer se han utilizado para la preparación del Plan, y se han tomado en cuenta otras estrategias nacionales pertinentes, entre ellas las que se relacionan con la reducción de la pobreza, la salud, los Objetivos de Desarrollo del Milenio, la integración y habilitación de los romaníes y las actividades para combatir la trata de seres humanos. La aprobación del Plan será una de las primeras prioridades del nuevo Gobierno.

9.La perspectiva de género se ha incorporada también en las estrategias nacionales para el desarrollo sostenible y la expansión de las tecnologías de la información y la comunicación. Otros proyectos se centran en la promoción de la autonomía de la mujer, la aplicación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad (2000), la difusión de información a la opinión pública sobre los asuntos de género, el fomento de la capacidad y la investigación. Además, ha mejorado la cooperación entre el Estado y la sociedad civil, y en la región de los Balcanes occidentales se están estableciendo mecanismos para tratar las cuestiones de género con el apoyo de entidades del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones europeas y regionales.

10.En el informe no figura una información minuciosa sobre la situación en la Provincia Autónoma de Kosovo y Metohija porque, aunque la Provincia forma parte de la República de Serbia, se encuentra desde 1999 sujeta a la autoridad de la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK). Por tanto, Serbia no puede asumir la responsabilidad de la aplicación de la Convención en esa zona.

11.Sin embargo, la oradora puede informar al Comité que la situación en materia de derechos humanos en Kosovo y Metohija es muy grave. La discriminación contra los grupos de origen étnico minoritarios, especialmente los serbios y los que no son de origen albanés, es generalizada, lo que impide la realización de la mayoría de los derechos consagrados en la Convención. Teniendo en cuenta las conclusiones de otros órganos establecidos en virtud de tratados con respecto a los informes iniciales de la República de Serbia, la oradora sugiere que el Comité solicite a la UNMIK que brinde información sobre la aplicación de la Convención en Kosovo y Metohija. A ese respecto, las respuestas de Serbia a la lista de cuestiones y preguntas se refieren a las conclusiones pertinentes del Comité de Derechos Humanos, que examinó en 2006 un informe presentado por la UNMIK sobre la situación de los derechos humanos en la Provincia.

12.Serbia todavía hace frente a una serie de problemas en sus esfuerzos encaminados a aplicar la Convención. La herencia negativa de los años 1990, como por ejemplo los conflictos que se produjeron en la región, los efectos de las sanciones económicas y el gran número de refugiados y de personas internamente desplazadas, es un problema constante. La Provincia Autónoma de Kosovo y Metohija lleva ya casi ocho años sujeta a la administración de las Naciones Unidas y el proceso para determinar la situación de la Provincia en el futuro no ha concluido aún. El país ha estado sometido a un complejo proceso de transición económica y social con el objetivo de acceder a la Unión Europea, y las reformas exigidas fueron especialmente difíciles en la esfera de la igualdad entre los géneros y el adelanto de la mujer. Sin embargo, se han logrado avances considerables, y Serbia mantiene su compromiso de impulsar la democratización, cumplir con sus obligaciones internacionales, promover los derechos humanos y mejorar la posición de la mujer en colaboración con las instituciones internacionales competentes.

13.La Presidenta dice que el Comité tomará nota de la sugerencia de solicitar información a la UNMIK sobre la aplicación de la Convención en Kosovo y Metohija, y decidirá a su debido tiempo cómo proceder a este respecto.

Artículos 1 y 2

14.La Sra. Schöpp-Schilling solicita información sobre el contenido de la nueva Ley sobre Iglesias y Comunidades Religiosas. Desea saber cuándo entró en vigor y si ha habido un proceso de debate público sobre ella. También apreciaría obtener más información sobre el cometido de la Iglesia Ortodoxa de Serbia y de otras comunidades religiosas en los asuntos públicos, por ejemplo, si tales comunidades participan en las audiencias parlamentarias sobre nuevas leyes y si ocupan algún puesto en consejos de administración públicos.

