35° período de sesiones

Acta resumida de la 732ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 24 de mayo de 2006, a las 15.00 horas

Presidente:Sra. Manalo

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial y segundo informe periódico combinados de Malasia (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial y segundo informe periódico combinados de Malasia (continuación) (CEDAW/C/MYS/1 y 2, CEDAW/C/MYS/Q/2 y Add.1)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Malasia toman asiento a la mesa del Comité.

Artículo 11 (continuación)

La Sra. Faizah Mohd Tahir (Malasia), en respuesta a las preguntas formuladas en la sesión anterior, dice que el Gobierno, a fin de alentar a las mujeres a ingresar en la fuerza laboral, especialmente a nivel profesional y ejecutivo, está ayudando a que las mujeres desempeñen sus múltiples papeles, instituyendo disposiciones de trabajo adaptables, como el trabajo en el hogar, el trabajo a jornada parcial y los horarios flexibles, está ofreciendo programas de capacitación y está proporcionando guarderías infantiles. Los incentivos del Gobierno a los empleadores del sector público y las exenciones impositivas ofrecidas a empleadores del sector privado para establecer guarderías infantiles en el lugar de trabajo no suscitaron respuestas apreciables; tras celebrar consultas, se están formulando nuevas propuestas. El Ministerio de la Mujer, la Familia y el Desarrollo Comunitario propuso también establecer guarderías en centros de la comunidad en beneficio de las familias de bajos ingresos; esos centros estarían bajo la dirección de organizaciones no gubernamentales, con subsidios y asistencia financiera del Gobierno. Hasta el momento, se han establecido 10 centros comunitarios.

En la investigación realizada acerca de la falta de concordancia entre las calificaciones académicas de las mujeres y las oportunidades de empleo de que disponen se puso de manifiesto desde un principio que, aun cuando las mujeres puedan tener mayores calificaciones que los hombres, los empleadores del sector privado prefieren contratar a hombres porque piensan que trabajarán más independientemente. No obstante, esto no ocurre en el sector público.

El Sr. Mohd Radzi Harun (Malasia) dice que la más reciente prueba del compromiso del Gobierno en pro de proteger los derechos de las trabajadoras domésticas extranjeras fue el Memorando de Entendimiento concertado después de dos años de negociaciones bilaterales con Indonesia, que rige las condiciones de trabajo, entre ellas, horas de descanso, vivienda digna, alimentos, atención médica e indemnización por accidentes de trabajo, y que estipula que antes de comenzar a trabajar, debe existir un contrato jurídicamente vinculante firmado entre el empleador y la empleada. Cualquier instancia de malos tratos a las trabajadoras domésticas se tramita con arreglo al Código Penal de Malasia.

El Sr. Aminuddin bin Ab. Rahman (Malasia) dice que los trabajadores inmigrantes, al igual que todos los demás trabajadores, están amparados por la legislación laboral del país, es decir, la Ley de Empleo de 1955, la Ley de Relaciones Industriales de 1967 y la Ley de Indemnización por Accidentes de Trabajo de 1952. Esta última incluye un plan especial que requiere que los empleadores aseguren a cualquier trabajador inmigrante que no sea residente permanente contra accidentes de trabajo y prevean la repatriación de los impedidos. En el próximo informe periódico se incluirán estadísticas sobre el número de denuncias presentadas por trabajadores inmigrantes. El Ministerio de Recursos Humanos realiza inspecciones periódicas en los lugares de trabajo e investiga regularmente las denuncias presentadas por trabajadores inmigrantes, para asegurar que los empleadores cumplan con las leyes laborales y con las reglamentaciones industriales.

La Sra. Faizah Mohd Tahir (Malasia) dice que los hombres y las mujeres reciben las mismas prestaciones de pensiones públicas, aun cuando el importe depende de la cantidad de años de servicio. En cuanto a las prestaciones por maternidad, las mujeres que reciben jornales diarios tienen derecho a una prestación diaria de maternidad, mientras que las trabajadoras que reciben un sueldo regular tienen derecho a prestaciones mensuales de maternidad. Malasia no proporciona incentivos a las pequeñas empresas para que efectúen contribuciones a las prestaciones de maternidad y la oradora desearía recibir más información con respecto al modelo alemán que se mencionó.

