40° período de sesiones

Acta resumida de la 817ª sesión

Celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra, el viernes 18 de enero de 2008, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Šimonović

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Sexto informe periódico de Francia

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes con arreglo al artículo 18de la Convención (continuación)

Sexto informe periódico de Francia (CEDAW/C/FRA/6; CEDAW/C/FRA/Q/6 y Add.1)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Francia toman asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Létard (Francia), al presentar el sexto informe periódico de Francia (CEDAW/C/FRA/6), dice que su Gobierno concede gran importancia a sus obligaciones internacionales en materia de derechos de la mujer; entre otras cosas, patrocinó la resolución de la Asamblea General sobre la intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer (A/RES/61/143) y promovió la aplicación efectiva de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad sobre la mujer, la paz y la seguridad. Su Gobierno colaboró además en el plano multilateral y bilateral con varios fondos y programas de las Naciones Unidas; asimismo, cuando ocupe la Presidencia del Consejo de la Unión Europea en la segunda mitad de 2008, Francia se ocupará del desarrollo de indicadores europeos sobre la cuestión de la mujer y los conflictos armados.

De conformidad con la Plataforma de Acción de Beijing, Francia ha adoptado una política nacional sobre igualdad de los géneros que tiene una doble vertiente: la consideración de las necesidades específicas de la mujer y la incorporación de la perspectiva de género en todas sus políticas de orden público. A este respecto, la Carta sobre la igualdad del hombre y la mujer, aprobada en marzo de 2004, recoge 280 compromisos encaminados a promover la igualdad de los géneros en los sectores público y privado. Una evaluación reciente ha puesto de manifiesto que tres cuartas partes de esos compromisos ya se han cumplido o están en vías de cumplirse. La presupuestación en función del género es un componente importante de la política nacional: desde 2006, todos los organismos públicos que participan en la labor de promoción de la igualdad de los géneros tienen que presentar objetivos e indicadores de cumplimiento, que luego se incorporan a un documento de políticas intersectoriales y se adjuntan al proyecto anual de ley financiera.

A la luz de los significativos avances realizados en la mejora del acceso de la mujer rural a las prestaciones de la seguridad social, el Gobierno ha puesto en marcha los procedimientos necesarios para retirar su reserva al apartado c) del párrafo 2 del artículo 14 de la Convención. No obstante, pese a la aprobación de una ley que permite a los padres decidir si desean transmitir a su descendencia el apellido del padre, el de la madre o el de ambos, no es posible todavía retirar la reserva al apartado g) del párrafo 1 del artículo 16, pues el derecho interno no se ajusta aún por completo a las disposiciones de ese artículo.

Francia cuenta con una amplia estructura jurídica para proteger a la mujer de la discriminación, que pronto se verá reforzada con la incorporación al derecho interno de una serie de directivas europeas sobre igualdad de trato. Para facilitar la aplicación de este conjunto de normas, se ha establecido un nuevo organismo independiente, la Alta Autoridad de Lucha contra la Discriminación y en pro de la Igualdad (HALDE). Este organismo tiene competencia para examinar las reclamaciones de presuntas víctimas de discriminación, posee amplios poderes de investigación, lleva a cabo actividades de mediación y formula recomendaciones a los tribunales. Es preciso alentar a las mujeres a que acudan a los servicios de este organismo.

Puesto que las mujeres inmigrantes y sus hijas son más vulnerables a la discriminación, las autoridades han desarrollado un enfoque con tres vertientes que responde a sus necesidades específicas y se centra en sensibilizar en mayor medida a las mujeres inmigrantes respecto de sus derechos; prevenir la violencia en el hogar, la mutilación genital femenina, y los matrimonios forzados; y mejorar el acceso a las oportunidades de enseñanza y empleo.

Entre las medidas adoptadas de conformidad con el artículo 5 de la Convención figuran el aumento de la severidad de las sanciones en los casos de manifestaciones sexistas, la eliminación de estereotipos de género de los textos escolares y otros materiales educativos y la promoción de una imagen positiva de la mujer en los medios de comunicación.

Para combatir la trata y la explotación de mujeres, y de conformidad con el artículo 6 de la Convención, en la Ley de seguridad interior de 2003 se condena a quienes hayan sido declarados culpables de un delito de trata a siete años de prisión y multa de 150.000 euros. De conformidad con la Ley, las mujeres y niñas que hayan sido víctimas de la trata tienen derecho a acogerse al programa de protección de testigos y, en su caso, a un alojamiento seguro. Las mujeres que hayan cortado todos sus vínculos con los presuntos traficantes de los que hayan sido víctimas también tienen derecho a un permiso temporal de residencia de hasta seis meses de validez y a recibir prestaciones relacionadas con el empleo y la seguridad social. Una vez que los traficantes hayan sido condenados, a esas mujeres podrían concedérseles permisos de residencia permanente.

