31° período de sesiones

Acta resumida de la 657ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 14 de julio de 2004, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Acar

más tarde:Sra. Shin (Vicepresidenta)

más tarde:Sra. Acar (Presidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo y tercero combinados de Letonia

Se declara abierta la sesión a las 10.30 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo y tercero combinados de Letonia (CEDAW/C/LVA/1-3)

Por a invitación de la Presidenta, la delegación de Letonia toma asiento como participante en el debate de la Mesa.

El Sr. Jegermanis (Letonia) dice que desea exponer el contexto histórico de la presentación del informe inicial y de los informes periódicos segundo y tercero combinados de su país. Letonia fue borrada de la historia durante 50 años, es decir, durante el período de la dominación soviética, y no recuperó su independencia hasta 1991. Inmediatamente después emprendió la reconstrucción de su economía, de su sociedad y de su legislación. Aunque ha avanzado mucho, no ha tenido tiempo para hacer todo lo que deseaba. Las tropas rusas no abandonaron el país hasta 1994 y, a partir de entonces, la prioridad de Letonia fue pasar a ser miembro de la Unión Europea (UE) y de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN). Ahora que ha pasado a ser miembro de ambas organizaciones, Letonia puede concentrarse en otros asuntos. Sin embargo, el orador no desea dar la impresión de que su delegación comparece ante el Comité para justificarse. Por el contrario, está abierta a todas las críticas y preguntas. Además, el orador acoge favorablemente el diálogo con las organizaciones no gubernamentales (ONG), dado que únicamente mediante el diálogo pueden conseguirse resultados.

La Sra. Druviete (Letonia), presentando el informe de su país, dice que, desde que recuperó su independencia, Letonia ha ratificado numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que entró en vigor en mayo de 1992. La Constitución de Letonia incluye el principio general de la prohibición de la discriminación, así como el principio de la igualdad. El Gobierno de Letonia ha establecido bases legislativas para promover la igualdad entre el hombre y la mujer, prohibiendo la discriminación por razones de sexo y promulgando normas para el adelanto de la mujer. En este contexto, las leyes más importantes son la Ley de Protección Laboral, el Nuevo Código de Trabajo y la Ley sobre Higiene Sexual e Higiene de la Procreación. Las medidas adoptadas por las instituciones públicas están prescritas por las leyes que regulan su funcionamiento y se supeditan a la Constitución y se armonizan con ella, con lo que se garantiza la observancia del principio de igualdad entre los géneros. Las disposiciones encaminadas a eliminar la discriminación contra la mujer figuran en leyes relacionadas con cada ámbito específico, como la educación, los medios de comunicación y la judicatura.

El Departamento de Formulación de Políticas Sociales del Ministerio de Bienestar fue establecido en 1999 con el fin de que coordinara las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros, y la División de Integración Publica de Igualdad de Género fue creada en 2000. En octubre 2001 el Consejo de Ministros aprobó el Concepto de la aplicación de la igualdad de género en Letonia, que incorporaba un mecanismo institucional encargado de las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros. A finales de 2001 se estableció un grupo de trabajo sobre coordinación de la igualdad entre los géneros, que integraba a representantes de ministerios, ONG e instituciones de investigación. El grupo de trabajo estaba encargado de formular un programa para aplicar la igualdad entre los géneros y coordinar actividades para incluir el principio de la igualdad entre los géneros en la legislación vigente y futura.

Otras instituciones destacadas que se establecieron en los últimos años son la Asociación de Letonia en pro de la Igualdad de Género (2000), el Consejo para la Igualdad entre los Géneros, las Secretarías Ministeriales para la Infancia y la Familia y para la Integración Social (2002) y la Subcomisión Parlamentaria sobre la Igualdad entre los Géneros (2003). Además, el Consejo de Ministros aprobará en breve el Programa para la aplicación de la igualdad entre los géneros (2005-2006).

La base cultural tradicional de Letonia es la familia campesina patriarcal, en la que la mujer goza de gran respeto, aunque se considera que su función primordial es la de madre. La influencia de las tradiciones cristianas y del derecho canónico tienden a reforzar esa tradición. Las mujeres disfrutaron de derechos políticos y civiles en igualdad de condiciones con el hombre desde la fundación de la República de Letonia, en 1918, hasta su anexión por la Unión Soviética en 1940. La igualdad entre los géneros que se practicó durante el período soviético frecuentemente no tenía en cuenta las necesidades específicas de la mujer desde el punto de vista fisiológico y psicológico.

Desde la recuperación de su independencia, las actitudes respecto de la igualdad entre los géneros han evolucionado lentamente. La comunidad tiene acceso a la información sobre las actividades de las organizaciones de mujeres, los partidos políticos y las asociaciones encaminadas a modificar las actitudes sexistas. Sin embargo, aunque se han realizado algunos progresos, aún tienen mucha labor por delante el Gobierno, las ONG y la sociedad en general.