La Sra. Shin observa que el Memorando de Entendimiento resolvió varias de las cuestiones básicas que afectan a los trabajadores migratorios, al obligar al empleador a firmar un contrato con el empleado y no con la agencia de colocaciones, como sucedía antes. Sin embargo, la oradora se pregunta qué disposición contiene el nuevo Memorando para vigilar el comportamiento del empleador y si posibilita que una trabajadora doméstica extranjera que presenta una denuncia a la policía porque el empleador la hace objeto de acoso o violencia puede cambiar de empleador, incluso durante la investigación y el enjuiciamiento de su caso, que puede insumir mucho tiempo. Los tres albergues de organizaciones no gubernamentales disponibles para las víctimas de violencia doméstica no bastan para alojar a esas mujeres. Sería interesante saber si se informa a las trabajadoras domésticas extranjeras sobre sus derechos antes de que firmen un contrato y si se les dan números telefónicos para que recurran en caso de emergencia.

La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta cómo están protegidas las trabajadoras migratorias cuando no las amparan acuerdos de Gobierno a Gobierno como el mencionado.

El Sr. Mohd Radzi Harun (Malasia) dice que incluso cuando una trabajadora doméstica ha presentado a la policía una denuncia contra su empleador, no puede cambiar de empleador debido a que su permiso de trabajo es específico para dicho empleador. Los oficiales de migración vigilan de tiempo en tiempo el comportamiento de los empleadores y el Departamento de Inmigración archiva una copia del contrato celebrado entre el empleador y la empleada. Dado que el Memorando de Entendimiento especifica vínculos entre los dos Gobiernos por conducto de la representación diplomática de Indonesia en Malasia, se ha establecido un mecanismo oficial con respecto a los números telefónicos para establecer contacto en caso de emergencia.

Artículo 12

La Sra. Tavares da Silva observa que, si bien el informe indica que el acceso de las mujeres a los servicios de salud es en general bueno, el Comité recibió información externa según la cual las mujeres jóvenes tropiezan con dificultades para recibir información sobre salud sexual y reproductiva y, en consecuencia, recurren en grandes cantidades al aborto. La oradora pregunta si la educación sexual es efectiva y obligatoria en Malasia, si las jóvenes tienen acceso a esa educación y a los servicios de salud reproductiva, y si hay limitaciones culturales que condicionan las vidas de las mujeres y podrían afectar la aplicación de las políticas y estrategias gubernamentales. Teniendo presente que hubo un pronunciado aumento en la cantidad de hombres afectados por el VIH/SIDA, y que casi la mitad de las mujeres infectadas hasta el momento son amas de casa, también tiene importancia crucial que el Gobierno sensibilice a los hombres con respecto a su responsabilidad sexual.

La Sra. Coker-Appiah observa que, si bien Malasia ofrece servicios de salud en varias esferas, la cuestión es si esos servicios son accesibles a todos dado su costo o debido a factores culturales. Aparentemente no se dispone de datos suficientes, pero el Gobierno debería seguir recopilando estadísticas a fin de poder vigilar la situación. Aun cuando las medidas propuestas para privatizar los servicios de salud tuvieran éxito, no queda claro si la población vulnerable seguiría teniendo acceso a esos servicios, habida cuenta de las consideraciones de lucro. No se ha proporcionado información suficiente acerca de lo que el propio Gobierno está haciendo para asegurar contratos de empleo estandarizados y equitativos que estipulen el acceso a servicios de salud, además de horas regulares de trabajo y otras condiciones, para todas las trabajadoras domésticas extranjeras.

La Sra. Pimentel dice que apreciaría recibir mayores detalles acerca de las acciones oficiales para mejorar los servicios de planificación de la familia introduciendo el uso de métodos anticonceptivos modernos y eliminando las restricciones para darle publicidad. La oradora también pregunta qué está haciendo el Gobierno a fin de eliminar el desigual acceso a los servicios de planificación de la familia debido a la ubicación geográfica, la edad o la nacionalidad; para reducir el número de defunciones debidas a abortos realizados en malas condiciones y velar por la aplicación práctica de las excepciones previstas en las leyes a fin de permitir el aborto por razones de salud; para investigar la más alta incidencia de las defunciones derivadas de la maternidad en los grupos vulnerables; para aplicar las políticas existentes sobre salud reproductiva de los adolescentes y mejorar el acceso de los adolescentes a los servicios de planificación de la familia; y para mejorar la calidad de la educación sexual en las escuelas.