En lo que se refiere a la participación de la mujer en la vida pública y privada, el Gobierno actual está integrado por igual número de hombres y mujeres y, por primera vez en la historia de Francia, una mujer es Ministra del Interior y otra Ministra de Economía, Finanzas y Empleo. Si bien las mujeres encabezan la mitad de los ministerios del Gobierno y representan casi el 50% de los concejeros municipales elegidos en poblaciones de más de 3.500 habitantes, a diferencia de un 25% en 1995, sólo 107 de los 577 miembros de la Asamblea Nacional (18,5%) son mujeres y la mujer tampoco está debidamente representada en los órganos ejecutivos locales y regionales. Para solucionar estas desigualdades, una ley sancionada en enero de 2007 aumentó las multas que pueden imponerse a los partidos políticos que no cumplan con las disposiciones legales sobre paridad e hizo obligatoria la paridad de los géneros en los órganos ejecutivos de los concejos municipales y regionales. Además, el Presidente de la República anunció recientemente su intención de ordenar un estudio sobre la posibilidad de incorporar al preámbulo de la Constitución de 1958 disposiciones que contemplen la igualdad de los géneros en todos los ámbitos.

En el sector de la educación, si bien las niñas obtienen mejores calificaciones que los varones en la escuela, su elección de cursos y carreras sigue condicionada por una forma tradicional de entender los roles de género. El acuerdo interministerial sobre igualdad de oportunidades para niños y niñas y para hombres y mujeres en el sistema educativo respecto del período 2006-2011 incorpora una serie de medidas encaminadas a contrarrestar esa tendencia.

La participación de la mujer en el mercado de trabajo también acusa desigualdades. Puesto que es menos probable que las mujeres ocupen puestos elevados en los sectores más lucrativos y en cambio es más habitual que desempeñen tareas a tiempo parcial, la diferencia en materia de ingresos entre ambos sexos es del 25,3% en términos generales. Entre las medidas adoptadas para resolver este problema cabe mencionar la aprobación en marzo de 2006 de la Ley de igual salario para el hombre y la mujer, cuyo propósito es eliminar la diferencia salarial en el curso del próximo lustro. Además, con posterioridad a la conferencia patrocinada por el Gobierno sobre igualdad en las profesiones, a las empresas que no hayan adoptado un plan para igualar salarios podrá imponérseles una multa con posterioridad al 31 de diciembre de 2009. A fin de que las mujeres puedan equilibrar de manera más efectiva sus responsabilidades personales y profesionales, el Gobierno instó a los interlocutores sociales a que reflexionen sobre la mejora de los arreglos relativos a la licencia de maternidad o paternidad y decidió que las cuestiones relativas al cuidado de los niños se examinarían en el marco de la introducción inminente de los proyectos legislativos correspondientes.

En el sector de la salud, el número de embarazos no deseados sigue siendo elevado a pesar de la amplia disponibilidad de medios anticonceptivos. El programa “IVG en ville” facilita que las mujeres interrumpan el embarazo mediante abortos inducidos con medicación con la asistencia de un centro de planificación familiar y el Gobierno ha aumentado la suma que reembolsa a los hospitales por abortos quirúrgicos en el marco del plan nacional de salud. También se ha puesto en marcha una campaña nacional de sensibilización respecto de la importancia de escoger un método anticonceptivo adecuado. Se ha reforzado la legislación en vigor para combatir la violencia en el hogar de forma que actualmente es posible obtener una orden de expulsión del cónyuge violento del hogar conyugal, y se han mejorado los servicios de prevención y apoyo a las víctimas.

Por último, cabe mencionar que, puesto que la Convención es directamente aplicable a todo el territorio nacional y tiene precedencia respecto de la legislación nacional, sus disposiciones son también vinculantes en los departamentos y territorios de ultramar. Habida cuenta de que el derecho consuetudinario suele prevalecer en esas regiones, el Gobierno ha adoptado una serie de arbitrios para asegurar que se respete el principio de igualdad entre el hombre y la mujer. Por ejemplo, en Mayotte se ha prohibido la poligamia y la discriminación en la infancia por motivos de sexo. En Nueva Caledonia se ha puesto en marcha un programa de seguro de maternidad con prestaciones en efectivo y en especie, en tanto que las mujeres empleadas en la Polinesia Francesa tienen derecho actualmente a licencia de maternidad con sueldo completo. No obstante, es necesario adoptar medidas complementarias para garantizar la aplicación de la legislación sobre igualdad de los géneros.

Artículos 1 a 6

E l Sr. Flinterman señala que en los 25 años transcurridos desde que Francia ratificó la Convención, las reservas del Gobierno respecto de algunas disposiciones parecen haber perdido parte de su relevancia. En particular la reserva al apartado h) del párrafo 2 del artículo 14 no parece restringir las obligaciones del Estado respecto de la Convención. El orador espera, por consiguiente, que pronto sea retirada. Además, dado que las mujeres pueden actualmente trasmitir su apellido a su descendencia sería posible retirar la reserva al apartado h) del párrafo 1 del artículo 16 o reducir su alcance.

