39° período de sesiones

Acta resumida de la 793ª sesión (Sala B)

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 24de julio de 2007, a las 10.00 horas

President a :Sra. Dairiam (Relatora)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención

Cuarto informe periódico de Estonia

En ausencia de la Sra. Šimonović, la Sra. Dairiam, Relatora, ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención

Cuarto informe periódico de Estonia (CEDAW/C/EST/4; CEDAW/C/EST/Q/4 y Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Estonia toma asiento a la mesa del Comité .

2.La Sra. Kaljurand (Estonia), presentando el cuarto informe periódico de Estonia (CEDAW/C/EST/4), dice que uno de los acontecimientos más importantes desde la presentación de los informes periódicos inicial, segundo y tercero combinados (CEDAW/C/EST/1-3) fue la entrada en vigor, el 1º de mayo de 2004, de la Ley sobre la igualdad de género. La Ley prohíbe la discriminación por motivo de género en los sectores público y privado y da derecho a las víctimas de discriminación a presentar reclamaciones por daños y perjuicios. También obliga a todas las entidades públicas de nivel central y local a aplicar estrategias de integración de la perspectiva de género.

3.A pesar de que el Gobierno aún no ha elaborado un plan de acción único y unificado para la promoción de la igualdad entre los géneros, se han incorporado medidas pertinentes en una serie de documentos normativos, incluidos el plan de acción estratégico del Ministerio de Asuntos Sociales y la estrategia presupuestaria del Estado. Por otro lado, se han llevado a cabo diversas actividades con el fin de aplicar una estrategia de integración de la perspectiva de género: se ha impartido formación adecuada a los funcionarios públicos y de la rama de gobierno local y se ha creado una base de datos en línea de recursos técnicos. El Gobierno publica boletines estadísticos anuales en los que se analiza la situación de la mujer y el hombre en diversas esferas, y se llevan a cabo encuestas sobre la igualdad entre los géneros, cuyos resultados se ponen en conocimiento del público a través de Internet. Con el fin de mejorar la sensibilización del público con respecto a las cuestiones relacionadas con la mujer, se ha publicado y distribuido material informativo sobre ese tema, en el que se abordan la terminología básica y los problemas más importantes.

4.Refiriéndose a las instituciones nacionales para el adelanto de la mujer, dice que el Departamento de Igualdad de Género (anteriormente Oficina de Igualdad entre los Géneros) se ocupa de todas las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros. El Departamento tiene a su servicio a siete funcionarios públicos y recibe apoyo de los Departamentos de Información y de Análisis de Políticas Sociales y Laborales del Ministerio de Asuntos Sociales. Atendiendo a las inquietudes expresadas por el Comité en sus observaciones finales sobre los informes periódicos inicial, segundo y tercero combinados, se han desplegado grandes esfuerzos para fortalecer los mecanismos nacionales, aunque es mucho lo que queda por hacer. La falta de experiencia pertinente plantea especiales dificultades.

5.En octubre de 2005 se nombró una Comisionada sobre Igualdad de Géneros, encargada de supervisar el cumplimiento de la Ley sobre la igualdad de género, dar curso a las reclamaciones pertinentes y emitir opiniones. Además, las víctimas de discriminación por motivo de género tienen derecho a presentar reclamaciones ante el Canciller de Justicia quien, si procede, inicia actuaciones de conciliación.Hasta el momento no se ha registrado ninguna actuación de esa índole por motivo de discriminación basada en el género. La Ley sobre la igualdad de género también prevé el establecimiento de un Consejo de Igualdad de Género, que funcionará como órgano asesor del Gobierno. Sin embargo, el Consejo aún no ha entrado en funciones debido a la escasez de personal cualificado. Varias instituciones realizan investigaciones sobre cuestiones de género, y dos organizaciones no gubernamentales nacionales (ONG) promueven activamente la igualdad entre los géneros. Como parte de un proyecto piloto relacionado con los Fondos Estructurales de la Unión Europea, el Ministerio de Asuntos Sociales tiene previsto establecer un centro de información sobre la igualdad entre los géneros.

6.Desde 2002 Estonia viene alcanzando importantes progresos en la lucha contra la trata de seres humanos. A medida que prospera la economía, se han ido reduciendo los niveles de prostitución y trata de personas, y las actividades de represión del delito se han fortalecido mediante la introducción de legislación que tipifica como delito las actividades que promueven la prostitución. Se han llevado a cabo varias campañas de sensibilización, y el Ministerio de Asuntos Sociales y las ONG han organizado cursos de formación periódicos para trabajadores sociales, maestros y trabajadores sociales juveniles. El Gobierno también ha establecido un plan nacional de desarrollo para combatir la trata de seres humanos durante el período 2006-2009.

