20° período de sesiones

Acta resumida de la 415ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 28 de enero de 1999, a las 10.20 horas

Presidenta :Sra. González

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero combinados de Grecia

Se declara abierta la sesión a las 10.40 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos segundo y tercero combinados de Grecia (CEDAW/C/GRC/2-3, CEDAW/E/1999/I/CRP.1/Add.3)

A invitación de la Presidenta, la Sra. Karali-Dimitriadi, la Sra. Sarri, la Sra. Pazioti y la Sra . Zervou (Grecia) toman asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Karali-Dimitriadi (Grecia) dice que, como Estado miembro de la Unión Europea, Grecia se adhiere decididamente a todas las actividades encaminadas a promover la igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer en el empleo, el desarrollo y la vida social, económica y política. Las profundas transformaciones que se produjeron en Grecia en el decenio de 1980 fueron resultado de la actividad de un potente y amplio movimiento en favor de la mujer, que desgraciadamente ha perdido algo de impulso en los últimos tiempos. Prácticamente todos los indicadores de la participación de la mujer en la sociedad griega han mejorado; sin embargo, aunque se haya fortalecido la posición de la mujer, la desigualdad entre los géneros todavía persiste. Los hombres siguen ocupando la mayoría de los puestos de autoridad y son ellos quienes adoptan las decisiones. Las políticas de igualdad adoptadas a partir de 1994 tienen por objeto reducir las desigualdades y erradicar sus causas. Una de las principales prioridades de la nueva etapa de la estrategia es el cambio de las actitudes existentes en relación con los papeles atribuidos a los géneros en la familia, el trabajo, la política y la vida social. También se presta especial atención a establecer mecanismos de apoyo concretos para favorecer la aplicación de esas políticas.

A partir del decenio de 1980 se introducen cambios legislativos e institucionales fundamentales para garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer, entre los que cabe destacar la revisión del derecho de familia y la aprobación de nuevas leyes para abolir la discriminación en el acceso a la educación, la formación profesional y el empleo. El marco legislativo actual de Grecia es considerado uno de los más progresistas del mundo. Además, las mujeres de Grecia han logrado avances decisivos en su participación en el mercado laboral. Incluso las altas tasas de desempleo femenino son indicativas de la voluntad de las mujeres de trabajar y ser independientes. El principio de igualdad entre los géneros se reconoció oficialmente por primera vez en el Contrato Colectivo Nacional de 1993. Desde entonces se han producido importantes cambios positivos en el empleo de la mujer, como indica la información estadística que se recoge en el informe.

La labor para poner fin a la violencia contra la mujer es la principal prioridad de la Secretaría General para la Igualdad para el período 1997-2000. Hasta el momento no se ha hecho una investigación científica sistemática sobre ninguna de las formas de violencia contra la mujer. Con excepción de algunos estudios aislados, la falta de datos hace muy difícil evaluar la magnitud del fenómeno. La prostitución forzada y la trata de mujeres, muchas de las cuales son inmigrantes ilegales y refugiadas, han empezado a plantear un grave problema en Grecia. Recientemente el Gobierno ha adoptado una nueva política para legalizar a las inmigrantes que reúnan ciertas condiciones y proporcionarles permisos de residencia y de trabajo. También se han establecido nuevas dependencias para mujeres maltratadas y víctimas de la violencia en el Centro de Investigación sobre Asuntos Relativos a la Igualdad. Los ministerios y las autoridades competentes coordinan sus actividades y cooperan con organizaciones no gubernamentales de mujeres en la organización de campañas para difundir información y aumentar la conciencia pública.

En los últimos años, las mujeres han adoptado un papel más activo en la vida política, y su mayor participación ha favorecido su posición en los partidos políticos; sin embargo, en los niveles superiores el porcentaje de mujeres todavía sigue siendo muy pequeño. Si bien las mujeres constituyen el 51% del electorado, su representación en el Parlamento es insuficiente. El número de mujeres que ocupan puestos en el gabinete es reducido; sin embargo, en el cuerpo diplomático, el poder judicial y los sectores público y profesional se aprecia un aumento constante de la participación de la mujer, pese a que los puestos de mayor categoría todavía estén dominados por los hombres. Las principales causas de que la mujer tenga una presencia limitada en los centros de poder y adopción de decisiones son las estructuras y actitudes establecidas de los partidos políticos y la sociedad en general, así como la división del mercado laboral en función del género.

La Secretaría General para la Igualdad seguirá promoviendo y fortaleciendo la igualdad entre los géneros mediante la adopción de políticas y medidas de acción afirmativa encaminadas a lograr una representación más proporcionada de la mujer en la vida política y pública y la organización de campañas de información y concienciación destinadas a cambiar actitudes y estereotipos y apoyar a las mujeres candidatas. Otros de los objetivos son los programas para capacitar a las mujeres a fin de que ocupen puestos de responsabilidad y ofrecerles oportunidades laborales diversificadas.

