Período extraordinario de sesiones

Acta resumida de la 579ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 13 de agosto de 2002, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Abaka

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (continuación)

Cuarto informe periódico de Barbados

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (continuación)

Cuarto informe periódico de Barbados (CEDAW/C/BAR/4)

Por invitación de la Presidenta, la Sra. Blac k man, la Sra. Clarke y la Sra. Russell se sientan a la mesa del Comité.

La Presidenta dice que el cuarto informe periódico de Barbados no se ajusta a las directrices del Comité, ya que no aborda las observaciones finales del Comité acerca de los segundos y tercer informes periódicos. Sin embargo, Barbados es digno de felicitaciones por los progresos alcanzados desde la presentación de su último informe, especialmente en lo que se refiere a la reducción de los índices de mortalidad materna.

La Sra. Blackman (Barbados) pide disculpas por las deficiencias del cuarto informe periódico de su país; se ha vuelto a escribir, pero la versión modificada no llegó al Comité a tiempo para su publicación.

Antes de la ratificación de la Convención en 1980, Barbados poseía mecanismos institucionales que abordaban las cuestiones de la mujer, entre otras cosas, una Comisión Nacional sobre la Condición Jurídica Social de la mujer, que fue reemplazada por la Oficina de Asuntos de la Mujer. Barbados es miembro de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) desde 1967 y ha hecho importantes progresos en el ámbito de la reforma jurídica, tras la firma de los convenios pertinentes de la OIT que tienen efectos en la condición de la mujer.

Barbados ha apoyado constantemente los resultados de las grandes conferencias mundiales como la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Cinco de las nueve esferas decisivas de especial preocupación de la Plataforma de Acción de Beijing han sido identificadas por Barbados como temas prioritarios, a saber, los relacionados con los mecanismos institucionales, la pobreza en la mujer, la violencia contra la mujer, la mujer en la toma de decisiones y el acceso de la mujer a la atención a la salud.

El Gobierno ha luchado por promover la igualdad entre los géneros, no sólo a través de la reforma jurídica, sino también mediante la aplicación de políticas. Varios programas se han centrado en la formación de aptitudes profesionales y proyectos de generación de ingresos de pequeña escala. En un análisis de la situación de la mujer en Barbados, durante la preparación de la Conferencia de Beijing, se señaló la necesidad de fortalecer los mecanismos institucionales para promover el adelanto de la mujer. En 1999, se sustituyó la designación de la Oficina de Asuntos de la Mujer por la de Oficina de Asuntos de Género, en el marco del nuevo Ministerio de Transformación Social, y se dio a esa Oficina las tareas de incorporar las cuestiones de la mujer en todas las políticas y programas del Gobierno, de seguir de cerca la aplicación y de sensibilizar a los sectores público y privado. También se ha establecido un Consejo Consultivo Nacional sobre asuntos de género, encargado de asesorar al Gobierno, así como entes de coordinación en diversos departamentos, que han de actuar como comité interministerial.

Las organizaciones no gubernamentales han asumido un interés más directo en las cuestiones de género y actualmente participan en tareas de promoción así como de capacitación. Existe una buena relación consultiva con el Gobierno.

En Barbados, como reflejo de la situación de la región del Caribe en su conjunto, la mujer es el principal, sino exclusivo, sostén de la familia, y en un 44% de hogares la jefa de la familia es una mujer. Habida cuenta de la feminización de la pobreza en los países en desarrollo como Barbados, todo esfuerzo de erradicación de la pobreza debe dirigirse claramente a las mujeres.

El Gobierno ha introducido varios programas, administrados por diversos organismos, para abordar las necesidades de los grupos más vulnerables de la sociedad. El acceso a esos programas se basa en la necesidad, y no en el género. Además de los servicios sociales (subvenciones de protección, asistencia a las personas de edad y discapacitadas y servicios de atención de niños) se ha creado un Fondo de Erradicación de la Pobreza que presta apoyo a una gama de actividades encaminadas a impulsar las actividades empresarias y crear más empleos para los jóvenes y las mujeres. Entre esas iniciativas, “Ayuda 2000”, centrada en atender las necesidades de empleo, capacitación, financieras y de viviendas de los destinatarios de la asistencia social; un programa “Bienestar para Trabajar”, centrado en la mujer; un Fondo de Inversión Social, que concede préstamos a las personas desfavorecidas, y un Fondo de Empresas Urbanas, contribuyen a reducir los niveles elevados de desempleo urbano.

La violencia contra la mujer, que está muy generalizada en la sociedad de Barbados, ha sido calificada por el Gobierno como un ámbito de acción prioritario. La Ley sobre violencia doméstica (Órdenes de protección) y la Ley contra delitos sexuales, de 1992, apuntan a poner término a la violencia doméstica, proteger a las víctimas, cambiar las actitudes y superar la renuencia de la policía a intervenir. Se reconoce que la violencia contra las mujeres debe abordarse mediante la erradicación de la desigualdad entre los géneros y la prestación de servicios a las víctimas y a los autores. Son principalmente las organizaciones no gubernamentales que se encargan de prestar tales servicios y llevar a cabo actividades de sensibilización. La Oficina de Asuntos de Género, en colaboración con la sociedad civil, ha aprovechado la conmemoración del Día Internacional de la Mujer para centrarse en las cuestiones relacionadas con la violencia contra las mujeres.