Por lo que respecta a la prevención de la discriminación en la vida política y pública, se presta especial atención a la igualdad entre los géneros en todos los niveles del proceso de opción de decisiones. No hay ninguna restricción en lo concerniente a los derechos electorales. De los 100 escaños del actual Saeima (Parlamento), 18 están ocupados por mujeres, en tanto que la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Públicos, la Comisión sobre la Aplicación de la Ley de Ciudadanía y la Comisión de Asuntos Sociales y Laborales están encabezadas por mujeres. Además, el derecho letón no impone ninguna restricción a la participación de la mujer en la formulación de las políticas nacionales ni a su derecho a ocupar cargos públicos. Desde 1999 la Presidencia está ocupada por una mujer y son mujeres las titulares de los Ministerios de Cultura, Justicia y Bienestar. Además, hay comparativamente un gran número de mujeres en el servicio diplomático de Letonia.

El derecho a trabajar es un derecho inalienable garantizado por igual a los hombres y las mujeres, y la Ley del Trabajo prohíbe el trato desigual por razones de género. Las mujeres que consideren que sus derechos al empleo han sido infringidos pueden recurrir a los tribunales, aunque se han presentado muy pocas denuncias sobre casos manifiestos de discriminación por razones de género ante la Oficina Nacional de Derechos Humanos de Letonia. Los ciudadanos pueden participar en los diversos ámbitos de la vida económica sin discriminación y no hay restricciones por razones de género para elegir libremente la profesión o el empleo. La Ley sobre la Administración Pública establece los criterios para examinar a los aspirantes y la discriminación por razones de género no está permitida. Las mujeres representan hasta el 60% de los funcionarios de la administración pública. Aunque los hombres siguen predominando en los cargos superiores de la sociedad civil, la participación de las mujeres sigue aumentando. Los sindicatos han preparado un programa concreto para promover la igualdad de las trabajadoras.

El derecho a la igualdad de remuneración por un trabajo igual está consagrado en el Código de Trabajo. Sin embargo, en 2002 el sueldo bruto promedio de las mujeres representaba el 82% del sueldo de los hombres. Ello obedecía en parte a la segregación de género existente en el mercado laboral. Por ejemplo, las estadísticas muestran que la mayoría de las mujeres optan por trabajar en empresas públicas o municipales, que les ofrecen prestaciones sociales seguras, pero una remuneración baja. El sistema de la seguridad social garantiza la igualdad en los servicios sociales, independientemente del género, la nacionalidad o la confesión religiosa. No obstante, según la Oficina Nacional de Derechos Humanos, la pobreza tienen un claro componente de género. Las mujeres con hijos son más pobres que las que no tienen hijos, dado que el cuidado de éstos restringe las posibilidades económicas de las mujeres. En los reglamentos sobre las prestaciones por desempleo no existe ninguna discriminación por razón de género.

A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o de maternidad, la Ley del Trabajo incluye una disposición que prohíbe a los empresarios intentar determinar si las posibles trabajadoras están embarazadas. Además, la legislación también prevé que las embarazadas o las mujeres con hijos menores de tres años de edad no pueden ser despedidas. El acceso a la atención de la salud sigue mejorando y se está prestando una atención especial a la salud reproductiva. En julio de 2000 entró en vigor la Ley sobre Higiene Sexual e Higiene de la Procreación. El Centro de Promoción de la Salud, el Centro Nacional de Salud de la Familia y la Asociación de Planificación de la Familia de Higiene Sexual proporcionan información sobre la salud, el bienestar y la planificación de la familia. No obstante, la toxicomanía y la infección por el VIH/SIDA están aumentando rápidamente. La mayor parte de los pacientes del VIH/SIDA tienen entre 15 y 49 años de edad. Hay síntomas preocupantes de que seguirán aumentando los niveles de contagio heterosexuales y de madres a hijos. Por lo que respecta a la violencia en el hogar, la oradora destaca que la Oficina Nacional de Derechos Humanos recibió algunas denuncias. No obstante, aunque la legislación nacional imputa responsabilidad penal en los casos de violencia física, las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley no siempre prestan suficiente atención a las manifestaciones de violencia física. Además, las leyes no reconocen la violencia psicológica en el trabajo o en el hogar. Con el fin de mejorar la actitud de la policía frente a la violencia en el hogar, la Junta Policial Central cuenta con un centro de crisis y se imparte capacitación a los agentes de policía sobre las situaciones de crisis y de violencia en la familia.

Letonia es firmante del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. No obstante, las leyes nacionales no se ajustan totalmente a las normas internacionales al respecto. A fin de poner remedio esa situación, el Consejo de Ministros aprobó el Programa Nacional para evitar la trata de seres humanos (2004-2008). Aunque la legislación nacional no penaliza el fomento de la prostitución ni la trata de personas, el turismo sexual y la trata de mujeres están aumentando, al tiempo que causa preocupación la práctica de la prostitución por parte de menores.

En lo concerniente a la educación, la oradora dice que el derecho de las mujeres a la enseñanza sin discriminación está garantizado en la Constitución. Para el curso académico 2002-2003, el 61,7% de los estudiantes de la educación superior eran mujeres. No hay restricciones por razones de género por lo que respecta al acceso a las bolsas de estudio. No obstante, para aplicar con éxito del Programa sobre la igualdad entre los géneros es necesario que la sociedad sea más consciente de las cuestiones que se plantean al respecto y que se efectúen cambios en el contenido de los programas docentes. Las instituciones de enseñanza también han adoptado medidas para eliminar los estereotipos negativos, aunque la Asociación de Letonia en pro de la Igualdad de Género ha indicado que es preciso hacer más esfuerzos al respecto.