Las mujeres padecen afecciones de salud que guardan relación con su dependencia económica, su experiencia de la violencia y los prejuicios sociales, factores que crean un entorno negativo. Por ello es necesario que en todas las políticas en materia de salud se incluya una dimensión de género y se dé especial prioridad a la salud de la mujer. El derecho de todas las mujeres de Grecia a la atención de salud gratuita sin discriminación está reconocido por la Constitución y es aplicado por ley. En todos los hospitales públicos del país, las mujeres pueden ejercer su derecho a que se les realicen pruebas médicas preventivas. Además, 47 centros de planificación de la familia y 60 centros de salud prestan asesoramiento sobre todos los problemas de salud de la mujer. Se han organizado programas de atención de salud y campañas de información en cooperación con el Ministerio de Salud para abordar problemas que afectan especialmente a la mujer, como el aborto en las adolescentes, el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) y la menopausia. Se ha producido una disminución importante de la infección por el SIDA en las mujeres.

Los cambios políticos recientes en la sociedad y la globalización de la economía hacen necesario abordar la cuestión de la integración cuantitativa y cualitativa de la mujer en el mercado laboral, como base de una estrategia eficaz para promover la cohesión económica y social. La Secretaría General para la Igualdad promueve un Plan de Acción para el período 1998-2000 en que se da la más alta prioridad a la aceptación de una política de igualdad de oportunidades y a su incorporación a todas las actividades gubernamentales. Las mujeres de Grecia han alcanzado el punto en que exigen tener una participación activa y en pie de igualdad en todos los modelos socioeconómicos de planificación y desarrollo, en particular en el nivel regional.

Pasando a las cuestiones que figuran en el párrafo3 del documento CEDAW/E/1999/I/CRP.1/Add.3, considera que la repercusión del Plan de Acción para la Igualdad de Oportunidades 1994-1997 ha sido muy positiva. Se han alcanzado objetivos y metas fundamentales, teniendo presentes los efectos de la globalización, la transición económica en el conjunto de Europa y plan de cohesión de Grecia para poder participar plenamente en la Unión Económica y Monetaria europea. En el Plan de Acción para el período 1998-2000 se ha establecido como máxima prioridad combatir la violencia contra la mujer y promover la participación activa y en pie de igualdad de la mujer en todas las políticas socioeconómicas de desarrollo. En respuesta a la pregunta 4, dice que la Secretaría General para la Igualdad ha tenido una cooperación excelente con las organizaciones no gubernamentales de mujeres, a las que presta apoyo mediante la financiación de sus programas y actividades. También existe una considerable cooperación en los ámbitos de la incorporación de una perspectiva de género, las medidas para abordar la violencia contra la mujer, el empleo, las políticas estructurales, la normativa laboral y la seguridad social.

En respuesta a la pregunta 5, dice que Grecia debe afrontar un problema importante en lo que respecta a los refugiados y los inmigrantes ilegales, a causa de su situación geográfica y de las enormes transformaciones que experimentan los países de Europa oriental y los países de economía en transición. Muchos de esos inmigrantes son mujeres que caen víctimas de la prostitución forzada. Grecia debe concentrarse en el establecimiento de refugios de acogida, así como en la cooperación transnacional para luchar contra la trata de mujeres. El Programa contra la Exclusión Social, con financiación nacional y del Fondo Social Europeo, supondrá una contribución eficaz. La Secretaría General se ha ocupado de algunos casos particulares de mujeres explotadas y ha logrado intervenir en su favor.

Por lo que respecta a la pregunta 6 sobre la Plataforma de Acción de Beijing, señala que Grecia la ha aprobado; dado que la mayoría de las cuestiones que abarca guardan relación con las abordadas en la Convención, los efectos de la aplicación de la Plataforma de Acción pueden deducirse de la información proporcionada acerca de la Convención.

La Sra. Sarri (Grecia), pasando a las cuestiones relativas al artículo 2, dice que se han presentado varias demandas sobre cuestiones de discriminación por motivos de género, especialmente en relación con infracciones del artículo 4 de la Constitución, que estipula que el hombre y la mujer son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos y obligaciones. Algunas normas por las que se establecían medidas de acción afirmativa en favor de la mujer fueron abolidas en 1994 con el argumento de que eran inconstitucionales; sin embargo, en 1998, el Consejo de Estado decidió que la acción afirmativa no era inconstitucional, teniendo en consideración el hecho de que esas medidas estaban encaminadas a establecer la igualdad entre mujeres y hombres. Además, las directivas de la Unión Europea y la Convención avalan esas medidas.