Los derechos de la mujer y su participación, en pie de igualdad, en el proceso de adopción de decisiones y la libertad de reunión están garantizados por la Constitución. Las mujeres participan activamente en el proceso político, como simpatizantes, promotoras y votantes, pero siguen estando relativamente ausentes de los altos cargos de decisión. Su renuencia a avanzar en ese ámbito podría explicarse por la índole agresiva de la promoción de plataformas políticas, o las restricciones autoimpuestas sobre la base de una percepción tradicional de la función de los géneros.

Cuatro de los 28 miembros del Parlamento son mujeres, y todas ellas Ministras de Gabinete. Son mujeres también 6 de los 12 senadores del país. Una mujer del poder judicial ocupa un cargo en la Corte Suprema y cuatro de los 10 magistrados son mujeres. Si bien las mujeres predominan en los cargos inferiores de la administración pública, lo que conlleva posibilidades en el futuro, en la actualidad sólo el 31% de ellas ha alcanzado el nivel superior de adopción de decisiones.

La atención de salud en Barbados se percibe como un derecho fundamental, y el acceso de la mujer no está limitado por obstáculos culturales, sociales o económicos. El Gobierno ha reconocido además la necesidad de apartarse del enfoque restringido de los servicios de maternidad y hacer mayor hincapié en una definición más amplia de la salud reproductiva de la mujer, que reconozca las diferentes características de la salud de cada sexo. También se ha iniciado un programa de salud para adolescentes, y los dispensarios familiares ofrecen asesoramiento en materia de planificación familiar. El Gobierno también ha reconocido la necesidad de investigar los efectos del trabajo y la tensión psicológica en la salud de la mujer y la vida familiar.

Con respecto al VIH/SIDA, el Gobierno ha adoptado un enfoque más dinámico para abordar los efectos devastadores de la epidemia en el desarrollo económico y social. El Ministerio de Salud vislumbra una nación en que todos los ciudadanos sean conscientes de las consecuencias de la infección con el VIH/SIDA y estén dotados de los conocimientos para un comportamiento responsable.

Las enfermedades cardíacas, el cáncer, los infartos, la diabetes, y la hipertensión siguen siendo las principales causas de muerte. La prevalencia de la obesidad también es un importante factor de riesgo, ya que el 30% de las mujeres de Barbados son obesas, y el 58%, tienen sobrepeso. En un intento por cambiar los perfiles de salud de la población, el Gobierno se está centrando en la promoción de salud en la comunidad.

La reforma jurídica en el ámbito de cuestiones de la mujer ha sido importante. En la actualidad se está preparando un proyecto de ley sobre acoso sexual, y se está revisando la Ley sobre derecho de familia, para incluir el mantenimiento de los hijos. También se prevé un examen de la Ley sobre violencia doméstica.

En la educación, no existen barreras de género, y la mujer tienen el mismo acceso a la enseñanza pública gratuita, hasta el nivel universitario. De hecho, actualmente hay más mujeres que hombres matriculados en la universidad.

La Sra. Hazelle dice que, como ciudadana del Caribe, reconoce la contribución de Barbados a la promoción de los derechos humanos de la mujer en esa región. Con todo, le preocupa la ausencia manifiesta de un plan de acción nacional en el ámbito de los derechos de la mujer y los escasos recursos humanos y financieros que están a disposición. Pregunta si existe un plan de acción para los cinco ámbitos prioritarios presentados en la exposición oral, y pide detalles sobre el número de funcionarios y el presupuesto disponible para el mecanismo nacional. También solicita información sobre el estado del programa de fijación de presupuesto para cuestiones de género, y pide aclaraciones acerca del Consejo Consultivo Nacional sobre asuntos de Género, el Comité Interministerial y los entes de coordinación designados; no resulta claro si ya han sido establecidos.

En cuanto a la cuestión de la violencia contra la mujer, observa que se carece de datos desglosados por género y por edad. El Estado que presenta el informe debe indicar la edad del consentimiento y dar más detalles sobre su legislación relativa al estupro, en particular, el enjuiciamiento y las sanciones. También se pide información adicional sobre el refugio para mujeres maltratadas establecido en 1999. Sería útil saber si está financiado total o parcialmente por el Gobierno. Cabe preguntarse si el Gobierno está realmente dispuesto a transferir a organizaciones no gubernamentales sus responsabilidades en materia de violencia contra la mujer. Barbados debe aportar al Comité más datos sobre la función de esas organizaciones. Pareciera que la colaboración entre las organizaciones no gubernamentales y el mecanismo nacional en el ámbito de los derechos de la mujer tiene lugar sólo los días nacionales designados para celebrar a la mujer, y se insta a la delegación a que establezca una cooperación regular permanente entre los diversos órganos que se ocupan de la cuestión.