La Sra. Gabr dice que aprecia en su justa medida el hecho de que entre las prioridades más recientes de Letonia figure la incorporación a la Unión Europea y la OTAN, pero que el Comité asigna prioridad a las obligaciones contractuales del Estado parte de conformidad con la Convención. La oradora acoge favorablemente la reelección de una mujer como Presidenta de Letonia y confía en que la delegación facilitará la información que falta en el informe, como estadísticas desglosadas por género y detalles sobre la aplicación práctica de la legislación. La falta de denuncias presentadas por mujeres letonas no significa que no haya nada que denunciar; suele darse el caso de que las mujeres no presentan denuncias porque desconocen sus derechos, no tienen medios de protección y carecen de mecanismos de seguimiento y aplicación.

La Sra. Šimonović, después de señalar que Letonia ratificó la Convención en 1992, pregunta por qué se ha retrasado tanto en la presentación de su informe y manifiesta que confía en que los futuros informes se presentarán oportunamente. Sería conveniente saber si el informe ha sido traducido al letón y si puede acceder a él la opinión pública. También sería conveniente saber si las ONG distintas de la Asociación de Letonia en pro de la Igualdad de Género han participado en la preparación del informe. Debe facilitarse información sobre la financiación de las ONG por el Gobierno, así como sobre la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing y Beijing+5. Además, la oradora pide datos sobre el número actual y el posible número futuros de mujeres en la judicatura y pregunta si Letonia tiene previsto ratificar Protocolo Facultativo de la Convención.

La Sra. Morvai pide detalles sobre los proyectos relativos a la igualdad entre los géneros ya aplicados y sobre los resultados obtenidos. Además, desea saber cómo se va a aplicar y supervisar el Programa para la aplicación de la igualdad entre los géneros (2005 y 2006) y si los ministerios cuentan con canales uniformes para colaborar con el mecanismo nacional pertinente, habida cuenta de las necesidades de incorporación de la perspectiva de género. Convendría que del Estado parte indicara en qué medida las ONG participan en la planificación a corto, mediano y largo plazo y en la supervisión. Sería de agradecer que se facilitara información detallada sobre el número de ONG de mujeres y sobre sus actividades; en particular, la oradora desea saber si dichas ONG reciben fondos del Gobierno y, de ser así, cuáles son las condiciones y los procedimientos para solicitarlos. Además, deben proporcionarse cifras concretas sobre los fondos concedidos a las ONG en los últimos años, así como detalles sobre los beneficiarios.

Artículo 2

La Sra. Schöpp-Schilling pide al Estado parte que indique si las referencias a la Convención se han introducido en la legislación letona recientemente revisada para ponerla en consonancia con las directivas de la Unión Europea. Además, la base jurídica para la introducción de medidas especiales de carácter temporal debe aclararse, teniendo presente que, en su calidad de país en transición, Letonia sigue teniendo prácticas y tradiciones discriminatorias que hay que eliminar. A este respecto, la oradora agradecería información sobre las medidas especiales de carácter temporal incluidas en el Programa para la aplicación de la igualdad entre los géneros y sobre las esferas de actividad a las que se aplican. Si no se han incluido tales medidas, deben especificarse las razones de ello.

Los jueces letones tienen manifiestamente necesidad de que se les forme en cuestiones relativas al género. Las letonas que desempeñan cargos públicos destacados deben alentar a sus compatriotas a que reivindiquen a sus derechos.

Por último, la oradora desea saber por qué Letonia no ha editado ninguna publicación sobre los derechos de la mujeres en el marco de los instrumentos internacionales, particularmente la Convención, y le insta a que lo haga. Convendría saber si las publicaciones de derechos humanos que se han editado incluyen por lo menos una dimensión de género.

La Sra. Šimonović pide ejemplos de casos en que los tribunales nacionales de Letonia o su Tribunal Constitucional hayan aplicado la Convención. Además, desea saber si la Convención suele figurar entre los temas de los programas de estudios de las facultades de derecho.

La Sra. Patten pregunta si Letonia tiene el propósito de poner su Constitución en consonancia con la Convención mediante la inclusión de una definición de la discriminación. Deben facilitarse detalles sobre los proyectos relativos a la igualdad entre los géneros ya aplicados y sobre las actividades que se están realizando para garantizar la plena aplicación de las leyes promulgadas para proteger los derechos de las mujeres. Además, la oradora desearía información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno de Letonia para elevar el nivel de conocimientos de las mujeres acerca de esas leyes. En particular, convendría saber si existe algún sistema de asistencia letrada y, de ser así, con qué presupuesto cuenta, si abarca todos los tipos de causas, incluidas las relativas al empleo y la familia, y cuántas mujeres se han beneficiado de él. Por último, la oradora pide datos sobre el número de mujeres que son miembros de la judicatura.

El Sr. Flinterman desea más información acerca del papel de la Oficina Nacional de Derechos Humanos; en concreto, desea saber la cuantía de su presupuesto, el número de casos a los que atiende, si puede incoar actuaciones judiciales, si las mujeres están obligadas a formular denuncias ante la Oficina antes de recurrir a los tribunales y si su procedimiento es bien conocido. Además, desea saber cuál es su papel a los efectos de informar, educar y elevar el nivel de sensibilización de las mujeres y si formula recomendaciones al Gobierno y otros órganos.