Recientemente se ha presentado ante los tribunales una demanda relativa a una campaña de televisión puesta en marcha por la Secretaría General con ocasión de las elecciones locales de octubre de 1998 en que se instaba al electorado a votar por mujeres candidatas. Un candidato presentó una querella en que pedía que se pusiera fin a la campaña, ya que suponía una violación de la igualdad para los hombres. Todas las organizaciones de mujeres se movilizaron, la Secretaría General ganó el pleito y la campaña volvió a emitirse.

En respuesta a una pregunta sobre programas contra la discriminación distintos de los descritos del informe, señala que, en cooperación con la Secretaría General para la Igualdad, el Centro de Investigación sobre Asuntos Relativos a la Igualdad ha establecido la Dependencia de Información sobre Empleo y Formación Profesional para la Mujer, que proporciona asesoramiento y apoyo a las mujeres que busquen empleo o capacitación o deseen emprender un negocio. La Dependencia de Documentación sobre Empleo de la Mujer, establecida bajo los mismos auspicios, se propone prestar asistencia en la planificación nacional de actividades y medidas para mejorar la posición de la mujer en el mercado laboral. Se trata de un sistema integrado de información que contiene datos sobre todas las cuestiones relativas al empleo, el desempleo y la formación profesional.

Además, el Plan de Acción Nacional promueve la igualdad de oportunidades en la formación y en el empleo. Más concretamente, tiene por objetivo reforzar la capacidad de la mujer en el mundo profesional y empresarial, fortalecer las estructuras de atención a los niños y los ancianos para lograr una combinación armónica de la vida profesional y familiar y establecer centros de información para la iniciativa empresarial de las mujeres. Los servicios de atención a la infancia se han mejorado en virtud de la Ley 2525 de 1997, gracias a la cual en 1999 se inaugurarán 160 jardines de infancia y las escuelas estatales de educación infantil ampliarán su horario. El programa “Ayuda en Casa” beneficiará a las personas que no puedan cuidar de sí mismas.

En respuesta a la petición de que describa la “discriminación directa y manifiesta que continúa existiendo” (párr. 39), dice que los contratos laborales de sector todavía estipulan, a efectos de pensión, que las mujeres deben jubilarse antes que los hombres. Por otro lado, en el Contrato Colectivo Nacional de 1993 se reconoció por primera vez el principio de la igualdad entre los sexos, y los representantes de los empleadores y los empleados convinieron en que deberían promover la igualdad de trato y de oportunidades. Se acordó establecer tres meses y medio de licencia para cada progenitor, una licencia de maternidad por una duración total de 16 semanas, una licencia de cuidado de los hijos, que más tarde podría ofrecerse al padre si la madre trabajadora no la solicitaba, y la regulación del trabajo nocturno para las mujeres embarazadas.

Respecto de las sugerencias de la Secretaría General para la Igualdad relativas al mejoramiento de las disposiciones legislativas, mencionadas en el párrafo 46, dice que la Secretaría General ha propuesto que se produzca un resumen conciso de la legislación existente relativa a la mujer. Podrían corregirse las deficiencias que se encontraran y el derecho griego quedaría armonizado con la legislación internacional. Otra mejora sería la modificación del párrafo 2 del artículo 116 de la Constitución, en que se previeron algunas excepciones al principio de igualdad durante un período de transición mientras se adaptaba la legislación. Las excepciones obedecían a la intención de beneficiar a la mujer, pero muchas veces no lo han logrado, y en cualquier caso han pasado a ser inaceptables. En su revisión de la Constitución, el Parlamento propuso que en el artículo 31, relativo a las condiciones que debía cumplir el Presidente, debía especificarse que la nacionalidad podía ser transmitida a los hijos por vía materna al igual que paterna.

La Secretaría General también ha establecido un comité, integrado por representantes de órganos gubernamentales y no gubernamentales, para estudiar el fenómeno de la violencia contra la mujer. El Comité investiga todas las formas de violencia y prepara un proyecto de ley sobre la tipificación oficial de los delitos. La Secretaría General también prevé mejorar su actual estructura de apoyo para las mujeres maltratadas estableciendo, junto con el Centro de Investigación sobre Asuntos Relativos a la Igualdad, cinco nuevas dependencias de apoyo y protección para mujeres víctimas de la violencia en Atenas y otras cuatro ciudades.