15.Muchas confesiones religiosas no se adhieren al concepto de igualdad consagrado en la Convención, y hacen hincapié en su lugar en la complementariedad de las funciones de hombres y mujeres. Un enfoque de este tipo puede conducir a la desigualdad. El Estado Parte debería proporcionar más información sobre la actitud de la Iglesia Ortodoxa y otras comunidades religiosas con respecto a la igualdad entre los hombres y las mujeres, y sobre los métodos que el Gobierno emplea para supervisar la participación de las comunidades religiosas en el desempeño de funciones públicas.

16.Por último, la oradora dice que dispone de información independiente que indica que la Iglesia Ortodoxa de Serbia disfruta de privilegios en varias esferas como los impuestos, la propiedad y las actividades económicas. Quisiera saber si se otorgan privilegios similares a organizaciones no religiosas en Serbia. Naturalmente, es importante garantizar la libertad religiosa, pero es preciso tomar precauciones para garantizar que este tipo de privilegios no tengan repercusiones negativas sobre la igualdad de los hombres y las mujeres.

17.La Sra. Saiga pregunta cuándo se espera que se ponga en vigor la Ley de Igualdad entre los Sexos, dado que ha recibido un apoyo generalizado. Tomando nota de que la Ley del Defensor del Pueblo ya ha entrado en vigor, pregunta por qué no se ha nombrado todavía a un Defensor del Pueblo y si existen obstáculos específicos que impiden el inicio de las operaciones de esa institución.

18.Las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas indican que el informe inicial ha sido preparado por el Ministerio de Derechos Humanos y de las Minorías, pero no se hace mención a la participación de ninguna ONG. La oradora solicita por tanto más información sobre el procedimiento seguido por el ministerio en su preparación del informe y cuáles son las fuentes de información que ha utilizado.

19.La oradora acoge con agrado la ratificación por el Gobierno del Protocolo Facultativo de la Convención y pregunta si las mujeres de Serbia son conscientes de sus derechos definidos en la Convención y de las medidas que pueden adoptar si estos derechos se llegan a conculcar.

20.La Presidenta interviene como miembro del Comité y pregunta si se ha invocado la Convención en algún caso presentado ante el tribunal de asuntos de la familia y si existen medidas para educar a la magistratura sobre la Convención y el Protocolo Facultativo. También le gustaría saber si las mujeres son plenamente conscientes del contenido de la Convención y qué medidas adopta el Gobierno para difundir información sobre la Convención como instrumento de derechos humanos jurídicamente vinculante. El Estado Parte debe indicar también si dispone de una legislación nacional que prohíba todas las formas de discriminación.

21.Tomando nota de la importancia de la transparencia en el proceso de preparación del informe, la oradora pregunta si el informe está disponible en el idioma serbio, si se ha consultado a las ONG en su preparación y si han sido informadas sobre su contenido. El Estado Parte debe indicar también si el informe ha sido transmitido al Parlamento y a su Comité para la Igualdad entre los Sexos. El Parlamento debe estar informado de los procedimientos para la aplicación de la Convención y la presentación de informes al Comité. A este respecto, las observaciones finales del Comité sobre el informe deberán transmitirse a su debido tiempo a los ministerios pertinentes y al Parlamento.

22.Por último, se necesita más información sobre el Plan Nacional de Acción para promover la autonomía de la mujer. El Estado Parte debe indicar de qué manera el Plan se basó en la Plataforma para la Acción de Beijing, en el resultado del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General (Beijing+5) y en las disposiciones de la Convención. El Comité desea también saber cuál es el plazo convenido para la aprobación del Plan.

23.La Sra. Halperin-Kaddari pregunta sobre las medidas del Gobierno para garantizar los derechos de la mujer en el marco de la Convención, especialmente proporcionándole asistencia jurídica cuando sea necesario. Debido a que las disposiciones de la Convención pueden invocarse en los tribunales de asuntos de la familia, se pregunta qué ocurriría en caso de que existan discrepancias entre estas disposiciones y el derecho interno. El Comité agradecería recibir una clarificación sobre los cambios incorporados en el Código Penal, que parecen regresivos (por ejemplo, ya no se considera el hostigamiento sexual como delito penal). Por último la oradora pregunta sobre las sanciones que se aplican en los casos de violencia contra la mujer.