La Sra. Hajjah Rosnah bt. Hj. Ismail (Malasia) reconoce que hay escasez de información sobre las necesidades de los adolescentes en materia de salud y dice que, en los últimos cinco años, se han establecido en centros de salud de todo el país clínicas especiales para adolescentes, como parte de la mayor atención primaria de la salud. En esas clínicas se imparte educación sexual a los adolescentes y lo propio se hace en las escuelas, conjuntamente con el Ministerio de Educación.

El programa de creación de conciencia sobre el VIH/SIDA responde a las necesidades tanto de los hombres como de las mujeres. Se están adoptando medidas para impedir la transmisión del VIH/SIDA de la madre al niño, inclusive servicios de detección en las embarazadas y provisión de información sobre los efectos de la infección y las vías de transmisión. Además, una vez se escogió como tema de la Campaña para Estilos de Vida Saludables “Las mujeres y el VIH”.

Es necesario contar con más datos sobre la accesibilidad de los servicios de salud. Se estableció el Sistema de Información sobre Gestión de Servicios de Salud con el propósito de recopilar datos a nivel de distrito, de estado y nacional, y se prevé recopilar datos desagregados por género.

Los trabajadores extranjeros deben pagar honorarios por los servicios de salud, pero tienen derecho a recibir tratamiento de emergencia por razones humanitarias. No obstante, debido al alto costo de los servicios de salud, en el futuro al ingresar los trabajadores extranjeros en el país se efectuarán reconocimientos médicos y si su estado de salud es insatisfactorio, serán repatriados.

Al llevar a cabo la privatización, se hará todo lo posible para salvaguardar el acceso de los grupos vulnerables a los servicios de salud. El gasto en salud es muy alto: el Ministerio de Salud ocupa el tercer lugar por orden de magnitud del gasto entre todos los ministerios gubernamentales. Hasta la fecha, los servicios de salud han sido muy subsidiados, pero en el futuro probablemente se esperará que quienes puedan costearlos los sufragan de su propio bolsillo.

Con respecto a cuestiones de planificación de la familia, la oradora dice que es muy pequeña la proporción de abortos que causan la muerte de la madre.

La Sra. Faizah Mohd Tahir (Malasia) dice que el Gobierno, por conducto de la Junta Nacional de Población y Desarrollo de la Familia, ha establecido en todo el país 50 clínicas que ofrecen acceso a métodos modernos de planificación de la familia. Dentro de poco se introducirán en las escuelas guías nacionales sobre educación sexual.

La Sra. Hajjah Rosnah bt. Hj. Ismail (Malasia) dice que se está tratando de reducir la mortalidad derivada de la maternidad en virtud de la Iniciativa de Maternidad sin Riesgo. Se han establecido grandes cantidades de centros alternativos de maternidad, con equipo perfeccionado y personal sumamente capacitado. La introducción de registros de la atención en el hogar mejoró la continuidad de la atención de las embarazadas. También se estableció un sistema confidencial de investigación para determinar las causas de las defunciones de madres.

Artículo 14

La Sra. Zou dice que es lamentable que los datos que figuran en el informe sobre las campesinas daten mayormente de 1995. En circunstancias de creciente globalización, las cuestiones que afectan a las campesinas probablemente han de haber cambiado mucho desde entonces. Dado que una décima parte de los hogares rurales aún viven por debajo del límite de pobreza, la oradora recibirá con agrado información sobre cualesquiera medidas adoptadas para erradicar la pobreza en las zonas rurales y sobre la cantidad de hombres y mujeres que se beneficiaron con el programa de mitigación de la pobreza mencionado en el informe. La oradora también pregunta si también las mujeres se han de incluir en la lista del Gobierno sobre extrema pobreza, a fin de tener acceso al crédito. Por último, pregunta si las campesinas tienen fácil acceso a establecimientos de salud, a servicios de planificación de la familia y a información sobre prevención del VIH/SIDA; y si las mujeres víctimas de violencia doméstica tienen derecho a recibir asistencia jurídica.