Para sensibilizar a la opinión pública, la Secretaría General organizó una visita a cuatro prefecturas en 1998. En todos los canales de televisión se emiten, como mensajes sociales, anuncios publicitarios relativos al Día de la Mujer. La Secretaría General también presta apoyo financiero a organizaciones que llevan a cabo programas enmarcados en la iniciativa de la Unión Europea contra la violencia. Además, junto con otras entidades, organizó un seminario de concienciación para oficiales de policía y estudiantes de la Academia de Policía sobre las cuestiones de la violencia y la trata de mujeres. También llevó a cabo programas para profesores de todos los niveles a fin de aumentar su conciencia de las cuestiones de género.

Por lo que respecta al diálogo social descrito en el párrafo 168, su resultado fue el surgimiento de un nuevo diálogo social, a partir de 1997, entre el Gobierno y las partes sociales, con la participación de organizaciones no gubernamentales de mujeres. Los temas de debate fueron las políticas estructurales para el desarrollo; las políticas para fomentar la competitividad y el empleo; la regulación de las condiciones de trabajo; y la protección social y la seguridad social. Las observaciones expresadas por la Secretaría General y las organizaciones de mujeres influyeron en las políticas nacionales.

La Sra. Pazioti (Grecia), a propósito de las políticas o la legislación que podrían adoptarse para abordar las imágenes ofensivas o estereotipadas de la mujer en los medios de difusión, dice que la Secretaría General procura informar al público, a través de los medios de difusión, sobre los cambios institucionales en la esfera de la igualdad, para sensibilizar a la población acerca de las cuestiones de igualdad y promover la participación de la mujer en todos los sectores de la vida social. Las periodistas griegas tienen un papel especialmente activo en la promoción de esas políticas. Una emisora de radio del centro de Grecia tiene un programa dedicado concretamente a las cuestiones de igualdad, y es de esperar que otros se sumen a esa iniciativa. Otra de las leyes aplicables es la Ley 1730 de 1987, cuyo artículo 3 estipula que la televisión pública griega puede negarse a transmitir publicidad que se oponga al principio del respeto debido a la mujer. El artículo 4 del Código ético de la publicidad en la radio y la televisión, publicado en 1991, contiene una disposición en ese mismo sentido. El Decreto presidencial 236 de 1992 estipula que la publicidad en televisión no debe incluir ejemplos de discriminación por motivos de género, y que los programas que puedan causar un grave perjuicio al desarrollo físico, mental o ético de los menores o que contengan escenas pornográficas o violentas no deben ser transmitidos. No debe haber ninguna incitación al odio por motivos de raza, sexo, religión ni nacionalidad. Los anuncios que resulten ofensivos para la moral están prohibidos y se consideran publicidad ilegítima.

En lo referente a la legislación y las políticas relativas a la violencia contra la mujer, hasta el momento no se ha hecho ninguna investigación sistemática. Por consiguiente, la Secretaría General ha invitado al Centro de Investigación sobre Asuntos Relativos a la Igualdad a que lleve a cabo esa investigación, con ayuda de un comité integrado por representantes de la Secretaría General, profesores universitarios, mujeres sindicalistas y representantes de los Ministerios de Asuntos del Interior, Justicia y Orden Público y de organizaciones de mujeres. El Comité estudiará el marco legislativo y estructural vigente y formulará propuestas para mejorarlo. Respecto de la pregunta concreta relativa a la violación en el matrimonio, ese tipo de violación no se considera una categoría aparte. Sin embargo, sería posible —aunque todavía no se ha sentado ningún precedente jurídico— basar una acusación en un acto de coacción, atentado al pudor con violencia física o amenaza de peligro grave. La violencia psicológica tampoco está tipificada todavía como delito.

Existe una grave escasez de servicios a los que puedan recurrir las mujeres víctimas de la violencia en busca de ayuda. Aparte del Centro para Mujeres Maltratadas de Atenas, que funciona desde 1988, y las dependencias de apoyo y protección que están en proyecto, el único refugio para las mujeres víctimas de malos tratos son los hospitales públicos, los centros de salud y los centros de salud mental, que no cuentan con personal adecuado para esos fines. Sin embargo, las organizaciones de mujeres han empezado a intervenir y a ofrecer servicios gratuitos a las mujeres víctimas de la violencia; desde 1992 funciona una línea telefónica de socorro atendida por mujeres, que ofrece apoyo jurídico y psicológico. En 1997 se estableció un observatorio de los derechos de la mujer y una oficina de denuncias. Organizaciones de mujeres de todo el país se ocupan de informar a las inmigrantes sobre la explotación y la violencia sexuales.