24.La Sra. Prelić (Serbia) dice que la nueva Constitución dispone la aplicación directa de todos los instrumentos internacionales ratificados por Serbia y la armonización de las leyes internas con las normas internacionales. En consecuencia, durante el período de 2001 a 2006 se han redactado varias nuevas leyes. Los tribunales no necesitan invocar la Convención cuando la legislación interna ya regula esferas incluidas en ella, como por ejemplo la legislación sobre la familia y el trabajo; sin embargo, en ausencia de una legislación interna pertinente, los tribunales aplicarán directamente la Convención. Se han aprobado disposiciones que regulan la prestación de asesoramiento jurídico por el Estado, cuando sea necesario. Por lo que respecta a las disposiciones del nuevo Código Penal, lejos de ser regresivas, ofrecen a la mujer una mayor protección contra el hostigamiento y la violencia, tanto en el hogar como en el lugar de trabajo. En la legislación de Serbia, no sólo se aplica el derecho penal a los actos penales, sino también otras leyes que proscriben determinados tipos de conducta. Además, las mujeres están más inclinadas ahora a denunciar incidentes de abuso y a solicitar protección.

25.En referencia a la cuestión de la capacitación de los jueces sobre las disposiciones de la Convención, un proyecto especial en marcha para la reforma del sistema judicial contempla la capacitación continua de los jueces y los fiscales del ministerio público a fin de asegurar la protección de las mujeres y todos los grupos vulnerables, de conformidad con las obligaciones internacionales de Serbia. En respuesta a otra pregunta, la oradora dice que las Leyes del Defensor del Pueblo han sido aprobadas, pero que su aplicación se ha retrasado debido al proceso de reforma constitucional, según el cual es el nuevo Parlamento el que tiene que elegir al Defensor del Pueblo. El nuevo Parlamento constituido obrará de este modo y adoptará todas las demás medidas necesarias; este órgano está comprometido con una mayor democratización del Estado y con su integración europea y euro-atlántica. La aprobación de las nuevas leyes que tiene ante sí, entre ellas la Ley para la Igualdad entre los Sexos, facilitará que todas las instituciones necesarias inicien sus funciones.

26.La Ley sobre Iglesias y Comunidades religiosas, que entró en vigor en 2006, coloca en pie de igualdad a todas las confesiones religiosas, entre ellas la Iglesia Ortodoxa de Serbia, junto a las confesiones católica romana, judía, protestante y evangélica. La situación es diferente para otras comunidades religiosas menos tradicionales, a las que se exige que se inscriban en el Ministerio de la Religión. Según la Constitución, Serbia es un estado secular, pero garantiza la libertad de afiliación religiosa. Hay separación entre el Estado y la religión, pero en el caso de que se produzcan abusos, entre ellos cualquier violación de los derechos de la mujer, el Estado puede intervenir en cuestiones que se encuentran bajo el control independiente de las comunidades religiosas. En las escuelas, los alumnos pueden elegir entre la educación cívica y la instrucción religiosa; todas las autoridades religiosas, y no solamente las que pertenecen a la Iglesia Ortodoxa de Serbia, intervienen en la configuración del contenido religioso de los planes de estudio. Los representantes de las diferentes comunidades religiosas pueden asistir a las deliberaciones parlamentarias como observadores, pero no como participantes; no pueden presentarse como candidatos al Parlamento.

27.La Sra. Petrović (Serbia) dice que se acaba de nombrar el nuevo Gobierno de Serbia después de un complejo proceso político marcado por una interrupción de varios meses en las labores del Parlamento. Esta es la razón que explica el retraso en la entrada en vigor de las nuevas leyes. En la Ley contra la discriminación figurara una definición de la discriminación conforme a la Convención e incluirá un sistema de protección individual. Sobre la cuestión de la difusión de información y la capacitación, ya se habían adoptado medidas al nivel federal del antiguo Estado, de las cuales se han beneficiado una gran cantidad de empleados estatales. Se ha celebrado una conferencia sobre el procedimiento de presentación de informes para la Convención, se han traducido documentos básicos y se ha programado la organización de mesas redondas. El Consejo para la Igualdad entre los Sexos inició sus operaciones en 2004 y presentará informes al Gobierno una vez al año. Entre sus prioridades estratégicas se encuentra la difusión de información y con este fin ya ha iniciado campañas para los medios de comunicación, especialmente con el objetivo de mejorar el tratamiento de la mujer en estos medios. Se ha establecido un fondo para la promoción de la igualdad entre los géneros y hay en preparación una serie de medidas educativas. Todavía se necesitan más medidas para garantizar una mayor participación de los hombres en cuestiones de la mujer.