La Sra. Tan dice que la gran cantidad de campesinas descritas como “trabajadoras en el hogar no remuneradas” están sujetas a una forma de explotación al no recibir remuneración. Desearía saber qué medidas se están adoptando para asegurar que esas mujeres reciban paga por su trabajo. También pregunta si el Gobierno les proporciona prestaciones de seguridad social y, de no ser así, si el Gobierno tiene la intención de hacerlo. La oradora señala la limitada participación de las mujeres en la adopción de decisiones en las organizaciones rurales y pregunta si el Gobierno ha adoptado medidas para ayudar a las campesinas a formar sus propias asociaciones, con miras a abordar cuestiones comunes que las afectan, como el control de los recursos y el desarrollo de la aldea.

La oradora pregunta si hay en las zonas rurales suficientes centros de crisis que proporcionen diversos servicios para la asistencia a las víctimas de violación y otras formas de violencia y, de no ser así, qué prevé hacer el Gobierno para ofrecer los servicios necesarios.

La información sobre la comunidad de Sabah recibida independientemente indica que, con arreglo a las leyes tradicionales, tras el fallecimiento de su esposo la mujer no tiene ningún derecho como cónyuge supérstite y no puede reclamar bienes gananciales adquiridos por uno u otro miembro de la sociedad conyugal durante el matrimonio. La oradora desearía saber si se han estudiado los efectos de esas leyes sobre las vidas de las viudas en la comunidad.

La Sra. Shin pregunta qué criterios se utilizan para calcular la participación en la fuerza laboral. Dado que la participación de las campesinas (43,8% en 2000) es algo menor que la participación femenina en general, pregunta si en aquella cantidad se excluye a los miembros de la familia que trabajan a jornada parcial y sin remuneración en sus propias parcelas agrícolas.

La oradora pregunta si una esposa que trabaja a jornada parcial en una parcela familiar tiene derecho a afiliarse a la Asociación Nacional de Agricultores cuando su esposo ya es miembro y si se están adoptando medidas para alentar a las mujeres a ingresar como miembros de la Asociación y a asumir puestos de liderazgo en ella.

La oradora elogia los esfuerzos del Estado parte por mejorar la enseñanza de oficios y la capacitación en liderazgo en beneficio de las campesinas y pregunta si se toma en cuenta la perspectiva de género al impartir esa capacitación y también en la formación de instructores.

La Sra. Faizah Mohd Tahir (Malasia) dice que se está tratando de tomar en cuenta la situación de las campesinas al recopilar datos desagregados por género, pero que aún no se dispone de datos completos. El Gobierno ha introducido varias medidas encaminadas a mitigar la pobreza de las campesinas, por ejemplo, alentándolas a participar en actividades económicas, impartiendo capacitación en tecnología de la información y otras aptitudes, e impartiendo cursos sobre salud, higiene y cuestiones sociales, como la creación de conciencia sobre las drogas. Las campesinas pueden obtener préstamos del Gobierno. Las que figuran en la lista de extrema pobreza compilada por el Ministerio de Desarrollo Rural y Regional también tienen acceso a la asistencia del Gobierno.

Actualmente no hay planes para introducir prestaciones de seguridad social en beneficio de trabajadoras en el hogar no remuneradas. Su delegación agradecería recibir asesoramiento del Comité al respecto. En 2004, las mujeres representaban un 26% de los miembros de la Organización de Agricultores de Zona, pero sólo el 6% de los miembros de la Junta de Directores. Hasta la fecha, no se han estudiado los efectos de las leyes consuetudinarias sobre las viudas.

El Ministerio de la Mujer, la Familia y el Desarrollo Comunitario está ofreciendo programas de enseñanza de oficios y capacitación para el liderazgo en beneficio de las mujeres, por conducto de los Consejos para el Desarrollo de la Mujer y la Familia establecidos en todo el país. La oradora no tiene ante sí los detalles del método de cálculo de la participación en la fuerza laboral pero tiene la impresión de que ese método no toma en cuenta a las trabajadoras en el hogar no remuneradas.

La Sra. Hajjah Rosnah bt. Hj. Ismail (Malasia) dice que, a lo largo de los años, se han llevado los servicios de planificación de la familia a muchas zonas rurales y que estos servicios se están integrando cada vez más en los centros de salud y las clínicas comunitarias de todo el país. En todos los hospitales a escala de estado y de distrito se dispone de centros que atienden las múltiples necesidades de las personas en crisis.