Artículo 3

La Sra. Shin pide que se proporcione un diagrama orgánico del Gobierno con objeto de determinar claramente cuál de los numerosos órganos mencionados se encarga de formular y aplicar las políticas sobre la igualdad entre los géneros. Además, desea saber cuántas personas trabajan en cada órgano y los presupuestos de cada uno de ellos, teniendo presente que es esencial contar con un poderoso mecanismo nacional en pro de la igualdad entre los géneros para lograr la incorporación de la igualdad al respecto. Por último, se debe aclarar cuál es la relación entre ese mecanismo y la Oficina Nacional de Derechos Humanos y si el mecanismo remite las denuncias a la Oficina o se ocupa de ellas por sí mismo.

La Sra. Ferrer Gómez dice que tampoco tiene claras las funciones de cada una de las entidades del mecanismo nacional y pregunta cómo interactúan entre sí. La oradora pide aclaraciones acerca de cómo el Ministerio de la Infancia y la Familia desempeña la amplia gama de tareas que tiene encomendadas; sería más adecuado que el Ministerio incluyera la palabra "mujer" en su título, habida cuenta de la importancia de la perspectiva de género. Dado que se consideran insuficientes las actividades que realiza la sociedad civil letona en los ámbitos relacionados con el género, la oradora pregunta por qué se ha rechazado el establecimiento de un centro para la promoción de la igualdad entre los géneros y de un mecanismo para el examen de las controversias relacionadas con el género. Además, pide información sobre las principales características del Programa para la aplicación de la igualdad entre los géneros y sobre las actividades y los resultados de los proyectos ya ejecutados en materia de igualdad entre los géneros.

La Sra. Shin (Vicepresidenta) ocupa la Presidencia.

La Sra. Tavares da Silva pide aclaraciones sobre el mecanismo nacional para la igualdad entre los géneros y pregunta si el centro propuesto para la igualdad entre los géneros es un nuevo mecanismo o el mismo que el Consejo para la Igualdad entre los Géneros. Dado que hay 33 ONG de mujeres en Letonia, el Estado que presenta el informe debe explicar las razones de que aparentemente exista una relación especial entre el Gobierno y la Asociación de Letonia en pro de la Igualdad de Género. La oradora agradecería que se facilitaran detalles acerca de si el Gobierno mantiene una relación oficial con las ONG o si estás se integran en un consejo y pregunta si trabajan sobre proyectos en función de las necesidades de cada caso.

Artículo 4

La Sra. Schöpp-Schilling señala a la atención de la delegación de Letonia la recomendación general No. 25 y pregunta si todas las recomendaciones generales del Comité han sido traducidas al letón.

La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que el adelanto de la mujer puede alcanzarse mucho más rápidamente mediante la aprobación de medidas especiales de carácter temporal y destaca la importancia de utilizar toda la gama de medios de comunicación para dar más protagonismo a la mujer, dar publicidad a la Convención y lograr que se tenga más conciencia de los beneficios que se obtendrán de su aplicación. Por consiguiente, la oradora sugiere que la delegación de Letonia examine a fondo y aplique sistemáticamente la recomendación general No. 25 con objeto de alcanzar lo antes posible la igualdad entre los géneros.

La Sra. Tavares da Silva destaca la afirmación que se hace en el informe de que las medidas de promoción de la igualdad de hecho no constituyen una característica de Letonia, dado que el tema queda abarcado por las garantías constitucionales; ello resulta sorprendente, ya que en otras partes del informe se deja claro que persisten las desigualdades pese a tales garantías. La legislación no es suficiente; incluso teniendo, por ejemplo, a una mujer como Presidenta, menos del 30% de los miembros del Parlamento son mujeres, y esa cifra no está aumentando. Es necesario hacer más para que se lleven a cabo cambios reales en la sociedad; en ocasiones, ello exige también la adopción de medidas especiales, y la delegación debería examinar detenidamente el contenido de la recomendación No. 25.

Artículo 5

La Sra. Patten manifiesta preocupación por la falta de datos sobre la violencia contra la mujer y las medidas del Gobierno para luchar contra ella, dado que la violencia basada en el género constituye una forma de discriminación y un gran obstáculo para la igualdad entre el hombre y la mujer. La oradora pregunta si la inexistencia de una ley concreta al respecto guarda alguna relación con el hecho de que el Gobierno considere la vida en el hogar una esfera privada. No se ha facilitado información nueva en la declaración oral más allá de lo que se señala en el informe; la oradora desea saber si se prevé promulgar alguna ley sobre el tema e insta al Gobierno a que adopte todas las medidas adecuadas, incluidas las legislativas, dado que constituye una obligación de los Estados proteger a la mujer frente a la violencia y proporcionar apoyo a sus víctimas. En el informe se hace referencia a la cooperación entre la policía y un centro de crisis; a este respecto, convendría saber cuántos centros de crisis hay y también si existen albergues. El Código Penal no menciona concretamente la violencia en el hogar. La oradora pregunta si se imparte capacitación especial a la judicatura y a las fuerzas del orden en relación con la violencia basada en el género y cuántas mujeres agentes de policía hay.

En el informe se menciona que se presentan pocas denuncias a la Oficina Nacional de Derechos Humanos en relación con la violencia en el hogar; convendría saber qué facultades tiene la Oficina en esos casos y cómo se ocupa de las denuncias.