La Presidenta, en su calidad de miembro del Comité, pregunta si el Parlamento participa en el proceso de preparación de informes y si las observaciones finales del Comité respecto del quinto informe relativas a los derechos de la mujer y a la igualdad de oportunidades para el hombre y la mujer han sido comunicadas a las delegaciones parlamentarias. Exhorta al Estado Parte a que distribuya ampliamente las observaciones finales que se aprueben en el actual período de sesiones y que incluya al Parlamento en el proceso de redacción del informe.

Pregunta qué se está haciendo para poner en práctica esas observaciones finales, incluida la sugerencia del Comité de que se adopten medidas para sensibilizar a jueces, fiscales y abogados respecto de la Convención y del Protocolo Facultativo; y pide que se aclaren los obstáculos que traban la aplicación directa y el cumplimiento de la Convención por dichos profesionales.

La Sra. Patten señala que hasta la fecha, solamente el 5% de las denuncias presentadas ante HALDE lo han sido por mujeres. Insta al Estado Parte a que en su próximo informe incluya información sobre las denuncias presentadas por mujeres inmigrantes. Pregunta también qué medidas se han adoptado para que las mujeres tomen conciencia de la existencia de HALDE, en especial las mujeres que forman parte de grupos más vulnerables a diversas formas de discriminación.

Requiere más información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno ante el firme dictamen de HALDE de que la decisión del Consejo Constitucional de requerir una prueba de ADN a eventuales inmigrantes que deseen reunirse con sus familiares en Francia es discriminatoria, estigmatiza a la mujer e infringe el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La redacción del artículo 276 del Código Penal (concerniente a la calumnia) es de importancia especial para la mujer ya que cualquier observación calumniosa podría dar lugar a un procesamiento, lo que disuadiría a las mujeres de denunciar delitos sexuales. La oradora desea saber si el Gobierno piensa revisar las disposiciones de ese artículo.

La Sra. Gabr ve con satisfacción la creación de HALDE como institución única encargada de cuestiones de discriminación y de la condición jurídica y social de la mujer. Es importante asegurar que HALDE desempeñe plenamente su papel. El bajo porcentaje de denuncias por motivos de género tal vez se deba al desconocimiento de este organismo o al temor por las consecuencias de la presentación de una denuncia; esta cuestión amerita mayor estudio. Confía en que se refuerce el rol de este organismo y que se destaque la función que desempeña en los medios de comunicación y por otras vías para facilitar así que las mujeres hagan oír su voz. HALDE debe encarar los problemas de las mujeres inmigrantes, como los relacionados con la documentación. Por último, las mujeres deben estar debidamente representadas en ese organismo.

L a Sra. Shin pone de relieve que HALDE ha recibido hasta la fecha 4.000 denuncias y que el conocimiento de esta entidad parece debidamente difundido. Es importante, sin embargo, que se examinen las razones del escaso número de denuncias de discriminación por motivos de género. El informe indica que, a su llegada al país, los extranjeros son informados de que gozan de los mismos derechos que los ciudadanos y, la oradora pregunta si podría informarse también a todos los extranjeros e inmigrantes de la existencia de HALDE y de que pueden acudir a ese organismo en caso de discriminación por motivos de género. Pregunta también si se han adoptado medidas en los territorios de ultramar para informar a las mujeres de que pueden presentar sus denuncias de discriminación por motivos de género ante ese organismo. Es importante examinar si las mujeres temen represalias, aunque éstas estén legalmente prohibidas. Espera que el próximo informe contenga más información sobre este tema, incluido un análisis y una evaluación de las tendencias actuales.

La Sra. Schöpp-Schilling felicita al Gobierno por su labor de incorporación de la perspectiva de género y de elaboración de presupuestos teniendo en cuenta esta perspectiva, aunque se pregunta hasta qué punto se aplica en la práctica la incorporación de la perspectiva de género. La reciente ley de inmigración parece haber afectado en particular a las mujeres, y sobre todo a las mujeres con hijos que desean reunirse con sus cónyuges en Francia. La oradora pregunta si estas mujeres reciben cursos del idioma y la cultura del país que les permitan cumplir con los requisitos para la obtención de visados.

Sugiere que la aplicación de las observaciones finales se incluya en una sección separada de los informes futuros.

En el informe y las respuestas a la lista de cuestiones no se facilita suficiente información sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas en las observaciones finales relativas al quinto informe. El Comité no sólo pidió información respecto de las medidas legales y de otro tipo adoptadas por el Gobierno para aplicar la Convención, sino además sobre la repercusión y los resultados de esas medidas. Sugiere que en el próximo informe se incluya esa información, a fin de que se ponga de manifiesto hasta qué punto se refleja en la práctica el principio de igualdad.