Artículos 15 y 16

La Sra. Bokpe-Gnacadja expresa preocupación con respecto al proyecto de enmienda a la Ley sobre el Derecho de la Familia Islámica (Territorios Federales) (Enmienda) de 2005. Permitir a un esposo polígamo que despoje de sus bienes a su esposa o esposas existentes y utilice los bienes matrimoniales gananciales para sufragar la dote de una nueva esposa constriñe implícitamente a estas mujeres a optar entre recibir prestaciones alimentarias o dividir los bienes gananciales. La oradora pregunta por qué las mujeres no tienen el derecho correlativo de tener más de un esposo. Es inquietante que las nuevas disposiciones refuercen el derecho del hombre al contraer un matrimonio polígamo cuando un tribunal dictamina que es “justo o necesario”, en que la palabra “o” reemplaza a la palabra “y” (CEDAW/C/MYS/1-2, párr. 405). La oradora pregunta por qué razón se ha efectuado ese cambio. El Estado parte debería proporcionar detalles acerca de las leyes y procedimientos introducidos por el Gobierno para combatir la práctica de la poligamia. Al parecer, las nuevas disposiciones dificultan el ejercicio del control y crean mayor posibilidad de abuso.

Aun cuando la Constitución estipula la igualdad ante la ley, la oradora pregunta cuál es la situación de facto. Por ejemplo, si un esposo no musulmán se convierte a la religión islámica, convierte a sus hijos y contrae matrimonio con una segunda esposa que es musulmana, ¿en qué situación queda el primer matrimonio frente a un tribunal islámico? El Estado parte debería indicar de qué soluciones jurídicas dispone la primera esposa si se presenta ante los tribunales solicitando la patria potestad sobre sus hijos, dado que el Código Civil no tiene jurisdicción respecto de los casos que entrañan la conversión al islamismo. Es preciso que esas cuestiones se resuelvan con urgencia.

La Sra. Tan, refiriéndose al párrafo 380 del informe del Estado parte, pregunta si se ha registrado alguna tendencia discernible a reducir la discriminación contra la mujer en el marco de las relaciones familiares, particularmente como resultado de programas, entre ellos SMARTSTART y la capacitación en desarrollo de la familia que conduce la Junta Nacional de Población y Desarrollo de la Familia (CEDAW/C/MYS/Q/2/Add.1, pág. 29). Es preciso cambiar la mentalidad reinante, como requisito previo para que exista la igualdad en los hechos. Con respecto a la edad mínima para contraer matrimonio, la oradora pregunta si el Gobierno está adoptando medidas para eliminar sus reservas al artículo 16, párrafos 1 a) y 2) de la Convención, con miras a establecer la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años, sin excepciones, para ambos sexos. Esa medida posibilitaría que las niñas y las jóvenes adelanten mediante la educación y el empleo, fortaleciendo así su independencia económica y mejorando su poder de negociación dentro del matrimonio. La dependencia económica es un importante factor que impide que las mujeres se alejen de un matrimonio conflictivo o abusivo y comiencen una nueva vida.

La Sra. Nizam Zakaria (Malasia) dice que la retroinformación proporcionada por los estados de Malasia que aplicaron el modelo legislativo de la Ley sobre el Derecho de la Familia Islámica indican que no hay discriminación contra la mujer y que el código cherámico se administra con mucha más eficiencia con respecto a los casos de problemas de familia. El esposo no tiene una ventaja injusta al reclamar una parte de los bienes gananciales. Históricamente, los harta sepenc a rian (bienes gananciales) se basaron en prácticas consuetudinarias y no en el derecho islámico. Según estas prácticas, los bienes adquiridos exclusivamente por la esposa durante el matrimonio no se consideran bienes gananciales. Se considera que la contribución de la esposa al cuidado de la familia y el hogar y su participación en cualesquiera otras cuestiones relativas a la adquisición de bienes son acciones conjuntas; la esposa tiene derecho a reclamar su parte de los bienes aun cuando no haya obtenido ingresos por su trabajo. La contribución del esposo al cuidado de la familia y del hogar no se considerará una actividad conjunta; en consecuencia, el esposo no puede reclamar ninguna parte de los bienes de la esposa si ésta es la única persona que ha trabajado. Por otra parte, la contribución del esposo a una mejora en los bienes de la esposa se considerará una actividad conjunta, y por consiguiente, el esposo tiene derecho a reclamar una parte del bien de propiedad conjunta. Si el esposo no introdujo ninguna mejora, no tendrá derecho a bienes que ya pertenecían a su esposa antes de contraer matrimonio.