La Presidenta, hablando a título personal, pregunta si se ha realizado alguna encuesta nacional sobre el tema de la violencia contra la mujer, especialmente la violencia en el hogar. Las encuestas ponen de manifiesto que, en algunos países, la violencia en el hogar representa entre el 30 y el 70% de toda la violencia. La preparación de estadísticas que muestren la realidad de la situación de la mujer constituye el punto de partida para abordar el problema. El Estado que presenta el informe debe indicar si cuenta con un plan de acción para la mujer y, de ser así, si el problema de la violencia, especialmente la violencia en el hogar, queda abarcado en el plan.

La Sra. Achmad destaca la afirmación que se hace en el informe de que las medidas para alcanzar la igualdad suelen producir el efecto contrario. El Gobierno debe indicar cómo se propone abordar ese problema; además, en el informe se indica que, desde que Letonia recuperó su independencia en 1991, se ha hecho hincapié en la elección individual de la mujer. Es importante determinar no sólo si existe la igualdad de oportunidades, sino también si se logran resultados iguales; frecuentemente surgen oportunidades, pero no se dispone de resultados. La Oficina Nacional de Derechos Humanos ha recomendado que se modifique el derecho penal, pero convendría saber cómo tiene previsto el Gobierno hacer frente a la necesidad de una ley concreta sobre la violencia en el hogar, dado que se trata de un ámbito en que los gobiernos han de desempeñar un papel importante.

Sería de agradecer que se facilitara más información sobre el mecanismo nacional en pro de los derechos de la mujer y de los derechos humanos, así como sobre el papel de las ONG al respecto. Tras la lectura de los párrafos 34 y 35 del informe se pone de manifiesto la importancia de que todas las medidas se apliquen simultáneamente, bajo la coordinación del mecanismo nacional.

La Sra. Acar (Presidenta) ocupa de nuevo la Preside n cia.

La Sra. Morvai dice que deben facilitarse datos sobre el número de mujeres a las que anualmente dan muerte sus maridos, sus parejas, sus ex maridos o sus ex parejas, dado que una agresión con resultado de muerte frecuentemente se consigna en las estadísticas como una agresión y no como un homicidio. Por lo general, esas muertes van precedidas de muchos años de malos tratos, a los que en el Estado tiene el deber de poner fin, recurriendo, por ejemplo, a las órdenes de alejamiento, ya que, según un principio básico de justicia, el autor de un acto de violencia y no las víctimas ha de ser el obligado a abandonar el hogar. No queda claro si el concepto de orden de alejamiento existe en el sistema de Letonia; de ser así, la oradora agradecería que se facilitara información sobre cuántas de esas órdenes se dictan anualmente y, de no existir ese tipo de orden, sobre cuántas detenciones se practican para poner fin a la violencia en el hogar. Es obligación de la policía, no de la Oficina Nacional de Derechos Humanos, responder a la violencia en el hogar. La oradora destaca la necesidad de que haya un número suficiente de albergues para las mujeres agredidas aun cuando se dicten órdenes de protección (recomendación general No. 19); convendría saber cuántas camas hay en los albergues y si éstos cuentan con algún tipo de financiación.

Aunque los abortos suelen examinarse dentro del artículo 12, la tasa de abortos es en Letonia tan alta como en otros países de Europa oriental, lo que significa que la práctica del aborto constituye también una forma de malos tratos. La oradora acoge favorablemente el hecho de que haya disminuido la incidencia de los abortos, pero pregunta si la delegación es consciente de que su tasa de abortos es cinco o seis veces superior a la del promedio de la Unión Europea en general. La práctica del aborto afecta al cuerpo y al alma de la mujer y es importante tener presentes las responsabilidades del hombre en materia de planificación de la familia.

La Sra. Khan acoge favorablemente el hecho de que Letonia se haya referido detalladamente, tanto en el informe como en la exposición oral, a la falta de comprensión del principio de la no discriminación y a la prevalencia de una mentalidad campesina y patriarcal; no obstante, la oradora considera que el enfoque del Gobierno es más fragmentario que general. Las medidas especiales de carácter temporal son necesarias, al igual que la realización de esfuerzos para poner en marcha una educación que tenga en cuenta las cuestiones de género, dado que el sistema educativo de Letonia sigue promoviendo la segregación por razones de género. La oradora acoge favorablemente la Ley sobre Publicidad, que prohíbe la discriminación por razones de género, aunque no se penalizan las políticas de contratación que sean discriminatorias por razones de género. Si realmente los anuncios de la televisión y otros medios de comunicación no describen a las mujeres como objetos sexuales, ello resulta muy encomiable, pero sería conveniente saber si existe alguna junta de censura que supervise esas cuestiones. También sería interesante saber qué medidas se están adoptando para dar publicidad a la Convención en letón, ruso u otras lenguas, cómo coordina sus actividades el mecanismo nacional con los del Ministerio de la Infancia y la Familia y el Subcomité de Asuntos Sociales del Parlamento, órgano éste que es responsable en última instancia de la difusión de información acerca de la Convención, y si sus disposiciones se incluyen en el Programa del Gobierno para la aplicación de la igualdad entre los géneros (2005-2006).