En lo referente al acoso sexual en el trabajo, el derecho griego ofrece protección a la mujer mediante leyes especiales o mediante el Código Civil y el Código Penal. Si un empleador abusa de su posición o realiza actos ilegales o inmorales, la persona ofendida puede pedir una indemnización. Si a causa de esa conducta la mujer se ve obligada a renunciar —lo que constituye discriminación indirecta por motivos de género—, tiene derecho a reclamar su sueldo hasta que el empleador pague la indemnización. Si un funcionario público intenta cometer un atentado contra el pudor de un subordinado, estará sujeto a una pena mínima de un año de prisión. No existe ninguna disposición equivalente para el sector privado.

Otros delitos, como las amenazas, la extorsión o la violencia mental o psicológica, están previstos en la legislación. La dificultad reside en que se exige que la víctima presente una denuncia. Sin embargo, en el caso de la violación, el fiscal tiene la obligación de formular cargos automáticamente. La Secretaría General reconoce que las mujeres no están suficientemente protegidas, en particular en el sector privado. Por consiguiente, considera que debería introducirse legislación que tratara concretamente del acoso sexual, e insta a las mujeres a que denuncien los casos de ese tipo de acoso. En 1997 y 1998 se denunciaron casos con éxito en relación con ese tipo de incidentes.

La Sra. Sarri (Grecia), en respuesta a una pregunta sobre la existencia de casos de pedofilia, dice que están previstos en el Código Penal los delitos de corrupción de menores, atentado al pudor cometido contra menores, incesto, actos de libertinaje entre familiares y sexo anal. En 1995, 14 hombres fueron condenados por el primero de esos delitos, dos por el tercero y dos por el último. Probablemente esos casos sólo representan la punta del iceberg, pero no se dispone de datos oficiales. Dado que esos crímenes son considerados tabú, es posible que la víctima vacile antes de denunciarlos, incluso dentro de la familia. Por ese motivo, la Secretaría General de la Juventud, en cooperación con organizaciones de derechos humanos de Grecia, puso en marcha una campaña en la televisión para advertir a los niños pequeños, en parte utilizando el medio de los dibujos animados, sobre los peligros que podrían suponer para ellos los pederastas.

Con referencia a la pregunta 15, señala que el artículo 14 de la Constitución garantiza la libertad de prensa y prohíbe todo tipo de censura. Sólo se permite el decomiso en el caso del material impreso con contenido indecente, según está definido por ley. Respecto de las fotografías pornográficas de niños, en el Código Penal figuran disposiciones en relación con la explotación de menores con fines de lucro. Además, el delito de ofrecer material indecente a personas menores de 18 años es susceptible de una pena de privación de libertad, y admitir a un menor a una sala cinematográfica en que se proyecte una película considerada inadecuada para su edad constituye delito.

La Sra. Karali-Dimitriadi (Grecia), respondiendo a las preguntas 16 y 17 (artículo 6), dice que las corrientes cada día mayores de inmigrantes procedentes de los países de Europa oriental ha motivado el aumento de la trata de mujeres y niñas. Para paliar el problema, la Secretaría General para la Igualdad prevé ampliar sus servicios de apoyo para las víctimas de la prostitución forzada, que estarán disponibles las 24 horas del día. También prepara un programa piloto que se pondrá en marcha en Tesalónica, en el norte de Grecia, lugar que se ha revelado como punto de tránsito para la trata de mujeres. En el marco del programa, la Secretaría General prevé establecer un centro de investigación, una línea telefónica de socorro y un refugio para las mujeres y sus hijos. Entre las medidas para luchar contra la trata cabe mencionar el despliegue de guardias de fronteras; la distribución de folletos en las zonas fronterizas, así como en Grecia y en los países de origen; la cooperación con las autoridades de esos países; y la protección de las víctimas con el fin de hacer comparecer a los traficantes ante la justicia.

Aunque no está penalizada, la prostitución está regulada por la Ley de protección contra las enfermedades venéreas, por la que se exige que las prostitutas sean mayores de 21 años, se inscriban en los registros de la policía, se sometan a un reconocimiento médico dos veces por semana y cuenten con seguro médico. La explotación sexual de mujeres está penada con una sentencia de privación de libertad o una multa.

Pasando a las preguntas planteadas en relación con el artículo 7, y concretamente las preguntas 18 y 19, dice que la Comisión Interpartidaria de Mujeres del Parlamento sólo se reúne cuando resulta necesario examinar cuestiones importantes. Se ha establecido una nueva organización no gubernamental, la Asociación Política de Mujeres, para fomentar la participación de la mujer en la política mediante actividades de formación y promoción. La mayoría de los partidos políticos ha introducido cuotas internas, con lo que se ha incrementado la representación de la mujer en los comités centrales y otros órganos de los partidos.