Por último, felicita a Barbados por la introducción de la Ley relativa al concubinato. Sin embargo, sería útil apreciar el número de casos que se someten a los tribunales en aplicación a esa legislación, y de qué manera se han resuelto esos casos. Pregunta asimismo si la nueva Ley ha demostrado su utilidad en la solución de los litigios sobre los bienes después de la separación.

La Sra. Ferrer Gómez indica que una de las cinco esferas prioritarias es la erradicación de la pobreza. El informe no contenía mucha información sobre ese tema, y sería útil tener más detalles acerca de la estrategia del Gobierno para la reducción de la pobreza, en particular, si esta estrategia tiene una perspectiva de género. Además, el Comité agradecería que se le informara cuántas del 44,4 % de mujeres jefas de familia pertenecen a los sectores más desfavorecidos de la sociedad, y si hay programas específicos destinados a ellas.

Uno de los principales problemas en Barbados es la persistencia de los estereotipos basados en el género. Los seminarios para profesores y el programa de formación para una paternidad eficiente son pasos en el sentido correcto, pero no resulta claro si todavía siguen existiendo y, de ser así, cuántos padres han participado en dicho programa. Con respecto a la revisión de los libros escolares para eliminar los estereotipos de género, el Estado que informa debe explicar de qué manera se lleva a cabo la revisión y, más específicamente, si se debate en las aulas acerca de la adecuación de tales estereotipos. Es más, sería útil conocer si la propuesta de la Oficina de Asuntos de Género, de ejecutar programas para cambiar las pautas sociales y culturales, en colaboración con la Organización Nacional de Mujeres, durante el ejercicio fiscal de abril de 2002 a marzo de 2003, fue aprobada y, en ese caso, cuál es el principal enfoque de esos programas.

Muy pocas mujeres de Barbados han sido elegidas en el Parlamento, lo que podría atribuirse a la percepción de una incompatibilidad entre los compromisos políticos y familiares. La mujer en Barbados es renuente a participar en la vida política, pero es sumamente importante sensibilizarlas de sus propias posibilidades y ayudarlas a materializarlas. Es necesario sensibilizar al público en general sobre la contribución que pueden aportar las mujeres a la administración del país.

El Estado que informa debe indicar asimismo si el Gobierno está planeando modificar su legislación sobre la nacionalidad, para armonizarla con el artículo 9 de la Convención.

La Sra. Tavares da Silva dice que el informe y las repuestas a las listas de cuestiones y preguntas no ofrecen un panorama suficientemente completo de la situación de la mujer en Barbados o de la política del Gobierno en ese ámbito, pero que la exposición oral de la delegación ha ayudado un poco a subsanar las omisiones.

Desea saber si las enmiendas propuestas durante la revisión constitucional de 1997 siguen pendientes. Con respecto al mecanismo nacional, el Comité agradecerá información adicional sobre la función de la Oficina de Asuntos de Género, en particular en lo que respecta a su posición en la jerarquía gubernamental y las atribuciones que puede ejercer. Se deben ofrecer detalles sobre los recursos humanos y presupuestarios asignados a la Oficina, e indicar si tiene una función ejecutiva o consultiva.

Con referencia a los artículos 3 y 4 de la Convención, el Estado que informa debe indicar qué medidas se han adoptado en el ámbito de los derechos humanos de la mujer, y si éstas son medidas especiales de carácter temporal. La información sobre la participación de las mujeres en los órganos de elección es insuficiente.

Para eliminar los estereotipos de género es sumamente importante modificar las pautas de comportamiento. Sin embargo, las respuestas a las listas de cuestiones y preguntas indican que la Oficina de Asuntos de Género no ha iniciado ningún programa para cambiar las pautas sociales y culturales, sino que únicamente ha trabajado sobre la base de casos concretos. El Estado que informa debe señalar por qué no hay una acción sostenida del Gobierno en ese aspecto. También sería importante saber si, además del programa de formación para una paternidad eficiente, el Ministerio de Educación ha preparado otra campaña para abordar las actitudes negativas hacia la mujer.

El Comité agradecería información adicional sobre las medidas y políticas aplicadas para abordar el problema de la prostitución y la trata de mujeres en Barbados. La industria del turismo parece alentar esas actividades. Confía en que, en el momento en que presente su próximo informe periódico, Barbados haya ejecutado más planes y programas que atestigüen de la voluntad política del Gobierno y su compromiso hacia la aplicación de la Convención.