Respecto de la cuestión de la salud y la protección frente a la pobreza de las mujeres de edad en todo el país y en las dependencias de ultramar, inquiere si el Gobierno dispone de un plan general de aplicación de medidas basado en las conclusiones de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento (celebrada en Madrid en 2002). El próximo informe debe incluir una descripción exhaustiva de las medidas emprendidas para aplicar todas las disposiciones de la Convención referidas a las mujeres de edad.

Opina que los datos contenidos en el informe, las respuestas y la declaración introductoria de la delegación no son igualmente satisfactorios en lo que hace a la situación de la mujer y a la aplicación de la Convención en los territorios de ultramar. Los informes presentados por otros Estados Partes tal vez puedan servir de modelo para futuros informes. Pregunta si las mujeres y los funcionarios de los territorios de ultramar han sido informados de la nueva legislación, a fin de que las mujeres puedan reclamar sus derechos y evitar los efectos discriminatorios del derecho consuetudinario.

La Sra. Chutikul pregunta acerca de la composición de los 11 miembros integrantes de HALDE y del método y los criterios utilizados para seleccionarlos. Vería también con agrado que se proporcionara más información acerca del comité asesor de HALDE y sobre la posibilidad de incorporar una representación de organizaciones no gubernamentales en ambos órganos. Pregunta si se han analizado las denuncias presentadas ante el organismo sobre cuestiones que no hacen a la discriminación por motivos de género. Desea saber cuáles de las 151 recomendaciones del organismo han sido seguidas por el Gobierno y cuál es el procedimiento para presentar denuncias por intermedio de una organización no gubernamental. Desearía más información sobre el mecanismo nacional de aplicación de la Convención y acerca de la coordinación entre los numerosos participantes involucrados y pregunta si es posible establecer un órgano nacional encargado de la coordinación, el seguimiento y la evaluación generales, incluida la elaboración de indicadores que aseguren los progresos bajo autoridad ministerial.

La Sra. Dairiamseñala que el Comité espera un nivel elevado de cumplimiento por parte de Francia, habida cuenta de que este país ratificó la Convención hace 25 años. Asimismo, agradecería información sobre la situación de la mujer en las dependencias territoriales de ultramar que gozan de autonomía parcial. Si bien en el presente informe se enumeran una serie de intervenciones del Gobierno, no se proporcionan datos sobre el enfoque estratégico y las pautas normativas que configuran esas intervenciones, ni sobre los objetivos, plazos e indicadores para medir los progresos realizados, los arreglos institucionales para la aplicación de la Convención y los presupuestos y los programas de formación o creación de capacidad de esas instituciones.

La Sra. Simms pregunta si el Departamento de Igualdad y Derechos de la Mujer pone en práctica las medidas positivas recomendadas en la Convención en lo tocante a la contratación de personal, a fin de asegurar la representación de un número adecuado de mujeres de origen no europeo en sus niveles más altos. Habida cuenta de la historia colonial de Francia hay un grupo de mujeres que podría beneficiarse de esas medidas. Pregunta si los representantes del Departamento en los territorios de ultramar están efectivamente facultados, en términos financieros y de competencia, para influir sobre las autoridades locales, y si la población de las dependencias territoriales está representada en las oficinas de ultramar del Departamento.

La Sra. Zou Xiaoqiao inquiere si la ubicación del Departamento de Igualdad y Derechos de la Mujer del Ministerio del Empleo y la Familia interviene en la redacción y aplicación de las políticas nacionales y si el Gobierno tiene previsto elevar el rango del Departamento a fin de que tenga competencias para actuar más eficazmente. Se pregunta si el Departamento proporciona formación u otra asistencia a las instituciones creadas por el Gobierno en el plano departamental para asegurar la igualdad. Solicita asimismo información acerca de los problemas que puedan haberse presentado para aplicar la Carta sobre la Igualdad del Hombre y la Mujer y respecto de los plazos establecidos para cumplir los 280 compromisos recogidos en ella.

La Sra. Létard (Francia) indica que la reserva de su país al apartado h) del párrafo 2 del artículo 14 de la Convención será retirada en 2008. El mantenimiento de la reserva relativa al apellido no debe empañar los progresos alcanzados merced a la Ley del 4 de marzo de 2002, de conformidad con la cual los padres quedan facultados para dar a su descendencia el apellido paterno o materno, o un tercer apellido. En la mayoría de los casos se da el apellido paterno, ya que las tradiciones pesan mucho en este sentido y que la nueva legislación es poco conocida. Los apellidos podrán modificarse posteriormente, teniendo en cuenta cada caso.

La Sra. Sirinelli (Francia) dice que el retiro de la reserva al apartado h) del párrafo 2 del artículo 14 es inminente y que el Secretario General de las Naciones Unidas será debidamente notificado tras la conclusión de las consultas interministeriales. Respecto de las reservas al apartado c) del párrafo 2 del artículo 14, señala que Francia ha experimentado importantes cambios legislativos con posterioridad a la ratificación de la Convención. El Gobierno ha tomado nota de que esas reservas son de naturaleza interpretativa y está dispuesto a efectuar una nueva serie de consultas al respecto, en particular con referencia a las reservas al artículo 16.