Con referencia a la pregunta 20, los procedimientos de nombramiento y promoción de los jueces están definidos en la Constitución. El número de mujeres magistradas destinadas a los tribunales civiles y penales de apelación ha aumentado del 8,9% en 1994 al 16,2% en 1997, mientras que el número de mujeres presidentas de tribunales de primera instancia prácticamente se duplicó en el mismo período, hasta alcanzar el 40,88%. Habida cuenta de que la admisión de mujeres en el sistema judicial es un hecho reciente y de que la promoción está vinculada a la antigüedad, es de prever que en el futuro haya más mujeres en puestos superiores. Respecto de la pregunta 21, relativa a la admisión de mujeres en las escuelas militares, el Tribunal Supremo ha fallado que, si bien son permisibles las medidas temporales encaminadas a alcanzar la igualdad de hecho entre el hombre y la mujer, las cuotas destinadas a restringir la participación de la mujer en ciertas profesiones son inconstitucionales. Los resultados de los exámenes de ingreso en la fuerza de policía tuvieron que ser anulados porque no se había alcanzado la cuota de mujeres.

En respuesta a las preguntas planteadas en relación con el artículo 8, concretamente la pregunta 22, dice que la dificultad de compaginar las obligaciones profesionales y familiares, junto con la falta de disposición para realizar viajes frecuentes, pueden desanimar a las mujeres de incorporarse al servicio exterior o solicitar puestos en organizaciones internacionales. Sin embargo, se ha producido un aumento gradual de la participación de la mujer en esos ámbitos. Respecto de la cuestión 23, dice que la Asociación Política de Mujeres, junto con otras organizaciones no gubernamentales y las secciones de los partidos políticos dedicadas a la mujer, llevan a cabo una campaña para aumentar la representación de la mujer en el Parlamento Europeo. En particular, desean lograr de que las mujeres no sólo sean incluidas en las listas de los partidos sino que figuren entre los candidatos elegidos, gracias a la introducción de listas del tipo “un hombre-una mujer”.

Pasando a la pregunta 24, relativa a la educación (artículo 10), señala que los programas de alfabetización del Gobierno se centran, en particular, en las mujeres de las zonas rurales. Otros de los grupos destinatarios son los repatriados, los inmigrantes y los refugiados. A medida que se intenta eliminar los estereotipos que determinan la elección de la profesión, el número de niñas que asisten a las escuelas técnicas va en aumento: en 1998, representaban el 18,2% de los alumnos, respecto del 10,2% de 1994. Se ha iniciado el proceso de revisión de manuales y programas escolares para eliminar los estereotipos de género, y la Secretaría General para la Igualdad, en cooperación con el Ministerio de Educación, ha organizado programas de formación para sensibilizar a los maestros respecto de las cuestiones de género en la educación.

La Sra. Zervou (Grecia), en respuesta a la pregunta 25 (artículo 11), observa que el aumento del número de mujeres empleadas en el sector de los servicios y la disminución del de mujeres empleadas en la agricultura y la industria en el período comprendido entre 1985 y 1993 no se debe a la falta de oportunidades de formación profesional para las mujeres, sino a una serie de factores como la mecanización de la agricultura y la introducción de nuevas tecnologías en la industria, que han causado pérdidas de puestos de trabajo en esos sectores, junto con la aparición de nuevas ocupaciones en el sector de los servicios. Además, en el período comprendido entre 1993 y 1996, la tendencia a la redistribución del empleo femenino se había hecho más lenta: el empleo de la mujer aumentó el 2,7% en el sector de los servicios y disminuyó el 1,5% y el 1,2%, respectivamente, en la agricultura y la industria. En lo que se refiere a la formación, en 1997 el 40% de las mujeres beneficiarias había optado por cursos de preparación para trabajar en la industria, mientras que sólo el 37% había elegido la capacitación orientada al empleo en el sector de los servicios.

Respecto de la pregunta 26, responde que casi 175.000 mujeres, es decir, el 44,3% de las beneficiarias, han participado en programas de formación y de otro tipo, en particular los financiados por el Fondo Social Europeo, que han reducido la desigualdad en el empleo de la mujer al mejorar su preparación profesional, crear nuevos puestos de trabajo y promover el autoempleo y las actividades empresariales de mujeres. En el período comprendido entre 1993 y 1996, el 73% de los nuevos empleos que se crearon fue ocupado por mujeres, y en 1997 el índice de desempleo en las mujeres había descendido un 0,7% —la primera reducción de esa importancia desde 1981—, aunque su nivel seguía siendo alto, de casi el 16%.