La Sra. Livingstone Raday dice que desearía saber si, tras haberse consagrado la igualdad de los derechos de la mujer en la Constitución, se han sometido a los tribunales casos relacionados con esos derechos, o con los derechos humanos en general. Con respecto a los datos en materia de empleo, desglosados por género, el informe señala que las mujeres y los hombres reciben la misma remuneración, y sería interesante saber si esa información se basa en hipótesis normativas o en datos económicos auténticos, ya que ningún país del mundo puede jactarse de que en los hechos haya una igualdad de remuneración. El Estado que informa debe aclarar sus datos sobre desempleo, presentando el porcentaje de mujeres desempleadas en relación el de los hombres desempleados, e indicando si los índices de desempleo han aumentado más rápidamente para las mujeres que para los hombres. Además, desearía que se expusiera un desglose vertical y horizontal de la información sobre la participación de la mujer en el mercado de trabajo.

En cuanto a la legislación sobre el empleo, pregunta si hay leyes que permitan a la mujer iniciar juicio cada vez que sea víctima de discriminación en el mercado de trabajo. Pregunta asimismo si está prohibido el acoso sexual en el lugar de trabajo, y si este fenómeno representa un problema grave en Barbados. Sería útil conocer si la legislación de Barbados contempla la licencia por nacimiento de hijos en favor de la madre y del padre. Por último, si la legislación mencionada está en vigor, el Comité agradecería información sobre los recursos que se ofrecen y los casos sometidos a los tribunales.

La Sra. Blackman (Barbados), en respuesta a una pregunta sobre el mecanismo nacional y el plan de acción nacional, recuerda que Barbados estableció la Comisión Nacional para la Condición de la Mujer en 1976. La Oficina de Asuntos de la Mujer se creó inicialmente como secretaría de la Comisión Nacional, pero pronto se convirtió en un organismo independiente encargado de seguir de cerca la situación de la igualdad entre los géneros, dar curso a las recomendaciones de la Comisión en ese ámbito, formular sus propias recomendaciones, sensibilizar sobre las cuestiones de la mujer, promover la investigación y difundir los resultados y fomentar la cooperación regional e internacional.

En lo que respecta a la reestructuración institucional, a mediados del decenio de 1990 se observó una reducción pronunciada de las actividades. Se racionalizaron los servicios sociales del Gobierno, la Oficina de Asuntos de la Mujer se integró en el Ministerio de Transformación Social, y los trastornos posteriores indicarían que el mecanismo nacional para la igualdad entre los géneros no ha funcionado según lo previsto. Sin embargo, el impulso se renovó en el proceso que lleva a la Plataforma de Acción de Beijing, y en 2000 la Oficina de Asuntos de la Mujer cambió su denominación por la de Oficina de Asuntos de Género. En la actualidad se encarga de facilitar la incorporación de las cuestiones de género en las políticas y programas de desarrollo nacional, asesorar a otros organismos del Gobierno y organizaciones no gubernamentales sobre asuntos que afectan al hombre y a la mujer, mantener el enlace con los organismos nacionales e internacionales y supervisar y evaluar la sensibilización en materia de política y planes gubernamentales en todos los sectores. Los entes de coordinación mencionados en la exposición oral de la delegación están establecidos y en pleno funcionamiento. En lo esencial, hay funcionarios del sector público que actúan como “ojos y oídos” de la Oficina de Asuntos de Género, a fin de velar por que se apliquen las políticas de igualdad entre los géneros en el lugar de trabajo.

Cuando se estableció, la Oficina contaba con cinco funcionarios, y su dotación de personal pronto se reforzó con la designación de dos nuevos funcionarios de programa. Está financiada con partidas presupuestarias del Ministerio de Transformación Social, y la delegación ha de facilitar las cifras exactas ulteriormente. La Oficina también puede pedir financiación adicional para determinados proyectos al Fondo de Erradicación de la Pobreza.

El Consejo Consultivo Nacional sobre Asuntos de Género está compuesto de representantes de distintos sectores de la sociedad civil. Se encarga de seguir de cerca las tendencias en el ámbito de las cuestiones de la mujer y asesorar al Gobierno sobre iniciativas de política.

El cursillo práctico de tres días sobre integración de las cuestiones de género en el presupuesto general se ha celebrado, pero hasta la fecha no se ha aplicado un plan específico. Se confía en que en el próximo ejercicio fiscal se introduzca el concepto de presupuesto para las cuestiones de género.

La obtención de datos desglosados por género plantea un problema en Barbados, ya que el censo de 2000 fue el primero en clasificar la información de esa manera. No obstante, los entes de coordinación antes mencionados son responsables de velar por que las estadísticas en lugar de trabajo se desglosen por género.

En virtud de la Ley sobre derecho de familia, las parejas que viven en concubinato durante cinco años o más tienen los mismos derechos y obligaciones que las parejas casadas, entre otras cosas, el reconocimiento jurídico de sus hijos. La Ley ha sido impugnada en los tribunales, pero sin éxito.

La mayoría de los autores de violencia contra la mujer son enjuiciados en virtud de la Ley sobre delitos contra la persona; no se dispone actualmente de datos sobre el número de mujeres víctimas, pero ese dato se ofrecerá ulteriormente. Las relaciones sexuales con una niña menor de 16 años constituye estupro. Los datos sobre las clases de autores y víctimas de violencia doméstica se facilitarán a partir de septiembre de 2002, y el Gobierno prevé llevar a cabo una campaña de sensibilización a través de las estaciones de radio y televisión.