28.La Sra. Mohorović (Serbia) dice que el proceso de preparación del informe inicial no ha sido propicio, ya que ha coincidido con una serie de cambios importantes en la misma naturaleza del Estado. Una vez superado este período de inestabilidad, Serbia espera poder en el futuro cumplir con todas sus obligaciones internacionales de una forma más normal y, con este propósito, contar con la participación plena de las autoridades del Estado, la sociedad civil y el público en general.

Artículo 3

29.La Sra. Neubauer acoge con satisfacción la creación del Consejo para la Igualdad entre los Sexos. Desea conocer el alcance de sus actividades y los recursos humanos y financieros que se le han asignado.

30.La Sra. Chutikul pregunta cómo se seleccionaron a las figuras públicas y los representantes de la sociedad civil en el Consejo para la Igualdad entre los Sexos, y quien realizó esta selección. ¿Quién preside el Consejo y cómo desempeña su mandato, especialmente las funciones de supervisión? A la luz de la declaración que figura en las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas, que indica que el Servicio de Derechos Humanos y de las Minorías definirá los parámetros para supervisar los avances en el logro de la igualdad de género y los presentará a la Oficina de Estadísticas para su supervisión, la oradora se pregunta si no existe una duplicación con la labor del Consejo. ¿Qué organismo será responsable de la aplicación y el seguimiento de las observaciones finales del Comité?

31.La Sra. Arocha Dom í nguez pide más información sobre la estructura, el mandato y el funcionamiento de los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer. Tomando nota de que el recientemente establecido Consejo para la Igualdad entre los Sexos desempeña una función esencialmente asesora, pregunta cómo coordina la aplicación de las políticas y que está haciendo para proteger los derechos de las mujeres que pertenecen a minorías. También solicita más información sobre la rendición de cuentas y la ejecución en el marco del programa nacional para el adelanto de la mujer. Tomando nota del nombramiento de coordinadores de cuestiones de género a escala local para supervisar y asesorar en materia de políticas relativas al género, pregunta cuál es el porcentaje de municipalidades donde se han realizado estos nombramientos.

32.La Sra. Zou pregunta de qué manera están relacionados el Plan Nacional de Acción para los años 2007 a 2010 y la Estrategia Nacional para mejorar la posición de la mujer y avanzar la igualdad entre los géneros, mencionadas ambas en la declaración de apertura de la delegación. La oradora pide más información sobre el Consejo para la Igualdad entre los Sexos y sus poderes en la ejecución de políticas.

33.La Sra. Saiga dice que resulta difícil obtener un panorama claro de los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer. Pregunta cuáles son los departamentos o ministerios que detentan responsabilidades cotidianas en la coordinación de las cuestiones relacionadas con el género.

34.La Presidenta interviene como miembro del Comité y señala que se han producido adelantos recientes en los mecanismos nacionales que abordan la igualdad entre los géneros y pregunta si se ha creado, o se va a crear, algún órgano nuevo.

35.La Sra. Prelić (Serbia) dice que, en Serbia, solamente el Gobierno tiene la autoridad y la responsabilidad de formular y ejecutar políticas. Se ha establecido un Servicio de Derechos Humanos y de las Minorías con funciones de asesoramiento intersectorial para supervisar e informar sobre la labor de los ministerios en la aplicación de las obligaciones internacionales de Serbia en estas esferas. El Consejo para la Igualdad entre los Sexos, que también es un órgano asesor, se ha establecido para tratar específicamente las cuestiones de género. El Consejo no es responsable de la ejecución de políticas sino de dar seguimiento a la situación de la mujer y asesorar a los ministerios sobre las cuestiones de género. También organiza programas de capacitación, consultas, campañas de difusión de información y contactos con la sociedad civil. Las oficinas del Consejo están ubicadas en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Política Social, debido a que este ministerio parece encargarse de la mayoría de las cuestiones básicas relacionadas con la mujer.