La Sra. Coker-Appiah dice que deben facilitarse más detalles sobre los programas que existan para formar a los órganos encargados de hacer cumplir la ley, la policía, la judicatura y los trabajadores sanitarios a fin de que se ocupen de la violencia contra la mujer. En el informe se indica que la actitud de todas esas entidades y personas influye en la presentación de denuncias a la policía por las mujeres y en el modo de presentarlas. No queda claro si existe algún programa para sensibilizar a la opinión pública acerca del problema. En el informe se manifiesta que prevalece en Letonia una actitud patriarcal respecto de la mujer; los estereotipos en función del género constituye una causa de la violencia contra ella.

La Sra. Ferrer Gómez, después de referirse a lo que se indica en el informe acerca de los seminarios, cursos y campañas en los medios de comunicación para luchar contra los estereotipos, pide al Estado parte que indique si se trata de actos que se organizan de manera periódica o una vez solamente y si están destinados a toda la sociedad letona o exclusivamente a las mujeres. En el informe se hace mención de la Asociación en pro de la Igualdad de Género; la oradora pregunta si se está realizando alguna labor sistemática por parte del Gobierno en esa esfera, dado que es importante que las ONG no sean las únicas en soportar la carga. En el informe no se menciona ningún programa del Gobierno para luchar contra los estereotipos, lo que entrañaría, por ejemplo, formar a los maestros, doctores y abogados y asegurarse de que las mujeres conocen sus derechos. Sería de agradecer que se facilitara información acerca de si la Convención se ha traducido a los idiomas locales y si ha pasado a tener rango de ley en Letonia.

Artículo 6

La Sra. Tavares da Silva destaca la gravedad de la situación por lo que respecta a la prostitución. Muchas jóvenes y niñas que han sido víctimas de abusos sexuales en la infancia y carecen de un lugar permanente de residencia son enviadas a los países vecinos o de los países vecinos a Letonia y no pueden hacer valer sus derechos. En el informe se afirma que, a causa de la situación socioeconómica existente en Letonia, no se dispone de más ayuda para reintegrarlas en la sociedad. Están en juego los derechos más básicos y fundamentales de esas jóvenes. Se han adoptado medidas para cooperar con otros Estados en relación con el problema y ello resulta encomiable, pero es preciso hacer más; sus derechos y su dignidad exigen por lo menos una respuesta a gran escala. Se ha hecho referencia al Programa Nacional para evitar la trata de seres humanos, 2004-2008, que incluirá medidas preventivas y de rehabilitación; a este respecto, la oradora dice que convendría saber si se ha establecido ya el Programa y si éste funciona con eficacia.

La Sra. Morvai dice que deben facilitarse cifras concretas sobre lo que constituye un delito muy grave, a saber, sobre el número de mujeres que han sido víctimas de la trata con destino a Letonia, desde Letonia o a través de Letonia. Los datos sobre el número de mujeres y niñas que practican la prostitución permitirán hacerse una idea de cuántos hombres son sus clientes, aspecto éste del problema que no siempre se tiene en cuenta. La labor de las Naciones Unidas y la experiencia con instrumentos relacionados con la trata de mujeres ponen de manifiesto que el mejor modo de impedir la trata es hacer frente a los problemas estrechamente relacionados con la prostitución y el mejor modo de hacer frente a la prostitución es luchar contra la demanda. Es fácil calcular el número de clientes si se toma el número de mujeres que practican la prostitución y se multiplica por entre cinco y diez al día; eso muestra el número de hombres, generalmente casados con hijos, que se valen de esas mujeres y niñas como objetos y que deberían ser los primeros en ser perseguidos. La oradora pregunta qué resultados concretos se han tenido en la campaña de los países nórdicos para luchar contra la trata de mujeres y qué contribución presupuestaria ha hecho Letonia a esa campaña. Deben facilitarse más detalles acerca de si se considera delito la utilización de niños menores de 18 años en la prostitución y si es posible procesar a los clientes de las prostitutas.

La Sra. Schöpp-Schilling destaca que sigue siendo necesario que Letonia realice esfuerzos más enérgicos para luchar contra la trata de mujeres en los planos bilateral y multilateral, dado que quedan por ratificar algunas convenciones. Sin embargo, tal como se ha señalado, lo más importante es hacer frente a las causas de la trata. Convendría saber si se ha realizado algún estudio acerca de por qué las jóvenes son cada vez más inducidas a desplazarse al extranjero, si ello obedece a que se les ofrecen "trabajos" lucrativos que resultan ser muy diferentes de lo que esperaban y si las escuelas o las ONG les informan de los peligros a los que se enfrentan. Si las causas de la emigración son económicas, convendría saber a qué trabajos pueden acceder en Letonia.

Artículo 7

La Sra. Gaspard dice que deben facilitarse aclaraciones sobre el porcentaje de mujeres que hay en el Parlamento de Letonia. La oradora acoge favorablemente el hecho de que haya un elevado número de mujeres que ocupen cargos de elección. Las autoridades locales han de desempeñar un importante papel en relación con la lucha contra la violencia y con la organización de ciertos aspectos de la vida cotidiana, como el equilibrio entre el trabajo y el hogar. Muchos países escandinavos practican la “presupuestación en función del género” y la oradora pregunta si Letonia también se ve alentada por esas prácticas. El Estado que presenta el informe debe especificar cuántas mujeres se han presentado como candidatas a las elecciones al Parlamento Europeo.