El refugio para mujeres maltratadas, que está financiado por el Gobierno, pero administrado por una organización no gubernamental, ofrece servicios a las víctimas de incesto, violación, golpes y maltrato físico o psicológico, así como a sus hijos, por un máximo de tres meses. Entre diciembre de 2000 y junio de 2002, ofreció refugio a unas 36 mujeres y 34 niños; el 53% de esas mujeres han obtenido un empleo. El 18,5% de los casos fueron remitidos al refugio por la policía; también enviaron mujeres al refugio el Departamento de Bienestar, el Ministerio de Transformación Social, los hospitales, amigos, el Servicio de Apoyo a las Víctimas establecido por el Departamento de Policía, abogados y servicios de ayuda de emergencia.

El Gobierno ha establecido un Fondo de Erradicación de la Pobreza por un importe de 30 millones de dólares de Barbados; pueden someterse propuestas de proyecto al Comité de Erradicación de la Pobreza, que administra el Fondo. La Comisión de Desarrollo Urbano y la Comisión de Desarrollo Rural, que están financiadas con cargo a la Oficina de reducción de la pobreza, también ofrecen subvenciones. Al carecerse de estadísticas desglosadas por género, es imposible determinar el porcentaje de mujeres entre el total de los beneficiarios de las subvenciones.

No existen obstáculos a la participación de la mujer a la vida política, pero la mayoría de ellas prefieren actividades menos públicas. Si bien el Gobierno insta a la mujer a participar en todos los aspectos de la sociedad, no hay proyectos específicos que las alienten a presentar su candidatura para un cargo. Hay sólo cuatro mujeres que son miembros del Parlamento; sin embargo, un número mayor ha presentado su candidatura a las elecciones.

El texto de la Constitución no es coherente; algunas de sus disposiciones contra la discriminación incluyen la prohibición de discriminación sobre la base del género, mientras que otras no lo hacen. Esta discrepancia se ha señalado a la atención de las autoridades, y está previsto estudiar una enmienda constitucional. En todo caso, en la sección 11 del capítulo III de la Constitución se garantizan los derechos y libertades fundamentales a todas las personas, con independencia de su raza, lugar de origen, opiniones políticas, color, creencias o sexo. Las mujeres no están marginadas en la sociedad de Barbados; pueden adquirir y poseer propiedades, ser actoras y demandadas en los tribunales y declarar su propio domicilio. El único programa establecido para contrarrestar los estereotipos culturales se está aplicando en cooperación con la Organización Nacional de Mujeres.

Oficialmente, no hay actividades sustanciales relacionadas con la prostitución en Barbados; oficiosamente, se sabe que existe, pero hay poca información sobre el problema y ninguna estadística sobre el número de hombres y mujeres prostitutos. La Ley sobre delitos sexuales estipula una legislación habilitarte que reduce en los hechos los incidentes de trata de mujeres y niñas; las mujeres respecto de las cuales ha podido determinarse que viajaron a Barbados de otros países del Caribe para ejercer la prostitución son deportadas, y hay programas para encauzar a los jóvenes hacia actividades más positivas.

La Sra. Gabr insiste en que el mecanismo nacional debe ser sostenible, a fin de que no cese de funcionar cuando se vaya su director, como ha sucedido en el pasado; en el próximo informe se debe incluir más información sobre sus actividades. La nación afortunadamente dispone de organizaciones no gubernamentales activas; el Gobierno debería colaborar más estrechamente con ellas.

Barbados es un pequeño país con escasos recursos financieros, pero con todo es importante trabajar hacia un cambio económico y social y llevar estadísticas desglosadas por género. El turismo con frecuencia está acompañado de cambios sociales radicales, tales como un aumento de la prevalencia de la prostitución. No se trata simplemente de presentar estadísticas sobre el número de mujeres y de hombres prostitutos; el Comité también necesita saber qué programas prevé establecer el Gobierno para proteger a las mujeres que ejercen esa actividad. Es esencial ofrecer oportunidades educativas y profesionales, especialmente para la mujer; pregunta por qué no se ha incluido la educación en la lista de prioridades del Gobierno.

La Sra. Kapalata dice que los informes son en gran medida generales y un poco confusos; se deben adoptar medidas acerca de importantes proyectos de ley y hay un amplio desfase entre las aspiraciones del Gobierno y sus logros. Confía en que se establezcan mecanismos más sostenibles capaces de sobrevivir a los periodos de transición y que se elabore un plan de acción nacional para la aplicación de la Convención.

La Sra. Kwaku pregunta si la Oficina del Defensor del Pueblo existe todavía y, en ese caso, cuántos casos de violaciones de los derechos de las mujeres se le han sometido.