Con respecto a la preocupación planteada en lo concerniente al uso de las palabras “justo o necesario” con relación al matrimonio polígamo, la oradora dice que la palabra “justo” no tiene intención de denotar el concepto de justicia establecido en el derecho islámico.

La Sra. Azailiza Mohd Ahad (Malasia), refiriéndose a las enmiendas a la Ley de Reforma de la Ley de Matrimonio y Divorcio de 1976, dice que se estableció un comité que depende de la Oficina del Ministro de Justicia, encargado de considerar, entre otras cosas, la edad al contraer matrimonio, los problemas dimanados de la conversión al islamismo o a otra religión, la disolución del matrimonio debido a la conversión y las consecuentes soluciones disponibles en esos casos. El Gobierno reconoce que las cuestiones relativas a la conversión son complejas y delicadas y, habida cuenta de los sentimientos expresados por diversos grupos al respecto, está adoptando medidas para velar por que dichas cuestiones se enfoquen de manera integral, a fin de evitar la insatisfacción de la comunidad de Malasia.

La Sra. Simms se refiere a los bienes gananciales y pregunta por qué razón la contribución de un esposo al cuidado de la familia no se valora tanto como la de su esposa. Esa desigualdad en el trato es equiparable a una discriminación contra el hombre. El Estado parte debería indicar claramente qué es lo que constituye un bien ganancial, particularmente en casos de familias pobres cuyos miembros del sexo femenino no pueden contribuir a la compra de tierras. Es motivo de preocupación que los bienes recibidos por un esposo como regalo de su familia antes de su matrimonio no formen parte de los bienes gananciales, dado que esa situación deja a la esposa en una posición de debilidad. La cuestión de los bienes gananciales también introduce mucha confusión en lo atinente a la poligamia.

Sería útil que se proporcionara un análisis de la influencia de los factores socioeconómicos y de otra índole sobre la edad al contraer matrimonio, en particular con respecto al matrimonio precoz. El hecho de que niñas de entre 10 y 14 años de edad puedan contraer matrimonio es enteramente inaceptable. Al respecto, la oradora pregunta cuál es la edad de consentimiento para las relaciones sexuales, y si el concepto de estupro está incorporado en la legislación de Malasia, dado que los hombres adultos que contraen matrimonio con niñas deben ser considerados perpetradores de abusos y no esposos. El Estado parte debería indicar qué programas se han establecido a fin de proteger a las niñas que quedan embarazadas mientras asisten a la escuela, particularmente dado que se permite que los adolescentes varones responsables prosigan su educación, y podría considerarse que esa situación constituye discriminación. Sería interesante saber qué factores influyen sobre la decisión de esas niñas de abandonar la escuela —por ejemplo, el estigma a que está sujeto el embarazo fuera del matrimonio— y la importancia relativa de cada uno de esos factores, particularmente entre grupos étnicos minoritarios. Ni las prácticas religiosas ni la legislación gubernamental deberían infringir el derecho de los niños a ser niños.

La Sra. Schöpp-Schilling expresa su alarma frente a las cifras correspondientes al matrimonio, el divorcio y la separación de niñas de 10 a 14 años de edad. En su próximo informe periódico, el Estado parte debería proporcionar un desglose porcentual de las mujeres casadas, por edad al contraer matrimonio. Dada la preocupación de que el matrimonio precoz podría inducir a las adolescentes a abandonar sus estudios, sería útil contar con información que correlacionara la edad de las jóvenes al contraer matrimonio con su nivel educacional e indicara que proporción de esas mujeres continúan sus estudios después de haber contraído matrimonio.

La Sra. Tavares da Silva dice que la confunde el debate sobre las ambigüedades del derecho islámico de la familia y le preocupa que tanto el Comité como las organizaciones no gubernamentales hayan tenido dificultades para comprender las disposiciones de esas leyes. Al respecto, la oradora pregunta si se ha informado debidamente a los jueces de Malasia acerca de las implicaciones y posibles interpretaciones de las leyes y sus enmiendas, o si es probable que ellos también interpreten las leyes erróneamente. El Gobierno debía tomar en cuenta ese riesgo de interpretación errónea.