La Sra. Létard (Francia) dice que si bien la Convención tiene la misma difusión y accesibilidad que el resto de la legislación de Francia, sus disposiciones no han sido muy invocadas debido en parte a que ya se recogen en directivas comunitarias y en el derecho interno. Hasta el día de hoy, los tribunales no se han pronunciado respecto de su aplicación ya que no se han incoado procedimientos ante ellos que les permitan hacerlo. Los magistrados franceses no desconocen la Convención, pero deben pronunciarse teniendo en cuenta las alegaciones que se someten a su consideración y no pueden remitirse sin más a una convención internacional. Se han adoptado medidas para que los juristas sean conscientes de los instrumentos internacionales en que Francia es parte y para incluir esos instrumentos en los planes de estudios de las facultades de derecho.

El sexto informe consolida los aportes de todos los ministerios y autoridades pertinentes de los territorios de ultramar y se ha sometido asimismo un borrador del informe a la consideración de la comisión nacional asesora en materia de derechos humanos y de los grupos franceses de defensa de los derechos de la mujer. También se han incorporado las respuestas al informe de la organización no gubernamental Coordination Française pour le Lobby Européen des Femmes a partir de las aportaciones de los ministerios interesados. El sexto informe fue difundido ampliamente entre todos los grupos de defensa de los derechos de la mujer y las autoridades gubernamentales pertinentes, y las observaciones finales y recomendaciones del Comité serán presentadas al Parlamento.

El propósito de HALDE es combatir la discriminación, divulgar información, prestar asistencia a las víctimas e identificar prácticas adecuadas para promover la igualdad. Este organismo está facultado para investigar los casos que se señalen a su atención e imponer multas por un máximo de 3.000 euros a las personas y de 15.000 euros a las organizaciones. También ha actuado como mediador para la solución amigable de controversias y procurado servicios legales gratuitos a las víctimas. Puesto que HALDE sólo ha recibido un número reducido de denuncias de discriminación contra la mujer en el empleo, es necesario sensibilizar a la población respecto de esta cuestión y resaltar la competencia del organismo en esta materia. La mayoría de las denuncias se refieren a la discriminación por motivos de origen étnico. Su delegación facilitará por escrito una información más detallada sobre esas denuncias. El organismo ha participado en un estudio sobre las trabajadoras migratorias que proporcionará a los defensores de sus derechos medios para combatir la discriminación en el empleo contra las migrantes. Las disposiciones legales concernientes al organismo son aplicables en todos los territorios de ultramar.

Las pruebas de ADN para los hijos de posibles inmigrantes se establecieron en noviembre de 2007. La nueva legislación es de naturaleza experimental y será revisada en 2009 para decidir si se prorroga. Las pruebas se practican voluntariamente a pedido de quienes solicitan un permiso de residencia y sólo se refieren a las madres de los niños y no a los padres. También se presta asistencia a los países de origen de los inmigrantes para que obtengan documentos de identidad fidedignos. Según un informe del Senado, entre el 30% y el 80% de los documentos del Senegal, Côte d’Ivoire, la República del Congo, la República Democrática del Congo, el Togo, Madagascar y las Comoras son fraudulentos, circunstancia que perjudica a las personas que actúan de buena fe y desean reunirse con sus familias. El Consejo Constitucional ha determinado que las pruebas de ADN no discriminan a las mujeres. Si dificultan el ingreso al territorio francés, lo hacen por igual para mujeres y hombres. No obstante, HALDE ha emitido recientemente un dictamen según el cual las pruebas son discriminatorias y aunque ese dictamen no tiene la fuerza de una decisión judicial, el Gobierno le está prestando cuidadosa atención.

El Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Solidaridad tiene a su cargo las cuestiones relativas a los derechos de la mujer. La oradora es Ministra de Estado Adjunta al Ministro de Trabajo, Asuntos Sociales y Solidaridad y se ocupa de los derechos de las personas de edad, las personas con discapacidad y las mujeres. El Gobierno está coordinando la labor de promoción de la igualdad de género en todos los ministerios. La función de la oradora es asegurar la coordinación general de esta labor; en ese sentido se ha ocupado de coordinar un plan interministerial para prevenir la violencia en el hogar.

En 2002, el Gobierno llevó a cabo una reforma significativa de sus políticas de recepción e integración de los inmigrantes, referida en buena medida a las mujeres. El extranjero que desee residir legalmente en Francia debe suscribir un contrato de recepción e integración que menciona expresamente la igualdad del hombre y la mujer, la emancipación de la mujer en el marco de la vida diaria y su participación en la patria potestad. Se facilita asistencia en materia de idioma y también otros servicios sociales. El Gobierno ha publicado también la “Guide de l’égalité entre les femmes et les hommes de l’immigration” (Guía de igualdad del hombre y la mujer de origen inmigratorio).