La Sra. Blackman (Barbados) dice que los programas para promover el espíritu de empresa no son específicos por género. La enseñanza pública es gratuita y el Departamento de Bienestar Social proporciona libros de texto a los estudiantes. La educación no se ha mencionado como una de las prioridades del Gobierno porque se da por sentado su importancia; su partida presupuestaria ocupa el segundo lugar, sólo después del sector de atención de salud. El gasto corriente y de capital combinado en la educación durante el periodo objeto de informe fluctúa entre los 221,7 millones de dólares de Barbados (1995-1996) y 402,3 millones de dólares de Barbados (2000-2001). En virtud de un nuevo programa, se están utilizando ordenadores para mejorar el proceso de aprendizaje.

Casi todas las escuelas son mixtas. Las profesoras mujeres superan en número a los hombres, y 77 de las 128 escuelas públicas y privadas están dirigidas por mujeres. Se conceden becas a los estudiantes de ambos sexos; en algunos años la mayoría se han concedido a mujeres. De hecho la marginación del hombre en la fuerza del trabajo se está convirtiendo en un problema; el 75% de los nuevos aspirantes en el Departamento de Policía son mujeres. Ha habido una reducción general del empleo desde 1994. Los hombres siguen predominando en la fuerza de trabajo, si bien la mayoría de los puestos profesionales, administrativos y de ventas son ocupados por mujeres. En 2000 se contrataron más mujeres que hombres, si bien las mujeres siguen representado el 62% de la población inactiva.

La Oficina del Defensor del Pueblo sigue activa pero, según su conocimiento, no se le han sometido casos de discriminación contra la mujer. Por último, el mecanismo nacional no se limita a coordinar las actividades de otros órganos gubernamentales; también inicia programas y proyectos. Su delegación se ha centrado en los ejecutados en el marco del Ministerio de la Transformación Social, pero otros ministerios abordan cuestiones de la mujer en ámbitos como la atención de salud y el empleo.

La Sra. Corti , con relación a la aplicación del artículo 7 de la Convención, dice que al parecer en la práctica los logros han sido escasos. En la exposición oral ante el Comité se ha insistido en que se garantiza a la mujer la misma participación en la vida política, en virtud de la Constitución del país y que los propios partidos políticos no obstaculizan una participación activa de la mujer. Según los sucesivos informes al Comité, el número de mujeres en el Parlamento ha aumentado lentamente, pues en el momento del informe inicial había una, y en el momento del último informe, cuatro. No parecen haberse adoptado medidas para acelerar una mejor representación de la mujer. El nivel elevado de la educación de la mujer en Barbados contrasta agudamente con su baja visibilidad en la vida política. En la exposición oral se ha mencionado que el 75% de los aspirantes a la fuerza de policía son mujeres, que hay una mujer magistrado en el Tribunal Superior, y que cuatro de cada diez magistrados son mujeres. Ello hace aun más llamativo el contraste con su situación en la política.

La delegación ha indicado que no se utilizan cupos para aumentar el número de mujeres que participan en política, pero precisamente los cupos son el método que el Comité recomienda en tales casos. Pregunta si alguna de las muchas organizaciones no gubernamentales del país trabajan activamente en ese ámbito. La delegación también ha transmitido la opinión de que las mujeres están apartadas de la política debido al condicionamiento social y a restricciones que ellas mismas se imponen por aprensión a la agresión que es frecuente en los círculos de la política. Sin embargo, es necesario que la mujer esté representada en el escenario político nacional e internacional, y las medidas especiales de carácter temporal que estipula el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención parecen constituir una buena solución.

La Sra. Schöpp-Schilling pide que se le explique la discrepancia entre el contenido del cuarto informe periódico y la exposición oral de la delegación en relación con la Oficina de Asuntos de la Mujer. Aun cuando la Oficina siga sin tener un director, el Gobierno tiene la obligación, en virtud del derecho internacional, de promover las cuestiones de la mujer. Ello significa que debe asignarle los recursos suficientes para recopilar datos desglosados por género, u obtener asistencia internacional a esos efectos. Sin esa información, no hay ningún fundamento para basar las decisiones.

Pregunta si el país tiene el propósito de ratificar el Protocolo Facultativo a la Convención y aceptar la enmienda al párrafo1 del artículo 20 del instrumento. Quiere saber cuál es la condición de la Convención en la legislación de Barbados, si se aplica directamente, si puede invocarse en un tribunal judicial, o si simplemente tiene fuerza persuasiva.

Las recomendaciones de la Comisión de Revisión de la Constitución, en relación con las reformas legislativas en ámbitos como la nacionalidad, datan de 1996, y desea saber si han de ponerse en práctica. Pide más información, aunque no sea inmediatamente, en el próximo informe periódico, acerca de la supresión de la terminología discriminatoria en la legislación del país.

El párrafo 1 del artículo 4 de la Convención parece haber sido mal interpretado. Las medidas especiales de carácter temporal no son programas para la mujer, sino medidas para acelerar de facto la igualdad. Del informe periódico del país no se desprende que esas medidas se empleen en la práctica.