7.En lo que se refiere al apoyo que se presta a las víctimas, se ha establecido una línea telefónica de urgencia y, junto con otros países nórdicos y bálticos, Estonia participa en un proyecto experimental sobre el retorno seguro y la reintegración de las mujeres que han sido víctimas de operaciones de trata con fines de explotación sexual. En 2007 se instalaron tres refugios para mujeres víctimas de trata. En 2004 Estonia ratificó el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

8.Con respecto al problema de la violencia contra la mujer, la oradora destaca la necesidad de contar con mayor asistencia para llevar a cabo nuevas investigaciones, tanto de carácter cualitativo como cuantitativo, sobre la prevalencia, las causas y las consecuencias de la violencia en el hogar. El primer refugio para mujeres se abrió en diciembre de 2002, pero se necesitan nuevas instalaciones con carácter urgente. Actualmente no se dispone de servicios de apoyo para perpetradores. En 2005 se inició una campaña de sensibilización pública de amplio alcance, titulada “Cuando el amor hace daño”, y el Centro de Programas Sociales de Estonia organizó grupos de apoyo que se reunían cada semana para prestar ayuda a las víctimas. En 2005 se estableció un grupo experimental para hombres que deseaban abandonar las conductas violentas. Se ha elaborado, asimismo, un plan de acción nacional sobre la violencia en el hogar, que comprende diversas actividades en una serie de ámbitos, y que empezará a aplicarse en 2008. De conformidad con el Código de Procedimiento Civil y el Código de Procedimiento Penal, los tribunales están autorizados para emitir distintos tipos de órdenes de alejamiento contra los perpetradores.

9.Refiriéndose a la participación de la mujer en el proceso de adopción de decisiones, señala que el nuevo Parlamento tiene una Presidenta y una Vicepresidenta y que actualmente tres mujeres se desempeñan en funciones de rango ministerial. Sin embargo, como se desprende de un reciente estudio sobre la mujer y el gobierno, la mujer sigue teniendo menos posibilidades que el hombre de resultar elegida para ocupar cargos públicos en los planos nacional y local. Los medios de difusión siguen reforzando los estereotipos de género en la escena política y las mujeres políticas de mayor categoría suelen sentirse en desventaja en comparación con sus colegas varones. Con la intención de modificar esa situación, varias ONG han obtenido financiamiento del Ministerio de Asuntos Sociales para la ejecución de proyectos destinados a mejorar la participación de la mujer en la vida política.

10.El rápido crecimiento económico de Estonia ha permitido reducir considerablemente la tasa de desempleo y, a decir verdad, desde 1995 son más los hombres que las mujeres en situación de desempleo. La reciente escasez de mano de obra significa que un mayor número de mujeres, especialmente mujeres de cierta edad, ha estado ingresando a la vida activa. Con el fin de mejorar la sensibilización con respecto a la diferencia salarial permanente entre hombres y mujeres y tratar de modificar las actitudes de la población, los medios de difusión dan amplia cobertura a ese tema. Como Estado miembro de la Unión Europea, Estonia ha puesto en marcha una serie de proyectos en el contexto de la Estrategia marco sobre la igualdad entre hombres y mujeres (2001-2006), de la Unión Europea, incluida una iniciativa destinada a prestar apoyo a las mujeres que desarrollan carreras profesionales en el sector privado.

11.Además, un proyecto de hermanamiento sobre la igualdad de oportunidades en el sector privado, que cuenta con la participación de Estonia y Francia y es financiado conjuntamente con la Unión Europea, se ejecutará en 2007-2008 con el fin de crear mayor sensibilización en el ámbito del sector privado con respecto a las normas jurídicas, las políticas y las prácticas óptimas sobre la igualdad de género en los centros de trabajo. Se ha distribuido material informativo, como por ejemplo un manual titulado “El ABC de los derechos de las trabajadoras y la igualdad entre los géneros” publicado por la Organización Internacional del Trabajo, y un diccionario inglés-estonio de terminología del ámbito de la igualdad entre el hombre y la mujer.

12.La Ley de subsidio parental de 2004 otorga prestaciones a los progenitores que deben quedarse en el hogar al cuidado del niño durante su primer año de vida, y por lo tanto sufren una pérdida de ingresos. Los beneficios se pagan con cargo al presupuesto del Estado, y los progenitores que deciden acogerse a esas prestaciones tienen derecho a una compensación equivalente al 100% de sus salarios. Los progenitores que no tenían empleo antes del nacimiento del niño también tienen derecho a una cantidad fija mensual. Los padres representan sólo el 1% de quienes se acogen a los beneficios parentales, por lo que es necesario llevar a cabo nuevas actividades para promover su mayor participación en la crianza de los hijos y en la vida familiar en general. También hay que adoptar medidas para modificar las actitudes de los empleadores hacia la licencia parental.