Varias leyes recientes tratan de promover la igualdad de los géneros en los territorios de ultramar. Por ejemplo, la abolición de la poligamia en Mayotte es una importante medida adoptada en años recientes. La oradora toma nota por último del pedido del Comité de que se incluyan datos precisos sobre los territorios de ultramar en los próximos informes.

La Sra. Augustin (Francia) dice que las políticas de igualdad de los géneros para los territorios de ultramar están dirigidas a garantizar la aplicación universal de la ley. Es una tarea ardua, si se tiene en cuenta que es preciso obtener la aceptación popular de esas políticas, particularmente entre las mujeres, y superar las barreras culturales. Puesto que el acceso al empleo sigue siendo el problema principal para las mujeres de los territorios de ultramar, se han adoptado medidas para mejorar y diversificar las opciones educacionales y profesionales de las niñas y las jóvenes.

La Sra. Létard (Francia) dice que la cuestión de las mujeres de edad preocupa especialmente al Gobierno. Hay un importante plan de acción que abarca todos los aspectos que afectan a esas personas como la salud, el empleo, la jubilación, las pensiones y otras prestaciones. El año próximo se examinará el problema de la inadecuación de las prestaciones por jubilación que afectan en particular a la mujer rural.

HALDE está integrado por un grupo de 11 miembros y trata de equilibrar la representación de hombres y mujeres. Las disposiciones sobre la calumnia del Código Penal se aplican únicamente cuando se comprueba una intención dolosa. Se vienen realizando esfuerzos constantes para incrementar el acceso de la mujer a cargos de responsabilidad, y numerosas mujeres han sido incorporadas al Gobierno actual. También se arbitran medios para aumentar la diversidad en el Gobierno, en particular merced a los esfuerzos de la Ministra de Justicia y de la Ministra de Estado Adjunta al Ministro de Relaciones Exteriores y Europeas, encargada de los asuntos exteriores y de los derechos humanos. Se ha avanzado hacia la igualdad en el plano nacional y local. En particular, muchas mujeres ocupan puestos de alto nivel en el ámbito municipal.

La Sra. Voisin (Francia) dice que la Carta sobre la igualdad del hombre y la mujer aprobada en 2004 permitió que se iniciaran actividades en pro de la igualdad de los géneros. Está previsto un examen de los fondos asignados por cada Ministerio con ese fin y la publicación de un documento de políticas intersectoriales con información cuantitativa y cualitativa. El documento será vinculante para el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Solidaridad, que deberá informar anualmente sobre los resultados de sus programas en materia de igualdad de los géneros. Un 75% de los compromisos recogidos en la Carta ya han sido cumplidos. Entre ellos figura la divulgación de la Convención para que se tome conciencia respecto de ella.

La Sra. Maiolo agradecería que se facilitase más información sobre las medidas del Gobierno para combatir los estereotipos sexistas, incluso en los medios de comunicación, la publicidad y los libros de texto.

La Sra. Simms subraya que el racismo debe ser encarado de frente. Las mujeres inmigrantes suelen trabajar a tiempo parcial o por períodos breves, circunstancia que les impide tener una pensión cuando envejecen. El reciente enfrentamiento entre jóvenes inmigrantes varones y la sociedad francesa, ampliamente difundido, dimana no sólo de su sentimiento de marginalización sino de la marginalización que padecen sus madres; es necesario modificar la imagen de la mujer inmigrante entre los franceses. Además es preciso identificar prácticas nocivas como la mutilación genital femenina, explícitamente prohibida y sancionada, con independencia de que se practique dentro o fuera del país.

La Sra. Ara Begum felicita a Francia por su eficaz campaña de sensibilización contra la prostitución, incluida la prostitución infantil y observa que el turismo sexual va, no obstante, en aumento. Desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para combatir la prostitución infantil, la pornografía infantil y la venta de niños.

Respecto de la violencia en el lugar de trabajo agradecería más información acerca del número de denuncias, las sanciones aplicables a este tipo de violencia y las leyes en vigor para reprimirla. Existe información acerca del incremento de la violencia contra la mujer, particularmente entre la población inmigrante. Es necesario disponer de datos sobre los procedimientos civiles y penales aplicables y acerca de los refugios habilitados para acoger a las víctimas.

La Presidenta, en su calidad de miembro del Comité, pone de manifiesto el elevado número de asesinatos de mujeres y solicita aclaración respecto de las medidas preventivas que se están adoptando. En cuanto a la referencia de la delegación a un proyecto de enmienda constitucional que consagraría el principio de la igualdad de los géneros, menciona el párrafo a) del artículo 2 de la Convención, que requiere que todos los Estados Partes incorporen ese principio a su legislación nacional.