La Sra. Gaspard dice que no se ha respondido a las preguntas relativas a la discriminación de género en la legislación que rige la nacionalidad. Ello es importante, para el cumplimiento del artículo 9 de la Convención, y también tiene repercusiones en la aplicación del artículo 16 del instrumento. El acceso a la ciudadanía y la capacidad de transmitir la nacionalidad a los hijos es un componente esencial de los derechos humanos y de la mujer. Pregunta qué medidas se están adoptando en ese sentido.

La Sra. Saiga , también haciendo observaciones acerca de la legislación del país sobre la nacionalidad, pregunta si las madres en Barbados tienen capacidad para transmitir la ciudadanía a sus hijos, si su padre no es nacional del país.

La Sra. Achmad , haciendo referencia a la participación de la mujer en la vida política, expresa su preocupación por los argumentos categóricos contra los cupos que se mencionan en las respuestas a las preguntas del grupo de trabajo anterior al periodo de sesiones. La recomendación general No. 23 del Comité contiene mucha información de antecedentes sobre la cuestión, e insta a que se la consulte.

La Sra. Blackman (Barbados), tras pedir disculpas por la falta de información previa sobre la reforma, dice que ha habido novedades en la situación legislativa. La discrepancia en materia de derechos de nacionalidad entre los hombres y las mujeres ha sido abordado por la Ley (de Revisión) de la Constitución de 2000, que ha añadido nuevas categorías de ciudadanía a las ya existentes. El proyecto de Ley sobre acoso sexual ha sido examinada en el Parlamento, y está en proceso de su redacción final por parte de la Oficina del Fiscal General, que ha de retransmitirla al Parlamento para su aprobación.

El Comité ha observado correctamente que hay una oposición al establecimiento de cupos para la representación de la mujer en los partidos políticos. El problema es de tipo cultural, y por consiguiente los progresos han de ser lentos. No hay ningún obstáculo jurídico para que las mujeres presenten su candidatura a las elecciones de un cargo público, ni los partidos políticos de por sí tienen una política contra las mujeres candidatas. Sin embargo, la mujer necesita adquirir confianza para poder ocupar esos cargos, y muchas objetan el tipo de retórica y de ataques personales que son comunes en las campañas políticas. Existe la voluntad política de introducir un cambio, pero las propias mujeres también necesitan desarrollar la voluntad de participar en la vida política.

Deplora las discrepancias entre el informe periódico presentado al Comité y su exposición oral. Se ha redactado un nuevo informe, pero no estuvo listo a tiempo; por consiguiente, se ofreció información suplementaria en la exposición oral. El entorno legislativo ha mejorado, y se han adoptado medidas que abarcan casi todas las recomendaciones del Comité para mejorar la condición de la mujer en la legislación. Por ejemplo, la Ley relativa al empleo de mujeres (licencia de maternidad) ha consagrado los derechos de licencia de maternidad (pero no de licencia de paternidad), y la Ley relativa al empleo (disposiciones varias) ha revocado la prohibición del trabajo nocturno para mujeres y les ha dado más facilidades. La Ley (de enmienda) de impuestos sobre la renta ha permitido que los impuestos de las mujeres casadas se evalúen separadamente, y la Ley de cambio de nombre protege el derecho de los individuos a elegir y cambiar su nombre, mientras que la Ley de reforma del domicilio permite a las mujeres casadas elegir su domicilio libremente. Como dijo en su exposición oral, se están revisando una serie de leyes, entre ellas la Ley de derecho de familia y sus disposiciones sobre el mantenimiento de los hijos.

Está previsto transmitir al Comité en un futuro próximo la notificación oficial de la ratificación del Protocolo Facultativo a la Convención y de aceptación de la enmienda del párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. La propia Convención ha sido incorporada en las leyes del país.

La Sra. Manalo , en relación con las respuestas a las preguntas del grupo de trabajo anterior al periodo de sesiones respecto a las funciones y estereotipos por sexo, pregunta acerca de la observación de que la Oficina de Asuntos de la Mujer no ha iniciado ningún programa sostenido para cambiar las pautas sociales y culturales que perpetúan la posición inferior de la mujer. En la medida en que la Oficina depende del Ministerio del Transformación Social, que la educación se ha declarado un ámbito de alta prioridad y que la modificación de las actitudes lleva tiempo, insta a que se adopte una acción integrada y bien planificada para combatir los estereotipos de género, mediante la educación, los medios de difusión y la información del público, con miras a promover y proteger los derechos de la mujer. Confía en que ese programa aparezca en el próximo informe periódico.

Por lo que entiende, en la Ley sobre los delitos sexuales y sus disposiciones sobre la violación dentro del matrimonio se hace una distinción sobre la base del estado civil. Si un hombre que convive con una mujer le obliga a tener relaciones sexuales con él, ese acto se considerará violación. Sin embargo, si ese acto es cometido por el marido, sólo se considerará violación si se ha decretado el divorcio, existe una orden o acuerdo de separación o ha habido un mandamiento de alejamiento contra el marido. Si su evaluación es correcta, la ley contiene una discriminación.