La Sra. Bokpe-Gnacadja, refiriéndose al proyecto de enmienda a la Ley sobre el Derecho de la Familia Islámica (Territorios Federales) (Enmienda) de 2005, desea aclarar que lo que le preocupa no es la interpretación de la palabra "justo”; lo que le preocupa, en cambio, es que se haya reemplazado la palabra “y” por la palabra “o” en la frase “El tribunal puede otorgar permiso para la poligamia si le satisfacen las pruebas de que el matrimonio propuesto es justo y necesario” (anexo IX a las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas, párr. iii)), pues al parecer facilita la poligamia para los hombres. Su preocupación con respecto a los bienes gananciales es que los jueces deberían comprender más claramente cuáles son los componentes de los bienes gananciales.

La Sra. Coker-Appiah se suma a las preocupaciones expresadas por la oradora anterior y pregunta si las leyes islámicas protegen el derecho de una esposa no musulmana cuyo esposo decide convertirse al islamismo. Es motivo de particular preocupación que los tribunales no tengan jurisdicción sobre temas relativos a los hijos cuando uno de los cónyuges está sujeto al derecho islámico.

La Sra. Tan dice que la disposición de la Ley sobre el Derecho de la Familia Islámica que establece que la madre es la persona más adecuada para cuidar a su hijo, mientras que la patria potestad se confiere al padre, parecería ser discriminatoria, dado que deniega a la mujer el derecho de patria potestad sobre sus hijos. Al respecto, la oradora pregunta si los 11 estados de Malasia que aún no han aprobado la Ley sobre la Tutela de los Hijos Menores de 1961 podrán aprobarla en la forma enmendada.

La Sra. Azailiza Mohd Ahad (Malasia) dice que el proyecto de enmienda a la Ley sobre el Derecho de la Familia Islámica (Territorios Federales) (Enmienda) de 2005 contiene disposiciones para ampliar la protección de las mujeres, pero que tales disposiciones no siempre están claramente enunciadas. Se está revisando la redacción a fin de eliminar cualquier ambigüedad. Con respecto a que los tribunales otorgarían permiso para un matrimonio polígamo si estuvieran satisfechos con las pruebas de que el matrimonio propuesto es “justo y necesario”, se eliminó la palabra “y” debido a que se consideró que el concepto de “justo” es más riguroso que “justo y necesario” y, por consiguiente, es más difícil de probar.

En respuesta a la pregunta relativa a la enmienda a la Ley sobre la Tutela de los Hijos Menores de 1961 (Ley 351), el Gobierno involucró a los 11 estados del país en el proceso de consulta y hasta la fecha, sólo cuatro han aprobado la Ley.

La Sra. Faizah Mohd Tahir (Malasia) dice que su delegación comparte la preocupación del Comité acerca de que se permite que las niñas de entre 10 y 14 años de edad contraigan matrimonio. Sin embargo, desea señalar que la edad media en que se contrae matrimonio es mucho mayor. Con respecto a la tasa de abandono escolar, es pequeño el porcentaje de niñas que abandonan la escuela, por lo general debido a razones socioeconómicas o al embarazo. El Gobierno está adoptando medidas para introducir programas de educación sexual en las escuelas y mejorar la condición socioeconómica de las familias afectadas.

La Sra. Shin recomienda que en el próximo informe periódico, los datos sobre edad al contraer matrimonio por nivel de escolarización incluyan estadísticas para zonas tanto rurales como urbanas. Señala que no ha recibido una cabal respuesta a su pregunta y desea saber si las trabajadoras agrícolas no remuneradas tienen derecho a ingresar como miembros de la Asociación Nacional de Agricultores. También agradecería recibir una respuesta a su pregunta sobre si se toma en cuenta la perspectiva de género en la formación de instructores para la enseñanza de oficios y los cursos de liderazgo.

La Sra. Schöpp-Schilling señala que, si bien es difícil alentar a los empleadores a que establezcan guarderías infantiles, las compañías podrían “adquirir lugares para niños” en guarderías públicas. La oradora exhorta al Gobierno a que mejore la imagen de esos centros, que a menudo son considerados de inferior nivel y aptos sólo para familias de bajos ingresos.