La Sra. Chutikul dice que el informe parece poner en el mismo nivel a la prostitución y a la trata de personas. No obstante, aunque las medidas preventivas de ambas situaciones puedan superponerse, no todas las personas que se dedican a la prostitución han sido víctimas de la trata. Desea saber si la Ley de seguridad interior, citada en la página 25 del informe, se ajusta al artículo 6 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y a los Principios sobre los derechos humanos y la trata de personas, y si esas víctimas pueden ser deportadas de conformidad con la Ley. Agradecería que se le informara sobre la labor bilateral realizada en materia de prevención y reintegración una vez que las víctimas vuelven a sus países de origen. También sería útil saber si ha habido casos de trata con propósitos distintos de la prostitución, cuántos nacionales franceses han estado involucrados en casos de trata fuera de Francia, qué papel han desempeñado las embajadas francesas para prevenir la entrada en Francia de víctimas de la trata y cuál es el estatuto jurídico de la Oficina Central para Reprimir la Trata de Personas.

El Sr. Flinterman está interesado en obtener más información sobre los resultados de la política en materia de prostitución desde que se aprobó en 2003 la Ley de seguridad interior. La respuesta a la pregunta 12 de la lista de cuestiones (CEDAW/C/FRA/Q/Add.1) parece indicar que la Ley no se aplica por igual en todo el país; es muy escasa además la información relativa a los procedimientos incoados contra los clientes. Su sincera opinión es que las políticas del Gobierno no han surtido el efecto deseado y que el riesgo para las prostitutas es aún mayor que antes de la aprobación de la Ley. Le interesaría escuchar la opinión de la delegación a este respecto.

Artículos 7 a 9

La Sra. Tavares da Silva dice que la repercusión de la Ley sobre paridad en la esfera política es en general considerable, si bien sorprende que no se haya logrado todavía paridad en la Asamblea Nacional y en el Senado. Desea saber si la Ley 2007-128, que establece nuevos requisitos y sanciones para los casos de incumplimiento de la paridad en las listas de los partidos políticos, ha arrojado ya resultados. Pregunta también si se han elaborado planes para abolir la práctica de la “acumulación de mandatos”, que permite que algunos funcionarios del Gobierno ocupen más de un cargo electivo.

La Sra. Zou Xiaoqiao sugiere que los países escandinavos tal vez estén dispuestos a compartir su positiva experiencia para alcanzar la paridad en el gobierno. Solicita información complementaria sobre el proyecto 2004-2007 para aumentar el acceso de la mujer a puestos de alto nivel en el Ministerio de Relaciones Exteriores y, en concreto, sobre su contenido, si se han establecido cuotas y si se han evaluado sus resultados.

La Sra. Neubauer dice que le parece sorprendente que la representación de las mujeres en la Asamblea Nacional sea inferior al promedio de la Unión Europea. Recomienda que el Gobierno solicite el asesoramiento y la experiencia acumulada por la Unión Europea antes de adoptar nuevas medidas. Es evidente que hay un bajo nivel de representación de mujeres en altos cargos en la esfera pública en general, incluidos ciertos sectores como la administración pública, el mundo académico y la profesión médica. Se pregunta si los resultados del plan 2004-2007 contribuirían a mejorar la situación.

La Sra. Belmihoub-Zerdani hace referencia a la cuestión de la nacionalidad de conformidad con el artículo 9 y dice que el derecho de la madre a transmitir su nacionalidad a su descendencia es un derecho humano fundamental. No obstante, ha tenido conocimiento del rechazo de solicitudes de nacionalidad de algunas mujeres que usan el velo islámico o de que se les ha negado el permiso de residencia o la tarjeta de identidad, lo cual constituye una grave violación de sus derechos humanos. El uso del velo no debe ser un factor a la hora de adoptar decisiones relativas a la nacionalidad. Opina, además, que las disposiciones sobre reunificación de la familia contenidas en la nueva legislación inmigratoria infringen una serie de instrumentos internacionales de derechos humanos. Desearía escuchar los comentarios de la delegación a este respecto.

La Sra. Létard (Francia) aclara que, a excepción de las escuelas, de conformidad con la Ley del 15 de marzo de 2004 relativa al uso de símbolos religiosos manifiestos en las escuelas el uso del velo no está prohibido en Francia. La Ley tiene por objeto proteger a las niñas, y no penalizarlas, al darles la oportunidad de tener la experiencia de no utilizar el velo. De ese modo pueden elegir libremente si lo llevan cuando lleguen a la mayoría de edad. Francia es parte en los instrumentos de derechos humanos de la Unión Europea y no considera que sus leyes en materia de inmigración los contravengan.

Respecto de los estereotipos sobre la mujer en los medios de comunicación, incluida Internet, se ha creado un grupo de trabajo integrado por profesionales de los medios bajo los auspicios del Consejo Audiovisual a fin de estudiar en profundidad el problema y ocuparse del efecto que tienen las imágenes discriminatorias en ámbitos como la inmigración y la discriminación en el empleo.