La Presidenta, hablando a título personal, pregunta si la marginación del hombre, que se pone de manifiesto en sus resultados académicos inferiores en la educación, en relación con la mujer, ha causado resentimiento y una mayor violencia contra la mujer. Al mismo tiempo que desea felicitar a Barbados por su situación en materia de atención de salud, observa que la prevalencia de las enfermedades circulatorias y el cáncer es elevada, y quiere saber si se ha llevado a cabo alguna investigación sobre las pautas de tabaquismo en la mujer. Es sabido que el tabaco tiene un efecto catalizador en esas enfermedades. Pregunta si Barbados tiene un órgano nacional de lucha contra el tabaco. Pide detalles de las cifras comparativas para hombres y mujeres, sino inmediatamente, por lo menos en el próximo informe periódico.

La Sra. Blackman (Barbados), haciendo referencia a las preguntas del Comité sobre la violación dentro del matrimonio, dice que la cuestión se está reconsiderando, tras haberse determinado que la legislación pertinente contiene una terminología que puede ser discriminatoria. Con respecto a la marginación del hombre y al aumento de la violencia contra la mujer, indica que, en efecto, se ha encontrado una correlación. Se trata de una cuestión de poder. La organización general que representa a los hombres ha examinado la cuestión y ha encontrado cabida en el Consejo Consultivo Nacional sobre Asuntos de Género. Los hombres también participan en el Foro sobre violencia, organizado por el Departamento de Bienestar Social. En cuanto a los estudios sobre salud, dice que la Sociedad de Cancerología de Barbados y el Consejo Nacional sobre Uso Indebido de Sustancias trabajan activamente y debaten acerca de la adicción al tabaco. Ha de facilitar al Comité las cifras pertinentes. Con respecto a las cuestiones sobre los estereotipos de género, el Comité ha colaborado con el Sindicato de Trabajadores de Barbados, los medios de comunicación y las escuelas y establecimientos de formación docente del país para llevar a cabo una campaña de carteles y organizar debates públicos. Se tiene el propósito de analizar los efectos de esas campañas.

La Sra. González Martínez dice que, si bien los esfuerzos de la sociedad civil de Barbados para combatir la violencia contra la mujer son dignos de elogio, el Gobierno debe asumir una posición dinámica de conformidad con las obligaciones que ha asumido en virtud de la Convención. No se trata simplemente de promulgar legislación, sino de aplicar las medidas pertinentes, enjuiciar a los autores y sensibilizar a la sociedad sobre la cuestión.

La Sra. Goonesekere , tras observar que se ha logrado introducir cambios en el derecho de familia, dice que el Gobierno seguramente ha de examinar la Ley de ciudadanía, que es aún más discriminatoria. Habida cuenta de que la definición de violación dentro del matrimonio en Barbados no abarca la separación de hecho, el representante del Estado parte debe aclarar si las mujeres pueden pedir órdenes de protección en esas situaciones. También deberá explicar si existe una pluralidad de procedimientos en lo que respecta a la Ley de mantenimiento de los hijos en las actuaciones de divorcio o de separación, y si las mujeres tienen acceso a asistencia jurídica.

La Sra. Blackman (Barbados) dice que la cuestión de la nacionalidad está abordada por la Ley de Enmienda de 2000. Un capitulo de la Ley sobre derecho de familia se ocupa de la cuestión del mantenimiento de los hijos, que se aplica también a los hijos extramatrimoniales. Aunque la mayoría de los esfuerzos para combatir la violencia contra la mujer están en efecto articulados por conducto de organizaciones no gubernamentales, el Gobierno ha organizado varias iniciativas de sensibilización, entre otras cosas, programas de formación para la policía, el personal de hospitales y los trabajadores sociales y de atención de niños. Se han introducido programas en las cárceles, para reeducar a los autores de delitos sexuales, y se ofrece asesoramiento psiquiátrico a las mujeres y niños víctimas de abusos. La Oficina de Asuntos de la Mujer se ocupa de la coordinación general.

La Presidenta agradece al representante del Estado parte por responder a las preguntas de los expertos y haber entablado un diálogo constructivo. El Comité ha tomado nota de la promesa del Estado parte de ratificar el Protocolo Facultativo y aprobar la enmienda al párrafo 1 del artículo 20. Confía en que en el próximo informe se incluya información relacionada con las preguntas no contestadas y que el Estado parte haga un esfuerzo concertado para facilitar más datos desglosados por género en el futuro. Cabe confiar asimismo que se asignen suficientes recursos humanos y financieros al mecanismo nacional para aplicación de la Convención, y que se difundan ampliamente las observaciones finales del Comité y se supervise debidamente su aplicación por todas las Partes interesadas.

Se levanta la sesión a las 12.35 horas.