13.Refiriéndose, por último, a la cuestión de la salud de la mujer, recuerda que en sus observaciones finales sobre el informe inicial, segundo y tercero periódicos combinados, el Comité expresó inquietud por el aumento de la prevalencia del VIH/SIDA en Estonia. Aunque la epidemia sigue ocasionando problemas, el Gobierno tiene la firme intención de impedir su propagación y, en consecuencia, ha aprobado una nueva estrategia nacional sobre el VIH/SIDA para los años 2006 a 2015, y un plan de acción conexo para el período 2006-2009. Un órgano asesor multisectorial de reciente creación coordinará la aplicación de la estrategia, que consiste en una serie de medidas con objetivos precisos encaminados a prevenir la propagación de la enfermedad entre la población en general, y especialmente entre los grupos vulnerables como los de las mujeres que ejercen la prostitución y los usuarios de drogas por vía intravenosa.

Artículos 1 a 6

14.El Sr. Flinterman, refiriéndose a la nueva Ley sobre la igualdad de género, pregunta si se dispone de una traducción al inglés y desea saber si la Ley define la discriminación de manera compatible con las disposiciones del artículo 1 de la Convención, y si esa definición comprende también el acoso sexual y la violencia contra la mujer. Aunque la Convención tiene precedencia con respecto a la legislación nacional de Estonia, aún no ha sido invocada por los jueces en el contexto de actuaciones jurídicas. Por lo tanto, desea saber si el Gobierno ha adoptado algún tipo de medidas para crear mayor sensibilización con respecto a la Convención entre los miembros de la judicatura. De acuerdo con el informe, la Comisionada sobre Igualdad de Géneros debe tener en cuenta la Convención al emitir sus opiniones sobre posibles casos de discriminación. El Comité agradecería que se proporcionaran ejemplos específicos de opiniones en los que se cite la Convención.

15.Los recursos jurídicos disponibles en casos de violación de los derechos de la mujer son de fundamental importancia para asegurar la aplicación eficaz de las políticas sobre igualdad entre los géneros. Aunque es posible, en el marco de la Ley sobre la igualdad de género, presentar una reclamación por daños y perjuicios sobre la base de discriminación por motivo de género, el informe del Estado parte indica que no todas las mujeres que viven en Estonia pueden valerse de esa oportunidad. Además, hasta el momento nadie ha utilizado el procedimiento de conciliación establecido por el Canciller de Justicia. ¿Qué medidas está adoptando el Gobierno para seguro que esos dos tipos de recursos jurídicos se utilicen efectivamente? Por último, el orador hace hincapié en la importancia del Protocolo Facultativo como medio de crear mayor sensibilización con respecto a la Convención en general en el ámbito del ordenamiento jurídico nacional, y pregunta si el Estado parte tiene previsto ratificarlo.

16.La Sra. Halperin-Kaddari dice que, aunque está gratamente impresionada por el marco jurídico y las instituciones nacionales establecidas para asegurar la igualdad entre los géneros, no parecen funcionar todo lo bien que podrían debido a la falta de personal competente. En las presentaciones por escrito se describen las atribuciones y funciones de la Comisionada sobre Igualdad de Géneros pero no se da ninguna indicación de lo que la Comisionada ha logrado realmente, o del número de personas que trabajan en su oficina. El Comité agradecería recibir información, en particular, sobre la participación de la Comisionada en el análisis, desde una perspectiva de género, de los proyectos de ley, y sobre la fecha prevista para el establecimiento del Consejo de Igualdad de Género. También sería conveniente conocer más acerca de la propuesta de encomendar a la Comisionada la responsabilidad d supervisar todas las formas de discriminación, no sólo la discriminación por motivo de sexo, pues de otro modo no sería un acontecimiento positivo. Por último, pregunta si el procedimiento de conciliación voluntaria está abierto sólo a las mujeres o si se aplica también a todas las víctimas de discriminación, y pide un ejemplar de la información estadística publicada a fines de 2006 sobre la situación de la mujer en Estonia, a que se hace referencia en la declaración introductoria.

17.La Sra. Šimonović dice que el Protocolo Facultativo ha sido ratificado por casi todos los demás Estados miembros de la Unión Europea y se pregunta qué impide que Estonia haga lo mismo. El Comité también desea saber si el Parlamento participó en la preparación del informe, y si sus observaciones finales se harán llegar a los ministerios competentes a efectos de actividades de seguimiento. En las observaciones finales anteriores se pedía la adopción de medidas de fomento de la sensibilización con respecto a la Convención entre los miembros de la judicatura, los abogados y oficiales de la policía: ¿se ha establecido algún programa con esos fines concretos? Considerando las críticas formuladas por algunas ONG sobre la falta de independencia de la Comisionada sobre Igualdad de Géneros, se pregunta qué duración tiene el mandato de la Comisionada y si depende de una decisión del Ministro del ramo. También sería conveniente saber qué medidas se han adoptado en respuesta a las opiniones emitidas por la Comisionada, y si ha habido casos en que se ha pedido indemnización.

18.La Sra. Kaljurand (Estonia) dice que desde el último informe periódico de Estonia, la situación de la mujer en todos los niveles y en todos los ámbitos comprendidos por la Convención, si bien no es ideal, ha mejorado, y que se espera que esa tendencia continúe.