36.En respuesta a una pregunta sobre cuál es el órgano que aplicará las recomendaciones del Comité, la oradora dice que las recomendaciones se enviaran probablemente al Gobierno, que a su vez enviará a los ministerios apropiados las partes que les correspondan, para que adopten medidas. El Consejo para la Igualdad entre los Sexos recibirá una copia de las recomendaciones y dará seguimiento a las medidas que adopte cada ministerio. Con respecto a los coordinadores de las cuestiones de género, señala que se han establecido 42 oficinas que abarcan hasta la fecha el 25% de todas las municipalidades. Se trata de una idea piloto para la cual todavía es necesario establecer una firme base jurídica. Espera que la nueva ley sobre autogobierno local dote a todas las municipalidades de coordinadores de las cuestiones de género. Con respecto a la situación de las mujeres en el medio rural, señala que, aunque las oportunidades educativas han mejorado considerablemente en las zonas rurales, las mujeres que viven en estos lugares siguen emigrando a las ciudades, con consecuencias negativas para los poblados.

37.La Sra. Petrović (Serbia) dice que el Consejo para la Igualdad entre los Sexos es un órgano asesor interdisciplinario compuesto por expertos del Gobierno, el ámbito académico y la sociedad civil. La labor del Consejo se ha ampliado y ha exigido reforzar su personal administrativo y un aumento en el apoyo internacional. La Estrategia Nacional para mejorar la posición de la mujer y avanzar la igualdad entre los géneros ha sido preparada por el Consejo y representa el núcleo básico del Plan Nacional de Acción al que se hizo referencia en la declaración introductoria.

Artículo 3

38.La Sra. Tavares da Silva señala que los materiales presentados por la delegación parecen mantener un relativo silencio sobre las medidas del Gobierno para garantizar la igualdad de oportunidades a las mujeres de las minorías, y no solamente sus derechos. En general, el enfoque del Gobierno respecto a las cuestiones de género y discriminación parece consistir en reaccionar caso por caso, en lugar de demostrar una actitud universal y dinámica. Espera que el Gobierno en su totalidad sea sensible a las cuestiones de género.

39.La Sra. Dairiam dice en Serbia que no parece haberse establecido un marco jurídico normativo basado en la Convención. Tampoco está claro cuán amplio es el plan nacional de acción, como por ejemplo si incorpora las preocupaciones que figuran en la resolución 1325 del Consejo de Seguridad (2000), entre ellas las cuestiones relacionadas con las personas desplazadas, la restitución de bienes y la provisión de servicios sociales para las víctimas de guerra, sin importar el lugar donde se encuentren.

Artículo 4

40.La Sra. Simms exhorta al Gobierno a emplear las medidas especiales de carácter temporal que figuran en el artículo 4 de la Convención para acelerar el logro de una mayor igualdad, especialmente en lo que atañe a las minorías, para quienes las condiciones pocas veces han sido igualitarias. A este respecto, la oradora pregunta si alguna mujer romaní tiene un puesto en el Consejo para la Igualdad entre los Sexos y si se han adoptado medidas especiales en su beneficio.

41.La Sra. Prelić (Serbia) dice que los miembros del Comité deben comprender que el informe abarca el período de 1992 a 2003. Sin embargo, desde 2000 se han producido cambios profundos en la gestión de los asuntos públicos y en la democracia de Serbia, lo que significa que una gran parte del informe está obsoleta. Su delegación tiene la intención de concentrarse en la situación actual, tal como se describe en las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas y en la declaración introductoria. Con respecto a las minorías, en particular los romaníes, la oradora señala que se les ha otorgado el estatus oficial de minoría y que tienen sus propios órganos administrativos y representativos. En el Plan Nacional de Acción figuran los romaníes y se señalan medidas para mejorar su situación Un problema persistente es superar las actitudes tradicionales que existen entre los romaníes y los no romaníes, como por ejemplo con respecto a la educación y la integración. El Servicio de Derechos Humanos y de las Minorías dispone de una asesora romaní. Las organizaciones y donantes internacionales prestan asistencia y orientación para abordar este tipo de problemas.