La Sra. Belmihoub-Zerdani, después de señalar que la edad mínima para ejercer el voto en las elecciones locales y parlamentarias son los 21 años, pregunta si los candidatos a la Presidencia también han de tener 21 años cumplidos. Hay muy pocas mujeres en los órganos ejecutivos y la oradora pregunta si el proyecto de ley de lucha contra la discriminación se adoptará con más rapidez si hay más mujeres desempeñando esos cargos. El Parlamento rechazó la propuesta de que, en las listas de candidatos, los hombres representaran no más del 75% y las mujeres no menos del 25%; esa propuesta debe volver a presentarse, dado que la Unión Interparlamentaria ha sugerido que las mujeres representen como mínimo el 30% de los miembros de los parlamentos a fin de garantizar que tengan una influencia efectiva en la adopción de decisiones y en la eliminación de la discriminación contra ellas. Además, la oradora pregunta si los magistrados son elegidos o nombrados y, en caso de ser nombrados, por qué hay tan pocas mujeres.

Debe haber mujeres agentes de policía especialmente entrenadas en la lucha contra la prostitución y la trata de mujeres y en la dirección de equipos de procesamiento en esos casos.

Artículo 9

La Sra. Coker-Appiah pide aclaraciones acerca de las leyes sobre la nacionalidad: ¿adquieren la nacionalidad automáticamente las personas nacidas en Letonia de padres letones o, según se infiere del párrafo 77 del informe, hay que proceder a la inscripción?; ¿pueden trasmitir la nacionalidad letona a sus cónyuges y a sus hijos las mujeres y los hombres?

El Sr. Flinterman encomia la política del Gobierno de integrar a su minoría de habla rusa -a la que, pese a sus vínculos de larga data con el país, se le deniega la nacionalidad- mediante la naturalización prevista en la Ley de Nacionalidad, de 1994; el orador pregunta si las mujeres de esa minoría disfrutan plenamente de los derechos que les reconoce la Convención. Es difícil imaginar el caso de un niño letón de 13 años no reconocido como ciudadano letón porque ha estado encarcelado más de cinco años por haber cometido un delito (informe, párr. 76). Además, el orador pregunta por qué hay más mujeres que hombres que solicitan la naturalización (ibíd., párr. 79) y desea saber cuántas mujeres han sido naturalizadas. La afirmación que se hace (ibíd., párr. 80) de que las profesiones en las que predominan los hombres gozan de más estima por parte de las sociedades no es compatible con las disposiciones de la Convención.

Artículo 10

La Sra. Manalo pregunta si las mujeres —que representan el 50% de los estudiantes— cursan carreras más tradicionales que las científicas y técnicas. En el informe no se facilitan datos acerca de cuántas mujeres son profesoras o desempeñan cargos superiores en las universidades; las fuentes externas indican que hay muy pocas, razón por la que sería interesante saber si Letonia cuenta con planes para poner remedio a la situación mediante la adopción de medidas especiales de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. La oradora insta al Gobierno a que establezca programas especiales de estudios para las niñas que hayan abandonado la escuela, ya que actualmente no se hace nada por ellas (informe, párr. 110): tal vez se pueda recabar la asistencia de ONG, asignando fondos a tal efecto. Es acertado que las asignaturas de ciencias sociales centradas en los derechos de la mujer se enseñen en los niveles primario y secundario de las escuelas, aunque la oradora pregunta si los libros de texto utilizados son supervisados para evitar los estereotipos.

La Sra. Achmad pide información sobre los cursos que se imparten en la educación permanente (informe, párr. 108) y estadísticas sobre el número de deserciones escolares y el número de escuelas públicas y privadas. Las estadísticas deben desglosarse por sexo, edad, origen étnico, origen rural y origen urbano. La oradora agradecería que se explicara por qué ha aumentado del desempleo entre las mujeres. Tal vez a causa de los estereotipos las mujeres cursan carreras que no las preparan para los trabajos disponibles.

La Sra. Gaspard pregunta si existe alguna discriminación entre los hombres y las mujeres en la capacitación que se imparte en los cursos de especialización para el profesorado y si las escuelas patrocinan campañas para encauzar a las muchachas hacia estudios científicos y técnicos. Convendría contar con numerosas estadísticas docentes, desglosadas por sexo, especialmente en el ámbito de la educación superior.

Artículo 11

La Sra. Khan pregunta si hay muchas mujeres que se jubilan anticipadamente de resultas del elevado grado de desempleo que existe entre ellas, especialmente en las zonas rurales, qué porcentaje de mujeres de habla rusa, romaníes y de otras minorías están desempleadas y qué porcentaje de mujeres desempleadas reciben prestaciones por desempleo. No queda claro si las diferencias salariales entre los hombres y las mujeres de todas las profesiones (informe, párr. 151) existen en el sector público también, y si hay sindicatos en dicho sector que propugnen la adopción de medidas especiales. Convendría saber qué está haciendo el Gobierno para reducir el desempleo y lograr que disminuyan las diferencias salariales.

La Sra. Ferrer Gómez dice que el Código de Trabajo, aunque parece ser que prohíbe la discriminación por razones de género, permite excepciones en los casos en que una determinada ocupación sólo puede ser desempeñada por una persona de cierto sexo (informe, párrs. 124 y 125). La oradora pregunta si ciertos tipos de trabajo se consideran exclusivos de los hombres y si las mujeres han demostrado alguna vez lo contrario.