19.La Sra. Papp (Estonia) dice que la Ley sobre la igualdad de género contiene una definición de la igualdad de género, que significa igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades entre el hombre y la mujer en todas las esferas de la vida social, y abarca todos los artículos de la Convención. Esa Ley se redactó antes de que Estonia pasara a ser miembro de la Unión Europea, pero se tuvieron en cuenta las directivas de la Unión Europea. El Gobierno tiene previsto mejorar la definición jurídica del acoso sexual, con referencia a las relaciones de subordinación y dependencia. En cuanto a la violencia contra la mujer, problema no abarcado en la Ley sobre la igualdad de género, dice que podría considerarse en términos de discriminación y que podría dar lugar a actuaciones jurídicas en virtud del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal.

20.La Sra. Kaljurand (Estonia) dice que la falta de referencia a la Convención en las actuaciones de los tribunales es parte de un problema más amplio: todos los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Estonia tienen fuerza de ley en los tribunales. Los jueces están familiarizados con la Convención, tema incluido en la formación que reciben, pero aún no recurren usualmente a la posibilidad de invocar los tratados internacionales. Se presta especial atención a ese aspecto a través de programas de creación de sensibilización.

21.La Sra. Hion (Estonia) señala que desde la independencia del país se ha redactado y promulgado un gran número de nuevas leyes, que aún están en etapa de perfeccionamiento. Cada vez que Estonia ratifica un tratado internacional es necesario adoptar nuevas disposiciones para abarcas todas las nuevas obligaciones que se contraen, particularmente por el hecho de que los jueces prefieren invocar las leyes nacionales Los miembros de la judicatura reciben la formación necesaria, pero aún así, los programas de sensibilización son un proceso constante. El Gobierno contó con un buen grado de cooperación de parte de las ONG en la elaboración del informe; algunas contribuyeron activamente, mientras que otras prefirieron elaborar sus propios informes paralelos. Las observaciones finales formuladas por el Comité en 2002 han sido traducidas y transmitidas a todos los ministerios y autoridades competentes, incluida la Comisionada sobre Igualdad de Géneros, y al Parlamento. Se seguirá la misma práctica en relación con las próximas observaciones finales.

22.La Sra. Kaljurand (Estonia) destaca el hecho de que la Comisionada sobre Igualdad de Géneros es una experta independiente e imparcial que cuenta con su propia asignación presupuestaria en el marco del Ministerio de Asuntos Sociales.

23.La Sra. Viik (Estonia) dice que el nombramiento de la Comisionada es efectuado por el Ministro de Asuntos Sociales por un período de cinco años, que sólo puede darse por terminado por razones de fallecimiento, renuncia al cargo o incapacidad. Durante su primer año en funciones, la actual Comisionada se ocupó de un gran número de reclamaciones por motivo de discriminación y respondió a solicitudes de aclaración de determinados aspectos de la ley, muchas de las cuales habían sido presentadas por los empleadores, lo que revela una loable inquietud por cumplir con la legislación vigente.

24.La Comisionada también realizó una activa labor en relación con presentación de conferencias, participación en cursos prácticos y, en general, actividades de servicio al público. Ayudó en la tarea de análisis del proyecto de ley sobre la familia y del proyecto de ley sobre los seguros, con el propósito de asegurar su armonización con la legislación de la Unión Europea contra la discriminación en esa esfera; participó también en el examen de las repercusiones de la Ley sobre la igualdad de género, que actualmente se encuentra en el Parlamento para revisión. Se tiene previsto promulgar otra ley contra la discriminación basada no en el género sino en cuestiones relacionadas con la religión, la edad y otras variables; la Comisionada sobre Igualdad de Géneros también tendrá a su cargo la aplicación de esa ley, ya que siendo Estonia un país con apenas 1,3 millones de habitantes, una sola institución bien puede ocuparse de todos los casos de discriminación, de cualquier tipo que sea. Por otro lado, en función de la nueva ley, cuya promulgación está prevista para fines de 2007, se incrementarán adecuadamente los recursos humanos de la oficina de la Comisionada.

25.El procedimiento de conciliación voluntaria no se utiliza suficientemente; se llevan a cabo campañas de sensibilización para alentar a los ciudadanos a utilizar ese recurso. En cuanto al establecimiento del Consejo de Igualdad de Género, se ha considerado más importante establecer primero un mecanismo que se ocupe de las reclamaciones; también se ha estado analizando la composición del Consejo, que debería incluir no sólo representantes de las organizaciones interesadas sino también expertos en cuestiones de género, que no son muchos en Estonia. Cabe esperar, sin embargo, que se encontrará una solución satisfactoria y que el Consejo entrará en funciones a comienzos de 2008.