Su Gobierno también ha ejecutado un programa para paliar la exclusión económica y social. Los grupos destinatarios eran las personas con discapacidades físicas o mentales (subprograma 1); miembros de minorías religiosas o culturales (subprograma 2); y ex delincuentes, cabezas de familia monoparental, residentes de zonas montañosas o islas mal comunicadas, gitanos, pomaki y drogadictos rehabilitados (subprograma 3). Las estadísticas para el período comprendido entre 1994 y 1997 demuestran que, aunque por lo general se habían beneficiado del programa más hombres que mujeres, la participación de las mujeres fue en aumento. Así, en 1996 más de dos tercios de los beneficiarios del subprograma 2 eran mujeres, si bien los hombres seguían constituyendo la mayoría de los participantes en el subprograma 1, pese a que las mujeres con discapacidades mentales o físicas muchas veces padecían un doble estigma cuando intentaban incorporarse al mercado laboral.

En lo que respecta al subprograma 3, casi el 52% de los beneficiarios eran mujeres, aunque la distribución de beneficiarios por género variaba según el grupo de destinatarios. Así, las iniciativas destinadas a los cabezas de familia monoparental beneficiaron sobre todo a mujeres, mientras que la participación más alta de varones se encontró en los proyectos para ex delincuentes y drogadictos rehabilitados. Las tendencias observadas en 1996 se mantuvieron en 1997.

En el marco de la iniciativa NOW (New Opportunities for Women, Nuevas Oportunidades para la Mujer) se llevaron a cabo 29 actividades en el período de que se informa, y 735 mujeres adquirieron la preparación necesaria para ingresar en el mercado laboral. Participaron en las actividades mujeres desempleadas, habitantes de zonas aisladas, graduadas de universidades e institutos tecnológicos y mujeres que trabajaban en empresas familiares.

Para el año 2000 se adoptarán medidas para garantizar la distribución equitativa de los recursos y la inversión, establecer 100 centros infantiles y guarderías de día y proporcionar información a las mujeres, por medio de la prensa e Internet, en relación con programas de capacitación en materia de tecnología.

Sobre la pregunta 27, dice que su Gobierno exige la incorporación de la nueva tecnología a todos los proyectos de inversión que subvenciona, en todos los sectores económicos. El número de mujeres empleadas en las industrias de las nuevas tecnologías aumentó considerablemente entre 1993 y 1996. Por lo que respecta a la pregunta 28, el sistema integrado de información de la Dependencia de Documentación sobre Empleo de la Mujer ha entrado ya en funcionamiento, pero todavía se está actualizando. Se están incluyendo nuevas bases de datos para vigilar todos los indicadores de desarrollo en materia de género. La Secretaría General para la Igualdad utiliza información del sistema para planificar sus políticas. Unos 25.000 usuarios por año se benefician de los servicios de la Dependencia por medio de Internet.

La Sra. Karali-Dimitriadi (Grecia), con referencia a la pregunta 29, dice que en los fallos 1360/92 y 79/93 del Tribunal Supremo se dictaminó, conforme a las directivas pertinentes de la Unión Europea, que en los anuncios de oferta de trabajo no debía especificarse el género de los candidatos y que los contratos debían estar basados en los méritos, sin tener en consideración el género. La legislación griega sobre igualdad entre los géneros se hace efectiva en los tribunales, especialmente el Tribunal Supremo y el Consejo de Estado.

La Sra. Zervou (Grecia), con referencia a la pregunta 30, dice que su Gobierno incorporó cuestiones de igualdad entre los géneros al Plan de Acción Nacional de Empleo para el año 1999 y adoptó medidas para ayudar a las mujeres empresarias. Se han mejorado los servicios de atención a la infancia para facilitar la participación de la mujer en la fuerza laboral. Se prestan servicios de información y asesoramiento para las mujeres que se reincorporan al mercado laboral y se promueve una mayor flexibilidad del horario de trabajo.

Pasando a la pregunta 31, dice que las medidas provisionales especiales que se han adoptado para abordar el desempleo de la mujer son, entre otras, la promoción del empleo y el autoempleo, la creación de estructuras de información y asesoramiento y la dotación de infraestructura para apoyar a las madres y los padres trabajadores. Se han introducido dos medidas especiales: el pago de un subsidio al empleador por dar trabajo a una mujer desempleada es mayor que el que recibiría por emplear a un varón, y el subsidio proporcionado a las personas desempleadas para poner en marcha un negocio es mayor para las mujeres emprendedoras que para los hombres. En el subprograma de 1996 para paliar la exclusión del mercado laboral se daba prioridad a la creación de pequeñas y medianas empresas en zonas aisladas; el 71% de los beneficiarios fueron mujeres.