La Sra. Gnacadja dice que de las mujeres se encuentran una situación desfavorecida para buscar trabajo porque suelen ser preteridas, habida cuenta de la posibilidad de que se queden embarazadas o de que tengan hijos pequeños (informe, párr. 125). La discriminación existe ciertamente, aunque en el informe (párr. 127) se citan únicamente dos causas judiciales relacionadas con la violación del principio de la igualdad de oportunidades. Las mujeres están excluidas de ciertas ocupaciones, realizan un trabajo peor remunerado y carecen de prestaciones sociales (informe, párrs. 152 y 153). Los datos insuficientes y la falta de un mecanismo adecuado de respuesta rápida se mencionan entre las razones de la persistencia de la discriminación laboral. La oradora confía en el próximo Programa para la aplicación de la igualdad entre los géneros (2005-2006) servirá para poner remedio a la situación y dispondrá de fondos suficientes. No queda claro qué organismo del Gobierno se encarga de supervisar diariamente la igualdad de oportunidades en el empleo ni si puede también accederse a nivel local a la asistencia social proporcionada a las personas no abarcadas por la seguridad social.

La Sra. Patten pregunta si el Código de Trabajo prevé algún mecanismo de supervisión, como los tribunales laborales, para entender de denuncias, incluidas las denuncias de hostigamiento sexual, y si se están realizando actividades para que las mujeres conozcan sus derechos. ¿Tiene algún cometido la Oficina Nacional de Derechos Humanos en relación con las infracciones de la legislación laboral? Deben proporcionarse estadísticas sobre las posiciones que ocupan las mujeres en sectores tales como la administración pública, particularmente en los cargos superiores, e información sobre lo que está haciendo el Gobierno en relación con el mercado laboral segregado por género y la falta de igualdad de remuneración por un trabajo igual. La puesta en marcha de un sistema de evaluación de los trabajos sin tener en cuenta el género podría contribuir a poner remedio a la situación.

La Sra. Schöpp.Schilling pregunta si los ministerios que están estableciendo nuevas escalas salariales son conscientes de los prejuicios ocultos en función del género que existen en el sistema. La oradora dice que le inquieta una observación que se ha hecho en la presentación oral, relativa a las necesidades especiales fisiológicas y psicológicas de la mujer, ya que esas diferencias ya se han refutado hace largo tiempo. Preocupa también a la oradora que la determinación de la cuantía de la indemnización a las víctimas de la discriminación sea una facultad discrecional de los tribunales, lo que puede entrañar que no se proceda a la reparación.

La Sra. Gabr pregunta qué nueva legislación está examinando el Gobierno en la esfera laboral para beneficiar a la mujer y cómo está ayudando el Gobierno a las madres con hijos, quienes son particularmente vulnerables a la pobreza.

Artículo 12

La Sra. Coker-Appiah dice que en el informe no figuran datos sobre la política del Gobierno en relación con el VIH/SIDA ni sobre sus planes para proporcionar medicamentos gratuitos a las personas infectadas, lo que resulta crucial, habida cuenta del alarmante 100% de aumento de la enfermedad entre las mujeres de 1998 a 2000.

La Sra. Belmighoub-Zerdani pide información acerca de la política del Gobierno en materia de planificación de la familia, incluida la edad en la que las jóvenes tienen derecho a utilizar anticonceptivos, y pregunta si se les facilitan gratuitamente o a un precio reducido. Además, convendría saber si los hombres también reciben información acerca de la utilización de los métodos anticonceptivos y si se hace algún esfuerzo real para que el principio del placer del hombre dé paso a una actitud más moderna. Uno de los elementos claves de la Convención es la liberación de la mujer mediante la recuperación de su pleno control sobre su cuerpo.

La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si las mujeres de edad reciben atención de la salud gratuita o si se ven obligadas a pagar honorarios que pueden restringir su acceso a dicha asistencia.

Artículo 14

La Sra. Šimonović pregunta si los hombres y las mujeres reciben únicamente educación primaria en las zonas rurales y si la población de esas zonas tiene acceso a la educación secundaria.

Artículo 16

La Sra. Manalo pide declaraciones en cuanto a las circunstancias excepcionales que permitirían que las personas de 16 años de edad contraigan matrimonio, a pesar de que la edad mínima para contraerlo se cifra en los 18 años (informe, párr. 301).

La Sra. Šimonović pide a la delegación que explique una discrepancia. En el informe (párr. 321) se indica que un hombre casado tiene derecho a reconocer a un hijo nacido de otra mujer, independientemente de que su esposa acceda o no acceda a ello, en tanto que, según la información facilitada por las ONG, la situación parece la contraria, es decir, que, con arreglo al derecho civil, la paternidad puede ser reconocida únicamente por un hombre que no esté casado y que el consentimiento de la esposa es necesario en los casos en que lo esté.

La Sra. Druviete (Letonia) manifiesta su reconocimiento al Comité por haber leído el informe de su Gobierno y por su interés en lograr la igualdad entre los géneros en Letonia, así como por las útiles preguntas que ha formulado. Mediante un esfuerzo común, Letonia estará en condiciones de lograr la igualdad de derechos con arreglo a las normas internacionales.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.