26.La Sra. Kaljurand (Estonia) dice que Estonia reconoce la importancia del Protocolo Facultativo, y que por esa razón dispuso lo necesario para que fuera traducido en 2006. Actualmente es objeto de procedimientos jurídicos internos y se presentará en breve al Gobierno y luego al Parlamento. No puede dar fechas precisas, pero asegura al Comité que el Gobierno está examinando detenidamente ese asunto y espera ratificar el Protocolo Facultativo en la primera oportunidad posible.

27.La Sra. Pikhof (Estonia), respondiendo a la pregunta sobre la participación del Parlamento en las cuestiones relacionadas con la mujer, dice que tradicionalmente se organiza una unión de mujeres en el Parlamento para examinar ese tipo de cuestiones. En 2002, llevó a cabo un análisis de las recomendaciones formuladas por el Comité. En el otoño de 2007, a comienzos de la nueva sesión parlamentaria, se establecerá nuevamente esa unión.

28.La Sra. Kaljurand (Estonia) informa al Comité que se harán llegar otros ejemplares del material estadístico al que se refirió en su declaración introductoria. Pone de relieve el hecho de que no será posible hacer una evaluación completa de la labor de la Comisionada sobre Igualdad de Géneros hasta que ésta haya presentado su primer informe.

29.La Sra. Saiga dice que sería interesante saber si la Comisionada sobre Igualdad de Géneros presta asesoramiento a las personas que han sido víctimas de discriminación para que lleven sus casos ante los tribunales, y si las entidades del Gobierno y otras autoridades competentes tienen la obligación de acatar las opiniones de la Comisionada. Además, desearía saber si el Canciller de Justicia desempeña las funciones de Defensor del Pueblo. Habría que proporcionar más información sobre la creación y la entrada en funciones del Consejo de Igualdad de Género, y sobre los programas específicos y funciones consultivas del Departamento de Igualdad de Género del Ministerio de Asuntos Sociales.

30.La Sra. Arocha Domínguez dice que sigue sin comprender claramente de qué modo el Departamento de Igualdad de Género coordina las políticas sectoriales, ya que sus funciones parecen ser de carácter técnico más bien que administrativo. Por otro lado, sería interesante recibir más información sobre el papel que desempeña el Departamento en lo que se refiere a proporcionar información al Gobierno, y sobre su función en la aplicación de las políticas en el plano local. Habría que aclarar por qué se ha retrasado la creación del Consejo de Igualdad de Género. El Estado parte debe explicar qué medidas se han adoptado para garantizar el carácter sostenible de los proyectos financiados por las Naciones Unidas y la Unión Europea.

31.La Sra. Tavares da Silva desearía saber qué medidas se han adoptado para asegurar que los mecanismos establecidos para la igualdad entre los géneros promuevan cambios de tipo cultural y estructural en relación con las funciones del hombre y la mujer y la fijación de estereotipos. Cabe señalar que el artículo 5 de la Convención exige a los Estados parte que adopten un enfoque dinámico para la modificación de las actitudes culturales. Habría que aclarar si en el marco de la Ley sobre la igualdad de género se tiene previsto aplicar algún tipo de medidas especiales de carácter temporal para modificar las percepciones estereotipadas de hombres y mujeres.

32.El Comité desearía recibir más información sobre la relación entre el Consejo de Igualdad de Género y el comité interministerial establecido para promover la igualdad de género, y saber si se ha establecido un plan amplio en esa esfera. Con respecto a la vigilancia del cumplimiento de la Ley sobre la igualdad de género de la que se encarga la Comisionada sobre Igualdad de Géneros, habría que aclarar si se están evaluando las repercusiones de esa ley.

33.La Presidenta, hablando en su carácter de miembro del Comité, dice que sería interesante saber de qué medios se vale el Gobierno para asegurar la coherencia en la forma en que se define la igualdad entre los géneros, habida cuenta de la inexistencia de un plan de acción nacional. Por otro lado, sería conveniente recibir mayor información sobre los mecanismos que se utilizan para asegurar la rendición de cuentas de las instituciones encargadas de la aplicación de los proyectos relacionados con la mujer.

34.La Sra. Kaljurand (Estonia), refiriéndose al carácter sostenible de los proyectos financiados por las Naciones Unidas y la Unión Europea, dice que el Estado asume la responsabilidad de asegurar la viabilidad a largo plazo de los proyectos. Aunque no se ha establecido un plan de acción nacional, la igualdad entre los géneros es un aspecto que forma parte de diversas estrategias y políticas del Gobierno.

35.La Sra. Sander (Estonia) dice que la Comisionada sobre Igualdad de Géneros desempeña funciones de asesoramiento y presta asistencia a las personas que desean llevar sus casos ante los tribunales; corresponde a cada persona decidir si llevará adelante el caso por la vía judicial. Con respecto a las funciones del Canciller de Justicia en la solución de casos de discriminación, el procedimiento de conciliación se aplica a las personas naturales y jurídicas y no es de competencia de las entidades del gobierno. Las soluciones que propone el Canciller tienen carácter vinculante si ambas partes han convenido en llevar adelante actuaciones judiciales.