42.Con respecto a las mujeres refugiadas y las mujeres internamente desplazadas, se están haciendo gestiones para establecer mecanismos de cooperación regional que aborden el trauma que producen las guerras y los conflictos. Sobre el tema de las medidas especiales de carácter temporal, la oradora señala que la nueva Constitución contempla la discriminación positiva en favor de la mujer, entre otras cosas mediante la confección de listas de candidatos para las elecciones a todos los niveles.

43.La Sra. Neubauer dice que los estereotipos de género perduran aún en Serbia, causando problemas en las relaciones privadas y subrayando la necesidad de que se produzcan cambios de mentalidad. Del informe de país se desprende que las actividades del Gobierno para abordar la imagen de la mujer que presentan los medios de comunicación son inadecuadas. Debido a que el estereotipo de género se practica también en el seno de los diferentes grupos minoritarios, el Gobierno debe alentar a las comunidades autónomas a respetar los principios y normas de la Convención, que forman parte del derecho interno. La oradora pregunta sobre las medidas específicas en vigor para abordar los persistentes estereotipos de género, especialmente cuando están acompañados de prácticas tradicionales peligrosas entre algunos grupos minoritarios, como por ejemplo en la región musulmana de Sandžak, donde hay indicios de que han vuelto a surgir casos de mutilación genital femenina y matrimonio obligatorio. ¿De qué manera están reaccionando las autoridades ante estas violaciones de los derechos humanos?

44.La Sra. Patten dice que la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias ha expresado su preocupación sobre el incremento de varias formas de violencia contra las mujeres de Serbia, especialmente la violencia doméstica. La oradora agradecería que se le proporcione información minuciosa sobre el marco para una estrategia nacional destinada a combatir la violencia contra la mujer y el Plan Nacional de Acción para promover la autonomía de la mujer, que pide una legislación más firme y otras medidas para combatir la violencia. ¿Ha revisado Serbia su definición de violencia doméstica para incluir la violencia mental, sicológica, física y sexual? ¿Incluye el proceso de reforma jurídica sanciones penales más estrictas que las que figuran en el Código Penal vigente; remedios civiles y compensación; medidas preventivas, entre ellas programas de información pública que cuestionen la violencia contra la mujer y la aceptación cultural de este fenómeno; medidas protectoras (lugares de acogida y rehabilitación); servicios de apoyo a las mujeres víctimas o víctimas potenciales de la violencia; y rehabilitación de los autores de casos de violencia doméstica?

45.Además de la capacitación de la magistratura, ¿hay planes para capacitar al personal médico encargado del cumplimiento de la ley? ¿Incluye la capacitación información sobre las múltiples formas de discriminación que sufren las romaníes y otras mujeres de minorías? ¿Se brinda asesoramiento jurídico a las víctimas de la violencia con el fin de alentar la presentación de denuncias? La metodología de recopilación de datos de Serbia, basada en los archivos judiciales, es insuficiente y es preciso revisarla. ¿Se reexaminarán los rígidos criterios que pesan sobre la admisión a los refugios de seguridad financiados por el estado, que dificultan el acceso a las mujeres romaníes?

46.La Sra. Shin dice que Serbia ha logrado progresos en la lucha contra la violencia dirigida hacia la mujer, pero persisten todavía algunas cuestiones relacionadas con el enjuiciamiento de los culpables, ya que, aunque se ha penalizado la violencia contra la mujer, las penas reales están muy lejos de ser satisfactorias, y solamente el 37% de los casos terminan en un veredicto de culpabilidad; las denuncias se retiran en la mayoría de los casos y solamente se condena a pena de prisión al 5% de los autores, mientras que a la mayoría se les condena únicamente a la libertad condicional y al pago de multas. ¿Se contempla la posibilidad de endurecer los castigos?