Próximamente se anunciará el “Plan Banlieue”, un programa de recuperación económica para distritos urbanos y suburbanos desfavorecidos. El plan incluye un componente de acción afirmativa para la mujer en los sectores de creación de empleo y de educación. En 2006, un comité interministerial se comprometió a adoptar una serie de medidas hasta el año 2011 para incrementar el acceso de las niñas a todos los niveles de educación y alentarlas a elegir carreras científicas o técnicas. Con frecuencia las pensiones de jubilación de las mujeres son menores que las de los hombres al haber cotizado menos años debido al tiempo invertido en la crianza de sus hijos. El Presidente está estudiando un plan para aumentar el nivel mínimo de las pensiones y para efectuar cotizaciones correspondientes a los años en que las mujeres han permanecido en el hogar cuidando a los hijos o han trabajado en empresas agrícolas o negocios familiares.

Ni la tradición ni las costumbres pueden servir de excusa para justificar la excisión del clítoris ni el matrimonio forzado, circunstancias estrechamente ligadas a la violencia sexual. Entre las normas contra el matrimonio forzado figura la anulación del matrimonio por falta de consentimiento de uno de los cónyuges o por coerción o influencia indebida de los progenitores o de uno de los cónyuges. En Francia se dan unos 85.000 casos al año de mutilación genital femenina. Esos casos son punibles con arreglo al derecho francés, aunque la mutilación se practique fuera del país respecto de una niña que resida habitualmente en Francia, y el plazo de prescripción de este delito ha sido ampliado a 20 años a partir de la fecha en que la víctima alcance la mayoría de edad. Se han venido realizando además campañas para erradicar esta práctica.

El Sr. Kilque (Francia) dice que, si bien requerir los servicios de una persona adulta para la prostitución no es delito, sí lo es cuando se trata de un menor de edad. Se denuncian sólo alrededor de una docena de casos de ese tipo por año, generalmente respecto de adolescentes de 16 a 18 años.

La Sra. Létard (Francia) dice que el plan trienal interministerial para prevenir la violencia en el hogar se inició en 2006. Comenzó con presentaciones efectuadas en las escuelas primarias para enseñar respeto mutuo a niñas y varones. Otras actividades están orientadas a la rehabilitación de los autores de violencia en el hogar, de sus víctimas y de los niños que hayan presenciado actos de violencia. Se instruye asimismo a los funcionarios policiales respecto del trato a las víctimas y se está elaborando un sistema de certificado médico único que pueda ser presentado ante los tribunales si el caso de violencia es enjuiciado. El objetivo es crear un proceso de remisión único que responda a todas las necesidades de la víctima. Se ha establecido también una línea telefónica nacional permanente de llamadas de urgencia para las mujeres víctimas de la violencia.

La oradora no cree que se efectúen modificaciones en la ley sobre la trata de personas y la explotación de la prostitución, cuya finalidad es disuadir a los traficantes de personas y alentar a las víctimas de la trata a cooperar con la policía. Las decisiones de deportación de las mujeres víctimas de la trata se adoptan caso por caso y se han admitido numerosas excepciones. Ninguno de los procesos en que han estado involucradas mujeres que ejercen la prostitución ha concluido con su encarcelamiento. En cambio, los procesos han permitido descubrir redes de prostitución vinculadas con organizaciones delictivas transnacionales de Europa Oriental. El número de víctimas de la trata ha disminuido progresivamente en 2005, 2006 y 2007.

La oradora espera que la paridad de los géneros en los cargos electivos pueda lograrse en ocasión de las próximas elecciones a consejos locales merced a la intensiva capacitación en funciones ejecutivas que han venido recibiendo las mujeres; esta circunstancia permitirá a su vez que haya un número mayor de candidatas para la Asamblea Nacional y el Senado. El proceso llevará tiempo, pero el Gobierno tiene proyectado continuar con sus esfuerzos. El tema de la “acumulación de mandatos” forma parte del actual debate sobre el equilibrio entre la vida profesional y familiar, pero la oradora ignora si hay planes destinados a modificar las leyes pertinentes.

Actualmente se efectúa una evaluación del plan 2004-2007 para incrementar el número de mujeres en el servicio diplomático y para elevar el nivel de sus cargos. Se están compilando estadísticas desglosadas por género relativas a las mujeres en la administración pública; esos datos figuran en el informe bienal a la Asamblea Nacional; el informe más reciente fue presentado en 2006.

El comité de igualdad establecido por el Ministerio de Educación e Investigación ha dado lugar a la designación de un número mayor de mujeres en los consejos universitarios. Con la Ministra de Justicia del presente Gobierno se ha designado a muchas más mujeres para cargos judiciales. No obstante, sigue observándose un “tope invisible” en la investigación científica privada debido al escaso número de mujeres que escogen carreras científicas.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.