36.La Sra. Hion (Estonia) dice que existen varios procedimientos de solución de diferencias en el marco de la legislación nacional, y que el procedimiento de conciliación es voluntario, y exige que ambas partes convengan en el cumplimiento de los resultados. Con respecto a las funciones del Canciller como Defensor del Pueblo, señala que el Canciller puede revisar las reclamaciones y formular propuestas concretas a las organizaciones del Gobierno, que no están obligadas a aceptar esas propuestas.

37.La Sra. Viik (Estonia) dice que en enero de 2004 se procedió a una reorganización de la Oficina de Igualdad entre los Géneros, que pasó a ser el Departamento de Igualdad de Género. Cinco miembros del personal trabajan en el ámbito de la igualdad de género y otros dos se ocupan de las políticas sobre la familia. Otros miembros del personal trabajan en proyectos específicos del Departamento cuando es necesario. El Departamento tiene funciones de asesoramiento y es consultado por los distintos ministerios durante la elaboración de proyectos de ley. También es consultado por los medios de comunicación debido a que se ha producido un importante cambio en las actitudes culturales con respecto a la igualdad de género, y los medios de comunicación prestan mayor atención a las cuestiones relacionadas con la mujer.

38.La Sra. Kaljurand (Estonia) señala que las actitudes hacia las funciones de hombres y mujeres están cambiando, y que el Gobierno ha adoptado un enfoque dinámico en relación con la cuestión de los estereotipos de género.

39.La Sra. Papp (Estonia) dice que las actitudes hacia las funciones de hombres y mujeres están cambiando rápidamente en el contexto de la transición de Estonia de país socialista hacia una economía de mercado. También es importante ejecutar proyectos que permitan identificar los nuevos estereotipos que están surgiendo, por lo que el Gobierno ha tomado la iniciativa de planificar actividades con la participación de las organizaciones no gubernamentales y los sindicatos para informar al público sobre los estereotipos existentes y los que están haciendo su aparición. Con respecto a la relación entre el comité interministerial y el Consejo de Igualdad de Género, cabe señalar que el Comité es un grupo de trabajo cuyo interés se centra en temas muy concretos.

40.Con el propósito de garantizar el carácter sostenible de los proyectos en el ámbito de la mujer, el Gobierno ha formulado una estrategia presupuestaria que se extiende hasta 2013, que incluye indicadores específicos para asegurar la participación de la mujer en pie de igualdad en la vida política y económica, reducir las diferencias de salario, asegurar la independencia económica, prevenir la violencia contra la mujer e incorporar la integración de la perspectiva de género en todas las políticas ministeriales. Se ha impartido formación en materia de políticas sobre igualdad de género a las autoridades locales, y se está examinando el modo de ratificar la Carta Europea para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer en la Vida Local. De conformidad con la Carta, las autoridades locales deberán incluir la igualdad entre los géneros en sus planes de acción, lo que garantizará el carácter sostenible de las políticas en materia de género en el plano local.

41.La Sra. Kaljurand (Estonia) dice que en marzo de 2007 el Ministerio de Educación aprobó un reglamento que prohíbe la fijación de estereotipos basados en prejuicios por motivo de género, nacionalidad, tradiciones culturales, raza u otras razones.

42.El Sr. Flinterman, señalando que en el informe se citan los resultados de una encuesta de la opinión pública, que indicaron que la mayoría de la población de Estonia se opone al establecimiento de un sistema de cuotas para aumentar el porcentaje de mujeres en el Parlamento y en los consejos del gobierno local, dice que las encuestas de la opinión pública, aunque valiosas, no deben utilizarse como argumento para no cumplir con la obligación que tiene el Estado parte en el marco de la Convención con respecto a la adopción de medidas especiales de carácter temporal para modificar patrones históricos profundamente arraigados de discriminación contra la mujer. En el informe también se señala que la Ley sobre la igualdad de género prevé la aplicación de medidas para conceder ventajas especiales al sexo con escasa representación y ayudar a reducir las desigualdades. Se pregunta si se han aplicado esas medidas, y de no ser así, desea saber si el Gobierno tiene previsto introducirlas. También pide ejemplos concretos de las medidas especiales de carácter temporal a que se alude en la respuesta a la pregunta 6 de la lista de cuestiones y preguntas del Comité (CEDAW/C/EST/Q/4/Add.1).

43.La Sra. Kaljurand (Estonia), respondiendo a las observaciones formuladas por el Sr. Flinterman sobre las encuestas de la opinión pública, señala que las leyes y las acciones y políticas del Gobierno deben ser un reflejo del desarrollo de la sociedad en que se han instituido, por lo que es importante examinar los problemas en público. Las cuotas no son el único asunto con respecto al cual la opinión pública del país está dividida. La prostitución es otro problema que ocasiona grandes divisiones de opinión.