47.En los casos de violación, se ha vuelto a colocar a los supervivientes en situación de víctimas, al obligarles a repetir declaraciones sobre acontecimientos traumáticos durante los exámenes médicos y las investigaciones. ¿Cómo se puede esperar que las víctimas informen a la policía si tienen que soportar estas circunstancias? ¿Está adoptando alguna medida el Gobierno para abordar el problema?

48.Con respecto a la protección de las víctimas, ¿hay disponible para las víctimas una línea directa de consulta las 24 horas a escala nacional? ¿Cuántos lugares de acogida hay? ¿Cuántos están gestionados por el Gobierno y cuántos por las ONG? ¿Ofrece el Gobierno asistencia financiera a los lugares de acogida gestionados por las ONG? La oradora pregunta acerca de los programas específicos de prevención dirigidos a los niños varones y los hombres para corregir su comportamiento.

49.¿Hay algún plan amplio y sistemático para eliminar la violencia contra la mujer? En referencia a la resolución 61/143 de la Asamblea General sobre la intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, y el estudio a fondo del Secretario General sobre todas las formas de violencia contra la mujer, la oradora exhorta al Estado Parte a que examine todas las medidas posibles para la protección, la prevención y el enjuiciamiento de toda forma de discriminación contra la mujer.

50.La Sra. Pimentel felicita a la delegación de Serbia por su entusiasmo y compromiso y acoge con beneplácito la penalización de la violencia doméstica de conformidad con el artículo 194 del Código Penal (CEDAW/C/SCG/Q/1/Add.1, p. 16). Sin embargo, dada la naturaleza específica de la violencia doméstica, ¿está el Gobierno de Serbia estudiando una nueva ley especial sobre la violencia doméstica como parte de su estrategia nacional contra la violencia y el Plan Nacional de Acción para promover la autonomía de la mujer y la promoción de la igualdad entre los géneros?

51.¿Se incluyó a las ONG de mujeres en el Plan Nacional de Acción como agentes importantes en la estrategia para combatir la violencia? ¿Dispone Serbia de alguna campaña para sensibilizar al público sobre el resurgimiento de prácticas tradicionales dañinas como la mutilación genital femenina en las comunidades musulmanas? ¿Planea el Gobierno prohibir tales prácticas? A este respecto, la oradora llama la atención sobre la recomendación general No. 14 del Comité, que recomienda a los Estados Parte que alienten a los dirigentes políticos, profesionales, religiosos y de las comunidades en todos los sectores, entre ellos los de los medios de comunicación y las artes, a que cooperen para influir en las actitudes que lleven hacia la erradicación de la circuncisión femenina, y que promuevan investigaciones y seminarios sobre los problemas que se derivan de esta práctica.

52.Con respecto a la incidencia de la violencia contra la mujer mencionada en la respuesta de Serbia a la pregunta 13 de la lista de cuestiones y preguntas, la oradora pregunta qué porcentaje de mujeres de 15 a 65 años han sido víctimas de cualquier forma de violencia perpetrada por un compañero durante el año pasado. ¿Cuántas mujeres han sido víctimas de asesinato? ¿Cuántos casos denunciados de violencia contra la mujer han llegado a la magistratura?

53.La Sra. Coker-Appiah hace hincapié en la importancia de abordar las percepciones tradicionales sobre la función de la mujer. En referencia a la encuesta de manuales escolares mencionados en el informe, pregunta si hay planes para revisar los manuales a fin de que tengan más en cuenta las cuestiones de género. La oradora exhorta al Gobierno de Serbia a que establezcan estrategias de ejecución concretas para combatir la violencia doméstica. Los ejemplos de otros países muestran que las leyes por sí solas no generan resultados.