Sobre la pregunta 32, dice que el Servicio Nacional de Estadística de Grecia ha realizado un detallado estudio piloto sobre la utilización del tiempo, en que se incluía un cuestionario especial sobre la utilización del tiempo en el hogar. Los datos se analizarán para poder cuantificar el trabajo doméstico no remunerado de la mujer. Respecto de la pregunta 33, en el derecho griego y en los convenios colectivos se observa el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor. Los motivos de la disparidad de los ingresos, por consiguiente, tienen que ver con la desigualdad social y política.

La Sra. Pazioti (Grecia) dice, con referencia a la pregunta 34, que el Comité Económico y Social es un mecanismo político que garantiza que la opinión de las partes sociales se tenga presente en las políticas y la actividad legislativa del Gobierno. En enero de 1999 se establecerá el grupo de mujeres del Comité Económico y Social, que celebrará su primera reunión el 22 de enero de 1999. Respecto de la pregunta 35, los comités de mujeres dentro de los sindicatos han abierto el debate público sobre el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor. La federación de trabajadores del sector turístico y hotelero se ha propuesto reducir el desfase salarial por medio de un convenio colectivo.

Por lo que respecta a la pregunta 36, en virtud de la Ley 2519/97 sobre el desarrollo y la modernización del sistema nacional de salud, se hace especial hincapié en la prevención y la atención primaria prestada por las redes de centros de salud. En Macedonia oriental y Tracia existe un programa piloto contra el cáncer en las mujeres, y organizaciones no gubernamentales y asociaciones médicas también han llevado a cabo programas de lucha contra el cáncer. Determinados grupos de la población, como los gitanos y los refugiados, reciben servicios básicos de salud de centros médicos de todo el país. En lo que respecta a los datos en la esfera de la salud, se han publicado varios informes científicos y tesis dedicados a todos los aspectos de la salud en Grecia. El Centro de Investigación sobre Asuntos Relativos a la Igualdad coordinará la recopilación y divulgación de los datos.

Por lo que respecta a la pregunta 37, dice que no hay discriminación por motivos de género en la sección del presupuesto nacional dedicada a la salud. El presupuesto del Ministerio de Salud y Bienestar Social se distribuye conforme a las necesidades de la población. Respecto de la pregunta 38, la Secretaría General para la Igualdad está estudiando una propuesta de modificación de la Ley 1609/86, por la que se legalizaba el aborto antes de la duodécima semana de embarazo, a fin de eliminar la exigencia del consentimiento de los padres para los menores de edad. También se ha presentado una propuesta relativa a la educación sobre sexo y salud en las escuelas. Existen centros de asesoramiento e información que informan a los adolescentes sobre los métodos anticonceptivos y las enfermedades de transmisión sexual.

En relación con la pregunta 39, en los programas deportivos nacionales ambos géneros están representados con igualdad, y como mínimo el 20% de los miembros elegidos de las juntas de las federaciones de los deportes en que participan deportistas de ambos géneros son mujeres. Se han establecido federaciones de mujeres que practican el boxeo, la lucha y la halterofilia. Sobre la pregunta 40, dice que, en virtud del contrato laboral nacional de 1989, se otorgó a las mujeres trabajadoras una prestación familiar en las mismas condiciones que a los hombres. En la Ley 1849/89 se preveían prestaciones familiares para las madres solteras, viudas y divorciadas. En relación con la pregunta 41, las mujeres casadas disfrutan de pleno acceso a los préstamos bancarios, las hipotecas y las demás formas de crédito financiero ofrecidas por las instituciones públicas y privadas; además, los ingresos de los cónyuges están gravados con impuestos por separado, y las mujeres casadas tienen pleno poder sobre sus propiedades. Las mujeres que consideren que se han violado sus derechos pueden recurrir a los tribunales. Acerca de la pregunta 42, dice que los servicios básicos, como las carreteras, los suministros de agua y las telecomunicaciones, alcanzan un nivel satisfactorio para las mujeres de las zonas rurales, incluso las más aisladas.

La Sra. Karali-Dimitriadi (Grecia), en relación con la pregunta 43, dice que las mujeres del medio rural afrontan un serie de problemas cuando deciden incorporarse al mercado laboral. La Secretaría General para la Igualdad fomenta el establecimiento de cooperativas de turismo rural integradas por mujeres, a fin de que se creen nuevos puestos de trabajo en el ámbito local. En 1997 se fundó un consorcio de cooperativas de mujeres. Las cooperativas han logrado resultados positivos, no sólo para las propias mujeres sino también para el conjunto de la población local. Las mujeres ganan independencia económica, participan en la vida social y crean nuevos empleos.

Respecto de la pregunta 44, dice que la cohabitación no está regulada en el derecho griego. En virtud de la Ley 1329/83 de modernización del derecho de familia, las madres solteras poseen la custodia de sus hijos sin necesidad de recurrir a los tribunales. Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos sucesorios que los hijos de padres casados.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.