44.La Sra. Papp (Estonia) dice que la cuestión de las cuotas se ha examinado en varios foros de Estonia, y que existe ahora un mayor grado de sensibilización entre los ciudadanos de Estonia, en el sentido de que las cuotas que se examinan no son las que se aplicaban durante la época soviética. Aunque la ley no prevé ningún tipo de cuotas, la representación de la mujer en los órganos de adopción de decisiones, tanto al nivel nacional como local, va en aumento. Por ejemplo, ninguna de las comisiones parlamentarias carece de mujeres entre sus miembros. En relación con las medidas especiales para abordar cuestiones concretas, las actividades emprendidas para combatir la violencia contra la mujer y prestar ayuda a las víctimas son sólo uno de los ejemplos. Con respecto a las medidas para corregir las desproporcionadas consecuencias sobre la mujer de la actual situación económica, el Gobierno está adoptando medidas en la esfera de la política laboral.

45.La Sra. Coker-Appiah pregunta si la revisión de los libros escolares anteriormente mencionada por la delegación ya se ha iniciado. Con respecto a la violencia en el hogar, en la declaración de apertura se hizo alusión a algunas actividades de investigación sobre esa cuestión, pero se indicó que era necesario realizar una labor de investigación más amplia. ¿Cuándo se llevarán a cabo esas investigaciones? Con respecto a los tres refugios para víctimas de violencia en el hogar, se pregunta si el Gobierno presta apoyo a las ONG que han establecido refugios, especialmente para que puedan abrir otros refugios en otras regiones de Estonia, y de no ser así, desea saber si existen planes al respecto.

46.Le reconforta saber que, aunque la trata de mujeres ha disminuido considerablemente, Estonia sigue teniendo una serie de programas en ese ámbito. Eso demuestra que el Gobierno tiene la firme intención de combatir ese problema. Sin embargo, actualmente muchos de los programas son financiados por países de la Unión Europea. Desea saber si el Gobierno está dispuesto a asumir el financiamiento de esos programas cuando finalice el apoyo externo y también desea conocer el número de mujeres víctimas de trata que han recibido asistencia para facilitar su retorno en condiciones de seguridad y su reintegración a la sociedad.

47.La Sra. Šimonović recuerda que en 2002 el Comité recomendó que Estonia adoptara una ley de prohibición de la violencia contra la mujer en el hogar, que permitiera imponer órdenes de protección y de exclusión, así como el acceso a la asistencia letrada. El informe indica que Estonia ha optado por no promulgar ese tipo de ley, pero que los casos de violencia en el hogar pueden llevarse ante los tribunales en virtud del Código Penal. Sin embargo, no se dispone de estadísticas con respecto al número de casos que efectivamente se han llevado ante los tribunales. La oradora se pregunta qué medidas tiene previsto adoptar el Estado parte para mejorar la recopilación de información sobre casos de violencia en el hogar y si se dispone de información sobre el número de mujeres que mueren asesinadas en ese tipo de casos todos los años.

48.En la declaración de apertura de la delegación se señaló que el Gobierno está elaborando un plan de acción nacional sobre la violencia en el hogar, que se aplicará a partir de 2008. La oradora se pregunta por qué ha tomado tanto años la elaboración de ese plan, y quién tiene a su cargo la coordinación y supervisión de su aplicación. Además, el Comité desea saber qué servicios tienen a su disposición las mujeres que viven en los refugios para víctimas de la violencia en el hogar y, en términos concretos, si esos servicios incluyen asistencia letrada gratuita. Por último, pide aclaración sobre la diferencia entre las órdenes de alejamiento que pueden emitirse en virtud del Código de Procedimiento Civil y del Código de Procedimiento Penal, y pregunta qué procedimientos existen para proteger a una mujer que se niegue a aceptar la imposición de una orden de alejamiento.

49.El Sr. Flinterman dice que comparte la inquietud manifestada por la Sra. Šimonović sobre la falta de legislación específica sobre la violencia contra la mujer, y sugiere que el Estado parte examine nuevamente la necesidad de ese tipo de legislación. Con respecto al proyecto experimental relativo al retorno en condiciones de seguridad de las mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual, que se menciona en las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas del Comité, desea saber si la asistencia que se presta a través de ese proyecto sustituye a la asistencia disponible en el marco de la Ley de Ayuda a las Víctimas, o es un complemento de la misma. También desea conocer el número de víctimas de trata que han solicitado asistencia en virtud de esa Ley, y el monto de la indemnización que generalmente reciben en esos casos.

50.La Sra. Hion (Estonia) dice que se ha iniciado la revisión de los libros escolares con el objeto de eliminar los estereotipos basados en el género. Con respecto a la cuestión de un financiamiento constante para los programas de lucha contra la trata de mujeres y la prestación de asistencia a las víctimas, dice que el presupuesto para el proyecto de plan de acción nacional de lucha contra la trata de seres humanos incluye una partida para ese tipo de actividades. El Gobierno también está dispuesto a asumir la responsabilidad financiera por los refugios para las víctimas de operaciones de trata y de situaciones de violencia en el hogar.