54.La Sra. Prelić (Serbia), está de acuerdo que los estereotipos no se pueden eliminar solamente mediante la aprobación de leyes y dice que se han organizado actividades con este fin en colaboración con los medios de comunicación. Las medidas para eliminar los estereotipos han incluido también una campaña para promover la participación de la mujer en la vida pública y política (CEDAW/C/SCG/Q/1/Add.1). El hecho de que el 60% de los Secretarios de Estado en el Gobierno anterior hayan sido mujeres ha contribuido también a eliminar los estereotipos sobre la situación y la función de la mujer. La delegación de Serbia ante el Comité está compuesta enteramente por mujeres debido a que todas ellas han desempeñado mandatos importantes en sus respectivos ministerios. La práctica de la mutilación genital femenina no es causa de preocupación en la República de Serbia, ni siquiera en las zonas musulmanas, aunque se circuncida a los varones en las comunidades musulmanas y judías. Con respecto a la violencia en la familia, se han adoptado numerosas medidas para crear un marco jurídico que penalice este tipo de violencia; sin embargo, todavía queda mucho por hacer a fin de obtener un mayor reconocimiento de los derechos de la mujer y cambiar la mentalidad de la población masculina, un proceso que se encuentra actualmente en marcha.

55.Por lo que se refiere a la cuestión de si la mujer denunciaría la violencia si tiene que volver a encontrarse en una posición de víctima debido al proceso judicial, la oradora dice que todos los procedimientos relativos a la violación y la violencia sexual están cerrados al público general y los procedimientos se mantienen tan breves y simples como es posible. Por supuesto que las víctimas tienen que testificar, pero no se les exige que repitan su testimonio numerosas veces. Los informes de los medios de comunicación no pueden mencionar el nombre de una víctima y dar ninguna información que permita identificarla. Solamente ofreciendo a las mujeres este tipo de seguridades se les puede alentar a que informen sobre los casos de violación y violencia. Sin prisa pero sin pausa, las mujeres son cada vez más conscientes de sus derechos, y ya no creen que merezcan recibir una paliza. No hay ninguna necesidad de promulgar una ley especial sobre la violencia en la familia, ya que la ley penal y la ley familiar regulan conjuntamente todas las cuestiones relacionadas con la violencia doméstica. Los delitos penales caracterizados como violencia familiar oscilan desde la violencia física hasta el abuso mental, la violación, la violación en el matrimonio, el hostigamiento sexual y el abuso. Todavía es necesario ofrecer a los jueces y a los fiscales una capacitación especial a fin de que los tribunales apliquen la nueva legislación, especialmente en la esfera de las sentencias. La tasa de casos de culpabilidad del 37% que ha sido mencionada anteriormente es incorrecta. Las cifras solicitadas para el grupo de entre 15 y 65 años de edad se proporcionarán en una fecha próxima. La recopilación de estadísticas que tengan en cuenta las cuestiones de género facilitará la presentación de informes en el futuro, ya que será posible establecer categorías de las víctimas, por ejemplo, por grupos de edad. Se necesitan fondos a fin de obtener la tecnología de la información necesaria para realizar estos métodos.

56.Las respuestas de Serbia a la lista de cuestiones y preguntas describen las actividades encaminadas a eliminar los estereotipos de los manuales, los planes de estudios y los programas de estudio. La degradación de las mujeres en los planes de estudios y los programas de estudio no constituye un grave problema en general. Sin embargo, es preciso prestar una mayor atención a la discriminación positiva, es decir, obtener un mayor reconocimiento del cometido de la mujer en la historia, la cultura, las artes, la literatura y otros terrenos. La educación cívica debe incluir la función de la mujer como parte de un nuevo concepto democrático. La violencia contra la mujer es un problema urgente en Serbia como lo es en todas partes. Se están ofreciendo cursos de capacitación a los fiscales, la policía y los trabajadores de salud. Hay docenas de lugares de acogida pero ninguno está gestionado por el Estado y dependen de las organizaciones locales. A algunas de ellas se les ha ofrecido asistencia financiera, pero es preciso abordar el problema sistemáticamente en el marco de la estrategia nacional para combatir la violencia. A este respecto, se tiene pensado convocar una conferencia nacional multidisciplinaria en la que participen todos los ministerios pertinentes, los medios de comunicación y la Oficina de Estadísticas. Se espera que la conferencia aporte un panorama general de las necesidades y orientaciones futuras, y proponga medidas adecuadas a la gravedad del problema. Debe haber una obligación de reintegrar a las víctimas y a los autores de los delitos a una vida social normal.

Se levanta la sesión a las13.05 horas