La Sra. Pimentel desea recibir aclaraciones con respecto a la interpretación por el Estado parte de la violación en el matrimonio. La propuesta adición al Código Penal no se refiere a la violación en el matrimonio, sino a que un esposo amenace a su esposa con actos de violencia física si se niega a tener relaciones sexuales. A juicio de la delegación, ¿se trataría de conceptos equivalentes?

El Comité expresó preocupación con respecto a la falta de acceso a servicios de aborto en condiciones de seguridad y señaló que la falta de acceso a servicios de planificación de la familia y las leyes que restringen el aborto suelen coincidir con la prevalencia de abortos realizados en malas condiciones y altas tasas de mortalidad derivadas de la maternidad. Por consiguiente, sería útil saber si el Gobierno está adoptando medidas para liberalizar las leyes relativas al aborto.

La Sra. Tavares da Silva desea saber si la enmienda propuesta al Código Penal considera como delito el acto de la violación o el uso de la fuerza por parte del esposo.

La Sra. Azailiza Mohd Ahad (Malasia) dice que la delegación no tiene información sobre si las mujeres ingresar como miembros de la Asociación Nacional de Agricultores, pero que en el informe periódico siguiente se incluirá la información pertinente. Con respecto a la incorporación de las perspectivas de género en la formación de instructores de enseñanza de oficios y cursos de liderazgo, el Ministerio de Desarrollo Rural y Regional está efectuando investigaciones al respecto. La oradora toma nota de las observaciones con respecto a las guarderías infantiles y acoge con agrado la sugerencia de que las compañías subsidien el cuidado de los niños en centros públicos, en lugar de crear guarderías en sus establecimientos. La oradora también desea aclarar que las guarderías comunitarias están abiertas a todos, pero las familias de bajos ingresos reciben subsidios del Gobierno.

El Sr. Ahmed Razig Mohd Sidek (Malasia) dice que, después de considerar a fondo la cuestión, el Comité Parlamentario Selecto llegó a la conclusión de que la violación en el matrimonio no puede considerarse un delito, puesto que ello infringiría el derecho islámico. Como solución de transacción, el Comité Selecto propuso que infligir violencia física o amenazar con ella a la esposa a fin de obligarla a tener relaciones sexuales constituye un delito.

La Sra. Rosnah Ismail (Malasia) dice que el aborto es ilegal, salvo cuando corre peligro la vida de la madre o el niño padece graves anormalidades congénitas. Las estadísticas indican que la mortalidad de las madres debida al aborto está, en verdad, disminuyendo.

La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, dice que al parecer el Gobierno está haciendo un sincero esfuerzo por superar las actitudes patriarcales presentes en la sociedad de Malasia. Por otra parte, exhorta al Estado parte a dejar sin efecto sus reservas con respecto a los artículos 15 y 16 de la Convención y a establecer un mecanismo en todo el país para la formulación y aplicación de políticas y leyes que defiendan los derechos humanos básicos de las mujeres de Malasia.

Con respecto a las actuales reformas legislativas, es imprescindible que se tipifique de inmediato como delito la trata de personas. Asimismo, el Estado parte debería aprobar una ley que defina la discriminación y asegure la igualdad de la mujer; sería útil adoptar con carácter transitorio medidas especiales y de “acción afirmativa” en cuestiones en que las mujeres siguen en situación desventajosa, como la política y la educación. Además, es necesario sensibilizar a los jueces con respecto a la Convención y su aplicación. Finalmente, la oradora exhorta al Gobierno a formular políticas y leyes que garanticen los derechos humanos básicos de las mujeres trabajadoras migratorias.

Con respecto a los servicios de salud, cabe elogiar al Gobierno por su programa sobre el VIH/SIDA. Por otra parte, dado el vínculo entre el aborto ilegal y la mortalidad derivada de la maternidad, sería necesario que se revisaran las leyes sobre el aborto. Además, el Gobierno debería establecer un programa para ofrecer servicios de salud a las personas en situación desventajosa.

Por último, la oradora agradecería recibir datos más recientes sobre la situación de las campesinas.

La Sra. Faizah Mohd Tahir (Malasia) dice que su Gobierno está plenamente comprometido en pro de asegurar la total protección de los trabajadores migratorios y que se ha establecido en el Gabinete nacional un comité sobre trabajadores migratorios. Su delegación toma nota de las recomendaciones de la Presidenta y hará todo lo posible para promover leyes y políticas sensibles a las cuestiones de género.

Se levanta la sesión a las 17.20 horas.