51.La Sra. Kaljurand (Estonia) añade que se asignarán fondos al Ministerio de Asuntos Sociales para el establecimiento de refugios. Es cierto que la trata de mujeres no es un problema grave en Estonia, pero por ser un país de origen, de tránsito y de destino de la trata, el Gobierno considera muy importante cooperar con los países nórdicos y con sus vecinos del este en la lucha contra ese problema.

52.La Sra. Viik (Estonia), respondiendo a la pregunta sobre la investigación de la violencia en el hogar, dice que en meses anteriores de 2007 se realizó un estudio cualitativo sobre los perpetradores de casos de violencia, cuyos resultados estarán disponibles al final del año. El propósito del estudio es comprender las razones por las que las personas adoptan un comportamiento violento e identificar las medidas que puede adoptar el Gobierno para romper el ciclo de violencia. Además, en la encuesta nacional sobre víctimas de delitos, que realiza periódicamente la oficina nacional de estadística, se incluirán preguntas sobre la violencia en el hogar, para lo cual se está impartiendo formación al personal encargado de las investigaciones. En 2008 se realizará una encuesta experimental, y la encuesta a escala completa se efectuará poco después.

53.Como la encuesta sobre las víctimas es de carácter periódico, cabe esperar una mayor disponibilidad de datos fiables sobre la violencia en el hogar. El proyecto de plan de acción nacional sobre la violencia en el hogar también prevé actividades de investigación, especialmente un estudio sobre los costos de la violencia en el hogar. El plan de acción nacional se ocupa, asimismo, de la necesidad de mejorar la recopilación de datos sobre la violencia en el hogar. En términos concretos, promueve la aplicación del método que se utiliza en uno de los cuatro distritos policiales de Estonia para reunir datos y realizar la labor de seguimiento de los casos. La información de las autoridades policiales indica que aproximadamente 40 mujeres son asesinadas todos los años, y que la mitad de esos casos se relacionan con violencia en el hogar.

54.El Gobierno presta apoyo a las ONG que disponen de refugios para las víctimas de la violencia en el hogar. Ese apoyo se presta ahora al refugio ubicado en Tallinn, y a partir de 2008 todos los refugios recibirán apoyo del Gobierno en el marco del plan de acción sobre la violencia en el hogar. Una parte del apoyo se cargará al gobierno local, y la otra al presupuesto del gobierno nacional. Sin embargo, es preciso aumentar el grado de sensibilización entre los funcionarios del Gobierno con respecto a la importancia de prestar apoyo a las víctimas de la violencia en el hogar y de proporcionar financiamiento para esa ayuda.

55.Hasta la fecha, tres mujeres han solicitado ayuda de los refugios para víctimas de operaciones de trata. El numero es reducido debido a que ese tipo de refugios es de muy reciente creación (uno a fines de 2006 y dos en 2007). Los refugios estaban destinados a las víctimas de la violencia en el hogar, pero ofrecían instalaciones separadas para víctimas de operaciones de trata. Con respecto a las razones de la demora en la elaboración de un plan de acción contra la trata de personas, la explicación parcial es que el Gobierno intenta lograr la participación de un amplio sector de partes interesadas en el proceso. Se espera que la elaboración del plan finalice muy pronto. El Ministerio de Asuntos Sociales se ocupará de coordinar y supervisar su aplicación.

56.La Sra. Kaljurand (Estonia), respondiendo a la pregunta sobre la prestación de asistencia a las víctimas de operaciones de trata, señala que Estonia participa en el proyecto EQUAL de la Unión Europea denominado “Integración en el mercado laboral de las mujeres que ejercen la prostitución”, en cuyo marco se han establecido centros de rehabilitación para mujeres que ejercen la prostitución y mujeres que han sido víctimas de operaciones de trata. Los centros prestan amplia ayuda y asesoramiento a título gratuito, incluida rehabilitación física, en caso necesario, y servicios de salud mental. El propósito que se persigue es ayudar a esas mujeres a encontrar trabajo y reintegrarse a la sociedad. Con respecto al monto de la indemnización a pagar a las víctimas de conformidad con la Ley de Ayuda a las Víctimas, el máximo es de 50.000 coronas estonias (aproximadamente 4.400 dólares EE.UU.), pero naturalmente el monto real que se paga en cada caso depende de las circunstancias.

57.La Sra. Sander (Estonia), respondiendo a la pregunta sobre las órdenes de alejamiento, explica que en virtud del Código de Procedimiento Penal, la fiscalía puede pedir al tribunal la imposición de una orden coercitiva a un perpetrador con el fin de proteger la vida o salvaguardar otros derechos de la víctima. De conformidad con el Código de Procedimiento Civil, sólo se puede solicitar una orden de alejamiento tras la declaración de culpabilidad del perpetrador.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.